¿Qué es la licencia médica preventiva parental por Covid-19?
Es un beneficio que se aplica a los trabajadores y trabajadoras que se encuentren haciendo uso del permiso postnatal parental durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, decretado para enfrentar la enfermedad Covid-19.
Pueden hacer uso de licencia médica preventiva parental aquellos trabajadores cuyo término ocurra entre el 1 de octubre y el 30 de diciembre del año 2022 para el cuidado del niño o niña.
¿Los trabajadores y trabajadoras deberán comunicar su decisión al empleador?
Sí, lo deben hacer por escrito mediante correo electrónico o carta certificada al empleador o empleadora con, a lo menos, cinco días hábiles de anticipación a la fecha de término del permiso, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva.
¿Y si no lo comunican?
Si la trabajadora o el trabajador no lo comunican se entenderá que queda extendido el permiso postnatal parental respectivo.
En caso de optarse por la extensión del permiso, se ejercerá en jornada completa y se extenderá desde el día siguiente al término del permiso postnatal parental hasta el 31 de diciembre de 2022.
Si ambos padres hubieren gozado del permiso postnatal parental, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de esta extensión.
Si una trabajadora o trabajador ya había finalizado su permiso postnatal parental y regresado a sus funciones entre el 1 de octubre de 2022 y la entrada en vigencia de la Ley N° 21.510 podría acogerse al beneficio de extensión.
¿De qué monto es el subsidio?
Durante la extensión del permiso postnatal parental, la trabajadora o el trabajador gozará de un subsidio, cuyo monto diario y forma de pago será el mismo que el percibido por causa del permiso postnatal parental normal.
Las funcionarias y funcionarios públicos se les aplica la norma que regula el permiso postnatal parental y, en consecuencia, reciben el total de sus remuneraciones.
¿Los trabajadores independientes también tienen derecho a este beneficio?
Sí, les será aplicable si hubieren hecho uso del permiso posnatal parental.
¿Se extenderá el fuero a quienes hagan uso de esta licencia preventiva parental?
Si, el fuero se extenderá por el período equivalente al que efectivamente utilizado de la licencia médica preventiva parental.