¿Qué busca la ley?
Se establece un estándar especial para el manejo clínico y acompañamiento en casos de muerte gestacional o perinatal.

¿Qué dice la ley respecto a los derechos del paciente?
En la ley de derechos y deberes de los pacientes se incorpora que los prestadores de salud deberán realizar acciones concretas de contención, empatía y respeto por el duelo de cada madre, u otra persona gestante, que hayan sufrido la muerte gestacional o perinatal. Se trata de la pérdida ocurrida durante el embarazo, en el parto o en las primeras semanas de vida.
Los prestadores de salud deberán también realizar acciones de contención, empatía y respeto del padre o aquella persona significativa que acompañe a madre o gestante.

¿Cómo se definirá cuáles serán esas acciones concretas?
El Ministerio de Salud dictará una norma técnica que establecerá los mecanismos o acciones concretas que deberán realizar los establecimientos de salud. Tiene un plazo de seis meses para la elaboración de dicha norma.

¿Las trabajadoras y los trabajadores que pierdan un hijo por muerte perinatal o gestacional tendrán días libres?
Se modifica el Código del trabajo para aumentar el permiso pagado de tres a siete días hábiles para el trabajador y la trabajadora por la muerte de la criatura en período de gestación.
Este permiso es adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio del trabajador o trabajadora.