El nuevo modelo implica la creación de tribunales especializados y la puesta en marcha de juicios orales y públicos que permitirán asegurar a las personas el acceso a la justicia en este ámbito, en las máximas condiciones de igualdad posible,  y velar para que las diligencias judiciales se realicen oportuna y rápidamente. El principio de celeridad se encuentra establecido en la ley.

Para instrumentar esta gran reforma, tal como antes se llevaron a cabo la Reforma Procesal Penal y los juzgados de familia, el Congreso Nacional debió abocarse al estudio y tramitación de un “paquete” de proyectos de ley que se transformaron finalmente en una serie de normativas legales que son claves a la hora de hacerla posible.

El hito inicial fue la publicación de dos leyes, la Ley N° 20.022 y la Ley N° 20.023, en mayo de 2005. A ellas le siguieron la  Ley N° 20.087, de enero de 2006; la Ley N° 20.252, de febrero de 2008, y la Ley N° 20.260, publicada en el Diario Oficial el 29 de marzo de este año, también en la misma línea. Todas ellas están a disposición de quienes deseen consultarlas en la página web www.bcn.cl.

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