Artículo 13°.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3° del Decreto con Fuerza de Ley N° 382, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, para los efectos de la aplicación de este reglamento, laDTO 66, ECONOMIA
Art. único b)
D.O. 30.03.1990
Superintendencia determinará, en las bases de los estudios tarifarios, los elementos componentes de los sistemas de distribución de agua potable, recolección de aguas servidas, producción de agua potable y disposición de aguas servidas, en cada caso.