PRORROGA POSTERGACION DE PERMISOS MUNICIPALES EN SECTORES QUE INDICA DE LA COMUNA DE LAS CONDES
(Resolución)
Núm. 18.- Santiago, 16 de febrero de 1998.- Vistos:
a) El decreto alcaldicio Nº2.500 de 28 de noviembre de 1997, de la I. Municipalidad de Las Condes, que postergó por un plazo de 3 meses a contar del 2 de diciembre de 1997, fecha de publicación del citado decreto en el Diario Oficial, los Permisos de Edificación en los sectores cuyos límites a continuación se indican:
1) Sector Edificio Consistorial, área comprendida por los siguientes límites:
Por el Norte, eje de Avenida Isidora Goyenechea.
Por el Oriente, eje de la calle Enrique Foster.
Por el Sur, fondos prediales de los terrenos que
enfrentan la Avenida Apoquindo, excepto la
manzana del Edificio Consistorial que se
incluye completa, hasta el eje de la
Avenida Apoquindo.
Por el Poniente, eje de la calle Carmencita.
2) Sector Avda. Colón, área comprendida por los siguientes límites:
Por el Norte, eje de calle Los Pozos.
Por el Oriente, eje de la calle Robinson Crusoe
Por el Sur, eje de calle Martín Alonso Pinzón
Por el Poniente, eje de calle Hernando de Magallanes.
b) El oficio Nº11/168 de 2 febrero de 1998, del Sr. Alcalde de la I. Municipalidad de Las Condes (S), en el que solicita la prórroga por un plazo de tres meses de la postergación de los permisos de subdivisión, loteo o urbanización y construcciones debido a que el estudio específico sobre cambio de la normativa vigente en esos sectores aún no se ha concluido.
c) El oficio Nº298, de 12 de febrero de 1998, del Departamento de Desarrollo Urbano de esta Secretaría Ministerial, en el cual éste se pronuncia a favor de acoger la prórroga solicitada por la autoridad alcaldicia, con la limitación que ésta se acoge sólo para los permisos de edificación, atendido los términos en que fue dictado el citado decreto alcaldicio Nº2.500 de 1997
d) Lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; lo prescrito en la ley Nº16.391 y en el DL. Nº1.305, y las facultades que me confiere el D.S. Nº397, de 1977 de Vivienda y Urbanismo, dicto la siguiente:
R e s o l u c i ó n:
1º Prorrógase por un plazo de tres meses, a contar del 3 de marzo de 1998 y hasta el 3 de junio de 1998, inclusive, la postergación de los permisos de construcciones en los sectores individualizados en la letra a) de la presente resolución.
2º La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial y en uno de los diarios de mayor circulación de la comuna.
Tómese razón, anótese, comuníquese y publíquese.- Patricio Hermosilla Gallardo, Secretario Ministerial Metropolitano