Derecho a la salud

Obliga al Estado a prestar asistencia sanitaria a sus ciudadanos, o proporciona a los individuos el derecho general a la atención sanitaria. En algunos casos, la atención de la salud debe ser proporcionada por el gobierno en forma gratuita.

Bolivia 2009

Artículo 18

I. Todas las personas tienen derecho a la salud.

II. El Estado garantiza la inclusión y el acceso a la salud de todas las personas, sin exclusión ni discriminación alguna.

III. El sistema único de salud será universal, gratuito, equitativo, intracultural, intercultural, participativo, con calidad, calidez y control social. El sistema se basa en los principios de solidaridad, eficiencia y corresponsabilidad y se desarrolla mediante políticas públicas en todos los niveles de gobierno.

II. En el marco de la unidad del Estado y de acuerdo con esta Constitución las naciones y pueblos indígena originario campesinos gozan de los siguientes derechos:

13. Al sistema de salud universal y gratuito que respete su cosmovisión y prácticas tradicionales.

I. El Estado garantizará el acceso al seguro universal de salud.


Colombia 1991

Artículo 49

La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.

Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad.

La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria.

Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.

El porte y el consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas está prohibido, salvo prescripción médica. Con fines preventivos y rehabilitadores la ley establecerá medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico, profiláctico o terapéutico para las personas que consuman dichas sustancias. El sometimiento a esas medidas y tratamientos requiere el consentimiento informado del adicto.

Así mismo el Estado dedicará especial atención al enfermo dependiente o adicto y a su familia para fortalecerla en valores y principios que contribuyan a prevenir comportamientos que afecten el cuidado integral de la salud de las personas y, por consiguiente, de la comunidad, y desarrollará en forma permanente campañas de prevención contra el consumo de drogas o sustancias estupefacientes y en favor de la recuperación de los adictos.


India 1949

47. Deber del Estado de elevar el nivel de nutrición y el nivel de vida y de mejorar la salud pública

El Estado considerará que el aumento del nivel de nutrición y del nivel de vida de su población y el mejoramiento de la salud pública figuran entre sus deberes primordiales y, en particular, procurará prohibir el consumo, salvo con fines medicinales, de bebidas intoxicantes y de las drogas perjudiciales para la salud.


México 1917

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.


Brasil 1988

Art 6

La educación, la salud, la nutrición, el trabajo, la vivienda, el transporte, el ocio, la seguridad, la seguridad social, la protección de la maternidad y la infancia, y la asistencia a los indigentes, son derechos sociales, como se establece en esta Constitución.

Art 196

La salud es el derecho de todos y el deber del Gobierno Nacional y estará garantizado por políticas sociales y económicas encaminadas a reducir el riesgo de enfermedad y otras enfermedades y por el acceso universal e igualitario a todas las actividades y servicios para su promoción, protección Y la recuperación.

Art 197

Las actividades y los servicios de salud son de importancia pública y es responsabilidad del Gobierno proporcionar, de conformidad con la ley, su reglamentación, supervisión y control. Dichas actividades y servicios se realizarán directamente o a través de terceros y también por personas físicas o jurídicas de derecho privado.

Art 198

Las actividades y los servicios de salud pública forman parte de una red regionalizada y jerárquica y constituyen un sistema unificado, organizado de acuerdo con las siguientes directivas:

I. descentralización, con una gestión única en cada esfera de gobierno;

II. servicio pleno, dando prioridad a las actividades preventivas, sin perjuicio de los servicios de tratamiento;

III. participación comunitaria.

§1°. El sistema de salud unificado se financiará, en los términos del art. 195, con fondos del presupuesto de seguridad social de la Unión, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, así como otras fuentes.

§2°. La Unión, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios aplicarán anualmente en actividades y servicios de salud pública un mínimo de los fondos derivados de la aplicación de porcentajes calculados sobre:

I. en el caso de la Unión, los ingresos corrientes netos del ejercicio fiscal respectivo no podrán ser inferiores al 15% (quince por ciento);

II. en el caso de los Estados y el Distrito Federal, el monto de recaudación tributaria a que se refiere el art. 155 y los fondos a que se refieren los arts. 157 y 159, inciso I, a, y inciso II, deduciendo los importes transferidos a los respectivos Municipios;

III. en el caso de los Condados y el Distrito Federal, el monto de recaudación tributaria a que se refiere el art. 156 y los fondos a que se refieren los arts. 158 y 159, inciso I, letra b, y §3°.

§3°. Una ley complementaria, que será reevaluada por lo menos cada cinco años, establece:

I. los porcentajes a que se refieren los incisos II y III de §2°

II. los criterios de asignación de los fondos de la Unión relacionados con la salud destinados a los Estados, al Distrito Federal y los Municipios, ya los Estados destinados a sus respectivos Municipios, con el objetivo de reducir progresivamente las disparidades regionales;

III. las reglas de supervisión, evaluación y control de los gastos de salud en los ámbitos federal, estatal, distrital y de los municipios;

IV. derogado.

§4°. Los administradores locales del sistema de salud unificado deberán admitir a los agentes comunitarios de salud y agentes de lucha contra las enfermedades endémicas mediante un procedimiento de selección pública, de acuerdo con la naturaleza y complejidad de sus competencias y requisitos específicos para su funcionamiento.

§5°. La ley federal establecerá el régimen jurídico, el salario mínimo nacional profesional, las directivas para los planes de carrera y la regulación de las actividades de los agentes comunitarios de salud y agentes para el control de enfermedades endémicas, con la Unión, de conformidad con la ley, Los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, por la ejecución del referido salario mínimo.

§6°. Además de los casos previstos en el artículo §1° del art. 41 y §4° del art. 169 de la Constitución Federal, los empleados que ejerzan funciones equivalentes a agentes comunitarios de salud o agentes para el combate de enfermedades endémicas pueden perder sus puestos por incumplimiento de requisitos específicos, fijados por ley, para dicho ejercicio.


Luxemburgo 1868

5. La ley organiza la seguridad social, la protección de 1a salud, los derechos de los trabajadores, la lucha contra la pobreza y la integración social de los ciudadanos afectados de discapacidad.


Lituania 1992

El Estado cuidará de la salud de sus ciudadanos y garantizará la asistencia y los servicios médicos en caso de enfermedad. El procedimiento para proporcionar la asistencia médica gratuita a los ciudadanos en instituciones de salud estatal estará establecido en la ley.


Kenia 2010

1. Todas las personas tienen derecho:

a. Al nivel más elevado posible de salud, que incluye el derecho a servicios de salud, incluidos los servicios de salud reproductiva.

2. No se le negará a ninguna persona los tratamientos médicos de emergencia.

1. Todos los niños tienen el derecho:

c. A una nutrición, un alojamiento y unos cuidados de salud básicos.

El Estado pondrá en marcha programas de acción afirmativa diseñados para garantizar que las minorías y los grupos marginados:

e. Tienen un acceso razonable al agua, los servicios de salud y la infraestructura.


Japón 1946

En todos los órdenes de la vida humana, el Estado conducirá sus esfuerzos a la promoción y acrecentamiento del bienestar y la seguridad social y la salud pública.


Irak 2005

Artículo 31

Primero

Todo iraquí tiene derecho a la seguridad sanitaria y el Estado velará por la sanidad pública y garantizará los medios de prevención y de tratamiento fundando diversos tipos de hospitales e instituciones sanitarias.

Segundo

Los individuos e instituciones pueden fundar hospitales, clínicas o centros especiales de tratamiento bajo la supervisión del Estado. Será determinado por la ley.


Irán 1979

Para alcanzar los objetivos mencionados en el principio segundo, el Gobierno de la República Islámica tiene la responsabilidad de poner en funcionamiento todos los medios a su alcance para conseguir los siguientes fines:

12. Cimentar una economía sana y equitativa, de acuerdo con los principios islámicos, para crear bienestar, erradicar la pobreza y eliminar todo tipo de miseria en los campos de la alimentación, de la vivienda, del trabajo, de la salud y generalizar la aseguración.

Principio 29

El disfrute de la seguridad social en los casos de jubilación, desempleo, vejez, carencia de tutor, miseria, así como en casos de accidente y catástrofe y también el disponer de servicio de asistencia sanitaria, médica, farmacéutica y hospitalaria, todo ello, con seguridad social o sin ella, es un derecho público.

El gobierno tiene la obligación, de acuerdo con las leyes, utilizando los ingresos públicos y aquellos que proceden de la participación popular, de asegurar los servicios y la protección financiera anteriormente mencionada a todos los miembros de la nación.


Indonesia 1945

1. Todas las personas tiene derecho a vivir de forma próspera en lo físico y lo espiritual, a tener una vivienda, y a gozar de un entorno bueno y saludable, y tendrán derecho a servicios médicos.


Honduras 1982

Artículo 145

Se reconoce el derecho a la protección de la salud. Es deber de todos participar en al promoción y preservación de la salud personal y de la comunidad. El Estado conservará el medio ambiente adecuado para proteger la salud de las personas. En consecuencia declarase el acceso al agua y saneamiento como un derecho humano. Cuyo aprovechamiento y uso será equitativo preferentemente para consumo humano. Asimismo se garantiza a la preservación de las fuentes de agua a fin que éstas no pongan en riesgo la vida y salud pública.

Las actividades del Estado y de las entidades públicas y privadas se sujetarán a esta disposición. La Ley regulará esta materia.


Haití 1987

Para fortalecer la unidad nacional, eliminando toda discriminación entre los habitantes de los pueblos y campos, por la aceptación de la comunidad de lenguas y de cultura y por el reconocimiento del derecho al progreso, a la información, a la educación, a la salud, al trabajo y al tiempo libre para todos los ciudadanos.

Artículo 19

El Estado tiene la imperiosa obligación de garantizar el derecho a la vida, a la salud y al respeto de la persona humana para todos los ciudadanos sin distinción, conforme a la Declaración Universal de los Derechos del Hombre.


Guinea Ecuatorial 1991

2. El Estado fomenta y promueve la atención primaria de la salud como piedra angular del desarrollo de la estrategia de dicho sector.


Guatemala 1985

Artículo 93. Derecho a la salud

El goce de la salud es derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna.

Artículo 94. Obligación del Estado, sobre salud y asistencia social

El Estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes. Desarrollará, a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.


