Artículo 29°.- Los costos de inversión deberán desagregarse al nivel de los distintos tipos de instalaciones constitutivas de los sistemas correspondientes a las etapas del servicio sanitario consideradas.
El diseño de los distintos tipos de instalacioneDTO 109, ECONOMIA
Art. 1° N° 16
D.O. 24.04.1998s deberá considerar explícitamente los factores de pérdidas económicamente eficientes y los niveles de seguridad de provisión del servicio.
Art. 1° N° 16
D.O. 24.04.1998s deberá considerar explícitamente los factores de pérdidas económicamente eficientes y los niveles de seguridad de provisión del servicio.