DELEGA  FACULTADES  QUE  SEÑALA  EN  SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES
Núm. 249.- Santiago, 19 de diciembre de 1997.- Vistos: Los artículos 9, 31 bis, 31-c, y 31-d de la ley Nº 18.290; decretos supremos Nºs. 39/85 y 97/84, (T y T), y Teniendo presente: La necesidad de resolver en forma directa, en las diversas Regiones, las autorizaciones para otorgar licencias de conductor como, asimismo, las materias relacionadas con las Escuelas de Conductores,
R e s u e l v o :

    Delégase, en los Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones, el ejercicio de las facultades que se indican:
    1.- Conceder autorización a las Municipalidades para otorgar licencias de conductor como, asimismo, suspender o revocar las autorizaciones concedidas, y
    2.- Aprobar los planes y programas de las Escuelas de Conductores, concederles reconocimiento oficial y fiscalizar que éstas cumplan con los planes, programas, docencia e infraestructura que determinaron su reconocimiento oficial y vigencia de la póliza de seguros.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- Claudio Hohmann Barrientos,  Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda  a Ud., Patricia Muñoz Villela, Jefe Depto. Administrativo.