APRUEBA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
Villa Alemana, 20 de Enero de 1990.- Con esta misma fecha el Sr. Alcalde ha emitido el siguiente Decreto:
Núm. 102. Vistos:
El Acuerdo adoptado por el Consejo de Desarrollo Comunal de Villa Alemana, en Sesión Ordinaria celebrada con fecha 18 de enero de 1990;
Lo dispuesto en el artículo 43 del DL No. 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales;
Las facultades que me confiere la Ley 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
Decreto:
Apruébase la Ordenanza sobre derechos municipales por permisos, concesiones y servicios municipales, vigente para la comuna de Villa Alemana.
I DERECHOS GIRADOS POR EL DEPARTAMENTO DE FINANZAS
1° Permisos para ramadas, bailes y otros, Fiestas Patrias, Pascua y Año Nuevo,
diario: UTM
Instituciones comunitarias, establecimientos educacionales 15%
Instituciones deportivas 20%
Particulares 50%
Derecho adjudicación ramada oficial Fiestas Patrias 250%
Permiso temporal venta de sandias y melones (trimestral) 80%
Baratillos, diario 2%
Permisos no clasificados 25%
2° Ventas de bebidas alcohólicas en Fiestas Patrias, Pascua y Año Nuevo u otras solemnidades de carácter general, diario.
Instituciones comunitarias, establecimientos educacionales. 15%
Instituciones Deportivas 20%
Particulares 50%
3° Derechos por bailes y penas folclóricas sin expendio de bebidas alcohólicas, diario.
Instituciones comunitarias, deportivas
y establecimientos educacionales 20%
Particulares 40%
Peñas Folclóricas y otras 15%
4° Permisos comercio ambulante, solamente en zonas periféricas.
Comercio ambulante en vehículo, mensual 50%
Comercio ambulante, diario 2%
Comercio ambulante, mensual 20%
Vendedores comisionistas a domicilio, mensual 5%
Patente Semestral 50%
Comercio de productos agrícolas en vehículo, diario 10%
Comercio de productos agrícolas en vehículo, mensual 50%
5° Propaganda:
QUE SEA VISTA DESDE LA VIA PUBLICA x Mt.2.
En carteles, letreros o avisos no luminosos, anual 30%
En carteles, letreros o avisos luminosos, anual 20%
En carteles, letreros o avisos en ruta caminera, anual 50%
Impresa en vehículos motorizados, anual (Contratista a cual
quier título) 100%
QUE SEA OIDA EN LA VIA PUBLICA
En vehículos con altoparlantes por las poblaciones
periféricas de la comuna, diario 50%
6° Derecho instalación Kioscos en bienes nacionales de uso público, ubicados en:
Sector céntrico, semestral 40%
Sector área Urbana media, semestral 30%
Sector área urbana periférica, semestral 20%
Kiosco, o stand venta artículos artesanales y otros, semestral 70%
Kiosco o stand venta de artículos artesanía y otros, diario 7%
7° Funcionamiento de ferias libres en:
Recintos particulares, semestral 50%
En bienes municipales y nacionales de uso público, semestral 100%
En sectores periféricos autorizados por el Alcalde, semestral 20%
Ferias artesanales y otros por kiosco o stand en:
Recintos particulares, mensual 10%
En bienes municipales y nacionales de uso público, mensual 15%
8° Derechos de funcionamiento de circos:
Sector céntrico, diario 15%
Sectores periféricos, diario 5%
9° Derecho instalación feria navideña por puesto o stand.
Derecho feria navideña por puesto, quincenal 30%
Derecho aseo feria navideña por puesto, mensual 5%
10° Funcionamiento parques de entretenciones, diario:
Sector céntrico 15%
Sectores periféricos 5%
11° Derechos varios:
Certificados de cualquier naturaleza, con excepción de los que
la Ley o Reglamentos declaren exentos 3%
Copia de acuerdos, resoluciones o decretos municipales, por
página 2%
Derecho estampilla por guías libre tránsito de animales, c/u 2%
Carros distribuidores de productos lácteos y similares, mensual 50%
12° Se faculta al Alcalde para eximir o rebajar los derechos indicados precedentemente.
II DERECHOS GIRADOS POR LA DIRECCION DE OBRAS.
A) SUBDIVISIONES: 1% del Avalúo Fiscal del terreno.
B) LOTEOS: 1,5% del Avalúo Fiscal del terreno.
C) OBRA NUEVA Y AMPLIACION: 1,5% del Presupuesto.
D) PLANOS FIJOS AUTORIZADOS POR MINVU: 1% del Presupuesto.
E) RECONSTRUCCION: 1% del Presupuesto.
F) MODIFICACION PROYECTOS: 0,75% del Presupuesto.
