DECLARA EL 17 DE SEPTIEMBRE COMO DIA NACIONAL DE LA CUECA
Núm. 54.- Santiago, 15 de Septiembre de 1989.- Visto: Lo establecido en el artículo No. 324 de la Constitución Política de la República de Chile de 1980, el Decreto Ley No. 1.385 de 1976, el Decreto Supremo No. 11 del Ministerio Secretaría General de Gobierno;

Considerando:

1° Que La Cueca, musicalmente canta en sus versos la picardía propia del ingenio popular chileno, así como también manifiesta el entusiasmo y la melancolía.
2° Que en cuanto a danza es el baile más festivo y característico de la identidad nacional que posee Chile, 3° Que se ha identificado con el pueblo chileno desde los albores de la Independencia y celebrado con él sus gestas más heroicas y gloriosas.
4° Que el aprender a bailarla es un deber de todo hijo de esta tierra nuestra y
5° Que se declaró Danza Nacional de. Chile mediante el Decreto No. 23 del 18 de Septiembre de 1979 del Ministerio Secretaría General de Gobierno,

Decreto:

Artículo 1° Declárase el 17 de Septiembre Día Nacional de La Cueca.

Artículo 2° El Estado fomentará, a través de Municipalidades, Corporaciones de Educación y diversos organismos e instituciones del sector cultural la enseñanza, práctica, divulgación, promoción e investigación de sus valores musicales y coreográficos. Corresponderá al Ministerio Secretaría General de Gobierno, a través de su Secretaría de Relaciones Culturales velar por el cumplimiento de esta norma.

Anótese, tómese razón y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE. General de Ejército. Presidente de la República.- Cristián Labbé Galilea. Coronel de Ejército, Ministro Secretario General de Gobierno.- Carlos Francisco Cáceres C.. Ministro del Interior.- René Salamé Martín, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Jaime García Covarrubias. Teniente Coronel, Subsecretario General de Gobierno.