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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.759

Modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Cristóbal Martínez Ramírez, Natalia Romero Talguia, Eduardo Cornejo Lagos, Flor Weisse Novoa, Marta Bravo Salinas, Gustavo Benavente Vergara, Juan Antonio Coloma Álamos, Marco Sulantay Olivares, Juan Fuenzalida Cobo y Felipe Donoso Castro. Fecha 21 de agosto, 2023. Moción Parlamentaria en Sesión 66. Legislatura 371.

Modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola

Antecedentes

1.La crisis hídrica y el cambio climático han provocado un grave impacto en todo el territorio nacional. La falta de agua ha afectado la calidad de vida de muchos habitantes del país, especialmente en localidades rurales donde, además, existen problemas de conectividad y otras dificultades asociadas a la prestación de servicios básicos que resultan esenciales para el desarrollo de actividades cotidianas y el normal funcionamiento de nuestras ciudades.

2.Según información del World Rosources Institute, Chile se encuentra entre los 18 países con mayor estrés hídrico, registrando una puntuación de 3.98 dentro de un listado liderado por Qatar cuyo índice alcanza un total de 4.97[1]. En tal contexto, la sequía ha generado una serie de consecuencias no solo en las proyecciones y estimaciones respecto de la disponibilidad de agua para el consumo humano, sino que también en el desenvolvimiento de diversos rubros productivos fundamentales para la economía del país y que realizan una gran contribución a la fuerza de trabajo, como es el sector agrícola.

3.Así las cosas, la producción de alimentos en el campo se encuentra entre las actividades más afectadas por la escasez del vital elemento, ya que las labores propias del sector no pueden subsistir sin el recurso hídrico. La preocupación, en este sentido, surge a raíz del impacto del déficit de agua en la continuidad de la agricultura y el efecto de ello en el bienestar de todos los habitantes, por cuanto gran parte de la alimentación en las ciudades depende de los productos y cultivos que se elaboran en el campo.

4.En nuestro país, el panorama del mundo agrícola es alarmante, pues, según el referido índice del World Resources Institute, que contempla niveles de estrés hídrico en tres áreas, la cifra en el rubro de la agricultura es de 4.20, superando la puntuación del sector industrial y doméstico donde los índices alcanzan un total de 2.99 y 3.64, respectivamente[2]. Por tanto, la sequía constituye un problema de gran envergadura para el progreso de la economía en zonas rurales cuyo soporte es precisamente el trabajo y cultivo de la tierra, por lo que se requiere implementar con urgencia medidas concretas destinadas a asegurar la disponibilidad del vital elemento en las actividades asociadas a la agricultura, sin las cuales no sería posible el abastecimiento de alimentos.

5.En esa línea, las obras de acumulación de agua se posicionan como una opción factible y razonable para enfrentar el déficit en el sector agrícola, considerando la construcción de obras de menor tamaño y no solo de grandes embalses, que contemplan una ingeniería de mayor complejidad y un impacto ambiental relevante que debe someterse a fiscalización. Sin perjuicio de ello, la normativa vigente contiene exigencias que no facilitan la construcción de tranques agrícolas, salvo aquellos de pequeñas dimensiones con un alcance que difícilmente podría contribuir de manera significativa a una comunidad o superficie.

6.Al respecto, el Código de Aguas dispone que la construcción de embalses, acueductos, sifones y canoas debe ser aprobada por la Dirección General de Aguas bajo ciertas circunstancias. Respecto de embalses, el artículo 294, letra a) exige dicha aprobación cuando las obras tengan una “capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5m.”. A su vez, las letras b), c) y d) de la misma norma enumeran las demás construcciones sujetas a autorización, a saber: “b) Los acueductos que conduzcan más de dos metros cúbicos por segundo; c) Los acueductos que conduzcan más de medio metro cúbico por segundo, que se proyecten próximos a zonas urbanas, y cuya distancia al extremo más cercano del límite urbano sea inferior a un kilómetro y la cota de fondo sea superior a 10 metros sobre la cota de dicho límite, y d) Los sifones y canoas que cumplan con las características señaladas en las letras b) o c) precedentes que crucen cauces naturales.”.

7.Enseguida, el artículo 294 precitado establece que “quedan exceptuados de cumplir los trámites y requisitos a que se refiere este artículo, los Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas. Estos Servicios deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, dentro del plazo de seis meses, contado desde la recepción final de la obra”.

8.En referencia al rol de la Dirección General de Aguas, el artículo 295 del referido cuerpo legal señala que esta entidad “otorgará la autorización una vez aprobado el proyecto definitivo y siempre que haya comprobado que la obra no afectará la seguridad de terceros ni producirá la contaminación de las aguas.”. Del mismo modo, el artículo 296 indica que “supervisará la construcción de dichas obras, pudiendo en cualquier momento, adoptar las medidas tendientes a garantizar su fiel adaptación al proyecto autorizado”.

9.En tanto, la letra a) del artículo 10 de la ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, dispone -en lo pertinente- que “los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes: a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, presas, drenaje, desecación, dragado, defensa o alteración, significativos, de cuerpos o cursos naturales de aguas”.

10.De lo anterior, se desprende que la construcción de tranques para uso agrícola -dentro del genérico “embalses”- presenta varias dificultades procedimentales, además de una falta de sustento teórico en lo relativo a la capacidad de las obras -superior a 50.000 metros cúbicos o muro de más de 5m-, los trámites requeridos ante la Dirección General de Aguas, así como la Declaración o Estudio de Impacto Ambiental ante el Servicio de Evaluación Ambiental. Estas exigencias ocasionan un retraso significativo en la realización de las diligencias requeridas para concretar la implementación de obras de almacenamiento de agua como son los tranques de uso agrícola, lo que no contribuye a la situación del rubro, sobre todo en las actuales circunstancias de la crisis hídrica que afecta al país. Por tanto, surge la necesidad de establecer un procedimiento especial para estas obras, con el fin de agilizar y simplificar los trámites exigidos por la actual legislación con foco en la realidad de localidades rurales y las necesidades hídricas de su población.

En mérito de lo expuesto, los diputados que suscriben vienen en someter a la consideración del Congreso Nacional el siguiente:

Proyecto de Ley

Artículo 1º: Modifícase el Código de Aguas en el siguiente sentido:

1.Modifícase el literal a) del artículo 294, para incorporar la siguiente frase final: “Para el caso de tranques de uso agrícola, comunitarios o individuales, se considerará un volumen superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos, salvo que sean total o parcialmente excavados, para los que se considerarán quinientos mil metros cúbicos”.

2.Modifícase el inciso final del artículo 294, para incorporar antes del punto seguido de la expresión “Obras Públicas.”, la siguiente oración: “y aquellos proyectos que cuenten con financiamiento de Servicios dependientes del Ministerio de Agricultura”.

3.Modifícase el inciso primero del artículo 296, para incorporar a continuación de la frase “La Dirección General de Aguas” y antes del vocablo “supervisará” la frase “, en forma directa o a través de terceros,”.

Artículo 2º: El Presidente de la República, a través de decreto supremo suscrito por el Ministerio de Agricultura, podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola” y dictar medidas que contribuyan al almacenamiento de agua para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo.

Artículo transitorio: En un plazo de seis meses contado desde la fecha de publicación de la presente ley, los Ministerios de Agricultura y de Obras Públicas deberán revisar y actualizar todos los decretos, circulares y otros documentos respecto de las obras mayores que se vean modificadas por esta ley. Los documentos modificados deberán considerar la definición de “tranque agrícola excavado” en forma distinta de la definición genérica de “embalses”.

[1] Water Risk Indicator. Baseline Water Stress. Disponible en: https://www.wri.org/applications/aqueduct/country-rankings/
[2] Idem.

1.2. Primer Informe de Comisión de Agricultura

Cámara de Diputados. Fecha 03 de octubre, 2023. Informe de Comisión de Agricultura en Sesión 88. Legislatura 371.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, SILVICULTURA Y DESARRROLLO RURAL RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DE AGUAS, CON EL OBJETO DE FACILITAR LA CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA.

BOLETÍN N° 16.193-01

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural pasa a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, de origen en una moción de las diputadas Marta Bravo Salinas, Natalia Romero Talguia y Flor Weisse Novoa y de los diputados Gustavo Benavente Vergara, Juan Antonio Coloma Álamos (A), Eduardo Cornejo Lagos, Felipe Donoso Castro, Juan Fuenzalida Cobo, Cristóbal Martínez Ramírez y Marco Antonio Sulantay Olivares, en primer trámite constitucional y primero reglamentario.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) Idea matriz o fundamental del proyecto de ley.

La idea matriz o fundamental del proyecto de ley es modificar el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola.

2) Normas de quórum especial.

La iniciativa legal en informe no posee normas de quórum especial.

3) Normas que requieran trámite de Hacienda.

El proyecto de ley no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.

4) Aprobación en general del proyecto de ley.

Sometido a votación en general el proyecto fue aprobado por mayoría de votos (10-0-2). Votaron a favor las diputadas Paula Labra, Gloria Naveillán, Marcela Riquelme y Consuelo Veloso y los diputados Félix Bugueño, Juan Antonio Coloma (Presidente), Harry Jürgensen, Benjamín Moreno, Jorge Rathgeb y Héctor Ulloa. Se abstuvieron de votar la diputada señora Emilia Nuyado y el diputado señor Patricio Rosas.

5) Diputado informante.

Se designó Diputada informante a la señora EMILIA NUYADO ANCAPICHUN.

II.- ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DEL PROYECTO DE LEY.

La moción señala cono fundamentos de la iniciativa legal en informe, las siguientes consideraciones:

1. La crisis hídrica y el cambio climático han provocado un grave impacto en todo el territorio nacional. La falta de agua ha afectado la calidad de vida de muchos habitantes del país, especialmente en localidades rurales donde, además, existen problemas de conectividad y otras dificultades asociadas a la prestación de servicios básicos que resultan esenciales para el desarrollo de actividades cotidianas y el normal funcionamiento de nuestras ciudades.

2.Según información del World Rosources Institute, Chile se encuentra entre los 18 países con mayor estrés hídrico, registrando una puntuación de 3.98 dentro de un listado liderado por Qatar cuyo índice alcanza un total de 4.97 [1]. En tal contexto, la sequía ha generado una serie de consecuencias no solo en las proyecciones y estimaciones respecto de la disponibilidad de agua para el consumo humano, sino que también en el desenvolvimiento de diversos rubros productivos fundamentales para la economía del país y que realizan una gran contribución a la fuerza de trabajo, como es el sector agrícola.

3.Así las cosas, la producción de alimentos en el campo se encuentra entre las actividades más afectadas por la escasez del vital elemento, ya que las labores propias del sector no pueden subsistir sin el recurso hídrico. La preocupación, en este sentido, surge a raíz del impacto del déficit de agua en la continuidad de la agricultura y el efecto de ello en el bienestar de todos los habitantes, por cuanto gran parte de la alimentación en las ciudades depende de los productos y cultivos que se elaboran en el campo.

4. En nuestro país, el panorama del mundo agrícola es alarmante, pues, según el referido índice del World Resources Institute, que contempla niveles de estrés hídrico en tres áreas, la cifra en el rubro de la agricultura es de 4.20, superando la puntuación del sector industrial y doméstico donde los índices alcanzan un total de 2.99 y 3.64, respectivamente[2]. Por tanto, la sequía constituye un problema de gran envergadura para el progreso de la economía en zonas rurales cuyo soporte es precisamente el trabajo y cultivo de la tierra, por lo que se requiere implementar con urgencia medidas concretas destinadas a asegurar la disponibilidad del vital elemento en las actividades asociadas a la agricultura, sin las cuales no sería posible el abastecimiento de alimentos.

5. En esa línea, las obras de acumulación de agua se posicionan como una opción factible y razonable para enfrentar el déficit en el sector agrícola, considerando la construcción de obras de menor tamaño y no solo de grandes embalses, que contemplan una ingeniería de mayor complejidad y un impacto ambiental relevante que debe someterse a fiscalización. Sin perjuicio de ello, la normativa vigente contiene exigencias que no facilitan la construcción de tranques agrícolas, salvo aquellos de pequeñas dimensiones con un alcance que difícilmente podría contribuir de manera significativa a una comunidad o superficie.

6. Al respecto, el Código de Aguas dispone que la construcción de embalses, acueductos, sifones y canoas debe ser aprobada por la Dirección General de Aguas bajo ciertas circunstancias. Respecto de embalses, el artículo 294, letra a) exige dicha aprobación cuando las obras tengan una “capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5m.”. A su vez, las letras b), c) y d) de la misma norma enumeran las demás construcciones sujetas a autorización, a saber: “b) Los acueductos que conduzcan más de dos metros cúbicos por segundo; c) Los acueductos que conduzcan más de medio metro cúbico por segundo, que se proyecten próximos a zonas urbanas, y cuya distancia al extremo más cercano del límite urbano sea inferior a un kilómetro y la cota de fondo sea superior a 10 metros sobre la cota de dicho límite, y d) Los sifones y canoas que cumplan con las características señaladas en las letras b) o c) precedentes que crucen cauces naturales.”.

7. Enseguida, el artículo 294 precitado establece que “quedan exceptuados de cumplir los trámites y requisitos a que se refiere este artículo, los Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas. Estos Servicios deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, dentro del plazo de seis meses, contado desde la recepción final de la obra”.

8. En referencia al rol de la Dirección General de Aguas, el artículo 295 del referido cuerpo legal señala que esta entidad “otorgará la autorización una vez aprobado el proyecto definitivo y siempre que haya comprobado que la obra no afectará la seguridad de terceros ni producirá la contaminación de las aguas.”. Del mismo modo, el artículo 296 indica que “supervisará la construcción de dichas obras, pudiendo en cualquier momento, adoptar las medidas tendientes a garantizar su fiel adaptación al proyecto autorizado”.

9. En tanto, la letra a) del artículo 10 de la ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, dispone -en lo pertinente- que “los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes: a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, presas, drenaje, desecación, dragado, defensa o alteración, significativos, de cuerpos o cursos naturales de aguas”.

10. De lo anterior, se desprende que la construcción de tranques para uso agrícola -dentro del genérico “embalses”- presenta varias dificultades procedimentales, además de una falta de sustento teórico en lo relativo a la capacidad de las obras -superior a 50.000 metros cúbicos o muro de más de 5m-, los trámites requeridos ante la Dirección General de Aguas, así como la Declaración o Estudio de Impacto Ambiental ante el Servicio de Evaluación Ambiental. Estas exigencias ocasionan un retraso significativo en la realización de las diligencias requeridas para concretar la implementación de obras de almacenamiento de agua como son los tranques de uso agrícola, lo que no contribuye a la situación del rubro, sobre todo en las actuales circunstancias de la crisis hídrica que afecta al país. Por tanto, surge la necesidad de establecer un procedimiento especial para estas obras, con el fin de agilizar y simplificar los trámites exigidos por la actual legislación con foco en la realidad de localidades rurales y las necesidades hídricas de su población.

c) Normas legales o reglamentarias que se propone modificar o que inciden, directa o indirectamente, en esta iniciativa legal.

El proyecto modifica la ley el Código de Aguas en especial sus artículos 294 y 296.

Están, además, relacionadas:

Ley N° 19.300, Aprueba ley sobre bases generales del medio ambiente.

Ley N° 18.450, que Aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje.

Decreto Supremo N° 50, de 21015, Ministerio de Obras Públicas, que Aprueba el reglamento a que se refiere el artículo 295 inciso 2º, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal

III.- CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY.

El proyecto de ley consta de dos artículos permanentes y uno transitorio.

Por el artículo 1°, número 1, se modifica el artículo 294, literal a) para agregar una frase final, a fin de establecer que para el caso de tranques de uso agrícola, comunitarios o individuales, se considerará un volumen superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos, salvo que sean total o parcialmente excavados, en cuyo caso se considerarán quinientos mil metros cúbicos.

Por el número 2, se modifica el inciso final del citado artículo 294, estableciendo que, también quedarán exceptuados de cumplir los trámites que se refiere este artículo no solo los Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, sino que también aquellos proyectos que cuentes con financiamientos de servicios dependientes del Ministerio de Agricultura.

Por el número 3, se propone modificar el inciso primero del artículo 296, para establecer que la supervisión que debe efectuar la Dirección General de Aguas la puede desarrollar en forma directa o a través de terceros.

El artículo 2º preceptúa que el Presidente de la República, a través de decreto supremo suscrito por el Ministerio de Agricultura, podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola” y dictar medidas que contribuyan al almacenamiento de agua para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo.

Por último, el artículo transitorio, dispone que, en un plazo de seis meses contado desde la fecha de publicación de la presente ley, los Ministerios de Agricultura y de Obras Públicas deberán revisar y actualizar todos los decretos, circulares y otros documentos respecto de las obras mayores que se vean modificadas por esta ley. Los documentos modificados deberán considerar la definición de “tranque agrícola excavado” en forma distinta de la definición genérica de “embalses”.

IV.- DISCUSIÓN DEL PROYECTO DE LEY.

a.- Discusión general.

1.- Señora Ignacia Fernández, Subsecretaria de Agricultura.[3]

La señora Fernández solicitó más tiempo a la Comisión para poder estudiar a cabalidad el proyecto toda vez que se trata de una prioridad para el Ejecutivo y requiere de un análisis acucioso en conjunto con los Ministerios de Medio Ambiente y Obras Públicas.

2.- Señor Juan José Crocco, consultor independiente.

El señor Crocco estimó que el proyecto de ley contiene una iniciativa buena, oportuna y necesaria porque permite trasladar la responsabilidad de las obras de acumulación que en gran medida han estado en manos del Estado y su plan de embalses a los agricultores que de modo individual o asociativamente puedan aumentar la capacidad de acumulación.

Destacó la relevancia de lo anterior porque construir un embalse de más de 50 mil metros cúbicos implica en la actualidad que la decisión debe tomarse al menos cuatro años antes de empezar a llenarlo, tiempo insuficiente para hacer frente a los desafíos que tenemos por delante.

Señaló que esa demora responde a la “permisología” asociada a este tipo de embalses es muy compleja y hace que estos embalses sean mucho más caros, por lo que los agricultores terminan construyendo embalses de 4.990 puesto que el costo marginal del metro cubico adicional es considerablemente más alto.

Precisó además que construir estos embalses sin las debidas autorizaciones no solo conlleva el riesgo de que la DGA pueda eventualmente ordenar la destrucción del embalse o que la Superintendencia de Medio Ambiente pueda iniciar acciones legales en contra del dueño del embalse por construir sin los debidos permisos ambiental, sino que a partir de la Ley N° 21. 559 el titular de la obra pasa a ser eventualmente el autor de un atentado contra el medio ambiente.

Instó a promover el aumento de la capacidad de acumulación en las zonas agrícolas porque parte de esa infraestructura es la que se necesita para hacer frente a la crisis climática, por lo que simplificar el trámite, permitir que se construyan tranques de acumulación más grande resulta ser una buena idea, además de oportuna y necesaria.

Recordó que hace unos años la Comisión Nacional de Riego también concluyó que era necesario evaluar la posibilidad de aumentar la capacidad de acumulación exenta de la “permisología” que hoy existe.

Desde el punto de vista de la redacción del proyecto de ley destacó que resultaba adecuada, pero instó a considerar las dimensiones de los embalses propuestas porque un embalse de 250 mil metros cúbicos con un muro máximo de 5 metros de altura implica una superficie de embalse de 5 hectáreas, lo que parece ser mucho, pero tiene una externalidad positiva puesto que, al destinar 5 hectáreas de riego a acumulación, el estrés hídrico de esa cuenca disminuye.

Destacó también la consideración de proyectos comunitarios.

3.- Señor Federico Errázuriz, asesor de Recursos Hídricos de la Sociedad Nacional de Agricultura.

El señor Errázuriz se refirió, en primer lugar, a la importancia de la acumulación, señalando que, desde siempre, el clima mediterráneo se ha caracterizado por una estación lluviosa en el período de menor demanda de agua y estación cálida sin lluvias en periodo de alta demanda, pero, recientemente, el cambio climático ha producido una grave alteración en los patrones de precipitación, así, aumentan las sequías, aumentan los fenómenos extremos (junio y semana pasada: ríos atmosféricos + isoterma alta), disminuye acumulación natural en forma de nieve y aumentan los daños civiles (Licantén, Linares, etc.)

Ante esto es necesaria una gestión e infraestructura para hacer frente a la crisis hídrica en el mundo agrícola con grandes embalses y tranques menores, incluso el mismo Presidente Boric, en San Fernando el pasado 22 de agosto señaló que “… todavía nos falta mucho mejorar en infraestructura. Nos falta mucho mejorar en infraestructura de embalses, de canales, de riego…”.

Luego, detalló que la normativa que regula los tranques es la siguiente:

- Artículo 36 del Código de Aguas: “Embalse es la obra artificial donde se acopian aguas.” No existe el concepto de tranques, no distingue, se trata de cualquier acopio de agua.

- Artículo 294 del Código de Aguas: define las obras hidráulicas que requerirán aprobación DGA, esto es, embalses de capacidad superior a 50.000 m3 o cuyo muro tenga más de 5 m. de altura.

- Decreto 50/2015 MOP, reglamento de obras mayores que indica el procedimiento ante DGA y establece 3 tamaños de embalses y está enfocado en relaves mineros (18 veces) o industriales (4 veces), no aparecen palabras como “riego” ni “agricultura”, por ende, el foco de esa regulación no son los embalses de uso agrícola:

• Pequeños, de altura de muro máxima mayor a 5 m e inferior a 15 m, o bien de capacidad superior a 50.000 m3 e inferior a 1.500.000 m3.

• Medianos, de altura de muro máxima mayor o igual a 15 m e inferior a 30 m, o bien de capacidad igual o superior a 1.500.000 m3 e inferior a 60.000.000 m3.

• Grandes, de altura máxima de muro igual o superior a 30 m, o bien de capacidad igual o superior a 60.000.000 m3.

- Artículo 10 de la Ley de Bases del Medioambiente define proyectos que entran al SEIA, señalando que son los mismos que deban someterse al art. 294 del Código de aguas.

Agregó que existen dos grandes grupos de embalses:

Al respecto, aportó las siguientes consideraciones prácticas:

- Un tranque de 50.001 m3 cuesta 180 millones de pesos (240 si es revestido), beneficia entre 10 y 50 ha.

- Un tranque de 500.000 m3 cuesta desde 1.600 millones, puede beneficiar entre 150 y 1.000 ha.

- El costo de estudios para obtener los permisos comienza en 50 millones (hasta 28% adicional)

- Obtener los permisos (sectorial + ambiental) tarda entre 2 y 3 años (una eternidad en medio de la crisis hídrica).

- Después de los permisos, se puede construir. Hay que esperar la época sin lluvias (puede pasar 6-8 meses más)

- Construir sin permiso ambiental está tipificado como “atentado contra el medio ambiente” (ley 21.595)

Aportó las siguientes conclusiones generales:

Finalmente, respecto del proyecto de ley, sostuvo que crea el concepto de “tranques de uso agrícola” lo que resulta muy adecuado pues tienen características significativamente distintas a las de otros embalses como relaves mineros y faculta al Presidente para dictar una ”Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola” y dictar medidas que contribuyan al almacenamiento de agua para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo, asunto muy relevante para priorizar la inversión pública en infraestructura hídrica, además de crear 2 categorías de tranques de uso agrícola, exentas de autorización DGA y de ingresar al SEIA:

a) Hasta de 250.000 m3 y muro de hasta 5 m.

b) Parcialmente excavados hasta 500.000 m3.

Todo lo anterior permite construir tranques en tiempos más acordes a los que requiere la crisis hídrica y modifica menos del tercio inferior de la categoría “pequeña” del DS50/2015.

Sin perjuicio de todo lo anterior, sería deseable considerar un mayor volumen acumulado (1 millón de m3) y también una mayor altura de muro (a mayor altura, menor superficie inundada), además de que sería relevante que los límites propuestos por el proyecto amparen la reparación o mejora de tranques ya construidos (ej. Tranques CORA) de modo expreso.

La diputada Nuyado preguntó por qué no se pudo llevar a cabo esto con anterioridad y cómo se simplificarían los trámites.

El diputado Coloma, Presidente, preguntó si, pese a que el proyecto se refiere expresamente a tranques de uso agrícola, sería posible que en algún momento la industria minera se aproveche de esta nueva normativa, que no es la idea del proyecto.

El señor Errázuriz explicó que el proyecto exime a una categoría específica de obras de dos tramites muy engorrosos, por lo que permitirá a los agricultores hacer tranques más grandes sin tener que pasar por ellos, y efectivamente no se hizo antes porque requiere de una iniciativa legal.

Respecto de si la minería podría aprovecharse de esto, sostuvo que la minería se desarrolla en lugares muy distintos por lo que es difícil que una empresa minera pueda justificar que su tranque sería agrícola, sobre todo si es de relave.

4. El señor Rodrigo Sanhueza, Director General de Aguas.[4]

Sostuvo que la moción busca generar un procedimiento especial para los tranques agrícolas con el fin de agilizar y simplificar los trámites exigidos por la actual legislación (Código de Aguas y Ley N°19.300), a raíz de las crisis hídrica y el cambio climático, detallando entre sus motivaciones que según World Resources Institute, Chile se encuentra entre los 18 países con mayor estrés hídrico con una puntuación de 3.98 lista que la lidera Qatar con una cifra de 4.97, que la industria agrícola se encuentra entre las más afectadas por la escasez del recurso hídrico y la repercusión en el bienestar de la salud de todos los habitantes ya que dependen de los productos y cultivos que se producen en el campo.

En cuanto a la normativa vigente, señaló los siguientes artículos del Código de Aguas:

- Artículo 294°.- Requerirán la aprobación del Director General de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo, la construcción de las siguientes Obras:

a) Los embalses de capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5m. de altura

- Artículo 295°- La Dirección General de Aguas otorgará la autorización una vez aprobado el proyecto definitivo y siempre que haya comprobado que la obra no afectará la seguridad de terceros ni producirá la contaminación de las aguas.

Un reglamento especial fijará las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de dichas obras.

- Artículo 296°- La Dirección General de Aguas supervisará la construcción de dichas obras, pudiendo en cualquier momento, adoptar las medidas tendientes a garantizar su fiel adaptación al proyecto autorizado.

Las resoluciones que se dicten en conformidad a estas normas deberán ser fundadas y en contra de ellas procederán los recursos a que se refieren los artículos 136° y 137°, de este código, que en estos casos no suspenderán su cumplimiento.

Además de la Ley N°19.300, artículo 10, que prescribe que los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes:

a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, presas, drenaje, desecación, dragado, defensa o alteración, significativos, de cuerpos o cursos naturales de aguas.

Hizo presente, que es necesario tener a la vista lo anterior porque cualquier modificación que se haga el artículo 294 del Código de Aguas también tiene una repercusión en la Ley N°19.300.

Y, finalmente, el Decreto 50 de 2015 del MOP que aprueba reglamento a que se refiere el artículo 295 inciso 2º, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal.

Luego, detalló que las modificaciones planteadas son las siguientes:

Como observación general, sostuvo que la moción propone una modificación al Código de Aguas, en materia de permisos de obras hidráulicas mayores definiendo volúmenes para los denominados tranques de uso agrícola, sin distinción ni categorías que garanticen una proporcionalidad, debiendo tener presente que la autorización previa ante la DGA de este tipo de obras cumple una doble finalidad.

Por una parte, la autorización previa busca velar por la seguridad de la obra ante posibles eventos como inundaciones, crecidas, desbordes o derrumbe en el caso de embalses frontales y por otra tiene como finalidad la evaluación del impacto ambiental por medio de la tipología del literal a) del artículo 10 de la ley N°19.300 el cual hace una referencia explícita a las obras hidráulicas mayores que requieran el permiso de la DGA.

Por su parte, respecto de la modificación al artículo 294 del Código de Aguas, explicó que el desarrollo de esta normativa legal (artículos 294 y siguientes del Código de Aguas) se profundiza en el Reglamento de Obras Hidráulicas Mayores (D.S. N° 50 MOP, del 13 de enero de 2015, que establece el Reglamento de proyecto, construcción y operación de las obras señaladas en el artículo 294 del Código de Aguas) y, en atención a este marco legal y reglamentario la DGA debe inspeccionar las obras mayores, cuyo deterioro o eventual destrucción pueda afectar a terceros, y para estos efectos cuenta con distintas atribuciones de policía y vigilancia, tanto en la etapa previa del procedimiento de permisología para autorizar la construcción de estas obras, registro de estas obras y peritos, puede ordenar la construcción de obras de protección y establecer sanciones en caso de incumplimiento.

En cuanto a la incorporación de la nueva figura de tranques de uso agrícola supone una modificación relevante del sistema de permisos, vigilancia e inspección de la construcción y operación de obras mayores, explicó que en este caso se formula una exclusión de este marco regulatorio para aquellos embalses que tengan una capacidad inferior a 250 mil m3 o 500 mil, si está total o parcialmente excavado, en circunstancias que la legislación vigente establece un umbral de 50 mil m3.

Precisó que era importante considerar el porcentaje o número de proyectos o embalses que quedarían excluidos de este marco regulatorio especial, con las consecuencias que esto implica según la observación general antes referida, y que con la modificación al inciso final del artículo 294, eventualmente quedarían exentos de la autorización de la Dirección General de Aguas, todas las obras mencionadas en el artículo 294, cuando sean del MOP o cuando tengan financiamiento Minagri, y que al quedar exentas de la autorización de la Dirección General de Aguas las obras mayores financiadas por los Servicios dependientes del Ministerio de Agricultura, se produce la exención de ingreso al SEIA, de acuerdo al tenor de la letra a) del artículo 10 de la ley Nº19.300.

En lo relativo a la modificación del artículo 296 para incorporar a continuación de la frase “La Dirección General de Aguas” y antes del vocablo “supervisará” la frase “, en forma directa o a través de terceros,”, observó que, en este punto, no lo dice explícitamente, pero cuando se refiere a supervisión a través de terceros, estaría incluida una figura de revisores independientes o peritos, lo cual se encuentra regulado en el reglamento de obras hidráulicas mayores y ha sido una recomendación de la Comisión Nacional de Evaluación y Productividad, según consta en su último informe de Agosto 2023. El desarrollo o profundización de esta figura, sin embargo, lo que hoy existe es un registro de personas naturales y jurídicas que hacen una pre-revisión de los proyectos del 294 del Código de Aguas, por lo que se requiere de un mejor análisis de la regulación de rango legal que se requiere para que el MOP pueda incorporar a estos terceros como coadyuvantes de la función del Estado.

En cuanto al artículo 2° propuesto, según el cual el Presidente de la República, a través de decreto supremo suscrito por el Ministerio de Agricultura, podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola” y dictar medidas que contribuyan al almacenamiento de agua para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo, precisó que la visión, como MOP, se encuentra enfocada en que la crisis hídrica no se reduce sólo a aguas embalsadas, ni éstas pueden ser vistas como una única solución, dado que es parte de un amplio universo de “soluciones basadas en la infraestructura” o “nuevas fuentes de agua” como la desalinización, el reúso o la eficiencia hídrica, y también se deben considerar las “soluciones basadas en la naturaleza”, como por ejemplo planes de inundaciones, riesgos o crecidas, o instrumentos de gestión del cambio climático, como los planes estratégicos de recursos hídricos por cuencas.

Respecto del artículo transitorio observó que es acotado el plazo que se promueve de seis meses contado desde la fecha de publicación de la ley, para que los Ministerios de Agricultura y de Obras Públicas revisen y actualicen todos los decretos, circulares y otros documentos respecto de las obras mayores que se vean modificadas por esta ley, debiendo incluir la definición de “tranque agrícola excavado” en forma distinta de la definición genérica de “embalses” y comentó que, actualmente ya el MOP está trabajando en la actualización del DFL1123 sobre obras de riego financiadas por el Estado para habilitar su uso multipropósito, nuestra evaluación como MOP es que se requieren modificaciones legales relevantes como la planteada con previo estudio y de acuerdo con todos los actores involucrados.

Concluyó que es interesante el proyecto, pero requiere de un análisis técnico en profundidad, a fin que el Estado -en este caso la DGA- pueda cumplir con el imperativo del artículo 295, en orden a asegurar que las obras ejecutadas no afectarán la seguridad de terceros ni producirá la contaminación de las aguas, y que la exclusión de un número importante de embalses o tranques de este marco regulatorio no es menor, y es importante que cualquier modificación evalúe previamente las consecuencias jurídicas de una exención de modo que no se traduzca en una menor protección normativa y material ante los eventuales riesgos asociados a los embalses y tranques.

El diputado Coloma, Presidente, preguntó cuántos son los metros cúbicos de los ochenta proyectos que hoy están presentados, o mejor dicho, del 35% de los 80 proyectos que estarían dentro de esta norma, con el objeto de conocer el rango, puesto que sería posible hacer algún tipo de modificación al proyecto para evitar que exista algún perjuicio.

Por su parte, explicó que las facultades que se otorgan al Ministerio en el artículo 296, para hacerlo a través de la DGA o de terceros, tenía como objeto ir en beneficio de la propia DGA, ahora bien, si ello significa tener que abrir un registro y demorar el sistema, se puede retirar el artículo.

El señor Sanhueza ofreció enviar a la Comisión la información respecto del registro de los 83 proyectos, con el detalle de la cantidad de proyectos registrados históricos de la DGA, separados por volumen de almacenamiento solicitado, y además, dado a la inyección de recursos el año 2019, se puede observar un menor tiempo de ingreso, revisión y aprobación desde esa fecha, lo que también dice relación con la última pregunta demostrando que si bien es interesante legislar en esta línea, también hay que ver cómo hacerse cargo de ello en términos de nuevos funcionarios, fiscalizadores, en terreno y para poder responder dentro de los plazos que se está exigiendo.

5. El señor Wilson Ureta, Director Ejecutivo de la CNR.

Sostuvo que se trata de un proyecto interesante y para el cual se encuentran disponibles para avanzar, sobre todo porque en la actualidad mediante la Ley de Riego se postulan muchos tranques de uso agrícola, interesándoles mucho los que presentan las organizaciones de usuarios de agua que benefician a muchas personas.

Comentó que mediante la Ley de Riego los últimos cinco años bonificaron 15 tranques al año, de entre veinte mil y cincuenta mil metros cúbicos, y solo 2 sobre cincuenta mil en los últimos cinco años, es decir, el declive es evidente sobre los cincuenta mil metros cúbicos, por lo que estiman que es una iniciativa atendible.

Agregó que, además, una de las funciones de la CNR es revisar técnicamente los proyectos, lo que constituye un aval de que los proyectos que postulen y sean bonificados por la Ley de Riego son revisados técnicamente por la CNR y después la construcción también es supervisada puesto que el pago del proyecto se hace efectivo previa recepción de obra.

Instó a avanzar en el proyecto con una mirada que permita dar seguridad a la obra misma, que no genere problemas en la población cercana o en el sistema de riego, y haciendo las diferencias entre las distintas tipologías de obra porque no es lo mismo un tranque enterrado que un embalse con muro frontal, además de no perder de vista el enfoque comunitario de modo que sean los proyectos asociativos los beneficiados porque esos proyectos tienen como única forma de llevarse a cabo con una línea de financiamiento, como el caso de la Ley de Riego, con el aval técnico que ello implica.

6.- El señor Rodrigo Pérez, asesor legislativo del Ministerio de Medio Ambiente.

Respecto al impacto del proyecto en el sistema de evaluación de impacto ambiental, precisó que según el artículo 10, letra a) de la Ley 19.300 se prescribe que los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes:

a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, presas, drenaje, desecación, dragado, defensa o alteración, significativos, de cuerpos o cursos naturales de aguas.

Así, al plantear el proyecto de ley una modificación al artículo 294 del Código de Aguas, estaría incidiendo en la vía de ingreso al sistema de evaluación de impacto ambiental y, por ende, en la obligación o no que estas obras cuenten con una resolución de calificación ambiental.

Enfatizó que tanto el sistema de evaluación de impacto ambiental como el artículo 10 de la Ley N°19.300 se enfoca en actividades que generen impacto ambiental en una determinada zona, por lo tanto, se encuentran dentro de la lógica del principio preventivo en cuanto a evitar el acaecimiento de problemáticas ambientales.

En vista de lo anterior, y considerando también la posibilidad de que, por ejemplo, los porcentajes de exclusión que estaba planteando el Director General de Aguas implica además que estos proyectos de tranques queden además excluidos del sistema de evaluación de impacto ambiental como Ministerio plantean que si bien entienden la lógica del proyecto de ley, encuadrado en torno a llevar a cabo todo tipo de medidas dentro de un contexto de crisis hídrica y propender a la seguridad hídrica, ya se encuentran en un proceso de realizar las consultas con Servicio de Evaluación Ambiental para efecto de que pueda aclarar de qué manera esta modificación repercute en el sistema de evaluación de impacto ambiental.

El diputado Coloma, Presidente, preguntó si alguna de las categorías propuestas, como embalses, tranques o sifones, representa alguna mayor complejidad para el Ministerio de Medio ambiente.

El señor Pérez precisó que dependía del proyecto y que, justamente, ese es un dato con el que se podría tener más claridad con la consulta al Servicio de Evaluación Ambiental, que es el organismo encargado de la evaluación misma de los proyectos.

El diputado Rathgeb preguntó si el Ministerio de Medio Ambiente estaba en condiciones de impulsar el proyecto de ley.

El señor Pérez reiteró que se entiende que el propósito del proyecto está fundamentado en un contexto de crisis hídrica, y que el Ministerio entiende también que hay que llevar a cabo todo tipo de medidas para hacer frente esta crisis, sin embargo, hay que considerar que dentro de las distintas herramientas que se utilizan para propender a la protección del medio ambiente también se encuentran los instrumentos de gestión ambiental, en este caso, el sistema de evaluación de impacto ambiental, entonces, se comparte el espíritu pero previo a ello se debe hacer las consultas para ver cómo repercute en el objetivo primordial de un instrumento de gestión ambiental que actualmente administra el Servicio de Evaluación Ambiental.

El diputado Moreno preguntó si la ampliación del límite de cincuenta mil a cien mil o ciento cincuenta mil metros cúbicos genera un daño al medio ambiente, porque mirado desde otra perspectiva, si se construyen 3 embalses de cincuenta mil metros cúbicos el daño es exactamente el mismo que uno de ciento cincuenta mil, y es mucho menos eficiente.

El señor Pérez insistió en que el ente administrador del sistema es que el puede dar una respuesta más clara, esto es, el Servicio de Evaluación Ambiental.

El diputado Coloma, Presidente, comentó que el Servicio de Evaluación Ambiental no debe fijas políticas públicas, sino que implementar la normativa que la ley establece, por ende, lo que se está requiriendo es la opinión del Ministerio de Medio Ambiente respecto de modificar la norma.

El señor Pérez explicó que como Ministerio están revisando las normas propuestas para ver el efecto específico que puede generar este proyecto.

La diputada Nuyado planteó sus aprensiones respecto del proyecto toda vez que es necesario conocer primero la política nacional contra la crisis hídrica del mundo agrícola, y revisar además si estos embalses, sin estudios de impacto ambiental, pueden afectar aguas abajo y es necesario generar una herramienta que permita salvaguardar a los más pequeños de estos embalses que, probablemente, van a poder ser construidos por privados.

Además, pidió conocer las repercusiones en el mundo indígena de estas normativas, respecto de la ley 21.435, artículo 5°.

Respecto de esto último, el señor Sanhueza explicó que esa es una de las materias que no se han logrado resolver puesto que la realidad respecto de la cosmovisión y protección del agua varía según los diversos pueblos indígenas que habitan el país, por lo que están trabajando en conjunto con la Conadi para ver cómo se concretiza la modificación de dicha ley.

El señor Ureta reiteró que ven alguna viabilidad al proyecto respecto de aquellas regiones como la de Valparaíso o Coquimbo en que estos tranques les otorgan más flexibilidad para la operación de los sistemas de riego, y también en el ámbito comunitario de las mismas organizaciones de usuarios de agua puesto que éstos postulan a instrumentos del Estado, en particular la Ley de Riego, donde existe la posibilidad de vigilar técnicamente la calidad y la pertinencia de esos proyectos, porque justamente, una de las preocupación que tienen es que al hacer tranques más grandes pueden presentar un riesgo.

La diputada Riquelme preguntó si pasar por el sistema de evaluación de impacto ambiental es el único mecanismo para verificar qué alimenta a ese embalse de modo de no afectar usuarios posteriores, o habría que crear otro.

El señor Sanhueza explicó que los proyectos que se someten al sistema de evaluación de impacto ambiental no solo pasan por la DGA, sino que por DOH, SAG, Conaf, los que se pronuncian no solo respecto del agua sino del componente ambiental completo.

En concreto, al DGA antes de otorgar los permisos revisa de donde provienen los derechos de agua o cómo este embalse se va a llenar, y ello también es consultado dentro del proceso de evaluación ambiental como una componente que el titular debe responde dentro del proceso.

El señor Ureta comentó, por su parte, que todos los proyectos que se bonifican con la Ley de riego son revisados respecto de los derechos de agua que los proveerán o de la capacidad para retener las aguas lluvia o de bombeo, y que los derechos de agua estén inscritos o que no existan denuncias de terceros.

El diputado Coloma pidió al señor Sanhueza la nómina de los proyectos superiores a los 50 mil metros cúbicos e inferiores a 250 mil o 500 mil para revisar donde están las mayores magnitudes y quizás revisar el proyecto modificando algunos límites de modo que se genere más tranquilidad a la hora de aprobar el proyecto.

El señor Sanhueza se comprometió a enviarlo con posterioridad[5].

b.- Votación general.

Sometido a votación en general el proyecto fue aprobado por mayoría de votos (10-0-2). Votaron a favor las diputadas Paula Labra Besserer, Gloria Naveillán Arriagada, Marcela Riquelme Aliaga y Consuelo Veloso Ávila, y los diputados Félix Bugueño Sotelo, Juan Antonio Coloma Álamos, Harry Jürgensen Rundshagen, Benjamín Moreno Bascur, Jorge Rathgeb Schifferli y Héctor Ulloa Aguilera. Se abstuvieron la diputada señora Emilia Nuyado Ancapichún y el diputado señor Patricio Rosas Barrientos.

c.- Votación particular.

Artículo 1, N° 1.

Artículo 1º: Modifícase el Código de Aguas en el siguiente sentido:

1. Modifícase el literal a) del artículo 294, para incorporar la siguiente frase final: “Para el caso de tranques de uso agrícola, comunitarios o individuales, se considerará un volumen superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos, salvo que sean total o parcialmente excavados, para los que se considerarán quinientos mil metros cúbicos”.

Se presentaron las siguientes indicaciones:

1.- Del diputado Coloma, para sustituir el numeral 1 que modifica el literal a) del artículo 294 del Código de Aguas por el siguiente:

“1.- Sustituyese, en el artículo 294, el literal a) por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”.”.

2.- De la diputada Naveillán al número 1 que modifica el literal a) del artículo 294 del Código de Aguas para eliminar la expresión “, salvo que sean total o parcialmente excavados, para los que se consideraran quinientos mil metros cúbicos”.

3.- De la diputada Nuyado y del diputado Ulloa para agregar en el literal a) del artículo 294, el siguiente párrafo:

“Se exceptúan de esta aprobación los embalses financiados por la ley N°18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje, cuya capacidad sea inferior a los 100.000 metros cúbicos y que se encuentren fuera del cauce natural”.

El diputado Coloma, Presidente, precisó que el objetivo del proyecto es facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, especialmente en consideración a mejorar la recolección de agua lluvia.

La señora Paulin Silva, asesora legislativa del Ministerio de Agricultura, precisó que existen ciertos aspectos técnicos y ambientales que han conflictuado la definición que el Ejecutivo tiene frente a esta propuesta sin un estudio previo de largo aliento.

Sin perjuicio de ello, dejó de manifiesto que existen aprensiones respecto de la autorización, de la fiscalización y de las sanciones o facultad de imperio de los servicios.

Así, señaló que era fundamental la existencia de autorización, y ello por la factibilidad técnica que deben tener las construcciones, es decir, por aspectos de seguridad debe existir algún servicio que establezca criterios de seguridad en la construcción o estándar técnico, porque se corre el riesgo de que los proyectos no cuenten con ese estándar y que puedan amenazar algún riesgo o peligro a las personas o algún riesgo ambiental, teniendo presente que el proyecto sustrae del sistema de evaluación de impacto ambiental aquellos proyectos de hasta 250.000 metros cúbicos y la Superintendencia de Medio Ambiente deja de tener competencia en la fiscalización de dichos proyectos por cuanto no van a requerir autorización ni ambiental ni de la DGA.

Por su parte, un segundo aspecto que está directamente relacionado con la autorización es la fiscalización, por cuanto la autorización se relaciona con las facultades de fiscalización que tiene el organismo o autoridad que autoriza o determina la factibilidad técnica de las construcciones, por lo que es fundamental en propuestas de esta índole establecer facultades de fiscalización de modo que si alguna de estas construcciones amenaza algún tipo de ruina o requiere algún tipo de reparación, pueda hacerse efectiva la facultad de imperio que ordene a los particulares hacer las reparaciones que corresponda.

Recordó que respecto de los proyectos ejecutados por obras públicas o proyectos que requieren de la autorización del director de la DGA, el Código de Aguas establece una fiscalización expresa por parte de dicho servicio y la facultad de imperio que ordene a los particulares hacer las reparaciones que corresponda.

Finalmente, respecto de las responsabilidades ambientales que puedan suscitarse en caso de que alguna de estas construcciones amenace daño ambiental o los cauces naturales o a la sustentabilidad de la cuenca o de los acuíferos en los cuales se emplazan estas infraestructuras, el Ejecutivo recomienda que si se va a regular esta materia lo sea fuera de cauces naturales como una medida preventiva o precautoria.

Respecto de los peligros por deterioro de la infraestructura que pueden producir accidentes, el diputado Moreno preguntó cuántos de esos casos existen porque se trata de aumentar en 5 veces lo ya permitido y se agilizaría mucho la construcción de estos tranques, además de disminuir los costos.

La diputada Nuyado enfatizó que su indicación propende a que se exceptúen de estas autorizaciones aquellas obras que se les otorga seguridad en su construcción como son las de la CNR, pues tanto éstas, como algunas que ha visto que realiza Indap, tratan de resguardar la seguridad, se fiscalizan y la construcción debe cumplir un estándar.

Precisó que su preocupación con el proyecto de ley es que estas obras puedan terminar afectando el cauce o que se vean afectados a su vez por las crecidas de los ríos. Es necesario que se resguarde la seguridad de las obras y la sustentabilidad de las cuencas.

El diputado Coloma, Presidente, precisó que para otorgarle facultades a Indap y a la CNR se requiere de patrocinio del Ejecutivo.

El diputado Ulloa comentó que suscribió la indicación de la diputada Nuyado justamente porque estima que este tipo de construcciones no pueden llevarse a cabo sin ningún tipo de parámetro, y la indicación apunta en ese sentido, además de ser perfectamente admisible de forma y fondo pues no hay innovación respecto de la CNR.

El diputado Coloma, Presidente, acotó que la indicación de la diputada Nuyado solo levantaría las restricciones respecto de aquellos proyectos de la CNR, por ende, toda obra mayor a 50 mil metros cúbicos requeriría del financiamiento por parte del Estado para acceder a ese régimen simplificado y no resuelve la situación de aquellos que, por ejemplo, tienen en un terreno una caída de agua que solo les beneficia a ellos, considerando además que requerimos de tranques de uso agrícola más grandes para poder asegurar el uso del agua.

La indicación es demasiado restrictiva, pese a que su fin de mejorar la seguridad es loable, restringiendo a costa del Estado y limitando la participación de los privados en la creación de micro embalses que pretenden acumular aguas lluvia.

Por su parte, hizo notar que el proyecto pretende ampliar la exención hasta los 250 mil metros cúbicos, lo que a primera vista puede parecer mucho, pero en realidad 50 mil metros cúbicos equivale a una piscina de un condominio.

La diputada Nuyado señaló que la indicación del diputado Coloma solo se refiere a los metros de altura máximos, pero nada dice respecto de la seguridad y el respecto de los cauces ni asegurando el recurso aguas abajo.

El diputado Moreno acotó que nunca se puede hacer alguna obra que afecte un cauce sin los permisos respectivos, ocurre con los cambios de punto de captación de pozos, tranques, micro embalses, etc.

El diputado Coloma, Presidente, propuso agregar en su indicación una frase final del siguiente tenor: “y que se encuentren construidos fuera del cauce natural”.

Sometida a votación la indicación 1, fue aprobada por mayoría de votos. (9-2-1). Votaron a favor las diputadas Paula Labra y Gloria Naveillán, y los diputados Félix Bugueño, Juan Antonio Coloma, Harry Jürgensen, Cristián Labbé en reemplazo del diputado Donoso, Benjamín Moreno, Jorge Rathgeb, Patricio Rosas. Votaron en contra la diputada Emilia Nuyado y el diputado Héctor Ulloa en reemplazo de la diputada Marzán. Se abstuvo la diputada Consuelo Veloso.

Las indicaciones 2 y 3, se dan por rechazadas por ser incompatibles con lo ya aprobado.

Artículo 1, N° 2.

2. Modifícase el inciso final del artículo 294, para incorporar antes del punto seguido de la expresión “Obras Públicas.”, la siguiente oración: “y aquellos proyectos que cuenten con financiamiento de Servicios dependientes del Ministerio de Agricultura”.

Se presentaron las siguientes indicaciones:

1.- De la diputada Nuyado y del diputado Ulloa para modificar el artículo 294, para incorporar un nuevo inciso final del siguiente tenor:

“Los propietarios de obras que se encuentren exentas de aprobación, de conformidad a lo previsto en el inciso primero de este artículo deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, dentro del plazo de seis meses, contado desde la recepción final de la obra. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.

2.- De las diputadas Labra, Naveillán, Nuyado y Veloso y de los diputados Bugueño, Coloma, Jürgensen, Labbé, Moreno, Rathgeb, Rosas y Ulloa, para incorporar en el artículo 294, el siguiente inciso final:

“Los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.

El diputado Rosas hizo notar que la indicación de la diputada Nuyado y del diputado Ulloa se refería por una parte a una información antes de iniciar el proyecto y, luego, a un plazo de seis meses desde la recepción final de la obra, lo que genera dudas.

Sometidos a votación el numeral 2 y la indicación 2, fueron aprobados por unanimidad. (12-0-0). Votaron a favor las diputadas Paula Labra, Gloria Naveillán, Emilia Nuyado y Consuelo Veloso y los diputados Félix Bugueño, Juan Antonio Coloma, Harry Jürgensen, Cristián Labbé en reemplazo del diputado Donoso, Benjamín Moreno, Jorge Rathgeb, Patricio Rosas y Héctor Ulloa en reemplazo de la diputada Marzán.

La indicación 1, se da por rechazada por ser incompatible con lo ya aprobado.

Artículo 1, N° nuevo.

La diputada Nuyado y el diputado Ulloa formularon indicación para incorporar en el artículo 295, el siguiente inciso final:

“La Comisión Nacional de Riego aprobará los embalses a que se refiere el inciso segundo de la letra a) del artículo 294 y dará seguimiento y supervisión a las obras, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 6; 7 bis y 14 de la ley N°18450. Respecto de aquellos superiores a 50.000 metros cúbicos, informará a la Dirección General de Aguas sobre su estado, a lo menos una vez al año, la que para estos efectos mantendrá las facultades del artículo 307 del Código de Aguas.”

Esta indicación se tiene por rechazada por ser incompatible con lo ya aprobado.

Artículo 1, N° 3.

3. Modifícase el inciso primero del artículo 296, para incorporar a continuación de la frase “La Dirección General de Aguas” y antes del vocablo “supervisará” la frase “, en forma directa o a través de terceros,”.”.

La diputada Naveillán cuestionó la intervención de terceros en la supervisión, estimó que falta desarrollar el concepto.

La señora Paulin Silva, asesora legislativa del Ministerio de Agricultura, hizo presente que el contenido de esta indicación podría requerir mayor presupuesto.

El diputado Coloma, Presidente, comentó que compartía las apreciaciones de la diputada Naveillán por cuanto el objetivo era que el ejecutivo, mediante una indicación, habilitara otros mecanismos para fiscalizar, más allá de la DGA por la escasa presencia de fiscalizadores. Atendido que no quedó bien redactado, propuso el rechazo por unanimidad.

Sometido a votación el artículo 1°, numeral 3, del proyecto, fue rechazado por unanimidad (0-12-0). Votaron en contra las diputadas Paula Labra, Gloria Naveillán, Emilia Nuyado y Consuelo Veloso y los diputados Félix Bugueño, Juan Antonio Coloma, Harry Jürgensen, Cristián Labbé en reemplazo del diputado Donoso, Benjamín Moreno, Jorge Rathgeb, Patricio Rosas y Héctor Ulloa en reemplazo de la diputada Marzán.

Artículo 2.

El Presidente de la República, a través de decreto supremo suscrito por el Ministerio de Agricultura, podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola” y dictar medidas que contribuyan al almacenamiento de agua para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo.

Sin mayor debate, sometido a votación el artículo 2° del proyecto fue aprobado por unanimidad. (12-0-0). Votaron a favor las diputadas Paula Labra, Gloria Naveillán, Emilia Nuyado y Consuelo Veloso y los diputados Félix Bugueño, Juan Antonio Coloma, Harry Jürgensen, Cristián Labbé en reemplazo del diputado Donoso, Benjamín Moreno, Jorge Rathgeb, Patricio Rosas y Héctor Ulloa en reemplazo de la diputada Marzán.

Artículo transitorio.

En un plazo de seis meses contado desde la fecha de publicación de la presente ley, los Ministerios de Agricultura y de Obras Públicas deberán revisar y actualizar todos los decretos, circulares y otros documentos respecto de las obras mayores que se vean modificadas por esta ley. Los documentos modificados deberán considerar la definición de “tranque agrícola excavado” en forma distinta de la definición genérica de “embalses”.

El artículo transitorio del proyecto fue declarado inadmisible por el diputado Coloma, Presidente de la Comisión, sin oposición.

V. ARTICULOS E INDICACIONES RECHAZADAS.

a) Artículos rechazados.

No hay.

b) Indicaciones rechazadas:

Al artículo 1, N° 1.

1. De la diputada Naveillán al número 1 que modifica el literal a) del artículo 294 del Código de Aguas para eliminar la expresión “, salvo que sean total o parcialmente excavados, para los que se consideraran quinientos mil metros cúbicos”.

2. De la diputada Nuyado y del diputado Ulloa para agregar en el literal a) del artículo 294, el siguiente párrafo:

“Se exceptúan de esta aprobación los embalses financiados por la ley N°18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje, cuya capacidad sea inferior a los 100.000 metros cúbicos y que se encuentren fuera del cauce natural”.

Al artículo 1 N° 2.

De la diputada Nuyado y del diputado Ulloa para modificar el artículo 294, para incorporar un nuevo inciso final del siguiente tenor:

“Los propietarios de obras que se encuentren exentas de aprobación, de conformidad a lo previsto en el inciso primero de este artículo deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, dentro del plazo de seis meses, contado desde la recepción final de la obra. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.

Artículo 1, N° nuevo.

La diputada Nuyado y del diputado Ulloa formularon indicación para incorporar el artículo 295, el siguiente inciso final:

“La Comisión Nacional de Riego aprobará los embalses a que se refiere el inciso segundo de la letra a) del artículo 294 y dará seguimiento y supervisión a las obras, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 6; 7 bis y 14 de la ley N°18450. Respecto de aquellos superiores a 50.000 metros cúbicos, informará a la Dirección General de Aguas sobre su estado, a lo menos una vez al año, la que para estos efectos mantendrá las facultades del artículo 307 del Código de Aguas.”

c) Disposiciones inadmisibles.

El artículo transitorio del proyecto fue declarado inadmisible.

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Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el diputado Informante, la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1º: Modifícase el artículo 294 del Código de Aguas en el siguiente sentido:

“1.- Sustituyese, su literal a) por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”.”.

“2. Incorpórase el siguiente inciso final:

“Los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.”

Artículo 2.

El Presidente de la República, a través de decreto supremo suscrito por el Ministerio de Agricultura, podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola” y dictar medidas que contribuyan al almacenamiento de agua para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo.”.

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Se designó como Informante a la diputada EMILIA NUYADO ANCAPICHUN.

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Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de fecha 28 de agosto, 4 de septiembre y 3 de octubre de 2023, con la asistencia de las diputadas Paula Labra Besserer, Carolina Marzan Pinto, Gloria Naveillán Arriagada, Emilia Nuyado Ancapichún, Marcela Riquelme Aliaga y Consuelo Veloso Ávila y los diputados Félix Bugueño Sotelo, Juan Antonio Coloma Álamos (Presidente), Felipe Donoso Castro, Harry Jürgensen Rundshagen, Benjamín Moreno Bascur, Jorge Rathgeb Shifferli y Patricio Rosas Barrientos.

Asistieron, además, los diputados Cristián Labbé Martínez, Marco Antonio Sulantay Olivares y Héctor Ulloa Aguilera.

Sala de la Comisión, a 3 de octubre de 2023.

MARÍA TERESA CALDERÓN ROJAS

Abogada Secretaria de la Comisión

[1] Water Risk Indicator. Baseline Water Stress. Disponible en: https://www.wri.org/applications/aqueduct/country-rankings/
[2] Idem.
[3] Sesión 83ª celebrada el 28 de agosto de 2023.
[4] Sesión 85ª celebrada el 4 de septiembre de 2023.
[5] La información se encuentra disponible en las últimas láminas de la presentación que dejó a disposición de la Comisión.

1.3. Discusión en Sala

Fecha 24 de octubre, 2023. Diario de Sesión en Sesión 96. Legislatura 371. Discusión General. Pendiente.

MODIFICACIÓN DE CÓDIGO DE AGUAS PARA FACILITAR CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 16193-01)

La señora HERTZ, doña Carmen (Vicepresidenta).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y reglamentario, iniciado en moción, que modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, correspondiente al boletín N° 16193-01.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputada informante de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural es la señora Emilia Nuyado .

Antecedentes:

-Moción, sesión 66ª de la presente legislatura, en lunes 21 de agosto de 2023. Documentos de la Cuenta N° 38.

-Informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, sesión 88ª de la presente legislatura, en martes 10 de octubre de 2023. Documentos de la Cuenta N° 4.

La señora HERTZ, doña Carmen (Vicepresidenta).-

En reemplazo de la diputada Emilia Nuyado , rinde el informe el diputado Patricio Rosas .

El señor ROSAS (de pie).-

Señora Presidenta, en nombre de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y reglamentario, iniciado en moción de las diputadas Marta Bravo , Natalia Romero y Flor Weisse , y de los diputados Gustavo Benavente, Juan Antonio Coloma , Eduardo Cornejo , Felipe Donoso , Juan Fuenzalida , Cristóbal Martínez y Marco Antonio Sulantay , que modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola.

La idea matriz o fundamental del proyecto de ley es modificar el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola.

Respecto del fundamento de la iniciativa legal, señalan los mocionantes que la crisis hídrica y el cambio climático han provocado un grave impacto en todo el territorio nacional, lo que ha afectado la calidad de vida de muchos habitantes de nuestro país, especialmente en localidades rurales, al generarse una serie de consecuencias no solo respecto de la disponibilidad de agua para el consumo humano, sino también para el desenvolvimiento de diversos rubros productivos, que son fundamentales para la economía y que realizan una gran contribución a la fuerza de trabajo en nuestro sector agrícola, con la consecuente repercusión en el bienestar de la salud de todos los habitantes que dependen de los productos y cultivos que se producen en el campo.

En esa línea, las obras de acumulación de agua se posicionan como una opción factible y razonable para enfrentar el déficit del sector agrícola, mediante la construcción de obras de menor tamaño, no solo de grandes embalses, que contemplan una ingeniería de mayor complejidad y un impacto ambiental relevante que se debe someter a fiscalización.

La normativa vigente contiene exigencias que no facilitan la construcción de tranques agrícolas, salvo aquellos de pequeñas dimensiones con un alcance que difícilmente podría contribuir de manera significativa a una comunidad o superficie.

Al respecto, el Código de Aguas dispone que la construcción de embalses debe ser adoptada por la Dirección General de Aguas bajo ciertas circunstancias. Respecto de los embalses, su artículo 294, letra a), exige dicha aprobación cuando las obras tengan una capacidad superior a 50.000 metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5 metros de altura.

Dicha disposición establece, además, que quedan exceptuados de cumplir los trámites y requisitos a que se refiere este artículo los servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas.

En tanto, la letra a) del artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, dispone que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, entre otros, los embalses o tranques que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas. Es decir, se desprende que deberán hacerlo aquellas obras que tengan una capacidad superior a 50.000 metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5 metros.

