Artículo 2º.- Otórgase al personal de la Contraloría General de la República que pertenezca o se encuentre asimilado a las plantas de Directivos, Profesionales, Fiscalizadores y Jefaturas, una asignación mensual de complemento, del monto que se indica para cada grado:
GRADO MONTO
F/G $ 107.776
1-B 85.185
2 82.140
3 77.087
4 72.728
5 69.294
6 64.139
7 61.178
8 57.422
9 54.214
10 51.072
11 44.804
12 39.491
13 34.804
14 30.840
15 27.314
Las asignaciones de que tratan este artículo y el artículo 1º no serán imponibles, por su carácter de transitorias, ni servirán de base para la determinación de ninguna remuneración o beneficio, con excepción de la asignación del artículo 12 de la ley Nº 19.041.