MODIFICA DECRETO N° 235, DE 1985 Santiago, 7 de agosto de 1996.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 113.- Visto: El D.S. N° 235 (V. y U.), de 1985, que reglamenta el Sistema de Participación de las Instituciones del Sector Vivienda en Programas Especiales de Construcción de Viviendas Sociales; la ley N° 16.391, en especial lo previsto en su artículo 21, inciso cuarto, y las facultades que me confiere el número 8° del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,
    D e c r e t o:

    Artículo único.- Modifícase el D.S. N° 235 (V. y U.), de 1985, en la siguiente forma:
    1.- Reemplázase en el inciso cuarto del artículo 5° bis la locución "bajo la condición que el producto de esa enajenación se destine a la adquisición", por la expresión "bajo la condición que el pago del precio de esa enajenación se efectúe al contado y si hubiere saldo del crédito hipotecario obtenido para su adquisición, una vez pagado éste, el remanente, que no podrá ser inferior al equivalente del subsidio directo, más el subsidio implícito recibidos, y el subsidio a que se refiere el artículo 21 de este reglamento, en su caso, se destine a la adquisición".
    2.- Sustitúyese en el inciso sexto del artículo 5° bis la expresión "el total del precio de la enajenación", por la frase "el total del precio de la enajenación, una vez pagado el saldo del crédito hipotecario a que alude el inciso cuarto precedente, si lo hubiere, el remanente, que no podrá ser inferior al equivalente del subsidio directo, más el subsidio implícito recibidos, y el subsidio a que se refiere el artículo 21 de este reglamento, en su caso, determinados conforme a la liquidación que practicará el SERVIU,".
    Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.


    Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Edmundo Hermosilla Hermosilla, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Sergio Galilea O., Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.