MODIFICA CONCESION DE SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA
Santiago, 22 de enero de 1998.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 12.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
b) La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.
c) El número 1º artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, de la Contraloría General de la República.
d) El decreto supremo Nº 164 de 17.08.89, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de modificación Ingreso Subtel Nº 16.867 de 03.07.97.
b) Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones mediante memorándum Nº 492 de 20 de enero de 1998.
D e c r e t o:
1. Modifícase, la concesión de Servicio de Radiodifusión Sonora, señal distintiva XQD-106, para la ciudad de Pucón, cuyo titular es Radiodifusión El Conquistador Limitada, R.U.T. Nº 80.772.900-4, con domicilio en calle El Conquistador del Monte Nº 4644, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, mediante decreto supremo enunciado en la letra d) de los Vistos, las modificaciones que se indican.
2. Apruébase íntegramente el proyecto técnico presentado por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio y la planta transmisora, en los términos que se señalan.
Las características técnicas de la concesión y ubicación de las instalaciones, incluida la modificación, quedarán en definitiva como sigue:
De las características principales
- Frecuencia : 98,9 MHz.
- Potencia : 250 W.
- Tipo de emisión : 180KF8EHF.
- Desviación máxima : ±75 KHz.
Del sistema radiante
- Diagrama de radiación : Direccional.
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antena : Dipolo extendido.
- Ganancia antena : 7,0 dBd.
- Nº elementos : 4.
De la ubicación de las instalaciones
Estudio y Planta Transmisora
- Dirección : Sector El Volcán, comuna de Pucón, IX
Región.
- Coordenadas Geográficas : 39°19'50" Latitud Sur;
71°59'08" Longitud Oeste.
4. La publicación del presente decreto de modificación en el Diario Oficial, deberá efectuarse dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde la notificación del decreto a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la Ley sin necesidad de declaración alguna.
5. El plazo para iniciar la construcción de las obras será de 30 días y para su término de 60 días. Asimismo, el plazo para iniciar el servicio será de 90 días.
6. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos y normas técnicas, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Claudio Hohmann Barrientos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Juanita Gana Quiroz, Subsecretaria de Telecomunicaciones.