DECLARA NORMA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Santiago, 13 de marzo de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 25 exento.- Visto: lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización por oficio Nº 13.460-300, de 1998; lo informado por la Corporación Nacional Forestal mediante ofcio Nº 166, de 1998; los decretos Nº 456, de 1968, y 186, de 1994, ambos del Ministerio de Agricultura; el DFL Nº 294, de 1960, y los artículos 32º, Nº 8 y 35º de la Constitución Política de la República,
D e c r e t o:
Artículo 1º.- Declárase Norma Oficial de la República de Chile la siguiente:
NCh630 Madera - Preservación - Terminología.
Artículo 2º.- Con el presente decreto se anula y reemplaza la norma NCh630.Of78 Madera-Preservación-Terminología, declarada Oficial de la República por decreto Nº 224, de fecha 7 de julio de 1978 de este Ministerio.
Artículo 3º.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial, siendo su costo de cargo del Instituto Nacional de Normalización. El texto íntegro de la norma será publicado en documentos oficiales del mencionado Instituto.
A contar de la fecha de publicación de este decreto en el Diario Oficial, la norma individualizada en el artículo 1º, se denominará como sigue:
NCh630.Of98: Madera - Preservación - Terminología
Artículo 4º.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dicha norma, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República, y además, proporcionar gratuitamente, el mismo número de ejemplares a este Ministerio.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Mladinich Alonso, Ministro de Agricultura.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jean Jacques Duhart Saurel, Subsecretario de Agricultura.