De lo anterior se desprende que la construcción de tranques para uso agrícola, dentro del genérico “embalses”, presenta varias dificultades procedimentales, además de una falta de sustento teórico en lo relativo a la capacidad de las obras -superior a 50.000 metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5 metros-, los trámites requeridos ante la Dirección General de Aguas y la declaración o Estudio de Impacto Ambiental ante el Servicio de Evaluación Ambiental. Estas exigencias ocasionan un retraso significativo, por lo que surge la necesidad de establecer un procedimiento especial para estas obras, con el fin de agilizar y simplificar los trámites exigidos por la actual legislación, con foco en la realidad de localidades rurales y las necesidades hídricas de su población.

Resumen del contenido del proyecto de ley

El proyecto de ley consta de dos artículos permanentes y uno transitorio, que modifican el Código de Aguas.

El artículo 1, mediante dos numerales, modifica por una parte el artículo 294, literal a), que agrega una frase final, a fin de establecer que para el caso de tranques de uso agrícola, comunitarios o individuales, se considerará un valor superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos, salvo que sean total o parcialmente excavados, en cuyo caso se considerarán quinientos mil metros cúbicos.

Por el número 2, se modifica el inciso final del artículo 294, estableciéndose que también quedarán exceptuados de cumplir los trámites a que se refiere este artículo no solo los servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, sino también aquellos proyectos que cuenten con financiamiento de servicios dependientes del Ministerio de Agricultura.

Además, se propone modificar el inciso primero del artículo 296 del Código de Aguas, para establecer que la supervisión que debe efectuar la Dirección General de Aguas la puede desarrollar en forma directa o a través de terceros.

El artículo 2º preceptúa que el Presidente de la República podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola”, así como medidas que contribuyan al almacenamiento de agua para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo.

Por último, contaba con un artículo transitorio que establecía que, en un plazo de seis meses contados de la fecha de publicación de la presente ley, los ministerios de Agricultura y de Obras Públicas, deberán revisar y actualizar todos los decretos, circulares y otros documentos respecto de las obras mayores que se vean modificadas por esta ley. Los documentos modificados deberán considerar la definición de “tranque agrícola excavado” en forma distinta a la definición genérica de “embalses”.

Trabajo realizado por la Comisión

Durante el estudio en general del proyecto de ley, se recibió a la señora Ignacia Fernández , subsecretaria de Agricultura, y al señor Rodrigo Sanhueza , director general de Aguas, quien sostuvo que es interesante el proyecto, pero requiere un análisis técnico en profundidad, a fin de que el Estado, en este caso la Dirección General de Aguas (DGA), pueda cumplir con el imperativo del artículo 295 del Código de Aguas, en orden a asegurar que las obras ejecutadas no afectarán la seguridad de terceros ni producirán la contaminación de las aguas. Se señaló que la exclusión de un número importante de embalses o tranques de este marco regulatorio no es menor, y que es importante que cualquier modificación evalúe previamente las consecuencias jurídicas de una exención, de modo que no se traduzca en una menor protección normativa y material ante los eventuales riesgos asociados a los embalses y tranques.

Por su parte, el señor Wilson Ureta , director ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego (CNR), instó a avanzar en el proyecto con una mirada que permita dar seguridad a la obra misma, que no genere problemas en la población cercana o en el sistema de riego, sin perder de vista el enfoque comunitario, de modo que sean los proyectos asociativos los beneficiados, porque la única forma de llevarlos a cabo es a través de una línea de financiamiento, como el caso de la ley de riego, con el aval técnico que ello implica.

Asimismo, el señor Rodrigo Pérez , asesor legislativo del Ministerio del Medio Ambiente, sostuvo que, si bien entendía la lógica del proyecto de ley, encuadrado en torno a llevar a cabo todo tipo de medidas dentro de un contexto de crisis hídrica, y propender a la seguridad hídrica, ya se encontraban en un proceso de realizar las consultas al Servicio de Evaluación Ambiental, con el objeto de que pueda aclarar de qué manera esta modificación repercute en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Asimismo, se recibió al señor Juan José Crocco , consultor independiente, y al señor Federico Errázuriz , asesor de Recursos Hídricos de la Sociedad Nacional de Agricultura, quienes calificaron el proyecto de oportuno y adecuado, sobre todo porque crea el concepto de “tranques de uso agrícola”, que tienen características significativamente distintas a las de otro tipo de embalses, como los relaves mineros. Para dichas obras, la iniciativa establece la exención de autorización de la DGA y del ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), lo que permitirá la construcción de tranques en tiempos más acotados, tal como lo requiere la crisis hídrica. Además, la iniciativa faculta al Presidente para dictar una Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola.

Las observaciones están contenidas in extenso en el informe de la Comisión.

Efectuada la votación general, el proyecto fue aprobado por mayoría de votos: 10 a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

Votaron a favor las diputadas Paula Labra , Gloria Naveillan , Marcela Riquelme y Consuelo Veloso , y los diputados Félix Bugueño, Juan Antonio Coloma , Harry Jürgensen , Benjamín Moreno , Jorge Rathgeb y Héctor Ulloa . Se obtuvieron la diputada Emilia Nuyado y el diputado que habla.

En concreto, el proyecto de ley aprobado por la comisión consta de dos artículos. El artículo 1 modifica el artículo 294 del Código de Aguas, en el siguiente tenor:

Sustituye el literal a) por el siguiente: “a) Los embalses de capacidad superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural”, dejando así fuera de la aprobación del director general de Aguas a aquellos bajo este umbral.

Incorpora un inciso final según el cual “Los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N° 6 del Código de Aguas.”.

Por su parte, el artículo 2 establece: “El Presidente de la República, a través de decreto supremo suscrito por el Ministerio de Agricultura, podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola” y dictar medidas que contribuyan al almacenamiento de aguas para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo.”.

Es todo cuanto puedo informar a la Sala, conforme a lo acordado por la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

En discusión el proyecto de ley.

Tiene la palabra el diputado Víctor Pino .

El señor PINO.-

Señora Presidenta, este proyecto, que busca facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, es de sentido común, más en estos tiempos en que la sequía aún azota a gran parte de nuestro país.

Quiero poner como ejemplo a Coquimbo, región a la que pertenezco, que hoy cuenta con ocho embalses, los cuales aún aseguran un poco la calidad de vida del mundo agrícola y rural en la zona.

Es lamentable ver cómo durante los últimos años la política nacional de embalses se ha estancado, sin tener ningún acuerdo desde el año 2019 en adelante.

En algún momento escuchamos al Presidente Gabriel Boric decir que los embalses ya no eran necesarios; sin embargo, luego de las lluvias de este año revirtió esas palabras y señaló que sí lo son, que ayudarán a juntar agua y, con ello, a evitar que ocurran catástrofes en muchas de las localidades rurales del sur.

Es fundamental que podamos trabajar con visión de futuro y no solo estar respondiendo a la contingencia de las catástrofes climáticas que siempre le toca vivir a nuestro país.

Necesitamos una política de embalses real para Chile. Desde la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación, de la cual soy Presidente, hemos oficiado ya en varias oportunidades al Ministerio de Obras Públicas y a la Dirección de Obras Hidráulicas para saber cuál es el real alcance de ambos en orden a dar una solución real a esta gran necesidad que es poder tener agua y asegurar su uso tanto para el riego agrícola como para el consumo humano, condiciones fundamentales que, lamentablemente, hoy no se encuentran aseguradas.

Espero que este proyecto pueda traer tranquilidad al mundo agrícola y rural, así como también dar las certezas que se requieren para poder avanzar en la construcción de más tranques y embalses y así seguir acumulando el agua, ya que sin los embalses que tenemos en Coquimbo -por desgracia, en esa zona los embalses se encuentran en promedio entre un 15 y un 16 por ciento de su capacidad; y tenemos algunos, como La Paloma y Cogotí , con un 7 por ciento, próximos a utilizar sus aguas muertas la región no tendría vida. Sin embargo, algo queda aún. Así, hay esperanzas de poder pasar a lo menos el verano, ya que en sus últimas declaraciones la ministra de Obras Públicas dijo que teníamos el agua asegurada, pero hasta esa época.

Esperamos que esto se pueda solucionar. No podemos hacer llover. No podemos pedir que llueva, que esto caiga del cielo, como quisiéramos.

Hay más soluciones. Podemos reutilizar el agua, por ejemplo, las aguas residuales que vertemos al mar, que son miles de litros por segundo que día a día se desperdician y que no se reutilizan.

Tampoco tenemos una política de reutilización de aguas residuales. Tenemos la desalación del agua, que para la gran minería hoy está plenamente vigente, pero no así para el consumo humano.

En la Comisión de Recursos Hídricos discutiremos y votaremos, ojalá en general y en particular, el proyecto de ley corta del Presidente de la República, que da atribuciones al Ministerio de Obras Públicas para avanzar en la construcción de plantas desalinizadoras, algo que hasta el día de hoy no es posible para el consumo humano, sino solo para obras de regadío.

Por último, espero contar con el apoyo de todos los parlamentarios de la comisión y dar al país una buena noticia, al menos en estos tiempos tan difíciles.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Francisco Pulgar .

El señor PULGAR.-

Señorita Presidenta, claramente estoy de acuerdo con este proyecto. Sin embargo, me pregunto: ¿más agua para quién? Para el pequeño agricultor.

Al respecto, voy a contar una historia. Había una vez una región que se llamaba “del Maule”; mau leuvu: río de lluvia. Nuestra región tenía ríos caudalosos y su agua alcanzaba para llegar a todos los sectores, hasta que llegó un gran lobo feroz, denominado “centrales hidroeléctricas”.

Esas centrales empezaron a destruir la cuenca del río Maule, nuestro río matriz, nuestro río natal, con el discurso de que acumularían agua para los agricultores en esos tiempos de sequía: once centrales hidroeléctricas solo en la cuenca del río Maule, y siguen creciendo en otros sectores como minicentrales.

Desafortunadamente, aquí el discurso de “hagamos más embalses” es conveniente para algunos, porque en la agricultura debemos generarla en tres categorías: para el pequeño agricultor, ese que alcanza hasta el Indap; para una clase media que no puede llegar a ninguna postulación, y para los superproductores, los que exportan, los que financian campañas políticas y que también son familiares de muchos políticos que no deberían votar este proyecto, porque hay conflictos de intereses. Pero en la política se ha perdido todo pudor: aquí llegan y votan nomás.

Entonces, reitero que apoyaré este proyecto, pero me preocupa que estos tranques sean realmente para quien lo necesita y no para los superexportadores, que siguen usando y haciendo abuso en esta materia.

Si me hablan de embalses, me lleno de terror, porque cuando llega el embalse, llega la central hidroeléctrica; y si llega la central hidroeléctrica, llegan las torres de alta tensión; y si llegan las torres de alta tensión, hay problemas con los apicultores, con las construcciones y demás temas asociados.

Entonces, mi Región del Maule, mau leuvu, río de lluvia, es el mejor ejemplo de cómo se han destruido las cuencas de los ríos, y hoy, con la gran discusión que hay sobre el litio, eso más nos preocupa. ¿Por qué? Porque las regiones de O'Higgins, del Maule, de Ñuble y del Biobío están transformándose en verdaderos campos de paneles fotovoltaicos y torres eólicas. La carretera eléctrica va a pasar por el paso internacional Pehuenche . Nos vamos a dar el lujo de seguir exportando electricidad a Argentina, Brasil y Uruguay por el paso internacional Pehuenche , porque tenemos el doble de la matriz de generación eléctrica que necesita nuestro país. Esa situación se contrapone con lo que ocurre con las cuentas de la luz de las personas, que suben cada día.

Ahora, el gobierno impulsa un proyecto de ley para subsidiar las cuentas de la luz del percentil más pobre de la población. ¿Hay que ayudar? Por cierto, hay que hacerlo; pero ¿cuándo le ponemos el cascabel al gato? Las grandes empresas siguen lucrando con la generación eléctrica del país. ¿Debemos esperar tener una nueva Constitución? ¡Puras falacias! ¡Puras falacias! La clase política no ha estado a la altura de lo que requieren nuestros agricultores.

En esta Sala vamos a escuchar discursos grandilocuentes de los defensores de las tradiciones campesinas. ¡Mentiras! ¡Vayan a ver a los agricultores y pregúntenles por los precios de los fertilizantes! Los pequeños agricultores no tienen tranques, pero sí los tienen las grandes viñas.

¡Bien por ellas! Y los tienen porque cuentan con contactos para construir tranques.

Escucharemos grandes discursos, sobre todo de derechos humanos, de preocupación por los pequeños agricultores. Vayan a ver lo que es el riego por tendido. Vayan a ver cómo las comunidades están regando sus campos con camiones aljibe. Vayan a ver a las comunidades de la Región del Maule que están regando con el agua de los APR. ¿Por qué sucede esto?

¡Porque los dejaron solos!

Reitero: vamos a seguir escuchando discursos grandilocuentes en defensa de los campesinos. ¡Mentiras! Siguen disfrazándose de campesinos, sobre todo para las fiestas, aquellos que se dicen defensores de las tradiciones y que nunca lo han sido, ¡nunca!

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma .

El señor COLOMA.-

Señorita Presidenta, como defensores de las tradiciones y de la agricultura, presentamos este proyecto de ley, porque no hay nada peor que cuando el Estado queda inmovilizado y decide, simplemente, no hacer nada.

Este proyecto busca algo muy simple: sacar del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental aquellos tranques entre los 250.000 y los 51.000 metros cúbicos. ¿Para qué? Para que los medianos agricultores y las agrupaciones de pequeños agricultores puedan postular y construir su tranque de uso agrícola, obteniendo financiamiento público.

¿Qué ocurre hoy día? Si una organización de pequeños agricultores quiere construir un tranque con una capacidad, por ejemplo, de 150.000 metros cúbicos, le cuesta cien millones de pesos y tiene dos años de demora en su tramitación. Eso es lo que pasa en la práctica. Sin embargo, con este proyecto, los pequeños y medianos agricultores podrán hacer microembalses para acumular las aguas lluvia. Los embalses fueron importantes en las inundaciones ocurridas este año no solo para juntar agua, sino también para contener las grandes crecidas.

¿Qué pasa cuando tenemos precipitaciones de veinte, treinta o cuarenta milímetros? El agua se escurre y se va al mar.

Este proyecto facilita la construcción de embalses y les ah orra tiempo y dinero a los agricultores; es un apoyo a la agricultura familiar campesina y a los medianos y pequeños agricultores.

El gobierno se llena la boca hablando de la agricultura familiar campesina, pero en el proyecto de ley de presupuestos que presentó para el próximo año no aumenta en nada su presupuesto ¡Cero! El gobierno se llena la boca mencionando la importancia de los embalses, pero, hasta el momento, no hay nada.

Nuestro proyecto es pequeño, pero estamos seguros de que va a permitir enfrentar el grave problema de sequía que estamos viviendo en todo el país.

Quiero aprovechar este momento para hacer un llamado al gobierno. En la Comisión de Agricultura, aprobamos este proyecto de forma transversal, y el gobierno, durante dos meses, no fue capaz de ponerse de acuerdo. Citamos al Ministerio de Obras Públicas, al Ministerio de Agricultura y al Ministerio del Medio Ambiente por separado y les pedimos que hicieran indicaciones al proyecto. Sin embargo, dijeron que no tenían el acuerdo de los ministros. Por lo tanto, no hubo indicaciones que presentar.

¿Cuál es el problema? Que necesitamos darle una atribución a la Dirección General de Aguas para que pueda fiscalizar la altura máxima de los muros construidos para estos microembalses. Dejamos la obligación de informar a los propietarios, pero queremos que, una vez terminada la construcción, la DGA pueda revisarlos y hacer las mejoras técnicas, si proceden. Tenemos que ser capaces de compatibilizar el cuidado de las personas que van a vivir en las cercanías del tranque y la necesaria acumulación de aguas lluvia.

Si bien estos proyectos son pequeños, de verdad sirven a la agricultura. Muchas veces hemos visto proyectos asociativos de la Comisión Nacional de Riego que no se pueden llevar a cabo porque la capacidad máxima de los embalses es de 50.000 metros cúbicos, y eso no alcanza prácticamente para nada. Estos proyectos, en cambio, van haciendo, poco a poco, la diferencia.

Hago un llamado a la Cámara a aprobarlo, y al Ejecutivo a presentar indicaciones para sacar adelante este proyecto, que es esperado, desde hace mucho tiempo, por el mundo agrícola.

En la práctica, la Dirección General de Aguas no tiene ingresos por embalses superiores a 50.000 e inferiores a 250.000 metros cúbicos. Pueden pasar dos cosas: se construyen cuatro embalses de 50.000 metros cúbicos cada uno, haciéndole una trampa a la ley, o bien, construir uno de un millón de metros cúbicos, porque eso les permite hacer rentables los años de espera y los cientos de millones de pesos en papeleo y trámites.

Con proyectos como este, daremos un impulso real a la mediana agricultura y favoreceremos a las agrupaciones de campesinos, que podrán obtener financiamiento de la Comisión Nacional de Riego para construir este tipo de embalses.

Agradezco a los miembros de la Comisión de Agricultura, con quienes tramitamos este proyecto y lo aprobamos en forma unánime. Esperamos que en la Sala ocurra lo mismo.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Mercedes Bulnes .

La señora BULNES (doña Mercedes).-

Señor Presidente, es indispensable una política de microembalses y de pequeños embalses.

Este proyecto no va en esa dirección. Se trata de favorecer la construcción de embalses con capacidad superior a 50.000 metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, que, actualmente, requieren la autorización de la Dirección General de Aguas, y, cuando corresponde, también del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

El presente proyecto propone que solo queden afectos a la autorización de la Dirección General de Aguas los embalses con una capacidad superior a 250.000 metros cúbicos y construidos fuera del cauce natural de un río, eximiéndolos también del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cualquiera que sea el caso.

Un embalse con esa magnitud no es ni micro ni pequeño, sino mediano. La iniciativa, de aprobarse, significaría que estas obras se podrían realizar al margen de la institucionalidad especializada.

A mi juicio, debe existir un servicio que establezca criterios de seguridad en la construcción o estándares técnicos para estos embalses medianos, porque se corre el riesgo de que los proyectos, al no contar con esos estándares, puedan suponer algún peligro para las personas o algún riesgo ambiental, teniendo presente que el proyecto sustrae del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a aquellos proyectos de hasta 250.000 metros cúbicos, y, además, la Superintendencia del Medio Ambiente deja de tener competencia en la fiscalización de dichos proyectos, por cuanto no van a requerir autorización ni ambiental ni de la DGA.

Dicho esto, ¿es posible que el Estado se reste de supervisar y garantizar estándares mínimos de seguridad para la población? Digo estándares mínimos, porque en un escenario de emergencia climática lleno de incertidumbre y en donde cada día somos testigos de eventos catastróficos sin precedentes, incluidos grandes terremotos, dejar sin supervisión algunas obras de tal magnitud es, evidentemente, un acto irresponsable, no solo desde el punto de vista medioambiental, sino respecto de la seguridad de la población y de los medios productivos agrícolas o de otro tipo que se encuentren cerca de esos eventuales embalses de carácter mediano.

Me vuelvo a preguntar si es posible que el Estado se reste de supervisar y garantizar estándares mínimos de seguridad para la población. La respuesta, indudablemente, es no. No es posible bajo pretexto alguno. Si queremos promover la construcción de embalses, necesitamos más inversión y más colaboración público-privada, más innovación y tecnología, y no menos estándares de seguridad. Por ejemplo, si una obra de 245.000 metros cúbicos, que no requeriría autorización alguna, llegase a tener una rotura por cualquier evento, se podría vaciar, según estimaciones de los expertos, en poco más de 3 horas, generando una catástrofe de proporciones inimaginables, según donde se encuentre.

Menos regulaciones destinadas a la corrección técnica de los proyectos y a resguardar la salud de la población y el equilibrio de los ecosistemas del país, comprometen gravemente la seguridad hídrica, medioambiental y agrícola de nuestro país. Sin duda, necesitamos un mejor Estado, con instituciones robustas que supervisen adecuadamente y con visión de Estado tanto la necesidad como la conveniencia de proyectos constructivos de eventuales embalses o tranques, sobre todo medianos y grandes, y evalúen los eventuales riesgos que apareja su construcción, tanto por su ubicación como por los efectos colaterales que puedan producir.

Las últimas catástrofes nos muestran que es un riesgo inaceptable, por un capricho ideológico o una peligrosa confianza en los privados, poner fin a la necesaria evaluación técnica de la seguridad de las personas y los sectores productivos que puedan verse comprometidos por estas obras, sin duda necesarias e incluso indispensables.

Los pequeños y microembalses son necesarios, pero evaluar sus riesgos y supervisar y garantizar estándares mínimos de seguridad para la población es indispensable en el caso de los medianos. Por tales consideraciones, votaré en contra la iniciativa.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Se suspende la sesión por falta de quorum.

-Transcurrido el tiempo de suspensión:

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Continúa la sesión. Tiene la palabra la diputada Nathalie Castillo .

La señorita CASTILLO (doña Nathalie) .-

Señor Presidente, este proyecto tiene la finalidad de modificar una vez más el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola. Se trata de algo que puede parecer muy positivo -no tengo duda de aquello-, ya que es necesaria la construcción de tranques de uso agrícola, dada la escasez hídrica que afecta principalmente a las zonas rurales, siendo una de las más afectadas -lo hemos visto muchas veces en la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación la Región de Coquimbo, en la cual vivo. Además, es un debate que en buena hora se abre en el Parlamento, a propósito del proyecto de ley de Presupuestos. Hay que estar bien atentos respecto de cuáles van a ser las partidas y cuáles van a ser los financiamientos y recursos para paliar la crisis hídrica.

Esta propuesta viene a restringir las potestades de la Dirección General de Aguas para ejercer el control de obras. En ese sentido, no podemos olvidar que la razón por la cual el Código de Aguas exige que las obras hidráulicas tengan un tratamiento especial, el que se entrega a la DGA, se funda en que estas presentan riesgos para la seguridad de terceros y también para el medio ambiente. En tal sentido, el proyecto no está considerando las comunidades que pueden sufrir riesgos a propósito de construcciones de estas características ni tampoco lo que señala la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, que establece que los embalses requieren someterse a lo señalado en el artículo 294 del Código de Aguas, esto es, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, tal como ocurre con cualquier proyecto que se quiera desarrollar en el país.

El impacto que tendría aprobar esta moción redundaría, por ejemplo, en que embalses construidos fuera de cauce de faena minera, bajo los supuestos descritos en el proyecto, quedarían exentos de la evaluación ambiental del SEIA, lo que pone en inseguridad a las personas, a las comunidades, a todos quienes se encuentren en ese radio, o también, por ejemplo, da pie a la contaminación de las aguas. En definitiva, no es algo tan fácil.

Sí queremos avanzar en obras públicas e hidráulicas en función de paliar la sequía y la escasez hídrica, pero debemos tener cuidado con este tipo de proyectos. Parecen buenos y positivos, pero están fuera de toda institucionalidad. No podemos avanzar en normas de carácter ambiental para luego borrarlas con el codo. Creo que eso no corresponde a un Parlamento que se dice serio.

No hay dudas de que todas y todos -también el gobierno estamos a favor de la agricultura familiar campesina y de los pequeños regantes. Escuché a integrantes de la bancada de enfrente señalar que no eran una preocupación. Les puedo decir que sí lo son, en especial para quienes formamos parte de la ruralidad. Esta cuestión no es solo de grandes discursos; esta cuestión hay que vivirla y tener una mirada común. A eso nos obliga la sequía y el cambio climático, pero hagámoslo bien.

Este fue un tema que el Presidente Gabriel Boric abordó en su última visita a la Región de Coquimbo con parlamentarias y parlamentarios del distrito N° 5 y alcaldes de la zona. Conversó sobre la necesidad de buscar obras para combatir la escasez hídrica, pero con una mirada de respeto a la normativa vigente.

De hecho, a propósito de las desaladoras que se vinculan a este debate, el diputado Matías Ramírez , de nuestra bancada, ha impulsado una moción para que estas sean sometidas al SEIA y se les aplique la ley sobre bases del medio ambiente. Ese es el camino. No podemos eximir al Estado de la responsabilidad de hacer cumplir los estándares dispuestos por la institucionalidad y las evaluaciones de impacto ambiental.

Creo que esta iniciativa no es el camino para avanzar en algo que sí necesitan de manera superurgente las agricultoras, los agricultores y los pequeños regantes, que, a propósito del presupuesto, esperamos que sean favorecidos en las glosas correspondientes de la Comisión Nacional de Riego y se cumplan todos los compromisos señalados por el Presidente Boric en materia de emergencia climática e hídrica.

Nuestra bancada votará en contra este proyecto, porque transgrede el principio precautorio, lo que supone un retroceso en materia ambiental, pues no se contaría con un control estatal en la construcción de estas obras, algo elemental en cualquier tipo de obras, pero principalmente cuando hablamos de obras hidráulicas que afectan no solamente el sector, la localidad o el territorio en que se emplazan, sino también las comunidades afectas a ellos.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .

El señor BERGER.-

Señor Presidente, el presente proyecto representa una iniciativa absolutamente oportuna y muy necesaria en estos tiempos en que la escasez hídrica está afectando seriamente a los agricultores.

Este proyecto va a permitir que los agricultores, en forma individual o en asociatividad, puedan construir obras de acumulación de agua, lo que ahora está en manos del Estado a través de la normativa de construcción de embalses.

En la actualidad, construir un embalse de 50.000 metros cúbicos o más, que pueda cubrir un área de riego significativa para la agricultura, implica una decisión que debe ser tomada con bastante anticipación, por la cantidad de permisos previos, la alta complejidad y el alto costo, y bien sabemos que hoy en día nuestros agricultores no pueden esperar para hacer frente a la problemática que están viviendo para salvar sus cultivos y además enfrentar la rigurosidad de los meses cálidos que hemos estado viviendo desde hace varios años y que, sin duda, empeorarán en el futuro.

Si no apoyamos esta iniciativa, estaremos privando a nuestros agricultores de una herramienta valiosa. Lo más probable es que se vean obligados a hacer los embalses aun sin este proyecto, arriesgando sanciones por parte de la Dirección General de Aguas y, lo que es peor, exponiéndose a ser autores de un atentado contra el medio ambiente, en virtud de la ley N° 21.559.

Además, esta moción está en concordancia con lo que se planteó en la Comisión Nacional de Riego en octubre del año 2021, ocasión en la que se llamó a potenciar las obras de acumulación de agua para favorecer una forma de gestión hídrica y apoyar a productores agrícolas, comunidades agrícolas y asociaciones de pueblos indígenas.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Alberto Undurraga .

El señor UNDURRAGA (don Alberto).-

Señor Presidente, quiero partir mi intervención diciendo que los embalses son necesarios en Chile: son necesarios para el riego, razón por la cual ha sido planteado este proyecto en la Comisión de Agricultura; son necesarios en algunos lugares para obtener agua potable, son necesarios para el control de las crecidas, son necesarios en otros lugares para la generación de electricidad.

Lo segundo que quiero decir es que los embalses se deberían hacer más rápido y con menos burocracia. En ese sentido, el objetivo del proyecto de ley que estamos discutiendo es loable y necesario.

Cuesta empujar la licitación de embalses por distintas razones. En su momento me tocó empujar muchas licitaciones siendo ministro de Obras Públicas en el segundo gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet .

Por lo tanto, tenemos que trabajar como sociedad y como Estado para simplificar los trámites para hacer cuanto antes los embalses que son necesarios. Sin embargo, los embalses también requieren regulación: requieren una regulación ambiental -por supuesto-, y sobre todo, en este caso -lo echo de menos-, requieren una regulación constructiva.

¿Qué hace este proyecto? ¿Cuál es el efecto que tiene la iniciativa que estamos discutiendo en materia constructiva? Saca a la Dirección General de Aguas (DGA) de la revisión de los embalses con muros de hasta 15 metros de altura. Ustedes comprenderán que una obra que puede soportar una cantidad importante de agua, con un muro de hasta 15 metros de altura, si no se hace bien, es tremendamente peligrosa para quienes están aguas abajo.

Por esa razón voy a votar en contra este proyecto, y si se llega a aprobar en este primer trámite -he hablado con algunos parlamentarios que están en ello-, trataremos de que en el trámite en la comisión técnica se pueda corregir este aspecto mediante indicaciones, porque es tremendamente peligroso aprobar una norma que exime de la revisión de la ingeniería y la seguridad en obras con muros de hasta 15 metros de altura.

Quiero terminar mi intervención haciéndole un llamado de atención a la Dirección General de Aguas, puesto que ha hecho circular una minuta que dice que este proyecto de ley atenta contra el rol garante del Estado, por cuanto exime de la evaluación técnica de la DGA obras de tal envergadura que su eventual colapso pondrá en grave riesgo a la población y la infraestructura de terceros, y exime a estos proyectos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental que tiene nuestro país. Sin embargo, representantes de la misma Dirección General de Aguas, al momento de estar en la comisión, no fueron tan claros como en su minuta. Más bien consideraron que el proyecto era interesante y que tenían que evaluarse los aspectos técnicos que después mencionan en dicha minuta.

Entonces, hago un llamado de atención a la Dirección General de Aguas, porque para avanzar en los distintos proyectos tienen que señalarse los distintos planteamientos en la comisión, para hacer las correcciones en ese momento y no traer a la Sala un proyecto que es bien intencionado, que tiene sentido porque elimina la burocracia, pero que conlleva un tremendo peligro por no haber dicho a tiempo esa aprensión.

Voy a votar en contra el proyecto tal como está. Si se corrige esto en la instancia siguiente, por supuesto que lo vamos a aprobar.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Camila Musante .

La señorita MUSANTE (doña Camila) .-

Señor Presidente, una vez más estamos discutiendo en este Congreso Nacional una medida legislativa para abordar el problema que tenemos en Chile con la crisis hídrica, bajo la cual se sustenta la creación de embalses.

Quiero ser muy enfática en esto, porque me parece que también tenemos la responsabilidad de no estar produciendo normas para modificar un código que contiene las salidas necesarias para una buena administración del recurso hídrico.

Como he dicho en otros debates a propósito de la crisis hídrica, hoy el Código de Aguas contempla una medida para la buena administración en el caso de que los derechos de aprovechamiento de aguas de privados no se utilicen y permite que la Dirección General de Aguas pueda adjudicarse estos derechos en un segundo remate.

¿Qué frena una medida como esta? El financiamiento. Ahí es donde tenemos una piedra de tope para permitir que los derechos de aprovechamiento de aguas vuelvan al Estado y que las aguas puedan ser administradas de manera que sean otorgadas según los usos prioritarios, resguardando el consumo humano, por cierto.

En este punto, creo que es importante cuestionarnos cuando seguimos presentando proyectos de ley o propuestas para modificar el Código de Aguas para la creación de mayores embalses.

¿Se necesitan pequeños embalses? Sí. En principio, no me opongo a ello, pero quiero que nos cuestionemos cómo podemos resolver un problema tan profundo como es la crisis hídrica, primero, echando mano a la legislación vigente o actual. Para es o se requiere una buena administración del Estado y voluntad política.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Guzmán .

El señor GUZMÁN.-

Señor Presidente, primero quiero hacer un llamado de atención. Nos encontramos debatiendo respecto de facilitar la construcción de tranques para uso agrícola. Justamente, estamos quitándole burocracia al sistema en esta materia. Sin embargo, hubiese esperado que el Estado estuviese presente. Nuevamente, están ausentes el Ministerio de Obras Públicas y el Ministerio de Agricultura en un debate que claramente busca dar respuesta a los agricultores de Chile y, particularmente, a los agricultores del Maule.

Dicho eso, quiero hacer una reflexión. ¿Cuál es la visión que tenía el mundo de Chile? Chile era un país serio y responsable; un país que supo ser competitivo en el mundo y que supo posicionarse con la calidad de sus productos agrícolas.

Esa capacidad de avanzar, principalmente en las décadas de los 90 y de 2000, nos llevó a crecer, a hacer de Chile y sus productos un orgullo y una fuente de crecimiento y desarrollo. De ese país se habló y se dijo que éramos los jaguares de Latinoamérica. Pero ¿qué pasó? Parece que el jaguar se quedó dormido, y en un mundo competitivo, sobre todo cuando las condiciones climáticas cambian a cada momento, no te puedes quedar dormido. En ese mundo necesitas innovación, tecnología, modernidad, y no hay tiempo que perder. Sin embargo, en Chile lo que más se hace es perder el tiempo. El Estado, que debiese ser un colaborador en el crecimiento y en el desarrollo, se ha convertido en un monstruo de la burocracia; el emprendedor y el agricultor, en lugar de encontrar apoyo en el Estado, encuentran un enemigo y un exceso de trámites que terminan desincentivando la inversión.

Cuando el agricultor va a golpear la puerta de los servicios ligados al agro, muchas veces encuentra problemas. Cuando quiere invertir, lo hacen pasar por una serie de trámites, trámites que, en definitiva, hacen que ese agricultor no quiera generar esa tan importante y relevante inversión.

Los agricultores del Maule están agobiados, están extenuados y no ven en el Estado un colaborador para sacar adelante sus sueños y sus proyectos. Y como no ven en el gobierno esa ayuda, la encuentran en sus parlamentarios, que ponen en el centro la posibilidad de generar iniciativas de embalses pequeños y medianos, que aborden el problema de la sequía y les permitan seguir produciendo y alimentando a Chile y al mundo.

Quiero felicitar la moción de estos parlamentarios, porque responde a la necesidad de la gente, a la necesidad de los agricultores que a diario luchan con la crisis climática y la falta del recurso hídrico, y que deben tomar decisiones tan relevantes como dejar de producir cierta cantidad de hectáreas porque no tienen agua de riego.

Lo que hace este proyecto es quitarle burocracia, quitarle papeleo y quitarle trámites a la posibilidad de invertir en pequeños y medianos embalses, que resuelven el problema de la sequía en el país.

El desarrollo en Chile debe ser sustentable, debe ser amigable con el medio ambiente, pero, sobre todo, debe ser desburocratizado, debe quitarse el exceso de trámites a la agricultura, al emprendimiento y al desarrollo.

Señor Presidente, los agricultores no consumen agua, como escuché decir por ahí, sino que la transforman en esos alimentos que están presentes en todas las casas de Chile y en gran parte del mundo, cuatro veces al día, posicionando el nombre de Chile, además de generar crecimiento, inversión y desarrollo. Pero si seguimos generando exceso de burocracia, lo único que haremos será empobrecer a Chile.

Votaré favorablemente el proyecto, en la esperanza de que el gobierno entienda que también debe ser parte de este trámite legislativo.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado René Alinco .

El señor ALINCO.-

Señor Presidente, este proyecto es un caballo de Troya. Aquí, lisa y llanamente, se nos pretende engañar. El agua, supuestamente, según la Constitución, pertenece a todos los chilenos; sin embargo, los dueños son unos pocos, los que están enfrente.

Los dueños del agua en Chile pertenecen a una organización que se llama Sociedad Nacional de Agricultura, y para ellos es este proyecto. Lo digo con nombre y apellido: la Sociedad Nacional de Agricultura, hoy dirigida por el exministro de Agricultura señor Walker , que seguramente asesoró a quienes presentaron este proyecto.

-Manifestaciones en la Sala.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Por favor, estimados diputados, los llamo al orden.

El señor ALINCO.-

Señor Presidente, déjelos nomás. No me asustan.

Este proyecto fue discutido a matacaballo en la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural.

(Manifestaciones en la Sala)

El señor ALINCO.-

Sí, seguramente en esos caballos corraleros que usan estos caballeros, pero no en esos caballos de trabajo que usan los campesinos de mi tierra.

Es más, en forma muy ladina, ya que estamos hablando del campo, el diputado Coloma , por intermedio del señor Presidente, propuso a la compañera Emilia Nuyado como diputada informante. Muy ladina y maliciosa su actitud, porque todos sabemos que la compañera Nuyado representa a los indígenas de nuestro país, a los hermanos araucanos de nuestro país, y aun así querían -insisto-, en forma maliciosa más que ladina, involucrarla en este proyecto, que va a perjudicar a los pequeños y medianos campesinos de mi país, a las comunidades mapuches de mi país.

¿Acaso serán las comunidades mapuches, o el pequeño y mediano campesino, que tiene dos o cinco hectáreas, los que van a construir esas represas o embalses? No. Las van a construir los que tienen plata, los terratenientes de Chile. Lo digo así, porque todavía existen terratenientes.

Cabe preguntarse por qué este proyecto pasa tan rápido. La respuesta es una: porque están preocupados, tal vez nerviosos, de que nuestro gobierno cumpla con los compromisos de los cambios estructurales, compromisos entre los que está la nacionalización o la recuperación del agua para todos los chilenos, de manera que el Estado, a través del Ministerio de Agricultura y de los municipios, administre en forma equitativa el agua, privilegiando el consumo humano y también la agricultura. Pero que esa decisión no la tomen los que hoy, como Pérez Yoma , prefieren sembrar paltas en lugar de que los niños de Petorca tengan agua para beber.

Hago un llamado a rechazar este proyecto, que está pasando piola, que está pasando calladito, porque después nos vamos a arrepentir. No nos dejemos engañar con palabras dulces y suavecitas, como acostumbran a hacerlo los patrones de este país, esos patrones que nos han venido sobando el lomo por muchas generaciones, desde el salitre al campo patagónico, en Magallanes. Lean la historia de Magallanes y lean la historia del salitre. Las historias son las mismas, claro que con diferentes escenarios y con diferentes actores, pero las víctimas son los mismos: los salitreros de la pampa calichera y los campesinos de la Patagonia.

Hago un llamado a rechazar este proyecto, a revisarlo bien, y le pido a nuestro gobierno que, de una vez por todas, recuperemos el agua para todos los chilenos.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Viviana Delgado .

La señora DELGADO (doña Viviana).-

Señor Presidente, no podemos desconocer la crisis climática que nos golpea como humanidad, mucho menos cuando se conmemora el Día Mundial contra el Cambio Climático; cambio climático que se manifiesta, por ejemplo, en el incremento extremo de las temperaturas, en la pérdida de biodiversidad de los suelos y en la falta de disponibilidad de recursos esenciales, como el agua.

Bajo ese panorama, las características geográficas y naturales, además de la falta de prevención, posicionan a Chile como uno de los países más vulnerables ante este tipo de catástrofes.

Este proyecto, erróneamente aprobado por la Comisión de Agricultura, dispone que los embalses de capacidad superior a 250.000 metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural, tendrán facilidades para su construcción.

Si bien como diputada ambientalista entiendo el fundamento del proyecto, considero que este va directamente en contra del espíritu del estatuto ambiental, lo que debilita la institucionalidad, puesto que exime a dichas obras de la evaluación técnica de la Dirección General de Aguas, mientras que sus potenciales riesgos y efectos no serán considerados en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Aprobar este proyecto requiere necesariamente una mirada ambiental, sin perder de vista a la comunidad con la debida participación ciudadana.

Por ello, rechazaré este proyecto.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Gustavo Benavente .

El señor BENAVENTE.-

Señor Presidente, qué duda cabe de que Chile experimenta una situación de estrés hídrico importante. Por lo tanto, todas aquellas políticas que tiendan a mitigar dicha situación siempre serán positivas.

Existe consenso en contar con obras de acumulación de agua, dadas las características climáticas de nuestro país, sobre todo por las características morfológicas y geográficas de nuestro territorio, en el que tenemos buenas pendientes y buenas caídas de agua. Al mismo tiempo, tenemos inviernos más lluviosos y veranos mayoritariamente secos.

Por eso es importante que existan obras de acumulación de agua para aquellos períodos en que no va a llover y el recurso va a escasear. En tal sentido, la acumulación de agua no solo ayuda a la salud de la población, sino que también tiene mucha importancia para nuestra agricultura.

La normativa vigente representa una dificultad para las obras de acumulación de agua de menor tamaño, pues en muchos aspectos tienen que cumplir con la misma normativa de los embalses. En el caso de estos últimos, dicha dificultad sí se entiende, dado que son obras de gran envergadura que afectan muchas veces grandes extensiones de tierra y generan otros cambios en el medio ambiente.

Por ello, resulta del todo razonable que obras de menor envergadura no tengan que cumplir con la excesiva “permisología” que existe en Chile, esto es, que para construirlas no tengan que transcurrir años antes de lograr su aprobación. Este proyecto viene a corregir lo anterior, a fin de que aquellas obras de menor envergadura no queden exentas de algún trámite de aprobación, pero que la “permisología”, que a veces tanto ahoga a nuestro país, sea menor para ellas.

Voy a votar a favor este proyecto, dado que ayuda mucho a nuestra agricultura, una actividad tan importante que Chile no puede dejar de lado. La agricultura es una actividad en la cual tenemos que poner mucho énfasis. Es parte de nuestras grandes ventajas comparativas.

Por último, quiero responder al diputado Alinco -aunque no está en la Sala en este momento que el 4 de septiembre más de 8 millones de patrones de fundo, más de 8 millones de capitalistas le dijeron que no a la nacionalización del agua.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Sáez .

El señor SÁEZ.-

Señor Presidente, no hay ninguna duda de la grave crisis hídrica afecta de forma significativa tanto al consumo de hogares como a los sistemas productivos en vastos territorios del norte, centro y sur de nuestro país.

Según la World Resources Institute , Chile se encuentra entre los 18 países con mayor estrés hídrico, con una puntuación de 3.98 en un listado que lidera Catar, con una cifra de 4.97, un país eminentemente desértico.

Además, no hay duda de que la industria agrícola se encuentra entre las más afectadas por la escasez del recurso hídrico, lo que repercute en el bienestar de la salud de todos los habitantes, ya que de esa industria dependen los productos que muchas veces consumimos de manera masiva.

La pequeña y mediana agricultura es un sector importante de la economía chilena, pues representa algo así como el 20 por ciento del producto interno bruto agrícola. Sin embargo, este sector también es el más vulnerable a la escasez de agua, ya que suele operar en zonas con recursos hídricos más bien limitados.

El almacenamiento de agua es una medida importante para mitigar la escasez de la misma y asegurar su natural suministro. Sin embargo, los embalses y los tranques suelen ser costosos y requieren una gran cantidad de suelo. Además, los embalses pueden tener un impacto -lo tienen de hecho negativo en el medio ambiente producto de la pérdida de biodiversidad y de la degradación de los sistemas acuáticos al no ser tratada la cuenca en su conjunto.

Podemos apostar por el almacenamiento de agua descentralizado, por tecnologías de riego más eficientes y por un manejo de la demanda del agua para que la producción sea evidentemente más eficiente.

Los tranques son una mala idea, porque son costosos, porque requieren de una gran cantidad de suelo, por su impacto ambiental negativo y porque no son una solución sostenible a largo plazo.

Dado que estamos ante una crisis hídrica evidente, es importante que las soluciones tengan un sentido de Estado, de política pública. Este proyecto solamente agudiza la crisis hídrica, porque se salta de manera mañosa toda la institucionalidad que existe precisamente para cautelar la seguridad en el abastecimiento del recurso.

Esta iniciativa es ambientalmente regresiva, transgrede el principio precautorio y genera una enorme incertidumbre en relación con la seguridad de terceros y los impactos ambientales que ese tipo de obras pudieran llegar a generar.

A la fecha, ese tipo de infraestructura está sujeta a la autorización de la Dirección General de Aguas, y lo que hace este proyecto es prácticamente desmembrar la capacidad de la DGA de generar normativa, de asegurarse de la seguridad en la construcción de dichas infraestructuras y de cautelar el buen uso de un recurso evidentemente escaso.

Esta iniciativa legal no considera aspectos relativos a la actual crisis climática, que solo se va a agudizar en los siguientes años. Además, choca de lleno con una ley que aprobó este Congreso Nacional de manera prácticamente unánime, que es la Ley Marco de Cambio Climático.

Este es un proyecto hecho a la medida de un gremio empresarial. No me extrañaría que haya sido la Sociedad Nacional de Agricultura la que haya redactado este proyecto de ley, y que haya pasado como una iniciativa parlamentaria de buena ocurrencia. En verdad, este es un proyecto de ley irresponsable, pues no considera toda la serie de variables que hay que atender cuando hablamos de agua. En efecto, en ninguna parte se refiere a la gestión de cuencas, una cuestión tan evidente.

El diputado Francisco Pulgar mencionó hace unos minutos cómo está intervenido el cauce del río Maule. Si nos vamos más al sur, veremos que lo mismo ocurre con el río Ñuble y, más al sur, con el río Biobío. Así vamos sumando y así vamos degradando cuencas que son tremendamente importantes para el sostén de la vida misma.

Por esa razón, este proyecto, disfrazado de buena intención, es muy peligroso y tremendamente nocivo, y lo que corresponde en responsabilidad es rechazarlo.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Ha concluido el Orden del Día.

La discusión de este proyecto queda pendiente para una próxima sesión.

1.4. Discusión en Sala

Fecha 17 de enero, 2024. Diario de Sesión en Sesión 132. Legislatura 371. Discusión General. Se aprueba en general.

MODIFICACIÓN DE CÓDIGO DE AGUAS PARA FACILITAR CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 16193-01) [CONTINUACIÓN]

El señor MIROSEVIC (Presidente accidental).-

Corresponde continuar con la discusión del proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código de Aguas con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, correspondiente al boletín N° 16193-01.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

El informe de este proyecto ya fue rendido en la Sala.

Antecedentes:

-La discusión del proyecto de ley se inició en la sesión 96ª de la presente legislatura, en martes 24 de octubre de 2023, ocasión en que se rindió el informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural.

El señor MIROSEVIC (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Camila Musante .

La señorita MUSANTE (doña Camila) .-

Señor Presidente, reforzaré nuevamente algo que he dicho en varias ocasiones en la Sala. Me van a disculpar mis colegas si parezco disco rayado, pero creo que cuando presentamos proyectos de ley sin revisar primero el cumplimiento de las actuales normas, lo que hacemos es generar un superávit legislativo que en nada es positivo para nuestra función legisladora ni para el país.

¿Qué quiero decir con esto? Que muchas iniciativas se presentan como una solución, una salida, una alternativa a la crisis hídrica en Chile y a la escasez del recurso hídrico para distintos tipos de actividades, ya sean de carácter agrícola, para el consumo humano o con fines industriales.

En ese sentido, nuevamente quiero hacer hincapié en que ojalá en algún momento tomen en consideración desde el Ejecutivo lo que hemos señalado respecto de hacer uso de lo que establece el Código de Aguas en relación con los derechos de aprovechamiento que no se utilizan y que no pagan sus patentes por no uso.

Dije muchas veces la palabra “no”.

Cuando existen derechos de aprovechamiento de aguas que no se utilizan, y por otro lado decimos que hoy no hay suficientes recursos para la agricultura ni para el consumo humano, no se entiende que se presenten más y más iniciativas legislativas en esta línea.

De verdad, creo que estamos generando un superávit legislativo en esta materia, cuando hoy en día, si el Ministerio de Obras Públicas decidiera otorgar presupuesto a la Dirección General de Aguas para asignarse los derechos de aprovechamiento que salen a remate, el Estado tendría muchísimos más recursos hídricos para asignar, según los usos prioritarios que se establecieron en la reforma del año 2021.

Nuevamente pido disculpas por parecer disco rayado, porque esto lo he repetido en un montón de ocasiones: nuestro ejercicio de generar un superávit legislativo no es bueno para la función que cumplimos en el Congreso Nacional, y normas que dan salida a la crisis ya existen.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Marta Bravo .

La señora BRAVO (doña Marta).-

Señor Presidente, el objetivo de este proyecto es modificar el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, lo cual me parece una medida muy positiva dentro de las políticas públicas necesarias para enfrentar la crisis hídrica que experimentamos como país desde hace ya varios años.

El agua es un bien esencial para el buen uso del sector agrícola, el cual a su vez es fundamental para asegurar los alimentos a la población, como bien todos sabemos.

Por eso es tan importante contar con obras de acumulación de agua de menor tamaño en el sector agrícola. Para ello, el proyecto elimina la burocracia que existe actualmente para autorizar su construcción, ya que dichas obras, según la normativa vigente, se elevan a la categoría de embalses.

Voy a apoyar esta iniciativa pues el rubro agrícola requiere que desde el Congreso Nacional le otorguemos soporte y soluciones reales para enfrentar la crisis, especialmente en las regiones que fueron afectadas potentemente por las inundaciones del pasado invierno, como lo fue mi Región de Ñuble.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb .

El señor RATHGEB.-

Señor Presidente, lo señaló quien acaba de intervenir: se requiere abordar la complejidad que provocan situaciones como la ocurrida en el invierno recientemente pasado.

Los embalses no solamente pueden producir el efecto de acumular el agua que en invierno cae en forma abundante en algunos sectores, lo que permite regar extensiones agrícolas importantes para abastecer de alimentos de buena calidad a la población, sino que también permiten en algunos lugares acopiar el agua que en algún momento baja en forma exagerada -por así decirlo desde la cordillera, lo que da cierta seguridad a algunos sectores poblacionales.

Por lo tanto, cuando se habla de este tipo de iniciativas, no solamente se está pensando en la producción agrícola propiamente tal, que es claramente necesaria en nuestro país, pues la acumulación de agua garantiza que terrenos que tienen la característica de cultivables puedan producir alimentos en mejores condiciones -no hablo solamente de sectores de secano, por así decirlo, sino también de aquellos que permitan ser regados y, con ello, entregar mejores alimentos-, sino también, como ya señalé, en dar cierta seguridad a la población.

Es en lo anterior donde se puede encontrar la particularidad de este proyecto. Seguramente, en su momento, esta iniciativa surgió solamente con el objetivo de permitir embalsar agua dulce para que fuera destinada a actividades agrícolas; sin embargo, después de lo ocurrido en el invierno recientemente pasado, este proyecto también dará cierta tranquilidad a determinados lugares, pues permitirá evitar que el agua, que es tan necesaria y que es parte de la vida, sea un elemento que atente contra la vida y la integridad física de las personas y las propiedades de quienes habitan en distintos lugares.

Votaremos favorablemente esta iniciativa para que se convierta en ley de la república.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Lilayu .

El señor LILAYU.-

Señor Presidente, pese a las anomalías climáticas de los últimos meses, Chile experimenta desde hace años una situación de déficit hídrico importante, lo que exige que las políticas públicas avancen hacia medidas de prevención y mitigación de sus efectos.

La escasez de este vital elemento puede acarrear problemas de salud pública, como la afectación del agua para consumo humano y para el saneamiento, así como problemas en la producción de ciertos bienes y servicios que dependen del agua para su funcionamiento.

El sector agrícola es uno de los más afectados por el déficit hídrico, lo que tiene impacto evidente no solo en el funcionamiento de este sector productivo, sino, incluso, en el acceso al alimento por parte de la población.

En el distrito 25, que represento, el distrito de la carne y la leche, particularmente en el sector agrícola, debo recalcar la relevancia de contar con obras de menor tamaño para lograr acumular agua de manera diferente a los embalses, cuya complejidad e impacto requieren, sin duda, una mayor fiscalización. Así me lo han manifestado agrupaciones de pequeños agricultores que ven en este mecanismo una forma de mejorar su producción de forma natural, producción que ha disminuido más de 7 por ciento en 2023, lo que afectó la producción de leche, frutas y verduras. Es algo lógico decir que la leche tiene mucho que ver con el agua; si las vacas no tienen agua para consumir, no producen leche.

La normativa vigente representa una dificultad en materia de otorgamiento de permisos para la construcción de obras de acumulación de agua de menor tamaño. Es el caso de los tranques de uso agrícola, pues hoy son considerados genéricamente dentro de la categoría de embalses, lo que, en consecuencia, implica una traba burocrática y un retraso importante para su construcción.

Claramente voy a votar a favor esta iniciativa.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Felipe Camaño .

El señor CAMAÑO.-

Señor Presidente, quiero partir con la siguiente frase: si el campo muere, la ciudad no come. Eso es lo que actualmente está pasando.

Lamentablemente, nuestros sectores rurales, el mundo agrícola, están sufriendo una grave crisis. La falta de agua está haciendo estragos con todas las producciones agrícolas.

Por eso creo que este tipo de proyectos le hacen bien al país. Le hacen bien porque nos preocupamos de algo tan vital como es el agua para poder regar todos los sembrados, cuyos productos llegan a nuestras mesas.

Quiero hacer hincapié en una situación puntual que está pasando en nuestra Región de Ñuble. Lamentablemente, existe un grupo de regantes, conocidos como los regantes “blancos”, que llevan 20 años esperando que el Estado les entregue el riego. Son 1.800 agricultores a quienes su solicitud se les ha tramitado gobierno tras gobierno. ¿Por qué saco este hecho a colación? Porque la propia DGA, a propósito de que esos regantes están esperando desde hace tantos años, de un momento a otro, sin antecedentes previos, entregó cerca de 10.000 hectáreas de riego a los canalistas del canal Zañartu . Reitero: 10.000 hectáreas de riego adicionales. Imagínense. Sin embargo, los regantes blancos llevan años esperando.

Por tanto, el agua no puede ser entregada a unos y ser cortada a otros. Creo que hay que ser muy responsable al momento de entregar este recurso vital, y sobre todo hay que apoyar para que la agricultura cuente con él.

La iniciativa que hoy estamos tratando, que busca facilitar la construcción de tranques agrícolas, es muy necesaria, porque en las regiones cada día estamos viendo cómo el agua cada vez se hace mucho más escasa.

Voy a apoyar este proyecto, porque no solamente tenemos que preocuparnos de lo que está pasando hoy, sino también del desastre que va a pasar en el futuro si no nos hacemos cargo de esta situación.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Héctor Barría .

El señor BARRÍA.-

Señor Presidente, en nuestra Región de Los Lagos, si bien no existe una cultura de canalistas o del uso de tranques, ello es algo que será inevitable a corto plazo.

En la región tenemos una situación de déficit hídrico que cada año está afectando más y más a la agricultura, a la ganadería, pero también a la supervivencia, por diversas circunstancias. Por ejemplo, la gente que tiene que irse a vivir a los sectores rurales, por no encontrar una solución en la ciudad, también necesita de agua potable rural.

Por lo tanto, qué bueno que avancemos en esta iniciativa, que facilita la construcción de tranques de uso agrícola. No obstante -conversé al respecto con el diputado Undurraga -, hay que poner mucha atención en que esto no puede ser para la chacota. También hay que cumplir con ciertas medidas, con ciertas normas, porque generar construcciones sin algunos vistos buenos o sin algunas autorizaciones, podría provocar problemas a quienes viven alrededor de los tranques que se construyan. Deben tomarse algunos resguardos.

Hay que partir, por supuesto, de la base de que las cosas hay que realizarlas; pero también hay que mejorarlas, para que no sean un problema, sino una solución.

En la misma línea, comparto lo señalado por el diputado Camaño en cuanto a que el agua debe estar disponible para la gente, de manera que tenemos que terminar con los abusos. El agua acumulada en esos tranques no puede estar disponible solo para algunos, en desmedro de la gran mayoría que la requiere, como los pequeños agricultores y las familias que viven en los sectores rurales.

Por lo tanto, votemos a favor esta iniciativa, a fin de que sea mejorada en la comisión técnica respectiva.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Felipe Donoso .

El señor DONOSO.-

Señor Presidente, el agua es vital para la agricultura, para la vida humana y para la alimentación. De allí que cuando se comienzan a rigidizar las normas a un punto tal que los agricultores, para hacer un embalse de mediano tamaño, deben solicitar las mismas autorizaciones que se exigen para construir un embalse de una central hidroeléctrica, de una industria importante, con trámites que no llegan a ser reales para un agricultor, lo que en definitiva estamos haciendo es impedir el buen uso del agua, impedir que las personas puedan acumular agua en invierno o durante la noche, con el objeto de dar mejor uso a un recurso que es escaso y que en muchos lugares de Chile supone una dificultad que hace imposible el cultivo de distintos productos.

Por eso es bueno alivianar esa carga y que los agricultores tengan la posibilidad de construir tranques de mediano tamaño sin la burocracia que les está siendo exigida, pero con la seguridad suficiente que se requiere.

Al respecto, nos habría gustado que el Ejecutivo patrocinara algunas indicaciones para dotar de atribuciones, por ejemplo, a la Dirección de Obras para autorizar la construcción de tranques, a fin de dar seguridad a estas obras. Lamentablemente, el Ejecutivo no se hizo parte durante la tramitación de este proyecto y este continuó su curso. Esperamos que la iniciativa siga avanzando, porque es esencial para la agricultura, para el desarrollo del país y para que los alimentos estén disponibles a precios razonables. Para ello es fundamental la construcción de tranques de uso agrícola, porque permitirán continuar con la producción de alimentos para la población y que el agua se convierta en vida. Así seguiremos dándole vida a la agricultura en Chile.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Camila Flores .

La señora FLORES (doña Camila).-

Señor Presidente, parto mi intervención valorando enormemente este proyecto, pues sin duda alguna viene a reconocer una realidad que vivimos quienes representamos regiones o distritos con vocación agrícola. La agricultura está cada vez con más problemas y complejidades en nuestro país, a propósito de la sequía que vivimos en algunas regiones, particularmente en la Región de Valparaíso, que represento.

¡Pucha que cuesta ser agricultor! Cuesta mucho poder generar que las nuevas generaciones también quieran seguir con esta actividad tan bonita, pero que es tan esforzada y que tanto cuesta. Los agricultores son unos enamorados de su actividad. No saben de descanso con tal de poder trabajar la tierra todos los días.

Sin duda alguna, el Estado tiene que contribuir y apoyar también a estos particulares en aquello que está fuera de su alcance, lo que tiene que ver precisamente con el objeto de este proyecto, como es la facilitación de la construcción de tranques de uso agrícola. Sin agua no hay agricultura, y sin agricultura no hay seguridad alimentaria, de modo que la falta de embalses y las consecuencias que esto puede generar son, sin duda alguna, gravísimas.

La construcción de tranques, en algunos casos también los embalses, demora mucho tiempo; su construcción tarda años. De allí que es lamentable que, en años lluviosos, como el 2023, no haya estado construido este tipo de infraestructura hídrica. Duele ver cómo se pierde esa agua que, sin duda alguna, se podría encauzar a través de la acumulación en estos tranques. Por eso es importante que este tipo de tranques se construyan, ojalá, en el más breve plazo posible, y tengamos la mayor cantidad posible, porque generan un efecto positivo en la economía nacional.

Quiero rescatar y reconocer lo que hacen algunas comunidades agrícolas cuando tienen estos tranques o embalses: apoyan con agua a los sistemas de agua potable rural, conocidos, por la nueva norma, como los servicios sanitarios rurales. En muchas ocasiones, se ven favorecidos con la construcción de estos embalses porque existe un trabajo colaborativo entre agricultores y dirigentes de las APR, lo que es sumamente importante.

Creo que hay un consenso bastante generalizado en cuanto a que el primer uso del agua debe ser para el consumo humano, pero también se necesita la seguridad alimentaria, pero para eso necesitamos tener agricultura, que necesita contar con agua.

Por lo tanto, valoro este proyecto. Creo que elimina un poco la burocracia estatal de estos proyectos tan necesarios y, ojalá, tengamos la mayor cantidad posible en todo el territorio de nuestro país y en el más breve plazo. Así es que lo estaremos apoyando y con mucho gusto.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Clara Sagardía .

La señora SAGARDÍA (doña Clara).-

Señor Presidente, votaré en contra este proyecto, ya que es atentatorio respecto del rol garante del Estado al eximir de la evaluación técnica de la Dirección General de Aguas obras de envergadura tal que su eventual colapso puede significar riesgo para la población y para la infraestructura de terceros, así como potenciales efectos ambientales no evaluados en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Este proyecto busca modificar el artículo 294 del Código de Aguas, que actualmente señala que se requiere de la aprobación de la Dirección General de Aguas la construcción de obras sobre embalses de capacidad superior a 50.000 litros cúbicos o con una altura de cinco metros. Sin embargo, este proyecto de ley pretende modificar dicha normativa, dejando solo aquellos embalses de capacidad superior a 250.000 litros cúbicos y un muro de 15 metros de altura, quedando efectos a dicha aprobación, obviando las normas ambientales y, por sobre todo, los impactos o las consecuencias negativas que esto pueda traer a la población.

Lo que se pretende con este proyecto de ley es restringir la autorización de la Dirección General de Aguas y también la evaluación de impacto ambiental de estas obras, lo que generará inseguridad en la construcción y en el uso de dichas obras. Dichos embalses deben pasar por la autorización de estos organismos técnicos, dado su riesgo sobre la población e infraestructura o la contaminación de las aguas. Requieren un tratamiento técnico especial que el legislador ha entregado a la Dirección General de Aguas. Tal es el riesgo que representan estas obras para la seguridad de terceros y para el medio ambiente que la ley no distingue si se desarrollan o construyen sobre un cauce natural o no, toda vez que, por sí solas, representan un gran riesgo.

Lamentablemente, este proyecto quiere obviar dichas autorizaciones, sin importarle el riesgo para la seguridad de la población.