Grecia 1975

3. El Estado velará por la salud de los ciudadanos y tomará medidas especiales para la protección de la juventud, de la ancianidad y de los inválidos, así como para la asistencia a los indigentes.


Francia 1958

Garantizará a todos, especialmente a los niños, madres y trabajadores mayores, protección para su salud, seguridad material, descanso y ocio. Todas las personas que, en virtud de su edad, condición física o mental o situación económica, sean incapaces de trabajar, tendrán derecho a recibir de la sociedad medios de existencia adecuados.


Filipinas 1987

Artículo 15

El Estado protegerá y promoverá el derecho del pueblo a la salud, y hará lo posible por fomentar su conciencia sanitaria.

Artículo 11

El Estado adoptará un enfoque integral y global del desarrollo sanitario que trate de poner los servicios esenciales de bienestar, sanidad y otros servicios sociales a disposición de todo el pueblo a un coste aceptable. Se dará prioridad a las necesidades de los menos privilegiados, enfermos, ancianos, minusválidos, mujeres y niños. El Estado hará lo posible por proporcionar cuidado médico gratuito a los pobres.

Artículo 12

El Estado establecerá y mantendrá un sistema efectivo de regulación de alimentos y drogas y realizará trabajos de investigación y desarrollo de trabajadores sanitarios de acuerdo con las necesidades y problemas sanitarios del país.

Artículo 13

El Estado establecerá una agencia especial para los minusválidos, para su rehabilitación, autodesarrollo y autosubsistencia, así como para su integración al resto de la sociedad.


Rusia 1993

1. Todo ciudadano tiene derecho a la protección de la salud y a la asistencia médica. La asistencia médica en los establecimientos médicos estatales y municipales es gratuita y está costeada por el presupuesto, cuotas de seguro y otros ingresos.


España 1978

1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.


El Salvador 1983

Artículo 65

La salud de los habitantes de la República constituye un bien público. El Estado y las personas están obligados a velar por su conservación y restablecimiento.

El Estado determinará la política nacional de salud y controlará y supervisará su aplicación.

Artículo 66

El Estado dará asistencia gratuita a los enfermos que carezcan de recursos, y a los habitantes en general, cuando el tratamiento constituya un medio eficaz para prevenir la diseminación de una enfermedad transmisible. En este caso, toda persona está obligada a someterse a dicho tratamiento.


Egipto 2014

Artículo 18

Cada ciudadano tiene el derecho a la salud y a una asistencia sanitaria integral que cumpla con criterios de calidad. El Estado mantendrá y apoyará los centros de salud pública que prestan servicios sanitarios al pueblo, y trabajará por mejorar su eficiencia y su equitativa distribución geográfica.

El Estado debe asignar a la salud un porcentaje del gasto público no inferior al 3% del producto nacional bruto (PIB). El porcentaje se incrementará gradualmente hasta alcanzar a los estándares internacionales.

El Estado se compromete a establecer un sistema de salud integral para todos los egipcios, que cubra todas las enfermedades. La ley regulará la contribución o la exención monetaria de los ciudadanos por la suscripción al sistema de salud integral, según su tasa de ingresos.

Es un delito negarse a proveer alguna forma de tratamiento médico a cualquier persona en situaciones de emergencias o de peligro.

El Estado debe mejorar las condiciones de los médicos, del personal de enfermería y de los trabajadores de sector de la salud.

Todos los establecimientos de salud, así como los productos, materiales y medios de publicidad relacionados con la salud, están sujetos al control del Estado. El Estado fomentará la participación de los sectores público y privado en la prestación de servicios de atención de salud, de acuerdo con la ley.


Cuba 2019

ARTÍCULO 46

Todas las personas tienen derecho a la vida, la integridad física y moral, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz, la salud, la educación, la cultura, la recreación, el deporte y a su desarrollo integral.

ARTÍCULO 72

La salud pública es un derecho de todas las personas y es responsabilidad del Estado garantizar el acceso, la gratuidad y la calidad de los servicios de atención, protección y recuperación.

El Estado, para hacer efectivo este derecho, instituye un sistema de salud a todos los niveles accesible a la población y desarrolla programas de prevención y educación, en los que contribuyen la sociedad y las familias.

La ley define el modo en que los servicios de salud se prestan.


Bután 2008

21. El Estado proporcionará acceso gratuito a todos los servicios de salud básicos prestados por la medicina moderna y la tradicional.


Venezuela 1999

Artículo 83

La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.

Artículo 84

Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público de salud dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado y no podrán ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud.

Artículo 85

El financiamiento del sistema público de salud es obligación del Estado, que integrará los recursos fiscales, las cotizaciones obligatorias de la seguridad social y cualquier otra fuente de financiamiento que determine la ley. El Estado garantizará un presupuesto para la salud que permita cumplir con los objetivos de la política sanitaria. En coordinación con las universidades y los centros de investigación, se promoverá y desarrollará una política nacional de formación de profesionales, técnicos y técnicas y una industria nacional de producción de insumos para la salud. El Estado regulará las instituciones públicas y privadas de salud.


Uruguay 1966

Artículo 44

El Estado legislará en todas las cuestiones relacionadas con la salud e higiene públicas, procurando el perfeccionamiento físico, moral y social de todos los habitantes del país.

Todos los habitantes tienen el deber de cuidar su salud, así como el de asistirse en caso de enfermedad. El Estado proporcionará gratuitamente los medios de prevención y de asistencia tan sólo a los indigentes o carentes de recursos suficientes.


Túnez 2014

Artículo 38

La salud es un derecho de todo ser humano.

El Estado garantizará el derecho a la prevención y la asistencia sanitaria a todo ciudadano, facilitando los medios necesarios para preservar la seguridad y la calidad de los servicios sanitarios.

El Estado garantizará el tratamiento médico gratuito a las personas sin recursos o con ingresos limitados, así como el derecho a la cobertura social, en virtud de lo que marque la ley.


Sudáfrica 1996

1. Toda persona tiene derecho a acceder a:

a. los servicios de cuidado de la salud, incluyendo cuidado de la salud procreadora;

3. A ninguna persona puede ser denegado tratamiento médico de urgencia.


Ruanda 2003

Artículo 21. El derecho a una buena salud

Todos los ruandeses tiene el derecho a una buena salud.


Rumania 1991

Artículo 34. El derecho a la protección de la salud

1. Se garantiza el derecho a la protección de la salud.

2. El Estado ha de tomar medidas destinadas a asegurar la higiene y la salud públicas.

3. La ley establece la organización de la asistencia médica y del sistema de seguros sociales en casos de enfermedad, accidentes, maternidad y recuperación, el control del ejercicio de las profesiones médicas y de las actividades paramédicas, así como otras medidas de protección de la salud física y psíquica de la persona.


República Dominicana 2015

Artículo 61. Derecho a la salud

Toda persona tiene derecho a la salud integral. En consecuencia:

1. El Estado debe velar por la protección de la salud de todas las personas, el acceso al agua potable, el mejoramiento de la alimentación, de los servicios sanitarios, las condiciones higiénicas, el saneamiento ambiental, así como procurar los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades, asegurando el acceso a medicamentos de calidad y dando asistencia médica y hospitalaria gratuita a quienes la requieran;

2. El Estado garantizará, mediante legislaciones y políticas públicas, el ejercicio de los derechos económicos y sociales de la población de menores ingresos y, en consecuencia, prestará su protección y asistencia a los grupos y sectores vulnerables; combatirá los vicios sociales con las medidas adecuadas y con el auxilio de las convenciones y las organizaciones internacionales.


Portugal 1976

Artículo 64. Salud

1. Todos tienen derecho a la protección de la salud y el deber de defenderla y promoverla.

2. El derecho a la protección de la salud, se realiza:

a. A través de un servicio nacional de salud universal y general que, teniendo en cuenta las condiciones económicas y sociales de los ciudadanos, será tendencialmente gratuito;

b. Mediante la creación de las condiciones económicas, sociales, culturales y ambientales que garanticen específicamente la protección de la infancia, la juventud y la vejez, y por la mejora sistemática de las condiciones de vida y de trabajo, así como por la promoción de la cultura física y deportiva, escolar y popular y también por el desarrollo de la educación sanitaria del pueblo y por las prácticas de vida saludable.

3. Para asegurar el derecho a la protección de la salud, incumbe prioritariamente al Estado:

a. Garantizar el acceso de todos los ciudadanos, con independencia de su condición económica, a los cuidados de la medicina preventiva, curativa y de rehabilitación.

b. Garantizar una cobertura racional y eficiente de todo el país mediante recursos humanos y unidades de salud.

c. Trabajar hacia la financiación pública de los costes de los cuidados médicos y de los medicamentos.

d. Disciplinar y controlar las formas empresariales privadas de medicina, articulándolas por el Servicio Nacional de Salud, como forma de asegurar en las instituciones de salud tanto públicas como privadas, patrones adecuados de eficiencia y de calidad.

e. Disciplinar y controlar la producción, distribución, comercialización y uso de los productos químicos, biológicos y farmacéuticos y otros medios de tratamiento y diagnóstico.

f. Establecer políticas de prevención de tratamiento de la tóxico-dependencia.

4. El servicio Nacional de Salud tiene gestión descentralizada y participada.


Polonia 1997

Artículo 68

1. Todos tienen derecho a la protección de su salud.

2. La igualdad de acceso a los servicios sanitarios, financiados con fondos públicos, se asegurarán a los ciudadanos, independientemente de su situación económica. Las condiciones y el alcance de la provisión de servicios se determinarán por ley.

3. Los poderes públicos garantizarán un servicio médico especial a los niños, mujeres embarazadas, personas discapacitadas y personas de edad avanzada.

4. Los poderes públicos combatirán las enfermedades epidémicas y prevendrán las consecuencias de la degradación del medioambiente negativas para la salud.

5. Los poderes públicos apoyarán el desarrollo de la cultura física, particularmente entre los niños y jóvenes.


Paraguay 1992

Artículo 68. Del derecho a la salud

El Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad.

Nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o plagas, y de socorro en los casos de catástrofes y de accidentes.

Toda persona está obligada a someterse a las medidas sanitarias que establezca la ley, dentro del respeto a la dignidad humana.