G) DEMOLICIONES: 0,5% del Presupuesto.
H) APROBACION DE PLANOS LEY VENTA POR PISOS: 2 cuotas de ahorro para vivienda, por unidad a vender.
I) CERTIFICADO DE RECEPCION VENTA POR PISOS: 1 cuota de ahorro para la vivienda.
J) OCUPACION DE VIA PUBLICA CON MANTENCION DE ESCOMBROS Y MATERIALES DE CONSTRUCCION:
- Calzada pavimentada: 5% UTM x M2 x día;
- Acera pavimentada: 5% UTM x M2 x día;
- Calzada en tierra: 2,5% UTM x M2 x día:
- Acera en tierra: 2,5% UTM x M2 x día.
Los derechos enunciados se aplicarán para los primeros diez días de ocupación. Para los días subsiguientes se duplicarán.
K) OCUPACION DE VIA PUBLICA CON ANDAMIOS Y CIERROS PARA CONSTRUCCIONES: 2% UTM x M2 x día.
L) REMOCION DE PAVIMENTOS: 5% UTM x M2 x día.
M) DERECHOS RELATIVOS A PERMISOS DE CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO:
1. Toldos, techos o refugios de material ligero: 5% UTM x M2 x semestre.
2. Mesas, stands para atención de publico anexos a establecimientos comerciales tales como fuentes de soda, salones de té, restaurantes y otros: 25% del valor comercial del terreno ocupado, este último asimilado a la cuantía asignada por el S.I.I. al terreno perteneciente al Rol de Avalúo correspondiente al establecimiento. Este derecho será cancelado anticipado y semestralmente con fecha de vencimiento el último día de febrero o el último 31 de agosto, según corresponda.
3. Postes sustentadores de letreros, relojes, defensas peatonales, etc.: 50% UTM x año, sin perjuicio del derecho de propaganda anual. El pago se efectuará anticipadamente dentro del primer trimestre de cada año.
4. Postes de alumbrado público: 2% UTM x Unidad, anual, anticipado dentro del primer trimestre de cada año.
N) OTROS DERECHOS;
1. Informes varios, hechos a petición de particulares: 20% UTM.
2. Copia certificada de documentación municipal, tales como decretos, resoluciones, permisos, etc.: 5% UTM.
3. Certificados de uso de suelo (Derechos de Inspección): 20% UTM.
Ñ) PLANO TIPO:
1. Plano tipo vivienda autoconstrucción: 1 sueldo vital Esc. A.
2. Plano de la comuna: 30% UTM.
3. Plano kiosco tipo: 25% UTM.
O) La forma de determinar los montos de los presupuestos, compensaciones de derechos de edificación, facilidades de pago, etc., se regirán por lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
P) EXENCIONES - Quedarán exentos de pago por concepto de derechos de construcción (obra nueva y ampliación), señalados en la letra C de la presente Ordenanza, las construcciones destinadas a sedes de unidades vecinales, centros de madres, cuerpos de bomberos, inmuebles municipales, y establecimientos pertenecientes a la Corporación Municipal para el Desarrollo Social y a la Corporación Municipal de Salud, ambas de Villa Alemana.
- Los derechos por la ocupación del bien nacional de uso público, que implica ruptura y reposición de pavimentos en calzadas, aceras, o soleras, correspondientes a proyectos de inversión de empresas de utilidad pública, cuyas obras ocupen efectivamente una superficie superior a 300 M2 de bien nacional de uso público y que tengan incidencia significativa en el desarrollo de la ciudad, podrá disminuirse hasta en un 90% el mismo; tratándose de obras de infraestructura financiada por el Estado, tendrán una disminución de hasta 99,9%.
Para optar a este beneficio las empresas deberán presentar los antecedentes que permitan al Alcalde determinar la procedencia y el monto de la rebaja.
Q) INSCRIPCION REGISTRO DE CONTRATISTAS DE LA DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES: 50% UTM.
"Reglamento de Registro Especial de Contratistas y Consultores de la I. Municipalidad de Villa Alemana".
R) VENTA DE BASES OBRAS MENORES: 1 x 1000 más IVA del presupuesto.
S) VENTA DE BASES OBRAS MAYORES: 2 x 1000 más IVA del presupuesto.
T) EXTRACCION DE ARIDOS: 50% UTM Semestral DERECHOS A CANCELAR POR ASESORIA URBANA
A) CERTIFICADO DE NUMERO Y LINEA: 1 cuota de ahorro para la vivienda.
B) INFORMES VARIOS HECHOS A PETICION DE PARTICULARES: 20% UTM.
C) CONDICION DE EDIFICACION, CERTIFICADOS DE NO EXPROPIACION: 10% UTM.