Es cierto que necesitamos tener fuentes de agua. También es cierto que las personas ya están yéndose de las ciudades a las zonas rurales, pero eso no significa que, a tontas y a locas, tengamos que hacer proyectos que no van a solucionar una situación y suponen un problema para el medio ambiente, que también es problema de todos.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente accidental).

No hay más inscritos intervenir. Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola.

Hago presente a la Sala que el proyecto trata materias propias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 81 votos; por la negativa, 46 votos. Hubo 9 abstenciones.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa:

Aedo Jeldres, Eric , Cifuentes Lillo , Ricardo, Lee Flores , Enrique , Pulgar Castillo , Francisco , Ahumada Palma , Yovana , Coloma Álamos, Juan Antonio , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Alessandri Vergara , Jorge , Concha Smith, Sara , Malla Valenzuela , Luis , Raphael Mora , Marcia , Araya Lerdo de Tejada, Cristián , Cornejo Lagos , Eduardo , Martínez Ramírez , Cristóbal , Rathgeb Schifferli , Jorge , Arroyo Muñoz , Roberto , De Rementería Venegas , Tomás , Marzán Pinto , Carolina , Rey Martínez, Hugo , Barchiesi Chávez , Chiara , Del Real Mihovilovic , Catalina , Matheson Villán , Christian , Romero Leiva , Agustín , Barría Angulo , Héctor , Donoso Castro , Felipe , Medina Vásquez , Karen , Romero Sáez , Leonidas , Becker Alvear , Miguel Ángel , Durán Espinoza , Jorge , Mellado Suazo , Miguel , Romero Talguia , Natalia , Beltrán Silva , Juan Carlos , Durán Salinas , Eduardo , Meza Pereira , José Carlos , Saffirio Espinoza , Jorge , Benavente Vergara , Gustavo , Flores Oporto , Camila , Morales Maldonado , Carla , Sánchez Ossa , Luis , Berger Fett , Bernardo , Fuenzalida Cobo, Juan , Moreira Barros , Cristhian , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bernales Maldonado , Alejandro , González Villarroel , Mauro , Moreno Bascur , Benjamín , Schalper Sepúlveda , Diego , Bobadilla Muñoz , Sergio , Guzmán Zepeda , Jorge , Muñoz González , Francesca , Schubert Rubio , Stephan , Bórquez Montecinos , Fernando , Irarrázaval Rossel, Juan , Naveillan Arriagada , Gloria, Soto Mardones, Raúl , Bravo Salinas , Marta , Jürgensen Rundshagen , Harry , Ojeda Rebolledo , Mauricio , Sulantay Olivares, Marco Antonio , Calisto Águila , Miguel Ángel , Kaiser Barents-Von Hohenhagen , Johannes , Olivera De La Fuente , Erika , Trisotti Martínez , Renzo , Camaño Cárdenas , Felipe , Labbé Martínez , Cristian , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Undurraga Gazitúa , Francisco , Carter Fernández , Álvaro , Labra Besserer , Paula , Oyarzo Figueroa , Rubén Darío , Videla Castillo , Sebastián , Castro Bascuñán , José Miguel , Lagomarsino Guzmán , Tomás , Pérez Cartes , Marlene , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Celis Montt , Andrés , Leal Bizama , Henry , Pérez Olea , Joanna , Weisse Novoa , Flor , Cid Versalovic , Sofía

-Votaron por la negativa:

Acevedo Sáez , María Candelaria , Delgado Riquelme , Viviana , Nuyado Ancapichún , Emilia , Sagardía Cabezas, Clara , Araya Guerrero , Jaime , Fries Monleón , Lorena , Ñanco Vásquez , Ericka , Santana Castillo, Juan , Arce Castro , Mónica , Gazmuri Vieira , Ana María , Orsini Pascal , Maite , Santibáñez Novoa , Marisela , Astudillo Peiretti , Danisa , Giordano Salazar , Andrés , Pérez Salinas , Catalina , Schneider Videla , Emilia , Barrera Moreno , Boris , González Gatica , Félix , Pizarro Sierra , Lorena , Serrano Salazar , Daniela , Bello Campos , María Francisca , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Placencia Cabello , Alejandra , Tapia Ramos , Cristián , Bravo Castro , Ana María , Ibáñez Cotroneo , Diego , Ramírez Pascal , Matías , Ulloa Aguilera , Héctor , Brito Hasbún , Jorge , Ilabaca Cerda , Marcos , Riquelme Aliaga , Marcela , Undurraga Vicuña , Alberto , Bulnes Núñez , Mercedes , Melo Contreras , Daniel , Rojas Valderrama , Camila , Venegas Salazar , Nelson , Cariola Oliva , Karol , Mix Jiménez , Claudia , Rosas Barrientos , Patricio , Winter Etcheberry , Gonzalo , Castillo Rojas , Nathalie , Morales Alvarado , Javiera , Sáez Quiroz , Jaime , Yeomans Araya , Gael , Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto , Musante Müller , Camila

-Se abstuvieron:

Bianchi Chelech , Carlos , Leiva Carvajal, Raúl , Naranjo Ortiz , Jaime , Soto Ferrada , Leonardo , Bugueño Sotelo , Félix , Mellado Pino , Cosme , Sepúlveda Soto , Alexis , Veloso Ávila , Consuelo , González Olea , Marta

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Por haber sido objeto de indicaciones, el proyecto vuelve a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural para su discusión particular.

1.5. Boletín de Indicaciones

Fecha 17 de enero, 2024. Boletín de Indicaciones

Oficio N°19.195

VALPARAÍSO, 17 de enero de 2024

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, SILVICULTURA Y DESARROLLO RURAL

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, aprobó en general el proyecto de ley que modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, correspondiente al boletín N°16.193-01.

Por haber sido objeto de indicaciones, que se adjuntan, me permito remitir la totalidad de los antecedentes para que la comisión que US. preside emita el segundo informe, de conformidad con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 130 del reglamento de la Corporación.

Hago presente que la Sala aprobó en general esta iniciativa por 81 votos a favor, de un total de 154 diputados en ejercicio.

Lo que tengo a honra comunicar por orden del señor Presidente de la Cámara de Diputados.

Dios guarde a US.

RAFAEL RUZ PARRA

Abogado Oficial Mayor (S) de Secretaría

INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DE AGUAS, CON EL OBJETO DE FACILITAR LA CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA Boletín N°16.193-01

ARTÍCULO 1

NUMERAL 1

1. De la diputada Daniella Cicardini y del diputado Daniel Manouchehri.

Reemplázase por el siguiente:

“1. Reemplázase el inciso primero del artículo 294 del Código de Aguas por el siguiente:

“Artículo 294.- Requerirán la aprobación del director General de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo, la construcción de las siguientes obras:

1. Embalses.

2. Acueductos.

3. Canoas y sifones que crucen cauces naturales.

Un reglamento establecerá los umbrales o categorías que quedaran sometidos al presente permiso sectorial de obras.”.

2. De las diputadas Ericka Ñanco, Carolina Tello Daniella Cicardini y Emilia Nuyado y de los diputados Jaime Sáez y Daniel Manouchehri.

Reemplázase el literal a) propuesto por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura. Los embalses exentos de autorización del Director de la Dirección General de Aguas, de conformidad a este literal y cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos e inferior a cien mil metros cúbicos, deberán ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, conforme lo previsto en el artículo 10 letra a) de la ley N°19.300.”.

3. De las diputadas Marcela Riquelme, María Francisca Bello y del diputado Diego Ibáñez.

Reemplázase el literal a) propuesto por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura.”.

4. De las diputadas Daniella Cicardini y Emilia Nuyado y del diputado Daniel Manouchehri.

Reemplázase el literal a) propuesto por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro no supere los diez metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”.

NUMERAL NUEVO

5. De la diputada Daniella Cicardini y del diputado Daniel Manouchehri.

Intercálase en el inciso segundo del artículo 294 del Código de Aguas, entre la expresión “Ministerio de Obras Públicas” y el punto y seguido, lo siguiente: “y los embalses, tranques o depósitos cuya revisión y autorización corresponda al Servicio Nacional de Geología y Minería”.

NUMERAL 2

6. De las diputadas Marcela Riquelme, María Francisca Bello y del diputado Diego Ibáñez.

Reemplazase el inciso final propuesto por el siguiente:

“Los propietarios de embalses que se encuentren exentos de aprobación, de conformidad a lo previsto en la letra a) del inciso primero de este artículo, deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, dentro del plazo de seis meses, contado desde la recepción final de la obra. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.

7. De las diputadas Ericka Ñanco, Carolina Tello y del diputado Jaime Sáez

Solicitud de votación separada.

NUMERAL NUEVO

8. De las diputadas Daniella Cicardini y Emilia Nuyado y del diputado Daniel Manouchehri

Incorpórase en el artículo 294 del Código de Aguas un nuevo inciso final:

“Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso precedente, aquellos embalses cuya capacidad sea superior a cien mil metros cúbicos, sólo podrán ejecutarse en aquellas cuencas que cuenten con su respectivo Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, elaborados en los términos señalados en el artículo 13de la Ley Nº21.455 Marco de Cambio Climático.”.

ARTÍCULO 2

9. De las diputadas Daniella Cicardini, Emilia Nuyado, Ericka Ñanco, Marcela Riquelme, María Francisca Bello, Carolina Tello y de los diputados Jaime Sáez, Diego Ibáñez y Daniel Manouchehri.

Solicitud de votación separada.

***

1.6. Segundo Informe de Comisión de Agricultura

Cámara de Diputados. Fecha 08 de marzo, 2024. Informe de Comisión de Agricultura en Sesión 1. Legislatura 372.

?SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, SILVICULTURA Y DESARRROLLO RURAL RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DE AGUAS, CON EL OBJETO DE FACILITAR LA CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA.

BOLETÍN N° 16.193-01

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural pasa a informar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en una moción de las diputadas Marta Bravo Salinas, Natalia Romero Talguia y Flor Weisse Novoa y de los diputados Gustavo Benavente Vergara, Juan Antonio Coloma Álamos (A), Eduardo Cornejo Lagos, Felipe Donoso Castro, Juan Fuenzalida Cobo, Cristóbal Martínez Ramírez y Marco Antonio Sulantay Olivares.

I. ANTECEDENTES.

El proyecto en informe fue aprobado por la Comisión, en el primer trámite constitucional y reglamentario, siendo sometido al conocimiento de la Sala, la que lo aprobó en general en la sesión 132ª/371, ocasión en la que se presentaron indicaciones que originaron su envío a esta Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, con el objeto que despache las señaladas indicaciones y emita el respectivo segundo informe.

Junto con las indicaciones presentadas en Sala, se presentaron también indicaciones por parte de los miembros de la Comisión, las que fueron finalmente examinadas en su sesión N° 111, de fecha 5 de marzo de 2024.

II.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 303 del reglamento de la Corporación, se deja constancia de lo siguiente:

1) Artículos que no han sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.

Los dos artículos del proyecto fueron objeto de indicaciones.

2) Normas de quórum especial.

La iniciativa legal en informe no posee normas de quórum especial.

3) Artículos suprimidos.

Ninguno.

4) Artículos modificados.

El artículo 1 fue modificado en su numeral 2, producto de una indicación aprobada por la unanimidad de la Comisión.

5) Artículos nuevos introducidos.

Ninguno.

6) Normas que requieran trámite de Hacienda.

El proyecto de ley no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.

7) Indicaciones rechazadas por la Comisión.

Las siguientes indicaciones, todas ellas formuladas al artículo 1° del proyecto, fueron rechazadas durante su discusión en segundo trámite reglamentario ante la Comisión:

1. De la diputada Cicardini y del diputado Manouchehri, al numeral 1:

- Reemplázase por el siguiente:

“1. Reemplázase el inciso primero del artículo 294 del Código de Aguas por el siguiente:

“Artículo 294.- Requerirán la aprobación del director General de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo, la construcción de las siguientes obras:

1. Embalses.

2. Acueductos.

3. Canoas y sifones que crucen cauces naturales.

Un reglamento establecerá los umbrales o categorías que quedaran sometidos al presente permiso sectorial de obras.”.

(Rechazada por 5 votos a favor, 7 en contra y 1 abstención).

2. De las diputadas Ñanco, Tello, Cicardini y Nuyado y de los diputados Sáez y Manouchehri, al numeral 1:

- Reemplázase el literal a) propuesto por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura. Los embalses exentos de autorización del Director de la Dirección General de Aguas, de conformidad a este literal y cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos e inferior a cien mil metros cúbicos, deberán ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, conforme lo previsto en el artículo 10 letra a) de la ley N°19.300.”.

(Rechazada por 6 votos a favor y 7 en contra).

3. De las diputadas Riquelme, Bello y del diputado Ibáñez, al numeral 1:

- Reemplázase el literal a) propuesto por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura.”.

(Rechazada por 6 votos a favor y 7 en contra).

4. De las diputadas Cicardini y Nuyado y del diputado Manouchehri, al numeral 1:

- Reemplázase el literal a) propuesto por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro no supere los diez metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”.

(Rechazada por 6 votos a favor y 7 en contra).

5. De la diputada Nuyado, al numeral 1:

- Reemplázase el numeral primero por el siguiente:

“1.- Sustitúyese, su literal a) por el siguiente:

a) Los embalses que se construyan en un cauce natural, de capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses de capacidad superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”.

(Rechazada por 6 votos a favor y 7 en contra).

6. De la diputada Cicardini y del diputado Manouchehri (numeral nuevo):

- Intercálase en el inciso segundo del artículo 294 del Código de Aguas, entre la expresión “Ministerio de Obras Públicas” y el punto y seguido, lo siguiente: “y los embalses, tranques o depósitos cuya revisión y autorización corresponda al Servicio Nacional de Geología y Minería”.

(Rechazada por 6 votos a favor y 7 en contra).

7. De las diputadas Riquelme, Bello y del diputado Ibáñez al numeral 2:

- Reemplázase el inciso final propuesto por el siguiente:

“Los propietarios de embalses que se encuentren exentos de aprobación, de conformidad a lo previsto en la letra a) del inciso primero de este artículo, deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, dentro del plazo de seis meses, contado desde la recepción final de la obra. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.

(Rechazada por 6 votos a favor y 7 en contra).

8. De la diputada Nuyado:

- Reemplázase el numeral segundo por el siguiente:

“2. Incorpórase el siguiente inciso final:

“Los administradores o propietarios de embalses que se encuentren fuera del cauce natural y de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de tres meses de iniciar su construcción. Asimismo, dentro del plazo de seis meses contados desde la recepción final de las obras ante la autoridad competente deberá remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e incorporación en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.”

(Rechazada reglamentariamente por resultar incompatible con lo aprobado).

9. De las diputadas Cicardini y Nuyado y del diputado Manouchehri (numeral nuevo):

- Incorpórase en el artículo 294 del Código de Aguas un nuevo inciso final:

“Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso precedente, aquellos embalses cuya capacidad sea superior a cien mil metros cúbicos, sólo podrán ejecutarse en aquellas cuencas que cuenten con su respectivo Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, elaborados en los términos señalados en el artículo 13de la Ley Nº21.455 Marco de Cambio Climático.”.

(Rechazada por 6 votos a favor y 7 en contra).

8) Reservas de constitucionalidad.

No se formularon reservas de constitucionalidad durante la tramitación de las indicaciones presentadas en el segundo trámite reglamentario.

III. MODIFICACIONES AL TEXTO APROBADO EN GENERAL.

La Comisión, producto de la tramitación verificada en este segundo trámite reglamentario, aprobó las siguientes modificaciones al texto aprobado en general por la Sala:

Al numeral 2 del artículo 1°

En el inciso final que se propone incorporar en el artículo 294 del Código de Aguas:

- Suprimió la frase “antes de iniciar su construcción”.

- Agregó, entre la expresión “Catastro Público de Aguas” y el punto y seguido que le sucede, la siguiente frase: “, a más tardar a los tres meses después de terminada la obra”.

IV. DISCUSIÓN PARTICULAR.

El texto vigente que se propone modificar es el artículo 294 del Código de Aguas, del siguiente tenor:

“ARTICULO 294°.- Requerirán la aprobación del Director General de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo, la construcción de las siguientes Obras:

a) Los embalses de capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5m. de altura;

b) Los acueductos que conduzcan más de dos metros cúbicos por segundo;

c) Los acueductos que conduzcan más de medio metro cúbico por segundo, que se proyecten próximos a zonas urbanas, y cuya distancia al extremo más cercano del límite urbano sea inferior a un kilómetro y la cota de fondo sea superior a 10 metros sobre la cota de dicho límite, y

d) Los sifones y canoas que cumplan con las características señaladas en las letras b) o c) precedentes que crucen cauces naturales.

Quedan exceptuados de cumplir los trámites y requisitos a que se refiere este artículo, los Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas. Estos Servicios deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, dentro del plazo de seis meses, contado desde la recepción final de la obra.”.

El texto del proyecto de ley aprobado en el primer trámite reglamentario por la Comisión, y también en general por la Sala, es el siguiente:

“Artículo 1º: Modifícase el artículo 294 del Código de Aguas en el siguiente sentido:

1. Sustituyese, su literal a) por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”.

2. Incorpórase el siguiente inciso final:

“Los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.

Las indicaciones presentadas, tanto en Sala como en la misma comisión, son las siguientes:

Indicación 1. De la diputada Cicardini y del diputado Manouchehri, al numeral 1.

- Reemplázase por el siguiente:

“1. Reemplázase el inciso primero del artículo 294 del Código de Aguas por el siguiente:

“Artículo 294.- Requerirán la aprobación del director General de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo, la construcción de las siguientes obras:

1. Embalses.

2. Acueductos.

3. Canoas y sifones que crucen cauces naturales.

Un reglamento establecerá los umbrales o categorías que quedaran sometidos al presente permiso sectorial de obras.”.

La diputada Naveillán indicó que la indicación implicaría que cualquier obra que acumule incluso poca agua estaría sujeta a la aprobación del Director General de Aguas, un cargo que percibe más político que técnico, por lo que prefiere la redacción original del proyecto que deja a salvo de dicha autorización aquellos embalses con capacidad superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.

Por su parte, el diputado Donoso cuestionó la admisibilidad de la indicación puesto que, en su opinión, generaría atribuciones al Director General de Aguas.

A requerimiento del Presidente de la Comisión, el abogado secretario de la Comisión, señor Carlos Cámara, sostuvo que, a su juicio, el artículo señala unos requisitos para que el DGA pueda ejercer sus facultades más que generación de nuevas facultades.

El diputado Coloma, Presidente accidental, declaró admisible la indicación.

El señor Rodrigo Sanhueza, Director General de Aguas, explicó que el artículo 294, letras a) hasta d), establece ciertos parámetros sobre volúmenes de almacenamiento y alturas para embalses, y que la indicación en cuestión establece que un reglamento dictado por la Dirección General de Aguas (DGA) definirá los umbrales para la aprobación de obras por parte de dicha autoridad.

Respecto de lo señalado por la diputada Naveillán, enfatizó que la aprobación del director general se basa en un informe técnico, no es una decisión arbitraria y, por su parte, resaltó la importancia de garantizar la seguridad de las obras y su beneficio para los usuarios y la ciudadanía en general, como asimismo, considerar aspectos como la población, la infraestructura y el medio ambiente al evaluar este tipo de obras, considerando que pueden estar construidas dentro o fuera de cauces, subrayando la necesidad de revisar la seguridad que brindan estas obras a la población y su impacto en el medio ambiente y la biodiversidad.

El diputado Moreno sostuvo que cualquier intervención en un cauce, como cambiar un punto de captación o un canal, requiere un permiso independientemente del volumen de agua que se pretenda manejar, por lo que aumentar el límite de almacenamiento de embalses de 50.000 a 250.000 metros cúbicos no permitiría intervenir un cauce sin permiso, lo cual considera una idea confusa y que no se ajusta a la legislación existente.

Agregó que, a su juicio, la indicación en realidad busca cambiar un tipo de permiso por otro, lo cual, según él, contradice el discurso gubernamental de reducir la burocracia. En lugar de avanzar hacia menos trámites, afirma que esta propuesta introduce más permisología.

Finalmente, pidió evidencia concreta de los supuestos riesgos que se mencionan, como el impacto en la fauna o peligros ambientales, y solicita datos sobre proyectos similares que hayan sido rechazados en los últimos años.

El diputado Coloma, Presidente Accidental, manifestó su preocupación respecto de la redacción de la indicación propuesta pues estimó que al dejar abiertos los umbrales en el reglamento, existe la posibilidad de que todos los embalses, incluso aquellos con capacidades inferiores a 50.000 metros cúbicos, o todos los acueductos, incluidos los que conducen menos de 2 metros cúbicos por segundo, puedan quedar sujetos a la misma regulación si así lo establece el reglamento.

Sometida a votación la indicación N°1 fue RECHAZADA por mayoría de votos (5-7-1).

Votaron a favor las señoras y señores diputados Bugueño, Marzán, Nuyado, Riquelme y Rosas.

Votaron en contra las señoras y señores diputados Coloma, Donoso, Labra, Moreno, Naveillán, Rathgeb y Urruticoechea, este último en reemplazo del diputado Jürgensen.

Se abstuvo la diputada señora Veloso.

Indicación 3. De las diputadas Riquelme, Bello y del diputado Ibáñez, al numeral 1:

- Reemplázase el literal a) propuesto por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura.”.

Indicación 4. De las diputadas Cicardini y Nuyado y del diputado Manouchehri, al numeral 1:

- Reemplázase el literal a) propuesto por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro no supere los diez metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”.

Indicación 5. De la diputada Nuyado, al numeral 1:

- Reemplázase el numeral primero por el siguiente:

“1.- Sustitúyese, su literal a) por el siguiente:

a) Los embalses que se construyan en un cauce natural, de capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses de capacidad superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”.

Indicación 6. De la diputada Cicardini y del diputado Manouchehri (numeral nuevo):

- Intercálase en el inciso segundo del artículo 294 del Código de Aguas, entre la expresión “Ministerio de Obras Públicas” y el punto y seguido, lo siguiente: “y los embalses, tranques o depósitos cuya revisión y autorización corresponda al Servicio Nacional de Geología y Minería”.

El diputado Coloma, presidente accidental, sostuvo que si bien las condiciones propuestas por la indicación N°3 son más restrictivas, lo que le parecía negativo, era posible reconocer allí un esfuerzo real por parte de los legisladores para intentar llegar a un acuerdo.

Respecto de la indicación N°4, el señor Rodrigo Sanhueza, Director General de Aguas, destacó la importancia de diferenciar entre embalses dentro y fuera de cauces naturales, especialmente después de eventos como las inundaciones ocurridas en la cuenca del río Maule en 2023, argumentando que esta distinción es crucial para identificar qué embalses representan un mayor riesgo para la población y la infraestructura del país.

El diputado Moreno sostuvo que era necesario corregir una afirmación sobre el papel de los embalses en las inundaciones, explicando que estos no fueron responsables de las inundaciones, sino que ayudaron a evitarlas al retener el agua que ingresaba.

Concordó en lo anterior el diputado Urruticoechea enfatizando la importancia de los embalses para regular los caudales de los ríos y prevenir desastres naturales como las inundaciones.

Sometidas a votación las indicaciones Nos 3, 4, 5 y 6 fueron RECHAZADAS por mayoría de votos (6-7-0).

Votaron a favor las señoras y señores diputados Bugueño, Marzán, Nuyado, Riquelme, Rosas y Veloso.

Votaron en contra las señoras y señores diputados Coloma, Donoso, Labra, Moreno, Naveillán, Rathgeb y Urruticoechea, este último en reemplazo del diputado Jürgensen.

Indicación 7. De las diputadas Ñanco, Tello y del diputado Sáez, al numeral 2, para solicitar su votación separada.

El diputado Coloma, Presidente Accidental, hizo notar que de aprobarse la solicitud de votación separada resultando rechazado el numeral, se produciría la paradoja de eliminar la obligación de informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, restricción que se había incorporado como parte del debate habido en la Comisión durante el primer informe.

Sometido a votación el numeral 2 del artículo 1° del proyecto de ley fue APROBADO por unanimidad (13-0-0).

Votaron a favor las señoras y señores diputados Bugueño, Coloma, Donoso, Labra, Marzán, Moreno, Naveillán, Nuyado, Rathgeb, Riquelme, Rosas, Urruticoechea, en reemplazo del diputado Jürgensen, y Veloso.

Indicaciones 8, 9 y 9 A. Todas estas propuestas fueron discutidas en conjunto, por referirse todas al inciso final que el texto original propone incorporar en el artículo 294 del Código de Aguas.

Indicación 8. De las diputadas Riquelme, Bello y del diputado Ibáñez al numeral 2:

- Reemplázase el inciso final propuesto por el siguiente:

“Los propietarios de embalses que se encuentren exentos de aprobación, de conformidad a lo previsto en la letra a) del inciso primero de este artículo, deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, dentro del plazo de seis meses, contado desde la recepción final de la obra. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.

Indicación 9. De la diputada Nuyado:

- Reemplázase el numeral segundo por el siguiente:

“2. Incorpórase el siguiente inciso final:

“Los administradores o propietarios de embalses que se encuentren fuera del cauce natural y de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de tres meses de iniciar su construcción. Asimismo, dentro del plazo de seis meses contados desde la recepción final de las obras ante la autoridad competente deberá remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e incorporación en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.”.

Indicación 9 A. De las señoras y señores diputados Bugueño, Coloma, Donoso, Labra, Marzán, Moreno, Naveillán, Nuyado, Rathgeb, Riquelme, Rosas, Urruticoechea y Veloso.

- Reemplázase el numeral segundo por el siguiente:

“2. Incorpórase el siguiente inciso final:

“Los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, a más tardar a los tres meses después de terminada la obra. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.

La diputada Riquelme explicó que la indicación N°8 es muy parecida a la propuesta original y que solo da un plazo cierto para el deber de información e incorporación en el Catastro Público de Aguas.

El diputado Donoso sostuvo que la redacción propuesta deja abierta la obligación a cualquier acumulación de agua, incluso a un taco en un canal.

El diputado Coloma, Presidente Accidental, y la diputada Naveillán valoraron la inclusión de un plazo en las indicaciones 8 y 9, sin embargo, hicieron notar que el apoyo del Ejecutivo podría haber permitido una mejor redacción.

Luego de un breve debate la Comisión por unanimidad decidió incorporar una nueva indicación, individualizada como 9A, del siguiente tenor:

- Reemplázase el numeral segundo por el siguiente:

“2. Incorpórase el siguiente inciso final:

“Los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, a más tardar a los tres meses después de terminada la obra. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.

Sometida a votación la indicación N°8 fue RECHAZADA por mayoría de votos (6-7-0).

Votaron a favor las señoras y señores diputados Bugueño, Marzán, Nuyado, Riquelme, Rosas y Veloso.

Votaron en contra las señoras y señores diputados Coloma, Donoso, Labra, Moreno, Naveillán, Rathgeb y Urruticoechea, este último en reemplazo del diputado Jürgensen.

Sometida a votación la indicación N°9 A fue APROBADA por unanimidad (13-0-0).

Votaron a favor las señoras y señores diputados Bugueño, Coloma, Donoso, Labra, Marzán, Moreno, Naveillán, Nuyado, Rathgeb, Riquelme, Rosas, Urruticoechea, en reemplazo del diputado Jürgensen, y Veloso.

Por resultar incompatible con la indicación recién aprobada, se tuvo por RECHAZADA la indicación N°9.

Indicación 10. De las diputadas Cicardini y Nuyado y del diputado Manouchehri (numeral nuevo):

- Incorpórase en el artículo 294 del Código de Aguas un nuevo inciso final:

“Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso precedente, aquellos embalses cuya capacidad sea superior a cien mil metros cúbicos, sólo podrán ejecutarse en aquellas cuencas que cuenten con su respectivo Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, elaborados en los términos señalados en el artículo 13de la Ley Nº21.455 Marco de Cambio Climático.”.

Sometida a votación la indicación N°10 fue RECHAZADA por mayoría de votos (6-7-0).

Votaron a favor las señoras y señores diputados Bugueño, Marzán, Nuyado, Riquelme, Rosas y Veloso.

Votaron en contra las señoras y señores diputados Coloma, Donoso, Labra, Moreno, Naveillán, Rathgeb y Urruticoechea, este último en reemplazo del diputado Jürgensen.

Indicación 11. De las diputadas Cicardini, Nuyado, Ñanco, Riquelme, Bello, Tello y de los diputados Sáez, Ibáñez y Manouchehri al artículo 2°:

- Solicitud de votación separada.

Sometido a votación el artículo 2° del proyecto de ley fue APROBADO por unanimidad (13-0-0).

Votaron a favor las señoras y señores diputados Bugueño, Coloma, Donoso, Labra, Marzán, Moreno, Naveillán, Nuyado, Rathgeb, Riquelme, Rosas, Urruticoechea, en reemplazo del diputado Jürgensen, y Veloso.

Indicación 12. De la diputada Riquelme para agregar un inciso final del siguiente tenor:

“Los administradores y propietarios de los embalses creados al amparo de la presente ley deberán, a requerimiento del director regional de aguas respectivo programar y descargar los volúmenes de agua que sean necesarios en razón de las emergencias o alertas decretadas por la autoridad competente, sin más derecho a compensación que la recuperación de los volúmenes descargados de la forma y en la oportunidad que se determine por la misma autoridad.”.

La diputada Riquelme presentó la indicación recién individualizada como N°12 durante el debate, destacando la importancia de considerar las emergencias vividas en la región del Maule y otras zonas, así como la experiencia obtenida de ellas. Mencionó el fenómeno de remoción en masa, que afectó comunas como Coltauco y Doñihue, y resaltó la necesidad de regular la descarga de embalses durante situaciones de emergencia. Se argumentó que esta regulación no implica otorgar facultades adicionales, sino más bien establecer una obligación para los propietarios de embalses de coordinar la descarga de acuerdo con las autoridades competentes, como la Dirección General de Aguas. Instó a los presentes a considerar esta indicación como una forma de mejorar la coordinación y la respuesta frente a emergencias.

El diputado Coloma, Presidente Accidental, declaró inadmisible la indicación por encontrarse fuera de la idea matriz del proyecto, y la diputada Riquelme se opuso a dicha declaración.

Sometida a votación la declaración de inadmisibilidad de la indicación N° 12 fue APROBADA por mayoría de votos (7-6-0).

Votaron a favor las señoras y señores diputados Coloma, Donoso, Labra, Moreno, Naveillán, Rathgeb y Urruticoechea en reemplazo de Jürgensen.

Votaron en contra las señoras y señores diputados Bugueño, Marzán, Nuyado, Riquelme, Rosas y Veloso.

V. DIPUTADO INFORMANTE.

Se designó como informante al diputado señor BENJAMÍN MORENO BASCUR.

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Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el diputado informante, la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1º.- Modifícase el artículo 294 del Código de Aguas en el siguiente sentido:

1.- Sustituyese, su literal a) por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”.

2. Incorpórase el siguiente inciso final:

“Los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas, a más tardar a los tres meses después de terminada la obra. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”

Artículo 2°.- El Presidente de la República, a través de decreto supremo suscrito por el Ministerio de Agricultura, podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola” y dictar medidas que contribuyan al almacenamiento de agua para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo.”.

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Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión de fecha 5 de marzo de 2024, con la asistencia de las diputadas Paula Labra Besserer, Carolina Marzán Pinto, Gloria Naveillán Arriagada, Emilia Nuyado Ancapichún, Marcela Riquelme Aliaga y Consuelo Veloso Ávila, y los diputados Félix Bugueño Sotelo, Juan Antonio Coloma Álamos (Presidente accidental), Felipe Donoso Castro, Benjamín Moreno Bascur, Jorge Rathgeb Schifferli, Patricio Rosas Barrientos y Cristóbal Urruticoechea Ríos (en reemplazo dl diputado Harry Jürgensen Rundshagen).

Sala de la Comisión, a 8 de marzo de 2024.

CARLOS CÁMARA OYARZO

Abogado Secretario de la Comisión

1.7. Discusión en Sala

Fecha 19 de marzo, 2024. Diario de Sesión en Sesión 6. Legislatura 372. Discusión Particular. Se aprueba en particular.

MODIFICACIÓN DE CÓDIGO DE AGUAS PARA FACILITAR CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 16193-01)

El señor CIFUENTES (Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, iniciado en moción, que modifica el Código de Aguas con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, correspondiente al boletín N° 16193-01.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputado informante de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural es el señor Benjamín Moreno .

Antecedentes:

-Segundo informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, sesión 1ª de la presente legislatura, en lunes 11 de marzo de 2024. Documentos de la Cuenta N° 39.

-La discusión del proyecto de ley se inició en la sesión 96ª de la legislatura 371ª, en martes 26 de octubre de 2023 -ocasión en que se rindió el primer informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural-, y continuó en la sesión 132ª de la misma legislatura, en miércoles 17 de enero de 2024.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor MORENO (de pie).-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, iniciado en moción de las diputadas Marta Bravo , Natalia Romero y Flor Weisse , y de los diputados Gustavo Benavente, Juan Antonio Coloma , Eduardo Cornejo , Felipe Donoso , Juan Fuenzalida , Cristóbal Martínez y Marco Antonio Sulantay , que modifica el Código de Aguas con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, correspondiente al boletín N° 16193-01.

El proyecto en informe, aprobado por la comisión en primer trámite constitucional y primero reglamentario, fue sometido al conocimiento de la Sala, la que lo aprobó en general en la sesión 132ª de la legislatura 371ª, ocasión en la que se presentaron indicaciones que originaron su envío a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, con el objeto de tramitarlas y emitir el segundo informe.

Dicho proyecto de ley, aprobado por la comisión y sometido originalmente para su conocimiento, consta de dos artículos:

“Artículo 1°: Modifícase el artículo 294 del Código de Aguas en el siguiente sentido:

1.- Sustitúyese, su literal a) por el siguiente:

a) Los embalses de capacidad superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”, dejando así fuera de la aprobación del director general de Aguas aquellos bajo ese umbral.

Incorpora un inciso final, según el cual “Los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad el artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.

Por su parte, el artículo 2° establece que “El Presidente de la República, a través de decreto supremo suscrito por el Ministerio de Agricultura, podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola” y dictar medidas que contribuyan al almacenamiento de agua para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo.”.

Cabe señalar que junto con las indicaciones presentadas en Sala se presentaron también indicaciones por parte de los miembros de la comisión, las que fueron finalmente examinadas en su sesión número 111ª, con fecha 5 de marzo del 2024, las que fueron rechazadas casi en su totalidad, puesto que resultó aprobada por unanimidad una indicación que reemplaza el numeral segundo por el siguiente:

“2. Incorpórese el siguiente inciso final: “Los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el catastro público de Aguas, a más tardar a los tres meses después de terminada la obra. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6 del Código de Aguas.”.

De conformidad con lo acordado por la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Para plantear un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado René Alinco .

El señor ALINCO.-

Señor Presidente, quiero plantear qué pasa en este proyecto con la presencia del Ejecutivo. Esta es una cuestión muy importante.

Cuando hablo del Ejecutivo me refiero al Ministerio de Agricultura, al Ministerio del Medio Ambiente, al Ministerio de Obras Públicas y al Ministerio de Energía.

Este es un proyecto decisivo, ¡decisivo!, en el futuro inmediato, para un elemento tan importante para la vida humana como es el agua.

Entonces, pido y exijo que solicite la presencia de estos ministerios, en nombre del Ejecutivo, por la trascendencia que tiene este proyecto.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Gracias, diputado.

Solo quiero señalar que cada uno de los ministerios tiene conocimiento de los proyectos en tabla que se tramitan cada día en esta Sala.

-El diputado René Alinco interviene sin micrófono.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Así es, señor diputado. Lo señalado por usted quedará en acta.

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado Felipe Donoso .

El señor DONOSO.-

Señor Presidente, este proyecto es de especial relevancia para la agricultura.

Es poco entendible que hoy, en un mundo con escasez hídrica, cuando un agricultor busca juntar agua para los períodos de sequía, tenga que pedir permisos durante muchos años.

Recordemos que hacer un embalse en este país demora casi treinta años, de manera que resulta insólito someter a los grandes embalses a los mismos requisitos que tendrá un agricultor para poder regar su predio.

Lo que hace este proyecto es lograr justicia: lograr que los embalses de 250.000 metros cúbicos, con un máximo de 15 metros de pared, puedan ser ejecutados sin esa permisología eterna que hoy tiene la construcción de embalses, permitiendo que esa agua, que en agricultura significa vida, que significa alimentos, sirva a Chile.

Todo esto, claramente, tiene que ser realizado respetando los derechos de agua de los vecinos, porque así lo indica la ley. Esto no cambia la regulación del derecho de agua, sino que lo que hace es dar la capacidad de almacenar aquellos derechos de agua que no se ocupan durante el invierno, con el fin de poder regar en verano y con ello producir alimentos y vida para todos los chilenos y para el mundo.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Andrés Jouannet .

El señor JOUANNET.-

Señor Presidente, este es un proyecto de verdad extraordinario. Delante de mí está sentado el diputado Alberto Undurraga , quien sabe mucho de este tema, porque fue ministro de Obras Públicas, período en el que muchas veces conversamos sobre estos temas.

Recuerdo también que en el gobierno de la Presidenta Bachelet , con el entonces ministro de Agricultura Carlos Furche hicimos grandes esfuerzos para construir este tipo de tranques, que, si bien no son grandes construcciones, permiten almacenar agua en el período de invierno.

En invierno llueve mucho, sobre todo en el sur de Chile, en La Araucanía, pero nuestros veranos son cada vez más secos. Prueba de ello son los incendios forestales cuyas consecuencias son cada día más dramáticas. En ese aspecto, los tranques ayudan a proveer de agua a los helicópteros que intentan apagar los incendios forestales. Por lo tanto, este es un proyecto que tiene muchos beneficios.

Tal como señalé, con don Carlos Furche , en el gobierno de la Presidenta Bachelet , siendo yo intendente, hicimos muchos proyectos de este tipo con el gobierno regional, ¡y por Dios que ayudan a la agricultura familiar campesina! El gran problema que las afecta es el riego, y por eso hay que avanzar en la materia.

Al igual que el diputado Alinco , y no obstante aceptar, naturalmente, lo que usted acaba de decir, señor Presidente, me extraña que el ministro de Agricultura no esté en la Sala. Si no está acá me gustaría que estuviera en La Araucanía, en momentos en que tenemos un tremendo problema con nuestros productores de trigo, a quienes el ministro de Agricultura maltrató en una reunión de forma prepotente: se paró y se fue sin atenderlos.

Estamos hablando de la región que le da pan a Chile. Este país come pan fundamentalmente por la Región de La Araucanía, donde tenemos graves problemas con nuestros agricultores. El que no haya nadie del Ministerio de Agricultura demuestra lo poco que le importa este tema al ministerio. ¡Por Dios que me gustaría que hubiera ministros como Carlos Furche hoy día! Don Carlos fue ministro de la Presidenta Bachelet y no solo sabía de agricultura, sino que estaba comprometido con ella, y cuando había un problema con los gremios, iba, los enfrentaba, trataba bien a los agricultores y resolvía el problema.

Vamos a aprobar este proyecto, pero hago hincapié en que ojalá el Ministerio de Agricultura lo desarrolle bien. Lo digo, porque, dadas las condiciones actuales y cómo se está manejando dicho ministerio, no tengo mucha fe en eso.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Sáez .

El señor SÁEZ.-

Señor Presidente, este es un proyecto de ley que tiene una intención que parece ser loable, pero que esconde situaciones peligrosas.

Quiero secundar las palabras de quien me antecedió en el uso de la palabra en cuanto a que es lamentable que no haya presente en la Sala ninguna autoridad de gobierno competente en la materia, para tratar un proyecto de ley que tiene implicancias importantes en la política hídrica del país y donde no podemos ocultar la necesidad que existe de generar políticas de almacenamiento, de cuidado y de tratamiento de las aguas residuales.

Por supuesto, en materia de tranques y de embalses hay toda una discusión en la que se esconde la famosa frase de que el agua se pierde en el mar, lo cual muestra una falta de comprensión respecto de lo que es el ciclo hídrico del agua y lo complejo que es cuando este ciclo se altera artificialmente.

Por lo tanto, este es un proyecto de ley que requiere urgentemente la intervención del Ejecutivo. Es un proyecto de ley que puede ser un aporte, pero que tiene que ser trabajado no solamente mirando el interés de los grandes agricultores. Lo digo, porque pareciera ser un proyecto que está redactado a la medida de la Sociedad Nacional de Agricultura.

A mi juicio, la iniciativa desatiende aspectos que son tremendamente importantes para abordar de mejor manera el asunto hídrico en Chile. Estamos en medio de una crisis urgente, grave, sistémica y que necesariamente implica la colaboración y la acción permanente del gobierno.

Me parece francamente penoso que en una discusión tan importante como esta no haya en la Sala nadie del Ministerio de Agricultura, del Ministerio de Obras Públicas ni del Ministerio del Medio Ambiente.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Francisco Pulgar .

El señor PULGAR.-

Señor Presidente, siempre voy a estar disponible a apoyar la construcción de embalses o microembalses, porque estamos viviendo una crisis agrícola a nivel nacional, sobre todo en mi región.

Quiero hacer un poco de memoria y realizar un llamado al gobierno del Presidente Boric, debido a que hace un año, el 13 de marzo de 2023, presenté una solicitud de resolución de mi autoría, la N° 653, que luego fue aprobada en esta Sala, para ir en apoyo de los pequeños agricultores de berries y frambuesas de la Región del Maule.

También hace un año, fue aprobada por unanimidad la solicitud de resolución N° 696, para ir en apoyo de los viñateros. En ella se le pide ayuda al Presidente Boric .

Por otra parte, en diciembre del año pasado, di la alerta al mismo ministro de Agricultura respecto de la crisis que se venía con el tema del grano; de hecho, también le di el aviso formalmente al director de la SNA, señor Walker , sobre las medidas de mitigación que necesitábamos para nuestros agricultores.

Desafortunadamente, a la gente de la Región del Maule y, en especial, a la gente de nuestros campos debo decirle que no hay interés en la agricultura. A pesar de que nuestra zona central y sur es la que alimenta a este país, no hay interés en proteger los mercados internos; sigue subiendo el pan, sigue subiendo la harina, pero baja el precio del trigo.

Ahora, nos hemos llenado de fiestas de la vendimia en la región. Rico es tomar vino, pero vayan a ver a los viñateros. ¡Cincuenta pesos el kilo de uva! Con ese valor no se costea la producción. ¡Y qué hablar del precio de la frambuesa y de otros berries!

Reitero, a la gente del campo, a la gente de la ruralidad, no tenemos autoridades conectadas con esa preocupación y vamos a vivir una crisis alimentaria.

Hago un nuevo llamado a la autoridad política de este Congreso Nacional, pero también al gobierno a empatizar con la gente del campo, que provee de alimentos al país, y que, desafortunadamente, hoy vive el abandono.

Estas solicitudes de resolución que tengo en mis manos son el respaldo y la garantía de mi trabajo.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado René Alinco .

El señor ALINCO.-

Señor Presidente, quiero insistir en la no presencia del Ejecutivo. Parece que mi amigo ministro de Agricultura n o quiere dar la cara.

Quiero insistir en lo que he dicho en muchas oportunidades. En la situación del agua, el Estado, a través del gobierno de turno, en este caso del gobierno del Presidente Gabriel Boric, debe tomar una posición y actuar de forma decidida. Aquí el problema no es construir o dejar de construir embalses, el problema es a quiénes benefician este tipo de proyectos.

¿Quién es el verdadero dueño de las aguas en Chile? Este es el único país donde el agua es privada. La Constitución dice que pertenece a todos los chilenos, pero es entregada a los privados a través de concesiones. Y pagan una miseria.

Por lo tanto, les pido a los diputados y diputadas rechazar este proyecto, pues significa privatizar ciento por ciento el agua en Chile. La iniciativa va a favorecer a los grandes señores de la Sociedad Nacional de Agricultura y a las empresas extranjeras que están comprando Chile, el territorio chileno.

Es un deber patriótico rechazar este proyecto. Primero hay que ver quién va a administrar el agua. El agua debe ser administrada por un ente del Estado y ser distribuida de la mejor manera, de forma equitativa. No me hable del sistema actual, porque el sistema actual está corroído y también corrupto. Lo hemos visto en comisiones investigadoras, donde grandes señores de la política chilena - Walker , Pérez Yoma y otros más, amigos de algunos que están acá se aprovechan, usufructúan y roban el agua de Chile.

Pido, con fuerza, con franqueza, que no aprobemos este proyecto. Después nos vamos a lamentar. El agua pertenece a todos, también a los pobres; también a los pequeños y medianos campesinos; también pertenece a las comunidades indígenas; también pertenece, como lo he dicho en otras oportunidades, a los niños de Petorca y de La Ligua.

Echo de menos al compañero Mundaca , que ahora que es gobernador no da la pelea por el agua, como sí la dio en campaña…

-Aplausos.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, diputado. Tiene la palabra el diputado Miguel Mellado .

El señor MELLADO (don Miguel).-

Señor Presidente, el gobierno ha fracasado en todos los ámbitos en estos dos años. Estamos tratando un proyecto de ley de agricultura, pero no está el ministro. También fracasó, como lo dijo el diputado Sáez .

La verdad es que colocar a la cabeza del ministerio a una persona que tiene una profesión que no se relaciona con la agricultura, tema tan importante para el país, es un fracaso de inicio a fin. Son los parlamentarios los que le tienen que decir al gobierno cómo se tienen que hacer las cosas en agricultura, en seguridad y en muchos aspectos más. Es este Parlamento el que le dice al gobierno cómo hacer las cosas, porque el gobierno no tiene idea; son aprendices; todavía no se titulan. Bueno, algunos no se titulan nunca, pero hablo de que no se titulan en las áreas que corresponde.

Este proyecto es tan importante que sube de 50.000 metros cúbicos a 250.000 metros cúbicos la capacidad de los embalses cuya construcción requiere de la aprobación del director general de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo del Código de Aguas. Por lo tanto, tal como señala el número 2 del proyecto, los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos -pequeños agricultores tan necesitados de agua solo deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto. Ellos saben dónde están las aguas para sembrar; ellos saben dónde les aprieta el zapato en materia agrícola.

Los trigueros de la Región de La Araucanía protestan, pues se les hace un daño al importar trigo a un valor superior al que se paga a la industria nacional. Están destruyendo la industria nacional, pero el gobierno mira para el techo y el ministro se para de las reuniones y no da ninguna solución.

En las siembras de esos pequeños agricultores falta agua. Había que hacer tremendas procesiones para que a esos agricultores les dieran la posibilidad de tener embalses con capacidad de 50.000 litros de agua. Hoy ellos solo tendrán que informar; el permiso lo tienen que sacar aquellos agricultores que tienen embalses con capacidad de 250.000 metros cúbicos o más, es decir, los grandes. Son los pequeños los que serán beneficiados.

Así es que, ministro de Agricultura, inexistente hoy, este Congreso Nacional le está enseñando cómo se hacen las cosas, para que el pequeño agricultor tenga el agua que necesita para sembrar y producir el alimento que llega a todas las mesas de Chile. Aprenda un poquito, porque la verdad es que lo ha hecho pésimo durante estos dos años.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Naranjo .

El señor NARANJO.-

Señor Presidente, si bien es cierto que el proyecto parece, en términos generales, muy atractivo e incentivador para el sector agrícola, me genera algunas dudas y preocupaciones.

Considerando la crisis climática e hídrica que vive el país, lo fundamental es implementar cualquier acción en materia de inversiones de riego que sea coherente con la estrategia y con la política nacional de aguas. Así, cuando se plantea una iniciativa como esta, que a ojos de cualquiera podría parecer razonable, creo que se corre el riesgo serio de que no esté en concordancia con la política y la estrategia nacional de riego del país.

¿Quién podría oponerse a que personas construyan tranques en sus propiedades para recepcionar agua? Sería absurdo que alguien se oponga. Pero ¿quiénes lo podrán construir? Hacer un tranque demanda una inversión importante. Es obvio, entonces, que quienes podrán construir son los grandes productores agrícolas. Son ellos los que tienen recursos y medios para hacerlo. Un pequeño productor que tiene una superficie de 2 hectáreas de riego básico, como los parceleros de la exreforma agraria, no están en condiciones de impulsar ese tipo de iniciativas.

Por tanto, sin perjuicio de valorar la iniciativa, pues me parece bien que todos contribuyamos y ayudemos a que los productores puedan tener más acceso al agua, para enfrentar la grave situación de estrechez que hay, y de entender la buena intención de quienes impulsaron esta iniciativa, creo que es delicado saltarse normas legales que operan en el país, como el estudio de impacto ambiental que requiere este tipo de obras. Torcer las normas legales que hoy existen en el país no es el camino.

No obstante valorar el esfuerzo y el planteamiento que han hecho algunos parlamentarios por impulsar esta iniciativa, tengo serias reservas en aprobar una iniciativa de esta naturaleza, porque creo que el remedio puede terminar siendo peor que la enfermedad.

Voy a votar en contra el proyecto.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Guzmán .

El señor GUZMÁN.-

Señor Presidente, primero, voy a hacer un llamado de atención a la Mesa.

Es recurrente que en esta Sala se hable de cualquier cosa, se repitan consignas, o no se hable, no se opine, no se argumente sobre la base del proyecto sometido a votación. El diputado Alinco repitió consignas y dijo cosas que no tenían nada que ver con el proyecto en debate.

Este proyecto es un tremendo avance para quitarle burocracia a la tramitación de permisos para la construcción de nuevos embalses que permitan resolver problemas en la agricultura.

Los agricultores de la región que represento, que es esencialmente agrícola, transforman el agua en alimentos. Los agricultores no especulan con el agua: la transforman en alimentos, la transforman en trabajo, la transforman en crecimiento, la transforman en desarrollo. Pero aquí los parlamentarios no leen los proyectos; opinan desde las consignas; opinan desde lo que creen y no se hacen cargo de un problema que estamos viviendo en cada una de las regiones de Chile, que es la falta del recurso hídrico.

Donde vamos, conversamos con agricultores, quienes nos dicen que contener agua para transformarla en alimento resulta un tremendo problema, porque la Dirección General de Aguas los tramita, los complica y los perjudica. Hablamos de crisis climática, pero no resolvemos absolutamente nada.

Aquí hay una moción que no cuenta con el apoyo del gobierno. Son parlamentarios, los que muchas veces son muy criticados, quienes están proponiendo una solución, para facilitar la vida a los agricultores de Chile.

El diputado Naranjo dijo recién que esto beneficia solo a los grandes agricultores. ¡Qué falta de conocimiento!

La Comisión Nacional de Riego está permanentemente ayudando a los medianos y pequeños agricultores para que puedan generar inversión en materia de riego. Una de ellas podría ser la construcción de embalses si los permisos fueran más fáciles.

Finalmente, muchos parlamentarios han cuestionado la ausencia del Ejecutivo en esta Sala, y se refieren particularmente al ministro de Agricultura y a la ministra de Obras Públicas. Yo les respondo a esos parlamentarios: es un ministro de Agricultura que ha humillado a los agricultores del Maule, agricultores que se vieron afectados por inundaciones en invierno y que todavía no reciben la ayuda prometida. Humilló a los agricultores del Maule el ministro que se debe hacer cargo de los agricultores.

Y respecto de la ministra de Obras Públicas, mejor ni hablar, porque parece que no la han notificado de que está a cargo de las obras públicas de Chile. Parece que aún no se entera de que lidera el ministerio más importante del país.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Lorena Pizarro .

La señora PIZARRO (doña Lorena).-

Señor Presidente, lo primero que quiero señalar es que es de todos y todas conocida la existencia de una escasez hídrica a nivel nacional que, entre otras cosas, afecta, por ejemplo, a la Región de Coquimbo, que es la región más perjudicada producto de la escasez de agua. Cuando hablamos de crisis hídrica, hablamos de un elemento vital.

Quisiera decir varias cosas, y espero que me alcance el tiempo.

Este proyecto de ley tiene una primera gran deficiencia, porque pretende avanzar en la construcción de estos tranques de agua sin una aprobación del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Eso me parece gravísimo, porque la evaluación de impacto ambiental, entre otras cosas, considera también que este recurso tan vital para el ser humano no se extinga y luego terminemos en desgracia, tal como ha ocurrido en algunos otros continentes, donde hemos visto que el acceso o no al agua significa la vida o la muerte de la población.

Asimismo, me parece que las dimensiones que se pretenden considerar en relación con este proyecto de ley son realmente abrumadoras, y lo quiero señalar con mucha fuerza: este proyecto de ley no está hecho para los pequeños agricultores, sino para el gran latifundio, para esos grandes empresarios que absorben toda el agua de su sector, en desmedro de la población, como ocurre, por ejemplo, aunque no es la única causal, en la comuna de La Ligua.

Del mismo modo, me parece que debemos tener mucho cuidado con el avance de este proyecto de ley, porque puede abrir una puerta muy compleja para lo que significa, por ejemplo, el uso del agua en los relaves mineros y cómo eso también afecta a la población.

Pretendemos avanzar en esta dirección, pero lo que se está haciendo, nuevamente, es en función de unos pocos que tienen los recursos, en desmedro del resto de la población, en un tema tan vital como es el agua, un agua privatizada, un agua de alto costo y que en algunas zonas del país se transforma en la posibilidad de subsistencia de los más pobres, que siempre son los más afectados con estos…

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señora diputada. Tiene la palabra el diputado Fernando Bórquez .

El señor BÓRQUEZ.-

Señor Presidente, estimados colegas, este proyecto busca modificar el Código de Aguas, con el fin de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, lo cual es una medida de gran relevancia para enfrentar la crisis hídrica que viven muchas regiones de nuestro país.

Ustedes podrán pensar que Chiloé cuenta con grandes acumulaciones de agua, que a nosotros la crisis hídrica no nos afecta, pero eso no es tan así. Es verdad que llueve mucho en mi zona, pero ¿de qué sirve si no nos llega agua cordillerana y se sobreexplotan los pompones?

La verdad de las cosas es que el Estado no ha sido capaz de hacerse cargo de las crisis hídricas y hay muchos sectores en todo Chile que hoy, en el año 2024, no cuentan con agua potable.

Por eso, voy a votar a favor este proyecto y me parecería raro que algunos diputados votaran en contra, porque, si no permiten que la gente pueda hacer sus propios tranques, ¿acaso van a ir ellos a suministrar el agua a esos sectores? No lo creo, estimados diputados.

Hagámonos cargo de la burocracia innecesaria que hay en esta materia, porque hoy, más que nunca, se necesitan nuevas obras de acumulación de agua, especialmente teniendo en cuenta que la agricultura es una actividad esencial para nuestro país, de la cual depende la alimentación de todos nosotros.

Por lo tanto, votaré a favor.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Alberto Undurraga .

El señor UNDURRAGA (don Alberto).-

Señor Presidente, me pregunto: ¿Chile necesita más embalses y tranques? Por supuesto que los necesita, grandes, pequeños y medianos.

¿Chile necesita agilizar el proceso y la construcción de estos? Sí, por supuesto. ¿Chile necesita simplificar la permisología, de manera tal de avanzar más rápido? Sí, por supuesto. Sin embargo, este proyecto, a mi juicio, es un mal proyecto, y voy a argumentar por qué, para ver si puedo convencer a algunos de mis colegas que, si lo aprobamos, estaremos haciendo algo muy irresponsable.

Voy a argumentar en la línea de la seguridad constructiva.

Lo que hace este proyecto es permitir que se construya un muro de quince metros sin ninguna revisión de la ingeniería. Chile es un país sísmico, y si Chile es un país sísmico, construir un muro de quince metros sin la revisión de la ingeniería pone en riesgo a todos quienes estén aguas abajo. Los pone en riesgo de un golpe de agua, lo que, finalmente, también pone en riesgo a la población.

Esto es el equivalente a dejar de revisar los edificios en la ciudad porque es muy lenta la permisología. ¿Tenemos un problema en la permisología? Por cierto. ¿Tenemos un problema en la construcción de embalses? Por cierto, pero este proyecto es muy irresponsable.

Por eso, quiero argumentar en esta dirección, y no en la línea que se ha argumentado hasta ahora respecto de los derechos de agua y también respecto de los temas ambientales. Todos, por supuesto, son temas debatibles, pero aquí hay un problema de la seguridad en la construcción.

Si este Parlamento aprueba la libertad de construir sin ningún tipo de revisión técnica, vamos a poner en riesgo a la gente que está aguas abajo. Por eso tiene sentido la norma actual.

Para terminar, hago un llamado al gobierno y a la misma Mesa de la Cámara a que revisemos también la constitucionalidad, porque este es un proyecto que reduce facultades de la Dirección General de Aguas. Si reduce facultades de la Dirección General de Aguas, al menos es dudoso que pueda ser producto solo de una moción.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada María Francisca Bello .

La señorita BELLO (doña María Francisca) .-

Señor Presidente, quince metros equivalen a un edificio de cinco pisos y 200.000 metros cúbicos equivalen a un edificio de cinco pisos, pero que se extiende por una manzana y media. Ese es el tamaño de los embalses que este proyecto pretende permitir que se construyan, pero sin autorización de la DGA, sin estudio de impacto ambiental y quintuplicando lo que la ley permite. Y eso no es todo, porque este proyecto permite autorizar embalses dentro de cauces naturales sin límite de capacidad.

Obras de esta envergadura pueden impactar gravemente no solamente el medio ambiente, sino a las comunidades que viven alrededor, y, por cierto, causar graves daños a las personas si dichas obras presentan defectos o colapsan.

Mucho se habla de que la permisología retrasa o encarece la inversión, pero cuando veo personalmente proyectos de esta índole y la creación de este tipo de embalses, es pertinente pensar una, dos y tres veces las cosas antes de aprobar este tipo de iniciativas.

Mientras no se legisle de mejor manera el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, esta es la forma que tenemos para revisar proyectos, fiscalizar obras y garantizar la seguridad en todas las operaciones de enormes obras de ingeniería.

Estoy muy consciente del contexto de crisis hídrica en que estamos -represento y vivo en una zona de escasez hídrica-, y sobre todo entiendo que los embalses son muy necesarios y que en la actualidad son demasiado costosos y es demasiado lenta su aprobación, pero la solución en ningún caso puede ser levantar las barreras ni bajar los estándares.

Por favor, no utilicemos la crisis hídrica, que afecta la sobrevivencia de la especie humana, con subterfugios y falacias, y, sobre todo, no se diga que el proyecto ayuda al campesinado pobre, porque la verdad es que solo facilita la vida de los mismos de siempre: los dueños del agua, los acumuladores o los dueños de Chile.

Hago un llamado a votar en contra este proyecto que se vende como una solución, pero no lo es.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Melo .

El señor MELO.-

Señor Presidente, este proyecto de ley, que busca facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, a todas luces es regresivo en materia medioambiental, social e institucional, ya que exime de evaluación de impacto ambiental a dichos tranques y nos priva de información indispensable sobre los diversos impactos acumulativos que podrían generar. Además, permitirá que aumente aún más el desorden territorial.

Embalsar 250.000 metros cúbicos de agua con un muro de hasta 15 metros de altura no puede considerarse acumulación de agua para pequeños campesinos. El proyecto está pensado para los mismos sectores privilegiados de siempre, que buscan evitar la ley y saltarse la institucionalidad con un bien vital cuya escasez ha generado múltiples problemas en los territorios.

Asimismo, la iniciativa va en contra de tratados internacionales, como los acuerdos de París y de Escazú, ya que dejará sin información trascendental a la comunidad, a las autoridades y a otras personas dedicadas a la agricultura. También va en contra de los principios de no regresión ambiental, preventivo y precautorio, lo que es de alta gravedad.

Esta iniciativa tendrá graves efectos. Hay que pensar qué ocurrirá con el agua y su acumulación si todos comienzan a construir estos tranques. Probablemente, agravaremos la crisis hídrica y los impactos tanto en los ecosistemas como en las personas.

Por todo lo expuesto, los socialistas votaremos en contra este proyecto de ley.

Además, con base en lo descrito y en lo planteado por otros parlamentarios, hago presente reserva de constitucionalidad respecto de la iniciativa.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Carolina Tello .

La señorita TELLO (doña Carolina) .-

Señor Presidente, hoy la Región de Coquimbo, a uno de cuyos distritos represento, vive sin duda una de las sequías más duras que ha afectado nuestros territorios.

No hay duda de que los niveles mínimos de nuestros embalses y la falta total de lluvias durante el presente año y el anterior tienen en un escenario crítico especialmente a nuestros valles y a los sectores agrícola y ganadero, que requieren medidas urgentes -lo sabemos-, tal como las que hemos ido adoptando y que ha adoptado también el gobierno de nuestro Presidente Gabriel Boric, por ejemplo, proyectos de ley despachados desde este Parlamento que facultan al Ministerio de Obras Públicas para construir justamente embalses, infraestructura hídrica y plantas desaladoras.