Artículo 69. Del sistema nacional de salud

Se promoverá un sistema nacional de salud que ejecute acciones sanitarias integradas, con políticas que posibiliten la concertación, la coordinación y la complementación de programas y recursos del sector público y privado.


Panamá 1972

Artículo 109

Es función esencial del Estado velar por la salud de la población de la República. El individuo, como parte de la comunidad, tiene derecho a la promoción, protección, conservación, restitución y rehabilitación de la salud y la obligación de conservarla, entendida ésta como el completo bienestar físico, mental y social.

Artículo 110

En materia de salud, corresponde primordialmente al Estado el desarrollo de las siguientes actividades, integrando las funciones de prevención, curación y rehabilitación:

1. Desarrollar una política nacional de alimentación y nutrición que asegure un óptimo estado nutricional para toda la población, al promover la disponibilidad, el consumo y el aprovechamiento biológico de los alimentos adecuados.

2. Capacitar al individuo y a los grupos sociales, mediante acciones educativas, que difundan el conocimientos de los deberes y derechos individuales y colectivos en materia de salud personal y ambiental.

3. Proteger la salud de la madre, del niño y del adolescente, garantizando una atención integral durante el proceso de gestación, lactancia, crecimiento y desarrollo en la niñez y adolescencia.

4. Combatir las enfermedades transmisibles mediante el saneamiento ambiental, el desarrollo de la disponibilidad de agua potable y adoptar medidas de inmunización, profilaxis y tratamiento, proporcionadas colectiva o individualmente, a toda la población.

5. Crear, de acuerdo con las necesidades de cada región, establecimientos en los cuales se presten servicios de salud integral y suministren medicamentos a toda la población. Estos servicios de salud y medicamentos serán proporcionados gratuitamente a quienes carezcan de recursos económicos.

6. Regular y vigilar el cumplimiento de las condiciones de salud y la seguridad que deban reunir los lugares de trabajo, estableciendo una política nacional de medicina e higiene industrial y laboral.


Reino de los Países Bajos 1814

1. Los poderes públicos tomarán medidas para promover la salud pública.


Nigeria 1999

3. El Estado dirigirá su política para garantizar

  1. a. oportunidades a todos los ciudadanos, sin discriminación de ningún grupo, para que consigan medios adecuados de vida y tengan también la oportunidad adecuada de garantizarse un empleo apropiado;
  2. b. condiciones de trabajo justas y humanas, y que hay medios adecuados para el ocio y la vida social, religiosa y cultural;
  3. c. la salud, la seguridad y el bienestar de todas las personas en su trabajo y que no se las pondrá en peligro ni se abusara de ellas;
  4. d. la existencia de instalaciones médicas y de salud adecuadas para todas las personas;
  5. e. la existencia de igualdad salarial cuando se desempeñe un mismo trabajo, sin discriminación por razón de sexo o de cualquier otra razón;
  6. f. la protección de los niños, los jóvenes y los ancianos contra la explotación de cualquier clase, y contra el abandono moral y material;
  7. g. la asistencia pública en casos de penuria o en otras condiciones de necesidad, y
  8. h. el estímulo a la evolución y la promoción de la vida familiar.


Nicaragua 1987

Artículo 59

Los nicaragüenses tienen derecho, por igual, a la salud. El Estado establecerá las condiciones básicas para su promoción, protección, recuperación y rehabilitación.

Corresponde al Estado dirigir y organizar los programas, servicios y acciones de salud y promover la participación popular en defensa de la misma.

Los ciudadanos tienen la obligación de acatar las medidas sanitarias que se determinen.

Los servicios de educación, salud y seguridad social, son deberes indeclinables del Estado, que está obligado a prestarlos sin exclusiones, a mejorarlos y ampliarlos. Las instalaciones e infraestructura de dichos servicios propiedad del Estado, no pueden ser enajenadas bajo ninguna modalidad. Los trabajadores de la educación y la salud participaran en la elaboración, ejecución y seguimiento a los planes, programas y proyectos dirigidos al sector, y se regirán por las leyes correspondientes.

Se garantiza la gratuidad de la salud para los sectores vulnerables de la población, priorizando el cumplimiento de los programas materno infantil. Se desarrollará el modelo de salud familiar y comunitaria.

Los servicios estatales de la salud y educación deberán ser ampliados y fortalecidos. Se garantiza el derecho de establecer servicios privados en las áreas de salud y educación.


Perú 1993

Artículo 7°

Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad.

El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas. Supervisa asimismo su eficaz funcionamiento.


Ecuador 2008

Son deberes primordiales del Estado:

1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.

Artículo 32

La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.

El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de genero y generacional.

El Estado garantizará a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

1. La atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicinas.

El Estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país, y les garantizará la educación, salud, vivienda, recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación. El Estado fomentará su incorporación al trabajo en condiciones justas y dignas, con énfasis en la capacitación, la garantía de acceso al primer empleo y la promoción de sus habilidades de emprendimiento.

Artículo 42

Se prohíbe todo desplazamiento arbitrario. Las personas que hayan sido desplazadas tendrán derecho a recibir protección y asistencia humanitaria emergente de las autoridades, que asegure el acceso a alimentos, alojamiento, vivienda y servicios médicos y sanitarios.

Las niñas, niños, adolescentes, mujeres embarazadas, madres con hijas o hijos menores, personas adultas mayores y personas con discapacidad recibirán asistencia humanitaria preferente y especializada.

Todas las personas y grupos desplazados tienen derecho a retornar a su lugar de origen de forma voluntaria, segura y digna.

El Estado garantizará a las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia los derechos a:

2. La gratuidad de los servicios de salud materna.

Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar.

El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes:

1. Atención a menores de seis años, que garantice su nutrición, salud, educación y cuidado diario en un marco de protección integral de sus derechos.

Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a:

1. La atención especializada en las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud para sus necesidades específicas, que incluirá la provisión de medicamentos de forma gratuita, en particular para aquellas personas que requieran tratamiento de por vida.

9. La atención psicológica gratuita para las personas con discapacidad y sus familias, en particular en caso de discapacidad intelectual.

Artículo 50

El Estado garantizará a toda persona que sufra de enfermedades catastróficas o de alta complejidad el derecho a la atención especializada y gratuita en todos los niveles, de manera oportuna y preferente.

Se reconoce a las personas privadas de la libertad los siguientes derechos:

4. Contar con los recursos humanos y materiales necesarios para garantizar su salud integral en los centros de privación de libertad.

SECCIÓN 2. Salud

Artículo 358

El sistema nacional de salud tendrá por finalidad el desarrollo, protección y recuperación de las capacidades y potencialidades para una vida saludable e integral, tanto individual como colectiva, y reconocerá la diversidad social y cultural. El sistema se guiará por los principios generales del sistema nacional de inclusión y equidad social, y por los de bioética, suficiencia e interculturalidad, con enfoque de género y generacional.

Artículo 359

El sistema nacional de salud comprenderá las instituciones, programas, políticas, recursos, acciones y actores en salud; abarcará todas las dimensiones del derecho a la salud; garantizará la promoción, prevención, recuperación y rehabilitación en todos los niveles; y propiciará la participación ciudadana y el control social.

Artículo 360

El sistema garantizará, a través de las instituciones que lo conforman, la promoción de la salud, prevención y atención integral, familiar y comunitaria, con base en la atención primaria de salud; articulará los diferentes niveles de atención; y promoverá la complementariedad con las medicinas ancestrales y alternativas.

La red pública integral de salud será parte del sistema nacional de salud y estará conformada por el conjunto articulado de establecimientos estatales, de la seguridad social y con otros proveedores que pertenecen al Estado, con vínculos jurídicos, operativos y de complementariedad.

Artículo 361

El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será responsable de formular la política nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas las actividades relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de las entidades del sector.

Artículo 362

La atención de salud como servicio público se prestará a través de las entidades estatales, privadas, autónomas, comunitarias y aquellas que ejerzan las medicinas ancestrales alternativas y complementarias. Los servicios de salud serán seguros, de calidad y calidez, y garantizarán el consentimiento informado, el acceso a la información y la confidencialidad de la información de los pacientes.

Los servicios públicos estatales de salud serán universales y gratuitos en todos los niveles de atención y comprenderán los procedimientos de diagnóstico, tratamiento, medicamentos y rehabilitación necesarios.

Artículo 363

El Estado será responsable de:

1. Formular políticas públicas que garanticen la promoción, prevención, curación, rehabilitación y atención integral en salud y fomentar prácticas saludables en los ámbitos familiar, laboral y comunitario.

2. Universalizar la atención en salud, mejorar permanentemente la calidad y ampliar la cobertura.

3. Fortalecer los servicios estatales de salud, incorporar el talento humano y proporcionar la infraestructura física y el equipamiento a las instituciones públicas de salud.

4. Garantizar las prácticas de salud ancestral y alternativa mediante el reconocimiento, respeto y promoción del uso de sus conocimientos, medicinas e instrumentos.

5. Brindar cuidado especializado a los grupos de atención prioritaria establecidos en la Constitución.

6. Asegurar acciones y servicios de salud sexual y de salud reproductiva, y garantizar la salud integral y la vida de las mujeres, en especial durante el embarazo, parto y postparto.

7. Garantizar la disponibilidad y acceso a medicamentos de calidad, seguros y eficaces, regular su comercialización y promover la producción nacional y la utilización de medicamentos genéricos que respondan a las necesidades epidemiológicas de la población. En el acceso a medicamentos, los intereses de la salud pública prevalecerán sobre los económicos y comerciales.

8. Promover el desarrollo integral del personal de salud.

Artículo 364

Las adicciones son un problema de salud pública. Al Estado le corresponderá desarrollar programas coordinados de información, prevención y control del consumo de alcohol, tabaco y sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así como ofrecer tratamiento y rehabilitación a los consumidores ocasionales, habituales y problemáticos. En ningún caso se permitirá su criminalización ni se vulnerarán sus derechos constitucionales.

El Estado controlará y regulará la publicidad de alcohol y tabaco.

Artículo 365

Por ningún motivo los establecimientos públicos o privados ni los profesionales de la salud negarán la atención de emergencia. Dicha negativa se sancionará de acuerdo con la ley.

