¿Cuánto pagaban los pensionados de cotización para salud?

Anteriormente, todos los pensionados debían cotizar un 7% para tener derecho a inscribirse en un sistema de salud. Ya en 2011 se había eliminado el pago del 7% de cotización de salud para los pensionados beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias (Pensión Básica Solidaria, PBS, o Aporte Previsional Solidario, APS). En tanto para los pensionados del sistema de AFP se había establecido una rebaja de la cotización del 7% al 5%.

¿Qué pasa ahora con los que pagaban el 5%?

Se eliminó gradualmente el pago del 5% de cotización de salud para pensionados que no habían sido beneficiados por la eliminación total del 7% de cotización aprobada en 2011.

Quedaron exentos de la cotización legal de salud los pensionados de las Administradoras de Fondos de Pensiones, AFP, y del Instituto de Previsión Social, IPS, los pensionados por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales y los exonerados políticos acogidos a la ley que les otorgó el beneficio. Para quedar exentos de pago deben tener 65 años cumplidos o más.

¿Se establece algún otro requisito?

Si, deben acreditar residencia en Chile por un lapso no inferior a veinte años continuos o discontinuos, contados desde que el peticionario haya cumplido veinte años de edad. Además durante los últimos cinco años, deben haber vivido cuatro años en Chile por lo menos y deben pertenecer al 80% de la población con menos recursos, lo que debe estar acreditado por el instrumento de medición vigente.

¿Quiénes más quedan fuera del beneficio?

No será aplicable a las pensiones de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, CAPREDENA, y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, DIPRECA.

¿Cómo se procede a la eliminación del cobro?

El Instituto de Previsión Social (IPS) informa la nómina de beneficiarios a las entidades pagadoras de la pensión. Éstas, a su vez, informan al Fondo Nacional de Salud, FONASA, la nómina de sus pensionados que sean beneficiarios con el no pago de la cotización de salud. En el caso de los afiliados a Isapres, el IPS transfiere los fondos a las entidades pagadoras de la pensión, las que pagarán los montos de las cotizaciones de salud.

Si estoy afiliado a una Isapre y pago un adicional por mi plan de salud, pues su precio es mayor al 7% de mi pensión, ¿el Estado me paga eso?

No, lo que falte para completar el precio de su plan de salud debe pagarlo usted.