Artículo 1º. Los funcionarios destinados, trasladados con cambio de ciudad o de país y los adscriptos, tendrán derecho a una asignación, cuyo monto será igual al valor del traslado por carga aérea, tarifa IATA del menaje de casa y efectos personales, desde el lugar de procedencia al de destino, de acuerdo con la siguiente tabla:


Embajadores          : 23 m³ o su equivalente en kilos.
Ministros Consejeros  : 22 m³ o su equivalente en kilos.
Consejeros            : 21 m³ o su equivalente en kilos.
Primeros Secretarios  : 19 m³ o su equivalente en kilos.
Segundos Secretarios  : 18 m³ o su equivalente en kilos.
Terceros Secretarios  : 16 m³ o su equivalente en kilos.
Terceros Secretarios  : 14 m3 o su
deDecreto 151,
RELACIONES EXTERIORES
N° 1
D.O. 30.01.2024
Segunda Clase        equivalente en kilos.