¿Qué es la Pensión Garantizada Universal (PGU)?
Es un beneficio no contributivo otorgado por el Estado y pagado mensualmente. Lo pueden obtener las personas que cumplan con los requisitos establecidos en la ley, estén trabajando o no y estén pensionadas o no (con la excepción de las pensiones de Capredena y Dipreca) El monto de esta pensión mensual ascendía en 2022 a un máximo de $185.000, pero se reajusta anualmente.

¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir?

  1. Haber cumplido 65 años de edad.
  2. No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 o más años de Chile.
  3. Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile por el lapso no inferior a 20 años continuos o discontinuos. Esos años se cuentan desde que quien pidió la pensión haya cumplido veinte años de edad. En todo caso, debe acreditar un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de acogerse a la PGU.
  4. Contar con una pensión base menor a la pensión superior (Un millón de pesos).

¿Qué pasa con el llamado Pilar Solidario?
El pilar solidario, creado por la reforma previsional de 2008, estaba conformado principalmente por la pensión básica solidaria de vejez y al aporte previsional solidario de vejez. Ambos beneficios se reemplazan por la “Pensión Garantizada Universal”.

¿Qué ocurre con la pensión básica solidaria de invalidez?
Se aumenta su monto y se iguala al de la PGU. También aumenta la cobertura del 60 al 80 más vulnerable de la población.

¿Qué organismo otorga la PGU?
El Instituto de Previsión Social (IPS) administra la Pensión Garantizada Universal. En especial, le corresponde concederla, extinguirla, suspenderla o modificarla, cuando proceda.

¿Quiénes estaban en el pilar solidario de vejez reciben la PGU?
Si, los actuales beneficiarios del Pilar Solidario pasan a recibir la PGU de manera automática.

¿Cómo se calcula el monto de la PGU?
Los montos que recibirá cada beneficiario variarán según su pensión base a la edad de su jubilación. Quienes tengan una pensión base de 630 mil pesos o menos recibirán el total de la PGU, es decir, 185 mil pesos.
Pero quienes tengan una pensión base a la edad de jubilación mayor a 630 mil pesos y menor a un millón de pesos recibirán un monto menor, que va bajando si la cifra se acerca más al millón. Los montos se reajustan cada año el 1 de febrero, de acuerdo con la variación del IPC.

¿Qué ocurre con beneficios como el bono de invierno o los aguinaldos?
Tanto el llamado bono de invierno y los aguinaldos de fiestas patrias y navidad se mantendrán para los beneficiados por PGU y también para quienes reciban el beneficio con las nuevas reglas.

¿Hay un aumento de los beneficiarios de la exención de las cotizaciones de salud?
Sí, se incorpora como beneficiarios de la exención de la cotización de salud a todos los que reciban la PGU, siempre que se encuentren en los primeros cuatro quintiles de la población.

¿Hay modificaciones al Subsidio de Discapacidad Mental (SDM)?
Se amplía la cobertura para SDM para menores de 18 años a discapacidad física y sensorial, asimismo aumenta la cobertura de 20% a 60% más vulnerable, y se incrementa el monto. Los incrementos iniciales son de $77.7091 al 50 % del monto máximo de la PGU ($92.500).

¿Hay algún cambio en las rentas vitalicias?
Se establece un monto mínimo para contratar una renta vitalicia de 3 unidades de fomento.