MODIFICA DECRETO Nº 235, DE 1985

    Santiago, 30 de enero de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 12.- Visto: El D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985, que reglamenta el Sistema de Participación de las Instituciones del Sector Vivienda en Programas Especiales de Construcción de Viviendas Sociales; la ley Nº 16.391, en especial lo dispuesto en su artículo 21 inciso cuarto y las facultades que me confiere el número 8º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,

    D e c r e t o:


    Artículo único: Modifícase el D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985, en la siguiente forma:

    a) Reemplázase en el inciso noveno de su artículo 5º bis agregado por D.S. Nº 50 (V. y U.), de 1995, complementado por la letra b) del artículo único del D.S. Nº 69 (V. y U.), de 1995, y modificado por la letra a) del artículo único del D.S. Nº 143 (V. y U.), de 1995, la expresión "1º de enero de 1995", por la locución "1º de enero de 1997".
    b) Reemplázase en el inciso sexto de su artículo 20 bis agregado por la letra c) del artículo único del D.S.
Nº 69 (V. y U.), de 1995, y modificado por la letra b) del artículo único del D.S. Nº 143 (V. y U.), de 1995, la expresión "1º de enero de 1995", por la locución "1º de enero de 1997".
    Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- CARLOS FIGUEROA SERRANO, Vicepresidente de la República.- Sergio Henríquez Díaz, Ministro de Vivienda y Urbanismo.

    Lo que transcribo para su conocimiento.- Sergio González Tapia, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.