¿Cuál es el objetivo de la ley?
La ley tiene por objeto establecer y regular el derecho de los estudiantes de la educación superior, con el fin de asegurar la conciliación de sus responsabilidades familiares con sus actividades académicas, en concordancia con el principio de corresponsabilidad social y familiar del cuidado.
¿A qué estudiantes favorece la ley?
Se considera a los estudiantes que se encuentren en las siguientes situaciones:
¿Hay obligaciones que deberán cumplir las instituciones de educación superior?
Sí. Las instituciones de educación superior deberán cumplir las disposiciones de la ley a través de normas internas que contengan políticas y acciones que garanticen y faciliten el ejercicio del derecho a la educación de los estudiantes que se encuentren en dichas situaciones.
¿Qué instituciones considera la ley?
La ley considera instituciones de educación superior a las mencionadas en la Ley N° 21.790 sobre Educación Superior. Se incluyen las universidades, los centros de formación técnica, los institutos profesionales y centros de formación técnica privados reconocidos por el Estado, así como las instituciones de formación del personal de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública. Se incluyen en esta categoría la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos (ANEPE) y las entidades formadoras de Gendarmería de Chile.
¿Qué deben hacer las autoridades académicas?
Las autoridades académicas deberán notificar a cada profesor sobre los estudiantes de sus cátedras que se encuentren en alguna de las situaciones previstas, e informar únicamente lo necesario para resguardar los derechos que les corresponden. Dicha información será reservada y no podrá ser difundida a la comunidad educativa.
¿Cómo se acredita la calidad de cuidador o cuidadora principal?
Dicha calidad deberá acreditarse mediante la presentación de:
¿Ante quién se puede reclamar la negativa de la institución?
Se puede reclamar ante la Superintendencia de Educación Superior. La solicitud deberá ser resuelta en el plazo de 10 días hábiles. Si no hay respuesta dentro de ese plazo, la solicitud se entenderá aceptada.
La Superintendencia de Educación Superior deberá fiscalizar el cumplimiento de esta ley. El incumplimiento de sus disposiciones se considerará infracción grave, en el marco de la Ley N° 21.091 sobre Educación Superior.
¿Cuáles son los derechos de la persona cuidadora?
La persona cuidadora podrá postergar o suspender sus estudios por un período de dos semestres (continuos o no). Esta postergación podrá extenderse a cuatro semestres, por una sola vez, si la persona acredita la condición de cuidadora. En caso de fuerza mayor o de circunstancia calificada, la institución podrá autorizar una suspensión por un período mayor.
Dicha postergación o suspensión interrumpe los plazos máximos de egreso, obtención de grado, titulación u otros equivalentes establecidos en la normativa institucional.
¿Qué pasa con los beneficios estudiantiles y el pago de arancel o matrícula en caso de postergación o suspensión de estudios?
Los beneficios estudiantiles se mantienen en las mismas condiciones en que fueron otorgados, por lo que no es necesario volver a postular. Mientras dure la suspensión, no se pagará arancel ni matrícula.
¿Hay más derechos?
Sí, la embarazada podrá solicitar un permiso especial para postergar actividades académicas o evaluaciones que puedan afectar su salud o la de su hija o hijo en gestación.
Las personas que se encuentren en situación de embarazo, maternidad, paternidad o que tengan el cuidado personal de un niño o niña hasta que cumpla los 7 años tendrán derecho a justificar la inasistencia a actividades y evaluaciones académicas como consecuencia de asistir a consultas o controles médicos.
Los padres, madres, las personas que tengan el cuidado personal de un niño o niña hasta que cumpla los 7 años y las personas que acrediten ser cuidador o cuidadora principal de una persona con discapacidad o dependencia tendrán derecho a justificar la inasistencia a actividades y evaluaciones académicas cuando el motivo de dicha inasistencia sea la enfermedad de la persona que esté bajo su cuidado.
Estos derechos también se aplican para los estudiantes de Derecho que estén realizando su práctica profesional.
¿A qué se obligan las instituciones de educación superior?
Estas instituciones se obligan a dictar normas internas para la aplicación de las disposiciones de la ley. Las medidas de flexibilización académica serán acordadas entre la institución y el beneficiario.
Entre ellas, se pueden considerar las siguientes: