¿Qué se busca con la ley?

La ley busca perfeccionar la evaluación de los servicios de salud. Se da un incentivo económico a los trabajadores de los establecimientos que den un mejor trato a los usuarios y pacientes. Mediante la legislación, se igualaron ambos procesos de evaluación (el de los municipales con el de los servicios dependientes del Ministerio de Salud).

¿En qué servicios se aplica el beneficio?

Las bonificaciones se aplican a funcionarios de la salud primaria municipal y de los servicios dependientes del Ministerio de Salud, como hospitales, institutos, centros de diagnóstico terapéutico, centros de salud familiar, centros de referencia y consultorios.

¿Lo recibirán todos los trabajadores de la salud de esos servicios?

No, sólo lo recibirán aquellos trabajadores que laboren en los servicios que sean mejor calificados en buena atención.

En el caso de los servicios municipales, lo reciben los funcionarios considerados en el Estatuto de Atención Primaria Municipal y para los trabajadores dependientes del Ministerio de Salud, se paga a los funcionarios pertenecientes a las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares, además del personal titular de cargos de la planta de directivos de carrera, que no perciban asignación profesional ni la asignación especial por estar en posesión de un título de nivel técnico.

¿En qué consiste el beneficio?

Es una asignación anual que se paga luego de un proceso de evaluación del mejoramiento en la calidad del trato que se da a los usuarios.

¿En qué consiste el instrumento de evaluación?

La Subsecretaría de Redes Asistenciales, previo informe de un comité técnico, debe definir el instrumento de evaluación. Ese instrumento se podrá actualizar, a partir de los dos años de uso y debe contener la aplicación de una encuesta de percepción del trato a los usuarios. La encuesta se aplicará a usuarios mayores de 15 años que hayan recibido atención en los establecimientos.

¿Cómo se evaluarán los resultados?

Se ordenarán los establecimientos en el ámbito municipal desde el mejor evaluado hasta el peor evaluado. Lo mismo se hará en los servicios que dependen del Ministerio de Salud.

Se ubicará en el tramo destacado al 33 % de los que logren los mejores resultados en cada categoría, municipal y dependiente del ministerio. Después se ubicará al 33 % que logró resultados medianos y finalmente al tercio que logró los peores resultados.

¿Cómo se sabe si los funcionarios del respectivo centro de salud obtienen la asignación?

Los establecimientos de atención primaria de salud municipal, para acceder al beneficio, deberán alcanzar en el instrumento de evaluación un puntaje de, a lo menos, un 65% o su equivalente en la medición del trato a los usuarios. Igual proceso se hace en los dependientes del Ministerio de Salud. Si dos o más establecimientos empatan, se hará un desempate, según la vulnerabilidad de la población a la que atienden, ruralidad de la población u otras, definidas por reglamento.

¿Cuándo se aplica la encuesta?

La aplicación de la encuesta podrá hacerse hasta el 15 de septiembre de cada año.

¿Podría no hacerse la encuesta?

La evaluación se podría suspender en uno o más establecimientos en casos en que exista alerta sanitaria, hechos imprevistos por catástrofes, daños a la infraestructura del recinto o acciones terroristas que impidan o alteren gravemente su capacidad para atender a los usuarios.

Si un establecimiento no fue evaluado por las razones señaladas, se mantendrá en el tramo del año anterior.

¿Cómo se determina el monto de la asignación?

El Subsecretario de Redes Asistenciales mediante resolución visada por la Dirección de Presupuestos, determinará para cada año un valor de la asignación para los diversos tramos, según las horas trabajadas por cada funcionario. La asignación se pagará en una sola cuota a más tardar conjuntamente con las remuneraciones del mes de noviembre de cada año.

¿Qué funcionarios no tienen derecho?

Los funcionarios que sean calificados en lista 3, condicional, o lista 4, de eliminación, en el proceso anual de calificaciones.