RECTIFICA LA RESOLUCION Nº 5.444, DE 1989

Núm. 6.142.- Valparaíso, 25 de Octubre de 1989.- Vistos: El Of. Ord. No. 16615, de 24 de Octubre de 1989, de la Comisión de Distorsiones.

Considerando:

Que mediante la Resolución No. 5.444 de 25 de Septiembre de 1989, publicada en el Diario Oficial de 28 de Septiembre de 1989, se determinó fijar valores aduaneros mínimos a hilados de algodón y sus mezclas e hilados de poliéster/algodón, de las partidas 55.05.00.00 y 56.05.02.00.
Que los mencionados valores aduaneros mínimos se establecieron en función de títulos basados en el sistema métrico.
Que de los antecedentes informados en Of. Ord. No.
16.615/24.10.89, de la Comisión de Distorsiones,- se desprende que el sistema correcto en la denominación de los hilados de la mencionada resolución es el inglés.

Teniendo presente:

Los artículos 9° y 11° de la Ley No. 18.525, dicto la siguiente:

Resolución:

Rectifícase en la Resolución Nº 5.444, de 25 de Septiembre de 1989, la denominación de los títulos de los hilados, reemplazando la palabra "métrico" por "inglés".
Anótese y publíquese en Diario Oficial.- Patricio Cortés Chadwick, Director Nacional de Aduanas.