Si bien la realidad de regiones como la nuestra hace importante la creación de alternativas para asegurar el recurso hídrico, este proyecto, que busca modificar el Código de Aguas para que el director General de Aguas autorice la construcción de “Los embalses de capacidad superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”, puede producir un efecto totalmente contrario al deseado. Nos parece complejo que la excepción solo mencione la obligación de informar a la Dirección General de Aguas de manera posterior a la construcción, pues se genera una serie de potenciales afectaciones al medio ambiente.

Por otra parte, consideramos que el proyecto podría atentar contra el rol garante del Estado al eximir de la evaluación técnica de la Dirección General de Aguas obras de envergadura tal que su eventual colapso -lo han dicho diputados que me antecedieron en el uso de la palabra puede significar un grave riesgo para la población y para la infraestructura de terceros. Asimismo, como fue mencionado anteriormente, el proyecto exime a estos proyectos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

No puedo dejar de mencionar que en cuencas donde se han otorgado más derechos de aguas que el agua que existe físicamente, como es el caso de la región a la que represento, hay agricultores que, aun teniendo derechos de aguas, no los pueden usar, ya que alguien extrajo el agua a una profundidad a la que ellos o ellas no pueden llegar.

Ahora a la carrera olímpica por hacer pozos profundos podríamos sumar la de embalsar antes que el otro el recurso hídrico, lo cual por supuesto perjudica a los pequeños y medianos agricultores y agricultoras.

El Ejecutivo debe hacerse presente en este debate para que este proyecto sea un aporte y no vaya en desmedro de la agricultura y el campo, como se ha dicho durante la presente discusión.

En este escenario crítico, no podemos permitirnos como país situaciones tan complejas como la posibilidad de que se construyan obras que no garanticen que no habrá impacto en los ecosistemas, en las cuencas, en el acceso al recurso hídrico en la ruralidad, o que generarán una eventual contaminación…

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señorita diputada. Tiene la palabra diputado Frank Sauerbaum .

El señor SAUERBAUM.-

Señor Presidente, el Plan Nacional de Embalses proyecta la construcción 26 embalses en el país. Como se ha dicho en este debate, en promedio un proyecto de embalse demora por lo menos diez o quince años en ejecutarse. Nosotros en Ñuble tenemos tres embalses proyectados -embalse Punilla , embalse Zapallar y embalse Chillán -, lo que, de alguna manera, va a cambiar la vida de muchísima gente.

Creemos que este proyecto va en la línea de lo que realmente se requiere, y quiero dar ejemplos concretos, porque aquí, a veces, se hace poesía sin conocer los elementos reales.

Durante las últimas lluvias hubo inundaciones masivas en distintos sectores. Incluso, en algunas comunas, como Ñiquén, el agua llegó hasta el centro de la ciudad. Nuestra realidad es muy compleja y difícil. En la última inundación el río Ñuble llevó tanta agua que el embalse Punilla , que es un enorme embalse que se proyecta en la comuna de San Fabián de Alico, pudo haberse llenado casi cuatro veces solo con esa agua, la cual finalmente no estuvo disponible en la época de riego -se requirió durante la primavera-, sino que está en el mar y también provocó inundaciones que todavía no son totalmente superadas.

Hay que construir este tipo de pequeños embalses, porque solucionan la vida a los pequeños agricultores.

Nosotros hemos promovido también que, incluso con maquinaria, se hagan pequeños pozos, a través del Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap), para que, durante la época de lluvia, se pueda acumular agua y de esa manera los agricultores puedan regar una o dos hectáreas. Pero hay que buscar más formas ingeniosas de retener el agua, que se hace cada día más escasa. En ese sentido va este proyecto de ley, que facilitará la construcción de embalses de una capacidad menor a 250.000 metros cúbicos.

Mientras tenga la Dirección General de Aguas un rol, por ejemplo, el de fiscalizar las obras de construcción, la iniciativa no me parece dañina ni mucho menos, sino totalmente positiva para los sectores agrícolas.

Hoy tenemos una agricultura familiar campesina tremendamente debilitada. La agricultura familiar campesina del trigo, del maíz, de la avena y del arroz está en decadencia por la falta de agua y también de consideraciones comerciales a nivel internacional.

También cabe mencionar la crisis que atraviesan los viñateros. Como hemos conocido en los últimos días, nuevamente le pagan un precio de hambre a ese sector tan importante en nuestra Región de Ñuble; tenemos 6.000 pequeños agricultores que viven de la viña.

Esperamos que la reunión del jueves en Talca nos permita llegar a alguna conclusión que se oriente a ir mejorando la calidad de vida y el desempeño económico de nuestros pequeños agricultores de la Región de Ñuble.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Lilayu .

El señor LILAYU.-

Señorita Presidenta, pese a las anomalías climáticas de los últimos meses, Chile experimenta hace años un déficit hídrico importante que exige que las políticas públicas avancen hacia medidas de prevención y mitigación de sus efectos.

La escasez de este vital elemento puede acarrear problemas de salud pública, como la afectación del agua para consumo humano y saneamiento, y problemas en la producción de ciertos bienes y servicios que dependen del agua para su funcionamiento.

El sector agrícola es uno de los más afectados por el déficit hídrico, lo que tiene impactos evidentes no solo en el funcionamiento de este sector productivo, sino, incluso, en el acceso a los alimentos por parte de la población.

En el caso del distrito N° 25, que represento, particularmente en el sector agrícola, debo recalcar la relevancia de contar con obras de menor tamaño para la acumulación de agua, con características diferentes a las de los embalses, cuya complejidad e impacto requieren, sin duda, de mayor fiscalización.

Así me lo han manifestado agrupaciones de pequeños agricultores, quienes ven en este mecanismo una forma de mejorar su producción de forma natural, la cual disminuyó más de siete por ciento durante 2023, lo que afectó la producción de leche, frutas y hortalizas.

La normativa vigente representa una dificultad para las obras de acumulación de menor tamaño en materia de los permisos que se requieren para la construcción de tranques de uso agrícola, puesto que son considerados genéricamente dentro de la categoría de embalses, lo que, en consecuencia, implica una trama burocrática y un retraso importante en su construcción.

Por la agricultura del sur, por el agua de la gente, que nos está faltando, anuncio mi voto a favor.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Felipe Camaño .

El señor CAMAÑO.-

Señorita Presidenta, lamentablemente, estamos viviendo una crisis a nivel nacional en lo que dice relación con el agua. Este es un bien escaso y en el campo cada día estamos viendo que proyectos de riego no se están llevando a cabo o simplemente no existen. Esta es una realidad que muchas de las personas que nos están escuchando o viendo saben que está sucediendo en distintos lugares de nuestro país.

Quiero hablar específicamente de las situaciones que muchas veces vemos en nuestros territorios y que quedan en silencio. Por ejemplo, puedo hablar del caso de los denominados “Blancos” del Laja-Diguillín, regantes que llevan veinte años esperando que el Estado se haga cargo de su situación, ya que con ello se podría beneficiar a más de 1.800 familias, pero hasta hoy no pasa nada.

Esa situación está generando grandes pérdidas y muchas dificultades para cultivar la tierra, pues el agua es un recurso vital para todo lo que dice relación con las producciones agrícolas.

Hoy estamos viendo un fuerte golpe en distintos alimentos que son producidos en el campo: estamos siendo golpeados por el precio del trigo, lo que realmente es una crisis tremenda, como no habíamos visto hace mucho, ni siquiera hace veinte años. Esa es la realidad que estamos viendo día a día.

Por eso, junto con felicitar a los autores de esta moción, quiero ir un poco más allá de lo que significa este proyecto. La realidad en Chile es que, al parecer, al Estado no le importa la agricultura. Si fuese una prioridad, el Ejecutivo estaría presentando proyectos como este, que permite obras para la captación de agua con muros de hasta 15 metros de altura.

Sin embargo, cabe preguntarse: los pequeños y medianos agricultores ¿van a tener los recursos para poder construir estos embalses? Me parece una buena alternativa, pero si no va de la mano con los recursos que se requieren al final será letra muerta.

Se agradece la intención; no obstante, tal como lo señaló el diputado Alberto Undurraga , hay un problema con los estudios de ingeniería. En el papel suena perfecto, pero en la práctica es un enorme riesgo para la gente aguas abajo la construcción de tranques sin los debidos permisos de edificación y sin los estudios de ingeniería.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Cristián Araya .

El señor ARAYA (don Cristián).-

Señorita Presidenta, los progres tienen como mainstream lloriquear porque no llueve. Bueno, también lloran cuando llueve, porque llueve mucho, porque hace frío o porque hace calor. Bueno, lo hacen siempre.

Antes acusaban al calentamiento global y al efecto invernadero, a las industrias y a los automóviles; ahora responsabilizan al cambio climático y al metano de las vacas.

Muchos videos, campañas de likes, shows de luces, marchas ecologistas, pero para hacer gestión hídrica, nada, absolutamente nada.

Excusas para mantener la inercia abundan, y lo hemos visto en esta discusión. Primero, dicen que solo podrán almacenar agua los grandes agricultores, lo cual es absurdo, porque el proyecto busca precisamente disminuir la burocracia, pues da facilidades para la construcción de pequeños embalses de máximo 250.000 metros cúbicos.

Sin embargo, para el progrerío quizás estos conceptos pueden resultar muy ajenos, muy lejanos. Intentaré traducirlo a su jerga, a un lenguaje más inclusivo, para que les sea más fácil entender. Este proyecto es un proyecto de ley inclusivo, transversal, que disminuye las brechas de desigualdad, pues busca democratizar el acceso al almacenamiento del vital elemento. No sé si ahora los convenza.

Bueno, y también voy a entender cuál puede ser su preocupación. Este proyecto comete un gran error, por supuesto, desde la óptica progre: son embalses sin perspectiva de género. Ese es su pecado original.

Les pido humildemente, colegas, por intermedio de la señorita Presidenta, que perdonen tan grave agravio.

Volviendo al sentido común, sorprende que sean tan críticos algunos parlamentarios que supuestamente representan zonas eminentemente rurales, los que dudo que en una reunión con agricultores mantengan el discurso que he escuchado en esta Sala, en el que privilegian las trabas burocráticas por sobre dar facilidades para la construcción de embalses.

Acá se dijo que la construcción de un tranque pequeño solo podrá ser hecha por grandes productores, en circunstancias de que lo que busca este proyecto es precisamente lo contrario. Lamentablemente, la ceguera ideológica es más fuerte.

Diferencias más, diferencias menos, hay algo en lo que todos coincidimos: todos nos preguntamos por qué no están el ministro de Agricultura ni la ministra de Obras Públicas. Los busqué en redes sociales, y lo único que pillé es que hoy la ministra de Obras Públicas compartía orgullosa una publicación en la Revista Ya y que el ministro de Agricultura figuraba en una nota en El Mercurio. Parece que tienen tiempo para conceder entrevistas, pero no para venir al Congreso Nacional para estar presentes en la tramitación de proyectos que verdaderamente afectan a los agricultores.

Por los agricultores, por los ganaderos, por la gente de campo, por los hombres y mujeres de esfuerzo, votaremos a favor.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Félix González .

El señor GONZÁLEZ (don Félix).-

Señorita Presidenta, la crisis climática existe, aunque los republicanos digan que no existe. De hecho, a la crisis climática le importa un bledo la opinión de los seres humanos. Ahí están los incendios, las inundaciones, la sequía y la crisis alimentaria.

Por eso, los países que puedan resolver el problema del suelo y del agua van a subsistir; los que no, no podrán hacerlo. En consecuencia, este tema es de relevancia vital.

Sin embargo, no basta simplemente con decir a la gente que junte agua. De hecho, en 2014 me tocó asumir como consejero regional del Biobío e hice una propuesta al Ministerio de Agricultura para generar proyectos que hicieran un uso eficiente del agua, para regar lo mismo, pero con menos agua, para hacer riego por goteo en aquellos cultivos que lo permiten. Me dijeron que era una buena idea, pero diez años después no hay una sola inversión estatal consistente. Hay proyectitos, pero no hay una inversión consistente para hacer un uso eficiente del agua.

Estoy a favor de que haya tranques, pero este proyecto no quita la burocracia, lo que hace es que no se pidan permisos. Hoy no piden permiso los tranques de 50.000 metros cúbicos y de cinco metros de altura, que es como la parte alta de la baranda de esta Sala, y abarcan el equivalente toda la superficie de este edificio. Eso no pide permiso. No obstante, este proyecto quiere que no pida permiso uno de 15 metros de altura, que sería la altura de esta Sala hasta arriba, y por una superficie equivalente a toda esta manzana.

Quieren que eso no tenga permiso y dicen que eso va a incentivar a que haya más tranques, pero la verdad es que va a ser como en el lejano oeste. Sería como decir que para incentivar la construcción de viviendas no se saquen permisos de construcción, o que para incentivar que la gente maneje no haya que sacar licencia de conducir.

No va a haber ni un tranque más ni un tranque menos, porque depende del dinero y de que haya agua.

Lo único que hace este proyecto es desregular, que cada uno haga lo que quiera y que no se saque un permiso en el servicio público.

¿De verdad creen que eso va a ayudar? Lo que necesitamos es hacer un uso eficiente del agua. Si cada uno hace lo que quiere, no lo vamos a lograr. Esto es de vital importancia y esta Cámara tiene que actuar de forma responsable.

Este proyecto va en el sentido contrario del uso eficiente del agua y lo único que hace es dar chipe libre a sus amigos, a quienes tienen el control del agua.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Emilia Nuyado .

La señorita NUYADO (doña Emilia) .-

Señorita Presidenta, este proyecto tuvo una gran discusión en la Comisión de Agricultura, donde cinco diputados lo votamos en contra.

Tal como lo han señalado todos los que me han antecedido en el uso de la palabra, el análisis que se hizo en la comisión concluyó que este proyecto viene a desregular diversas normativas existentes.

Tuvimos la exposición del director general de Aguas y del director ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, quienes hicieron observaciones a este proyecto; sin embargo, este siguió avanzando debido a la mayoría de votos de quienes presentaron esta moción, que establece que no habrá control ni vigilancia para asegurar que las obras se ejecuten bien.

Los más afectados van a ser los agricultores más pequeños, ubicados aguas abajo, porque no va a haber control ni información. Los únicos que van a saber y van a tener la posibilidad de informar sobre el desarrollo de estas obras serán los dueños de los predios en los que se construyan, sin importarles en absoluto la situación que pueda ocurrir con aquellas personas que se encuentren aguas abajo.

Hoy, hemos escuchado el análisis de un diputado, exministro de Obras Públicas, quien señaló que la norma propuesta no da seguridad ni permite que se puedan hacer las exigencias que corresponden para no afectar a las familias que se ubican aguas abajo.

Por lo tanto, considerando esta situación, este proyecto no debe aprobarse. Sin embargo, hay una mayoría de votos de quienes representan a este grupo de interés. En este existen personas con recursos para construir en sus predios lo que quieran, sin importarles la afectación al medio ambiente ni si van a extraer el agua de quienes están en ese determinado territorio. Nadie sabrá si los tranques están fuera de los cauces o si se está extrayendo el agua de aquellos.

Esto va a generar una gran incertidumbre, porque no se ofrece certeza jurídica, y, además, la relación con el ecosistema y el medio ambiente es muy compleja.

Hemos visto cómo se han aprobado diversas normativas que después lamentamos. Por esa razón son muy irresponsables quienes hoy día quieren aprobar este proyecto.

El Ejecutivo debió haberse involucrado más; sin embargo, dejó hacer a este grupo de interés.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Johannes Kaiser .

El señor KAISER.-

Señorita Presidenta, de alguna manera, esta discusión me recuerda el refrán del perro del hortelano, que no come ni deja comer.

El Estado no construye, no planifica, no diseña, no desarrolla una política hídrica y no construye tranques desde hace treinta años. No ha movido un dedo.

Todo el mundo reclama permanentemente por la falta del recurso hídrico, y se sigue perdiendo en el mar más del 85 por ciento del agua que cae en forma de lluvia en nuestro país. ¿Por qué? Porque no se acumula, porque no se hace la pega.

Ahora se plantea un proyecto de ley que permite a los privados hacer ese trabajo, pero algunos se oponen. El perro del hortelano: no comen ni dejan comer.

Recordemos que prácticamente toda la estructura de manejo de aguas, desde la Colonia hasta hace muy poco tiempo, la hicieron privados, sin tener que ir al Estado a preguntarle cómo lo iban a hacer. Lo interesante es que muchas de esas canalizaciones siguen siendo funcionales hasta el día de hoy. Resulta que los privados no construyen para que se les destruyan las cosas, porque no hay ninguna ganancia en construir un tranque que en poco tiempo se destruya, como podría ocurrir con un terremoto. Es caro hacerlo, es muy caro. Ese tipo de inversiones tienen que mantenerse en el tiempo para que generen una rentabilidad.

Puedo asegurar que el privado va a colocar toda su atención en que, si construye algo, esté bien construido, a diferencia del Estado. Eso, porque el privado paga de su propio bolsillo los errores, mientras que el Estado lo hace con el bolsillo de los demás, ¡cuando paga!

Lo que hace este proyecto es abrir las puertas para que se genere nuevamente una lógica de acumulación, de preservación del vital elemento, pero se oponen. ¿Por qué? Porque no hay un funcionario público que vaya y le ponga un ganchito o una estrellita que diga: “Este sí, este no, y con la plata en la mano, decido yo”. Esa es la lógica detrás de esto.

¡No nos cuenten cuentos! Si el Estado fuese tan proactivo y estuviese tan interesado, supuestamente, en la sequía y en la crisis climática, lo habríamos visto reflejado en la ley de presupuestos, lo habríamos visto reflejado en la acción del Ministerio de Obras Públicas, pero no es así. Y cuando estamos tratando, al menos, de liberar las manos de aquellos que quieren hacerlo con sus propios medios, se oponen. Eso no me parece correcto.

Voy a respaldar este proyecto.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Leonidas Romero .

El señor ROMERO (don Leonidas).-

Señorita Presidenta, voy a aprobar este proyecto, porque es necesario.

Yo vivo en la Región del Biobío. En el invierno, el río que lleva el mismo nombre se desborda, causa daño en muchas poblaciones y hay gente que lo pierde todo; en cambio, en el verano no hay una gota de agua para apagar los incendios forestales. No hay ningún embalse, no hay ningún lugar donde los helicópteros puedan sacar agua para apagar los incendios. Por ello, deben volar muchos kilómetros hasta el mar para buscar agua a fin de combatir los incendios.

Me llama la atención este proyecto, porque en su artículo 1º dice que se modifica el artículo 294 del Código de Aguas sustituyendo su literal a) para establecer los embalses de capacidad superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga una altura de más de 15 metros requieren la aprobación del director general de Aguas.

Sin embargo, el que me llama más la atención es el artículo 2º, porque, independiente de quién esté en el gobierno, preceptúa lo siguiente: “El Presidente de la República, a través de decreto supremo suscrito por el Ministerio de Agricultura, podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola”…”. O sea, el Presidente, sea hombre o mujer, por decreto va a ordenar que llueva. Y si llueve, va a ser solamente para los agricultores; el resto de los chilenos tenemos que rascarnos con nuestras propias uñas.

Cuando escucho a algunos colegas encontrar todo malo y hablar de la altura de quince metros de los embalses, pienso que tenemos que combatir la burocracia donde sea necesario.

Espero que los medianos y pequeños agricultores tengan los recursos necesarios para construir embalses. Y si no son de quince metros, que sean de cinco metros o de un metro, lo que sea, pero que no sea necesario ir a donde el director general de Aguas a pedirle permiso, porque lo hacen con sus recursos y lo hacen porque lo necesitan.

Finalmente, quiero señalar que comparto lo que dijo el diputado Guzmán en cuanto a que el agua genera alimento, genera trabajo y genera vida.

Por ese y otros motivos, obviamente, voy a apoyar este proyecto.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Marcela Riquelme .

La señora RIQUELME (doña Marcela).-

Señorita Presidenta, más allá de las buenas intenciones que tiene este proyecto de ley, que, sin duda, puede paliar parte de la crisis de agua, sobre todo para los agricultores, tenemos que ver cuáles son los riesgos que conlleva.

Pero aquí hay un error jurídico importantísimo. La actual letra a) señala que los embalses con capacidad superior a 50.000 metros cúbicos se entenderán como obras mayores y deben tramitarse conforme al artículo 295°, el cual establece que la Dirección General de Aguas otorgará la autorización una vez aprobado el proyecto definitivo y siempre que haya comprobado que la obra no afectará la seguridad de terceros ni producirá la contaminación de las aguas. O sea, estamos excluyendo totalmente a la DGA de este proyecto de ley, única institución que puede velar por la seguridad del sistema, por la seguridad del agua.

Al reemplazar el literal a) por una nueva redacción, que solo se refiere a embalses a construir fuera de cauces, no queda regulada la situación dentro de los cauces. ¿Cuál es el resultado de esto? Cualquier cosa se puede construir dentro del cauce sin permiso de una obra mayor. ¿Se dan cuenta del riesgo que esto constituye?

¿Ustedes saben que en la comuna de Coltauco, así como en la comuna de Doñihue, tuvimos tremendas inundaciones en agosto del año recién pasado? Gran parte de eso fue el resultado de remociones en masa. Nosotros tenemos un tremendo problema de remociones en masa en nuestra precordillera y en la cordillera. Eso significa que al instalar esos tranques podemos perfectamente causar riesgo de inundación y destrucción de las comunidades. Ese es el riesgo. ¿Qué pasa si se está consumiendo más agua de la que corresponde en un determinado tranque? ¿Qué pasa si el agua no llega a los demás agricultores? Son preguntas que deben tener una respuesta, y esa respuesta la tiene que dar la DGA.

En la comisión intentamos que la DGA interviniera antes de que se redactara el proyecto. No se aceptó. Luego pedimos que interviniera después de redactado. No se aceptó. Solicitamos que interviniera en mitad de la discusión del proyecto. No se aceptó. O sea, se excluyó totalmente a la DGA de esta iniciativa. Esto significa que cualquier obra que se construya dentro del cauce, cualquiera que sea el tamaño, aun cuando constituya un riesgo, será de su responsabilidad.

¡Aquí voy a venir a cobrar esa responsabilidad si eso sucede en mi región!

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Marta Bravo .

La señorita BRAVO (doña Marta) .-

Señorita Presidenta, este proyecto se presenta debido a la grave crisis hídrica que atraviesa de norte a sur nuestro país y que afecta con fuerza al sector agrícola de la región que represento, la Región de Ñuble, uno de los sectores más afectados por el déficit hídrico, y que tiene impactos evidentes no solo en el funcionamiento del sector productivo, sino, incluso, en el acceso a alimentos por parte de la población.

Se tiende a pensar que las regiones del sur no tienen problemas con el agua, pero no es así. Por eso existe consenso en la importancia de contar con obras de acumulación de aguas, dadas las características del clima en nuestro país, con estaciones lluviosas definidas y veranos mayoritariamente secos. En el caso particular del sector agrícola, se hacen muy relevantes las obras de menor tamaño, diferentes de los embalses, cuya complejidad e impacto requieren, sin duda, de una mayor fiscalización.

Debido a la pasividad del gobierno, hemos presentado esta iniciativa, que busca ayudar con preferencia al sector agrícola. Pero no veamos este proyecto como si recogiera intereses particulares, sino como una solución que se puede ir mejorando y que tiene la intención de ayudar a los pequeños agricultores de nuestro país.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Hugo Rey .

El señor REY .-

Señorita Presidenta, el 85 por ciento de una manzana está constituida por agua; una sandía contiene aproximadamente un 95 por ciento de dicho líquido. La cereza, uno de los productos más exportados en mi región, contiene 83,7 por ciento de agua. Las lechugas, las acelgas y otras verduras que producen gran parte de los agricultores en la cuenca del Mataquito, fueron afectadas fuertemente por las lluvias recién pasadas, y estos todavía no reciben una solución definitiva. Bueno, esas verduras de hoja verde contienen más de 94 por ciento de agua. Es decir -aquí se ha dicho-, el agua produce alimento y, por lo tanto, el agua produce trabajo. Esa es la importancia del agua en la región que represento, una región con profunda vocación agrícola.

Cuando veo a colegas que no entienden el sentido y la importancia del agua en el mundo campesino, en el mundo agrícola, la verdad es que molesta, porque los agricultores saben que hay problemas para el riego, porque no tienen agua.

Hoy, más del 80 por ciento del agua se va al mar; nadie se queda con ella ni la acumula, porque es imposible. Repito: 80 por ciento del agua se pierde en el mar y tenemos problemas para acumularla.

¿Cuántos embalses construimos al año? Ninguno. Nos demoramos más de una década en hacer un embalse. En la Región del Maule necesitamos con urgencia más de cuatro embalses, porque, además, ayudan a contener el agua y evitar las inundaciones que se producen, justamente, por efecto de las lluvias. Pasó recientemente durante el temporal pasado: el agua de la zona sur de la región logró controlarse, porque hay más embalses. En cambio nosotros, en el Maule Norte, principalmente en la cuenca del Mataquito y en el río Maule, no tuvimos la posibilidad de generar ese control, sobre todo en la cuenca del Mataquito.

Si el gobierno no es capaz de construir embalses -no me refiero solo a este, sino también a los pasados-, ¿por qué vamos a prohibir que los agricultores que pueden construir tranques lo hagan, de modo de asegurar la producción de manzanas, cerezas, productos que dan trabajo y vida?

Por los agricultores de la Región del Maule, votaré a favor la iniciativa.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Para referirse a un punto del Reglamento, tiene la palabra el diputado René Alinco .

El señor ALINCO.-

Señorita Presidenta, el artículo 147 del Reglamento señala que los diputados no tendrán derecho a voto en los asuntos que interesen directa y personalmente a ellos, a sus ascendientes y descendientes, a sus cónyuges o a sus parientes colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, ambos inclusive, o a las personas ligadas a ellos por adopción.

Solicito que se aplique el artículo 147 y que todos los diputados y diputadas que tengan intereses en las aguas de Chile, o derechos de aguas, ellos o sus parientes, se inhabiliten de votar en esta ocasión.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Señor diputado, el Reglamento establece que cada parlamentario que siente que incurre en algún conflicto de intereses, se tiene que inhabilitar de forma voluntaria.

Ahora, si hay algún parlamentario que identifique que hubo alguna irregularidad respecto de la votación de otro, puede recurrir a la Comisión de Ética y Transparencia.

Tiene la palabra la diputada Camila Musante .

La señorita MUSANTE (doña Camila) .-

Señorita Presidenta, quiero comenzar por desmitificar una cuestión que se ha sostenido muchas veces en la Sala: el agua dulce que llega desde los ríos al mar no se pierde. Que los ríos descarguen sus aguas y sedimentos al mar es una parte del proceso natural que se conoce como ciclo del agua. Eso, como primera cuestión.

Como segunda cuestión, estoy muy en desacuerdo con este proyecto. Es una mala iniciativa, la que de ninguna manera viene a resolver la situación de crisis hídrica. El proyecto no solo afecta a pobladores y habitantes de muchas de las comunas de nuestro país que se encuentran con decretos de escasez hídrica, sino también a agricultores. De catorce comunas que represento, en trece de ellas pesa un decreto de escasez hídrica.

Hoy, lamentablemente, no se ha querido respaldar una medida de buena utilización de los recursos, cosa que he transmitido en incansables oportunidades al Ministerio de Obras Públicas y a la Dirección General de Aguas, para que de una vez por todas se ocupen los derechos de aprovechamiento de aguas que no se utilizan. Muchos de ellos, incluso, pagan patente por no utilizarse, salen a remate y no vuelven a la Administración del Estado, ello porque la DGA ha decidido no inyectar suficientes recursos para apropiarse de ellos.

Esta es una cuestión que tiene todo sentido: lo que no se utiliza que se reasigne a quienes tienen una necesidad verdadera de consumo humano del agua, pero también para la pequeña agricultura y el desempeño de otro tipo de actividades laborales en relación con la agricultura.

En esto creo que estamos al debe como Cámara de Diputadas y Diputados, porque acá se siguen presentando proyectos que no resuelven en absoluto la crisis hídrica. Creo que mucho de ello tiene que ver con el sistema de administración actual de privados de las aguas y con no permitir que estas vuelvan a la Administración del Estado, en circunstancias de que hoy existen mecanismos en el Código de Aguas que facultan a la DGA para aquello.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Mauricio Ojeda .

El señor OJEDA.-

Señora Presidenta, yo no entiendo muchas veces a los chilenos, porque la verdad es que somos tremendamente llorones.

Somos llorones, porque permanentemente nos quejamos de que tenemos una sequía brutal en nuestro país, falta de agua, el cambio climático, que no llueve, que tenemos que pagar camiones aljibe con platas del Estado para llevar agua a los chilenos, incluso en el sur de la Región de La Araucanía, donde vivo. Somos llorones los chilenos. Pero cuando la solución está frente a nuestros ojos, nos oponemos a todo.

Hablamos de la solución a la “crisis hídrica” -entre comillas, porque por Dios que tenemos agua en Chile, pero el problema es que no se administra bien-, pero el Estado no es capaz de proveer pequeños tranques a los agricultores para que puedan producir en mayor cantidad y, por tanto, para que bajen los precios de sus productos.

Además, el Estado no los deja construir, a propósito de la “burrocracia” -perdón: burocracia, pero cuando en el Congreso Nacional se presenta un proyecto para que los agricultores, con sus recursos, con plata de su bolsillo, en sus terrenos particulares, construyan un tranque que va a permitir mejorar la calidad en la producción, y por tanto que se logren bajar los precios, en este Congreso Nacional dicen que no.

Vamos a seguir llorando a lo largo del tiempo porque no tenemos agua, cuando cerca del 90 por ciento del agua se pierde en el mar. ¡Casi el 90 por ciento! Y cuando plantean que hay peligro de inundaciones, a propósito de los tranques que pudiesen crear los agricultores, les recuerdo que las inundaciones se producen todos los años, por el exceso de agua que va en los ríos y que se pierde en el mar.

De una vez por todas, ¿cuándo nos sacamos la venda ideológica y comenzamos a tener sentido común por la gente? Los chilenos lloramos porque no hay agua. ¡Pero si nos sobra el agua!

Vayan a ver el Medio Oriente, en el desierto, la cantidad de producción que hay, con un poquito de agua, que no es ni la tercera parte del agua que tenemos en Chile.

Nos sobre el agua, pero estamos acostumbrados a llorar, y cuando alguien nos presenta una solución, como esta, y que eliminemos la burocracia del Estado para que los agricultores puedan construir con su plata, en sus terrenos, les dicen que no. ¿Quién los entiende?

Pónganse un minuto en los zapatitos de los agricultores.

¡Por Dios que les falta conocer la tierra y el terreno a muchos parlamentarios!

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma .

El señor COLOMA.-

Señora Presidenta, en primer lugar, y como cuestión previa, lamento que nuevamente el Ejecutivo se haya mantenido al margen de esta discusión. En la Comisión de Agricultura no fueron capaces de presentar una sola indicación al proyecto.

Entonces, a los que dicen que la DGA pierde atribuciones, que no se escucha al Estado, les respondo que lo citamos seis o siete veces, le dimos plazo y aumento de plazo para presentar indicaciones, pero en el oficialismo no fueron capaces de llegar a un acuerdo entre ellos. Ese es el motivo por el cual el Ejecutivo no presentó indicaciones ni está en la Sala el día de hoy.

Lo que busca este proyecto de ley es ayudar a la agricultura y evitar la pérdida del agua.

Al respecto, muchas veces se crean fantasmas, pero yo no sé si quienes reclaman entienden qué significa un embalse de 250.000 metros cúbicos. Es un embalse chico, es un microembalse que permite a agricultores asegurar el agua para 8 o 10 hectáreas; que les permite a los pequeños agricultores postular a fondos del Indap para asegurar el agua para su temporada de riego.

Algunos dicen que aquí va a haber remociones en masa. Un ejemplo: si hablamos en relación con el embalse Rapel , veremos que es un microembalse 2.500 veces más chico. Es una gota de agua en el mar.

Lo que se pretende con esto es poder empujar a los agricultores, a los pequeños agricultores, a los microagricultores, a juntarse para poder guardar agua para la época de más sequía. De eso estamos hablando el día de hoy.

Para que se hagan una idea, estamos diciendo que uno de estos microembalses, cuando tiene que pasar por el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, tiene una demora de un año y medio y un costo de 80 millones de pesos. Eso es lo que le estamos ahorrando a los pequeños agricultores. Además, se va a tener que informar a la DGA cuando partan los trabajos. Aquí nadie quiere esconder nada.

Por lo tanto, les pido que lean el proyecto, lo entiendan, y vean que aquí lo que estamos haciendo es favorecer la construcción de microembalses en apoyo a la pequeña agricultura, que va a ayudar a la pequeña agricultura familiar.

De eso estamos hablando, esas son las dimensiones y este fue el motivo por el cual, después de reunirnos con pequeños agricultores, presentamos este proyecto de ley, que espero que se apruebe el día de hoy, porque lo único que hace es evitar que, cuando llueva, el agua se vaya al mar. No estamos hablando de toda el agua, sino de recuperar una pequeña fracción.

Bienvenido este proyecto para apoyar a la agricultura.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Diego Schalper .

El señor SCHALPER.-

Señorita Presidenta, algunos aquí decían, a propósito de las últimas precipitaciones, que este proyecto ya no tenía tanta urgencia.

¡Qué manera de desconocer el mundo del campo! Qué incapacidad de entender el drama que han vivido muchos pequeños y medianos agricultores en los últimos años, quienes han tenido un respiro con las últimas precipitaciones, pero para quienes su principal agobio es la ausencia de agua para llevar adelante sus cultivos.

Quizás algunos no lo entienden, pero el agua es parte esencial del desarrollo agrícola de los pequeños y medianos agricultores, muchos de ellos beneficiarios del Indap, que forman parte de la familia campesina de nuestro país y a los que proyectos como este les dan algún respiro para poder pensar en contar con microespacios para poder guardar sus aguas.

Provengo de una región en donde tenemos dos embalses parados desde hace más de ocho años en la burocracia del Estado: el embalse de Codegua y el embalse de Bollenar, en Rengo. Eso es una tragedia para miles de agricultores.

Yo sé que hay algunos a quienes no les cabe en la cabeza que esto no se trata de los grandes agricultores, las transnacionales frutícolas -tienen fobia a que alguien desarrolle el trabajo agrícola y dé empleo, por ejemplo, en el caso nuestro, en las comunas más pobres de la Región de O'Higgins-, sino que se trata de los pequeños y medianos agricultores que dedican fuerza y energía a este tipo de proyectos.

¿Qué sacamos con tener un gabinete procrecimiento si los que están ahí de crecimiento entienden bastante poco? ¿Qué sacamos con que se reúnan setenta veces los que celebran un crecimiento de 0,2 por ciento, como si fuera el carnaval del crecimiento, y debaten medidas que no entienden?

Al final, fomentar la producción, el empleo, el desarrollo es descongestionar la tremenda traba burocrática que hoy día hay en Chile y sacarse esta desconfianza endémica que tienen respecto a las personas.

Se me vino a la memoria -se lo comenté a mi colega Leonidas Romerocuando el proyecto constitucional fenecido y rechazado pretendía terminar con la administración privada de las aguas, porque les tienen fobia a los privados.

Entonces, este proyecto, que parece una cosa muy menor y muy puntual, toca un tema muy de fondo, que es la capacidad que tienen los pequeños y medianos agricultores de hacerse parte del desafío de cuidar las aguas.

Por tanto, espero que lo aprobemos, y ojalá no encontremos, una vez más, una oposición ideológica en el Congreso Nacional, que no tiene correlación con la realidad y que impide que especialmente los más pobres de Chile puedan realizar sus propios desarrollos personales.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb .

El señor RATHGEB.-

Señorita Presidenta, desde hace ya bastante tiempo, soy uno de los que hablan del tema agrícola como una situación compleja. Y hablo como disco rayado sobre el precio de los fertilizantes, sobre la colusión y sobre el hecho de que finalmente el precio que se le paga al agricultor no se ve reflejado en el producto final, como es el pan, por ejemplo. De hecho, recurrimos a la Fiscalía Nacional Económica respecto de esta última situación.

Sin embargo, en este momento no voy a hablar de la agricultura, sino de las zonas urbanas.

¿Por qué? Porque realmente es muy desesperante cuando el incendio que parte en sectores rurales se acerca a la ciudad, y no hay pequeños embalses para que las aeronaves puedan sacar agua dulce para combatirlo. Eso ocurre permanentemente. Ocurrió en la localidad de Santa Olga con el tremendo incendio que allí hubo, y ha ocurrido en muchas localidades, porque, como no existe un embalse de agua dulce cerca, el incendio se extiende.

Por lo tanto, no solo veamos la construcción de embalses desde el punto de vista productivo, sino también considerando la situación de la gente que vive en pequeñas localidades semiurbanas o urbanas que están cercadas por bosque o cultivos que son quemados. Digo “que son quemados”, porque se trata de intervenciones de terceras personas.

También es desesperante cuando la producción agrícola es menor a la que pudiese existir, y en las ciudades el precio de los alimentos sube considerablemente.

Este proyecto permitirá que el costo de nuestros agricultores baje considerablemente y que baje el precio del producto final, que llega a las grandes ciudades y que permite alimentar a nuestra gente.

Por lo tanto -reitero-, no veamos este proyecto solo desde el punto de vista de aquellos campesinos que sufren los 365 días del año entregando su sacrificio, su esfuerzo, su responsabilidad y su trabajo en la tierra para proporcionar los alimentos que llegan a la mesa de todos los chilenos, sino también desde el punto de vista de aquellas personas que viven en las ciudades, en centros poblados y que, en situaciones de emergencia -entre ellas, la escasez de alimentos-, sufren porque no existen los embalses adecuados para combatir los incendios. Si se produce un incendio abrasador, se necesita rápidamente agua dulce; en las zonas costeras el agua no se puede sacar del mar, porque contamina. Por tanto, necesitamos esos embalses para combatir los incendios.

Echo de menos la participación del gobierno en la discusión de este tema. Debería estar presente el ministro de Agricultura para defender esta iniciativa, porque dará un respiro a la Conaf, al Indap y al SAG para que puedan desarrollar mejor su labor frente a los incendios.

Debemos aprobar esta iniciativa para dar mayor tranquilidad a la gente del sector rural, pero también a la gente del sector urbano, de las ciudades, que necesita alimentación y la seguridad de que cada vez que haya un incendio, este pueda ser combatido con eficiencia y rapidez para no poner en riesgo la vida o los bienes de las personas.

He dicho.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (Vicepresidenta).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Corresponde votar en particular el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola.

Corresponde votar en particular el número 2 del artículo 1 del proyecto, en los términos sugeridos por la Comisión de Agricultura en su segundo informe.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos; por la negativa, 58 votos. Hubo 11 abstenciones.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Rechazado.

-Votaron por la afirmativa:

Ahumada Palma , Yovana Del Real , Mihovilovic , Catalina , Matheson Villán , Christian , Raphael Mora , Marcia , Alessandri Vergara , Jorge , Donoso Castro , Felipe , Medina Vásquez , Karen , Rathgeb Schifferli , Jorge , Araya Lerdo de Tejada, Cristián , Durán Salinas , Eduardo , Mellado Suazo , Miguel , Rey Martínez, Hugo , Arroyo Muñoz , Roberto , Flores Oporto , Camila , Meza Pereira , José Carlos , Romero Leiva , Agustín , Barchiesi Chávez , Chiara , Fuenzalida Cobo, Juan , Morales Maldonado , Carla , Romero Sáez , Leonidas , Becker Alvear , Miguel Ángel , González Villarroel , Mauro , Moreira Barros , Cristhian , Romero Talguia , Natalia , Beltrán Silva , Juan Carlos , Guzmán Zepeda , Jorge , Moreno Bascur , Benjamín , Sánchez Ossa , Luis , Benavente Vergara , Gustavo , Irarrázaval Rossel, Juan , Ojeda Rebolledo , Mauricio , Sauerbaum Muñoz , Frank , Berger Fett , Bernardo , Jouannet Valderrama , Andrés , Olivera De La Fuente , Erika , Schalper Sepúlveda , Diego , Bórquez Montecinos , Fernando , Jürgensen Rundshagen , Harry , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Schubert Rubio , Stephan , Bravo Salinas , Marta , Labbé Martínez , Cristian , Oyarzo Figueroa , Rubén Darío , Sulantay Olivares, Marco Antonio , Carter Fernández , Álvaro , Lavín León , Joaquín , Pérez Cartes , Marlene , Teao Drago , Hotuiti , Castro Bascuñán , José Miguel , Leal Bizama , Henry , Pérez Olea , Joanna , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Montt , Andrés , Lilayu Vivanco , Daniel, Pino Fuentes , Víctor Alejandro , Undurraga Gazitúa , Francisco , Coloma Álamos, Juan Antonio , Longton Herrera , Andrés , Pulgar Castillo , Francisco , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cordero Velásquez , María Luisa , Martínez Ramírez , Cristóbal , Ramírez Diez , Guillermo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Cornejo Lagos , Eduardo .

-Votaron por la negativa:

Acevedo Sáez , María Candelaria , Delgado Riquelme , Viviana , Mulet Martínez , Jaime , Sáez Quiroz , Jaime , Alinco Bustos , René , Fries Monleón , Lorena , Musante Müller , Camila , Sagardía Cabezas, Clara , Araya Guerrero , Jaime , Gazmuri Vieira , Ana María , Naranjo Ortiz , Jaime , Schneider Videla , Emilia , Arce Castro , Mónica , Giordano Salazar , Andrés , Nuyado Ancapichún , Emilia , Serrano Salazar , Daniela , Astudillo Peiretti , Danisa , González Gatica , Félix , Ñanco Vásquez , Ericka , Soto Ferrada , Leonardo , Barrera Moreno, Boris , Hertz Cádiz , Carmen , Orsini Pascal , Maite , Soto Mardones, Raúl , Bello Campos , María Francisca , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Palma Pérez , Hernán , Tapia Ramos , Cristián , Bernales Maldonado , Alejandro , Ibáñez Cotroneo , Diego , Pérez Salinas , Catalina , Tello Rojas , Carolina , Bianchi Chelech , Carlos , Ilabaca Cerda , Marcos, Pizarro Sierra , Lorena , Ulloa Aguilera , Héctor , Bravo Castro , Ana María , Jiles Moreno , Pamela , Placencia Cabello , Alejandra , Undurraga Vicuña , Alberto , Brito Hasbún , Jorge , Malla Valenzuela , Luis , Ramírez Pascal , Matías , Veloso Ávila, Consuelo , Cariola Oliva , Karol , Melo Contreras , Daniel , Riquelme Aliaga , Marcela , Videla Castillo , Sebastián , Castillo Rojas , Nathalie , Mirosevic Verdugo , Vlado , Rojas Valderrama , Camila , Winter Etcheberry , Gonzalo , Cicardini Milla , Daniella , Mix Jiménez , Claudia , Rosas Barrientos , Patricio , Yeomans Araya , Gael , Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto , Molina Milman , Helia .

-Se abstuvieron:

Aedo Jeldres, Eric , Camaño Cárdenas , Felipe , Lagomarsino Guzmán , Tomás , Saffirio Espinoza , Jorge , Bugueño Sotelo , Félix , Cifuentes Lillo , Ricardo , Manouchehri Lobos , Daniel , Sepúlveda Soto , Alexis , Calisto Águila , Miguel Ángel , De Rementería Venegas , Tomás , Mellado Pino , Cosme .

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Corresponde votar en particular el numeral 2 del artículo 1, en su primer informe.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 59 votos. Hubo 8 abstenciones.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa:

Ahumada Palma , Yovana , Cornejo Lagos , Eduardo , Matheson Villán , Christian , Rathgeb Schifferli , Jorge , Alessandri Vergara , Jorge Del Real , Mihovilovic , Catalina , Medina Vásquez , Karen , Rey Martínez, Hugo , Araya Lerdo de Tejada, Cristián , Donoso Castro , Felipe , Mellado Suazo , Miguel , Rivas Sánchez , Gaspar , Arroyo Muñoz , Roberto , Durán Salinas , Eduardo , Meza Pereira , José Carlos , Romero Leiva , Agustín , Barchiesi Chávez , Chiara , Flores Oporto , Camila , Morales Maldonado , Carla , Romero Sáez , Leonidas , Becker Alvear , Miguel Ángel , Fuenzalida Cobo, Juan , Moreira Barros , Cristhian , Romero Talguia , Natalia , Beltrán Silva , Juan Carlos , González Villarroel , Mauro , Moreno Bascur , Benjamín , Saffirio Espinoza , Jorge , Benavente Vergara , Gustavo , Guzmán Zepeda , Jorge , Ojeda Rebolledo , Mauricio , Sánchez Ossa , Luis , Berger Fett , Bernardo , Irarrázaval Rossel, Juan , Olivera De La Fuente , Erika , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bórquez Montecinos , Fernando , Jouannet Valderrama , Andrés , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Schalper Sepúlveda , Diego , Bravo Salinas , Marta , Jürgensen Rundshagen , Harry , Oyarzo Figueroa , Rubén Darío , Schubert Rubio , Stephan , Calisto Águila , Miguel Ángel , Labbé Martínez , Cristian , Pérez Cartes , Marlene , Sulantay Olivares, Marco Antonio , Carter Fernández , Álvaro , Lavín León , Joaquín , Pérez Olea , Joanna , Teao Drago , Hotuiti , Castro Bascuñán , José Miguel , Leal Bizama , Henry, Pino Fuentes , Víctor Alejandro , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Montt , Andrés , Lilayu Vivanco , Daniel , Pulgar Castillo , Francisco , Undurraga Gazitúa , Francisco , Coloma Álamos, Juan Antonio , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cordero Velásquez , María Luisa , Martínez Ramírez , Cristóbal , Raphael Mora , Marcia , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón .

-Votaron por la negativa:

Acevedo Sáez , María Candelaria , Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto , Molina Milman , Helia , Sáez Quiroz , Jaime , Alinco Bustos , René , Delgado Riquelme , Viviana , Mulet Martínez , Jaime , Sagardía Cabezas, Clara , Araya Guerrero , Jaime , Fries Monleón , Lorena , Musante Müller , Camila , Schneider Videla , Emilia , Arce Castro , Mónica , Gazmuri Vieira , Ana María , Naranjo Ortiz , Jaime , Serrano Salazar , Daniela , Astudillo Peiretti , Danisa , Giordano Salazar , Andrés , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Ferrada , Leonardo , Barrera Moreno, Boris , González Gatica , Félix , Ñanco Vásquez , Ericka , Soto Mardones, Raúl , Bello Campos , María Francisca , Hertz Cádiz , Carmen , Orsini Pascal , Maite , Tapia Ramos , Cristián , Bernales Maldonado , Alejandro , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Palma Pérez , Hernán , Tello Rojas , Carolina , Bianchi Chelech , Carlos , Ibáñez Cotroneo , Diego , Pérez Salinas , Catalina , Ulloa Aguilera , Héctor , Bravo Castro , Ana María , Ilabaca Cerda , Marcos, Pizarro Sierra , Lorena , Undurraga Vicuña , Alberto , Brito Hasbún , Jorge , Jiles Moreno , Pamela , Placencia Cabello , Alejandra , Veloso Ávila, Consuelo , Bugueño Sotelo , Félix , Malla Valenzuela , Luis , Ramírez Pascal , Matías , Videla Castillo , Sebastián , Cariola Oliva , Karol , Melo Contreras , Daniel , Riquelme Aliaga , Marcela , Winter Etcheberry , Gonzalo , Castillo Rojas , Nathalie , Mirosevic Verdugo , Vlado , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya , Gael , Cicardini Milla , Daniella , Mix Jiménez , Claudia , Rosas Barrientos , Patricio .

-Se abstuvieron:

Aedo Jeldres, Eric , Cifuentes Lillo , Ricardo , Lagomarsino Guzmán , Tomás , Mellado Pino , Cosme , Camaño Cárdenas , Felipe , De Rementería Venegas , Tomás , Manouchehri Lobos , Daniel , Sepúlveda Soto , Alexis .

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Corresponde votar en particular el número 1 del artículo 1 y el artículo 2, en los términos sugeridos por la Comisión de Agricultura tanto en su primer como en su segundo informe.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 57 votos. Hubo 9 abstenciones.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Aprobados.

-Votaron por la afirmativa:

Ahumada Palma , Yovana , Cornejo Lagos , Eduardo , Matheson Villán , Christian , Rathgeb Schifferli , Jorge , Alessandri Vergara , Jorge , Del Real Mihovilovic , Catalina , Medina Vásquez , Karen , Rey Martínez, Hugo , Araya Lerdo de Tejada, Cristián , Donoso Castro , Felipe , Mellado Suazo , Miguel , Rivas Sánchez , Gaspar , Arroyo Muñoz , Roberto , Durán Salinas , Eduardo , Meza Pereira , José Carlos , Romero Leiva , Agustín , Barchiesi Chávez , Chiara , Flores Oporto , Camila , Morales Maldonado , Carla , Romero Sáez , Leonidas , Becker Alvear , Miguel Ángel , Fuenzalida Cobo, Juan , Moreira Barros , Cristhian , Romero Talguia , Natalia , Beltrán Silva , Juan Carlos , González Villarroel , Mauro , Moreno Bascur , Benjamín , Saffirio Espinoza , Jorge , Benavente Vergara , Gustavo , Guzmán Zepeda , Jorge , Ojeda Rebolledo , Mauricio , Sánchez Ossa , Luis , Berger Fett , Bernardo , Irarrázaval Rossel, Juan , Olivera De La Fuente , Erika , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bórquez Montecinos , Fernando , Jouannet Valderrama , Andrés , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Schalper Sepúlveda , Diego , Bravo Salinas , Marta , Jürgensen Rundshagen , Harry , Oyarzo Figueroa , Rubén Darío , Schubert Rubio , Stephan , Calisto Águila , Miguel Ángel , Labbé Martínez , Cristian , Pérez Cartes , Marlene , Sulantay Olivares, Marco Antonio , Carter Fernández , Álvaro , Lavín León , Joaquín , Pérez Olea , Joanna , Teao Drago , Hotuiti , Castro Bascuñán , José Miguel , Leal Bizama , Henry, Pino Fuentes , Víctor Alejandro , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Montt , Andrés , Lilayu Vivanco , Daniel , Pulgar Castillo , Francisco , Undurraga Gazitúa , Francisco , Coloma Álamos, Juan Antonio , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cordero Velásquez , María Luisa , Martínez Ramírez , Cristóbal , Raphael Mora , Marcia , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón .

-Votaron por la negativa:

Acevedo Sáez , María Candelaria , Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto, Mix Jiménez , Claudia , Rojas Valderrama , Camila , Alinco Bustos , René , Delgado Riquelme , Viviana , Molina Milman , Helia , Rosas Barrientos , Patricio , Araya Guerrero , Jaime , Fries Monleón , Lorena , Mulet Martínez , Jaime , Sáez Quiroz , Jaime , Arce Castro , Mónica , Gazmuri Vieira , Ana María , Musante Müller , Camila , Sagardía Cabezas, Clara , Astudillo Peiretti , Danisa , Giordano Salazar , Andrés , Naranjo Ortiz , Jaime , Schneider Videla , Emilia , Barrera Moreno, Boris , González Gatica , Félix , Nuyado Ancapichún , Emilia , Serrano Salazar , Daniela , Bello Campos , María Francisca , Hertz Cádiz , Carmen , Ñanco Vásquez , Ericka , Soto Mardones, Raúl , Bernales Maldonado , Alejandro , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Orsini Pascal , Maite , Tapia Ramos , Cristián , Bianchi Chelech , Carlos , Ibáñez Cotroneo , Diego , Palma Pérez , Hernán , Tello Rojas , Carolina , Bravo Castro , Ana María , Ilabaca Cerda , Marcos, Pérez Salinas , Catalina , Ulloa Aguilera , Héctor , Brito Hasbún , Jorge , Jiles Moreno , Pamela , Pizarro Sierra , Lorena , Undurraga Vicuña , Alberto , Bugueño Sotelo , Félix , Malla Valenzuela , Luis , Placencia Cabello , Alejandra , Videla Castillo , Sebastián , Cariola Oliva , Karol , Melo Contreras , Daniel , Ramírez Pascal , Matías , Winter Etcheberry , Gonzalo , Castillo Rojas , Nathalie , Mirosevic Verdugo , Vlado , Riquelme Aliaga , Marcela , Yeomans Araya , Gael , Cicardini Milla , Daniella .

-Se abstuvieron:

Aedo Jeldres , Eric, De Rementería Venegas , Tomás , Mellado Pino , Cosme , Soto Ferrada , Leonardo , Camaño Cárdenas , Felipe , Manouchehri Lobos , Daniel , Sepúlveda Soto , Alexis , Veloso Ávila, Consuelo , Cifuentes Lillo, Ricardo .

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Despachado el proyecto al Senado.

1.8. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 19 de marzo, 2024. Oficio en Sesión 4. Legislatura 372.

VALPARAÍSO, 19 de marzo de 2024

Oficio Nº19.307

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la moción, informes y demás antecedentes que se adjuntan, la Cámara de Diputados ha aprobado el siguiente proyecto de ley que modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, correspondiente al boletín N°16.193-01:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1.- Modifícase el artículo 294 del Código de Aguas en el siguiente sentido:

1. Sustituyese su literal a) por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”.

2. Incorpórase el siguiente inciso final:

“Los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción, y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6.”.

Artículo 2. El Presidente de la República, a través de decreto supremo suscrito por el Ministerio de Agricultura, podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola” y las medidas que contribuyan al almacenamiento de agua para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo.”.

*****

Dios guarde a V.E.

RICARDO CIFUENTES LILLO

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Agricultura

Senado. Fecha 14 de abril, 2025. Informe de Comisión de Agricultura en Sesión 11. Legislatura 373.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola. BOLETÍN Nº 16.193-01

Objetivo(s) / Constancias / Normas de Quórum Especial no tiene / Consulta Excma. Corte Suprema no hubo / Asistencia / Antecedentes de Hecho / Aspectos Centrales del Debate / Discusión en General / Discusión en particular / Modificaciones / Texto / Acordado / Resumen Ejecutivo.

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Agricultura tiene el honor de informar el proyecto de ley de la referencia, iniciado en Moción de las Honorables Diputadas señoras Marta Bravo, Natalia Romero y Flor Weisse, y los Honorables Diputados señores Gustavo Benavente, Juan Antonio Coloma, Eduardo Cornejo, Felipe Donoso, Juan Fuenzalida, Cristóbal Martínez y Marco Antonio Sulantay, sin urgencia.

Se hace presente que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Corporación, la Comisión debía discutir solo en general esta iniciativa de ley; sin embargo, en la sesión de Sala del 8 de enero de 2025, el Senado autorizó a la Comisión para discutir el proyecto de ley en general y en particular a la vez, la que resultó aprobada por la mayoría sus integrantes presentes (3x1 abstención).

- - -

OBJETIVO DEL PROYECTO

Modificar el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, elevando la capacidad de las infraestructuras que no requieren de la aprobación del Director General de Aguas.

- - -

CONSTANCIAS

-Normas de quórum especial: No tiene.

-Consulta a la Excma. Corte Suprema: No hubo.

-- -

ASISTENCIA

-Senadores y Diputados no integrantes de la Comisión:

Honorable Diputado señor Juan Antonio Coloma Álamos.

-Representantes del Ejecutivo e invitados:

Por el Ministerio de Agricultura: el Ministro, señor Esteban Valenzuela; los asesores legislativos, señora Catalina Núñez y señor Xavier Palominos; la Jefa de Comunicación, señora Paola Passig, y el Fotógrafo, don Marcelo Álvarez.

Por la Comisión Nacional de Riego, el Director Nacional, señor Wilson Ureta, y el asesor, señor Fabián Luengo.

Por el Ministerio de Medio Ambiente: el Ministro (s), señor Maximiliano Proaño Ugalde, y los asesores legislativos, señora Rocío Fondón y señor Tomás Monsalve.

Por el Ministerio de Obras Públicas: el asesor legislativo, señor Tomás Mendoza.

Por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA): la Directora, señora Valentina Duran, y la asesora, señora Verónica Delgado.

Por la Dirección de Obras Hidráulicas: la Directora, señora María Loreto Mery.

Por la Dirección General de Aguas: el Director, señor Rodrigo Sanhueza, y la asesora legislativa, señora María Graciela Veas.

Por la Sociedad Nacional de Agricultura SNA, el Gerente de Políticas Públicas, señor Federico Errázuriz.

Por la Corporación Nacional Forestal (CONAF): la Directora, señora Aida Baldini, y el asesor legislativo, señor Maximiliano Guiñez.

Por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, División Desarrollo Urbano, el arquitecto señor Ricardo Leñam.

Otros asistentes:

Por Ministerio Secretaría General de la Presidencia: los señores Héctor Correa y Daniel Olivares, y la señora Michelle Sabater.

Por la Biblioteca del Congreso Nacional, don Paco González y doña Verónica de la Paz.

Por Comité RN, el asesor señor Sebastián Amado;

Asesores Parlamentarios: de la Senadora señora Aravena, doña Carmen Castañaza y doña Constanza Tirado; del Senador señor Durana, don César Quiroga y doña Pamela Cousins; del Senador señor Latorre, doña Rocío Olivares, doña Jennifer Astudillo y don Felipe Morales; del Senador Prohens, doña Camila Briones y don Sebastián Amado; de la Senadora señora Sepúlveda, don Hermes Gutiérrez, don Mauricio Vásquez y doña Magaly

Fuenzalida; de la Senadora señora Paulina Vodanovic, doña Karen Díaz; del Senador señor García Ruminot, don Rodrigo Munita; del Senador señor De Urresti, don Luciano Candia y doña Fernanda Valencia; y el señor Fernando Velarde.

Por la Bancada UDI: la periodista, señora Macarena Cox.

Por el Comité Republicano: la periodista, señora Andrea González.

Por la Fundación Jaime Guzmán: el asesor legislativo, señor Juan José Llorente.

Por el Comité Socialista: el asesor, señor Javier Sutil.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se ha tenido en consideración la Moción de las Honorables Diputadas señoras Marta Bravo, Natalia Romero y Flor Weisse, y los Honorables Diputados señores Gustavo Benavente, Juan Antonio Coloma, Eduardo Cornejo, Felipe Donoso, Juan Fuenzalida, Cristóbal Martínez y Marco Antonio Sulantay.

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ASPECTOS CENTRALES DEL DEBATE

En el transcurso del estudio del proyecto de ley en la Comisión de Agricultura se relevó la importancia de los tranques de uso agrícola para la eficiencia en la utilización del agua para el regadío. Se hizo hincapié en que este tipo de obras conllevan grandes beneficios en términos de la calidad de vida de los agricultores. A su vez, se tuvo presente la necesidad de resguardar la seguridad de las obras tanto para las comunidades aledañas como para el medio ambiente.

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DISCUSIÓN EN GENERAL[1]

Presentación del proyecto de ley por parte del autor de la Moción, y debate preliminar en la Comisión.

Al iniciar el estudio del proyecto de ley en informe, la Comisión recibió en audiencia al Honorable Diputado señor Juan Antonio Coloma Álamos.

El Honorable Diputado señor Coloma, uno de los autores de la moción, expuso que el proyecto de ley tiene por propósito aumentar la capacidad de construcción de pequeños embalses de uso agrícola, lo cual permitiría almacenar mayor cantidad de agua sin que sea necesario pasar por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA. La medida está diseñada para mejorar la capacidad de respuesta de los agricultores ante la sequía y el cambio climático, dos fenómenos que, a su juicio, ya no son excepcionales, sino una realidad permanente.

Argumentó que, en la actualidad, la legislación chilena sólo permite construir pequeños embalses de hasta 50.000 metros cúbicos en predios privados, lo que se considera insuficiente frente a la magnitud del desafío hídrico. Expuso que, aunque en los últimos años ha habido algunas mejoras en las precipitaciones, la crisis de agua sigue siendo una problemática estructural, exacerbada por el cambio climático. Luego, explicó que uno de los principales problemas es que, cuando llueve, el agua, en lugar de ser aprovechada eficientemente, corre hacia el mar perdiéndose un valioso recurso hídrico que podría ser utilizado para el riego agrícola, especialmente en las zonas rurales más afectadas por la sequía.

