¿Por cuantos períodos sucesivos pueden ser reelegidos los diputados y las diputadas?
Los diputados podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos. Eso significa que al ser elegidos una vez duran cuatro años en el cargo, luego de lo cual pueden ser reelegidos en otras dos ocasiones. Si fuesen reelegidos podrían estar un máximo de 12 años en el cargo.

¿Por cuantos períodos sucesivos pueden ser reelegidos senadores y senadoras?
Las senadoras y los senadores podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por un período. Un primer período es de ocho años. Si son reelegidos una vez, completan 16 años en el cargo.

¿Qué pasa cuando el diputado no cumplió cuatro años en su primer período o senador no completó los ocho años en su primer período?
Se entenderá que los diputados y senadores han ejercido su cargo durante un período cuando han cumplido más de la mitad de su mandato.

¿Qué pasa con los alcaldes?
Los alcaldes son elegidos por sufragio universal de conformidad a la ley orgánica constitucional de municipalidades. Duran cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos. Eso significa que pueden estar un máximo de 12 años en el cargo.

¿Los concejales tienen el mismo límite?
Los concejales duran cuatro años en el cargo y pueden ser reelegidos otras dos veces. Es decir, también pueden estar un máximo de 12 años en cargo.

¿Los consejeros regionales tienen un límite de tiempo para ejercer el cargo?
El consejo regional está integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa. Durán 4 años en sus cargos y podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos. Es decir, pueden estar un máximo de 12 años en el cargo.

¿Hay cambio respecto a los gobernadores regionales?
Ya estaba establecido que los gobernadores regionales duran 4 años en el cargo y pueden ser elegidos sólo por un período más. Es decir, tendrán un máximo de 8 años en la función.