APRUEBA MODIFICACION DE ESTATUTOS DE JUNTAS DE VECINOS QUE INDICA

    Santiago, 14 de Junio de 1989.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 934.- Considerando: Que por Decretos Alcaldicios No. 1436, de 1983 y 411 de 1986, de las Ilustres Municipalidades de Las Condes y Melipilla respectivamente, se modificaron los límites de las Unidades Vecinales de esas Comunas, y
    Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 No. 8 de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley 16.880 y en su Reglamento contenido en el Decreto Supremo No. 1481 de 1968 y lo señalado en el Decreto Supremo No. 74 de 1988, ambos del Ministerio del Interior,

    Decreto:

    Artículo Primero.- Apruébanse las modificaciones introducidas en los artículos 1° y 3° de los Estatutos de la Junta de Vecinos "San Luis", Unidad Vecinal No. C-9 (ex -
8), Comuna de Las Condes, aprobado por Decreto Supremo de Interior No. 928 de 1982 Diario Oficial No. 31357, de 1982, Exp. 3848/82, Región Metropolitana.

    Artículo Segundo.- Apruébanse las modificaciones introducidas en los artículos 1°, 3°, 45°, 46° y 50° de los Estatutos de las siguientes Juntas de Vecinos - "Barrio Estación", Unidad Vecinal No. 5-R-II, (Ex -
4-R-II), Comuna de Melipilla, aprobado por Decreto Supremo de Interior No. 70 de 1973, Diario Oficial No. 28.467, de 1973, Exp. 8605/73, Región Metropolitana.
    - "Ignacio Serrano", (ex - Manuel Rodríguez), Unidad Vecinal No. 10-R-II (ex - 8-R-II), Comuna de Melipilla, aprobado por Decreto Supremo de Interior No. 698, de 1974, Diario Oficial No. 28.840, de 1974 Exp. 9896/74, Región Metropolitana.
    Inscríbase en los registros correspondientes.
    - Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Francisco Cáceres C., Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud .- Gonzalo García Balmaceda, Subsecretario del Interior.