Este proyecto, afirmó, busca ser una respuesta concreta para mitigar esta situación y ayudar a los agricultores a enfrentar un futuro en el que la escasez de agua será cada vez más frecuente. En este sentido, dijo que uno de sus puntos principales es la necesidad de elevar el límite actual de los embalses permitidos sin evaluación ambiental. A modo de ejemplo, explicó que una capacidad de 50.000 metros cúbicos equivale, aproximadamente, al tamaño de las grandes piscinas de una hectárea. Agregó que si los agricultores, ya sean privados o asociados, desean construir embalses de mayor capacidad —más de los 50.000 metros cúbicos referidos— están obligados a someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, un proceso que, según sus estimaciones, puede tardar hasta 21 meses en completarse y que conlleva costos financieros muy elevados, lo cual desalienta la inversión en infraestructuras hídricas de mayor envergadura.

Recordó que la propuesta, en un principio, sugería aumentar el límite de capacidad de estos embalses a 500.000 metros cúbicos, sin embargo, en el curso de la discusión legislativa se resolvió reducir dicha cifra a 250.000 metros cúbicos. Esta modificación, explicó, responde a la preocupación por la seguridad estructural de los embalses, particularmente tras las experiencias recientes de colapso de varios pequeños y micro embalses que superan los 250.000 metros cúbicos, situación que ocurrió en el contexto de las grandes crecidas de agua vivas en el año 2023. Hizo hincapié en que este ajuste en el proyecto no sólo es moderado, sino necesario para evitar que la construcción de embalses de gran tamaño implique riesgos adicionales en casos de precipitaciones extremas.

Agregó que, en el proceso de tramitación de la ley, se solicitó al Ejecutivo que formulara indicaciones para que la Dirección General de Aguas (DGA) asumiera un rol activo en la fiscalización de la construcción de los muros de estos embalses, con el objeto de evitar posibles colapsos, lo que no prosperó. Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto establece -como medida de seguridad- que la altura máxima de los muros de los embalses no debe superar los 15 metros, lo que contribuirá a prevenir los riesgos de estas infraestructuras. Recalcó que, aunque el aumento de la capacidad de embalse es significativo, este sólo podrá aplicarse en lugares alejados del cauce natural de los ríos, respetando siempre la conservación de estos ecosistemas.

Luego, destacó que la iniciativa busca alcanzar dos objetivos principales:

Uno) En primer lugar, aumentar la capacidad de embalse de los pequeños agricultores, permitiéndoles almacenar más agua y utilizarla de manera eficiente en épocas de sequía. Este incremento en la capacidad será fundamental para garantizar la sostenibilidad de la agricultura en las zonas rurales más afectadas por la falta de agua.

Dos) En segundo término, el proyecto tiene como finalidad facilitar el acceso a financiamiento, tanto público como privado, para la construcción de estos pequeños embalses. Explicó que, con el límite actual de 50.000 metros cúbicos, resulta poco atractivo para los pequeños agricultores asociarse para construir embalses colectivos, ya que la cantidad de agua almacenada sería insuficiente para cubrir sus necesidades. Sin embargo, al aumentar el límite de capacidad a 250.000 metros cúbicos, se crea un mayor incentivo para que los agricultores se organicen y accedan a financiamiento a través de programas del Ministerio de Agricultura y del Ministerio de Obras Públicas. Enfatizó que esta mayor capacidad de embalse permitirá a los pequeños agricultores enfrentar mejor las sequías prolongadas que, en su opinión, han llegado para quedarse en el país.

Finalmente, agradeció a la Comisión por darle la oportunidad de exponer y explicar el proyecto. Reiteró que esta iniciativa es una respuesta directa a los desafíos hídricos que enfrenta Chile y que, con su aprobación, se estarían sentando las bases para una mejor gestión del agua en el sector agrícola, un área crucial para la economía y el desarrollo rural del país.

A continuación, el Ministro de Agricultura, señor Esteban Valenzuela, valoró la iniciativa en discusión, especialmente en lo relativo a la posibilidad de simplificar los procedimientos al reducir la necesidad de recurrir al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Afirmó que existe disposición para avanzar en este sentido, aunque recordó que en años recientes se han presentado desafíos en torno a la implementación de embalses de mayor envergadura. Recordó su visita a Peralillo junto a la Senadora señora Sepúlveda, donde surgieron controversias relacionadas con un embalse que data de la época de la reforma agraria, con una capacidad de 2,5 millones. Subrayó que el diseño del proyecto debe considerar lecciones del pasado para evitar conflictos similares. En su opinión, el diálogo interministerial entre las Carteras de Agricultura, de Obras Públicas y de Medio Ambiente es fundamental para alcanzar un consenso de que atienda tanto las necesidades productivas como las exigencias ambientales. Precisó que no es suficiente aumentar la capacidad de los embalses sin tomar en cuenta las particularidades de cada territorio, haciendo énfasis en que Chile posee una geografía diversa con zonas propensas a terremotos en mayor medida que otras.

Además, mencionó la importancia de evaluar experiencias internacionales para enriquecer la discusión. Aludió a lo ocurrido recientemente en la ciudad de Valencia, España, donde, tras décadas sin eventos similares, una gran riada afectó la zona, provocando daños considerables y numerosos fallecimientos. Según señaló, parte del problema se originó porque en algunas quebradas se habían construido pequeños tranques, los cuales, aunque diferentes de los embalses en ríos mayores, representaron un riesgo adicional en áreas rurales y aldeas cercanas. Este ejemplo demuestra que es necesario adoptar un enfoque preventivo para asegurar que la infraestructura.

Finalmente, en esta parte, enfatizó que la intención del Gobierno es alcanzar un acuerdo prudente y viable para los distintos territorios del país.

Aseguró que se está trabajando en coordinación con las Carteras mencionadas para definir parámetros claros que permitan, tanto el desarrollo agrícola, como la protección del medio ambiente, pues es importante considerar un equilibrio entre los objetivos productivos y la seguridad territorial, considerando las características particulares de cada región.

El señor Wlison Ureta, Director Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, observó que el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados exige de algunas especificaciones técnicas para diferenciar claramente su alcance, pues términos como "tranque" o "embalse" pueden inducir a errores en cuanto a las dimensiones de la obra; esta diferenciación no se trata solo de lenguaje, sino de una comprensión precisa de las capacidades de cada tipo de infraestructura. Argumentó que el término "tranque" resulta adecuado para el caso en cuestión, dado que refleja con exactitud la escala del proyecto, y destacó la importancia de tal claridad conceptual en la correcta interpretación del impacto de la obra.

Sostuvo que, para ilustrar estas diferencias, es útil tomar como referencia el embalse Nueva La Punilla, cuya licitación se encuentra en proceso, tiene planificada una capacidad de 550 millones de metros cúbicos. Explicó que esta obra representa una infraestructura de gran envergadura, en contraste con los volúmenes menores contemplados en el proyecto actual. Fue de opinión que el embalse Gran Lontué, con volúmenes estimados entre 100 y 150 millones de metros cúbicos y en fase de estudio de pre factibilidad por la Comisión Nacional de Riego (CNR), es otro ejemplo de gran magnitud.

Dijo que, en efecto, la iniciativa discutida en la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados considera una infraestructura de menor escala, con un volumen inicial de solo 250.000 metros cúbicos, lo que evidencia una considerable diferencia en términos de capacidad.

El señor Director Nacional de la Comisión Nacional de Riego indicó que el artículo 294 del Código de Aguas regula los permisos necesarios de la Dirección General de Aguas (DGA) para aprobar la construcción de estas obras, lo que, a su vez, permite su inclusión en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, conforme a la ley N° 19.300, que aprobó la ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Sostuvo que este proceso implica la revisión por distintas autoridades y su respectiva aprobación, una situación que dificulta la ejecución expedita de proyectos de menor escala, generando desincentivos entre las organizaciones de usuarios al tener que cumplir con estos requisitos.

Hizo hincapié en que, debido a las limitaciones mencionadas, es común que se construyan varios tranques de 50.000 metros cúbicos, en lugar de una única obra de mayor volumen, a fin de superar la normativa, pero con un mayor costo para las organizaciones de regantes y también para la Comisión Nacional de Riego y la Dirección General de Aguas. El caso de Ancoa es un ejemplo de esta práctica, ya que se construyeron cinco tranques de 50.000 metros cúbicos en la misma zona.

Además, explicó que, en promedio, la capacidad promedio de los tranques postulados a la CNR es de 25.000 metros cúbicos, aunque existen otros que alcanzan hasta 40.000 o 50.000 metros cúbicos, utilizados principalmente para la regulación en obras de riego, con el propósito de mejorar la gestión del recurso.

En otro orden de ideas, resaltó la importancia de estos tranques en el contexto del cambio climático, especialmente desde la Región del Maule hacia el norte; los sistemas de riego por turnos requieren almacenar el agua recibida en ciertos periodos para distribuirla racionalmente y mejorar la calidad de vida de los agricultores, quienes pueden regar en horarios diurnos y descansar de noche. Sostuvo que la creación de estos tranques ayuda a gestionar el agua de manera más eficiente y ordenada, favoreciendo a las comunidades locales. Explicó que el costo de construcción de un tranque de 50.000 metros cúbicos es elevado, alcanzando aproximadamente $400 millones; y aclaró que muchas organizaciones de usuarios de aguas, sin fines de lucro, no poseen los recursos necesarios para afrontar estos gastos sin apoyo estatal. Sostuvo que, al consultar a diferentes ministerios, existe consenso en que los parámetros actuales han quedado desfasados y requieren ajustes para facilitar la implementación de estos proyectos.

El señor Ureta indicó que, tras diversas reuniones con los Ministerios de Obras Públicas, del Medio Ambiente y de Economía, Fomento y Turismo, se ha planteado la posibilidad de revisar y actualizar la normativa para facilitar la construcción de obras de mayor volumen, siempre asegurando el respeto a las normativas ambientales. Explicó que el Ministerio del Medio Ambiente ha confirmado que la mayoría de los proyectos con menos de 100.000 metros cúbicos han sido aprobados sin problemas en términos ambientales, lo que respalda la viabilidad de flexibilizar ciertos criterios. Sostuvo que, si bien es necesario fomentar la creación de tranques que impulsen la producción agrícola, también resulta imprescindible asegurar la seguridad de estas infraestructuras, tanto en términos ambientales como en relación con la protección de las personas. Explicó que los tranques fuera de cauce, como los que funcionan a modo de piscina excavada, ofrecen un nivel de seguridad superior a la de aquellos que cuentan con muros frontales y que están situados en cursos de agua, los cuales presentan mayores riesgos en zonas de quebradas.

Entonces, afirmó que la Comisión Nacional de Riego apoya el proyecto de ley, siempre que se trate de tranques fuera de cauce.

Sin perjuicio de lo anterior, manifestó la necesidad de coordinar la iniciativa en discusión con el proyecto de ley que establece una Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales e introduce modificaciones en cuerpos legales que indica, Boletín N° 16.566-03, que modifica el mismo precepto pero completamente, incluyendo no solo embalses, sino también otras estructuras hidráulicas, como entubamientos y atraviesos de quebradas. Expuso que, en este último proyecto de ley, los guarismos del artículo 294 se dejan al reglamento. En este sentido, argumentó que ambas iniciativas de ley requieren alineación en sus normas y parámetros para evitar contradicciones y promover una aplicación coherente de la regulación.

A continuación, la Honorable Senadora señora Sepúlveda dijo que el proyecto es interesante, especialmente por la necesidad de simplificar los trámites ante el Ministerio de Obras Públicas, destacando el caso de las obras de inversión estatal, en las cuales se requiere agilidad. Argumentó que, en situaciones similares, como con el agua potable rural o las defensas fluviales, se lograron procesos más eficientes sin pasar por complejas gestiones; indicó que esa misma lógica debería aplicarse aquí, evitando obstáculos burocráticos innecesarios. Sostuvo que existen múltiples ejemplos de proyectos donde la burocracia ha retrasado la implementación, lo cual resulta un desafío para la intención positiva del proyecto. Explicó que, en un caso específico, se intentó construir un tranque en una zona donde había un salto de agua natural, y subrayó la importancia de determinar claramente el origen del agua con la que se llenarán estos tranques; aclaró que el agua de lluvia y los recursos provenientes de un acueducto son escenarios distintos, cada uno con sus propias consideraciones técnicas y ambientales.

Fue de la opinión de que, cuando se trata de pequeños agricultores, podría entenderse la necesidad de acceso a recursos hídricos, sin embargo, manifestó preocupación por aquellos proyectos que, al no estar bien planificados, terminan afectando el agua potable rural o alterando las napas subterráneas. Sostuvo que cualquier proyecto debe considerar el modo en que el agua retenida impactará en el entorno inmediato, incluidas las filtraciones que podrían afectar los cultivos colindantes; en este sentido, subrayó la importancia de realizar estudios técnicos exhaustivos antes de aprobar la obra.

Indicó que la participación ciudadana es un factor crucial en la evaluación de estos proyectos, puesto que la población local suele expresar inquietudes fundamentadas durante los estudios de impacto ambiental. Sostuvo que, en diversas oportunidades, agricultores pequeños han manifestado que la construcción de embalses cercanos provoca una disminución de la temperatura en la zona, llegando a afectar hasta en dos o tres grados; estas externalidades, dijo, deben analizarse cuidadosamente para evitar impactos negativos sobre la producción agrícola, como en el embalse Convento Viejo.

Hizo hincapié en que existen restricciones de uso de suelo, como las establecidas por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), que limitan ciertas actividades agrícolas en tierras adyacentes a los embalses debido a la proximidad del agua a la superficie. Explicó que estas condiciones deben evaluarse y respetarse, al igual que cualquier otra externalidad potencial que un embalse pueda ocasionar en su entorno, para garantizar que el proyecto sea viable sin perjudicar las actividades agrícolas de la zona.

En otro orden de ideas, reconoció las particularidades de la macrozona en la que se desarrollan estos proyectos, particularmente en regiones como el Maule, donde existen realidades específicas que complican la planificación y el consenso entre agricultores y la comunidad. Argumentó que, al conversar con los agricultores, suelen observarse diversas posturas, en tanto algunos apoyan los proyectos mientras otros, en la comunidad, muestran oposición.

Finalmente, sostuvo que la participación en el sistema de evaluación ambiental es la única herramienta mediante la cual la comunidad puede expresar su postura y, de ser necesario, frenar un proyecto; afirmó que este proceso de participación resulta fundamental para garantizar que los intereses de la comunidad se tengan en cuenta y se proteja el equilibrio entre desarrollo agrícola y bienestar social.

Por su parte, el Honorable Senador señor Latorre valoró la intención de la moción parlamentaria y sostuvo que este planteamiento representa un buen punto de partida para revisar, debatir y, eventualmente, legislar sobre el tema. Explicó que, al tratarse de un proyecto de esta magnitud, resulta oportuno que se abra un período de audiencia, lo que permitiría un análisis exhaustivo en una primera etapa de discusión general. Argumentó que sería beneficioso escuchar la opinión de distintas autoridades, entre ellas, al Ministerio de Obras Públicas, la Dirección General de Aguas, la Dirección de Obras Hidráulicas, el Ministerio del Medio Ambiente y el Servicio de Evaluación Ambiental, entre otros, lo que, en su opinión, permitiría comprender sus perspectivas respecto a los cambios propuestos. Fue de la idea de que también -como se dijo- es fundamental involucrar a la sociedad civil en este proceso, incluyendo a agricultores de diversas escalas y a comunidades locales, de modo de recoger evidencia y enriquecer la discusión con la participación de todos los actores relevantes, sin que esto implique una dilación innecesaria en el proceso legislativo.

Igualmente, manifestó que, además, la coordinación con el proyecto de la ley y los permisos sectoriales es un tema clave que debe revisarse cuidadosamente; y destacó la importancia de evitar la promulgación de normas que, en el futuro, puedan entrar en conflicto con otras legislaciones de mayor alcance. Advirtió que resulta necesario un análisis técnico que permita armonizar ambos marcos normativos, asegurando una coherencia que evite contradicciones legislativas y contribuya a un desarrollo ordenado de los proyectos hídricos.

Enseguida, recordó una experiencia reciente en la que participó, junto a la Subsecretaria de Agricultura y a los Directores de la Comisión Nacional de Riego y del Instituto de Desarrollo Agropecuario, en la inauguración de una obra de recuperación de un tranque en la localidad de Llay Llay, implementado en el marco de la reforma agraria. Indicó que los agricultores de la zona, tanto pequeños como medianos, expresaron su agradecimiento por esta obra, que benefició a la comuna y a la provincia; sin embargo, sostuvo que sería útil comprender en detalle las dimensiones técnicas y los permisos específicos que involucró esa obra, con el fin de comparar su alcance con el proyecto actual y evaluar los requisitos que pudieran aplicarse en cada caso. Hizo hincapié en la necesidad de analizar cómo las Asociaciones de Agua Potable Rural (APRs) podrían verse afectadas por este tipo de proyectos, y subrayó que, si bien muchos de estos desarrollos están orientados al riego agrícola, es esencial considerar también el impacto potencial en las fuentes de agua para consumo humano. Explicó que, en el contexto de escasez hídrica, cualquier alteración en las fuentes de agua debe ser evaluada cuidadosamente para evitar efectos negativos en el agua potable rural y en la población dependiente de ellas.

Sobre el particular, observó que el ordenamiento territorial constituye un aspecto crucial en la planificación de estas obras, ya que el desarrollo de infraestructuras hídricas puede generar impactos no previstos en las comunidades, especialmente en el marco de la crisis climática. Sostuvo que en Chile la falta de una planificación territorial integral ha llevado a que algunas obras generen externalidades negativas y afecten el equilibrio ambiental de ciertas áreas, y señaló que es fundamental evaluar cómo cada proyecto se relaciona con el territorio y cómo podría afectar a las comunidades circundantes.

El Honorable Diputado señor Coloma manifestó que es primordial dimensionar la magnitud del proyecto en análisis.

Explicó que, por ejemplo, en el caso del embalse Convento Viejo, las complejidades para las comunidades vecinas son evidentes, sin embargo, la escala del proyecto de ley en debate es significativamente menor. Asimismo, otro de los casos mencionados en la Región del Libertados General Bernardo O'Higgins, tendría una capacidad diez veces superior a la de este proyecto, lo cual da una idea clara de la diferencia de proporciones, por lo que indicó que, en este contexto, la nueva propuesta permitiría desarrollar estructuras de menor tamaño, ajustadas a las necesidades locales.

Sostuvo que uno de los problemas recurrentes es la construcción de embalses pequeños de manera continua por grandes agricultores, quienes, en ausencia de restricciones específicas, optan por varias obras contiguas para almacenar agua, situación que permite a los grandes propietarios maximizar su acceso a recursos hídricos mientras eluden los límites establecidos. En este sentido, explicó que, en cambio, los pequeños y micro agricultores, debido a la falta de recursos y a la dificultad para acceder a fondos estatales, no pueden aplicar a proyectos de embalse asociativo; esta desventaja limita su capacidad para gestionar sus necesidades de riego de manera eficiente.

Explicó que, durante la tramitación del proyecto, se solicitó al Ejecutivo la inclusión de indicaciones específicas, principalmente referidas a la construcción y regulación de la altura de los muros de contención. Expuso que estas normativas, a cargo de los Ministerios de Agricultura y de Obras Públicas, serían clave para la seguridad de las comunidades cercanas; sin embargo, señaló que el Gobierno no entregó una respuesta formal, lo que impidió avanzar en una regulación detallada en este sentido.

Hizo hincapié en que resulta necesario establecer normas que regulen los proyectos destinados a pequeños y micro agricultores, asegurando que estos puedan desarrollar embalses de manera asociativa. Explicó que, a diferencia de los grandes y medianos agricultores, quienes tienen la posibilidad de construir varios embalses en proximidad, los pequeños carecen de los medios para implementar soluciones de almacenamiento hídrico, por lo que subrayó que la colaboración estatal es esencial para nivelar estas condiciones y otorgar a los pequeños agricultores acceso a proyectos de almacenamiento seguros.

En otro orden de ideas, manifestó su acuerdo con las autoridades de la Región de O'Higgins respecto a la necesidad de que los proyectos destinados a los agricultores más pequeños incluyan criterios claros sobre la construcción de tranques de menor escala, y enfatizó que, al definir requisitos específicos para los muros y su altura, se protege a las poblaciones vecinas y se brinda a los pequeños productores la posibilidad de disponer de infraestructura que, actualmente, sólo beneficia a los grandes propietarios.

La Honorable Senadora señora Aravena señaló que, tras revisar el informe de la Honorable Cámara, es oportuno recomendar algunos puntos clave para el desarrollo de la discusión.

El primero de ellos se refiere a la “permisología”, un tema abordado en el informe y de conocimiento común entre los miembros de la Comisión; sostuvo que las obras determinadas en los reglamentos respectivos no requerirán autorización previa de la Dirección General de Aguas. Fue de opinión que sería adecuado invitar al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para que ofrezca su perspectiva sobre este aspecto, dado que podría, en su contexto, alinearse con el objetivo de esta propuesta legislativa, evitando así esfuerzos redundantes o contradicciones normativas en el futuro.

Respecto al planteamiento del Diputado señor Coloma, dijo que la verdadera dificultad que enfrenta el sector no se encuentra únicamente en los aspectos tratados en esta iniciativa, sino en la falta de proyectos asociativos para pequeños productores; sostuvo que este es el núcleo de la problemática y que cualquier solución deberá orientarse a facilitar la creación de proyectos que permitan la colaboración de pequeños agricultores en temas de almacenamiento de agua.

Por otra parte, indicó que es fundamental reevaluar el enfoque del proyecto y preguntarse si realmente aporta una solución efectiva a la dificultad expuesta; explicó que, aunque reducir los requisitos de permisología y estudios de impacto agilizaría ciertos procesos, la solución al problema de los pequeños productores radica en el acceso a autorizaciones y fondos estatales que incrementen su capacidad de almacenamiento a través de proyectos colaborativos.

A continuación, el Honorable Senador señor Durana manifestó que el agua es una necesidad esencial en todo el territorio nacional, marcada por la existencia de microclimas diversos que afectan de manera variable la disponibilidad de este recurso, por lo que argumentó que, en regiones con precipitaciones limitadas, la escasez se agrava, mientras que, en otras, con mayores caudales, se presenta una situación distinta. Explicó que esta realidad requiere atención y planificación específica para asegurar que el recurso hídrico esté disponible de manera equitativa en todo el país.

Sostuvo que, en las regiones del norte, en las últimas tres décadas, solo se ha construido un embalse de significancia, el de Chironta, y señaló que este ritmo de construcción es insuficiente para las necesidades locales. Fue de opinión que, si el desarrollo de infraestructura de este tipo avanza con tanta lentitud, los agricultores más pequeños, ubicados en zonas como Pampa Concordia y Pintados, en la Región de Arica y Parinacota, no tendrán posibilidades de acceder a los beneficios de tales obras, a pesar de sus urgentes necesidades de agua para la pequeña agricultura.

Manifestó que, si bien la Comisión Nacional de Riego actualmente tiene presencia en todo el país, esta cobertura es reciente. Recordó que, hasta hace una década, esta institución no operaba de manera uniforme en el territorio nacional, lo que limitaba las opciones de acceso a fondos y apoyo técnico para proyectos de riego en diversas regiones, especialmente en las más alejadas del centro del país.

Luego, indicó que, dado que la iniciativa aborda una problemática relevante, resulta pertinente considerarlo favorablemente en la Comisión. Argumentó que el proyecto podría ofrecer, además, una alternativa concreta para mejorar la situación de acceso al agua en las regiones más afectadas por la escasez y que, por lo tanto, sería razonable avanzar en su aprobación.

Luego, el Honorable Senador señor Prohens, Presidente de la Comisión, relevó que el Director ha acertado en los objetivos centrales del proyecto: la distribución del agua en turnos y la falta de capacidad de almacenamiento entre pequeños agricultores, quienes ven limitada su posibilidad de expandir y desarrollar su agricultura sin una estructura adecuada.

Argumentó que este enfoque en los pequeños productores va más allá de lo técnico y debe ser estudiado y preservado, pues representa el propósito esencial de la iniciativa. Sostuvo que el proyecto permite a los pequeños agricultores construir embalses de mayor tamaño sin necesidad de estudios de impacto ambiental, destinados exclusivamente al acopio el agua que reciben de acuerdo a los derechos que poseen, sin implicar recursos de terceros. Explicó que esta regulación se orienta a facilitar el almacenamiento privado del agua distribuida por las juntas de vigilancia, lo que considera un beneficio directo para los agricultores que dependen de esta práctica para asegurar sus cultivos en temporadas secas.

Fue de opinión que los proyectos localizados en quebradas deben presentar estudios de impacto ambiental, ya que involucran otras condiciones, como pendientes y velocidades de flujo, que presentan riesgos distintos. Dijo que entendía que la propuesta actual se enfoca en terrenos privados, salvo que el Estado intervenga en otro tipo de zonas; así, este marco normativo se dirige a proteger el derecho de los privados a construir embalses de almacenamiento de sus propios recursos hídricos.

Por último, indicó que no visualiza un riesgo mayor asociado a estos embalses, los cuales se ubican dentro de propiedades privadas y no alcanzan volúmenes capaces de inundar áreas urbanas o poblados. Señaló que, manteniendo el enfoque inicial del proyecto, es adecuado incluir en las sesiones la presencia de la Dirección General de Aguas, el Ministerio de Obras Públicas, el de Economía, Fomento y Turismo, y otros expertos que puedan contribuir a la discusión.

El señor Wilson Ureta, Director Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, aclaró que la iniciativa legal se refiere a proyectos de tranques privados y que existe independencia de estos de la obtención de derechos de agua, señalando que las organizaciones de usuarios postulan utilizando los derechos ya adquiridos, por lo que estas obras constituyen un complemento que no afecta las captaciones en el cauce y se sitúa en terrenos privados.

Luego, señaló que, en las declaraciones de impacto ambiental, no siempre se considera la participación ciudadana, pues esta depende de ciertos requisitos específicos. Hizo hincapié en que la última reforma a la Ley de Riego establece que toda obra de esta naturaleza debe difundirse ampliamente, mediante reuniones, material informativo y anuncios radiales, garantizando que la comunidad esté al tanto de los proyectos antes de su ejecución.

Asimismo, informó que, para el Día Mundial del Agua, se inauguró la rehabilitación de un tranque de 20.000 metros cúbicos que data de la reforma agraria de 1971; explicó que la obra devolvió al tranque su capacidad original, sin aumentar el volumen, y que esto no requiere autorización bajo el artículo 294 del Código de Aguas, pues sólo implica mantenimiento. Enfatizó que la normativa solo se aplica cuando la capacidad es ampliada; así, la rehabilitación de tranques como estos, que van desde de Región de Atacama hasta la del Biobío, es una estrategia prioritaria para mejorar la infraestructura existente.

Enseguida, indicó que la nueva Ley de Riego y las iniciativas del Ministerio de Obras Públicas buscan fomentar el uso multipropósito de estas infraestructuras, permitiendo que los tranques reserven un volumen para los servicios sanitarios rurales. Explicó que esto responde a la preocupación planteada sobre el impacto en las napas y fuentes de agua; así, la ley establece un radio de hasta un kilómetro en que no se permite la impermeabilización cerca de fuentes de servicios sanitarios rurales, una medida que, si bien no cubre todas las variaciones de acuíferos, ayuda a proteger fuentes críticas.

En cuanto a la consulta sobre el propósito de esta reforma, destacó que, si un privado tiene los recursos, puede construir múltiples tranques de 50.000 metros cúbicos sin informar a la autoridad. Sin embargo, cuando un privado postula a los recursos de la Comisión Nacional de Riego se solicita pronunciamiento de la DGA para asegurar que no se realicen prácticas de fragmentación de proyectos, promoviendo la transparencia en la postulación y el uso de recursos públicos. Al respecto, señaló que el costo de construir varios tranques pequeños es elevado, dado que cada uno requiere obras independientes de entrada y descarga; en este sentido, sostuvo que es más eficiente para la CNR apoyar proyectos que aprovechen mejor los recursos de la ley de presupuesto anual, simplificando el sistema y optimizando el gasto.

Finalmente, indicó que el aspecto crítico de seguridad en estas estructuras no es el volumen de agua, sino la altura del muro de contención; enfatizó que la profundidad idealmente podría aumentar de cinco a siete metros.

La Honorable Senadora señora Sepúlveda planteó que lo óptimo es acumular las aguas de invierno en estos tranques, así como en otros sistemas de almacenamiento, y explicó que este enfoque fue considerado en otros proyectos en su momento, al notar la pérdida considerable de agua durante esa estación. Argumentó que, de emplearse acueductos adecuados, se podría capturar el excedente de los meses lluviosos y trasladarlo a embalses, proporcionando un recurso adicional para los agricultores, particularmente para aquellos cuyas propiedades se encuentran cerca de ríos. Manifestó que esta alternativa permitiría un aprovechamiento más eficaz de las fuentes hídricas, convirtiéndose en una solución viable para zonas agrícolas próximas a cursos de agua; enfatizó que este enfoque también responde a la necesidad de maximizar el uso del agua, evitando que se pierda en su totalidad durante el invierno. Fue de opinión que estimular este tipo de infraestructura puede tener un impacto positivo en la gestión de recursos para los productores, promoviendo una seguridad hídrica más consistente en el tiempo.

Luego, comentó que las copas de los sistemas de agua potable rural son enterradas a fin de responder a riesgos sísmicos significativos, tomando como referencia las experiencias del terremoto de 2010. Explicó que, tras dicho evento, varias copas de agua colapsaron debido a daños en los pernos y otras estructuras, lo cual ocurrió en sectores como Los Mayos y San José de Patagua, indicó que, afortunadamente, las consecuencias fueron limitadas, pero este suceso llevó a una revisión profunda de los sistemas de almacenamiento.

Hizo hincapié en que, desde ese momento, los tanques de hasta 500.000 litros, los de mayor capacidad en uso, han sido diseñados para ser enterrados, una medida implementada como respuesta a las lecciones aprendidas del sismo. Explicó que esta práctica minimiza el riesgo de colapso en futuros eventos sísmicos, reforzando la seguridad en la gestión de los recursos de agua potable rural y asegurando una mayor estabilidad en el suministro para las comunidades rurales.

El señor Wilson Ureta respondió que sí existe preocupación por el almacenamiento de aguas de lluvia, aprovechar este recurso es una prioridad. Explicó que, como parte de esta estrategia, la Comisión Nacional de Riego concluyó un estudio el año pasado en la zona central del país, enfocado en el uso de aguas invernales para obras de riego.

Pero, indicó que, esta gestión transcurre por un carril separado, ya que el aprovechamiento de aguas pluviales implica no solo su captación, sino también el desarrollo de sistemas de riego y obras de acumulación, elementos que dependen de la disponibilidad en cada cuenca y la capacidad de almacenamiento existente. Señaló que los resultados de este estudio en la Región de O’Higgins revelaron tres proyectos en la comuna de Navidad que podrían postularse a fondos de la Ley de Riego el próximo año, mediante un convenio con el Gobierno regional para el uso de agua de invierno. Explicó que, en la Región del Maule, por ejemplo, existen proyectos adicionales mencionados por el Ministro en relación con las Juntas de Vigilancia, y subrayó que, si bien el avance en estas iniciativas es posible, se enfrenta a las dificultades de los permisos requeridos para establecer obras de acumulación.

Indicó que la clave para avanzar radica en diagnosticar la cantidad de agua invernal disponible en las cuencas, garantizando que los derechos estén en regla y que las organizaciones puedan gestionarlos como derechos eventuales. Explicó que, una vez cumplidas estas condiciones, se necesita infraestructura ágil para captar y almacenar las aguas invernales, resaltando que el estudio reveló fuentes de agua insuficientemente utilizadas en diversas cuencas de la zona centro y norte del país.

En la sesión del 13 de noviembre de 2025, el Ministro (s) del Medio Ambiente, señor Maximiliano Proaño, indicó que, en lo relativo a este proyecto de ley, resulta necesario precisar que los embalses, tranques y sifones están considerados en el artículo 10 letra a) de la ley N.º 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente. Expresó que estas obras también se encuentran reguladas, como permisos ambientales sectoriales, en el artículo 158 del decreto supremo N° 40, de 2013, que aprueba el reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), específicamente en el permiso identificado como PAS 155. Este conjunto de normas, añadió, remite a la disposición fundante del artículo 294 del Código de Aguas, que establece que los embalses con capacidad superior a 50.000 metros cúbicos o cuyos muros tengan más de cinco metros de altura deben ingresar al SEIA. Argumentó que esta remisión legal es fundamental, ya que confirma que las obras hidráulicas requieren de una autorización previa por parte de la autoridad sectorial competente. Sostuvo que este requisito es crucial para evitar riesgos, como la contaminación de las aguas, tal como lo dispone el artículo 295 del Código de Aguas. Asimismo, expuso que la determinación del umbral de ingreso debe ser tratada como un asunto estrictamente sectorial, con el fin de respetar los parámetros establecidos en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Explicó que, en las discusiones relativas a esta iniciativa legal se ha planteado una posible ampliación del umbral de capacidad hasta 100.000 metros cúbicos. Fue de la opinión que este aspecto requiere un análisis técnico riguroso, ya que es fundamental proporcionar objetividad y certezas en la evaluación de los proyectos. Añadió que, desde su perspectiva, el respeto por la normativa vigente asegura que los procedimientos sectoriales mantengan su enfoque técnico y regulador, evitando impactos negativos en el medio ambiente.

A continuación, expresó que, en términos generales, la mayoría de los proyectos evaluados han sido calificados favorablemente, a excepción de dos casos específicos que corresponden a los de mayor magnitud. Explicó que, de los 41 proyectos calificados, 35 ingresaron al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) mediante declaración de impacto ambiental, mientras que los restantes seis lo hicieron a través de un estudio de impacto ambiental. Añadió que, en consecuencia, el 86% de los proyectos no presentó impactos significativos, lo que se refleja en su ingreso por declaración de impacto ambiental, mientras que solo el 14% restante registra impactos significativos.

Sostuvo que, al analizar los proyectos presentados en la última década, se observa que únicamente cuatro de ellos fueron aprobados e ingresados al SEIA mediante declaración de impacto ambiental, y todos tienen una capacidad de embalse inferior a los 100.000 metros cúbicos. Indicó que los restantes 37 proyectos registrados durante este periodo, cuentan con capacidades iguales o superiores a dicha cantidad. Explicó que este dato resulta relevante, ya que el porcentaje de proyectos con capacidades inferiores a los 100.000 metros cúbicos que ingresan al sistema actualmente es reducido.

Añadió que, en caso de aumentarse el umbral de capacidad de 50.000 a 100.000 metros cúbicos, podría generarse un incentivo para que se formulen proyectos que se ajusten al nuevo límite, lo cual, en su opinión, no tendría un impacto ambiental significativo. Argumentó que los proyectos con capacidades menores a 100.000 metros cúbicos tienden a generar impactos menores, particularmente en el ciclo hidrológico. Explicó que el mayor impacto ambiental asociado a estos proyectos suele concentrarse en el suelo, dado que los terrenos inundados pierden su capacidad para albergar biodiversidad. Sin embargo, puntualizó que, debido al tamaño reducido de estos embalses, la superficie de inundación también es menor, lo que a su vez disminuye el impacto ambiental general.

El señor Ministro (s) insistió en que, para este tipo de obras, las actividades sometidas al SEIA se remiten a las normas fundantes, particularmente al artículo 294 del Código de Aguas. Sostuvo que esta regulación técnica es fundamental para garantizar objetividad y certeza en el marco de la evaluación ambiental. Concluyó señalando que la determinación del umbral de ingreso debe permanecer bajo la competencia de la autoridad sectorial competente.

La señora Valentina Durán, Directora del Servicio de Evaluación Ambiental[2], expresó que resulta pertinente analizar algunos elementos desde la perspectiva de la evaluación de impacto ambiental, con el objetivo de ilustrar al legislador respecto de sus implicancias. Indicó que, para entender esta relación, es fundamental examinar el vínculo entre la tipología de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) establecida en la ley N.º 19.300 y las disposiciones del Código de Aguas. Explicó que dicha ley, en su artículo 10 letra a), establece un listado de proyectos que, por su naturaleza, generan una presunción de impacto ambiental y, por tanto, deben someterse a evaluación antes de su construcción. Entre ellos se incluyen los acueductos, embalses y tranques, así como los sifones, los cuales deben cumplir con la autorización prevista en el artículo 294 del Código de Aguas. Añadió que esta tipología se caracteriza por su remisión directa a disposiciones técnicas específicas dentro de dicho código.

Sostuvo que el artículo 294 del Código de Aguas regula que los embalses con una capacidad superior a 50.000 metros cúbicos o cuyos muros superen los cinco metros de altura requieren de la aprobación previa del Director General de Aguas. Señaló que este mecanismo establece un nivel de revisión técnica que no es frecuente en otros casos, pero que, en este contexto, se torna relevante debido a la interacción entre las normativas sectoriales y ambientales. Argumentó que la remisión a dicho precepto del Código de Aguas no solo define los parámetros técnicos que deben cumplir estas obras hidráulicas, sino que también refuerza la necesidad de mantener una supervisión adecuada para garantizar que los proyectos se desarrollen bajo los estándares establecidos.

Este análisis, según dijo, permite observar cómo la normativa vigente integra requisitos técnicos y ambientales para evaluar la viabilidad de estos proyectos. Según su opinión, este enfoque coordinado es fundamental para asegurar que las modificaciones al Código de Aguas no desplacen la importancia de las evaluaciones ambientales, sino que, por el contrario, fortalezcan la objetividad y la certeza en la autorización de proyectos que afectan los recursos hídricos.

Expresó que el proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados, introduce modificaciones sustantivas al artículo 294 del Código de Aguas. Explicó que este artículo, en su redacción vigente, exige la aprobación del Director General de Aguas para la construcción de embalses con capacidad superior a 50.000 metros cúbicos o cuyos muros superen los cinco metros de altura. Sin embargo, señaló que el texto aprobado eleva el límite a 250.000 metros cúbicos de capacidad y 15 metros de altura, aplicando además la condición de que el embalse esté construido fuera del cauce natural.

Expuso que estas modificaciones no solo impactan la tipología de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) establecida en el artículo 10 letra a) de la ley N.º 19.300, sino también los permisos asociados, como el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 155. Explicó que es el PAS 155 el que regula la construcción de ciertas obras hidráulicas, incluidas en el marco del artículo 294 del Código de Aguas, y establece como requisito esencial que no se genere contaminación de las aguas. Añadió que este permiso, en su reglamentación, define los contenidos técnicos y formales que deben acreditarse para su otorgamiento.

Destacó que, como parte de los esfuerzos por unificar criterios, el Servicio de Evaluación Ambiental ha publicado una guía sobre el PAS 155, donde se define un embalse como cualquier obra artificial, dentro o fuera de un cauce, destinada a almacenar aguas u otros elementos transportados por estas, independientemente de que posean un muro por sobre el nivel del terreno. Expuso que esta definición incluye embalses destinados a diferentes usos, como la acumulación de aguas puras, aguas alteradas o residuos industriales líquidos, entre otros. Por ello, señaló que es importante considerar estas implicancias para garantizar que las modificaciones propuestas no generen incertidumbre en el proceso de evaluación de impacto ambiental. Añadió que el establecimiento de umbrales más elevados, junto con la exención de aprobación para ciertos tipos de embalses, podría limitar la capacidad de supervisión de las autoridades sectoriales.

Señaló que las modificaciones propuestas en el proyecto de ley también abarcan tranques de relave, siempre que el contenido sólido sea inferior al 65%. Explicó que, dentro de esta categoría, se incluyen tanto tranques de uso agrícola como sistemas de tratamiento de aguas, depósitos de relave y otras obras similares, siempre que cumplan con las condiciones actuales: una capacidad superior a 50.000 metros cúbicos y una altura de muro mayor a cinco metros. Indicó que la normativa vigente establece estos parámetros como criterios de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Sin embargo, destacó que la modificación aprobada por la Cámara de Diputados eleva estos umbrales a 250.000 metros cúbicos y 15 metros de altura, aplicándose solo a estructuras construidas fuera del cauce natural.

Sobre este punto, planteó la interrogante de si aquellas obras que se encuentran dentro del cauce, es decir, que forman parte de una cuenca, quedarían eximidas de ingresar al SEIA y de la aprobación previa del Director General de Aguas. Expresó que esta posible exclusión genera dudas sobre el alcance real de la normativa propuesta y subrayó la necesidad de clarificar los conceptos y definiciones empleados en el marco legal.

Enseguida, indicó que el Código de Aguas utiliza de manera indistinta los términos “embalse” y “tranque”. Explicó que la ley N.º 20.304, sobre la operación de embalses frente a alertas y emergencias, define un embalse como toda obra que posea un muro por sobre el nivel del terreno y que sirva para acumular agua. Sin embargo, añadió que, según un glosario disponible en la página web de la Dirección de Obras Hidráulicas, el término “tranque” se entiende como un embalse pequeño, generalmente destinado a acumular aguas de riego nocturnas. Esta ambigüedad, señaló, puede generar confusión al momento de interpretar y aplicar la normativa.

En este contexto, recomendó, desde una perspectiva de técnica legislativa, realizar precisiones conceptuales que permitan delimitar claramente los alcances y significados de los términos utilizados. Consideró que esta medida no solo contribuiría a mejorar la claridad normativa, sino que también fortalecería la confianza y las certezas tanto para los operadores del sistema como para los responsables de la evaluación de los proyectos.

Asimismo, expresó que las principales actividades que generan impactos ambientales dentro de un proyecto de tranque son las que se desarrollan durante la fase de construcción, esto es, acondicionar el terreno, movimiento de tierra, construcción de caminos, obras temporales, extracción de áridos, producción de hormigón, transporte de insumos, obras instalaciones necesarias para el manejo de aguas servidas; todas ellas no serían evaluadas, lo que no las exime de cumplir con la normativa específica vigente.

Luego, existen impactos específicos en cuencas naturales cuando el embalse se sitúa dentro de un cauce, a saber: aguas arriba del muro, áreas inundables que podrían cambiar el nivel freático o que pudieran entrar en contacto con acuíferos con los que antes no conectaba; aguas debajo de un muro, erosión de riveras, alteración hidrogeológica, disminución de caudales, cambios físico químicos de las aguas, afectaciones de la fauna, pérdida de bosque nativo, entre otros.

En relación con los distintos componentes ambientales, los principales impactos de un embalse para las aguas, tienen que ver con el cambio del régimen de caudales, efectos sobre la fauna, colisión de líneas, entre otros.

Otros impactos observados son: sobre el turismo, eventual pérdida del atractivo turístico cultural; emisiones de ruidos o de vibraciones; compactación de suelo, procesos erosivos; cambios en el medio humano y patrimonio cultural cuando se inunda un terreno.

Mencionó que un tipo de externalidad positiva de la construcción de un embalse es originar un humedal, que atraen aves y generan ecosistemas.

Posteriormente, informó que el Servicio de Evaluación Ambiental cuenta con diversas guías y criterios técnicos que son relevantes para la evaluación de este tipo de proyectos. Mencionó, entre otras, la Guía para la Descripción de Centrales de Generación Hidroeléctrica de potencia menor a 20 megavatios en el SEIA, las Guías para la Predicción de Ruido, la Evaluación de Efectos Adversos en Recursos Naturales Renovables y la Delimitación de Áreas de Influencia en Materia de Humedales. Además, destacó criterios de evaluación como los más recientes relacionados con la alteración del régimen sedimentológico y los contenidos técnicos para la evaluación ambiental del recurso hídrico, este último particularmente relevante en el contexto del cambio climático.

Expuso que estas herramientas son fundamentales para abordar los impactos ambientales asociados a las obras que se encuentran dentro de esta tipología. Indicó que, desde la entrada en vigencia del reglamento del SEIA, se han registrado 133 proyectos de este tipo. Sin embargo, aclaró que este número incluye casos que ingresaron dos veces debido a problemas de admisibilidad o porque fueron retirados, por lo que el total efectivo de iniciativas aprobadas asciende a 41. Complementó esta información señalando que actualmente seis proyectos están en proceso de calificación, de los cuales dos corresponden a estudios y cuatro a declaraciones de impacto ambiental.

Añadió que, desde la implementación del reglamento, solo cuatro proyectos han sido rechazados. Uno de ellos correspondía a una central hidroeléctrica y los otros tres a embalses destinados a la agricultura. Explicó que las razones principales de estos rechazos fueron la falta de subsanación de errores, omisiones o inexactitudes, la imposibilidad de descartar la generación de efectos característicos que requerían un estudio, o el incumplimiento de los requisitos del PAS 155. También mencionó que otros proyectos han sido desistidos, declarados inadmisibles o terminados de manera anticipada debido a la falta de información relevante o esencial.

Respecto a la distribución geográfica de los proyectos evaluados, destacó que se han tramitado uno en Arica, 12 en Antofagasta, dos en Atacama, dos en Coquimbo y ocho en Valparaíso, dos en la Región Metropolitana, 12 en O´Higgins, 12 en el Maule, uno en Ñuble y uno en Biobío, lo que demuestra una presencia significativa en distintas regiones del país. Concluyó, en este punto, relevando la importancia de utilizar las guías y criterios técnicos existentes para garantizar una evaluación objetiva y consistente, asegurando que las decisiones se basen en información completa y técnicamente respaldada.

Señaló que, conforme a lo indicado por el Ministro subrogante, los proyectos actualmente en evaluación en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se han analizado considerando parámetros relevantes como la altura máxima del muro y el área de inundación, representada por el espejo de agua. Explicó que este último elemento es un factor clave en la determinación de impactos, ya que guarda relación directa con las alteraciones ambientales asociadas a un proyecto.

Indicó que, de aplicarse la modificación al Código de Aguas ya aprobada por la Cámara de Diputados, se habría eximido del ingreso al SEIA a la ampliación del embalse estacional Matanza, ubicado en la región del Maule. Esto se debe a que, bajo el nuevo marco normativo, este proyecto no superaría los umbrales propuestos de capacidad y altura del muro. Sin embargo, aclaró que los demás proyectos actualmente en evaluación deberían ingresar al sistema, dado que, aunque no superen la altura máxima del muro, exceden el nuevo límite de capacidad de almacenamiento fijado en el proyecto de ley.

A continuación, la señora María Loreto Mery, Directora Nacional de Obras Hidráulicas, quien manifestó su apoyo a la iniciativa de facilitar la construcción de pequeños tranques, siempre que estén destinados exclusivamente al uso agrícola. Explicó que este tipo de infraestructura puede ser considerada una herramienta clave de adaptación al cambio climático y destacó la importancia de priorizar su uso para consumo humano, como ya está contemplado en el Código de Aguas. Sin embargo, dejó claro que esta flexibilización no debería extenderse a tranques destinados a relaves mineros, dado que su naturaleza e impacto son fundamentalmente distintos.

Subrayó la necesidad de distinguir entre obras construidas dentro de cauces naturales o en cuencas aportantes, y aquellas emplazadas fuera de los cauces. Expresó su desacuerdo con la propuesta de eximir del proceso de revisión del Director General de Aguas y del ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a las obras que se ubiquen en cauces naturales o formen parte de una cuenca aportante. Argumentó que este tipo de infraestructura afecta el eje hidráulico del río, compromete las defensas naturales del cauce y puede generar costos adicionales para el Estado en infraestructura hidráulica, así como riesgos para las personas, terrenos agrícolas e infraestructura crítica.

Indicó que, en el caso de obras ubicadas fuera de los cauces naturales, considera razonable establecer límites de volumen y altura, como los propuestos de hasta 250.000 metros cúbicos de capacidad y 15 metros del muro. Sin embargo, sugirió que en una primera fase podrían considerarse umbrales menores, como 100.000 metros cúbicos, en coordinación con la Dirección General de Aguas y la Comisión Nacional de Riego. Insistió en que, más allá del volumen o la altura, lo crucial es evaluar el riesgo asociado a cada proyecto. Para ello, enfatizó la importancia de analizar tres factores fundamentales: el tipo de suelo, la compactación del terreno y la permeabilidad, ya que estos aspectos pueden determinar la estabilidad del embalse y los riesgos asociados, especialmente en zonas sísmicas.

También, destacó que la altura del muro varía según el diseño de la obra, siendo diferente para un embalse excavado que para uno en superficie. Recordó que el decreto supremo Nº 50, de 2015, que aprueba el reglamento a que se refiere el artículo 295 inciso 2º, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal, ya clasifica como obras de categoría B a los embalses con muros superiores a 15 metros, los cuales se consideran embalses medianos y no están dentro del alcance de la discusión actual. Por ello, sugirió que los límites de altura y volumen deberían establecerse mediante un reglamento asociado a la modificación del Código de Aguas, incorporando parámetros mínimos de diseño que garanticen la seguridad de las obras.

Por último, enfatizó que cualquier flexibilización normativa debe ir acompañada de una definición clara de responsabilidades. Señaló que es imprescindible determinar quién será responsable del diseño, la construcción, la operación y las posibles afectaciones a terceros que puedan derivarse de estas obras, especialmente aquellas que no pasarán por el proceso de revisión de la Dirección General de Aguas ni del SEIA. Según su opinión, este enfoque permitirá garantizar que las obras cumplan con los estándares necesarios para minimizar riesgos y proteger tanto los recursos como a las comunidades involucradas.

El señor Rodrigo Sanhueza, Director General de Aguas[3], explicó que el Código, en su artículo 294, clasifica cuatro tipos de obras mayores: aquellas que cuentan con embalses cuya altura de muro supera los cinco metros o cuya capacidad de almacenamiento es mayor a 50.000 metros cúbicos; canales que conducen caudales superiores a dos metros cúbicos por segundo canales con caudales superiores a 0,5 litros por segundo en zonas urbanas o próximos a ellas, y sifones y canoas en acueductos.

Expresó que la propuesta legislativa en revisión aborda exclusivamente las obras mayores relacionadas con embalses. Indicó que el decreto supremo Nº 50, del 2015, modificado posteriormente en 2021 mediante el decreto supremo Nº 131, establece las condiciones técnicas que deben cumplir las obras hidráulicas mencionadas en el artículo 294 del Código de Aguas, tanto durante su construcción como en su operación. Recordó que estas obras están sujetas al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, según lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N.º 19.300.

En este orden, expuso que el procedimiento administrativo para este tipo de proyectos comprende diversas etapas. Primero, se realiza la aprobación inicial del proyecto, que incluye la emisión de una resolución de autorización para su construcción. Una vez otorgada esta autorización, el titular de la obra puede proceder con la ejecución, tras lo cual se emite una resolución final que autoriza su operación. Señaló además que, para las obras mayores, los titulares están obligados a presentar una garantía indefinida antes de que se apruebe el proyecto. Esta garantía, representada generalmente por una boleta, tiene como objetivo proteger ante el abandono de las obras durante su construcción. Agregó que esta medida se complementa con la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable y del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 155, el cual es fundamental para garantizar que la obra cumpla con las normativas ambientales y técnicas.

En cuanto al alcance de las modificaciones propuestas destacó que, según los registros actuales, existen 89 proyectos de embalses clasificados dentro de la tipología regulada por el artículo 294. Estas obras se distribuyen en diversas capacidades, desde 50.000 hasta más de 500.000 metros cúbicos. Explicó que, si se aprueba la nueva normativa, solo 13 de estos proyectos, equivalentes al 15%, habrían sido sometidos a revisión por parte de la Dirección General de Aguas. Este cambio se debe a que el proyecto de ley eleva los umbrales establecidos, limitando la revisión únicamente a embalses construidos fuera de cauce, con una capacidad superior a 250.000 metros cúbicos y una altura de muro mayor a 15 metros.

A continuación, expuso ejemplos concretos para ilustrar las implicancias de la nueva normativa. Por un lado, mencionó un embalse fuera de cauce con una capacidad de 220.000 metros cúbicos y un muro de 8,5 metros de altura. Actualmente, esta obra está sujeta a revisión por parte de la Dirección General de Aguas, pero, bajo la nueva ley, quedaría excluida de este procedimiento. Por otro lado, mencionó el caso de un embalse dentro de cauce, como el de la Central Angostura en la Región del Biobío, con un muro de 63 metros de altura y una capacidad de 108 millones de metros cúbicos. Este proyecto, tal como está redactada la propuesta legislativa, tampoco requeriría revisión ni evaluación ambiental, lo cual considera preocupante.

Señaló que esta exclusión de revisión para obras dentro de cauces naturales plantea riesgos significativos. Por un lado, podría comprometer la seguridad de las infraestructuras y las comunidades cercanas, especialmente en contextos de crecidas fluviales como las ocurridas en 2023 y 2024 en las Regiones del Maule y Biobío. Por otro lado, la ausencia de evaluación técnica podría omitir el análisis de impactos ambientales críticos, afectando ecosistemas y recursos hídricos. Asimismo, destacó que la propuesta no considera adecuadamente las zonas de protección ni los aspectos de seguridad en la construcción de estas obras, lo que podría generar problemas a largo plazo tanto para el Estado como para las comunidades afectadas.

Aunque reconoció que la idea de facilitar la construcción de embalses destinados al riego y al abastecimiento en zonas afectadas por la sequía es positiva en su origen, insistió en que el proyecto de ley requiere ajustes. Consideró indispensable revisar los límites propuestos de volumen de agua y altura de muro, así como establecer parámetros claros de diseño, construcción y operación. Además, subrayó la necesidad de definir responsabilidades específicas para garantizar que las obras cumplan con los estándares de seguridad y normativas ambientales, especialmente cuando no pasen por los procesos habituales de revisión técnica.

La Honorable Senadora señora Allende agradeció la profundidad de las exposiciones. Señaló que su reacción inicial le genera varias inquietudes y resaltó que el asunto planteado requiere un análisis más profundo y exhaustivo, pues lo considera poco viable en algunos aspectos, especialmente en lo referido a la exclusión de las obras dentro de cauces naturales del proceso de aprobación por parte de la Dirección General de Aguas y del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Indicó que, aunque el objetivo principal del proyecto de ley es válido, dado que busca fomentar la acumulación de agua en un contexto de crisis hídrica, es imperativo considerar que los medios para lograrlo no pueden ser arbitrarios ni desproporcionados. Manifestó su preocupación respecto a quién asume la responsabilidad sobre estas obras y los efectos que podrían tener sobre los ecosistemas, además de los impactos ambientales asociados. Expuso que no solo se trata de un tema de acumulación de agua, sino también de garantizar que este proceso no genere costos inaceptables desde el punto de vista ambiental, social o técnico.

Argumentó que, a primera vista, las modificaciones planteadas generan consecuencias significativas que ameritan una revisión cuidadosa. Destacó que el cambio de terminologías y requisitos se ha propuesto de manera acelerada, lo que a su juicio dificulta una legislación adecuada y comprensiva.

La Honorable Senadora señora Aravena, expresó que, dado lo expuesto, es necesario que los equipos técnicos, junto con profesionales de la Comisión Nacional de Riego (CNR) u otros especialistas designados, se reúnan para analizar en detalle la redacción del artículo en cuestión y de los demás articulados relacionados. Propuso un plazo de dos semanas para realizar esta revisión exhaustiva, dado que, en su opinión, algunas disposiciones parecen reflejar inconsistencias o errores que ameritan ser corregidos.

Indicó que le resulta extraño que el texto distinga entre obras dentro de cauces naturales y fuera de ellos de una manera que podría generar confusión o dejar ciertas situaciones en un silencio regulatorio. Explicó que no es claro cómo esta separación fue aprobada en la Cámara de Diputados sin que se abordaran los problemas evidentes que plantea. Argumentó que, si bien el objetivo del proyecto es loable —agilizar procesos y fomentar la acumulación de agua en tiempos de sequía—, es imperativo que la forma en que se logre sea precisa y adecuada. Enfatizó que la rapidez no debe comprometer la calidad de las decisiones legislativas ni permitir que se dejen vacíos normativos que puedan generar problemas a futuro.

El Ministro (s) del Medio Ambiente, señor Maximiliano Proaño, manifestó que, si bien resulta necesario avanzar en la legislación, el proyecto de ley presenta problemas importantes que deben ser abordados para garantizar su efectividad y coherencia. Explicó que uno de los puntos más relevantes planteados por el Sistema Nacional de Evaluación Ambiental es la distinción entre obras dentro de cauces y fuera de ellos, una diferencia que considera significativa tanto en términos de impactos ambientales como en relación con la magnitud de las obras, particularmente en lo referente a la altura del muro y la capacidad de almacenamiento de los embalses.

Argumentó que esta diferenciación, aunque válida en ciertos contextos, debe ser examinada con mayor profundidad para asegurar que los criterios establecidos sean técnicamente sólidos y ambientalmente responsables. En este sentido, sostuvo que sería una buena idea conformar una mesa técnica que permita abordar los distintos aspectos del proyecto de manera integral. Este espacio, añadió, podría ser clave para recoger las observaciones del Sistema Nacional de Evaluación Ambiental, de la Dirección General de Aguas y de otros actores relevantes, promoviendo un enfoque colaborativo en la búsqueda de soluciones.

En la sesión del 27 de noviembre de 2024, el señor Federico Errázuriz, Gerente de Políticas Públicas de la Sociedad Nacional de Agricultura, inició su exposición relevando la importancia de la acumulación del agua en Chile. Expresó que el clima mediterráneo con la estación lluviosa fuertemente marcada, donde es menor la demanda de agua, y una estación seca con mayor demanda. Es decir, cuando más se necesita el recurso es cuando menos se cuenta con ella. A esto, se suma el cambio climático y el aumento de las sequías y los eventos extremos, como lluvias torrenciales de los años 2023 y 2024, ha disminuido la acumulación de nieve en la cordillera y se han incrementado los daños civiles a raíz de todo lo anterior.

Por todo lo anterior, concluyó que la acumulación es la respuesta apropiada para soslayar los problemas. La acumulación de agua también ayuda en el control de crecidas.

En cuanto al proyecto de ley, hizo presente que, legalmente, no existe el concepto de tranque, sino que la ley considera los embalses de cualquier tamaño bajo un mismo esquema. Mencionó el artículo 41 del Código de Aguas, que establece que los proyectos de modificación de cauces deben ser aprobados por la Dirección General de Aguas (DGA), a propósito de la redacción que emanó de la Cámara de Diputados, donde pareciera que embalses construidos en los cauces no requerirían permiso. Opinó que eso, no sólo no tiene sentido que sea así, sino que, además, este otro artículo, de alguna manera, se hace cargo.

El artículo 294 del Código de Agua, que es el que establece que las obras mayores, es decir, las que requieren de una aprobación por parte de la DGA, limita los acumuladores a 50.000 metros cúbicos de capacidad y altura de muro de 5 metros. Esa disposición está vigente desde el año 1981, es decir, desde que el Código de Aguas se promulgó por primera vez. Entonces, reflexionó por la razón de establecer dichos límites y cuál fue el propósito. Sostuvo que, hasta donde tiene conocimiento, el objetivo fue controlar el daño a terceros. Así, consideró que, en 43 años, desde el 1981, las capacidades constructivas en Chile han aumentado mucho y, por lo tanto, ese límite habría quedado obsoleto.

Por otro lado, el decreto supremo N° 50, apunta en 18 ocasiones a relaves mineros o de tranque asociado a la minería, cuatro veces industriales, pero ni una sola vez se refiere al riego ni a la agricultura. Por lo que, evidentemente, no se tuvo como foco la agricultura.

Luego, la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente manda a que deban ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a los mismos tranques que deben someterse al artículo 294 del Código de Aguas. Sin embargo, ambas normativas no tendrían los mismos objetivos, pues la primera apuntaría al impacto ambiental, por lo que estimó que la referencia carece de sentido en el ámbito agrícola en la actualidad.

Respecto de la exposición de la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental, en la sesión pasada, se exhibieron obras que superan los 400.000 metros cúbicos. Es decir, hay algo que hace que los tranques se construyan hasta los 50.000 metros cúbicos -que no requieren permiso-, y luego, no se construyen hasta los que tienen capacidad de 400.000 y más metros cúbicos.

En seguida, distinguió entre los embalses que tienen muro en cauces naturales, o los que se construyen en tierra, que generalmente son semi escavados, en terrenos que previamente fueron agrícolas, la mayoría en potreros.

Después, exhibió imágenes de diferentes tranques con muros de 5 metros de altura, pero con diferentes capacidades. Evidenció que no se trata de grandes obras. Expresó que el ser sometido a la autorización de la DGA y al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental cuesta aproximadamente $200 millones, y hasta $250 millones si es que es revestido, y beneficia entre 10 y 50 hectáreas físicas.

Recordó que el límite para ser usuario del Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap) es dos hectáreas de riego básico, y señaló que ese límite hacia el sur va creciendo. Es decir, la hectárea física es más que la hectárea de riego básico. Por lo tanto, un agricultor Indap en el sur puede tener 15, 20 o 30 hectáreas. El costo de estudios necesarios para obtener los permisos para un tranque de estas características cuesta alrededor de $50 millones y más. Por lo que su costo se incrementa en un 25 %. Además, los tiempos para obtener los permisos sectoriales y ambientales pueden tardar entre dos y tres años. Luego, para construir se debe esperar la época sin lluvia. Por lo tanto, se podrá estar viendo materializada una obra de estas características unos tres a cuatro años después de que empieza todo su trámite.