Artículo 366

El financiamiento público en salud será oportuno, regular y suficiente, y deberá provenir de fuentes permanentes del Presupuesto General del Estado. Los recursos públicos serán distribuidos con base en criterios de población y en las necesidades de salud.

El Estado financiará a las instituciones estatales de salud y podrá apoyar financieramente a las autónomas y privadas siempre que no tengan fines de lucro, que garanticen gratuidad en las prestaciones, cumplan las políticas públicas y aseguren calidad, seguridad y respeto a los derechos. Estas instituciones estarán sujetas a control y regulación del Estado.


Estonia 1992

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.


Islandia

Artículo 23. Servicios de salud

Toda persona tiene derecho a disfrutar de una salud mental y física del más alto nivel posible.

La ley garantizará a toda persona el derecho a unos servicios de salud accesibles, apropiados y adecuados.


Italia 1947

Art 32

La República protege la salud como derecho fundamental de la persona y como interés de la colectividad, y garantiza la asistencia gratuita a los indigentes.

Nadie podrá ser obligado a someterse a un tratamiento médico, a menos que así lo establezca la ley. La ley no podrá en ningún caso violar los límites que impone el respeto a la persona humana.


Andorra 1993

Artículo 30

Se respetará el derecho a la protección de la salud ya recibir servicios para atender las necesidades personales. Con tal fin, el Estado garantizará un sistema de seguridad social.


Angola 2010

Las tareas fundamentales del Estado angoleño serán las siguientes:

f. Promover políticas que hagan universal y gratuita la atención primaria de la salud;

6. La protección de los derechos del niño, es una prioridad absoluta de la familia, el Estado y la sociedad, a saber, su educación plena y equilibrada, la atención de la salud, la educación y las condiciones de vida.

Artículo 77. (Salud y protección social)

1. El Estado promoverá y garantizará las medidas necesarias para garantizar el derecho universal a la atención médica y de salud, así como el derecho a la atención del niño y la maternidad, la atención en caso de enfermedad, discapacidad, vejez y en situaciones en que no puedan trabajar, de conformidad con la ley.

2. A fin de garantizar el derecho a la atención médica y sanitaria, el Estado estará encargado de:

a. Desarrollar y garantizar un servicio operativo de salud en todo el territorio nacional;

b. Reglamentar la producción, distribución, comercialización, venta y utilización de productos químicos, biológicos y farmacéuticos y otros medios de tratamiento y diagnóstico;

c. Fomentar el desarrollo de la formación médica y quirúrgica y la investigación en medicina y atención de la salud.

3. Las iniciativas privadas y cooperativas en las esferas de la atención de la salud, el bienestar y la seguridad social serán supervisadas por el Estado y se ejercerán en las condiciones prescritas por la ley.

2. Las políticas públicas relativas a la familia, la educación y la salud deben salvaguardar el principio del interés superior del niño, como medio de garantizar su pleno desarrollo físico, mental y cultural.


Armenia 1995

Artículo 85. Atención de la salud

1. De conformidad con la ley, toda persona tendrá derecho a la protección de la salud.

2. La ley establecerá la lista de los servicios médicos básicos que se prestan gratuitamente y el procedimiento para su prestación.


Argelia 2020

ART. 65

Todas las personas tienen derecho a la asistencia sanitaria.

El Estado garantizará la calidad del tratamiento y la continuidad de los servicios de salud.

El Estado será responsable de prevenir y combatir las enfermedades epidémicas y endémicas y mejorará permanentemente las condiciones de vida y de trabajo.

El Estado garantizará la concesión de condiciones de trato a los indigentes.

El Estado garantizará la promoción de la educación física, el deporte y el entretenimiento.


Albania 1998

Artículo 55

1. Los ciudadanos gozan en pie de igualdad del derecho a la atención de la salud del Estado.

2. Toda persona tiene derecho al seguro médico de conformidad con el procedimiento previsto por la ley.


Afganistán 2004

Artículo 52

El Estado proporcionará atención médica preventiva gratuita y tratamiento de enfermedades, así como servicios médicos a todos los ciudadanos, de conformidad con las disposiciones de la ley. El establecimiento y la ampliación de los servicios médicos privados, así como de centros de salud, serán alentados y protegidos por el Estado de conformidad con las disposiciones de la ley. El Estado adoptará las medidas necesarias para fomentar la educación física sana y el desarrollo de los deportes nacionales y locales.


Zimbabue 2013

29. Servicios de salud

1. El Estado debe adoptar todas las medidas prácticas para garantizar la prestación de servicios de salud básicos, accesibles y adecuados en todo el país.

2. El Estado debe adoptar medidas apropiadas, justas y razonables para garantizar que no se niegue a ninguna persona el tratamiento médico de emergencia en ninguna institución de salud.

3. El Estado debe adoptar todas las medidas preventivas, dentro de los límites de los recursos de que dispone, incluidos programas de educación y sensibilización del público, contra la propagación de enfermedades.

76. Derecho a la atención de la salud

1. Todo ciudadano y residente permanente de Zimbabwe tiene derecho a acceder a los servicios básicos de atención de la salud, incluidos los servicios de salud reproductiva.

2. Toda persona que vive con una enfermedad crónica tiene derecho a acceder a los servicios básicos de salud para la enfermedad.

3. No se puede negar a ninguna persona el tratamiento médico de emergencia en ninguna institución de atención de la salud.

4. El Estado debe adoptar medidas legislativas y de otra índole razonables, dentro de los límites de los recursos de que disponga, para lograr la realización progresiva de los derechos enunciados en esta sección.


Yemen 1991

Artículo 32

La educación, la salud y los servicios sociales son los pilares básicos para construir y desarrollar la sociedad. La sociedad participará junto con el Estado en su provisión.

Artículo 55

La atención de la salud es un derecho para todos los ciudadanos. El Estado lo garantizará mediante la construcción de diversos hospitales y establecimientos de salud y la ampliación de su atención. La ley organizará la profesión médica. La ampliación de los servicios de salud gratuitos y la educación sanitaria entre los ciudadanos.


Vietnam 1992

1. El ciudadano tiene derecho a la atención y protección de la salud, igual en el uso de los servicios médicos, y tiene el deber de aplicar normas relativas a la profiláctica, así como al examen y tratamiento médicos.

Artículo 58

1. El Estado invertirá en el desarrollo de la protección y el cuidado de la salud de la población, ejercerá un seguro médico para toda la población y ejercerá una política prioritaria de atención de la salud para los montañeros, las minorías nacionales, los isleños y las personas que viven en condiciones económicas y sociales extremadamente difíciles.

2. Es responsabilidad del Estado, la sociedad, la familia y el ciudadano velar por el cuidado y la protección de las madres y los niños y llevar a la práctica la planificación familiar.


Uzbekistán 1992

Artículo 40

Toda persona tendrá derecho a recibir atención médica calificada.


Emiratos Árabes Unidos 1971

Artículo 19

La comunidad proporcionará a todos los ciudadanos atención médica y medios de prevención y tratamiento de enfermedades y epidemias, y promoverá el establecimiento de hospitales, clínicas y centros de tratamiento públicos y privados.


Ucrania 1996

Artículo 49

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud, la atención médica y el seguro médico.

La protección de la salud se garantiza mediante la financiación estatal de los correspondientes programas socioeconómicos, médicos y sanitarios, de mejora de la salud y profilácticos.

El Estado crea las condiciones necesarias para que todos los ciudadanos puedan acceder a un servicio médico eficaz. Las instituciones estatales y comunales de protección de la salud proporcionan atención médica gratuita; no se reducirá la red existente de esas instituciones. El Estado promueve el desarrollo de instituciones médicas de todas las formas de propiedad.

El Estado prevé el desarrollo de la cultura física y el deporte, y garantiza el bienestar sanitario epidémico.


Uganda 1995

El Estado se esforzará por hacer efectivos los derechos fundamentales de todos los ugandeses a la justicia social y al desarrollo económico y, en particular, velará por que,

b. todos los ugandeses gozan de derechos y oportunidades y de acceso a la educación, los servicios de salud, el agua potable y salubre, el trabajo, la vivienda decente, la ropa adecuada, la seguridad alimentaria y las pensiones y las prestaciones de jubilación.

XX. Servicios médicos

El Estado adoptará todas las medidas prácticas para garantizar la prestación de servicios médicos básicos a la población.


Turkmenistán 2008

Artículo 52

Todo ciudadano tiene derecho a la atención de la salud, incluido el uso gratuito de los servicios de las instituciones públicas de salud.

La atención médica y no tradicional remunerada se permitirá con arreglo al procedimiento establecido por la ley y de conformidad con él.


Turquía 1982

ARTÍCULO 56

Toda persona tiene derecho a vivir en un entorno sano y equilibrado.

El Estado y los ciudadanos tienen el deber de mejorar el medio ambiente natural, proteger la salud ambiental y prevenir la contaminación ambiental.

El Estado regulará la planificación central y el funcionamiento de los servicios de salud para asegurar que todos lleven una vida sana física y mentalmente, y brindará cooperación ahorrando e incrementando la productividad de los recursos humanos y materiales.

El Estado cumplirá esta tarea utilizando y supervisando las instituciones sanitarias y de asistencia social, tanto en el sector público como en el privado.

A fin de establecer servicios de salud generalizados, la ley puede establecer un seguro general de salud.


Togo 1992

Artículo 34

El Estado reconoce a los ciudadanos el derecho a la salud. Trabaja para promocionarlo.


Timor Oriental 2002

Artículo 57. Salud

1. Todos tienen derecho a la salud y la atención médica, así como el deber de protegerlos y promoverlos.

2. El Estado promueve la creación de un servicio nacional de salud universal y general. El servicio nacional de salud será gratuito de conformidad con las posibilidades del Estado y de conformidad con la ley.

3. El servicio nacional de salud tendrá, en la medida de lo posible, una gestión participativa descentralizada.


Tailandia 2017

Artículo 47

Toda persona tendrá derecho a recibir los servicios de salud pública prestados por el Estado.

Toda persona indigente tendrá derecho a recibir gratuitamente los servicios de salud pública prestados por el Estado, de conformidad con lo dispuesto por la ley.

Toda persona tendrá derecho a la protección y erradicación gratuitamente por el Estado de las enfermedades contagiosas nocivas, de conformidad con lo dispuesto en la ley.

