CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON OSCAR RENE MORENO PEREDA

    Santiago, 26 de noviembre de 1997.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 2.888.- Visto: Lo dispuesto en el Art. 32 Nº 13, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley Nº 18.056, el Informe favorable emitido en reunión de fecha 16 de octubre de 1997, de la Comisión Especial, creada por Decreto Supremo Nº 1.928, de 1981, de Interior, y
    Considerando: Que don Oscar René Moreno Pereda, se encuentra en la situación prevista en el Art. 6º, de la Ley Nº 18.056, la que ha sido debidamente calificada y en uso de la facultad privativa que la disposición citada me confiere,

    D e c r e t o:

    Artículo único: Concédese, por gracia, a don Oscar René Moreno Pereda, Rut. 1.557.348-1, domiciliado en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, una pensión equivalente al 50% de un ingreso mínimo mensual, debiendo considerarse que el monto del ingreso mínimo para estos efectos, es aquel a que hace referencia el inciso 1º del artículo 5 de la Ley Nº 18.647, que se emplea para fines no remuneracionales.
    El gasto que demande el presente Decreto Supremo, se imputará al Item "Jubilaciones, Pensiones y Montepíos" del Programa Operaciones Complementarias del Presupuesto vigente del Tesoro Público.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.