Por otro lado, comentó que, actualmente, construir sin permiso ambiental hoy día está tipificado como atentado contra el medio ambiente.

Como representante de la Sociedad Nacional de Agricultura sostuvo que es fundamental contar con más infraestructura para hacer frente a los cambios en las precipitaciones, tanto la escasez como el exceso de ellas. Por lo que se precisa impulsar los grandes embalses, pero también, y de forma muy especial, simplificar la construcción de tranques menores. La construcción de tranques tiene como objetivo aumentar la seguridad hídrica para tener una mayor certeza operacional, es decir, saber con cuánta agua los agricultores van a contar y no depender a si hubo más o menos acumulación de nieve en la cordillera.

Igualmente, expresó que los tranques prediales y comunitarios cambian la calidad de vida de los agricultores, por ejemplo, les permite regar durante el día.

Por otro lado, valoró que la Comisión Nacional de Riego, en los últimos 10 años, ha cofinanciado tranques pequeños todos, la gran mayoría bajo los 50.000 metros cúbicos y algunos de más que han contado con los permisos ambientales.

Indicó que los tranques para uso agrícola están instalados o se pretenden instalar siempre en terrenos que ya tienen más de un siglo intervención humana, por lo que no se busca cortar bosque nativo para excavar un tranque. Entonces, el agricultor sacrifica parte de su superficie a cambio de la certeza hídrica que va a tener; la mayoría de ellos son excavados y no intervienen cauces grandes y acumulan agua de igual calidad que la que ya circula por los esteros, por los canales, por los terrenos a regar.

Entonces, manifestó que no se advierte un impacto dañino al medio ambiente por la construcción de un tranque agrícola, más bien a la inversa, observa que muchas veces generan hábitat para fauna. De hecho, ver patos en los tranques agrícolas es algo bastante frecuente. A pesar de todo esto, los proyectos de tranques agrícolas sobre 50.000 metros cúbicos son evaluados bajo el mismo esquema sectorial y ambiental, sin importar el uso que se le dará a la obra. Es decir, si el tranque es para riego agrícola, de relave minero o almacenará aguas servidas siguen exactamente la misma ruta.

Sostuvo que la diferencia respecto del destino del tranque es importante y el proyecto de ley en debate, en su origen, apuntaba solamente a los agrícolas, pero el texto aprobado por la Cámara de Diputados no hace diferencia entre usos. Así, tanto la Dirección de Obras Hidráulicas como el Servicio de Evaluación Ambiental, en sus presentaciones recientes, marcaron tal diferencia lo que implica tener una mirada distinta.

A su vez, el proyecto no hace la distinción de ubicación dentro o fuera de cauce, lo que, a su juicio, genera una inconsistencia, pues pareciera que es más difícil o requiere más permisos construir fuera del cauce que dentro del cauce, lo que no hace sentido.

La iniciativa establece la obligación de informar a la DGA las características de los tranques superiores a 50.000 metros cúbicos, con lo que estuvo de acuerdo.

Además, se consagra la facultad para el Presidente de la República de dictar una política nacional contra la crisis en el mundo agrícola, cosa que le pareció valiosa, porque el mundo agrícola sufre fuertemente con la crisis hídrica y con todo el impacto productivo que eso tiene para agricultores de todos los tamaños, especialmente los pequeños agricultores, que suelen tener una sola fuente de agua, las aguas superficiales, y no tanto acceso a pozos y a otras aguas subterráneas.

A fin de avanzar en la tramitación, planteó las siguientes ideas:

-reconocer las particularidades de los tranques agrícolas y facilitar la construcción de estos, no necesariamente de otros tranques; considerar límites mayores que los actuales, especialmente para los tranques agrícolas parcialmente excavados, por las razones ya dichas, y estiman que un límite de 500.000 metros cúbicos es razonable y aceptable.

-las obras fuera del cauce deben tener menores exigencias que las que están dentro de los cauces, de manera explícita en la ley.

-a mayor altura de muro la superficie inundada es menor, circunstancia que se debe tener en cuenta a la hora de establecer los límites.

-situación de tranques comunitarios, por ejemplo, los tranques Cora, muchos de los cuales, actualmente, requieren permisos ambientales y sectoriales para ser reparados o mejorados. Se evidencia infraestructura hídrica que no se está aprovechando.

-se debe mantener la obligación de informar a la DGA para los tranques que tengan ciertas características hacia arriba, de ciertos tamaños hacia arriba.

Finalmente, sostuvo que la Sociedad Nacional de Agricultura y los agricultores en general apoyan el proyecto de ley, pues facilitará la construcción de tranques agrícolas.

El Honorable Senador señor Prohens consideró necesario diferenciar entre embalses o tranques destinados a diversos usos.

A continuación, se leyó la minuta[4] del consultor y constructor de tranques, señor Juan Aránguiz, a saber:

Con el cambio climático hay menos disponibilidad hídrica en temporada máximo requerimiento de cultivos Existe un aumento de canales en régimen de turno, por lo que pequeños y medianos agricultores necesitan un acumulador en sus predios para sostener los cultivos cuando no hay agua, esto es, en el máximo requerimiento. En importante acumular mayor volumen.

Los trámites ante la Dirección General de Aguas demoran más de un año y en la VI Región existen más de 40 tranques de aguas lluvias sin el permiso de construcción, por lo que no pueden postular a la Comisión Nacional de Riego.

El señor Wilson Ureta, Director Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, realizó un resumen de las presentaciones de la semana pasada y esta, pues se observan varios puntos de coincidencia, en el sentido de que existe una necesidad de discutir cómo abordar la problemática de la acumulación de agua y el mejoramiento de los sistemas de riego para uso agrícola, dado que no solo tiene impacto en el uso del agua en sí mismo, sino que impacta en la calidad de vida de los agricultores.

Opinó que el poder elegir en qué momento regar y no estar a merced de la disponibilidad, como es el caso de muchos agricultores que solo pueden regar de noche. También, en numerosos ríos se han establecido turnos entre canales y a cada uno le toca agua determinados días y horarios. Pues bien, indicó que, precisamente, para eso son los tranques de uso agrícola. La principal función de estos es regular, más que acumular, porque para almacenar grandes volúmenes de agua se utilizan los grandes embalses, por ejemplo, para el agua de los deshielos y las lluvias del invierno.

Los tranques de uso agrícola tienen como objetivo regular a escala más pequeña y hacer más eficiente el uso del agua en los sistemas de canales.

El Honorable Senador señor Prohens apuntó que un agricultor que no tiene agua almacenada no tiene como aplicar la tecnología en el riego.

El señor Wilson Ureta, coincidiendo, explicó que los sistemas de riego tecnificado que están asociados a sistemas fotovoltaicos, solo pueden regar de día, por lo que el agua debe estar disponible en ese momento. Por lo que, además de la calidad, es necesario ocuparse de la oportunidad en que es aprovechable el recurso.

La primera coincidencia que destacó entra los expositores fue que existen errores de redacción en el texto aprobado Cámara de Diputados y deja en un vacío peligroso a los proyectos que son de más de 50.000 metros cúbicos.

En ese contexto, planteó que, como Ejecutivo, están conscientes de que este artículo hay que modificarlo completo en términos de su espíritu. Así, se requiere diferenciar entre las obras que están dentro y fuera de cauce, por tratarse de proyectos totalmente distintos.

Respecto a lo último, manifestó que la voluntad del Gobierno es avanzar en cuanto a los que se construyan fuera de cauce, por ser más seguras para la población, porque están semi excavadas o excavadas, y tienen menor impacto ambiental. Además, en términos de la utilización de agua, no aumenta, ya que se asocian a los sistemas de riego y a los derechos de agua existentes. Entonces se utiliza la misma agua de la mejor forma.

Otra problemática que se planteó en su momento, fue la eventual infiltración. Ante esto, señaló que los tranques pueden ser revestidos, y, de hecho, los sistemas de riego de los cuales provienen tienen el mismo inconveniente. Explicó que el canal puede estar revestido o no y puede mejorar el canal, el revestimiento y a la vez el tranque, por lo que no hay menor infiltración en este caso, no tiene impacto en ese sentido ni menos en la calidad de agua, porque el agua ya viene con la calidad para riego.

Luego, expresó que la discusión se centra en los límites de almacenamiento y de altura de muro. Adelantó que puede haber diferencias técnicas en cuanto a las condiciones en que se podría alzar tales límites. Además, como el Código de Aguas no distingue el destino de las obras, se debe definir si la enmienda se hará solo para la agricultura o para todos en general.

El Honorable Senador señor Prohens consultó si es viable acotar el proyecto de ley solo para el almacenamiento de agua, sin explicitar que el destino sea la agricultura.

El señor Wilson Ureta planteó que otra alternativa es centrarlo en las organizaciones de usuarios de agua, a fin de fomentar el uso comunitario, donde la única vía para financiar la construcción de tranques es por medio de la Ley de Riego. En ese escenario, existiría una garantía técnica para que esos proyectos avancen.

En cuanto a los permisos ambientales, señaló que estos están asociados a la construcción de obras nuevas y el artículo 294 apunta a un proyecto de más de 50.000 metros cúbicos o la modifica para que tenga esa capacidad. Comentó que como Comisión Nacional de Riego se ha consultado a la Dirección General de Agua qué pasa con los mejoramientos en los tranques existentes. Recordó que hace algunos años se dio la discusión sobre lo que pasaba con los mejoramientos de los canales, específicamente, los entubamientos. En ese tiempo se concluyó que se trata de un proyecto nuevo, porque donde antes había un canal, ahora hay un tubo. Bajo la misma lógica, para el Gobierno es irrefutable que el mejoramiento de un tranque constituye un proyecto nuevo, por lo que deberá someterse al artículo 294 y pedir los permisos ambientales correspondientes.

Ahora bien, ¿qué ocurre con la obra de descarga del tranque por donde sale el agua? Señaló que, en opinión de la DGA, si esa obra se modifica constituiría un proyecto nuevo, pues se trata de una alteración relevante del proyecto y tendría que regirse por el artículo 294 si la obra tiene más de 50.000 metros cúbicos.

Sin perjuicio de lo anterior, mencionó que si se quiere rehabilitar un tranque Cora, por ejemplo, la cubeta, sin modificar ni la entrada ni la descarga, no debería solicitar el permiso del artículo 294. Y eso es lo que la CNR, en acuerdo con la DGA, han estado gestionando, para así sacar el sedimento, y revestirlos para que mejore la eficiencia.

La Honorable Senadora señora Aravena resaltó que el Código de Aguas no hace ninguna mención específica a actividades productivas, entonces se debe decidir entre diferenciar o no los destinos de los embalses, lo que implica bastante complejidad, porque el contenido de un relave minero o un tranque para riego es totalmente diferente. Se deben analizar las alternativas, apuntar a la agilidad para la eficiencia hídrica en la situación de escasez y llevar a cabo un completo estudio que podría transformar este proyecto de ley en uno de gran envergadura. Opinó que centrar la modificación solo en organizaciones de usuarios limitaría las posibilidades en la Región de la Araucanía, aun cuando en la zona central del país existe una gran y amplia experiencia en organizaciones de usuarios y trabajo asociativo en asuntos de riego.

Señaló que no se debe limitar y que todo lo que implique invertir en agua es valioso para el país, no importa si son asociaciones o un individuo en particular, porque la superficie de riego es exponencial, así como la productividad que puede tener cuando la habilitamos con agua.

EL Honorable Senador señor Latorre consultó por el presupuesto 2025 vinculado a la Comisión Nacional de Riego para proyectos que estén en desarrollo en esta línea, particularmente la región de Valparaíso, pero, en general, mirando las zonas más vulnerables del país y las más afectadas por escasez hídrica.

Luego, expresó que es favorable a disminuir los plazos para obtener los sectoriales y los permisos ambientales, mas no bajar estándares ambientales. Entonces, los tiempos informados, en la práctica, son demasiado extensos, por lo que concuerda con todos los esfuerzos en pos de reducirlos. Apuntó que no concuerda con rebajar estándares, porque cuando se desregula demasiado se generan conflictos socioambientales que resultan más caros a futuro.

A raíz de lo anterior, solicitó al Director de la Comisión Nacional de Riego que plantee alternativas para reducir tiempos sin bajar estándares ambientales.

La Honorable Senadora señora Sepúlveda sostuvo que se han advertido varias aristas respecto a los tranques. Requirió que el Director informe sobre la tramitación de la autorización del artículo 294. Expresó que tenía la idea de que la rehabilitación de los tranques Cora era más expedita.

Asimismo, comentó que en la Región del Maule ha habido complicaciones con algunos tranques que se han querido construir, sobre todo respecto del tipo de fuente de agua que ocupa. Por ejemplo, cuando se ha pretendido ocupar vertientes se han producido inconvenientes con las comunidades. Además, la infiltración que se produce a partir de las vertientes nos permite regular el agua potable que tenemos en el sector.

Entonces, indicó que se requiere delimitar las implicancias de los tranques, por lo mismo, solicitó al Director que plantee alternativas, sin dejar de lado la urgencia. Expresó que no comparte el guarismo aprobado por la Cámara de Diputados.

Por otra parte, explicó que no se debe desatender lo que opina la comunidad. Sostuvo que le complica no dar la posibilidad a que la comunidad se manifieste, porque, si bien es cierto que los frutales son muy importantes para el país, también lo es el consumo interno de las hortalizas y todo que produce la pequeña agricultura. Si el agua se destina a los frutales, la pequeña agricultura se queda sin agua, por lo que cualquier modificación debe ser racional para todos.

El Honorable Senador señor Durana expresó que uno de los puntos más sensibles que, espera que el articulado recoja, es la realidad de todo Chile, porque obviamente son muy distintas. En algunas regiones existe un gran caudal de agua, en otras mucho más limitada. Agregó que, ya en el siglo XXI, es esperable que las aguas permanentes y estables se encuentren bien aprovechadas.

En ese sentido, aclaró que en este proyecto de ley se pretende legislar respecto de las aguas eventuales, las que llegan en ciertas temporadas del año y respecto de lo que no han sido capaces de retener, por lo que, finalmente, se pierden.

Reflexionó sobre el modo en que la iniciativa pretende articular todas las realidades del país, donde algunas regiones utilizan aguas compartidas con países vecinos y en donde se ha construido, un pulmón agrícola en el lugar en que, anteriormente, se situaban minas antipersonales.

Sobre lo anterior, agregó que la Región de Arica y Parinacota tiene 10 pozos y, al otro lado de la frontera, hay 1200 y se presume que pueden llegar a ser 1800, incluidos los que no están inscritos. Por lo que los agricultores del norte de Chile no compiten con una misma regulación. Ahora bien, al interior de la misma región, también hay aguas compartidas respecto del río Silala, por lo que no son fáciles de captar. Además, señaló que, después de años, Arica logró el embalse de Chironta.

Entonces, consultó cómo se pretende abordar todas las realidades del país mediante el proyecto de ley en debate. Embalsar las aguas del invierno altiplánico tiene diversos impactos sobre balnearios y humedales.

El señor Federico Errázuriz, Gerente de Políticas Públicas de la Sociedad Nacional de Agricultura, respondió a las consultas y planteamientos, a saber:

-Efectivamente hay bastante consenso en que la redacción aprobada por la Cámara de Diputados produce quizás más problemas que soluciones.

-Respecto a hacer una alusión concreta al sector agrícola en el Código de Aguas, recordó que éste tiene varias disposiciones que tratan de las aguas del minero y del sector minero. Por lo tanto, opinó que no sería mala técnica legislativa hacer un capítulo o, quizás, que se mandate al reglamento hacer algo. Señaló que le preocupa exactamente lo contrario, porque el reglamento del MOP sí alude expresamente al minero y nunca del sector agrícola.

-Sobre el guarismo, aclaró que cuando se refirió a tranques de 500.000 metros cúbicos se trata de obras excavadas, no de las que represan un cauce de agua. Además, indicó, esos tranques se llenan con aguas de canal, no con agua de vertiente. Por lo tanto, no advierte que esas obras dejen a la comunidad sin el recurso. Agregó que son los mismos agricultores y, particularmente, las comunidades de agua, las que construyen tranques para poder acumular las aguas de noche y poder regar de día.

-En lo que atañe a las eventuales mejoras que requiera un tranque, suena absurdo que no se pueda modificar el ingreso y salida del agua. Entonces, sugirió que lo ideal es mirar el problema en su dimensión completa y que esos tranques se puedan mejorar lo más rápidamente posible y con la menor cantidad de permisos.

-Respecto a los estándares, aclaró que no se está solicitando que se bajen las exigencias ambientales. Indicó que el cuestionamiento apunta a dilucidar la razón de mantener el mismo estándar ambiental del Código de Aguas de 1981 en la ley N° 19.300 de 1994. Expresó que probablemente no se ha evaluado el real impacto de un tranque agrícola. Entonces, recalcó que lo importante es aclarar que no se pretende construir tranques sin pasar por un debido análisis de sus impactos ambientales, sino que no tiene sentido que el impacto ambiental se mida desde el guarismo fijado en el artículo 294 del Código. Así, señaló que los tranques para riego agrícola se construyen en potreros, es decir, en terrenos que no tienen bosque nativo.

La señora Catalina Núñez, asesora legislativa del Ministerio de Agricultura, manifestó que el estándar de cumplimiento ambiental, efectivamente, está determinado por el guarismo que se busca reemplazar.

Por otro lado, indicó, que, en vez de apuntar a tranques para la agricultura expresamente, lo óptimo será generar un reglamento completo para la agricultura, pero eventualmente sería más complejo. A partir de ello, manifestó que el compromiso del Ejecutivo ha sido llamar a los distintos órganos sectoriales que tienen competencia sobre la materia y destinar los insumos que sean necesarios en términos técnicos para considerar dos elementos importantes: la seguridad y estándares ambientales.

El señor Wilson Ureta, Director Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, comentó que es probable que 50.000 metros cúbicos se haya fijado en base a una hectárea. Como sea, consideró que se trata de un guarismo arbitrario. Por ello, se podría fijar un nuevo estándar consensuado en base a décadas de tramitación de permisos.

Luego, indicó que se debe analizar en qué punto el Gobierno considera adecuados los límites de seguridad y ambientales para no afectar el entorno y la calidad de vida de las comunidades.

En seguida, comentó que a la Ley de Riego postulan cerca de 20 a 30 proyectos de tranques al año, entre 20.000 y 50.000 metros cúbicos de capacidad. Por otra parte, expresó que existe gran desincentivo a los tranques sobre 50.000 metros cúbicos por los tiempos de tramitación, mencionó que esos tranques no se caen de las postulaciones por asuntos técnicos, sino que, por la demora de la tramitación, que puede llegar a los tres años.

Además, concordó con que existe un vacío respecto de tranques entre los 50.000 y los 300.000 metros cúbicos, porque en ese tramo esperar tanto tiempo es excesivamente caro, y de 300.000 hacia arriba comienza a ser rentable la inversión.

Recordó que la Directora del Sistema de Evaluación Ambiental expuso que casi todos los proyectos deben realizar declaración de impacto ambiental y la gran mayoría son aprobados, pero demoran demasiado en la tramitación. Entonces, recalcó que existe evidencia de que sus proyectos en torno a los guarismos de 250.000 son casi todos aprobados, pues el SEA estima que no hay un riesgo ambiental para la población.

Sin embargo, el Ejecutivo no concuerda con los 250.000 metros cúbicos, pero sí con una cifra en torno a los 100.000 metros cúbicos y a los 7 metros de altura del muro. Lo que consideró un avance sustancial.

En cuanto a las acotaciones del Senador señor Durana respecto de los derechos eventuales y el invierno altiplánico, opinó que eso apunta a otra discusión relacionada con embalses que son muchísimo más grandes que los tranques de este proyecto de ley.

Por otro lado, comentó que el Gobierno pretende modificar el decreto con fuerza ley N° 1.123, de 1981, que establece normas sobre ejecución de obras de riego por el Estado, porque regula las grandes obras de riego que se construyen, tanto las redes de canales como los embalses. El Ejecutivo pretende incorporar varios aspectos planteados en este debate, como recarga de acuíferos, soluciones basadas en la naturaleza, desalación, entre otras. No en este decreto con fuerza de ley ni el Código de Aguas menciona el cambio climático como una variable relevante, tampoco la pequeña agricultura como un objetivo de estos proyectos y no se contempla la alianza público privada.

Volviendo al proyecto de ley, indicó que éste se concreta en los turnos, mejorar la distribución de los canales, que las personas pueda regar de día y no de noche, mejorar la eficiencia.

Con respecto a los derechos de agua, sostuvo que hay que diferenciar la discusión de derechos de agua y otras. Porque lo expresado por la Senadora señora Sepúlveda de que una organización o un agricultor particular ocupe una vertiente y afecte a una comunidad se va a dar sin o con tranque, por lo que afirmó que ese asunto no depende de este tipo de obras, sino que realizar una buena evaluación del agua disponible.

Luego, expresó que, como Comisión Nacional de Riego, se exige que los primeros proyectos sean aprobados por la asamblea de usuarios, consagrado en un acta, además de un proceso de difusión de los proyectos.

Sobre el presupuesto del 2025 para la Ley de Riego, informó que se aprobaron $125.000 millones de llamado a concurso, bonificaciones disponibles. Adicionalmente, indicó que se espera seguir con el desarrollo de la obra extra predial, con especial énfasis en acumulación, por lo que se han incorporado concursos especiales para tranques Cora, donde el impacto más importante ha estado entre las Regiones de Coquimbo y del Libertador Bernardo O´Higgins. En la del Maule existen menos tranques Cora que en esas regiones y han tenido un impacto importante en organizaciones de pequeños agricultores. Estas obras son habituales de organizaciones de pequeños agricultores, incluso Indap.

El Honorable Senador señor Prohens reafirmó que, por las razones expuestas por el Director de la CNR, este proyecto de ley debe ser abordado desde el punto de vista agrícola. Aseguró que no se pretende sacar agua de otro lado para hacer los tranques, sino que son los propios derechos que tiene el usuario, y que para poder ser más eficiente en el uso de del agua necesita acumularla, y así aplicar tecnología, e incluso ampliar su canal productivo, lo que contribuirá a la seguridad alimentaria.

En resumen, sostuvo que esta iniciativa legal tiene por objeto: almacenar agua para distribuirla eficientemente, aumentar las hectáreas de cultivo y generar más alimentos y a un mejor precio para la población.

Entonces, si el foco de la discusión se pone en lo anterior, hay que trabajar en las modificaciones necesarios. Para ello, propuso votar en general el proyecto de ley y, luego, considerar un lapso para que el Ejecutivo haga una propuesta a la Comisión.

Si bien es cierto el Código de Minería y el Código de Agua están ligados, señaló, es porque se elaboraron pensando en la minería, así de simple. Expresó que, entonces, se precisa analizar cómo resolvemos el tema para la agricultura. Los tiempos son distintos y los análisis también son diferentes, basados en las realidades nuevas. No es posible que, teniendo Chile agua en exceso, haya problemas hídricos en casi todas las regiones del país.

La Honorable Senadora señora Sepúlveda manifestó que se inclina por medidas especiales para los agricultores y no confundirnos con la otra actividad. Lamentó que lo que se logre irá fundamentalmente a la fruticultura, en el fondo, porque así es como se paga la obra.

Luego, sugirió que los asesores se reúnan a analizar la redacción y,

a partir de eso, votar en general en unos 20 días.

La Honorable Senadora señora Aravena estuvo de acuerdo con conocer una propuesta de parte de la mesa de asesores, y reflexionó que todo ha girado en torno a la permisología, pero la pregunta es si se están haciendo análisis económicos para que las inversiones sean competitivas. Las actividades productivas buscan rentabilidad y si no la hay se acaba la actividad. Los largos plazos para la obtención de permisos y los trámites que conllevan consumen gran parte de la rentabilidad de los inversionistas.

En ese sentido, opinó que no es aceptable poner en riesgo a las personas ni a la naturaleza, pero preguntó cómo es que el resto del mundo ha logrado desarrollar sistemas que Chile no ha sido capaz.

Votación en general y fundamento de voto.

En la sesión del 15 de enero de 2025, el señor Esteban Valenzuela, Ministro de Agricultura, expresó la valoración del proyecto de ley, porque plantea aumentar la capacidad de los tranques de uso agrícola, particularmente, los fuera de cauce.

El señor Rodrigo Sanhueza, Directos General de Aguas, señaló que, luego de 10 – 12 años de sequía, parece de toda lógica avanzar en infraestructura hídrica que permita el abastecimiento de la población y desarrollar la producción agrícola. Por lo mismo, consideró que es interesante agilizar la obtención de permisos para tranques hasta cierta envergadura.

Sin embargo, sostuvo que el texto aprobado por la Cámara de Diputados requiere un análisis respecto a la ubicación de las obras, es decir, dentro o fuera de cauce; el volumen de almacenamiento de agua y el alto del muro.

En ese contexto, comentó que se ha realizado un trabajo conjunto entre representantes de los Ministerios de Agricultura, de Obras Públicas, Secretaría General de la Presidencia y de Economía, Fomento y Turismo, entendiendo que cualquier modificación legal que se introduzca en esta materia impactará en otras materias y en el proyecto de ley establece una Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales e introduce modificaciones en cuerpos legales que indica, Boletín N° 16.566-03.

Sostuvo que el Ejecutivo valora y apoya la iniciativa legal, pero se deben determinar los guarismos a fin de llegar a un acuerdo.

La Honorable Senadora señora Sepúlveda, entendiendo la importancia del objetivo central del proyecto de ley, consideró que son varios los aspectos que deben ser analizados con detención, especialmente los riesgos para los pequeños agricultores y las localidades aledañas a los tranques. Sostuvo que si se realiza un buen trabajo con la Dirección General de Aguas y la Comisión Nacional de Riego se logrará soslayar los asuntos inquietantes y converger en un buen proyecto de ley final.

La Honorable Senadora señora Aravena consultó a los representantes del Ejecutivo si existe alguna propuesta que plantear a la Comisión.

La señora Catalina Núñez, asesora legislativa del Ministerio de Agricultura, señaló que el Ejecutivo ha estado trabajando en conjunto con las demás entidades involucradas a fin de presentar una propuesta que vaya en la misma línea del proyecto de ley que establece una Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales. Adelantó que las indicaciones podrían estar listas para la próxima sesión.

El Honorable Senador señor Latorre sugirió tener en consideración la tramitación de la iniciativa mencionada.

El Honorable Senador señor Prohens planteó que otra posibilidad es que, después de la Comisión de Agricultura, el proyecto de ley sea analizado por la Comisión de Economía.

El señor Esteban Valenzuela, Ministro de Agricultura, consideró que la iniciativa sobre tranques de uso agrícola debe ser discutida por la Comisión de Agricultura.

La Honorable Senadora señora Sepúlveda propuso tomar la decisión de enviarlo a la Comisión de Economía una vez que se tenga el texto final de la de Agricultura, porque, eventualmente, no sería necesario que pase a otra instancia.

-Puesto en votación el proyecto de ley, en general, fue aprobado por la unanimidad de la Comisión, Honorables Senadores señoras Aravena y Sepúlveda, y señores Durana, Latorre y Prohens.

Se fijó plazo para presentar indicaciones hasta el viernes 17 de enero de 2025.

-- -

DISCUSIÓN EN PARTICULAR[5]

A continuación, se efectúa una relación de las indicaciones presentadas al texto aprobado en general y de los acuerdos adoptados a su respecto por la Comisión.

El texto aprobado por la Cámara de Diputados es el siguiente:

“PROYECTO DE LEY

“Artículo 1.- Modifícase el artículo 294 del Código de Aguas en el siguiente sentido:

1.Sustituyese su literal a) por el siguiente:

“a) Los embalses de capacidad superior a doscientos cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 15 metros de altura, y que se encuentren construidos fuera del cauce natural.”.

2.Incorpórase el siguiente inciso final:

“Los propietarios de embalses de capacidad superior a 50.000 metros cúbicos deberán informar a la Dirección General de Aguas las características generales de las obras y ubicación del proyecto antes de iniciar su construcción, y remitir los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°6.”.

Artículo 2. El Presidente de la República, a través de decreto supremo suscrito por el Ministerio de Agricultura, podrá dictar la “Política Nacional contra la Crisis Hídrica en el Mundo Agrícola” y las medidas que contribuyan al almacenamiento de agua para su uso en actividades productivas de la pequeña agricultura y el campo.”.”.

A su respecto, el 17 de enero de 2025, el Ejecutivo presentó las siguientes indicaciones:

AL ARTÍCULO 1

La indicación número 1, de Su Excelencia el Presidente de la República que lo sustituye por el siguiente:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 294° del Código de Aguas de la siguiente forma:

1.- Sustitúyese el inciso primero por el siguiente:

“ARTÍCULO 294°. – Requerirán la aprobación del Director General de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo, la construcción de las siguientes Obras Hidráulicas Mayores:

a)Embalses;

b)Acueductos;

c)Sifones y canoas que crucen cauces naturales.”.

2.- Intercálase, a continuación del inciso primero, el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero:

“Un reglamento establecerá la capacidad, envergadura y características de las obras que quedarán sometidas a la autorización a que se refiere el inciso primero, considerando, cuando corresponda, si las obras se encuentran dentro o fuera de cauce.”.”.

AL ARTÍCULO 2

La indicación número 2, de Su Excelencia el Presidente de la República, lo elimina.

ARTICULO TRANSITORIO, NUEVO

La indicación número 3, de su Excelencia el Presidente de la República, agrega el siguiente artículo transitorio, nuevo:

“Artículo transitorio.- El artículo único entrará en vigencia el primer día del mes subsiguiente a la publicación en el Diario Oficial de la modificación al decreto supremo N° 50, de 2015, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueba reglamento a que se refiere el artículo 295° inciso 2°, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294° del referido texto legal.

La modificación al aludido reglamento deberá dictarse en el plazo de un año contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial y tendrá por objeto determinar la capacidad, envergadura y características de las obras que quedarán sometidas a la autorización a que se refiere el artículo 294°.

Mientras no entre en vigencia dicho reglamento, requerirán la aprobación del Director General de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo del Código de Aguas, las siguientes obras:

a)Los embalses que se construyan en un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses que se construyan fuera de un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de siete metros de altura.

b)Los acueductos que conduzcan más de dos metros cúbicos por segundo.

c)Los acueductos que conduzcan más de medio metro cúbico por segundo, que se proyecten próximos a zonas urbanas, y cuya distancia al extremo más cercano del límite urbano sea inferior a un kilómetro y la cota de fondo sea superior a 10 metros sobre la cota de dicho límite.

d)Los sifones y canoas que cumplan con las características señaladas en las letras b) o c) precedentes que crucen cauces naturales.”.

En la sesión del 11 de marzo de 2025, la Honorable Senadora señora Aravena señaló que esta reunión fue citada para conocer las propuestas del Ejecutivo respecto a las modificaciones a realizar al texto aprobado en general y fijar un nuevo plazo para presentar indicaciones, todo en el contexto de los compromisos del señor Ministro de Agricultura con el Presidente de la Comisión, Senador señor Prohens.

A su respecto, la señora Catalina Núñez, asesora legislativa del Ministerio de Agricultura, recordó que el Ejecutivo ha sido crítico de varios elementos técnicos respecto de la redacción emanada de la Cámara de Diputados, por lo mismo, entre los Ministerios de Agricultura y de Obras Públicas se ha concordado que el proyecto de ley requiere ajustes de fondo. Lo anterior, cobra mayor relevancia en cuanto a los tranques que se construyan dentro de cauce y el riesgo para las comunidades aledañas.

Sin perjuicio de lo anterior, comentó que para el Gobierno existe una dificultad de técnica legislativa en relación con el Boletín N° 16.566-03, proyecto de ley establece una Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales e introduce modificaciones en cuerpos legales que indica. Destacó que lo que hace en específico dicha iniciativa es dejar todos los guarismos a la potestad reglamentaria.

Entonces, en virtud del amplio acuerdo político respecto del mencionado boletín sobre Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales, la indicación presentada por el Ejecutivo el 17 de enero de 2025 es espejo de lo que se propone para el artículo 294 del Código de Aguas en el Boletín N° 16.566-03, dejando en una disposición transitoria que, mientras se dicta el reglamento respectivo, requerirán autorización del Director General de Aguas los embalses que se construyan en un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses que se construyan fuera de un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cien mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de siete metros de altura.

Posteriormente, comentó que, teniendo conocimiento del descontento de algunos miembros de la Comisión sobre la técnica legislativa que se propone utilizar, los representantes del Ministerio de Agricultura se volvieron a reunir con los del de Economía, Fomento y Turismo a fin de encontrar una alternativa; sin embargo, asumió que la conversación fue infructuosa. Además, hizo presente que sea cual fuere el texto que se apruebe para el artículo 294 en la tramitación del proyecto de ley en debate, igualmente, eso quedará derogado por la futura Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales.

En seguida, sostuvo que aún existe un margen para establecer los límites de almacenamiento y altura de muro, y se comprometió a que lo que se fije en el transitorio será lo que contenga el eventual reglamento que mandata la Ley Marco de Permisos Sectoriales.

La Honorable Senadora señora Aravena manifestó que no le acomoda revisar la propuesta de manera tan acelerada.

La Honorable Senadora señora Sepúlveda concordó con Su Señoría. Además, manifestó que no está de acuerdo con que los límites se fijen en reglamentos.

Respecto al proyecto de ley que establece la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales, opinó que debería ser revisada por la Comisión de Agricultura porque, por medio de 21 artículos, se modifica el Código de Aguas.

Consideró muy riesgoso entregar todas las potestades a una legislación que no es específica sobre agricultura y que no entrega capacidad de control del Congreso Nacional.

La Honorable Senadora señora Aravena solicitó mayores detalles del Boletín N° 16.566-03 respecto a las materias que se relacionan con la agricultura y cómo se relaciona con el proyecto en debate.

El Honorable Senador señor De Urresti manifestó que, en su opinión, las Comisiones del Senado son autónomas en la tramitación de las iniciativas, además señaló que el proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales contiene normas que le parecen muy inquietantes y frente a las que tiene reparos, por ejemplo, que se rebajen los estándares ambientales.

En la misma línea, solicitó que el Ejecutivo exponga sobre las injerencias que pueda tener el proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales en la agricultura. Sostuvo que no está de acuerdo que esa iniciativa tenga primacía por sobre en el que está debatiendo la Comisión sobre tranques de uso agrícola.

En otro orden de ideas, comentó que cuando presidió la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento se tramitó, de manera transparente y clara, distintas modificaciones de gran envergadura al Código de Aguas, por lo que no comprende que el de autorizaciones sectoriales tenga un tratamiento distinto.

Finalmente, sugirió invitar a la siguiente sesión al Ministro de Economía, Fomento y Turismo para que explique las modificaciones que se están impulsando respecto del Código de Aguas en el proyecto de autorizaciones sectoriales.

El Honorable Senador señor Durana sostuvo que no quedó suficientemente claro si el Ejecutivo tiene reales intenciones en presentar nuevas indicaciones.

La Honorable Senadora señora Sepúlveda sugirió que la Ministra de la Secretaría General de la Presidencia esté en conocimiento de las propuestas finales del proyecto de ley.

En la sesión del 12 de marzo de 2025, la Honorable Senadora señora Aravena señaló que le inquieta que, como Comisión de Agricultura, se esté dejando de analizar algún antecedente para el éxito del proyecto de ley de tranques de uso agrícola. Además, sostuvo que, si bien es cierto que las Comisiones tiene autonomía en el estudio de sus iniciativas, es conveniente estar en sintonía porque, eventualmente, podría derogarse lo que aquí se decida.

La señora Catalina Núñez, asesora legislativa del Ministerio de Agricultura, realizó una presentación[6] sobre el proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales que se encuentra en la Comisión de Economía del Senado, en segundo trámite constitucional.

Explicó que dicho proyecto modifica 39 cuerpos normativos, entre ellos, el Código de Aguas, al que introduce 21 enmiendas.

Sostuvo que, respecto del Código de Aguas, lo que se propone es estandarizar procedimientos y disminuir burocracia administrativa.

Así, se modifica normativa relacionada con la adquisición de derechos de aprovechamiento de aguas y autorización de obras, mayores y menores, como los artículos 294 y 295.

En seguida, explicó el fundamento de trasladar los guarismos a reglamentos por medio del proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales. Señaló que existe la necesidad de modificar diversos límites de exigencias en una variedad de materias a nivel nacional, algunos de ellos se establecen en leyes, otros en resoluciones y otros en reglamento, por lo que se ha querido uniformar el criterio de técnica legislativa.

Expuso que la propuesta para el artículo 295 es estandarizar procesos, como plazos de pronunciamientos, reduciéndolos a 215 días, suspensiones, la posibilidad de rechazar proyectos, adecuación de medios de notificación y reconocimiento de técnicas habilitantes alternativas a la autorización, como avisos. Además, se unifica la ventanilla única e ingresos de solicitudes.

Posteriormente, se refirió al proyecto de ley en informe, específicamente sobre el texto aprobado por la Cámara de Diputados. Sostuvo que el Ejecutivo observa un problema técnico, cual es que no distingue entre tranques dentro y fuera de cauce, por lo que los Ministerios de Agricultura y de Obras Públicas concuerdan en que la iniciativa no puede avanzar en esos términos.

Fundamentado en aquello, señaló, es que el Gobierno presentó indicaciones el 17 de enero.

La indicación número 1, explicó, sigue la técnica legislativa del proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales, en el sentido de dejar al reglamento el establecimiento de los guarismos.

La indicación número 2, elimina el artículo 2 del texto emanado de la Cámara de Diputados.

La indicación número 3, incorpora un artículo transitorio que dispone que mientras no se dicte el reglamento, requerirán aprobación de la Dirección General de Aguas, en lo que interesa, los embalses dentro de cauce cuya capacidad sea superior a 50 mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura; y los embalses fuera de cauce, cuya capacidad sea superior a 100 mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de siete metros de altura.

La asesora afirmó que lo anterior corresponde al mínimo, porque en conversaciones con representantes de la Dirección General de Aguas y de la Comisión Nacional de Riego se ha llegado a la convicción de que los embalses fuera de cauce, efectivamente, requieren tramitaciones más acotadas porque existe una gran necesidad de contar con obras hidráulicas para el riego agrícola.

Además, después de la presentación de las indicaciones, se han desarrollado más reuniones en el Ejecutivo y se ha llegado a la convicción de que, en términos de seguridad, habría más espacio para ampliar los límites. Siempre que se establezca la obligación de informar a la autoridad la construcción de los embalses y una norma de responsabilidad correlativa.

A su vez, asumió que ciertos Senadores le han manifestado inquietudes por establecer los guarismos en un artículo transitorio y, posteriormente, en un reglamento.

La Honorable Senadora señora Aravena valoró que se explicite que lo contenido en la indicación número 3 corresponde a un mínimo desde el cual el Ejecutivo está dispuesto a ceder.

Respecto al proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales, advirtió que apunta principalmente a la reducción de plazos en la tramitación de autorizaciones y permisos, no a aspectos técnicos. Por esto, propuso que se trabaje en una mesa técnica jurídica a fin de concordar los guarismos definitivos.

El señor Wilson Ureta, Director Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, recalcó que el texto aprobado por la Cámara de Diputados contiene serios problemas técnicos, al punto que elimina tipos de obras sobre las que la DGA se pueda pronunciar, como los sifones y las canoas.

Recalcó que, habiendo hecho un análisis de riesgo, el Ejecutivo está dispuesto a flexibilizar los guarismos respecto de los embalses fuera de cauce. Señaló que los que están dentro de los cauces son los que, eventualmente, provocan daños a la comunidad.

Por otra parte, realizó una presentación[7] ilustrativa de las características de los embalses y sus tipos.

Señaló que la función principal de los tranques o embalses, de la capacidad de almacenamiento a que ha apuntado el proyecto de ley, es regular el agua que se recibe de la fuente, principalmente, obras de conducción construidas. Es decir, el recurso hídrico será utilizado de manera más eficiente.

Además, indicó que, en casi todos los casos, estos embalses son obras que utilizan derechos de aprovechamiento de aguas ya constituidos. Por lo anterior, la obra en sí misma no representa un mayor uso de agua. Al estar fuera de cauce, no requerir nuevos derechos y, al ser para uso agrícola, los riesgos sobre la calidad de agua no existen.

Igualmente, destacó que se trata de obras, principalmente, comunitarias de organizaciones de usuarios de aguas y ex Cora.

Advirtió que existe principal interés sobre la modificación desde la Región de Arica y Parinacota a la del Biobío, pero con creciente importancia en la de la Araucanía al sur, por efecto del cambio climático.

A su vez, recalcó que, en términos de seguridad, lo más relevante es la altura del muro y las especificaciones técnicas.

Luego, exhibió imágenes de un tranque fuera de cauce, cuya capacidad es menor a 250.000 metros cúbicos y cuyo muro tiene menos de 15 metros de altura. En el ejemplo, el embalse es en tierra, no revestido. Agregó que, actualmente, la CNR propicia el revestimiento para evitar la infiltración del agua, e, incluso, que estén tapados disminuyendo la evaporación.

En seguida, presentó una tabla sobre tranques Cora, algunos pueden ser rehabilitados otros no. Informó que 440 se encuentran en el tramo de hasta 50 mil metros cúbicos de capacidad.

La propuesta de la indicación número 3 del Ejecutivo considera elevar a 100 mil metros cúbicos y a siete metros de altura de muro, pudiendo abarcar otros 50 tranques.

Seguidamente, manifestó que entre 100 mil y 250 mil metros cúbicos de capacidad el Ejecutivo considera que no sería apropiado que la autoridad no cuente con certezas de construcción.

Asimismo, declaró que el Gobierno estaría disponible para elevar la capacidad hasta 150 mil metros cúbicos, pero con otras exigencias. Por ejemplo, que se trate de proyectos que postulen a la Ley de Riego, porque serán revisados y siempre fuera de cauce. Esto último porque la Directora del SEA indicó que en esos tamaños y fuera de cauce siempre son aprobados.

La Honorable Senadora señora Aravena preguntó si habría lugar a una obra que no requiera financiamiento de la CNR hasta 150 mil metros cúbicos.

El señor Wilson Ureta indicó que es complicado y la razón es que para tener financiamiento de la Ley de Riego el proyecto será revisado técnicamente.

La Honorable Senadora señora Aravena expresó que eso sería discriminatorio para los agricultores que pretendan financiar sus propios tranques sin financiamiento estatal.

La Honorable Senadora señora Sepúlveda señaló que ha estado estudiando las modificaciones que propone el proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales. Expresó su acuerdo con hacer más eficientes los procesos, que exista seguridad de las decisiones, se cumplan los plazos, el silencio administrativo, entre otras medidas. Sin embargo, las enmiendas al Código de Aguas no son inocuas como se planteó, por lo que se debe revisar en detalle cada precepto.

Luego, solicitó profundizar, respecto de los tranques Cora, el número de hectáreas beneficiadas, quiénes son los propietarios, señaló que en su región hay varias disputas sobre la titularidad de las obras, de los derechos de agua y de los caminos de acceso.

El Honorable Senador señor De Urresti comentó que estuvo en conversación con el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, y reiteró que debe ser invitado a esta discusión para que explique las modificaciones al Código de Aguas.

A su vez, consultó qué ocurre en las regiones no informadas por el Director de la CNR, puesto que se dan muchos conflictos con las comunidades locales por la producción de frutas. Informó que hay numerosos tranques construidos de manera silenciosa por grupos empresariales en las Regiones de Los Ríos y Los Lagos.

En ese sentido, solicitó dejar constancia para la Historia de la Ley que no está disponible en aprobar una normativa que, como efecto colateral, termine regularizando tales situaciones.

Además, consultó si en la CNR existe un catastro de los tranques agrícolas fuera de norma construidos por las grandes empresas frutícolas.

La Honorable Senadora señora Aravena recordó que, actualmente, la normativa establece que los tranques de hasta 50 mil metros cúbicos no requieren autorización de la DGA, sea quien sea su propietario. Sobre ese límite, de existir situaciones irregulares, lo que corresponde es denunciar.

En la sesión del 19 de marzo de 2025, el Honorable Senador señor Prohens comentó que el Ejecutivo debe convocar a los expertos para llegar a un acuerdo respecto del proyecto de ley de tranques agrícola. Señaló que los límites y exigencias deben establecerse en los artículos permanentes del Código de Aguas, no en reglamentos, porque es sabido que existe un retraso en la dictación de reglamentos, algunos de más de 30 años, y esta materia es crucial para los agricultores de Chile.

La Honorable Senadora señora Aravena consideró que la materia debe ser abordada desde lo técnico y, luego, analizar la técnica legislativa.

El señor Wilson Ureta, Director Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, se comprometió a trabajar del modo que planteó Su Señoría y a presentar una propuesta concreta en la siguiente sesión.

A su vez, expresó que habrá que hacer un trabajo parlamentario para que el proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales no termine eliminando lo que se apruebe en la iniciativa de tranques agrícolas.

El Honorable Senador señor Prohens aclaró que dicho proyecto tiene como objetivo acelerar los procesos de obtención de permisos y autorizaciones y no debería inmiscuirse en el fondo de las materias. En términos legislativos, advirtió que, si no se respeta lo que se acuerde en la Comisión de Agricultura respecto del artículo 294 del Código de Aguas, en la Sala del Senado se solicitará votación separada respecto de este punto cuando se ponga en tabla el proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales.

La Honorable Senadora señora Sepúlveda observó que ya se ha concordado que debe haber garantía de seguridad respecto de los tranques a construir. Indicó que en algún momento la DGA tendría que fiscalizar, dentro de un determinado plazo, las obras a fin de controlar que todo esté dentro de la normativa. Ese lapso para fiscalizar es lo que se debe coordinar con el proyecto de Ley Marco y no las características de los tranques.

En la sesión del 26 de marzo de 2025, el Honorable Senador señor Prohens hizo presente que existen diferentes propuestas para abordar el proyecto de ley en tabla.

Respecto al procedimiento a seguir, planteó abrir un plazo para presentar indicaciones a fin de dar la oportunidad para que otros senadores puedan formular sus propuestas, no obstante que la iniciativa se discute en general y particular. En esa línea, sugirió avanzar en el estudio de ellas, para luego citar a las 15:30 horas, para votar las indicaciones, con la correspondiente autorización de la Sala.

A continuación, se procedió a dar lectura a la propuesta de los Honorables Senadores señora Aravena, y señores Durana y Prohens, que es del siguiente tenor:

Mantener la referencia la capacidad y altura del muro de embalse en el artículo 294 del Código de Aguas. Aumentar de los actuales 50.000 a 200.000 metros cúbicos la capacidad de los embalses fuera de cauce. Aumentar de los actuales 5 metros de altura del muro a 10 metros de altura para embalses fuera de cauce y mantener los 50.000 y los 5 metros de altura del muro para aquellos embalses dentro del cauce. Establecer el deber de los propietarios de embalses sobre los 50.000 metros cúbicos dentro o fuera de cauce, de informar lo siguiente: las características de las obras, el nombre del titular y administrador de las obras hidráulicas, el responsable de su mantención, la ubicación georreferenciada del tranque agrícola, información técnica relevante para resguardar la seguridad de la población y los ecosistemas, y la inclusión en el catastro público de aguas.

Así también proponen eliminar el artículo segundo que hace alusión a la política nacional contra la crisis hídrica en el mundo agrícola. Se permite que los embalses agrícolas gestionados o financiados por la CNR no requieran de la aprobación de la DGA y facilitar, mediante la incorporación de una norma transitoria, la regularización de los embalses Cora.

Luego, se hizo presente una propuesta de la Honorable Senadora señora Sepúlveda sobre mantener la referencia a la capacidad y altura del muro del embalse en el artículo 294 del Código de Aguas.

Respecto a aumentar de los actuales 50.000 a 200.000 metros cúbicos en embalse fuera de cauce, la propuesta de la senadora Sepúlveda sugiere aumentar sólo a 100.000 metros cúbicos.

En cuanto a aumentar los actuales 5 metros de altura a 10 metros de altura para embalses fuera cauce, la propuesta de la senadora Sepúlveda es aumentar la altura del muro a 7 metros.

En tranque dentro del cauce, la Senadora Sepúlveda propone discutir el tema en la Comisión porque estima que todo esto debería ser necesariamente autorizado por la DGA.

Respecto al deber de los propietarios de embalse sobre los 50.000 metros o dentro o fuera de cauce, propone informar las características de las obras, el nombre del titular y administrador de las obras hidráulicas, el responsable de su mantención, la ubicación georreferenciada del tranque agrícola, la información técnica relevante para resguardar la seguridad de la población y la inclusión al catastro público de aguas.

Se señaló que la prevención de la Senadora es dejar expresamente en la norma la facultad de fiscalización por parte de la DGA. También está de acuerdo con eliminar la política nacional contra las crisis hídricas del mundo agrícola. Y sobre la CNR y Cora, la Senadora prefiere recibir la opinión técnica del ejecutivo para tomar una posición y entender los cambios y si es beneficioso, estaría por aprobar una norma de esa naturaleza. Hace la prevención de la pertinencia de la norma y garantizar la seguridad, elaboración y el ecosistema.

El Honorable Senador señor Prohens recordó que, además, están las indicaciones presentadas por S.E. el Presidente de la República sobre la materia. En esa línea recordó que, en la última conversación con el Ministro de Agricultura y el Director de la DGA en el Congreso, coincidieron en que todo lo que esté dentro de cauce era competencia de la DGA, porque se estaba interviniendo una caja de un río que no correspondería a una obra dentro de un predio.

Asimismo, indicó que, en esa oportunidad, el Director de la DGA planteó 10 metros de altura del muro, y 100.000 metros cúbicos para proyectos fuera de cauce, luego el Senador le habría contra argumentado que hasta 200.000 y el Director no se opuso. Asimismo, el Director manifestó que solo se requeriría información hasta esos límites y que, sobre ellos la DGA tendría que autorizar los proyectos.

En materia de fiscalización planteada por la Senadora Sepúlveda, indicó que coincide con la propuesta, considerando que es una facultad que tiene la DGA, por lo tanto, no existe problema en reforzarla.

Por ello, señaló, las diferencias que se tienen son mínimas, pero siempre partiendo la base de los 10 metros de altura de muro planteados por la DGA.

La Honorable Senadora señora Aravena hizo presente un tema procedimental respecto a cómo seguirá la tramitación de este proyecto, y sugirió abrir un breve plazo para presentar indicaciones, para que se materialicen las propuestas transcritas y así acordarlas con el Ejecutivo.

Sobre el particular, se informó que la Comisión acordó fijar un plazo para presentar indicaciones al interior de la misma, hasta las 15 horas, indicaciones que serán votadas en la sesión convocada en ese mismo horario.

La Honorable Senadora señora Vodanovic hizo presente que este proyecto puede tener una buena intención, pero el camino al cielo está lleno de buenas intenciones. En ese sentido, expresó su aprehensión de votar el proyecto sin tener los informes que se han solicitado. En ese sentido, recordó que el Senador señor De Urresti, quien la reemplazó en la sesión anterior, pidió conocer los beneficiarios de esta norma, ya que no hay claridad al respecto.

Por otra parte, hizo presente que la DGA ha señalado que la capacidad del tranque va a determinar la competencia de la institución; sin embargo, resaltó que, en paralelo, se está tramitando el proyecto de ley que establece una ley marco de autorizaciones sectoriales, llamado de permisología, no obstante advertir que no está de acuerdo en utilizar ese término, porque es el propio Congreso el que ha dado regulaciones en distintos ámbitos donde ha habido problemas. Ejemplificó con los socavones de la comuna de Concón, señaló que, quizás, no se hubiesen presentado esos problemas si la permisología hubiera funcionado bien. Del mismo modo, no habrían tenido inconvenientes con los chanchos en Freirina si hubieran realizado bien todos los trámites necesarios. Enfatizó en conciliar el desarrollo de la industria, de la inmobiliaria o de la agricultura, con el bienestar de las personas, con el medio ambiente y otros intereses.

Luego, expresó que el proyecto de ley está bien intencionado en el sentido de contar con tranques para acopiar agua, considerando que están enfrentando no solo una sequía, sino que un cambio climático que hace necesario tomar otras medidas, por lo que manifestó su acuerdo; sin embargo, recalcó no estar disponible para legislar la rápida.

Instó por que se abra un periodo para formular indicaciones para que los Senadores y Senadoras puedan revisar bien la iniciativa, y no en forma apresurada, argumentó que para la ciudadanía este proyecto es importante y puede ser muy beneficioso.

En relación al fondo del asunto, reflexionó que el Ejecutivo manifestó su acuerdo hasta los 100.000 metros cúbicos, sin embargo, la ampliación a 200.000 metros cúbicos, genera otra realidad.

Expresó su aprehensión respecto de qué va a pasar, por ejemplo, con los tranques en la Región del Maule donde hay inundaciones. Precisó que ya vivieron el caso de Colbún y lo que significa proceder a vaciar aguas. No se sabe cuál será la realidad de un tranque de estas dimensiones.

Hizo presente que estas preocupaciones las ha recogido de la ciudadanía y, en definitiva, de las personas que podrían estar impactadas por la normativa. Sugirió la conveniencia de escuchar al Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, y al Ministerio del Medio Ambiente en relación al impacto que puede tener estas construcciones. Por otra parte, solicitó tener a la vista el proyecto que establece una Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales, con el objeto de no legislar en paralelo y conciliar esas materias. Finalmente, reiteró la solicitud de fijar un plazo para presentar indicaciones.

El Honorable Senador señor Prohens recordó que la Sala autorizó la discusión en general y en particular del proyecto de ley, de manera que implícitamente la Comisión puede fijar los plazos que estime pertinentes.

En relación a la consulta del Senador señor De Urresti sobre los beneficiarios, el Honorable Senador señor Prohens respondió que es difícil saber quiénes serán los usuarios beneficiados, porque no se conoce quiénes van a hacer los embalses. Precisó que, a medida que postulen a los fondos del Estado, se van a ir conociendo y, otros, los financiarán de forma particular. Por eso, recordó que el Director General de Aguas, en la última conversación que tuvieron al respecto, enfatizó la necesidad de establecer como obligación que todos los interesados envíen la documentación a la entidad que lidera, por cuanto esta última no tiene un catastro de la ley actual, ya que hoy, afirmó, se puede construir hasta 50.000 sin informar.

Por ello, acordaron con la DGA que, no solamente quedarían registradas las nuevas construcciones, sino que también habría una especie de Ley del Mono para regularizar todos las ya ejecutadas, en un determinado plazo. Hizo presente que esos eran los términos que acordaron y, a petición suya, el Director General de Aguas se comprometió a enviar una minuta para distribuirla entre Sus Señorías, sin embargo, nunca llegó, hasta el día de hoy.

La asesora jurídica del Dirección General de Aguas, señora Graciela Veas, señaló que, analizada técnicamente esta materia, no es sostenible llegar a esos umbrales en términos de seguridad para las personas, para la vida, la salud y los bienes.

Asimismo, indicó que, además de los consensos que no se generaron en esa oportunidad, sí se elaboró una minuta que, como Ejecutivo socializaron con los otros intervinientes de la misma mesa, en la que participaba el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, justamente por la relación que esto puede tener con la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales. Por lo antedicho, sostuvo que no hubo posibilidad de presentar una propuesta en los términos en que se conversó en algún momento, toda vez que, establecer tales umbrales en el Código de Aguas no es parte de la postura del Ejecutivo. Y en ese sentido, reafirmó la indicación que se presentó a través del Ministerio de Agricultura el 17 de enero de este año.

La Honorable Senadora señora Aravena hizo presente que durante la discusión de este proyecto de ley han contado con diversos antecedentes, así, han escuchado las presentaciones de la DGA, del Director de la CNR, y del Ministro de Agricultura. En seguida comentó que no es posible saber cuántas personas podrían verse vinculadas a esta norma, porque esto no tiene carácter obligatorio y tampoco van a postular a ningún fondo específico. Lo que se trata es regular la capacidad de los tranques, la cantidad de agua que se va a acumular y no necesariamente un subsidio vinculado a ello.

Por otro lado, precisó que el proyecto original de la Cámara de Diputados se refiere a 250.000 metros cúbicos, en cambio, con esta propuesta se refiere a 200.000 metros cúbicos, es decir, hay claramente una rebaja que podría ser el tope.

Agregó que también se incluye que siempre se informe, a diferencia del caso de los 50.000 en que no hay obligatoriedad, cuestión que a su juicio no le parece adecuado, ya que, según el espíritu del Código de Aguas, siempre se debe contar con información georreferenciada de todas las estructuras que estén vinculadas al riego.

En seguida, consultó al Ejecutivo cuál sería el máximo que estarían dispuestos a autorizar.

El Honorable Senador señor Durana, planteó la importancia de escuchar al Ejecutivo, toda vez que los puntos alcanzados han sido de mutuo acuerdo.

El Ministro de Agricultura, señor Esteban Valenzuela propuso buscar algún acuerdo que les permita soslayar el punto. Reconoció lo afirmado por el Honorable Senador señor Prohens y expresó que tuvieron conversaciones oficiosas, pero no oficiales.

Precisó, en relación a lo planteado por la Senadora señora Vodanovic, que los embalses fuera de cauce siempre están relacionados con un canal, tanto en el ingreso del agua como respecto de su salida. No obstante, indicó que, efectivamente, las regiones tienen distintas realidades. Por ello, aunque sea un embalse pequeño, puede haber algunas normas técnicas que deben precisarse, que no pueden estar encima o demasiado cerca del sistema de agua potable rural y de la localidad.

En esa línea, comentó que Maule en mapudungun significa lluvioso, y mencionó que ha habido controversia en las zonas de Pichidegua y otras donde está la laguna de Tagua Tagua, donde existe un microclima en que llueve bastante más que lo normal. Destacó las bondades de esta política pública referida a los micro embalses e instó en alcanzar acuerdo. Señaló que como Ministerio les corresponde la coordinación técnica, por ello la indicación del Ejecutivo establece 100.000 metros cúbicos y 7 metros de altura de muro. Afirmó que existe disponibilidad para explorar un rango hasta 150 metros y sugirió discutirlo junto a los asesores.

El Honorable Senador señor Prohens recordó que el proyecto en estudio ingresó a la Cámara de Diputados en agosto del 2023, y el 19 de marzo del 2024 pasó al Senado, por ello, preguntó por qué estas observaciones no lo hicieron con anterioridad. Reflexionó que esta situación se repite, al igual que en otros proyectos, en que, al final del recorrido, se ponen cortapisas para que no avancen.

Por otra parte, respecto al proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales, reiteró que entiende el planteamiento del Ministro de Economía, Fomento y Turismo; sin embargo, advirtió, que la iniciativa en estudio es de efecto inmediato y no cuando se dicte el reglamento. Por ello, enfatizó, si se quiere dejar a los agricultores sin posibilidad de acumular agua, que se derive esta materia al reglamento de permisología y no podrá postular ninguna persona mientras no se dicte el reglamento con el correspondiente guarismo. Además, no se podrá acumular el agua durante el invierno para aprovecharla en el período de riego.

Argumentó que esa es, precisamente, la razón para establecer en la ley el volumen y la altura límites, mas no un capricho. Así, una vez aprobada y publicada la ley, se contará con el guarismo y podrán trabajar con certezas.

Por el contrario, si se deriva todo al reglamento de permisología, habrá que esperar uno o dos años para materializarlo. Recordó que hay leyes que llevan más de 30 años publicadas y aún no se dicta el respectivo reglamento. Alertó la urgencia que representa para los agricultores esta iniciativa legal, más aún, considerando que este año no será lluvioso, por ello, la única posibilidad que tienen de acumular el agua que hoy día pasa directo al mar, es teniendo un lugar donde la puedan acumular. Ese es el objeto de la insistencia de que el guarismo quede en la ley, que opere de inmediato una vez que se apruebe. Agregó, que, si después lo quieren regular o modificar, habrá otra instancia, pero, con la Ley Marco de Permisología nadie va a poder postular a la CNR porque no habrá guarismo.

El Director de la Comisión Nacional de Riego, señor Wilson Ureta, expresó que las indicaciones presentadas por el Ejecutivo y la participación de los Ministerios de Obras Públicas, de Agricultura, y del Medio Ambiente en el Senado, constituye una señal positiva y una muestra de que están abiertos a discutir el proyecto. Recordó que, en la Cámara Diputados, el Ejecutivo propuso rechazar esta iniciativa. Así también, reconoció que la conversación que se dio con el Presidente de la Comisión, junto a los asesores y representantes de los Ministerios, se dio en los términos señalados por Su Señoría.

En seguida, manifestó que les preocupa las condiciones cuando las obras se amplían, pensando en las capacidades de los consultores de ingeniería, incluso de capacidades constructivas, estiman que tiene que ser un cambio más acotado y gradual del que se propone con los 200.000 metros cúbicos. Así también, les inquietan las condiciones del entorno, que va a afectar otros tipos de sistemas, entendiendo que filtrando lo que está dentro del cauce, hay varios riesgos ya controlados.

Enfatizó en que esa capacidad constructiva la pueden tener al alcance en el volumen, y principalmente en la altura del muro. El consenso inicial es tener una base de los 100.000 metros cúbicos de capacidad y 7 metros de altura de muro.

Del mismo modo, planteó que cuando se señala que se establecerán las características de la obra, o las condiciones, es necesario que la DGA pueda establecer, a nivel reglamentario, algunas exigencias, por ejemplo, de la cercanía a servicios rurales y a zonas urbanas, respecto de los tranques que van desde los 100.000 a 150.000, manteniendo los 7 metros de altura.

En esa línea, indicó que harían dos niveles de altura, que también fue parte de las conversaciones, uno, hasta 100.000 y 7 metros con las mismas condiciones que hoy día existen para los 50.000 y 5 metros, que se pueden construir solo informando a la DGA; y, dos, de 100.000 a 150.000 se podrían aplicar ciertas condiciones en cuanto a eliminar algunos riesgos que aparecen cuando las obras empiezan a ser más grandes, que se pueden agregar en los mismos instructivos técnicos que tiene la DGA para la construcción de esta obra. Ese es el sentido de la propuesta del Ejecutivo, la cual la podrían presentar durante la sesión de la tarde, compartiendo la necesidad de aprobar esta norma a la brevedad.

El Honorable Senador señor Durana solicitó, de acuerdo a lo expresado por el Director de la CNR, conocer cuáles serían los principales puntos de diferencia con la Cámara de Diputados, considerando que el señor Ministro ha señalado que el proyecto de ley representa una buena política pública; sin embargo, en la Cámara de Diputados se manifestó una posición muy distinta, entonces, preguntó si la propuesta del Ejecutivo va a permitir lograr el consenso necesario en ambas Cámaras para aprobarla.

Ahondó, que son dos cosas distintas, una, que el guarismo quede en la ley y, otra, que sea entre 100.000 y 150.000 metros cúbicos, con ciertas condicionantes que se establecerán como requisitos.

El Director de la Comisión Nacional de Riego aclaró que hay ciertos aspectos que la DGA pueda considerar. Entre 100.000 y 150.000 metros cúbicos se establecerían condiciones sobre cercanía a zonas urbanas y a servicios sanitarios rurales, con el fin de tener resguardo a obras en localidades semi concentradas.

El señor Ministro argumentó que las condiciones dicen relación también con que ha habido preocupación por parte del mundo ambiental sobre la cercanía del tranque y algún humedal.

Al respecto, el Honorable Senador señor Prohens enfatizó que los embalses se van a construir en las propiedades agrícolas. Precisó que están dirigidos para que el regante haga un embalse, acumule agua y riegue su predio, y no para ejecutarse en la plaza de una ciudad.

En seguida, Su Señoría preguntó si el problema con las cifras está referidas a la altura o la capacidad.

El señor Wilson Ureta indicó que cuando hay más superficies inundadas y se está cerca del centro urbano y de servicios sanitarios rurales, el riesgo de infiltración en esa zona es más grande, eso es un aspecto que les preocupa, sin embargo, el aspecto más crítico es la altura del muro.

El Honorable Senador señor Prohens señaló que, respecto al ejemplo dado por el Director, la filtración se evita poniendo una carpeta, desde ese punto de vista, reiteró la pregunta de por qué el Ejecutivo no está de acuerdo.

El Director de la Comisión Nacional de Riego explicó que en el caso de los servicios sanitarios rurales también es inverso, es decir, se puede dar un riesgo de que no fluya el agua hacia la zona donde capta el APR. Insistió en que creen que en los dos ámbitos hay riesgos, siendo el aspecto clave la altura. No obstante, en el volumen están dispuestos a ceder de la indicación original, de los 100.000 a 150.000, pero en la altura se mantienen cautos por considerar que hay un riesgo de seguridad estructural.

La Honorable Senadora señora Aravena hizo presente que actualmente la ley permite hasta 50.000 metros cúbicos de capacidad de los embalses sin ningún tipo de permiso de la Dirección General de Aguas. Mencionó también el problema de sequía, en que lamentablemente las lluvias se concentran en algunas épocas del año y en determinas regiones. En seguida, hizo un análisis político y técnico, y valoró la propuesta de subir de 50.000 a 150.000, no obstante señalar que, idealmente, sería elevar esa cifra, pero concordó en que hay estudios que se deben presentar principalmente por los efectos que pudiera tener desde el punto de vista de la vida que rodea la actividad humana, colegios, poblaciones, agua potable rural y otras cosas.

Expresó que alcanzar una solución intermedia como la planteada, evidentemente es mucho mejor de lo que existe actualmente y es un avance, además que no es definitivo, puesto que, con la tecnología y la inteligencia artificial, se va a poder proyectar en días lo que pudiera suceder con una infraestructura de este tipo.

Solicitó aprobar los 150.000 metros cúbicos, con las dos condiciones sugeridas por el Ejecutivo que le parecen de toda lógica, como son los sistemas de agua potable rural, la cercanía a centros urbanos y la obligatoriedad de registro con georreferenciación, con el objeto de que el Estado esté en permanente conocimiento de ello. Resaltó que en su región estos tranques, salvaron la vida de muchas personas, porque fueron los lugares donde se abastecieron de agua para los incendios. Recordó que había un tranque en frente del aeródromo de Traiguén, y gracias a él se tuvo la rapidez para sacar el agua.

Dada la importancia de los embalses, instó por llegar a un acuerdo político que permita que el Gobierno negocie la aprobación de este proyecto en la Cámara de Diputados con ese guarismo, que considera razonable, ya que en pocos meses se logra disminuir la burocracia y aumentar tres veces la capacidad de agua, lo que representa un gran logro. Manifestó que con estos números queda tranquila, ya que entiende que hay riesgos en todo tipo de infraestructura que acumula agua, por los variados aspectos a considerar, que no son menores. No es lo mismo suelos que infiltran agua, de otros como el arcilloso, en que es prácticamente una capa de greda la que se forma siendo más difícil la infiltración, que tienen diferentes comportamientos, por ello, consideró que sobre 150.000 es necesario presentar un estudio por las implicancias que pueda tener.

La Honorable Senadora señora Vodanovic coincidió en la necesidad de distinguir por capacidad y por altura. Sin embargo, señaló, hasta para una mínima ampliación de una casa, se debe contar con permisos municipales y fiscalización.

En esa línea, manifestó su preocupación respecto a cómo funciona en la práctica las obras hídricas es cuestión, y pidió conocer cómo y quién fiscaliza y sanciona la construcción de embalses.

Así también expresó su inquietud respecto a la esperanza que le están entregando a las personas de que va a existir financiamiento para la construcción de estas obras, preguntó si hay recursos para ello, o si se ha conversado con el Ministerio de Hacienda recursos asociados para estos proyectos.

La Honorable Senadora señora Aravena expresó que el proyecto no tiene ninguna relación con los fondos concursables que pudieran existir para ello, sino que solamente se refiere a regular su normativa para la construcción y nada más.

La Honorable Senadora señora Vodanovic señaló que ese es el objetivo de su pregunta, aclarar que son los mismos fondos para postular tanto a los 50.000 como a los 100.000 o 150.000, por ello solicitó al Ejecutivo algún planteamiento o bien que se explore con el Ministerio de Hacienda, adicionalmente, en el contexto de la ley de presupuestos.

El Director de la Comisión Nacional de Riego explicó que es relevante el tema de los fondos, porque hay altas expectativas con este proyecto, sobre todo en un tipo de beneficiario que son las organizaciones de usuarios de agua, los canalistas, quienes no tiene ninguna forma construir esta obra sin la Ley de Riego. Esta legislación tiene un proceso que está normado, con un proceso concursal, y algo muy relevante para este proyecto, es que se revisan los proyectos técnica y legalmente. Por tanto, habrá un aval de revisión.

Al respecto, indicó que CNR utiliza todos los aspectos técnicos que la DGA instruye que hay que revisar en los procesos. Por ende, la revisión del proyecto antes que se construya, la asignación de fondo está visado por la CNR.

Respecto a la disponibilidad de fondos, señaló que el 60 % de los recursos de la CNR al año se destinan a las organizaciones de usuarios de agua, pero con una proporción de: 70 % obras de conducción, 30 % obras de acumulación.

Informó que, en todas las regiones, sobre todo en la de Coquimbo, Valparaíso y Atacama, hay una demanda por proyectos de acumulación que tiene que ver con la regulación de los turnos y que sigue creciendo hacia el sur.

Por otro lado, señaló que los embalses Cora tienen alta presencia en las Regiones del Maule, del Libertador Bernardo O'Higgins, Metropolitana, y de Valparaíso. Entonces, lo que ellos solicitan es que sea más fácil ejecutar estas obras, no se trata que se vayan a multiplicar al doble la cantidad de proyectos, pero sí ampliar los que tienen.

Reflexionó que, si todas estas materias se discuten en la ley de presupuestos con los distintos sectores, lo más probable es que vaya cambiando un poco la proporción entre obras de conducción y las de acumulación en los fondos destinados a la Ley de Riego, y la CNR podrá dar un poco más de margen a las segundas. Explicó que una obra de 150.000 metros cúbicos no cuesta tres veces lo que representa una obra de 50.000, sino que su costo es un 40 % más, debido a que el trabajo más costoso está en la construcción de los muros y la impermeabilización

Coincidió con Su Señoría en que hay un tema que paralelo en la ley de presupuesto, de cuántos son los recursos que se destinan a riego.

Respecto a la fiscalización, la asesora jurídica del Dirección General de Aguas, señora Graciela Veas, respondió que, actualmente, todas las obras hidráulicas que suelen denominarse mayores y que están reguladas en el artículo 294 y siguientes del Código de Aguas, pasan por dos etapas. La primera es la aprobación propiamente tal del proyecto, con una serie de reglas sobre hidráulica e ingeniería que están claramente dispuestas en el decreto supremo N° 50, de 2015, que aprueba el reglamento a que se refiere el artículo 295 inciso 2º, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal.

Expresó que se trata de un proceso muy exhaustivo y que toma su tiempo, porque justamente tiene todas estas reglas de itinerancia, de ir y venir respecto de las observaciones que se le van haciendo a los proyectos que se presentan a la Dirección General de Aguas.

Una vez que el proyecto es autorizado, el particular o interesado procede a su construcción de acuerdo a los lineamientos y reglas visadas. Luego, el proyecto tiene una segunda autorización también de la DGA, que es la recepción, donde se verifica que haya sido construido de acuerdo a las condiciones y reglas autorizadas en su oportunidad por el organismo público. Aclaró que es una autorización netamente ingenieril que también tiene que ver en cómo esto va a impactar la calidad de las aguas.

Destacó que el artículo 294 está íntimamente vinculado, en su fase ambiental, al ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental, porque el artículo 10, de la ley N° 19.300, letra a), señala que todo aquello que requiere autorización de la Dirección General de Aguas en relación al artículo 294, debe ingresar al sistema de Evaluación Ambiental. Es decir, lo que debe ser autorizado por la DGA entra al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, independiente de que, por la localización o cuantía del proyecto, va a tener que ingresar si es que cae en alguna de las otras hipótesis que señala el artículo 10. Si cualquiera fuera el tamaño del tranque o del embalse, está cerca de un área protegida o de un humedal, va a tener que ingresar al Sistema de Evaluación Ambiental. Ahí se verá si sus impactos son tales que deba ingresar por una declaración o por un estudio, aclaró.

Explicó que existe fiscalización por parte de la Dirección General de Aguas respecto de todo aquello que está en el funcionamiento del embalse. Señaló, como ejemplo, si se construye un tranque para 50.000 y efectivamente fue de 80.000, eso va a ser parte de las fiscalizaciones que realiza la DGA. No así si era 48.000 y se construye uno de 49.000, ahí la Dirección carece de competencia para su fiscalización. En cuanto a si hay obligaciones de informar, expresó que todas esas también son fiscalizables por la Dirección General de Aguas, en la medida que exista una competencia que así lo permita.

Finalizadas las exposiciones, el Honorable Senador señor Prohens hizo presente que, según el acuerdo de comités de 12 de marzo del presente año, las Comisiones continuarán con su integración sesionando y votando hasta el día miércoles 26 de marzo a las 14 horas y sus efectos serán plenamente válidos hasta esa fecha.

En atención a lo expuesto, y considerando que la sesión de hoy es precisamente el 26 de marzo, recabó la unanimidad de la Comisión para votar las indicaciones formuladas al texto aprobado por la Cámara de Diputados, teniendo presente que están autorizados para votarlo en general y particular, lo que fue acordado por la unanimidad de los miembros presentes, no obstante, que el criterio de la Secretaría fue abrir un plazo para presentar las indicaciones.

Antes de votar, la Honorable Senadora señora Vodanovic preguntó qué sucede si las personas informan una vez que esté terminada la obra.

El Director de la CNR reconoció que lo planteado por su Señoría ha pasado, y se han iniciado procesos sancionatorios.

En seguida, se suspendió la sesión a fin de redactar una nueva indicación entre los representantes del Ejecutivo y los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Aravena y Vodanovic y señores Durana y Prohens, junto a sus asesores legislativos. De esta forma, se consensuó la indicación número 4.

La indicación número 4, de los Honorables Senadores señora Aravena y señores Durana y Prohens propuso sustituir íntegramente el proyecto de ley por lo siguiente:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 294 del Código de Aguas en el siguiente sentido:

1)Sustituyese el literal a) por el siguiente:

“a) Los embalses que se construyan en un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses que se construyan fuera de un cauce natural, cuya capacidad sea superior a ciento cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de siete metros de altura.”

2)Agréguese el siguiente inciso final nuevo:

“En el plazo de seis meses contados desde terminadas las obras, los propietarios o administradores de los embalses que se construyan fuera de cauce, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cinco metros de altura y que se encuentren exceptuados de contar con aprobación del Director General de Aguas, según lo dispuesto en la letra a) de este artículo, deberán informar a esa Dirección las características generales de las obras y su ubicación georreferenciada, remitiendo copia de los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N° 1.”

Artículo transitorio.- El artículo único entrará en vigencia el primer día del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial. La actualización al reglamento contenido en el decreto supremo N° 50, de 2015, que aprueba el reglamento a que se refiere el artículo 295, inciso segundo, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del mismo texto legal, deberá dictarse en el plazo máximo de un año contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial. Con todo, la actualización del aludido reglamento no podrá establecer parámetros inferiores a los establecidos en la letra a) del artículo 294 del Código de Aguas.”.

-En votación la indicación precedente fue aprobada por mayoría con los votos de los Honorables Senadores señora Aravena y señores Durana y Prohens y la abstención de la Honorable Senadora señora Vodanovic.

Con la misma votación se dieron por rechazadas las indicaciones números 1 y 3 del Ejecutivo, y por aprobada la número 2.

Al fundamentar su abstención la Honorable Senadora señora Vodanovic, expresó su acuerdo con la primera parte de la indicación referida a la distinción de los metros cúbicos, pero respecto del plazo de seis meses contado desde terminada las obras, estimó que es una obligación que queda entregada a la mera voluntad del constructor del tranque, y que no tiene ninguna lógica dentro del sistema de supervisión. A su juicio, se debe informar antes de la construcción, además de considerar que no basta con que solo se le informe a la DGA, por lo que manifestó su abstención al respecto.

- - -

MODIFICACIONES

En conformidad con los acuerdos adoptados precedentemente, la Comisión tiene el honor de proponer las siguientes modificaciones al proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados:

Artículo 1

Ha pasado a ser artículo único, con las siguientes enmiendas:

Número 1

Literal a)

Sustituirla por la siguiente:

“a) Los embalses que se construyan en un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses que se construyan fuera de un cauce natural, cuya capacidad sea superior a ciento cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de siete metros de altura.”.

Número 2

Reemplazarlo por el siguiente:

“2.- Incorpórase el siguiente inciso final:

“En el plazo de seis meses contado desde terminadas las obras, los propietarios o administradores de los embalses que se construyan fuera de cauce, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cinco metros de altura y que se encuentren exceptuados de contar con aprobación del Director General de Aguas, según lo dispuesto en la letra a) de este artículo, deberán informar a esa Dirección las características generales de las obras y su ubicación georreferenciada, remitiendo copia de los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°1.”.”. (Indicación número 4, aprobada por mayoría 3x1 abstención, votaron a favor los Honorables Senadores señora Aravena y señores Durana y Prohens. La Honorable Senadora señora Vodanovic se abstuvo).

Artículo 2

Suprimirlo.

(Indicación número 2, aprobada por mayoría 3x1 abstención, votaron a favor los Honorables Senadores señora Aravena y señores Durana y Prohens. La Honorable Senadora señora Vodanovic se abstuvo).

° ° °

Artículo transitorio nuevo:

Incorporar el siguiente artículo transitorio, nuevo:

“Artículo transitorio.- El artículo único entrará en vigencia el primer día del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial. La actualización al reglamento contenido en el decreto supremo N° 50, de 2015, que aprueba el reglamento a que se refiere el artículo 295, inciso segundo, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del mismo texto legal, deberá dictarse en el plazo máximo de un año contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial. Con todo, la actualización del aludido reglamento no podrá establecer parámetros inferiores a los establecidos en la letra a) del artículo 294 del Código de Aguas.”.

(Indicación número 4, aprobada por mayoría 3x1 abstención, votaron a favor los Honorables Senadores señora Aravena y señores Durana y Prohens. La Honorable Senadora señora Vodanovic se abstuvo).

° ° °

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TEXTO DEL PROYECTO

En virtud de las modificaciones anteriores, la Comisión de Agricultura tiene el honor de proponer a la Sala la aprobación, en general y particular, del siguiente proyecto de ley:

“PROYECTO DE LEY:

Artículo único.- Modifícase el artículo 294 del Código de Aguas en el siguiente sentido:

1.- Sustitúyese su literal a) por el siguiente:

“a) Los embalses que se construyan en un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses que se construyan fuera de un cauce natural, cuya capacidad sea superior a ciento cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de siete metros de altura.”.

2.- Incorpórase el siguiente inciso final:

“En el plazo de seis meses contado desde terminadas las obras, los propietarios o administradores de los embalses que se construyan fuera de cauce, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cinco metros de altura y que se encuentren exceptuados de contar con aprobación del Director General de Aguas, según lo dispuesto en la letra a) de este artículo, deberán informar a esa Dirección las características generales de las obras y su ubicación georreferenciada, remitiendo copia de los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°1.”.

Artículo transitorio.- El artículo único entrará en vigencia el primer día del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial. La actualización al reglamento contenido en el decreto supremo N° 50, de 2015, que aprueba el reglamento a que se refiere el artículo 295, inciso segundo, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del mismo texto legal, deberá dictarse en el plazo máximo de un año contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial. Con todo, la actualización del aludido reglamento no podrá establecer parámetros inferiores a los establecidos en la letra a) del artículo 294 del Código de Aguas.”.

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ACORDADO

Acordado en sesiones celebradas el día 30 de octubre de 2024, con asistencia de los Honorables Senadores señor Rafael Prohens Espinosa (Presidente), señoras Carmen Gloria Aravena Acuña y Alejandra Sepúlveda Orbenes y señores José Miguel Durana Semir y Juan Ignacio Latorre Riveros (en reemplazo de la Senadora señora Paulina Vodanovic); el día 13 de noviembre de 2024, con asistencia de los Honorables Senadores señor José Miguel Durana Semir (Presidente accidental), y señoras Carmen Gloria Aravena Acuña (Presidenta accidental), Isabel Allende Bussi (en reemplazo de la Senadora señora Paulina Vodanovic) y Alejandra Sepúlveda Orbenes; el día 27 de noviembre de 2024, con asistencia de los Honorables Senadores señor Rafael Prohens Espinosa (Presidente), señoras Carmen Gloria Aravena Acuña y Alejandra Sepúlveda Orbenes, y señores José Miguel Durana Semir y José Ignacio Latorre (en reemplazo de la Senadora señora Vodanovic); el día 15 de enero de 2025, con asistencia de los Honorables Senadores señor Rafael Prohens Espinosa (Presidente), señoras Carmen Gloria Aravena Acuña y Alejandra Sepúlveda Orbenes, y señores José Miguel Durana Semir y José Ignacio Latorre (en reemplazo de la Senadora señora Vodanovic); el día 11 de marzo de 2025, con asistencia de los Honorables Senadores señoras Carmen Gloria Aravena Acuña (Presidenta accidental) y Alejandra Sepúlveda Orbenes, y señores Alfonso De Urresti Longton (en reemplazo de la Senadora señora Vodanovic), José Miguel Durana Semir y Manuel José Ossandón Irarrázabal (en reemplazo del Senador señor Prohens); el día 12 de marzo de 2025, con asistencia de los Honorables Senadores señoras Carmen Gloria Aravena Acuña (Presidenta accidental) y Alejandra Sepúlveda Orbenes, y señores Alfonso De Urresti Longton (en reemplazo de la Senadora señora Vodanovic) y José Miguel Durana Semir; el día 19 de marzo de 2025, con asistencia de los Honorables Senadores señor Rafael Prohens Espinosa (Presidente), señoras Carmen Gloria Aravena Acuña, Alejandra Sepúlveda Orbenes y Paulina Vodanovic Rojas, y señor José Miguel Durana Semir; y el día 26 de marzo de 2025, con asistencia de los Honorables Senadores señor Rafael Prohens Espinosa (Presidente), señoras Carmen Gloria Aravena Acuña y Paulina Vodanovic Rojas, y señor José Miguel Durana Semir.

Sala de la Comisión, a 14 de abril de 2025.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Abogado Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA EL CÓDIGO DE AGUAS, CON EL OBJETO DE FACILITAR LA CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA (BOLETÍN N° 16.193-01).

_______________________________________________________________

I.OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: modificar el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, elevando la capacidad de las infraestructuras que no requieren de la aprobación del Director General de Aguas.

II.ACUERDOS:

Indicación N° 1: rechazada (mayoría 3x1 abstención). Indicación N° 2: aprobada (mayoría 3x1 abstención).

Indicación N° 3: rechazada (mayoría 3x1 abstención).

Indicación N° 4: aprobada (mayoría 3x1 abstención).

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único y de una disposición transitoria.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V.URGENCIA: no tiene.

VI.ORIGEN E INICIATIVA: Cámara de Diputados. Moción de las Honorables Diputadas señoras Marta Bravo, Natalia Romero y Flor Weisse, y los Honorables Diputados señores Gustavo Benavente, Juan Antonio Coloma, Eduardo Cornejo, Felipe Donoso, Juan Fuenzalida, Cristóbal Martínez y Marco Antonio Sulantay.

VII TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: 81 votos a favor,

46 en contra y 9 abstenciones.

IX.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 20 de marzo de 2024.

X.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

XI.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

Código de Aguas.

Ley N° 19.300, que aprueba la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Decreto supremo N° 40, de 2013, que aprueba el reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Ley N° 18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje.

Decreto con fuerza ley N° 1.123, de 1981, que establece normas sobre ejecución de obras de riego por el Estado,

Valparaíso, a 14 de abril de 2025.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Abogado Secretario de la Comisión

[1] A continuación figura el link de cada una de las sesiones transmitidas por TV Senado que la Comisión dedicó al estudio en general del proyecto: https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/agricultura/comision-de- agricultura/2024-10-30/074221.html https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/agricultura/comision-de- agricultura/2024-11-13/070717.html https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/agricultura/comision-de- agricultura/2024-11-27/074011.html https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/agricultura/comision-de- agricultura/2025-01-15/075421.html
[2] Presentación: https://microservicio-documentos.senado.cl/v1/archivos/06720e5d- d7a2-4652-89ba-530bc113fcba?includeContent=true
[3] Presentación: https://microservicio-documentos.senado.cl/v1/archivos/37146152https://microservicio-documentos.senado.cl/v1/archivos/37146152-1f50-45a5-8db9-b9f4466c55ce?includeContent=true
[4] Minuta: https://microservicio-documentos.senado.cl/v1/archivos/e7c6ef73-9a71https://microservicio-documentos.senado.cl/v1/archivos/e7c6ef73-9a71-4619-a02e-46ece8de42c7?includeContent=true4619-a02e-46ece8de42c7?includeContent=true
[5] A continuación figura el link de cada una de las sesiones transmitidas por TV Senado que la Comisión dedicó al estudio en particular del proyecto: https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/agricultura/comision-de- agricultura/2025-03-11/150850.html https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/agricultura/comision-de- agricultura/2025-03-12/074337.html https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/agricultura/comision-de- agricultura/2025-03-19/063933.html https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/agricultura/comision-de- agricultura/2025-03-26/071724.html
[6] Presentación: https://microservicio-documentos.senado.cl/v1/archivos/2a5a8293- f642-4605-a65f-d82cb609300a?includeContent=true
[7] Presentación: https://microservicio-documentos.senado.cl/v1/archivos/11fe65a0- d7f1-453d-9702-36312a71ae36?includeContent=true

2.2. Informe de Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación

Senado. Fecha 12 de mayo, 2025. Informe de Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación en Sesión 19. Legislatura 373.

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INFORME DE LA COMISIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS, DESERTIFICACIÓN Y SEQUÍA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola.

BOLETÍN Nº 16.193-01.

Objetivo / Constancias / Normas de Quórum Especial: no tiene / Consulta Excma. Corte Suprema: no hubo / Asistencia / Antecedentes de Hecho / Aspectos Centrales del Debate / Discusión y Votación en General / Discusión y Votación en Particular / Modificaciones / Texto / Acordado / Resumen Ejecutivo.

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía tiene el honor de informar el proyecto de ley de la referencia, iniciado en Moción de los Honorables Diputados señor Juan Antonio Coloma, señoras Marta Bravo, Natalia Romero y Flor Weisse y señores Gustavo Benavente, Eduardo Cornejo, Felipe Donoso, Juan Fuenzalida, Cristóbal Martínez y Marco Antonio Sulantay.

Cabe señalar que la iniciativa legal fue conocida, en primer término, por la Comisión de Agricultura (que la aprobó en general y en particular), acordándose, posteriormente, por la Sala, que también fuera informada por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía.

Se hace presente que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único. Se deja constancia, asimismo, de que la propuesta legal resultó aprobada, en general y en particular.

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OBJETIVO DEL PROYECTO

Modificar el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola.

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CONSTANCIAS

- Normas de quórum especial: No tiene.

- Consulta a la Excma. Corte Suprema: No hubo.

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ASISTENCIA

- Representantes del Ejecutivo e invitados: Del Ministerio de Obras Públicas: el coordinador del Área Hídrica, señor Carlos Estévez; el coordinador legislativo, señor Tomás Mendoza; el asesor legislativo, señor Stefano Salgado, y la asesora legislativa de la Dirección General de Aguas, señora María Graciela Veas. Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: el asesor, señor Cristian Abarca.

- Otros: De la Biblioteca del Congreso Nacional: el investigador, señor Eduardo Baeza. Del Comité de Senadores DC: el asesor, señor Mauricio Burgos. Del Comité de Senadores RN: el asesor, señor Sebastián Amado. Asesores parlamentarios: del Senador señor Castro Prieto, don Daniel Quiroga; del Senador señor De Rementería, don Luis San Martín; del Senador señor Gahona, don Benjamín Rug; del Senador señor Kuschel, don Alejandro Mera, y de la Senadora señora Provoste, don Rodrigo Vega, don Enrique Soler y don Julio Valladares.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se ha tenido en consideración la Moción de los Honorables Diputados señor Juan Antonio Coloma, señoras Marta Bravo, Natalia Romero y Flor Weisse y señores Gustavo Benavente, Eduardo Cornejo, Felipe Donoso, Juan Fuenzalida, Cristóbal Martínez y Marco Antonio Sulantay.

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ASPECTOS CENTRALES DEL DEBATE

En la discusión se advirtió la conveniencia de simplificar los procedimientos a que debe sujetarse la construcción de embalses o tranques de menor tamaño, aunque sin afectar la seguridad de la población, para lo que se estableció, en lo sustantivo, que el propietario o administrador de aquellos que se encuentren fuera de cauce y tengan una dimensión intermedia entre la que fija la actual normativa y la que se está introduciendo deba informar, en forma previa a su construcción, algunos antecedentes, a fin de que la DGA verifique que se trata de una obra menor.

Además, se coincidió en la pertinencia de que el artículo transitorio contemple un plazo único tanto para la entrada en vigencia del texto legal como para la actualización del respectivo reglamento, evitando la existencia de un lapso en que la nueva regulación carezca de la normativa administrativa que permita su adecuada ejecución.

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DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL [1]

La Comisión resolvió proceder de inmediato a votar la idea de legislar, de manera de abocarse, posteriormente, a examinar la iniciativa en sus detalles.

- Puesto en votación el proyecto de ley despachado por la Comisión de Agricultura, fue aprobado, en general, por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía, por 3 votos a favor y uno en contra. Votaron por la afirmativa, los Honorables Senadores señores Castro Prieto, Gahona y Kuschel, y por la negativa, la Honorable Senadora señora Provoste.

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DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN PARTICULAR

El proyecto aprobado por la Comisión de Agricultura consta de un artículo único, compuesto por dos numerales, y una disposición transitoria.

Artículo único

Modifica el artículo 294 del Código de Aguas, que establece que requerirá la aprobación del Director General de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo, la construcción de las obras que detalla en sendos literales.

Número 1

Sustituye el literal a) del citado precepto por el siguiente:

“a) Los embalses que se construyan en un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses que se construyan fuera de un cauce natural, cuya capacidad sea superior a ciento cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de siete metros de altura.”.

El Coordinador del Área Hídrica del Ministerio de Obras Públicas, señor Carlos Estévez, explicó que la modificación que el numeral 1 del artículo único propone realizar respecto del literal a) del inciso primero del artículo 294 del Código de Aguas, debe analizarse teniendo a la vista, también, el artículo 295 del mismo texto y el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Reseñó que la versión vigente del precepto en examen indica que los embalses de capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5 metros de altura requerirán aprobación del Director General de Aguas y que, en cambio, el texto aprobado por la Cámara de Diputados eximiría de todo trámite ante la DGA a cualquier embalse que se construya dentro del cauce natural, sin importar su tamaño, lo que, en su concepto, fue corregido por la Comisión de Agricultura del Senado, que estableció un distingo, que mantiene la necesidad de aprobación para los tranques ubicados dentro del cauce natural que cuenten con la misma capacidad o altura de muro que la señalada en la redacción actual, pero eleva dicho umbral a ciento cincuenta mil metros cúbicos o siete metros de altura del muro para aquellos ubicados fuera de cauce.

Remarcó que, en ambos casos, se trata de embalses pequeños, según la categorización establecida en el decreto supremo N° 50, del Ministerio de Obras Públicas, de 2015, que aprueba reglamento a que se refiere el artículo 295, inciso segundo, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal.

Seguidamente, expuso que el artículo 295 del Código de Aguas dispone que se otorgará la referida autorización una vez aprobado el proyecto definitivo y siempre que se haya comprobado que la obra no afectará la seguridad de terceros ni producirá la contaminación de las aguas, dejando al citado reglamento fijar las condiciones técnicas que deberán cumplirse; por su parte, la letra a) del artículo 10 de la ley N° 19.300 somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), entre otros, a los acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas.

Subrayó que, en consecuencia, la modificación propuesta tiene dos efectos inmediatos respecto a los embalses construidos fuera de cauce con una capacidad inferior a ciento cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga una altura menor a siete metros, a saber: excluirlos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y eximirlos de la revisión de su ingeniería para efectos de seguridad.

Enfatizó, en ese último aspecto, que más que reducir o agilizar los procedimientos, derechamente se eliminaría todo tipo de revisión vinculada a la seguridad de estas pequeñas infraestructuras y advirtió que, si bien normalmente no deberían generar problemas, existen experiencias en que sí los ha habido.

Reflexionó, luego, que cuando se hace referencia a dichas construcciones, habitualmente se piensa en embalses ubicados en un terreno aislado, pero observó que también pueden situarse a escasos metros del cauce, pues la norma no contiene restricción alguna y recordó que con ocasión de las fuertes lluvias que afectaron, en 2015 y 2017, a las Regiones de Atacama y Coquimbo, se produjeron, en esta última, dos hechos de significación: la rotura de un tramo superior del muro del embalse Recoleta y el colapso del tranque La Paciencia, un embalse menor ubicado junto al cauce respectivo.

Destacó que en este último caso no hubo víctimas fatales, pese a que se construyó sin obtener las autorizaciones correspondientes, lo que motivó denuncias de vecinos y organizaciones del sector y recalcó que, aun cuando los embalses pequeños puedan tener escasos riesgos, el Ministerio de Obras Públicas tiene el deber de procurar que se considere el tema de la seguridad.

Anotó, adicionalmente, que se encuentra en discusión, en la Comisión de Hacienda del Senado, el proyecto que establece una Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales e introduce modificaciones en cuerpos legales que indica (Boletín N° 16.566-03), que ya cuenta con informe de la Comisión de Economía y que aborda estos mismos aspectos, lo que, sin ser un impedimento para la tramitación, ameritaría tener en cuenta para propender a la armonía de la regulación.

El Honorable Senador señor Kuschel apuntó que, en muchas islas de la Región de Los Lagos, la escasez hídrica ocasiona que se sequen los esteros y, consecuencialmente, que se produzca intrusión salina en los pozos aledaños, lo que podría evitarse mediante la construcción de pequeños embalses que, al mismo tiempo, permitieran asegurar el abastecimiento de sus habitantes.

Don Carlos Estévez valoró la propuesta, señalando que, efectivamente, para atenuar situaciones como la expuesta se utilizan diversas técnicas, por ejemplo, la infiltración o la construcción de pequeños embalses. Resaltó que cuando éstos se realizan en el mismo cauce, según la normativa vigente, no se sujetan a las exigencias de las obras mayores ni requieren pasar por el trámite de seguridad hidráulica y remarcó que la modificación en examen tampoco lo haría exigible.

El Honorable Senador señor Gahona aclaró que el aludido tranque La Paciencia disponía de una capacidad de quinientos mil metros cúbicos con un muro de diecisiete metros de altura, dimensiones que exceden largamente las de los embalses que el proyecto de ley busca facilitar.

Don Carlos Estévez confirmó tales datos, pero indicó que su intención al incluirlo como ejemplo no estaba referida a la magnitud de las obras, sino a la circunstancia de no haber sido sometido a las aprobaciones sectoriales correspondientes y, particularmente, a los problemas advertidos en la metodología constructiva con los consiguientes riesgos en materia de seguridad.

La asesora legislativa de la DGA, doña María Graciela Veas, detalló que el proyecto Boletín N° 16.566-03 contiene diversas modificaciones al Código de Aguas. En cuanto a su artículo 294, se busca eliminar los umbrales comprendidos en sus literales, de forma que los límites en materia de capacidad, envergadura y características de las obras de que derive la necesidad o no de autorización por parte de la DGA se remitan al reglamento. Informó, también, que se mantendría la excepción existente para las obras que ejecuten los servicios dependientes del MOP y los depósitos de relaves, relaveductos, concentraductos y mineroductos, que se entregan a la tuición del Servicio Nacional de Geología y Minería.

Añadió que, además, dicha iniciativa reemplaza el artículo 295 del citado Código, a fin de precisar los procedimientos y plazos asociados a la autorización de proyectos por parte de la DGA, distinguiendo la etapa de aprobación inicial de la relativa a la recepción de la obra; se incluyen algunas hipótesis de suspensión de los términos involucrados, y se faculta al titular para invocar el silencio negativo, si lo estima conveniente para perseguir la responsabilidad del órgano respectivo.

La Honorable Senadora señora Provoste manifestó comprender la intención de los impulsores del proyecto de ley en examen, pero hizo presente la inconveniencia de legislar en forma contradictoria con el Boletín N° 16.566-03, que resulta más amplio y transversal; más aún, lamentó que las enmiendas propuestas en la iniciativa legal en comento puedan poner en riesgo la seguridad.

Enfatizó que no debe confundirse la posibilidad de superar ciertas complejidades en los permisos medioambientales con la mantención de un control técnico en las obras de menor escala que evite situaciones como las que afectaron a la zona norte del país en la década pasada, cuestión que ha procurado compatibilizar en las indicaciones que presentó a consideración de la Comisión.

Ilustró que, según su propuesta, aun cuando los embalses fuera de cauce no superen los ciento cincuenta mil metros cúbicos y la altura del muro sea igual o inferior a siete metros de altura y, por tanto, no requieran autorización de la DGA, debería resguardarse la seguridad de terceros y prevenirse la contaminación de las aguas, a través de una evaluación técnica que no retrase la construcción, pero que asegure la participación de profesionales especializados y el cumplimiento de estándares básicos.

El Honorable Senador señor Castro Prieto recalcó que esta iniciativa se refiere a tranques de escasa envergadura que no ameritan evaluación ambiental o permisos sectoriales y que muchas veces son financiados por la Comisión Nacional de Riego, lo que, sin embargo, no excluye ocuparse de la seguridad en su construcción como, en su concepto, lo hace la indicación que ha presentado, en conjunto con los Senadores señores Gahona y Kuschel, al requerir que se identifique al titular de la obra y se designe un profesional a cargo de la misma, mejorando lo aprobado, en este punto, por la Comisión de Agricultura.

Don Carlos Estévez alertó que refrendar sin enmiendas el numeral 1 del artículo único aprobado por la Comisión de Agricultura significaría que solo aquellos embalses ubicados fuera de cauce que superen los ciento cincuenta mil metros cúbicos de capacidad o cuyo muro tenga más de siete metros y los que se encuentren dentro del cauce y que acumulen más de cincuenta mil metros cúbicos o tengan un muro cuya altura sea mayor a cinco metros requerirían sujetarse al SEIA y contar con la autorización del Director General de Aguas, excluyéndose, por tanto, de ambas obligaciones los embalses que se construyan fuera de cauce con una capacidad superior a cincuenta mil e inferior a ciento cincuenta mil metros cúbicos.

- Puesto en votación el numeral 1, fue aprobado por 3 votos a favor y uno en contra. Votaron por la afirmativa, los Honorables Senadores señores Castro Prieto, Gahona y Kuschel, y por la negativa, la Honorable Senadora señora Provoste.

Al fundar su voto negativo, la Honorable Senadora señora Provoste subrayó que la norma en cuestión resulta inconsistente con el Boletín N° 16.566-03 y que, además, se excluye del control técnico a las obras de la escala recién señalada, con el consiguiente riesgo para la seguridad de la población.

Tras la votación, don Carlos Estévez observó que el texto aprobado como nueva letra a) del inciso primero del artículo 294 del Código de Aguas contiene la expresión “cauce natural”, por lo que sugirió a la Comisión introducir, a continuación, un nuevo inciso, que esclarezca ese concepto, del siguiente tenor:

“Solo para efectos de lo dispuesto en este artículo, se entenderá como cauce natural lo establecido en el artículo 30 de este Código más una zona anexa de 250 metros a partir de las mayores ocupaciones de aguas.”.

Resaltó que, con ello, todos los embalses con capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos que se construyan más allá de los 250 metros del cauce estarán exentos de los mencionados trámites, pero, en cambio, si se encuentran a una distancia menor deberán sujetarse a los mismos para garantizar su seguridad.

El Honorable Senador señor Castro Prieto destacó que el proyecto persigue facilitar la habilitación de tranques de muy baja escala para riego, consumo humano o doméstico, los que se construyen habitualmente aprovechando quebradas, cuestión que, a su juicio, concuerda con el sentido de la expresión cauce natural, pero descartó que tal concepto, en este ámbito, esté referido a los ríos, pues una intervención de esas características constituiría, según su parecer, un embalse propiamente tal, ajeno a las pretensiones de la iniciativa en examen.

La Honorable Senadora señora Provoste apuntó que la legislación debe tener un sentido lo más uniforme posible y no quedar sujeta a interpretaciones.

Don Carlos Estévez aclaró que las quebradas se asocian a un cauce natural, como se desprende del artículo 30 del Código de Aguas, pero hizo presente que tal concepto también es aplicable a un río, e insistió en la conveniencia de incorporar una definición para garantizar la seguridad en este aspecto.

Reiteró que los embalses de muy escasa magnitud, esto es, con una capacidad menor a cincuenta mil metros cúbicos, ubicados dentro de cauce, hoy no requieren autorizaciones y el proyecto de ley no innova en ese sentido. Postuló que, en cambio, aquellos con una magnitud superior, tanto hoy como con el proyecto de ley, requieren o requerirán ser autorizados. Precisó que, en consecuencia, las modificaciones contenidas en la iniciativa en comento más bien se vinculan con los embalses que se localicen fuera del cauce.

Admitió que la Comisión puede recoger o no la sugerencia de definir cauce natural para estos efectos, incluyendo una franja de protección, y enfatizó que, a través de ella, el Ministerio de Obras Públicas busca precaver situaciones de riesgo, aun cuando puedan afectar a un porcentaje muy menor de estas obras.

El Honorable Senador señor Castro Prieto manifestó que, a su juicio, esas preocupaciones quedan superadas con la indicación número 2, que obliga a establecer un responsable técnico de las obras.

La Honorable Senadora señora Provoste expresó la conveniencia de pronunciarse acerca de la propuesta formulada.

El Honorable Senador señor Castro Prieto sostuvo que dicha proposición podría analizarse con posterioridad, si resulta necesario.

Número 2

Incorpora el siguiente inciso final:

“En el plazo de seis meses contado desde terminadas las obras, los propietarios o administradores de los embalses que se construyan fuera de cauce, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cinco metros de altura y que se encuentren exceptuados de contar con aprobación del Director General de Aguas, según lo dispuesto en la letra a) de este artículo, deberán informar a esa Dirección las características generales de las obras y su ubicación georreferenciada, remitiendo copia de los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°1.”.

La indicación número 1, de la Honorable Senadora señora Provoste, elimina este numeral.

La indicación número 2, de los Honorables Senadores señores Castro Prieto, Gahona y Kuschel, reemplaza el inciso final propuesto por el siguiente:

“El propietario o administrador de la obra que se encuentre exceptuado de contar con aprobación del Director General de Aguas, según lo dispuesto en la letra a) de este artículo deberá informar a la Dirección Regional de Aguas, previo a la construcción del embalse mediante declaración jurada, la siguiente información: el responsable de la obra, la fecha estimada de inicio de estas y su ubicación georreferenciada. Al momento de finalizar, deberá informar a esa Dirección las características generales de las obras, remitiendo copia de los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de estas obligaciones será sancionado de conformidad al artículo 173 N°1.”.

El Honorable Senador señor Gahona explicó que la indicación número 2 persigue que los titulares de los embalses de menor tamaño, exceptuados de la obligación de obtener autorización, aporten a la Dirección General de Aguas cierta información general, en forma previa a la construcción, lo que se diferencia del texto aprobado por la Comisión de Agricultura, que dispone que ella se debe entregar dentro de los seis meses después de finalizar las obras.

La Honorable Senadora señora Provoste apreció que la aludida indicación avanza en proporcionar algún antecedente a la DGA, pero se trata de una declaración jurada que, a diferencia de lo que se solicita en el Boletín N° 16.566-03, presenta un bajo estándar técnico y se refiere solo a características generales.

Reparó, asimismo, en que el incumplimiento de esta obligación se sancionaría de acuerdo a lo previsto en el artículo 173 N° 1 del Código de Aguas, lo que significa una multa de primer grado, que equivale a entre 10 y 50 UTM, lo que juzgó insuficiente para una omisión que puede poner en riesgo la vida de las personas y la contaminación de las aguas.

El Honorable Senador señor Gahona consideró que lo planteado precedentemente se justifica para tranques de más de ciento cincuenta mil metros cúbicos de capacidad o con un muro de una altura superior a siete metros, pero discrepó de que pueda exigirse a tranques de escasa magnitud, para los que estimó suficiente comunicar las características generales de la obra antes de su inicio.

Don Carlos Estévez hizo presente que lo recién señalado no concuerda con el tenor de la indicación número 2, pues ésta solo obliga a informar, en forma previa, el responsable de la obra, la fecha estimada de inicio y su ubicación georreferenciada. Resaltó que ello puede llevar a que la DGA advierta incumplimientos graves, como la existencia de un muro de mayor altura, solo una vez que las obras estén finalizadas y remarcó, por tanto, la necesidad de que las características del proyecto sean aportadas en forma previa, con el objeto de que la Dirección pueda determinar en qué categoría de regulación se encuentra el embalse proyectado.

El Honorable Senador señor Castro Prieto expresó que, según su experiencia, los problemas derivan de que, en muchas ocasiones, se construyen embalses sin ningún tipo de trámite, por lo que, a su juicio, la indicación propuesta avanza al imponer que, en forma previa a su construcción, deba entregarse información básica que garantice el cumplimiento de estándares mínimos de seguridad, aunque no descartó complementarla para cumplir tal objetivo.

El Honorable Senador señor Gahona replicó que, según la indicación, la DGA va a contar con toda la información necesaria, alguna más genérica en forma previa a su construcción y otra, más específica, una vez que las obras finalicen. Sugirió que en la primera de esas oportunidades se incorporen los antecedentes generales del proyecto.

El Honorable Senador señor Castro Prieto propuso, adicionalmente, precisar que el responsable de la obra deberá tener el título profesional de ingeniero.

El Honorable Senador señor Gahona acotó que lo anterior puede significar un costo muy elevado para una obra de menor envergadura impulsada por un pequeño agricultor.

La Honorable Senadora señora Provoste dejó constancia de que con la ley vigente un embalse de hasta cincuenta mil metros cúbicos no requiere autorización alguna, lo que se estaría complejizando.

Don Carlos Estévez confirmó lo recién consignado y apuntó que, en el caso de la indicación número 2, a diferencia de lo expuesto anteriormente, se obliga a todos los embalses que no requieran autorización, incluyendo los de menor escala, a entregar información previa y posterior, a fin de ser catastrados y, además, observó que tal indicación no se ocupa diferenciadamente de aquellos tranques que excedan los cincuenta mil y sean inferiores a ciento cincuenta mil metros cúbicos, cuestión, esta última, que sí se realiza en la indicación número 3.

Reforzó, asimismo, la importancia de que en forma previa a la construcción se informen las características generales de la obra, con el objeto de que la DGA pueda advertir si se encuentra o no en las hipótesis que no requieren autorización, pues de lo contrario ello solo podría verificarse una vez culminada la edificación, cuando la única solución posible sea la demolición.

De igual forma, valoró la sugerencia de incorporar alguna calificación profesional al responsable de las obras, en especial cuando éstas excedan los cincuenta mil metros cúbicos de capacidad.

El Honorable Senador señor Gahona reiteró su proposición de incorporar, como información previa a la construcción, las características generales de las obras, dejando solo para su culminación la entrega de los proyectos definitivos.

La Honorable Senadora señora Provoste consideró que la indicación número 3, de su autoría, recoge de mejor forma lo que se ha venido discutiendo.

El Honorable Senador señor Gahona retrucó que la indicación número 3 reduce el umbral requerido para obligar a aportar antecedentes a la DGA a los cincuenta mil metros cúbicos de capacidad, al tiempo que insiste en la necesidad de autorizar las obras.

Don Carlos Estévez expuso que la indicación número 3 establece un distingo, producto del cual a los embalses con una capacidad inferior a cincuenta mil metros cúbicos no les será exigible antecedente alguno, mientras que los de entre cincuenta mil y ciento cincuenta mil metros cúbicos de capacidad deberán ser autorizados previa entrega de ciertos datos.

Acotó que dicha indicación modifica el artículo 295 del Código de Aguas y no el 294, como consecuencia de lo cual queda claro que a estos proyectos no les será aplicable el SEIA, pero sí algunas normas para garantizar la seguridad y resumió que, a partir de la categorización señalada, el reglamento se vería obligado a reformular la actual clasificación, distinguiendo, por ejemplo, entre embalses pequeños -de hasta ciento cincuenta mil metros cúbicos-, menores, medianos y mayores.

El Honorable Senador señor Castro Prieto subrayó que, en su concepto, no cabe usar la expresión “embalse” para referirse a estas obras, debiendo, en caso de que su capacidad sea inferior a ciento cincuenta mil metros cúbicos, denominarse tranques.

La Honorable Senadora señora Provoste manifestó que la indicación número 3 busca conciliar la flexibilización de la normativa para facilitar la construcción de tranques agrícolas con la necesidad de un control técnico suficiente para evitar impactos negativos, lo que explica que su regulación se radique en el artículo 295. Relevó, asimismo, que la falta de un distingo en la indicación número 2 impondrá una obligación adicional de información a las obras ejecutadas por pequeños agricultores que hoy no tienen requisito alguno.

El Honorable Senador señor Gahona replicó que ambas indicaciones se diferencian sustancialmente en que la número 3 persiste en exigir la autorización de las obras.

El Honorable Senador señor Castro Prieto sintetizó que, descartada la necesidad de ingresar estos proyectos pequeños al SEIA, la discrepancia persiste en cómo garantizar la seguridad de las obras de menor envergadura, para cuyo efecto la indicación número 2 exige que exista un responsable técnico y, eventualmente, la entrega de antecedentes básicos que minimicen los riesgos.

Don Carlos Estévez asumió que, pese a no compartir su contenido, la indicación número 2 pareciera tener un respaldo mayoritario en la Comisión, por lo que expresó su interés en contribuir a su adecuada formulación, para lo que sugirió lo siguiente:

- Incorporar la categoría contenida en la indicación número 3, vale decir, aquellos embalses que se encuentran entre los cincuenta mil y los ciento cincuenta mil metros cúbicos de capacidad.

- Evitar la referencia a la Dirección Regional de Aguas, pues no corresponde a la normativa vigente, debiendo aludirse a la Dirección General de Aguas o al Director General de Aguas.

- Agregar entre los antecedentes que deben presentarse en forma previa a la construcción las características generales de las obras, de forma que la DGA pueda discernir si el proyecto debe o no ser autorizado.

El Honorable Senador señor Castro Prieto se mostró dispuesto a acoger las sugerencias y elaborar un texto que reformule la indicación número 2.

La Honorable Senadora señora Provoste consultó si se incluiría la mención a la necesidad de garantizar que las obras no afectarán la seguridad de terceros.

El Honorable Senador señor Gahona estimó que ello se encuentra implícito en la incorporación de las características generales de las obras como información previa.

En la siguiente sesión, los Honorables Senadores señores Castro Prieto, Gahona y Kuschel presentaron la indicación número 2 bis, que reemplaza el inciso final propuesto, por el siguiente:

“El propietario o administrador de la obra que se encuentre fuera de cauce, con una capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura y que esté exceptuada de contar con la aprobación del Director General de Aguas, según lo dispuesto en la letra a) de este artículo, deberá informar mediante declaración jurada a esa Dirección, previo a la construcción del embalse o tranque, lo siguiente: el responsable de la obra, sus dimensiones y características generales, la fecha estimada de inicio y término y la ubicación georreferenciada. En el plazo de seis meses contado desde terminadas las obras, deberá remitir a esa Dirección copia de los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°1.”.

El Honorable Senador señor Castro Prieto previno que dicho texto recoge diversos planteamientos formulados durante la discusión de la indicación número 2.

El Honorable Senador señor Kuschel expuso que, tanto en la Región de Los Lagos como en la de Los Ríos, no es habitual el uso de tranques y embalses, por lo que se desconocen los procedimientos y servicios involucrados en su construcción. En consecuencia, advirtió que, pese a que suscribió las indicaciones números 2 y 2 bis, espera que la habilitación de estas infraestructuras de pequeño tamaño, con muros de hasta siete metros de altura, resulte lo más simple posible, evitando trámites engorrosos y el desplazamiento de sus promotores a oficinas públicas para realizar las gestiones pertinentes.

El Honorable Senador señor Castro Prieto enfatizó que se busca simplificar la construcción de pequeños tranques o embalses, eximiéndolos de someterse al SEIA y de obtener autorizaciones sectoriales, sujetándolos, en cambio, solo a la obligación de aportar información básica, como el responsable de la obra, sus características y ubicación.

El Coordinador del Área Hídrica del Ministerio de Obras Públicas, señor Carlos Estévez, explicó que el texto aprobado por la Comisión de Agricultura estableció un nuevo umbral para que este tipo de infraestructuras deban obtener un permiso de obras mayores, distinguiendo entre aquellas que se ubiquen dentro de cauce, para las que se mantienen las disposiciones vigentes, y las que se construyan fuera de cauce, para las que se fija en más de ciento cincuenta mil metros cúbicos de capacidad o cuyo muro tenga más de siete metros de altura.

Resaltó que la indicación número 2 bis prescribe que el propietario o administrador de embalses o tranques que se encuentren fuera de cauce y tengan una dimensión intermedia entre la que fija la actual normativa y la que se está introduciendo deba informar, en forma previa a su construcción, algunos antecedentes, a fin de que la DGA verifique que se trata de una obra menor, y afirmó que el Ejecutivo considera adecuada la redacción planteada.

- Puesta en votación la indicación número 1, fue rechazada, unánimemente, con los votos de los Honorables Senadores señores Castro Prieto, De Rementería, Gahona y Kuschel.

- Puesta en votación la indicación número 2 bis, fue aprobada, unánimemente, con enmiendas formales, votando los Honorables Senadores señores Castro Prieto, De Rementería, Gahona y Kuschel, resultando la indicación número 2 subsumida en su texto.

°°° Número, nuevo

La indicación número 3, de la Honorable Senadora señora Provoste, incorpora el siguiente número, nuevo:

“…. Intercálase, en el artículo 295, el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero:

“Respecto de aquellos embalses con una capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura y que encontrándose fuera de cauce no requieran de la autorización a que se refiere la letra a) del artículo 294, para asegurar que la obra no afectará la seguridad de terceros, sus titulares deberán presentar ante la Dirección General de Aguas los antecedentes administrativos y técnicos del proyecto para la autorización y recepción de esas obras.”.”.

Cabe señalar que el actual artículo 295 es del siguiente tenor:

“Artículo 295.- La Dirección General de Aguas otorgará la autorización una vez aprobado el proyecto definitivo y siempre que haya comprobado que la obra no afectará la seguridad de terceros ni producirá la contaminación de las aguas.

Un reglamento especial fijará las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de dichas obras.”.

La Comisión advirtió que lo propuesto por la indicación en examen no resulta compatible con los acuerdos previamente adoptados.

- Puesta en votación esta indicación, fue rechazada, unánimemente, con los votos de los Honorables Senadores señores Castro Prieto, De Rementería, Gahona y Kuschel.

°°°

Artículo transitorio

Preceptúa que el artículo único entrará en vigencia el primer día del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial. La actualización al reglamento contenido en el decreto supremo N° 50, de 2015, que aprueba el reglamento a que se refiere el artículo 295, inciso segundo, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del mismo texto legal, deberá dictarse en el plazo máximo de un año contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial. Con todo, la actualización del aludido reglamento no podrá establecer parámetros inferiores a los establecidos en la letra a) del artículo 294 del Código de Aguas.”.

La indicación número 4, de la Honorable Senadora señora Provoste, lo reemplaza por el siguiente:

“Artículo transitorio.- Esta ley entrará en vigencia el primer día hábil del séptimo mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial y en el mismo plazo deberá actualizarse el decreto supremo N°50, de 2015, del Ministerio de Obras Públicas.”.

El Coordinador del Área Hídrica del Ministerio de Obras Públicas, señor Carlos Estévez, destacó que esta indicación reemplaza el artículo transitorio aprobado por la Comisión de Agricultura, que ordena que la nueva normativa rija desde el primer día del mes siguiente a su publicación, aunque otorga un plazo de hasta un año para modificar el reglamento respectivo. Aquélla uniforma esos términos, a fin de que el texto legal entre en vigencia el primer día hábil del séptimo mes siguiente a su publicación y que, en ese mismo lapso, deba enmendarse el reglamento, lo que al Ejecutivo le parece más apropiado.

El Honorable Senador señor Castro Prieto solicitó dejar de manifiesto que la aprobación de la presente iniciativa legal debería implicar una modificación del aludido decreto supremo N° 50, del Ministerio de Obras Públicas, de 2015, de manera de incorporar estas enmiendas y distinguir entre embalses y tranques.

Don Carlos Estévez confirmó que, en caso de aprobarse la iniciativa legal en examen, se requerirá actualizar dicho reglamento, incorporando una distinción en las obras menores, a saber, entre aquellas de pequeña escala -que pudieran ser denominadas tranques- y las restantes, que se sujetarán a una normativa distinta.

- Puesta en votación esta indicación, fue aprobada, unánimemente, con enmiendas formales, votando los Honorables Senadores señores Castro Prieto, De Rementería, Gahona y Kuschel.

- - -

MODIFICACIONES

En conformidad con los acuerdos adoptados, la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía propone a la Sala la aprobación del proyecto de ley despachado por la Comisión de Agricultura, con las siguientes modificaciones:

Artículo único

Número 2

Inciso final propuesto

Reemplazarlo por el siguiente:

“El propietario o administrador de una obra que se encuentre fuera de cauce, con una capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura y que esté exceptuada de contar con la aprobación del Director General de Aguas, según lo dispuesto en la letra a) del inciso primero de este artículo, deberá informar mediante declaración jurada a esa Dirección, previo a la construcción del embalse o tranque, lo siguiente: el responsable de la obra, sus dimensiones y características generales, la fecha estimada de inicio y término y la ubicación georreferenciada. Además, en el plazo de seis meses, contado desde terminada la obra, deberá remitir a dicha Dirección copia de los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°1.”.

(Indicaciones números 2 y 2 bis. Aprobadas, con enmiendas, por unanimidad (4x0), Honorables Senadores señores Castro Prieto, De Rementería, Gahona y Kuschel).

Artículo transitorio

Sustituirlo por el siguiente:

“Artículo transitorio.- Esta ley entrará en vigencia el primer día hábil del séptimo mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial y en el mismo plazo deberá actualizarse el decreto supremo N°50, del Ministerio de Obras Públicas, de 2015, que aprueba reglamento a que se refiere el artículo 295, inciso segundo, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal.”.

(Indicación número 4. Aprobada, con enmiendas, por unanimidad (4x0), Honorables Senadores señores Castro Prieto, De Rementería, Gahona y Kuschel).

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TEXTO DEL PROYECTO

En virtud de las modificaciones anteriores, el proyecto de ley queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase el artículo 294 del Código de Aguas en el siguiente sentido:

1. Sustituyese su literal a) por el siguiente:

“a) Los embalses que se construyan en un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses que se construyan fuera de un cauce natural, cuya capacidad sea superior a ciento cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de siete metros de altura.”.

2.- Incorpórase el siguiente inciso final:

“El propietario o administrador de una obra que se encuentre fuera de cauce, con una capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura y que esté exceptuada de contar con la aprobación del Director General de Aguas, según lo dispuesto en la letra a) del inciso primero de este artículo, deberá informar mediante declaración jurada a esa Dirección, previo a la construcción del embalse o tranque, lo siguiente: el responsable de la obra, sus dimensiones y características generales, la fecha estimada de inicio y término y la ubicación georreferenciada. Además, en el plazo de seis meses, contado desde terminada la obra, deberá remitir a dicha Dirección copia de los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al artículo 173 N°1.”.

Artículo transitorio.- Esta ley entrará en vigencia el primer día hábil del séptimo mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial y en el mismo plazo deberá actualizarse el decreto supremo N°50, del Ministerio de Obras Públicas, de 2015, que aprueba reglamento a que se refiere el artículo 295, inciso segundo, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal.”.

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ACORDADO

Acordado en sesiones celebradas los días 23 de abril de 2025, con asistencia de los Honorables Senadores señor Juan Castro Prieto (Presidente), señora Yasna Provoste Campillay y señores Sergio Gahona Salazar y Carlos Ignacio Kuschel Silva, y 7 de mayo de 2025, con asistencia de los Honorables Senadores señores Juan Castro Prieto (Presidente), Tomás De Rementería Venegas, Sergio Gahona Salazar y Carlos Ignacio Kuschel Silva.

Sala de la Comisión, a 12 de mayo de 2025.

JORGE JENSCHKE SMITH

ABOGADO SECRETARIO DE LA COMISIÓN

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS, DESERTIFICACIÓN Y SEQUÍA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA EL CÓDIGO DE AGUAS, CON EL OBJETO DE FACILITAR LA CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA. (BOLETÍN Nº 16.193-01).

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: modificar el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola.

II. ACUERDOS: aprobado en general y en particular.

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único, compuesto por dos numerales, y una disposición transitoria.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN E INICIATIVA: Cámara de Diputados. Moción de los Honorables Diputados señor Juan Antonio Coloma, señoras Marta Bravo, Natalia Romero y Flor Weisse y señores Gustavo Benavente, Eduardo Cornejo, Felipe Donoso, Juan Fuenzalida, Cristóbal Martínez y Marco Antonio Sulantay.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: mayoría (81 votos a favor, 46 en contra y 9 abstenciones).