Sección 55

El Estado velará por que las personas reciban servicios de salud pública eficientes universalmente, velará por que el público tenga los conocimientos básicos en relación con la promoción de la salud y la prevención de enfermedades, y promoverá y apoyará el desarrollo de la sabiduría sobre la medicina tradicional tailandesa para maximizar sus beneficios.

Los servicios de salud pública previstos en el párrafo 1 abarcarán la promoción de la salud, el control y la prevención de enfermedades, el tratamiento médico y la rehabilitación.

El Estado mejorará continuamente el nivel y la calidad de los servicios de salud pública.


Tayikistán 1994

Artículo 38

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. En el marco establecido por la ley, todas las personas gozan de asistencia médica gratuita en los establecimientos sanitarios del Estado. El Estado adopta medidas para mejorar el medio ambiente, el desarrollo del deporte de masas, la cultura física y el turismo.

Otras formas de prestación de asistencia médica están determinadas por la ley.


República de China 1947

Artículo 157

El Estado, a fin de mejorar la salud nacional, establecerá amplios servicios de saneamiento y protección de la salud, así como un sistema de atención médica pública.

El Estado promoverá el seguro médico universal y promoverá la investigación y el desarrollo de las medicinas modernas y tradicionales.


Suiza 1999

1. La Confederación y los cantones, como complemento de la responsabilidad personal y la iniciativa privada, procurarán que:

b. toda persona tiene acceso a la atención de salud que necesita;


Surinam 1987

Artículo 24

El Estado se encargará de la creación de condiciones en las que se obtenga una satisfacción óptima de las necesidades básicas de trabajo, alimentación, salud, educación, energía, ropa y comunicación.

Artículo 36

1. Toda persona tiene derecho a la salud.

2. El Estado promoverá la atención general de la salud mediante la mejora sistemática de las condiciones de vida y de trabajo y proporcionará información sobre la protección de la salud.


Sudán del Sur 2011

31. Atención de la Salud Pública

Todos los niveles de gobierno promoverán la salud pública, establecerán, rehabilitarán y desarrollarán instituciones médicas y de diagnóstico básicas y proporcionarán atención primaria de la salud gratuita y servicios de emergencia a todos los ciudadanos.

Los poderes ejecutivo y legislativo exclusivos de un Estado serán los siguientes:

13. Establecimiento, reglamentación y prestación de servicios de salud, incluidos hospitales y otros centros de salud;


Sudán 2019

14. Desempeñar un papel activo en el bienestar social y lograr el desarrollo social esforzándose por proporcionar atención sanitaria, educación, vivienda y seguridad social, y trabajar en el mantenimiento de un medio ambiente natural limpio y la biodiversidad en el país y protegerlo y desarrollarlo de manera que garantice el futuro de las generaciones .

65. Derecho a la salud

El Estado se compromete a proporcionar atención primaria de salud y servicios de emergencia gratuitos a todos los ciudadanos, a desarrollar la salud pública y a establecer, desarrollar y rehabilitar instituciones sanitarias y de diagnóstico básico.


Somalia 2012

2. Toda persona tiene derecho a la atención sanitaria, y nadie puede ser denegado por ningún motivo, incluida la falta de capacidad económica.


Eslovenia 1991

Artículo 51. Derecho a la atención de la salud

Toda persona tiene derecho a la atención de la salud en las condiciones previstas por la ley.

Los derechos a la atención de la salud con cargo a fondos públicos estarán previstos por la ley.

Nadie puede ser obligado a someterse a tratamiento médico salvo en los casos previstos por la ley.


Eslovaquia 1992

Artículo 40

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. Sobre la base del seguro público, los ciudadanos tienen derecho a la atención médica gratuita y a suministros médicos en las condiciones establecidas por la ley.


Sierra Leona 1991

8. Objetivos sociales

3. El Estado orientará su política hacia asegurar que:

  1. a. todo ciudadano, sin discriminación por ningún motivo, tendrá la oportunidad de asegurar medios de subsistencia adecuados, así como oportunidades adecuadas para conseguir un empleo adecuado;
  2. b. las condiciones de servicio y de trabajo sean justas, justas y humanas y que existan instalaciones adecuadas para el esparcimiento y la vida social, religiosa y cultural;
  3. c. la salud, la seguridad y el bienestar de todas las personas empleadas estén protegidas y no sean amenazadas ni maltratadas, y en particular que se preparen disposiciones especiales para las mujeres que trabajan con hijos, teniendo debidamente en cuenta los recursos del Estado;
  4. d. existan instalaciones médicas y sanitarias adecuadas para todas las personas, teniendo debidamente en cuenta los recursos del Estado;
  5. e. que haya igualdad de remuneración por trabajo igual sin discriminación por razón de sexo, y que se pague una remuneración adecuada y satisfactoria a todas las personas empleadas;
  6. f. se promoverá y salvaguardará activamente la atención y el bienestar de las personas de edad, los jóvenes y los discapacitados.


Seychelles 1993

1. El Estado reconoce el derecho de todo ciudadano a la protección de la salud y al disfrute de un nivel alcanzable de salud física y mental y, con miras a garantizar el ejercicio efectivo de este derecho,

  1. a. a que adopten medidas para proporcionar atención primaria gratuita de la salud en las instituciones estatales a todos sus ciudadanos.
  2. b. adoptar medidas apropiadas para prevenir, tratar y controlar las enfermedades epidémicas y otras enfermedades;
  3. c. adoptar medidas para reducir la mortalidad infantil y promover el desarrollo saludable del niño;
  4. d. promover la responsabilidad individual en materia de salud;
  5. e. permitir, con sujeción a la supervisión y las condiciones necesarias en una sociedad democrática, el establecimiento de servicios médicos privados.


Serbia 2006

Artículo 68. Atención de la salud

Toda persona tiene derecho a la protección de su salud mental y física.

La atención de la salud de los niños, las mujeres embarazadas, las madres con licencia de maternidad, los progenitores solteros con hijos menores de 7 años y las personas de edad se prestará con cargo a los ingresos públicos, a menos que se preste de alguna otra manera de conformidad con la ley.

El seguro médico, la atención médica y el establecimiento de fondos para la atención de la salud estarán regulados por la ley.

La República de Serbia contribuirá al desarrollo de la salud y la cultura física.


Senegal 2001

La República del Senegal garantiza a todos los ciudadanos las libertades individuales fundamentales, los derechos económicos y sociales, así como los derechos colectivos. Estas libertades y derechos son, en particular, los siguientes:

el derecho a la salud,

El Estado y las colectividades públicas tienen el deber de velar por la salud física y moral de la familia y, en particular, de las personas discapacitadas y de las personas de edad.

El Estado garantiza a las familias en general y a las personas que viven en [el] medio rural en particular [,] el acceso a los servicios de salud y bienestar. Garantiza por igual a las mujeres en general y a las que viven en [el] medio rural en particular el derecho a aliviar sus condiciones de vida.


Arabia Saudita 1992

Artículo 31

El Estado procurará promover la salud pública y prestará atención médica a todos los ciudadanos.


Santo Tomé y Príncipe 1975

Artículo 50. Derecho a la atención de la salud

1. Todos tienen derecho a la atención de la salud y el deber de defenderla.

2. De conformidad con el Sistema Nacional de Salud, corresponde al Estado promover la Salud Pública, que tiene como objetivos el bienestar físico y mental de las poblaciones y su equilibrio en el entorno socioecológico en el que viven.

3. El ejercicio de la práctica médica privada está permitido, en las condiciones establecidas por la ley.


Qatar 2003

Artículo 23

El Estado se ocupa de la salud pública y proporciona los medios de protección y tratamiento contra enfermedades y epidemias, de conformidad con la ley.


Papúa Nueva Guinea 1975

EN CONSECUENCIA, PEDIMOS QUE,

4. mejorar el nivel de nutrición y el nivel de salud pública para que nuestro pueblo pueda alcanzar la autorealización; y


Palaos 1981

ARTÍCULO VI. RESPONSABILIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL

El gobierno nacional adoptará medidas positivas para alcanzar estos objetivos nacionales y aplicar estas políticas nacionales: conservación de un medio natural hermoso, saludable e ingenioso; promoción de la economía nacional; protección de la seguridad de las personas y los bienes; promoción de la economía nacional; la salud y el bienestar social de los ciudadanos mediante la prestación de atención sanitaria gratuita o subvencionada y la educación pública para los ciudadanos, que será gratuita y obligatoria según lo prescrito por la ley.


Omán 1996

Los principios sociales

El Estado es responsable de la salud pública y de los medios de prevención y tratamiento de enfermedades y epidemias. El Estado procura proporcionar atención médica a todos los ciudadanos y alienta el establecimiento de hospitales privados, policlínicas e instituciones médicas bajo su supervisión y de conformidad con las normas establecidas por la ley. El Estado también trabaja para la conservación del medio ambiente, su protección y la prevención de la contaminación.


Macedonia del Norte 1991

Artículo 39

Todo ciudadano tiene garantizado el derecho a la atención de la salud.

Los ciudadanos tienen el derecho y el deber de proteger y promover su propia salud y la de los demás.


Níger 2010

Artículo 13

Toda persona tiene derecho a disfrutar del mejor estado de salud física y moral.

El Estado vela por la creación de las condiciones adecuadas para asegurar a todos los servicios médicos y asistencia médica en caso de enfermedad.

La ley determina las modalidades de aplicación de esta disposición.


Nepal 2015

35. Derecho a la atención de la salud

1. Todo ciudadano tiene derecho a solicitar servicios básicos de atención de la salud del Estado y ningún ciudadano podrá ser privado de atención médica de emergencia.

2. Toda persona tendrá derecho a ser informada de su estado de salud en lo que respecta a los servicios de atención de la salud.

3. Toda persona tendrá igualdad de acceso a la atención de la salud.

4. Todo ciudadano tendrá derecho a acceder al agua potable y a la higiene.

El Estado aplicará las siguientes políticas:

h. Políticas relativas a las necesidades básicas de los ciudadanos:

  1. 1. Hacer que la educación sea científica, técnica, profesional, orientada a las habilidades y al empleo y a las personas con el fin de preparar los recursos humanos para ser competentes, competitivos, morales y comprometidos con el interés nacional.
  2. 2. Aumentar la inversión del Estado en el sector educativo y reglamentar y gestionar la inversión del sector privado en él para orientar los servicios educativos.
  3. 3. Facilidad de acceso a la educación superior, de alta calidad y accesible, y gradualmente haciéndola gratuita.
  4. 4. Establecer y promover centros de información y bibliotecas para el desarrollo de la personalidad de los ciudadanos.
  5. 5. El Estado aumentará gradualmente las inversiones necesarias en el sector de la salud pública a fin de sanar a los ciudadanos.
  6. 6. Garantizar el acceso fácil y equitativo a una atención de salud de alta calidad para todos.
  7. 7. Proteger y promover el sistema medicinal tradicional de Nepal, como el ayurveda, los medicamentos naturales y la homeopatía;
  8. 8. El Estado aumentará gradualmente la inversión en el sector de la salud y la orientará al servicio mediante la regulación y gestión de las inversiones del sector privado en él.
  9. 9. Aumentar gradualmente el número de instituciones de salud y trabajadores sanitarios, al tiempo que se hace hincapié en la investigación sobre la salud a fin de poner a disposición de todos los servicios de salud cualitativos.
  10. 10. La política del Estado es aumentar la esperanza general de vida mediante la disminución de la tasa de mortalidad maternoinfantil fomentando la gestión de la población en planificación familiar basada en las necesidades y la capacidad del país.
  11. 11. Desarrollar zonas de asentamiento bien planificadas y organizadas mediante la gestión de los asentamientos no planificados.
  12. 12. Aumentar la inversión en el sector agrícola mediante la adopción de las disposiciones necesarias para la productividad, el suministro, el almacenamiento y la seguridad sostenibles, y al mismo tiempo facilitarla con una distribución efectiva de granos alimentarios fomentando la productividad alimentaria que se adapte a las condiciones del suelo y el clima del país en de conformidad con las normas de soberanía alimentaria.
  13. 13. Establecer un sistema de suministro bien planificado, garantizando la igualdad de acceso de los ciudadanos a las necesidades y servicios básicos, y dando prioridad a las zonas y regiones remotas que han quedado rezagadas.
  14. 14. Aumentar la inversión en el sector del transporte garantizando un acceso sencillo, fácil e igualitario de todos los ciudadanos a las instalaciones de transporte, y dando prioridad a la tecnología respetuosa con el medio ambiente, fomentando el transporte público y el transporte privado de calidad, al tiempo que hace que el sector del transporte sea seguro y adecuado gestionado y amistoso para discapacitados.
  15. 15. Garantizar la póliza de seguro para los ciudadanos y hacer arreglos para su acceso a la atención médica.


Birmania 2008

367. Todo ciudadano, de conformidad con la política sanitaria establecida por la Unión, tendrá derecho a la asistencia sanitaria.


Mozambique 2004

Artículo 89. Salud

Todos los ciudadanos tienen derecho a la atención médica y de salud, en los términos de la ley, y tienen el deber de promover y proteger la salud pública.

Artículo 116. Salud

1. La atención médica y sanitaria de los ciudadanos se organizará a través de un sistema nacional de salud que beneficiará a todos los mozambiqueños.

2. Para alcanzar los objetivos del sistema nacional de salud, la ley establecerá las formas en que se presta la atención médica y sanitaria.

3. El Estado alentará a los ciudadanos y a las instituciones a participar en la mejora del nivel de salud en la comunidad.

4. El Estado promoverá la ampliación de la atención médica y de salud y la igualdad de acceso de todos los ciudadanos al disfrute de este derecho.

5. El Estado será responsable de promover, supervisar y controlar la producción, la venta y el uso de productos químicos, biológicos y farmacéuticos y otras formas de tratamiento y diagnóstico.

6. Las actividades médicas y de atención de la salud llevadas a cabo por entidades colectivas y privadas se llevarán a cabo de conformidad con la ley y estarán sujetas a la supervisión del Estado.


Marruecos 2011

El Estado, los establecimientos públicos y las colectividades territoriales trabajan para movilizar todos los medios disponibles para facilitar la igualdad de acceso de los ciudadanos [femeninos] y ciudadanos [masculinos] a condiciones que les permitan disfrutar del derecho a:

a la atención sanitaria;

[Los siguientes] son del ámbito de la ley, aparte de las materias que le corresponden expresamente otros artículos de la Constitución:

los principios y normas del sistema de salud;


Montenegro 2007

Artículo 69. Protección de la salud

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

Un niño, una mujer embarazada, una persona de edad y una persona con discapacidad tendrán derecho a la protección de la salud con cargo a los ingresos públicos, si no ejercen este derecho por otros motivos.


Mongolia 1992

Se garantizará a los ciudadanos de Mongolia el ejercicio de los siguientes derechos y libertades:

6. El derecho a la protección de la salud ya recibir atención médica. La ley determinará el procedimiento y las condiciones de la asistencia médica gratuita.


Moldavia 1994

Artículo 36. Derecho a la protección de la salud

1. Se garantizará el derecho a la protección de la salud.

2. El seguro médico mínimo proporcionado por el Estado será gratuito.

3. La estructura del sistema nacional de asistencia médica y los medios necesarios para proteger la salud física y mental de las personas se establecerán en la ley orgánica.

1. El Estado estará obligado a adoptar medidas encaminadas a garantizar a toda persona y a su familia un nivel de vida digno, la protección de la salud y el bienestar, incluidos alimentos, vestido, vivienda, atención médica y los servicios sociales necesarios.


Estados Federados de Micronesia 1978

Sección 1

El Gobierno nacional de los Estados Federados de Micronesia reconoce el derecho de la población a la educación, la atención de la salud y los servicios jurídicos y adoptará todas las medidas razonables y necesarias para prestar esos servicios.


Islas Marshall 1979

Sección 15. Salud, Educación y Servicios Jurídicos

El Gobierno de la República de las Islas Marshall reconoce el derecho de la población a la atención de la salud, la educación y los servicios jurídicos y la obligación de adoptar todas las medidas razonables y necesarias para prestar esos servicios.


Malí 1992

Artículo 17

La educación, la instrucción, la formación, el trabajo, la vivienda, el esparcimiento, la salud y la protección social constituyen derechos reconocidos.


Maldivas 2008

Todos los ciudadanos tienen los siguientes derechos en virtud de esta Constitución, y el Estado se compromete a lograr la realización progresiva de estos derechos mediante medidas razonables dentro de sus posibilidades y recursos:

d. un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado;


Malaui 1994

El Estado promoverá activamente el bienestar y el desarrollo del pueblo de Malawi adoptando y aplicando progresivamente políticas y leyes encaminadas a lograr los siguientes objetivos:

c. Salud
Proporcionar una atención sanitaria adecuada, acorde con las necesidades sanitarias de la sociedad malaui y las normas internacionales de atención de la salud.


Madagascar 2010

Artículo 19

El Estado reconoce y organiza para todas las personas el derecho a la protección de la salud desde su concepción mediante la organización de una atención pública gratuita de salud, que es fruto de la capacidad de solidaridad nacional.


Liechtenstein 1921

Art. 18

El Estado será responsable del sistema de salud pública, asistirá a las instituciones de atención a los enfermos y procurará, por ley, luchar contra la intemperancia y reformar a los alcohólicos y a las personas tímidas en el trabajo.


Libia

Artículo 57. Derecho a la salud

La salud es un derecho de todo ser humano y es un deber para el Estado y la sociedad. El derecho a vivir en un entorno sano está garantizado a todos. El Estado garantizará una atención sanitaria integral y de calidad a todos los ciudadanos y les prestará servicios preventivos. También les prestará servicios de tratamiento en todas las etapas sobre la base de un sistema de comprensión mutua de la responsabilidad. Garantizar una distribución geográfica equitativa de los centros de salud. Queda prohibido no proporcionar tratamiento de diversas formas a ningún ser humano en casos de emergencia o peligro para la vida.


Liberia 1986

Artículo 8

La República orientará su política hacia garantizar a todos los ciudadanos, sin discriminación alguna, oportunidades de empleo y medios de subsistencia en condiciones justas y humanas, y hacia la promoción de instalaciones de seguridad, salud y bienestar en el empleo.


Letonia 1922

Artículo 111

El Estado protegerá la salud humana y garantizará un nivel básico de asistencia médica para todos.


Laos 1991

Artículo 25 (modificado)

El Estado se centra en mejorar y ampliar los servicios de salud pública para cuidar y promover la salud de la población.

El Estado y la sociedad se centran en la construcción, la mejora de los sistemas de prevención de enfermedades, la prestación de servicios de salud de calidad a todas las personas y la creación de condiciones para garantizar que todas las personas tengan acceso a la atención de la salud, especialmente las mujeres y los niños, los pobres y las personas que viven en zonas remotas, para garantizar la buena salud de la población.

El Estado promueve la inversión del sector privado en los servicios públicos de salud para promoverlos y modernizarlos.

Todos los servicios de salud tienen prohibido violar las leyes y reglamentos.


Kirguistán 2010

2. La República Kirguisa garantizará el apoyo a las categorías de ciudadanos socialmente vulnerables, garantizará un nivel mínimo de remuneración laboral y la protección del trabajo y la salud.

3. La República Kirguisa establecerá un sistema de servicios sociales, servicios médicos, establecerá pensiones estatales, prestaciones y otras garantías de seguridad social.

Artículo 47

1. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

2. El Estado creará las condiciones para la prestación de servicios médicos a todos y adoptará medidas para desarrollar los sectores público, municipal y privado de la salud.

3. El servicio médico gratuito y el servicio médico en condiciones preferenciales se garantizarán dentro del volumen de garantías estatales previstas en la ley.

4. La retención de hechos y circunstancias que pongan en peligro la vida y la salud de las personas por funcionarios estará sujeta a la responsabilidad establecida por la ley.


Kuwait 1962

Artículo 15

El Estado cuidará la salud pública mediante medidas de precaución y curación de enfermedades y epidemias.


Corea del Sur 1948

3. El Estado protegerá la salud de todos los ciudadanos.


Corea del Norte 1972

Artículo 56

El Estado protegerá la vida de la población y mejorará la salud de los trabajadores consolidando y desarrollando el sistema de servicio médico gratuito universal y mejorando el sistema médico de distrito y el sistema de medicina preventiva.

