¿Qué busca la ley?
La ley busca facilitar la adquisición de medicamentos en el contexto de pandemia.

¿Qué dice la normativa respecto de la receta médica?
Si la autoridad competente decreta una alerta sanitaria por una epidemia o pandemia se darán facilidades para la venta de medicamentos. En concreto, se autorizará la venta de medicamentos cuando el cliente exhiba una copia de la receta médica que los prescriba, ya sea en formato físico o digital, en cualquiera de sus formas.

¿Se pueden usar recetas antiguas?
Las recetas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas. Esa vigencia se extenderá hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria.

¿Qué se dispone respecto al registro de venta de ciertos medicamentos?
Los establecimientos que vendan los medicamentos mantienen la obligación de completar los registros que deben llevar para la venta de algunos medicamentos, según su naturaleza y de acuerdo con lo dispuesto en los reglamentos que regulan la venta de medicamentos.

¿Qué pasa si alguien hace mal uso de recetas digitales?
El uso malicioso de recetas presentadas en forma digital será sancionado conforme al Código Sanitario y al Código Penal, sin perjuicio de las sanciones contempladas en la Ley N°20.000 sobre tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.
La receta electrónica deberá constar en un documento electrónico suscrito por parte del facultativo autorizado en el Código Sanitario, de acuerdo con lo dispuesto en el reglamento de dicho código.