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 20 de marzo de 2024.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1) Código de Aguas, cuyo texto fija el decreto con fuerza de ley N° 1.122, del Ministerio de Justicia, de 1981; 2) ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; 3) decreto supremo N° 40, del Ministerio del Medio Ambiente, promulgado en 2012 y publicado en 2013, que aprueba reglamento del sistema de evaluación de impacto ambiental; 4) ley N° 18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje; 5) decreto con fuerza de ley N° 1.123, del Ministerio de Justicia, de 1981, que establece normas sobre ejecución de obras de riego por el Estado, y 6) decreto supremo N° 50, del Ministerio de Obras Públicas, de 2015, que aprueba reglamento a que se refiere el artículo 295, inciso segundo, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal.

Valparaíso, a 12 de mayo de 2025.

JORGE JENSCHKE SMITH

ABOGADO SECRETARIO DE LA COMISIÓN

[1] La Comisión dedicó al estudio de este proyecto las sesiones del 23 de abril y 7 de mayo de 2025 que fueron transmitidas por TV Senado y pueden revisarse utilizando el link incorporado en las citadas fechas.

2.3. Discusión en Sala

Fecha 13 de mayo, 2025. Diario de Sesión en Sesión 19. Legislatura 373. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

FACILITACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El señor Presidente pone en discusión el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código de Aguas con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, iniciativa correspondiente al boletín N° 16.193-01.

--A la tramitación legislativa del proyecto (boletín 16.193-01) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Esta propuesta legislativa fue analizada por la Comisión de Agricultura y luego por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía.

La Comisión de Agricultura informa que el objetivo de este proyecto de ley es modificar el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, elevando la capacidad de las infraestructuras que no requieren de la aprobación de la Dirección General de Aguas.

Asimismo, la Comisión hace presente que en sesión de 8 de enero de 2025 fue autorizada, por la Sala del Senado, para discutir la iniciativa en general y en particular, con ocasión del trámite reglamentario del primer informe, y propone que en la Sala sea considerada del mismo modo.

La referida Comisión deja constancia también de que aprobó el proyecto de ley en general por la unanimidad de sus integrantes, honorables senadores señoras Aravena y Sepúlveda y señores Durana, Latorre y Prohens; y en particular sancionó la iniciativa con las modificaciones y las votaciones que consigna en su informe, conforme a las cuales el texto del proyecto quedó compuesto por un artículo único, modificatorio del artículo 294 del Código de Aguas, y una disposición transitoria relativa a su vigencia.

Posteriormente, y de conformidad a los acuerdos adoptados por los comités parlamentarios, el proyecto de ley fue remitido a la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía para ser informado por dicha instancia.

Dicha Comisión señala que el propósito de la iniciativa es modificar el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola.

Asimismo, hace presente que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, discutió en general y en particular la iniciativa legal por tratarse de un proyecto de artículo único, según el texto despachado por su antecesora. De igual forma, consigna que aprobó el proyecto de ley en general por tres votos a favor de los honorables senadores señores Castro Prieto, Gahona y Kuschel, y un voto en contra de la honorable senadora señora Provoste; en particular sancionó sus normas con las modificaciones y las votaciones que registra en su informe.

El texto que se propone aprobar se transcribe en las páginas 17 y 18 del informe de la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía y en el boletín comparado que sus señorías tienen a su disposición.

Es todo, señor Presidente.

El señor LAGOS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la senadora Sepúlveda para rendir el informe de la Comisión de Agricultura.

La señora SEPÚLVEDA.-

Muchas gracias, Presidente.

Este proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, fue iniciado en moción de las honorables diputadas señoras Marta Bravo , Natalia Romero y Flor Weisse y de los honorables diputados señores Gustavo Vergara, Juan Antonio Coloma , Eduardo Cornejo , Felipe Donoso , Juan Fuenzalida , Cristóbal Martínez y Marco Antonio Sulantay ; y actualmente se encuentra sin urgencia.

La iniciativa ingresó a la Corporación el 20 de marzo de 2024, disponiéndose su estudio, en general y en particular, por la Comisión de Agricultura, la que acordó proponer que en la Sala sea considerada del mismo modo.

Para dicho trabajo legislativo, es dable comentar que esta Comisión escuchó las opiniones de representantes de los Ministerios de Agricultura y del Medio Ambiente, de las Direcciones General de Aguas y de Obras Hidráulicas, del Servicio de Evaluación Ambiental, de la Comisión Nacional de Riego y de la Sociedad Nacional Forestal.

Cabe hacer presente que el objetivo del proyecto es modificar el Código de Aguas, para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola fuera de cauces naturales, elevando la capacidad de almacenamiento de las infraestructuras que no requieren de la aprobación de la Dirección General de Aguas a 150.000 metros cúbicos o cuyo muro no exceda de siete metros de altura.

Durante el análisis y discusión de la iniciativa se hizo especial hincapié en la importancia de los tranques de uso agrícola para la eficiencia en la utilización del agua para el regadío. Se relevó también que este tipo de obras conllevan grandes beneficios en términos de la calidad de vida de los agricultores. A su vez, se tuvo presente la necesidad de resguardar la seguridad de las obras tanto para las comunidades aledañas como para el medio ambiente.

En cuanto a la estructura del texto aprobado, este consta de un artículo único, que modifica el artículo 294 del Código de Aguas, además de un artículo transitorio.

Es preciso destacar que el proyecto de ley fue aprobado en general por la unanimidad de los miembros de la Comisión, y, en particular, por mayoría: 3 votos a favor y 1 abstención.

Es cuanto puedo informar, señor Presidente.

El señor LAGOS ( Vicepresidente ).-

Muchas gracias, senadora Sepúlveda.

Tiene la palabra el senador Juan Castro para entregar el informe de la Comisión de Recursos Hídricos.

El señor CASTRO (don Juan).-

Muchas gracias, Presidente.

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, correspondiente al boletín 16.193-01.

La iniciativa en comento tiene su origen en una moción de los honorables diputados señor Juan Antonio Coloma , señoras Marta Bravo , Natalia Romero y Flor Weisse y señores Gustavo Benavente , Eduardo Cornejo , Felipe Donoso , Juan Fuenzalida , Cristóbal Martínez y Marco Antonio Sulantay .

La propuesta ingresó al Senado, para su segundo trámite constitucional, el día 20 de marzo del año 2024, siendo destinada inicialmente a la Comisión de Agricultura, que la aprobó en general y en particular, acordándose posteriormente por la Sala que también fuera informada por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía , la que dedicó a su estudio las sesiones del 23 de abril y del 7 de mayo del año en curso, en que se contó con la participación de representantes del Ministerio de Obras Públicas.

La iniciativa persigue facilitar la construcción de tranques de uso agrícola. Bajo la normativa vigente, cualquiera de estas infraestructuras que permita la acumulación de más de 50.000 metros cúbicos de agua o que tenga un muro de más de cinco metros de altura requiere la aprobación de la Dirección General de Aguas. La exigencia de este permiso acarrea que el proyecto respectivo deba sujetarse también al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

La Comisión de Agricultura modificó la letra a) del inciso primero del artículo 294 del Código de Aguas, distinguiendo entre aquellos embalses que se construyan dentro o fuera de cauce, manteniendo para los primeros las mismas reglas actuales, pero precisándolas para los que se ubiquen fuera de cauce, de tal forma que estos requieran aprobación de la DGA, y consecuentemente someterse a evaluación ambiental, solo cuando tengan una capacidad superior a 150.000 metros cúbicos o dispongan de un muro superior a siete metros de altura.

La Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía no innovó en esa disposición, pero sí estimó pertinente que aquellas construcciones fuera de cauce cuya capacidad supere los 50 mil metros cúbicos pero no exceda los 150 mil metros cúbicos, o cuyo muro supere los cinco metros pero no sobrepase los siete metros, deban aportar a la DGA, antes de comenzar la obra, cierta información básica como el responsable de la misma, sus dimensiones y características generales, la fecha estimada de inicio y término y su ubicación georreferenciada.

Del mismo modo, tras su construcción y dentro del plazo de seis meses, los constructores deberán remitir los proyectos definitivos para su conocimiento y registro, siendo aplicables, en caso contrario, las sanciones previstas en el artículo 173, N° 1, del Código del ramo.

Cabe destacar que lo anterior tiene carácter meramente informativo y no exige una aprobación. Solo persigue que la DGA pueda verificar que la obra presenta las características que la eximen de la autorización a fin de garantizar la seguridad de la población.

Además, la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía reformuló el artículo transitorio aprobado previamente por la Comisión de Agricultura, contemplando un plazo único tanto para la entrada en vigencia del texto legal como para la actualización del respectivo reglamento, con el objeto de evitar la existencia de un lapso en que la nueva regulación carezca de la normativa administrativa que permita su adecuada ejecución.

Las disposiciones del proyecto fueron aprobadas por unanimidad en la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía , con excepción de la votación general y del numeral 1 de su artículo único, que solo fueron aprobadas por mayoría y contaron con el voto en contra de la honorable senadora Provoste .

Por las consideraciones expuestas, vuestra Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía recomienda a la Sala la aprobación en general y en particular de este proyecto de ley.

He dicho, Presidente .

El señor LAGOS (Vicepresidente).-

Muchas gracias, senador Castro, por el informe.

Se han inscrito los senadores Rafael Prohens y Sergio Gahona.

Tiene la palabra el senador Prohens.

El señor PROHENS.-

Gracias, Presidente.

Antes de intervenir, quiero consultarle a la Mesa lo siguiente.

Tenemos dos informes. ¿Cuál vamos a votar?

Tiene que ser uno primero.

El señor LAGOS ( Vicepresidente ).-

El señor Secretario me señala que es el texto propuesto por la Comisión de Recursos Hídricos.

Ese es el último informe.

El señor PROHENS.-

¿Y si no estamos de acuerdo con eso, Presidente?

El señor LAGOS (Vicepresidente).-

Vota en contra.

El señor PROHENS.- Sí, ¿pero en contra de qué?

Hay un informe de la Comisión de Agricultura y esto fue en consulta.

Entonces, quiere decir que la Comisión de Agricultura trabajó por nada.

El señor LAGOS (Vicepresidente).-

Deme unos segundos, senador.

(Pausa prolongada).

Antes de darles la palabra, porque tal vez me van a preguntar lo mismo que voy a responder -tengo esperanzas, pero no muchas en esto-, quiero explicarles lo siguiente.

La moción sale de la Comisión de Agricultura con un texto. Ese texto pasa a la Comisión de Recursos Hídricos, donde fue enmendado, modificado, adicionado, etcétera.

En consecuencia, lo que tenemos que votar es el informe de la Comisión de Recursos Hídricos que, como digo, puede haber tachado, enmendado o adicionado el texto que vino de la Comisión de Agricultura. Y en lo que no lo tocó, sigue vigente lo de Agricultura, que es parte del informe de la Comisión de Recursos Hídricos.

¿Se entiende?

Entonces, si alguien tiene alguna dificultad con el texto como viene, puede pedir votación separada de ese aspecto...

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La norma que no le guste.

El señor LAGOS (Vicepresidente).-

... o de la norma que le incomode o que no le guste.

¿Se entiende?

Hay varias peticiones de palabra.

Don Rafael Prohens, usted tenía la palabra.

El señor PROHENS.-

El senador Gahona primero.

El señor LAGOS (Vicepresidente).-

Ya.

Entonces renunció a hacer uso de ella.

El señor PROHENS.-

No he renunciado, Presidente.

El señor LAGOS ( Vicepresidente ).-

No ha renunciado.

Ya. Salimos del tema administrativo. Perfecto.

Senador Gahona, tiene la palabra.

A continuación, les daré la palabra al senador Prohens, la senadora Sepúlveda, el senador Galilea, la senadora Provoste y el senador Coloma.

¡Vaya, vaya, vaya! ¡Está bueno!

¡Vamos!

El señor EDWARDS.-

¿Puede abrir la votación, Presidente?

El señor LAGOS ( Vicepresidente ).-

No sé.

Déjeme verlo.

El señor GAHONA.-

Señor Presidente , la escasez hídrica dejó de ser una amenaza futura para convertirse en una realidad permanente que condiciona el desarrollo del país. Y lo hace con especial dureza en los sectores rurales, donde el acceso al agua es clave no solo para la producción agrícola, sino también para la vida cotidiana y la seguridad alimentaria.

La región de Coquimbo es una de las más golpeadas por esta crisis.

Según datos del gremio agrícola regional, la superficie cultivada ha disminuido en más de un 50 por ciento en los últimos trece años. A ello se suma que varios de los principales embalses de la región presentan niveles por debajo del 20 por ciento de su capacidad, como lo ha advertido el propio gobierno regional. Estas cifras no solo son un diagnóstico, sino también una señal de urgencia.

Frente a este escenario, el país necesita medidas concretas, eficaces y técnicamente razonables, medidas que permitan aprovechar de forma eficiente los recursos disponibles, sin imponer barreras innecesarias a quienes, desde el mundo agrícola, cumplen un rol esencial en el abastecimiento de alimentos para la población.

Uno de los principales obstáculos que enfrentan hoy los pequeños y medianos agricultores para construir obras de acumulación de agua es la falta de proporcionalidad en los requisitos legales.

Actualmente, el Código de Aguas exige autorización expresa de la Dirección General de Aguas para embalses cuya capacidad supere los 50 mil metros cúbicos o cuyo muro exceda los cinco metros de altura, lo que incluye a un número importante de proyectos agrícolas de pequeña y mediana escala.

Estas exigencias, si bien justificadas en obras de gran envergadura o construidas dentro del cauce natural, terminan afectando también a pequeños tranques construidos fuera del cauce, cuya finalidad es acumular escurrimientos o aguas lluvia para uso productivo. El resultado es predecible: burocracia, aumento de costos y una barrera de entrada para quienes hoy más necesitan infraestructura urgente para adaptarse a la crisis hídrica.

Lo cierto es que muchos agricultores enfrentan barreras técnicas y económicas que dificultan avanzar en este tipo de obras, especialmente cuando se trata de soluciones de pequeña escala construidas fuera del cauce natural.

En regiones como Coquimbo, estas dificultades se traducen en una menor capacidad de acumulación, lo que limita seriamente la posibilidad de hacer frente a períodos de escasez prolongada.

El proyecto propone modificar el artículo 294 del Código de Aguas, introduciendo una distinción clave entre obras construidas dentro del cauce natural y aquellas realizadas fuera del cauce, con el objetivo de adecuar las exigencias según el tipo y magnitud de la obra.

En el caso de los embalses dentro del cauce, se mantienen los límites actuales: seguirán sujetos a autorización de la Dirección General de Aguas cuando superen los 50 mil metros cúbicos de capacidad o los cinco metros de altura.

Pero, tratándose de embalses construidos fuera del cauce natural, el proyecto eleva esos umbrales a 150 mil metros cúbicos o siete metros de altura, lo que permite viabilizar muchas obras de pequeña escala sin pasar por procedimientos pensados para proyectos de alto riesgo.

Junto con esta flexibilización, el proyecto establece un doble deber de informar. Antes de iniciar la obra, el titular deberá presentar una declaración jurada a la Dirección General de Aguas, indicando la identidad del responsable, las características generales del tranque, su ubicación georreferenciada y la fecha estimada de inicio. Y una vez finalizada la obra, deberá solo remitir el proyecto definitivo en un plazo de seis meses.

Este mecanismo no solo permite a la autoridad mantener trazabilidad de las obras construidas, sino que entrega herramientas para poder fiscalizar su correcta ejecución y prevenir riesgos para terceros, especialmente en zonas donde la seguridad hidráulica es una preocupación legítima. Se trata, en definitiva, de un equilibrio entre agilidad administrativa y responsabilidad técnica.

En regiones como Coquimbo, la agricultura no está pidiendo privilegios, sino herramientas mínimas para sobrevivir a una crisis hídrica que no da tregua. Y cuando esas herramientas son obras pequeñas, fuera del cauce, con impacto acotado y propósito claro, lo razonable es que el Estado actúe con criterio y no con desconfianza.

Este proyecto recoge ese sentido común; propone una solución real para agricultores reales que enfrentan cada temporada con incertidumbre, sin saber si van a tener agua suficiente para sembrar, cosechar o simplemente mantenerse en pie.

No estamos hablando de grandes embalses ni de megaproyectos; estamos hablando de la posibilidad de construir tranques pequeños con estándares de seguridad, pero sin trabas que los hagan inviables.

No hay tiempo que perder.

Mientras discutimos, hay familias que abandonan el campo, hectáreas que se secan y oportunidades que se pierden.

En tal virtud, respaldamos este proyecto con convicción, porque, frente a la escasez, lo urgente no es burocratizar, sino habilitar. Y este proyecto habilita de forma responsable, proporcional y necesaria.

Por eso, Presidente , votamos a favor de este proyecto.

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

Gracias, senador Gahona.

El señor EDWARDS.-

¿Me permite, Presidente ? Por reglamento.

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

Por reglamento, senador Rojo Edwards.

El señor EDWARDS.-

Presidente , ¿podría abrir la votación?

No sé si hay acuerdo.

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

¿Habría acuerdo para abrir la votación?

Sí.

Se abre la votación.

(Durante la votación).

Senadora Sepúlveda, usted tiene la palabra.

La señora SEPÚLVEDA.-

Muchas gracias, Presidente.

Este proyecto...

El señor PROHENS.-

¿Cómo, Presidente ?

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

¡Ah, perdón, perdón!

Es que yo no sabía.

Pero usted es un caballero y deja...

La señora SEPÚLVEDA.-

No, no. El senador estaba antes.

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

¡ Senadora Sepúlveda, por favor, obedezca al Presidente : hable...!

Tiene la palabra.

La señora SEPÚLVEDA.-

Mire, ¡yo no tengo por qué obedecerlo, pues...!

(Risas en la sala).

Yo creo que es bueno que hable el senador Prohens porque él dirigió la Comisión de Agricultura en esta votación.

Así que, si me permite, me parece que a él le corresponde argumentar en primer lugar, y después, si lo tiene bien, me da la palabra a mí.

El señor OSSANDÓN (Presidente).-

Senador Prohens, le están cediendo la palabra.

Y después va a hablar la senadora Sepúlveda.

¡Muy desobediente...!

El señor PROHENS.-

Gracias, Presidente.

La diferencia que tengo con lo que viene de Recursos Hídricos está en el artículo transitorio.

Y por una razón muy simple: porque pone como condicionante que la ley entrará en vigencia cuando esté el reglamento. Pero resulta que un reglamento se puede demorar cinco años y los agricultores no pueden esperar esa cantidad de tiempo para hacer el trabajo.

Por eso es que nosotros en la Comisión de Agricultura luchamos primero para que el guarismo quedara en la ley, cosa que el Ejecutivo no quería, con la finalidad de que quedara fijo y no fuera manipulado posteriormente en el reglamento.

Ese es el único impasse con el que hoy día nos encontramos.

Yo en lo demás estoy de acuerdo.

Hemos aprobado leyes y los reglamentos nunca se han hecho. Y ahí están muertas las leyes.

Entonces, esa es la diferencia que tengo.

Por eso, voy a pedir votación separada en ese...

El señor COLOMA .-

Pero no la pidió antes.

El señor PROHENS.-

Bueno. Okey, no la pedí, no importa.

Pero voy a votar en contra en ese punto, porque el reglamento es el talón de Aquiles de este proyecto, pues, si se demora mucho tiempo, no vamos a poder implementar esta ley.

Así que no importa, Presidente, que no haya pedido la votación separada antes.

Y con respecto a los beneficios, este proyecto es de mucha importancia.

A diferencia de lo que dicen muchos, a nuestro país le sobra agua. Lo que pasa es que Chile no tiene canales de distribución ni tampoco la infraestructura para usarla. Por eso estamos metidos en este cuello de botella.

Y este proyecto viene a solucionar esto en parte, cosa que los regantes, que en esta época ocupan menos agua, puedan acumular agua durante todo el período con la finalidad de poder usarla en tiempos de mayor consumo.

Eso es lo relevante de haber subido de 50 mil a 150 mil metros cúbicos sin pasar por una RCA, como era en la ley antigua, la cual desde 50 mil metros cúbicos hacia arriba exigía un estudio de impacto ambiental. Este proyecto elimina tal requisito y pasa hasta 150 mil.

Las demás características (los siete metros de altura, etcétera) ya sabemos que las conversamos latamente con el Ejecutivo en su minuto.

Pero lo que quiero poner sobre la mesa es la importancia de que este proyecto se apruebe ahora, ¡ahora!, porque si el reglamento se demora seis meses, nadie va a poder hacer un tranque en Chile.

Y eso es lo que todos aquellos que representan a regiones agrícolas deben tener presente en la votación de ahora. Nada más.

Yo por lo menos, Presidente, como no puedo pedir votación separada y sabiendo que este es un buen proyecto, no voy a avalar el tema del reglamento.

Gracias.

El señor OSSANDÓN (Presidente).-

Tiene la palabra la senadora Sepúlveda.

La señora SEPÚLVEDA.-

Muchas gracias, Presidente.

Esta es una modificación al artículo 294, Libro Tercero , Título I, del Código de Aguas, en el cual se estipula que se necesita la aprobación del director general de Aguas : "a) Los embalses de capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5m. de altura;".

Lo que estamos haciendo hoy día es modificar este artículo 294, colocando un guarismo superior, ya no de 50 mil metros cúbicos sino de 150 mil, o con un muro de más de siete metros.

Yo entiendo la importancia -me lo han manifestado así los agricultores- de que podamos votar favorablemente esta moción.

Pero la complicación que nosotros teníamos en su minuto era cómo resguardábamos los antecedentes técnicos, cómo abordábamos las complicaciones que pudieran existir en la construcción de esos embalses o las dificultades para las comunidades.

Y la indicación que se presentó en Recursos Hídricos a mí me parece bien (las obligaciones del propietario o administrador de la obra).

Además, la discusión se centró en si se trata de obras fuera de cauce o dentro de cauce, y dejamos solo aquellas que son fuera de cauce. Eso fue algo que nos planteó tanto el director general de Aguas como también la Comisión Nacional de Riego. O sea, todo lo que vamos a hacer es fuera de cauce.

Ahora, lo que me parece interesante, que yo voy a votar a favor, es que la Dirección General de Aguas pueda contar con la información antes de la construcción de la obra. A mí me parece que eso está bien, así como también los antecedentes que se van a entregar a la Dirección General de Aguas posteriormente a la construcción.

Yo no tengo complicaciones respecto de la fecha estimada de inicio y término, de la ubicación georreferenciada, etcétera. Posteriormente, en un plazo de seis meses, se verá cómo se termina la obra, además con la inclusión dentro del Catastro Público de Aguas .

Por lo tanto, lo que hizo la Comisión de Recursos Hídricos fue complementar lo que hizo la de Agricultura, porque no hubo modificación en los 150 mil metros cúbicos ni tampoco en los 7 metros de altura del muro.

En el artículo transitorio, sin duda, hay una complicación, porque plantea un reglamento, cosa que es compleja. ¡Cómo va a haber un reglamento solo para que se entregue la información! Eso es medio complicado, por lo menos desde el punto de vista procedimental. Y sabemos lo complejo que son los reglamentos, sobre todo para el Ministerio de Obras Públicas.

Creo que ahí tenemos una diferencia con Recursos Hídricos.

Me parece que no es necesario el transitorio, entendiendo, además, que esto deberíamos implementarlo ojalá lo antes posible.

Eso.

Muchas gracias, Presidente .

El señor FLORES.-

¿Me permite un tema de reglamento, Presidente?

El señor OSSANDÓN (Presidente).-

De reglamento no puede ser, senador, porque estamos en votación.

Tiene la palabra el senador Rodrigo Galilea.

El señor GALILEA.-

Gracias, Presidente.

Considero que este proyecto, que es sencillo y simple, efectivamente trae una mejora relevante en nuestra arquitectura y en nuestro sistema de riego en el país.

Aumentar la posibilidad de que, de manera rápida y expedita, simplemente con una declaración jurada y después mandando los planos a la DGA, los agricultores puedan pasar de tranques de 50 mil a 150 mil metros cúbicos, va en la estrategia correcta de cómo podemos tener una infraestructura más coherente.

En general, siempre se pone la esperanza de riego, la seguridad hídrica, en los megaembalses que se pueden construir en el país: en un Ralco, en un Colbún, en una laguna del Maule, en fin. En ese tipo de infraestructuras muy muy grandes.

Pero lo que dicta una correcta estrategia es que no solamente debemos tener ese tipo de megaembalses, sino que el país debe contar con una amplia red de tranques medianos y tranques pequeños. Eso es lo que efectivamente va haciendo que los agricultores pequeños, medianos y grandes cuenten con una efectiva seguridad hídrica; que el agua, que en invierno suele ser bastante abundante, vaya quedando embalsada; que en las noches, en horas de acuerdo a los turnos que corresponda, pueda guardarse y cada regante tenga la seguridad total, dependiendo de la extensión de sus predios, de que va a disponer de agua.

Así es que agradezco a los mocionantes, agradezco a las Comisiones de Agricultura y de Recursos Hídricos que trabajaron en este proyecto. Creo que va muy bien encaminado en apuntar a esta arquitectura de riego que se necesita en el país.

El senador Prohens ha hecho mención a este artículo transitorio respecto del reglamento.

La ley es clara: ella inicia su vigencia el primer día del séptimo mes después de publicada. Y lo que hace esta referencia al reglamento es señalar que este se debe adecuar y establecer las condiciones que requieren estos tranques. Yo espero que la problemática que plantea el senador Prohens no llegue a ser tal, y que el Ministerio de Obras Públicas, la DGA en este caso, efectivamente tenga todo muy claro.

Hoy día existe la forma y está establecido cómo se deben construir tranques de 50.000 metros cúbicos. Bueno, no veo ninguna complicación en que esto se adecue a los 150.000, y que no vaya a ser objeto de demora un reglamento para algo tan necesario como cubrir nuestro territorio de estos tranques más grandes.

Vuelvo a decir, esto es clave, efectivamente, en la estrategia de riego del país, en la seguridad hídrica. Y, por lo tanto, voto a favor con gusto, Presidente.

El señor OSSANDÓN (Presidente).-

Senadora Provoste, tiene la palabra.

La señora PROVOSTE.-

Muchas gracias, Presidente.

Primero, quiero volver a llamar la atención respecto de la ausencia del Gobierno en esta discusión. Van a ser las 19 horas y no lo hemos visto durante toda la jornada.

El día de hoy, Presidente , vengo a plantear una seria preocupación respecto del texto final propuesto por este proyecto de ley, que modifica el artículo 294 del Código de Aguas.

Si bien compartimos el propósito de fomentar el desarrollo agrícola y facilitar el almacenamiento de agua en un contexto de crisis hídrica, no podemos hacerlo a costa de la seguridad de las personas y del medioambiente. Este proyecto relaja de forma muy significativa los requisitos que hoy rigen para la construcción de tranques agrícolas, particularmente aquellos que se emplazan fuera de los cauces naturales.

Actualmente, cualquier embalse de más de 50.000 metros cúbicos y muros superiores a 5 metros requiere la aprobación previa de la Dirección General de Aguas. Este estándar técnico no es arbitrario; responde a criterios de seguridad estructural, control del recurso hídrico y prevención de riesgos mayores.

Sin embargo, la propuesta que tenemos a la vista eleva ese umbral a 150.000 metros cúbicos y aumenta a 7 metros la altura de los muros, permitiendo que una obra de gran envergadura se construya sin revisión previa alguna por parte de la autoridad competente. En su lugar, se exige únicamente una declaración jurada, que no garantiza evaluación técnica ni vincula al proyecto con profesionales responsables.

Señor Presidente , estamos hablando de estructuras que, si colapsan, pueden causar pérdidas de vidas humanas, daños materiales y desastres ecológicos. Y aquí no estamos legislando sobre supuestos. Chile y otros países han sido testigos de los efectos devastadores que puede tener una falla en obras de acumulación mal construidas.

Además, este proyecto debilita la función preventiva de la DGA, mina las capacidades del Estado para fiscalizar y genera incentivos negativos al cumplimiento de las normas técnicas. Con esto no solo estamos dejando al mercado la responsabilidad de velar por la seguridad hídrica, sino también exigiendo que el Estado reaccione solo una vez que las obras estén terminadas. Es, en definitiva, un cambio de paradigma: del control preventivo pasamos a la mera constatación posterior, y esto es extremadamente riesgoso.

El argumento de la eficiencia no puede desplazar al principio de la precaución, sobre todo cuando están en juego derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a vivir en un medioambiente libre de riesgos. Por tanto, hago un llamado a la Sala a revisar esta norma con responsabilidad.

No se trata de entorpecer el desarrollo agrícola, sino solo de que funcione bien, con seguridad técnica. Al menos, debe existir un control previo para los embalses que superen los 50.000 metros cúbicos y para los muros de más de 5 metros de altura, o bien, que se condicione la exención a que existan diseños firmados por profesionales habilitados y revisiones técnicas simplificadas.

Esto, Presidente, lo pedí en la Comisión de Recursos Hídricos, pero no ha habido voluntad de escuchar.

No flexibilicemos a ciegas, no legislemos de espaldas a los riesgos.

Voto en contra, Presidente. Y, además, solicito segunda discusión de este proyecto de ley.

El señor COLOMA.-

Pero si estamos en votación; no se puede.

La señora PROVOSTE.-

No, pero pido segunda discusión. Creo que es lo mejor, Presidente.

Esto lo hemos conversado con la senadora Sepúlveda, porque respecto al artículo transitorio, creo que es preferible tener un acuerdo.

El señor COLOMA .-

¡Es absurdo!

La señora PROVOSTE.-

Bueno, lo que veo aquí, de parte de las bancadas de mi derecha, es que siguen pensando que es mejor legislar de espalda a los riesgos.

Voto en contra, Presidente .

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

Estamos en votación, desgraciadamente, por eso no se puede pedir segunda discusión. Es un tema de reglamento, no es que no queramos.

Juan Antonio Coloma, tiene la palabra.

El señor COLOMA.-

Gracias, Presidente.

El peor riesgo que enfrenta nuestro país, a diferencia de lo que piensa la senadora que me antecedió en el uso de la palabra, es no hacerse cargo de lo que está ocurriendo no solo en el mundo agrícola, sino en el mundo de la salud púbica y en materia de consumo humano.

Hoy día en gran parte de nuestro territorio estamos enfrentando una situación dramática de sequía, ¡en gran parte de nuestro territorio! No solo en la zona agrícola, pero fundamentalmente en ella.

¿Qué está ocurriendo? Es importante señalarlo.

No hay solamente un proceso de sequía, que el año pasado afortunadamente menguó, sino algo distinto. Hoy día la isoterma cambió: antes nevaba a los 3.200 metros; actualmente, ello ocurre a los 2.000 metros. Eso genera en los inviernos una situación de alta complicación en materia de salud pública.

En los lugares donde no hay embalses -por su intermedio, Presidente , a la senadora-, ¿qué sucede? Como lo vemos bien en las regiones de O'Higgins, del Maule, de Ñuble, del Biobío, de Coquimbo, de Valparaíso, hoy el agua fluye, porque no hay espacio donde pueda ser contenida, y eso genera problemas de salud dramáticos.

En zonas como Licantén, por nombrar un ejemplo de lo que he vivido todos los años, cuando se producen precipitaciones de alta velocidad y al no detenerse por la nieve, porque no hay embalse, se desbordan los ríos, se inundan las ciudades y el daño en salud que eso genera es impagable, ¡impagable!

Y, no es por nada, pero cualquiera que ve un lugar que está inundado, se da cuenta de lo que significa después el secado y la cantidad de enfermedades que se contraen o se transmiten producto de esa humedad.

Adicionalmente, se destruyen los terrenos agrícolas, lo que complica el consumo humano.

Entonces, si no nos hacemos cargo de que algo distinto está ocurriendo con medidas nuevas, quiere decir, a mi juicio, que no estamos entendiendo la gravedad de lo que sucede hoy día en muchos lugares del país.

Por eso me parece que este proyecto es adecuado. No va a cambiar radicalmente la problemática, pero es una señal muy diferente, ya que es casi imposible que los embalses más importantes de Chile se aprueben.

En la región del Maule existe el caso del embalse La Jaula 2, en el río Teno, que lleva ¡veinte años esperando ser aprobado! Y como no se aprueba por diez mil razones -se alegan motivos ambientales, pero la verdad es que algunos no quieren que cambie el ecosistema-, no se entiende lo que eso genera en una sociedad. En esos veinte años se ha producido un grave daño.

Entonces, en el intertanto, me parece superazonable avanzar a lo menos en facilitar estos embalses, que no son tan grandes, pues cualquiera que hable de 150.000 mil metros cúbicos o "cubos", como se dice, no es una cantidad enorme; es una cantidad perfectamente razonable, que vemos en muchas comunas del país, y que hoy día, lo claro es que no se está avanzando en esas materias por las dificultades que hay en los trámites. Por algo estamos debatiendo un proyecto de ley de permisología, para intentar evitar los trámites que hoy existen.

Entonces, me parece esencial que, a lo menos en esta materia, en la que no tenemos más tiempo para esperar -porque esto ocurre todos los años-, seamos capaces de avanzar en un proyecto que no es brutalmente ambicioso, pero que sí es muy importante.

Insisto: ¡No hay daño mayor para la salud que no avanzar en un proyecto de esta naturaleza!

¡No hay un mayor daño para la agricultura que no avanzar en un proyecto de esta naturaleza!

¡No hay más daño para el consumo humano, precisamente en un escenario como el que estamos viviendo, que no avanzar en proyectos de esta naturaleza!

Por eso, yo pido que esto se apruebe. Esperamos que tenga una tramitación rápida también en la Cámara, porque estas cosas son urgentes, decisivas, y hacen la diferencia.

Probablemente no son muchas las cosas que en el Parlamento se puedan hacer para marcar la diferencia; yo creo que esta es una de esas.

Por eso, estoy convencido, al igual que todos los senadores del mundo agrícola, pero, además, todos aquellos que están preocupados de la salud, de que es muy relevante aprobar este proyecto.

He dicho, Presidente .

El señor OSSANDÓN (Presidente).-

Tiene la palabra la senadora Sepúlveda.

La señora SEPÚLVEDA.-

Muchas gracias, Presidente.

Mire...

El señor OSSANDÓN (Presidente).-

Es por reglamento, ¿cierto?

La señora SEPÚLVEDA .-

Sí.

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

Ya.

La señora SEPÚLVEDA .-

Si bien estamos en votación, quisiera ver la posibilidad de postergarla, o votar el proyecto solamente en general, no lo sé. Porque lo peor que puede ocurrir es que sumemos cero en esta discusión y que se caiga esta normativa, ¿no?

Entonces, sería importante, primero, la presencia del Ejecutivo, porque de lo que estamos hablando es de tranques, aproximadamente como los tranques CORA. De eso estamos hablando: de los tranques CORA.

Lo segundo, es que existe el reglamento. Lo que tenemos que hacer es modificar una parte de él. Y para eso quizá no deberíamos tener siete meses, sino que podría ser mucho menos tiempo.

Entonces, Presidente como no todos han votado, si estamos todos de acuerdo, podríamos decir: "Suspendamos la votación y vamos a una segunda discusión para que podamos precisar algunas cosas". Porque en el transitorio podríamos llegar a un acuerdo.

Insisto: hoy día -por eso importante la presencia del Ejecutivo-tenemos reglamento para esto, ¡tenemos reglamento! Pero debemos precisar algunas partes técnicas, y no nos vamos a demorar siete meses en hacerlo.

Eso, Presidente .

Entonces, así como hacemos las cosas las podemos deshacer y buscar la fórmula de no votar hoy día y tratar de llegar a un consenso en Recursos Hídricos, fundamentalmente pensando en el transitorio, con la presencia del Ejecutivo.

Gracias, Presidente .

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

Lo que pasa es que, además, hay que reconocer que el senador Lagos Weber, que estaba presidiendo, advirtió y preguntó si alguien quería segunda discusión. Ya no se puede pedir.

Y habló de las votaciones separadas.

Por otro lado, aquí se acordó que se iba a votar en general y en particular.

Lo único que podría hacerse, si hay unanimidad en la Sala, es que se vote solo en general. Pero si no están de acuerdo...

La señora SEPÚLVEDA.-

¡Eso! ¡Eso!

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

No hay acuerdo.

Entonces, tiene la palabra el senador Keitel.

El señor KEITEL.-

Muchas gracias, Presidente.

Como senador por la región del Biobío, quiero dar mi total apoyo a este proyecto, que modifica el Código de Aguas para facilitar la construcción de tranques agrícolas.

En una región eminentemente rural, como la que represento, donde los pequeños y medianos agricultores luchan día a día contra una crisis hídrica que ya no es coyuntural, sino estructural, es nuestro deber actuar con visión de futuro.

El cambio climático ha alterado drásticamente el régimen de precipitaciones: ya no llueve durante meses, como antes; hoy enfrentamos temporales intensos y breves, seguidos de extensas sequías.

Entonces, si no somos capaces de capturar y almacenar el agua que cae durante esos cortos períodos, simplemente no tendremos cómo sustentar nuestra producción agrícola ni asegurar agua para el consumo humano en las temporadas secas.

Chile está en el puesto dieciséis dentro de los países del mundo con mayor estrés hídrico, y esto se debe justamente a la falta de infraestructura y a las trabas existentes para desarrollar proyectos de mayor envergadura que nos permitan dar una respuesta a la altura de esta problemática. Eso es justamente lo aquí venimos a enfrentar.

Presidente , quiero enfatizar que aquí no se trata de debilitar la regulación ambiental ni de eludir los estándares técnicos, pero sí de adaptar nuestros marcos normativos a la urgencia del momento y a la escala de la obra.

Llamo al Senado a respaldar esta medida.

Nuestros agricultores no pueden seguir esperando años para resolver una urgencia que se vive a diario.

Gracias, Presidente .

El señor OSSANDÓN (Presidente).-

La senadora Carmen Gloria Aravena tiene la palabra.

La señora ARAVENA.-

Gracias, Presidente.

Bueno, hoy día la discusión de este proyecto no es diferente a lo que nos tocó vivir cuando hicimos el análisis en la Comisión de Agricultura. No fue fácil. Pero, obviamente, cuando se trata de disminuir trámites, y también, por otro lado, cuidar y resguardar la salud de cada uno de los que habitan alrededor de ellos, eso se hizo.

Quiero aclararlo, porque es importante que quienes nos estén viendo en sus casas, sepan que estuvieron la CNR, la Comisión Nacional de Agricultura y también la Dirección General de Aguas en todos los procesos e hicieron informes muy acabados sobre cuál era el límite máximo que no generaría riesgos. Eso se hizo. Y por eso es que la propuesta de la Cámara de Diputados fue rechazada por nosotros, y se hizo una modificación seria y responsable, entendiendo que los trámites son muy largos cuando se trata de realizar proyectos superiores a los 40 metros cúbicos.

Es importante también aclarar que Chile, a pesar de tener grandes recursos distribuidos en el sur, hoy día sigue siendo uno de los dieciocho países con mayor estrés hídrico a nivel global. Por lo tanto, no es un tema menor. Y eso no va a ser diferente en el futuro, porque han cambiado las condiciones.

Y claramente -esto es muy importante- se han concentrado las épocas de lluvia en pocos meses, por lo que es preciso aprovecharlos para acumular el agua para riego, porque Chile es un país que, de no hacer infraestructura de riego o de acumulación de agua, va a ir perdiendo competitividad, y eso lo sabemos todos.

Hay muchas regiones, por ejemplo la mía, que viven, en un porcentaje altísimo, de la agricultura y la ganadería. Si nosotros no les damos herramientas a las personas para poder generar pequeños embalses de infraestructura que permitan distribuir el agua, estamos en una situación muy compleja.

En ese contexto, este proyecto aumenta el umbral para autorización de la DGA, pero no deja de ser informado, de ser georreferenciado, de entregar un informe final después de construido el embalse, de tener un responsable; también habla de "declaraciones juradas". Obviamente, uno se angustia cuando lee los transitorios, sobre todo los plazos para reglamento, pero, bien analizado, sigue siendo un buen proyecto en comparación con lo que hay hoy día. Y yo espero que esto se resuelva pronto, porque este año ya se podrían ver resultados.

Es importante, en mi opinión, comprender que no hay blancos y negros en esto, pero que se hizo un trabajo técnico, que esto no fue como: "¡Ah, ya! A ver, hagamos al achunte la cantidad de metros cúbicos."

Yo respeto la opinión del resto de los senadores, pero en la Comisión de Agricultura esto lo vimos durante meses. O sea, hubo muchos análisis y escuchamos a muchas personas. No fue algo al azar ni, de alguna manera, con cierto grado de irresponsabilidad.

Hoy día Chile necesita agua, hoy día Chile necesita riego para que las personas que viven de la agricultura puedan aumentar sus ingresos y mejorar su calidad de vida. Y también para dar empleo, ya que la agricultura es de los sectores económicos que más empleo da en Chile.

Entonces, esto no es una porfía. A mí me encantaría que en todas las áreas de la permisología se hicieran análisis técnicos para ver cuándo se requieren tantos papeles y cuándo no. Ese es el sentido de disminuir la permisología y hacer que este país sea más eficiente. Y hablo de eficiencia, principalmente, en relación con los tiempos que demora hoy día que una persona que quiere invertir en Chile pueda hacerlo con agilidad. Porque el mundo es global y, mientras lo siga siendo, da lo mismo dónde se invierte. Una persona extranjera va a ir donde pueda ser más rápido y más eficiente.

Así que yo voy a aprobar este proyecto, y solo quiero insistir en valorar la seriedad que hubo en el análisis que hizo la Comisión de Agricultura, en que jamás se tomó esto a la ligera y se elaboró con expertos en las áreas.

Muchas gracias, Presidente .

El señor OSSANDÓN (Presidente).-

Gracias, senadora.

Tiene la palabra el senador Carlos Ignacio Kuschel.

El señor KUSCHEL.-

Gracias, Presidente.

Quiero también agregar mi voto a favor de esta iniciativa.

Sin embargo, hago presente -y me gustaría decírselo al Ejecutivo , que lamentablemente no está presente en este momento- que estamos haciendo demasiadas cosas a una escala pequeña y no aprovechamos las economías de escala. Todo es un poco pichiruche.

Nos faltan herramientas, por ejemplo, en materia de energía. Lo señalé hoy en la Comisión de Minería y Energía. En mi región está prácticamente prohibido instalarse con plantas generadoras hidroeléctricas; está prácticamente prohibido, por las dificultades que hay, implementar la energía solar, la energía eólica. ¡Todo es muy difícil!

Además, si usted quiere instalar una pequeña industria, no tiene factibilidad eléctrica ni de agua.

Como he dicho en otras oportunidades a propósito de la vivienda, también ponemos dificultades a la oferta y la demanda.

Lo que propiciamos aparentemente es el estancamiento.

Por eso me parece que esta iniciativa rompe la inercia de mantenerse donde estamos, al generar facilidades para permanecer, para vivir y para producir en el campo, como se observa en el último censo. En algunas comunas tenemos un estancamiento de la población, pero, como ya ha llegado la electricidad a los caminos, solamente falta ¡agua! y energía.

Saludo este avance, pero creo que tenemos que ser más ambiciosos y permitir el desarrollo de las energías y de empresas mucho más grandes. Estamos tratando de que todo sea como social, todo pequeño, cuando hay muchas ventajas al hacer proyectos relativamente grandes con poco daño al medioambiente.

Gracias, Presidente .

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

Gracias, senador Kuschel.

Tiene la palabra el senador Flores.

El señor FLORES.-

No, Presidente.

El señor OSSANDÓN (Presidente).-

Tiene la palabra el senador Juan Castro.

El señor CASTRO (don Juan).-

Gracias, Presidente.

Yo he escuchado aquí a algunos colegas senadores hablar de riesgo.

Quiero graficar de una manera muy didáctica lo que significan estos tranques.

Si multiplicamos 200 por 200 metros, tenemos 40.000 metros cuadrados. Si usted llena esa superficie solo con 1 metro de agua, obtiene 40.000 metros cúbicos.

El terreno de este Congreso Nacional debe ser del orden, al ojo, de 2 hectáreas. Eso es 200 metros por 200 metros, lo que equivale a 40.000 metros cuadrados. Un tranque de la dimensión del terreno donde está emplazado el Congreso significa, al llenarlo con 1 metro de agua, 40.000 metros cúbicos.

En realidad, es algo muy pequeño. Pero para los agricultores, obviamente, un tranque de 50.000 metros cúbicos es importante para tener un poquito de certeza en el riego.

Eliminar toda la burocracia, en verdad, hace interesante este proyecto.

Presidente , yo creo que no hay que tener miedo a aprobar esta iniciativa. ¿Por qué razón? Porque en la Comisión de Recursos Hídricos trabajamos y planteamos que tenía que haber un responsable. Obviamente, el primer responsable es quien manda a construir el tranque. Para ello, tendrá que haber un profesional del área de la construcción que también deberá hacerse responsable, quien tiene que georreferenciar la ubicación y enviar la documentación a la DGA para el registro correspondiente. Porque estos tranques necesitan, por la seguridad de todos, contar con un registro.

No tengo ningún temor en que estos tranques sean autorizados, porque, en verdad, creo que los agricultores son bastante inteligentes y siempre van a querer hacer un tranque que cumpla una buena función y, obviamente, sin colocar en riesgo a ningún vecino o habitante cercano a la ubicación de la obra.

Por eso, Presidente, yo invito a los colegas a aprobar el proyecto; hacerlo es simplificar una construcción de seguridad hídrica para nuestros agricultores.

Eso, Presidente .

He dicho.

El señor OSSANDÓN (Presidente).-

Gracias, senador Castro.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Alguna señora senadora o algún señor senador aún no ha emitido su voto?

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (27 votos a favor, 2 en contra y 3 abstenciones), y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Aravena, Ebensperger, Gatica, Rincón, Sepúlveda y los señores Castro González, Castro Prieto, Coloma, De Rementería, Durana, Edwards, Flores, Gahona, Galilea, García, Keitel, Kusanovic, Kuschel, Latorre, Ossandón, Prohens, Quintana, Saavedra, Sandoval, Sanhueza, Van Rysselberghe y Walker.

Votaron por la negativa la señora Provoste y el señor Velásquez.

Se abstuvieron las señoras Órdenes y Vodanovic y el señor De Urresti.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

En la Secretaría se registran cuatro pareos ya individualizados.

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

El proyecto queda aprobado en general y en particular y va a la Cámara de Diputados para su tercer trámite.

El señor KEITEL.-

Presidente, llegamos al cuarto proyecto.

Abramos la votación.

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

¿Cómo?

El señor KEITEL.-

Sigamos con el otro proyecto.

El señor OSSANDÓN ( Presidente ).-

Sí, vamos a seguir, por supuesto.

El señor Secretario dará lectura a la relación del proyecto.

2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 13 de mayo, 2025. Oficio en Sesión 25. Legislatura 373.

Valparaíso, 13 de mayo de 2025.

Nº 149/SEC/25

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado el proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, correspondiente al Boletín Nº 16.193-01, con las siguientes enmiendas:

Artículo 1

Encabezamiento

Lo ha contemplado como artículo único.

Número 1

Literal a) propuesto

Lo ha sustituido por el siguiente:

“a) Los embalses que se construyan en un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses que se construyan fuera de un cauce natural, cuya capacidad sea superior a ciento cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de siete metros de altura;”.

Número 2

Inciso final propuesto

Lo ha reemplazado por el siguiente:

“El propietario o administrador de una obra que se encuentre fuera de cauce, con una capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura y que esté exceptuada de contar con la aprobación del Director General de Aguas, según lo dispuesto en la letra a) del inciso primero de este artículo, deberá informar mediante declaración jurada a esa Dirección, previo a la construcción del embalse o tranque, lo siguiente: el responsable de la obra, sus dimensiones y características generales, la fecha estimada de inicio y término y la ubicación georreferenciada. Además, en el plazo de seis meses, contado desde terminada la obra, deberá remitir a dicha Dirección copia de los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al número 1 del inciso primero del artículo 173.”.

Artículo 2

Lo ha suprimido.

° ° °

Artículo, transitorio, nuevo

Ha incorporado el siguiente artículo transitorio, nuevo:

“Artículo transitorio.- Esta ley entrará en vigencia el primer día hábil del séptimo mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial y en el mismo plazo deberá actualizarse el decreto supremo N° 50, de 2015, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueba reglamento a que se refiere el artículo 295, inciso segundo, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal.”.

- - -

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 19.307, de 19 de marzo de 2024.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

MANUEL JOSÉ OSSANDÓN IRARRÁZABAL

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Discusión única. Fecha 01 de julio, 2025. Oficio en Sesión 43. Legislatura 373.

LA VERSIÓN OFICIAL DE ESTA DISCUSIÓN EN SALA NO SE ENCUENTRA DISPONIBLE AL MOMENTO DE LA PUBLICACIÓN DE ESTA HISTORIA DE LEY POR LO QUE SE HA INSERTADO UNA VERSIÓN PRELIMINAR DE MANERA PROVISORIA LA QUE SERÁ REEMPLAZADA POR LA VERSIÓN OFICIAL TAN PRONTO EL DOCUMENTO SE ENCUENTRE DISPONIBLE.

MODIFICACIÓN DE CÓDIGO DE AGUAS PARA FACILITAR CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA (Tercer trámite constitucional. Boletín N° 16193-01)

El señor RIVAS (Vicepresidente).-

En segundo lugar, corresponde tratar las modificaciones del Senado recaídas en el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código de Aguas con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola.

Para la discusión de las enmiendas del Senado se otorgarán tres minutos a cada diputado o diputada que se inscriba para hacer uso de la palabra.

El señor RIVAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Hotuiti Teao.

El señor TEAO.- Señor Presidente, quiero comenzar este mensaje con una verdad que se repite en cada rincón agrícola del país, que es que no hay agricultura sin agua. Hoy lo hemos visto con la prolongada crisis hídrica que enfrentamos y el impacto del cambio climático, que es una verdad y urgencia que se vuelve más dura que nunca.

En comunas como Viña del Mar, Casablanca y Concón no vemos la sequía solo como una amenaza futura, sino también como una realidad que ya está afectando cosechas y producciones familiares. Es por ello que este proyecto de ley, que modifica el Código de Aguas, busca facilitar la construcción de tranques de uso agrícola. No viene a renunciar al control ni a la información, sino que a avanzar con eficiencia, con lógica territorial y con un fuerte enfoque en la producción, porque hoy necesitamos capturar cada gota de agua disponible y, en ese sentido, no podemos darnos el lujo de desaprovechar los pocos meses en que llueve, especialmente en zonas donde la ventana climática para acumular agua es demasiado breve.

Por eso, valoro que las modificaciones del Senado, acogidas por la Comisión de Agricultura, propongan umbrales diferenciados que eximen de permiso a ciertos tranques menores, pero exigen igualmente una declaración jurada informativa que garantice trazabilidad, responsabilidad y visibilidad pública en estas construcciones. Porque acá no se trata de desregular, sino que de adecuar la normativa a la realidad que viven miles de pequeños agricultores, que no tienen tiempo ni recursos para esperar años en la tramitación de un permiso.

Lo que aquí se propone es una respuesta concreta a quienes, desde el mundo rural, llevan años esperando la posibilidad de construir infraestructura hídrica en forma más ágil, para que el agua no se pierda, para que se almacene y para que la economía local se active.

Aquí, además, no basta con mirar el mapa desde Santiago, sino que hay que comprender el suelo, la estacionalidad, las urgencias productivas y las limitaciones estructurales que viven nuestros territorios. Se ha legislado con conocimiento técnico, pero también con empatía y sentido de urgencia.

Por todo lo anterior, por el reconocimiento del trabajo de quienes producen y resisten en la ruralidad, y porque Chile debe ser un país que produzca agua y no solo la desperdicie, anuncio, con convicción, mi voto a favor de este proyecto.

Iorana e maururu.

He dicho.

El señor RIVAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Marta Bravo.

La señora BRAVO (doña Marta).-

Señor Presidente, hablo hoy con la voz de mi Región de Ñuble, que late al ritmo de la tierra, donde el sudor de nuestros agricultores riega campos de trigo, remolacha y arándanos. Pero esa tierra hoy sufre: agoniza bajo una sequía implacable que ya no es emergencia, es una herida estructural.

El proyecto que discutimos no es mera técnica jurídica; es un salvavidas para la familia, para la agricultura familiar campesina, para las pymes agroalimentarias que sostienen nuestra economía regional.

La realidad es cruda. El actual Código de Aguas trata un tranque para cinco hectáreas igual que un megaproyecto hidroeléctrico. Esto es absurdo. Fundamento mi apoyo en tres pilares, que, para mí, son urgencia hídrica.

Ñuble perdió 30 por ciento de su caudal en la última década. Miles de familias dependen de camiones aljibe, mientras el agua de lluvia se pierde por falta de infraestructura.

Asfixia burocrática. Hoy un pequeño productor necesita 18 trámites y 24 meses solo para iniciar un tranque. Este proyecto elimina la exigencia de la autorización de la Dirección General de Aguas (DGA) para obras bajo 10 mil metros cúbicos, sustituyéndola por una simple declaración de obra menor.

¿Cuál es el impacto real en el interior de Ñuble? La señora Rosa espera tres años para acumular agua de invierno y regar sus frambuesas. Mientras tanto, debe comprar agua a 150 mil pesos semanales. Esto no es productividad; es supervivencia.

No estamos pidiendo regalos; pedimos coherencia normativa. Por favor, diferenciar embalses industriales de tranques de subsistencia; agilizar sin sacrificar evaluación ambiental básica.

Cuando aprobemos esta norma no estaremos cambiando artículos legales; estaremos permitiendo que el agricultor de Quirihue siembre con esperanza, que el joven de Ñiquén no emigre de Ñuble, que Coelemu no entierre sus viñas.

Votemos por un Chile con justicia hídrica.

He dicho.

El señor RIVAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Alberto Undurraga.

El señor UNDURRAGA (don Alberto).-

Señor Presidente, Chile es un país sísmico y, por esa razón, voté en contra de este proyecto cuando pasó por la Cámara de Diputadas y Diputados en el primer trámite.

No porque no esté de acuerdo con los fundamentos del proyecto de agilizar la construcción de tranques y embalses, sino porque lo que se está haciendo es liberando una norma de prevención ante posibles temblores, ante posibles terremotos, con el efecto que se pueda generar.

En la Cámara se aprobó eximir de permisos a aquellos embalses de hasta quince metros en el cauce. En el Senado se mejora: se saca del cauce, pero se sigue con la norma de eximir de permisos a embalses o tranques con un muro de hasta siete metros.

Aquí hay una discusión ambiental que, estoy seguro, algunos de mis colegas también van a poner en consideración. Pero eximir de permisos cuando, expresamente, la directora de Obras Hidráulicas, en el Senado, señala que debiera haber un reglamento para los aspectos técnicos, para garantizar la seguridad de la obra, me parece que es irresponsable.

¿Hay que solucionar un problema de lentitud en la construcción, de lentitud en los permisos, de agilidad? Por supuesto que hay que solucionarlo, pero no a través de una norma de la cual nos podamos arrepentir si la aprobamos, por los efectos que puede tener en un país como el nuestro, sísmico.

Por lo tanto, dado que no hay un informe técnico que dé cuenta de que esto sea razonable, creo que lo prudente es rechazar, nuevamente.

He dicho.

El señor RIVAS (Vicepresidente).-

El Comité de la Unión Demócrata Independiente (UDI) ha solicitado el cierre del debate de este proyecto de ley, así que vamos a proceder a la votación.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 47 votos; por la negativa, 42 votos. Hubo 1 abstención.

El señor RIVAS (Vicepresidente).-

Aprobado.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 01 de julio, 2025. Oficio en Sesión 34. Legislatura 373.

Oficio N° 20.600

VALPARAÍSO, 1 de julio de 2025

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, aprobó las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto de ley que modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, correspondiente al boletín N° 16.193-01.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio N° 149/SEC/25, de 13 de mayo de 2025.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

JOSÉ MIGUEL CASTRO BASCUÑÁN

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 01 de julio, 2025. Oficio

Oficio Nº 20.601

VALPARAÍSO, 1 de julio de 2025

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que modifica el Código de Aguas, con el objeto de facilitar la construcción de tranques de uso agrícola, correspondiente al boletín N° 16.193-01:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 294 del Código de Aguas:

1. Sustitúyese el literal a) del inciso primero por el siguiente:

“a) Los embalses que se construyan en un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses que se construyan fuera de un cauce natural, cuya capacidad sea superior a ciento cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de siete metros de altura;”.

2. Agrégase el siguiente inciso final, nuevo:

“El propietario o administrador de una obra que se encuentre fuera de cauce, con una capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura y que esté exceptuada de contar con la aprobación del Director General de Aguas, según lo dispuesto en la letra a) del inciso primero de este artículo, deberá informar mediante declaración jurada a la Dirección General de Aguas, previo a la construcción del embalse o tranque, lo siguiente: el responsable de la obra, sus dimensiones y características generales, la fecha estimada de inicio y término y la ubicación georreferenciada. Además, en el plazo de seis meses, contado desde terminada la obra, deberá remitir a dicha Dirección copia de los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al número 1 del inciso primero del artículo 173.”.

Artículo transitorio.- Esta ley entrará en vigencia el primer día hábil del séptimo mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial y en el mismo plazo deberá actualizarse el decreto supremo N° 50, de 2015, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueba reglamento a que se refiere el artículo 295, inciso segundo, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal.”.

*****

Para efectos de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 6 del Código Civil, hago presente a V.E. que esta iniciativa de ley tuvo su origen en una moción del diputado Juan Antonio Coloma Álamos y de las diputadas Marta Bravo Salinas, Natalia Romero Talguia, Flor Weisse Novoa y los diputados Gustavo Benavente Vergara, Eduardo Cornejo Lagos, Felipe Donoso Castro, Juan Fuenzalida Cobo, Cristóbal Martínez Ramírez y Marco Antonio Sulantay Olivares.

Lo que tengo a honra en comunicar a V.E

JOSÉ MIGUEL CASTRO BASCUÑÁN

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 21.759

Tipo Norma
:
Ley 21759
URL
:
http://www.leychile.cl/N?i=1215651&t=0
Fecha Promulgación
:
29-07-2025
URL Corta
:
https://bcn.cl/AYTjnd
Organismo
:
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Título
:
MODIFICA EL CÓDIGO DE AGUAS CON EL OBJETO DE FACILITAR LA CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA
Fecha Publicación
:
09-08-2025

LEY NÚM. 21.759

   

MODIFICA EL CÓDIGO DE AGUAS CON EL OBJETO DE FACILITAR LA CONSTRUCCIÓN DE TRANQUES DE USO AGRÍCOLA

   

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, que tuvo su origen en una moción del diputado Juan Antonio Coloma Álamos y de las diputadas Marta Bravo Salinas, Natalia Romero Talguia, Flor Weisse Novoa y los diputados Gustavo Benavente Vergara, Eduardo Cornejo Lagos, Felipe Donoso Castro, Juan Fuenzalida Cobo, Cristóbal Martínez Ramírez y Marco Antonio Sulantay Olivares,

   

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 294 del Código de Aguas:

   

    1. Sustitúyese el literal a) del inciso primero por el siguiente:

   

    "a) Los embalses que se construyan en un cauce natural, cuya capacidad sea superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura, al igual que los embalses que se construyan fuera de un cauce natural, cuya capacidad sea superior a ciento cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de siete metros de altura;".

   

    2. Agrégase el siguiente inciso final, nuevo:

   

    "El propietario o administrador de una obra que se encuentre fuera de cauce, con una capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de cinco metros de altura y que esté exceptuada de contar con la aprobación del Director General de Aguas, según lo dispuesto en la letra a) del inciso primero de este artículo, deberá informar mediante declaración jurada a la Dirección General de Aguas, previo a la construcción del embalse o tranque, lo siguiente: el responsable de la obra, sus dimensiones y características generales, la fecha estimada de inicio y término y la ubicación georreferenciada. Además, en el plazo de seis meses, contado desde terminada la obra, deberá remitir a dicha Dirección copia de los proyectos definitivos para su conocimiento e inclusión en el Catastro Público de Aguas. El incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad al número 1 del inciso primero del artículo 173.".

   

    Artículo transitorio.- Esta ley entrará en vigencia el primer día hábil del séptimo mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial y en el mismo plazo deberá actualizarse el decreto supremo N° 50, de 2015, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueba reglamento a que se refiere el artículo 295, inciso segundo, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

   

    Santiago, 29 de julio de 2025.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Esteban Valenzuela van Treek, Ministro de Agricultura.- Jaime Gajardo Falcón, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud. Héctor Sepúlveda Gallegos, Jefe División de Administración y Finanzas, Subsecretaría de Agricultura.