Artículo 72

Los ciudadanos tienen derecho a atención médica gratuita, y todas las personas que ya no puedan trabajar por razones de vejez, enfermedad o discapacidad física, y las personas de edad y los menores que carecen de medios de apoyo tienen derecho a asistencia material. Este derecho está garantizado por la atención médica gratuita, la ampliación de la red de hospitales, sanatorios y otras instituciones médicas, la seguridad social del Estado y otros sistemas de seguridad social.


Kazajistán 1995

Artículo 29

1. Los ciudadanos de la República de Kazajstán tienen derecho a la protección de la salud.

2. Los ciudadanos de la República tienen derecho a la asistencia médica gratuita, garantizada y amplia establecida por la ley.

3. El tratamiento médico remunerado será proporcionado por instituciones médicas estatales y privadas, así como por las personas dedicadas a la práctica médica privada en las condiciones y los procedimientos estipulados por la ley.


Hungría 2011

Artículo XX

1. Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.

2. Hungría promoverá la aplicación efectiva del derecho contemplado en el apartado 1 por una agricultura libre de organismos modificados genéticamente, garantizando el acceso a alimentos sanos y agua potable, organizando la seguridad en el trabajo y la asistencia sanitaria, apoyando los deportes y el ejercicio físico regular, así como garantizando la protección del medio ambiente.


Guyana 1980

24. Derecho a la atención médica y a la asistencia social en caso de vejez y discapacidad

Todo ciudadano tiene derecho a atención médica gratuita y también a asistencia social en caso de vejez o discapacidad.


Guinea-Bisáu 1984

Artículo 15

El objetivo principal de la salud pública es promover el bienestar físico y mental de la población y la inserción equilibrada en el entorno socioecológico donde vive. Debe orientarse hacia la prevención y debe aspirar a la socialización progresiva de los sectores de la medicina y la medicina farmacéutica.


Guinea 2010

Artículo 15

Cada uno tiene derecho a la salud y al bienestar físico. El Estado tiene el deber de promoverlas, de luchar contra las epidemias y las calamidades sociales [fléaux].


Georgia 1995

4. El Estado se encargará de la atención de la salud humana y la protección social, garantizando una vivienda mínima de subsistencia y digna, y protegiendo el bienestar de la familia. El Estado promoverá el empleo de los ciudadanos. Las condiciones para establecer el mínimo de subsistencia se determinarán por ley.

Artículo 28. Derecho a la protección de la salud

1. La ley garantiza el derecho de los ciudadanos a servicios de atención de la salud asequibles y de calidad.

2. El Estado ejercerá el control sobre todas las instituciones sanitarias y la calidad de los servicios médicos, y regulará la producción y circulación de productos farmacéuticos.


Gambia

1. Toda persona tiene derecho a...

a. el más alto nivel posible de salud, que incluye el derecho a los servicios de atención de la salud, incluida la atención de la salud reproductiva;


Finlandia 1999

Las autoridades públicas garantizarán a todos, según lo previsto en una ley, servicios sociales, sanitarios y médicos adecuados y promoverán la salud de la población. Además, las autoridades públicas apoyarán a las familias y otras personas encargadas de la atención de los niños para que puedan garantizar el bienestar y el desarrollo personal de los niños.


Fiyi 2013

38. Derecho a la salud

1. El Estado debe adoptar medidas razonables, dentro de los límites de los recursos disponibles, para lograr la realización progresiva del derecho de toda persona a la salud y a las condiciones e instalaciones necesarias para una buena salud, así como a los servicios de atención de la salud, incluida la atención de la salud reproductiva.

2. No se debe negar a una persona tratamiento médico de emergencia.

3. Al aplicar cualquier derecho previsto en esta sección, si el Estado afirma que no dispone de los recursos necesarios para aplicarlo, es responsabilidad del Estado demostrar que los recursos no están disponibles.


Etiopía 1994

4. El Estado tiene la obligación de asignar recursos cada vez mayores a la prestación de servicios públicos de salud, educación y otros servicios sociales.

1. En la medida en que los recursos del país lo permitan, las políticas tendrán por objeto proporcionar a todos los etíopes acceso a la salud pública y la educación, al agua potable, a la vivienda, a la alimentación y a la seguridad social.


Suazilandia 2005

8. Sin comprometer la calidad, el Estado promoverá la educación básica gratuita y obligatoria para todos y adoptará todas las medidas prácticas para garantizar la prestación de servicios básicos de atención de la salud a la población.


República Checa 1993

Artículo 31

Toda persona tiene derecho a la protección de su salud. Los ciudadanos tienen derecho, sobre la base del seguro público, a atención médica gratuita ya asistencia médica gratuita en las condiciones previstas por la ley.


Croacia 1991

Artículo 58

Se garantizará a toda persona el derecho a la atención de la salud, de conformidad con la ley.


Costa de Marfil 2016

Todas las personas también tienen derecho a acceder a los servicios de atención de la salud.


República del Congo 2015

Artículo 36

El Estado es el garante de la salud pública.

El Estado garantiza el derecho a crear establecimientos sociosanitarios privados [établissements socio-sanitaires] en las condiciones establecidas por la ley.


República Democrática del Congo 2005

Artículo 47

Se garantiza el derecho a la salud ya [un] suministro seguro de alimentos.

La ley especifica los principios fundamentales y las normas de organización para la salud pública y el suministro seguro de alimentos.


Comoras 2018

Artículo 42

Todos los ciudadanos tienen derecho a la salud.

Incumbe, en particular, al Estado:

asegurar un servicio nacional de salud general y jerárquico;

fomentar y apoyar la participación de la comunidad en los diferentes niveles de los servicios de salud, así como en las iniciativas públicas y privadas de salud.


China 1982

El Estado desarrolla servicios médicos y de salud, promueve la medicina moderna y la medicina tradicional china, fomenta y apoya la creación de diversas instalaciones médicas y de salud por parte de los colectivos económicos rurales, empresas y empresas estatales y organizaciones vecinales, y promueve el saneamiento actividades de carácter masivo, todo ello para proteger la salud de la población.

Los ciudadanos de la República Popular China tienen derecho a la asistencia material del Estado y de la sociedad cuando son ancianos, enfermos o discapacitados. El Estado desarrolla el seguro social, la asistencia social y los servicios médicos y de salud necesarios para que los ciudadanos puedan disfrutar de este derecho.


República Centroafricana 2016

Artículo 8

El Estado garantiza a todos el derecho de acceso a los establecimientos de atención pública, así como el disfrute de tratamientos médicos adecuados proporcionados por profesionales capacitados y dotados de los equipos necesarios.

Los establecimientos privados de atención pueden abrirse con la autorización del Estado y en las condiciones establecidas por la ley.

Están bajo el control de los servicios del Estado y/o de las Colectividades Territoriales.

El Estado podrá, cuando las circunstancias así lo exijan y con vistas a la protección de la salud pública, adoptar medidas temporales de control, prevención e incluso restricción de las libertades.


Cabo Verde 1980

1. Toda persona tiene derecho a la salud y el deber de defenderla y promoverla, independientemente de su condición económica.

3. Para garantizar el derecho a la salud, el Estado tiene las siguientes obligaciones:

a. Asegurar, de acuerdo con los recursos económicos disponibles, un servicio nacional de salud basado en una atención integral, con prioridad a las actividades preventivas;


Camboya 1993

Artículo 72

Se garantizará la salud de la población. El Estado prestará atención a la prevención de enfermedades y al tratamiento médico. Las personas pobres recibirán consultas médicas gratuitas en hospitales públicos, enfermería y maternidades.

El Estado establecerá enfermerías y clínicas de maternidad en las zonas rurales.


Burundi 2018

Artículo 55

Toda persona tiene derecho a acceder a la atención de la salud.


Burkina Faso 1991

Artículo 18

Educación, agua potable y saneamiento, instrucción, formación [profesional], seguridad social, vivienda, energía, deporte, esparcimiento, salud, protección de la maternidad y de la infancia, asistencia a las personas de edad, a las personas con discapacidad y [a las personas] en casos sociales, [y] artísticas y la creación científica, constituyen los derechos sociales y culturales reconocidos por esta Constitución que se ocupa de su promoción.

Artículo 26

Se reconoce el derecho a la salud. El Estado trabaja para promoverlo.


Bulgaria 1991

Artículo 52

1. Los ciudadanos tienen derecho a un seguro médico que les garantice una atención médica asequible ya la atención médica gratuita de conformidad con las condiciones y procedimientos establecidos por la ley.

2. La atención médica se financiará con cargo al presupuesto del Estado, por los empleadores, a través de planes privados y colectivos de seguro médico y de otras fuentes, de conformidad con las condiciones y procedimientos establecidos por la ley.

3. El Estado protegerá la salud de todos los ciudadanos y promoverá el desarrollo del deporte y el turismo.

4. Nadie podrá ser sometido a tratamiento médico forzado ni a medidas sanitarias salvo en las circunstancias establecidas por la ley.

5. El Estado ejercerá control sobre todas las instalaciones médicas y sobre la producción y el comercio de productos farmacéuticos, sustancias biológicamente activas y equipo médico.


Benín 1990

ARTÍCULO 8

La persona humana es sagrada e inviolable.

El Estado tiene la obligación absoluta de respetarlo y protegerlo. Le garantizará un florecimiento completo. A tal fin, garantizará a sus ciudadanos la igualdad de acceso a la salud, la educación, la cultura, la información, la formación profesional y el empleo.


