Georgia 1995

Preámbulo

Nosotros, los ciudadanos de Georgia, cuya firme voluntad es establecer un orden social democrático, una libertad económica y un Estado jurídico y social; garantizar los derechos humanos y las libertades universalmente reconocidos; y mejorar la independencia del Estado y las relaciones pacíficas con otros pueblos, aprovechando los siglos de antigüedad las tradiciones de la condición de Estado de la nación georgiana y el legado histórico y jurídico de la Constitución de Georgia de 1921 proclaman esta Constitución ante Dios y la nación.

Capítulo Uno. Disposiciones generales

Artículo 1. Soberanía estatal

1. Georgia es un Estado independiente, unificado e indivisible, como confirmó el referéndum de 31 de marzo de 1991 celebrado en todo el territorio del país, incluida la República Socialista Soviética Autónoma de Abjasia y la antigua Región Autónoma de Osetia del Sur, así como por la Ley de restablecimiento del Estado Independencia de Georgia, de 9 de abril de 1991.

2. El territorio del Estado de Georgia se determinó el 21 de diciembre de 1991. La integridad territorial de Georgia y la inviolabilidad de la frontera estatal están confirmadas por la Constitución y las leyes de Georgia, y son reconocidas por la comunidad mundial de naciones y las organizaciones internacionales. Queda prohibida la enajenación del territorio del Estado de Georgia. La frontera estatal sólo podrá modificarse mediante un acuerdo bilateral con un Estado vecino.

Artículo 2. Símbolos de estado

1. «Georgia» es el nombre del estado de Georgia.

2. Tiflis es la capital de Georgia.

3. El idioma oficial de Georgia será el georgiano y, en la República Autónoma de Abjasia, también el abjasio. El idioma oficial está protegido por la ley orgánica.

4. La bandera del Estado, el escudo de armas y el himno de Georgia están establecidos por la ley orgánica, que se revisará de conformidad con el procedimiento establecido para revisar la Constitución.

Artículo 3. Democracia

1. Georgia es una república democrática.

2. La gente es la fuente de la autoridad estatal. Las personas ejercen el poder a través de sus representantes, así como a través de referendos y otras formas de democracia directa.

3. Nadie tendrá derecho a tomar el poder. El mandato actual de un órgano elegido en elecciones generales no será prorrogado ni reducido por la Constitución o la ley.

4. Los partidos políticos participarán en la formación y el ejercicio de la voluntad política del pueblo. Las actividades de los partidos políticos se basarán en los principios de libertad, igualdad, transparencia y democracia intrapartidista.

Artículo 4. Estado legal

1. Georgia es un estado legal.

2. El Estado reconoce y protege los derechos humanos y las libertades universalmente reconocidos como valores humanos eternos y supremos. Durante el ejercicio de la autoridad, el pueblo y el Estado estarán obligados por esos derechos y libertades como ley directamente aplicable. La Constitución no negará otros derechos humanos y libertades universalmente reconocidos que no se mencionan explícitamente en el presente documento, pero que derivan inherentemente de los principios de la Constitución.

3. La autoridad del Estado se ejercerá sobre la base del principio de la separación de poderes.

4. La autoridad del Estado se ejercerá en el ámbito de la Constitución y la ley. La Constitución de Georgia será la ley suprema del Estado. Las normas generales para la adopción y emisión de actos legislativos y otros actos normativos, así como su jerarquía, serán determinadas por la ley orgánica.

5. La legislación de Georgia se ajustará a los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional. Un tratado internacional de Georgia prevalecerá sobre los actos normativos internos, a menos que entre en conflicto con la Constitución o el Acuerdo Constitucional de Georgia.

Artículo 5. Estado social

1. Georgia es un estado social.

2. El Estado se encargará de fortalecer los principios de justicia social, igualdad social y solidaridad social dentro de la sociedad.

3. El Estado se encargará del desarrollo socioeconómico y demográfico equitativo en todo el territorio del país. Las condiciones especiales para el desarrollo de las regiones de alta montaña se determinarán por ley.

4. El Estado se encargará de la atención de la salud humana y la protección social, garantizando una vivienda mínima de subsistencia y digna, y protegiendo el bienestar de la familia. El Estado promoverá el empleo de los ciudadanos. Las condiciones para establecer el mínimo de subsistencia se determinarán por ley.

5. El Estado se encargará de la protección del medio ambiente y de la utilización racional de los recursos naturales.

6. El Estado se encargará de la protección de los valores nacionales, la identidad y el patrimonio cultural, así como del desarrollo de la educación, la ciencia y la cultura.

7. El Estado se encargará del desarrollo del deporte, el establecimiento de un estilo de vida saludable y la participación de niños y jóvenes en la educación física y los deportes.

8. El Estado se encargará de mantener y desarrollar las conexiones con la patria de los compatriotas georgianos que residen en el extranjero.

Artículo 6. Libertad económica

1. La libertad económica está reconocida y garantizada.

2. El Estado se encargará del desarrollo de una economía libre y abierta, la libre empresa y la competencia.

3. Queda prohibida la abolición del derecho universal a la propiedad privada.

Artículo 7. Base del arreglo territorial

1. