MODIFICA CONCESION OTORGADA POR DECRETO N° 81, DE 1969, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
Santiago, 8 de Mayo de 1991.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue
Núm. 123.- Vistos:
a) La Ley N° 18.168 de 1982, modificada por las Leyes N° 18.482 de 1985;
N° 18.591 y N° 18.681, ambas de 1987, la Ley N° 18.838 de 1989 y por el DFL N° 1 de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
b) El Decreto Ley N° 1.762 de 1977.
c) El artículo 1° de la Ley N° 16.436.
d) El N° 2, letra b), del párrafo II de la Resolución N° 1.050 de 1980, de la Contraloría General de la República.
e) El Decreto Supremo N° 81 de 14.01.69 del Ministerio del Interior.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada.
b) Lo propuesto por la Subsecretaria de Telecomunicaciones por Oficio Ord. N° 32.090 de 08.05.91.
Decreto:
1.- Modifícase la concesión otorgada a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A., RUT. N° 92.580.000-7, con domicilio legal en Santa Lucía N° 360, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, a través del Decreto Supremo N° 81 de 1969, del Ministerio del Interior, modificado por los Decretos N° 100 de 1983 y N° 94 de 1989, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en el sentido de autorizar a la concesionaria para instalar, operar y explotar radioenlaces multicanales digitales en la banda SHF, en las Regiones IV, V y Metropolitana, según se detalla más adelante.
2.- Apruébase el proyecto técnico, base de la solicitud (SP-88/64) en lo concerniente a los sistemas y equipos de telecomunicaciones que se instalarán, operarán y explotarán, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido, proyecto que quedará archivado en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. 3. Autorizase a la concesionaria para instalar, operar y explotar los radioen laces, cuyas caracteristicas técnicas y ubicaciones de las radioestaciones se indican a continuación:
3.1. RADIOENLACES de 140 Mb/s, Red Troncal
CARACTERISTICAS COMUNES
- Frecuencias : F1=6.500,0 MHz. F1'=6.840,0 MHz.
F2=6.580,0 MHz. F2'=6.920,0 MHz.
F3=6.620,0 MHz. F3'=6.960,0 MHz.
F4=6.660,0 MHz. F4'=7.000,0 MHz.
F5=6.700,0 MHz. F5'=7.040,0 MHz.
F6=6.740,0 MHz. F6'=7.080,0 MHz.
- Tipo de emisión : 35MOK7EFT
- Potencia máxima : 0,7 Watt
- Velocidad de transmisión : 140 Mb/s
- Cantidad de canales : 1.920 Canales Telefónicos.
3.1.1. Radioenlace CNT- El Roble
Radioestación CNT
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F1, F1') Horizontal
(F2, F2') Horizontal
(F3, F3') Vertical
(F4, F4') Horizontal
(F5, F5') Vertical
(F6, F6') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
Radioestación El Roble
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F1, F1') Horizontal
(F2, F2') Horizontal
(F3, F3') Vertical
(F4, F4') Horizontal
(F5, F5') Vertical
(F6, F6') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
3.1.2. Radioenlace El Roble Varillar
Radioestación El Roble
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F1, F1') Horizontal
(F2, F2') Horizontal
(F4, F4') Horizontal
(F6, F6') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
Radioestación Varillar
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F1, F1') Horizontal
(F2, F2') Horizontal
(F4, F4') Horizontal
(F6, F6') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
3.1.3. Radioenlace Varillar-Espino
Radioestación Varillar
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F1, F1') Horizontal
(F2, F2') Horizontal
(F4, F4') Horizontal
(F6, F6') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
Radioestación Espino
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F1, F1') Horizontal
(F2, F2') Horizontal
(F4, F4') Horizontal
(F6, F6') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
3.1.4. Radioenlace Espino-Huaquilón
Radioestación Espino
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F1, F1') Horizontal
(F2, F2') Horizontal
(F4, F4') Horizontal
(F6, F6') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
Radioestación Huaquilón
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F1, F1') Horizontal
(F2, F2') Horizontal
(F4, F4') Horizontal
(F6, F6') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
3.1.5. Radioenlace Huaquilón-Tololo
Radioestación Huaquilón
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F1, F1') Horizontal
(F2, F2') Horizontal
(F4, F4') Horizontal
(F6, F6') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
Radioestación Tololo
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F1, F1') Horizontal
(F2, F2') Horizontal
(F4, F4') Horizontal
(F6, F6') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
3.1.6. Radioenlace Tololo-La Serena
Radioestación Tololo
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F3, F3') Horizontal
(F5, F5') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
Radioestación La Serena
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F3, F3') Horizontal
(F5, F5') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,8 dBi, de
ganancia.
3.2. RADIOENLACES de 34 Mb/s, DERIVACIONES
CARACTERISTICAS COMUNES
- Frecuencias : F 7=7.747,70 MHz. F 7'=8.059,02 MHz.
F 8=7.777,35 MHz. F 8'=8.088,67 MHz.
F 9=7.807,00 MHz. F 9'=8.118,32 MHz.
F10=7.836,65 MHz. F10'=8.147,97 MHz.
F11=7.895,95 MHz. F11'=8.207,27 MHz.
- Tipo de emisión : 20MOG7EFT
- Potencia máxima : 0,7 Watt
- Velocidad de transmisión : 34 Mb/s
- Cantidad de canales : 480 Canales Telefónicos.
3.2.1. Radioenlace San Felipe - Reflector Pasivo-
Roble
Radioestación San Felipe
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F7, F7') Horizontal
(F9, F9') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,4 dBi, de
ganancia.
Radioestación El Roble
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F7, F7') Horizontal
(F9, F9') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,4 dBi, de
ganancia.
3.2.2. Radioenlace Espino - Reflector Pasivo- Illapel
Radioestación Espino
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F 8, F 8') Vertical
(F10, F10') Vertical
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,2 dBi, de
ganancia.
Radioestación Illapel
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F 8, F 8) Vertical
(F10, F10) Vertical
- Tipo de Antena : Parabólica de 43,3 dBi, de
ganancia.
3.2.3. Radioenlaces Tololo - Reflector Pasivo- Ovalle
Radioestación Tololo
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F 8, F 8') Vertical
(F10, F10') Vertical
(F11, F11') Vertical
- Tipo de Antena : Parabólica de 45,2 dBi, de
ganancia.
Radioestación Ovalle
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F 8', F 8) Vertical
(F10', F10) Vertical
(F11', F11) Vertical
- Tipo de Antena : Parabólica de 46,7 dBi, de
ganancia.
3.2.4. Radioenlaces Tololo - Vicuña
Radioestación Tololo
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F 9, F 9') Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 28,9 dBi, de
ganancia.
Radioestación Vicuña
- Frecuencias : (Tx,Rx) Polarización
(F 9', F 9) Horizontal
- Tipo de Antena : Parabólica de 28,9 dBi, de
ganancia.
3.3. UBICACION DE LAS INSTALACIONES
3.3.1 RADIOESTACIONES
- CNT
Ubicación : Alameda Lib. Bernardo O'Higgins
esq. Amunátegui, Comuna de
Santiago, Región Metropolitana.
- El Roble
Ubicación : Cerro El Roble, Comuna de la
Calera, V Región.
Coordenadas
geográficas : 32° 58'21" Sur 71° 00'38" Oeste
- Varillar
Ubicación : Cerro Varillar, Comuna de Petorca,
V Región.
Coordenadas
Geográficas : 32° 03' 00" Sur 71° 00' 00" Oeste
- Espino
Ubicación : Cerro Espino, Comuna de Combarbalá
IV Región.
Coordenadas
Geográficas : 31° 19' 00" Sur 71° 06' 00" Oeste
- Huaquilón
Ubicación : Cerro Huaquilón, Comuna de
Combarbalá, IV Región.
Coordenadas
Geográficas : 30° 52' 00" Sur 71° 06' 00" Oeste
- Tololo
Ubicación : Cerro Tololo, Comuna de Vicuña,
IV Región.
Coordenadas
Geográficas : 30° 10' 00" Sur 70° 48' 00" Oeste.
- La Serena
Ubicación : Colo-Colo N° 2850, Comuna de La
Serena, IV Región.
- San Felipe
Ubicación : Freire esq. Navarro, Comuna de
San Felipe, V Región.
- Illapel
Ubicación : Alvarez Pérez N° 045, Comuna de
Illapel. IV Región.
- Ovalle
Ubicación : Coquimbo N° 370, Comuna de Ovalle,
IV Región.
- Vicuña
Ubicación : Pasaje Serrano N° 462, Comuna de
Vicuña, IV Región.
3.3.2. REFLECTORES PASIVOS
- San Felipe
Ubicación : Comuna de San Felipe, V Región
Coordenadas
Geográficas : 32° 50' 19" Sur 70° 36'00" Oeste
- Illapel
Ubicación : Comuna de Illapel, IV Región.
Coordenadas
Geográficas : 31° 39' 09" Sur 71° 10'18" Oeste
- Ovalle
Ubicación : Comuna de Ovalle, IV Región
Coordenadas
Geográficas : 30° 37' 06" Sur 71° 10'54" Oeste.
El Presidente de la República, previo informe de la Subsecretaría, podrá disponer que la concesionaria modifique las características técnicas antes señaladas, por razones de orden técnico, de interés público, o en cumplimiento de Acuerdos o Convenios Internacionales obligatorios para el Estado, sin que por ello, la concesionaria pueda formular reclamo alguno.
4. La presente modificación de concesión se otorga, sin perjuicio del derecho de terceros legalmente adquirido, en conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Telecomunicaciones y sus Reglamentos y con sujeción a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.
5. Las obras se iniciarán inmediatamente después de la publicación en el Diario Oficial del presente Decreto y se terminarán en un plazo de 18 meses a contar de dicha fecha. Asimismo, el plazo para iniciar los servicios será de 20 meses, a contar de la fecha de la referida publicación.
6. Facúltase a la concesionaria para tender y cruzar líneas aéreas o subterraneas en calles, plazas, parques, caminos y otros bienes nacionales de uso público, sólo para los fines específicos de la presente modidicación de concesión. Estos derechos se ejercerán de modo que no se perjudique el uso principal de los bienes nacionales ocupados y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes o que en el futuro se establezcan por la Subsecretaría y/o Municipalidades.
7. La Subsecretaría, se reserva el derecho de solicitar cualquier antecedente adicional, previo a la recepción de obras e instalaciones, a objeto de poder calificar en su integridad que estas modificaciones se encuentren correctamente ejecutadas y correspondan al proyecto técnico aprobado.
9. La construcción de las obras deberá ejecutarse con sujeción estricta al proyecto aprobado y en conformidad a las leyes, reglamentos y ordenanzas pertinentes. Facúltase a la Subsecretaría para que ordene o autorice las modificaciones de orden técnico que procedieren, de acuerdo a las normas técnicas pertinentes, siempre y cuando estas modificaciones no alteren elementos de la esencia de la concesión.
10. Antes de iniciar los servicios, la concesionaria debe solicitar a la Subsecretaría, por carta certificada, la verificación de que las obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y corresponden al proyecto técnico aprobado.
11. En lo no expresamente modificado por este acto, quedan plenamente vigentes los derechos y obligaciones a los que está afecta la concesionaria, contenidos en el Decreto de origen y sus posteriores modificaciones, las cuales se han singularizado en el numerando primero del presente Decreto.
12. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Telecomunicaciones, de sus normas y reglamentos y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, registrese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Victor Germán Correa Díaz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Roberto Pliscoff Vásquez, Subsecretario de Telecomunicaciones
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica Cursa con alcance decreto N° 123, de 1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
N° 14.621.- Santiago, 18 de Junio de 1991.
Esta Contraloría General ha tomado razón del instrumento del rubro, mediante el cual se modifica la concesión de servicio público de telecomunicaciones otorgada a través del decreto supremo N° 81, de 1969, de Interior, modificado por el decreto N° 94, de 1989, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a la empresa que señala, por cuanto se ajusta a decreto.
Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que el citado decreto supremo N° 81 no ha sido modificado por el decreto N° 100, de 1983, de Transportes y Telecomunicaciones, como erroneamente se señala en el texto del documento de la suma, toda vez que mediante el referido decreto N° 100 se otorgó, a la misma empresa, una nueva concesión.
Con el alcance que precede se ha dado curso al acto administrativo del epígrafe.
Dios guarde a US.- Miguel Solar Mandiola, Contralor General de la República subrogante.
Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Presente