Belice 1981

CONSIDERANDO que el pueblo de Belice-

e. exigen políticas estatales que protejan y salvaguarden la unidad, la libertad, la soberanía y la integridad territorial de Belice; que eliminen los privilegios económicos y sociales y la disparidad entre los ciudadanos de Belice, ya sea por raza, etnia, color, credo, discapacidad o sexo; que garantice la igualdad de género; proteger los derechos de la persona a la vida, la libertad, la educación básica, la salud básica, el derecho a votar en las elecciones, el derecho al trabajo y la búsqueda de la felicidad; que protegen la identidad, la dignidad y los valores sociales y culturales de los beliceños, incluidos los pueblos indígenas de Belice, que preservan el derecho a el individuo a la propiedad de la propiedad privada y el derecho a gestionar empresas privadas; que prohíben la explotación del hombre por el hombre o por el Estado; que garanticen un sistema justo de seguridad social y bienestar; que protejan el medio ambiente; que promuevan la paz, la seguridad y la cooperación internacionales entre las naciones, el establecimiento de un orden económico y social internacional justo y equitativo en el mundo que respete el derecho internacional y las obligaciones contraídas en virtud de tratados en las relaciones entre las naciones;


Bélgica 1831

Estos derechos incluyen, entre otros, los siguientes:

2°. el derecho a la seguridad social, a la atención de la salud ya la asistencia social, médica y letrada;


Baréin 2002

a. Todo ciudadano tiene derecho a la atención de la salud. El Estado se ocupa de la salud pública y el Estado garantiza los medios de prevención y tratamiento mediante el establecimiento de diversos hospitales e instituciones de atención de la salud.


Bangladés 1972

Será responsabilidad fundamental del Estado lograr, mediante un crecimiento económico planificado, un aumento constante de las fuerzas productivas y una mejora constante del nivel de vida material y cultural de la población, con miras a asegurar a sus ciudadanos,

a. la atención de las necesidades básicas de la vida, incluidos alimentos, vestido, vivienda, educación y atención médica;

c. eliminar el analfabetismo en el plazo que determine la ley.

18. Salud pública y moral

1. El Estado considerará que el aumento del nivel de nutrición y la mejora de la salud pública traslada sus funciones primordiales y, en particular, adoptará medidas eficaces para prevenir el consumo, salvo con fines médicos o para los demás fines que prescriba la ley, de alcohol y otros bebidas intoxicantes y drogas que son perjudiciales para la salud.


Bielorrusia 1994

Artículo 45

Se garantizará a los ciudadanos de la República de Belarús el derecho a la atención de la salud, incluido el tratamiento gratuito en los establecimientos estatales de atención de la salud. El Estado hará que los servicios de atención de la salud sean accesibles a todos sus ciudadanos. El derecho de los ciudadanos de la República de Belarús a la atención de la salud también se garantizará mediante el desarrollo del entrenamiento físico y el deporte, las medidas para mejorar el medio ambiente, la oportunidad de utilizar los establecimientos de acondicionamiento físico y la mejora de la seguridad en el trabajo.


Azerbaiyán 1995

Artículo 41. Derecho a la protección de la salud

I. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud y a la asistencia médica.

II. El Estado, actuando sobre la base de diversas formas de propiedad, aplica las medidas necesarias para promover el desarrollo de todos los aspectos de los servicios de salud, garantiza el bienestar sanitario-epidemiológico y crea diversas formas de seguro médico.

III. Los funcionarios deben rendir cuentas si retienen información sobre hechos o situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.


Siria 2012

2. El Estado deberá proteger la salud de los ciudadanos y proporcionarles los medios de prevención, tratamiento y medicación.


Chile 1980

La Constitución asegura a todas las personas:

9. El derecho a la protección de la salud.

El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo.

Le corresponderá, asimismo, la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud.

Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias.

Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado;


Tasa de mortalidad de menores de cinco años, por sexo (muertes por 1.000 nacidos vivos)

Descripción: Los datos anuales están disponibles para 237 países y áreas geográficas y para los años 2000 a 2019.

Fuente: Indicadores mundiales de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030


Esperanza de vida al nacer, total (años)

Descripción: La esperanza de vida al nacer indica la cantidad de años que viviría un recién nacido si los patrones de mortalidad vigentes al momento de su nacimiento no cambian a lo largo de la vida del infante. Estos datos publicados por el Banco Mundial provienen entre otras fuentes de la División de Población de las Naciones Unidas y de informes de censo y otras publicaciones estadísticas de oficinas estadísticas nacionales.

Fuente: Banco Mundial


Riesgo de contraer gastos empobrecedores relacionados con la atención quirúrgica (% de personas en riesgo)

Descripción: Los datos corresponden a la proporción de la población en riesgo de empobrecimiento cuando se requiere atención quirúrgica (expresados en % de personas en riesgo). El gasto empobrecedor se define como los pagos directos de bolsillo por atención quirúrgica y anestesia que conducen a las personas por debajo del umbral de pobreza (utilizando un umbral de 1,25 dólares PPA/día).

Fuente: Banco Mundial


Cobertura sanitaria universal (CSU) - índice de cobertura sanitaria universal

Descripción: Se dispone de datos anuales para 211 países y áreas geográficas para algunos de los años del periodo 2000 a 2017.

Fuente: Indicadores mundiales de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030


Proporción de la población que utiliza servicios de agua potable gestionados de forma segura, por zonas urbanas/rurales (%)

Descripción: Se dispone de datos anuales para 221 países y áreas geográficas para algunos de los años del periodo 2000 a 2020.

Fuente: Indicadores mundiales de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030


Personas que utilizan servicios de agua potable gestionados de forma segura (% de la población)

Descripción: Los datos corresponden al porcentaje de personas que utilizan agua potable de una fuente mejorada que es accesible en las instalaciones, disponible cuando es necesario y libre de contaminación fecal y química. Las fuentes mejoradas de agua incluyen agua canalizada, pozos o cañerías, pozos excavados protegidos, manantiales protegidos y agua envasada o suministrada.

Fuente: Banco Mundial, provienen del Programa de Monitoreo Conjunto OMS/UNICEF para el Abastecimiento de Agua, Saneamiento e Higiene (washdata.org).


Tasa de mortalidad, bebés (por cada 1.000 nacidos vivos)

Descripción: La tasa de mortalidad infantil es la cantidad de infantes que mueren antes de llegar al año de vida, por cada 1.000 nacidos vivos, en un año determinado.

Fuente: Banco Mundial - Datos de libre acceso del Banco Mundial


Camas hospitalarias (por cada 1.000 personas)

Descripción: Las camas hospitalarias se refiere a la cantidad de camas disponibles para internaciones en hospitales públicos, privados, generales y especializados, y centros de rehabilitación. En la mayoría de los casos se incluyen tanto las camas para atención de casos agudos como las camas para atención de enfermos crónicos. Los datos posteriores a 2005 son extraídos de las Estadísticas sanitarias mundiales publicadas por la OMS.

Fuente: Banco Mundial - Datos de libre acceso del Banco Mundial


Personal especializado en cirugía (por cada 100.000 habitantes)

Descripción: El personal quirúrgico especializado es el número de especialistas en cirugía, anestesia y obstetricia (SAO) que trabajan en cada país por cada 100.000 habitantes.

Fuente: Publicados por el Banco Mundial, provienen de la Comisión de Cirugía Global de The Lancet (lancetglobalsurgery.org).


Tasa de mortalidad atribuida a la contaminación atmosférica doméstica y ambiental, estandarizada por edad (por 100.000 habitantes)

Descripción: La tasa de mortalidad atribuida a la contaminación del aire doméstico y ambiental es el número de muertes atribuibles a los efectos conjuntos de la contaminación del aire doméstico y ambiental en un año por cada 100.000 habitantes. Las tasas están estandarizadas por edad. Se tienen en cuenta las siguientes enfermedades: infecciones respiratorias agudas (estimadas para todas las edades); enfermedades cerebrovasculares en adultos (estimadas por encima de los 25 años); cardiopatías isquémicas en adultos (estimadas por encima de los 25 años); enfermedad pulmonar obstructiva crónica en adultos (estimada por encima de los 25 años); y cáncer de pulmón en adultos (estimado por encima de los 25 años).

Fuente: Datos publicados por el Banco Mundial, provienen de la Organización Mundial de la Salud (Observatorio Mundial de la Salud, apps.who.int/ghodata).


Tasa de mortalidad por suicidio (por cada 100.000 habitantes)

Descripción: La tasa de mortalidad por suicidio es el número de muertes por suicidio en un año por cada 100.000 habitantes.

Fuente: Datos publicados por el Banco Mundial, provienen de la Organización Mundial de la Salud (Observatorio Mundial de la Salud, apps.who.int/ghodata).


Gasto corriente en salud (% del PIB)

Descripción: Los datos indican el nivel de gasto corriente en salud expresado como porcentaje del PIB. Las estimaciones del gasto corriente en salud incluyen los bienes y servicios sanitarios consumidos durante cada año. Este indicador no incluye los gastos en salud de capital, como edificios, maquinaria, tecnologías de la información y reservas de vacunas para emergencias o brotes.

Fuente: Datos publicados por el Banco Mundial, provienen de la Organización Mundial de la Salud (Gasto Mundial en Salud de la Organización Mundial de la Salud, apps.who.int/nha/database).


Gasto privado interno en salud (% del gasto corriente en salud)

Descripción: Porcentaje del gasto corriente en salud financiado con fuentes privadas nacionales. Las fuentes privadas nacionales incluyen los fondos de los hogares, las empresas y las organizaciones sin ánimo de lucro. Dichos gastos pueden ser prepagados a un seguro de salud voluntario o pagados directamente a los proveedores de asistencia sanitaria.

Fuente: Datos publicados por el Banco Mundial, provienen de la Organización Mundial de la Salud (Gasto Mundial en Salud, apps.who.int/nha/database).


Gasto público nacional en salud (% del gasto sanitario corriente)

Descripción: Porcentaje del gasto sanitario corriente financiado con fuentes públicas nacionales para la salud. Las fuentes públicas nacionales incluyen los ingresos internos como las transferencias y subvenciones internas, las transferencias, las subvenciones a los beneficiarios del seguro de enfermedad voluntario, las instituciones sin ánimo de lucro al servicio de los hogares (ISFLSH) o los planes de financiación de las empresas, así como las cotizaciones obligatorias de prepago y del seguro social de enfermedad. No incluyen los recursos externos que los gobiernos destinan a la sanidad.

Fuente: Datos publicados por el Banco Mundial, provienen de la Organización Mundial de la Salud (Gasto Mundial en Salud, apps.who.int/nha/database).


Gasto público en salud (% del PIB)

Descripción: Gasto público en sanidad de origen nacional como porcentaje de la economía medido por el PIB.

Fuente: Datos publicados por el Banco Mundial, provienen de la Organización Mundial de la Salud (Gasto Mundial en Salud, apps.who.int/nha/database).