Artículo 1º.- Los estatutos de la corporación serán elaborados por cinco representantes del Colegio de Profesores de Chile A.G., dos de la Asociación Nacional de Funcionarios del Ministerio de Educación, "ANDIME", dos de la Federación Nacional Gremial de Trabajadores de Educación, Chile, "FENTECHILE F.G.", uno de la Asociación Nacional de Funcionarios de Servicios de Educación, "ANESE", y uno de la Asociación Nacional de Funcionarios de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, "ANFUDIBAM", todos los cuales serán designados por las propias entidades mencionadas de conformidad a sus estatutos.