CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A PERSONAS QUE INDICA
    Santiago, 31 de diciembre de 1997.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 3.216.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 13, de la Constitución Política de la República de Chile, en la ley Nº 18.056, el informe favorable emitido en reunión de fecha 9 de octubre de 1997, de la Comisión Especial, creada por decreto supremo Nº 1.928, de 1981, de Interior, y
    Considerando: Que las personas que a continuación se indican, se encuentran en la situación prevista en el artículo Nº 6, de la ley Nº 18.056, la que ha sido debidamente calificada y en uso de la facultad privativa que la disposición citada me confiere,

    D e c r e t o:

    Artículo único: Concédese, por gracia, a los Sres. Arroyo Herrera José Luis, Bacho Orrego Juan Domingo, Berríos José Mercedes, Bustamante Aguilera Osvaldo Antonio, Campos Brito Pascual del Carmen, Castro Neira Humberto, Celis Gajardo Armando Enrique, Cuevas Juan Belarmino, Elgueda Araya Guillermo Antonio, Escobar Pinto Segundo Marcial, Farías González Raúl Antonio, Figueroa Riquelme José Oscar, Henríquez Cabrera Raúl del Carmen, Herrera Nicolás Tolentino, Iturrieta Collao José del Tránsito, Jaime David Alejandro, Oyarzún González Osvaldo Juvenal, Páez Laureano del Carmen, Paredes González Francisco Segundo, Pizarro Hernández Hernán Pedro Pablo, Retamales Gutiérrez Francisco Antonio, Retamales Hernández José Emiliano, Rivera Pedro del Rosario, Rojas Abraham Porfirio, Rojas Ordenes Nazario, Rojas Rojas Francisco René, Salinas Salinas José Raúl, Segovia Domingo del Rosario, Tamblay Alcota Ismael Segundo, Valencia Cáceres Belarmino, Zúñiga Maulén Amadin de las Mercedes, una pensión de gracia equivalente a 1,25 ingreso mínimo mensual a cada uno de ellos, debiendo considerarse que el monto del ingreso mínimo para estos efectos, es aquel a que se hace referencia en el inciso 1º, el artículo 5 de la ley Nº 18.647, que se emplea para fines no remuneracionales.
    El gasto que demande el presente decreto supremo, se imputará al ítem "Jubilaciones, Pensiones y Montepíos", del Programa Operaciones Complementarias del Presupuesto vigente del Tesoro Público.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.