D) COPIAS DE CERTIFICADOS MUNICIPALES, DE DECRETOS, RESOLUCIONES, ETC. 5% UTM.
E) CERTIFICADO DE UBICACION Y EMPLAZAMIENTO DE LOCALES COMERCIALES: 10% UTM.
F) EXENCIONES:
- Quedarán exentos de pago por conceptos de certificación de número, los casos en que por ajuste de la numeración correlativa de la Comuna se debe proceder a cambiar un número otorgado previamente.
- Asimismo, quedarán exentos de pago aquellas certificaciones que sean solicitadas en virtud de cambios de normas existentes generadas por el Municipio, por ejemplo: cambio de nombre de calles.
III DERECHOS GIRADOS POR LA DIRECCION DE TRANSITO Y TRANSPORTE PUBLICO.
UTM.
1° ESTACIONAMIENTO: Vehículos particulares, anual 244%
Vehículos de carga, anual 167%
Vehículos locomoción colectiva,
semestral 170%
2° Permiso para cuidar vehículos en la vía pública 11%
3° Señalizaciones de tránsito a particulares 93%
4° Cambio permiso de circulación (duplicados y transferencias) 10%
5° Permiso práctica de manejo, diario 1,3%
6° Autorizaciones varias 11%
7° Derechos carga y descarga 6,7%
8° Revisión de taxímetros fuera de plazo 10%
9° Trabajos en la vía pública 11%
10° a) Control cada 2 años para conductores clase A-1 25%
b) Control cada seis años para conductores con licencias clase
A-2, B, C y D 50%
c) Control cada seis años para conductores con licencia clase E 25%
d) Cambio de clase o extensión a otras clases adicionales a
las ya autorizadas a conductores que estén en posesión de
licencia, conforme a la Ley 18.290 25%
e) Duplicado de licencia de conducir cualquiera sea su clase 25%
f) Cambio de domicilio, examen de reglamento, práctico,
físico o psíquico, cuando no se trate del que debe rendirse
parael otorgamiento o control de licencia de conducir y
certificado 10%
g) Control anual conductores mayores de 65 años 25%
11° Certificado de empadronamiento 20%
12° Duplicado certificado de empadronamiento 5%
13° Certificado de modificación en el registro 10%
14° Placa provisoria (incluido duplicado placa) 20%
15° Certificados varios (permisos provisorios, etc.) 10%
16° Tarjeta de estacionamiento zona centro (Reajuste IPC c/4 meses) $ 25 media hora
IV DERECHOS GIRADOS POR EL DEPARTAMENTO DE ASEO, ORNATO E
INSPECCION GENERAL.
UTM
1° Retiro de escombros en domicilio o vía pública por M3 50%
2° Retiro de ramas, hojas y otras provenientes de
jardines, valor hasta 1 camionada 15%
3° Extracción y retiro de árboles en propiedad
privada hasta una altura de 20 Mts 100% por
árbol
4° Limpieza de terrenos particulares con extracción
de desechos, valor por Mt.2 30%
5° Extracción y retiro de árboles en la vía
pública por el Municipio, más su reposición por parte del
Contribuyente 40% por
árbol
6° DERECHOS OCUPACION CANCHA DE FUTBOL, POR HORA.
a) Instituciones comunitarias, establecimientos educacionales 5%
b) Clubes Deportivos afiliados a la Asociación de Fútbol,
ANFA y Asociación Central 10%
recauda
ción
bruta.
c) Clubes deportivos no afiliados a la Asociación de Fútbol 50%
d) Particulares 50%
e) Carteles, letreros o avisos interior Estadio Municipal el
Mt. 2,semestral 35%
7° DERECHO OCUPACION RANCHO CRIOLLO EN ACTIVIDADES SIN FINES DE LUCRO, DIARIO.
a) Instituciones comunitarias, establecimientos
educacionales. 20%
b) Particulares 100%
8° DERECHO OCUPACION GIMNASIO "LUIS CRUZ MARTINEZ", POR HORA.
a) Instituciones comunitarias, establecimientos educacionales 2%
b) Clubes deportivos afiliados a la Asociación de Básquetbol,
Vóleibol 5% o
10%
recau
dación
bruta
c) Particulares 20%
Establecimientos municipalizados, exentos.
9° Bodegaje de vehículos municipales, diario 5%
10° Mantención de animales en corrales municipales, por mes o
fracción de mes 200%
11° Se faculta al Alcalde para eximir o rebajar los derechos
indicados precedentemente.
V) OTROS DERECHOS NO CONTEMPLADOS EN LA PRESENTE ORDENANZA:
20% UTM.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Miguel Oyaneder Chaparro, Alcalde Subrogante.- José Luis Toledo Villagra, Secretario Municipal.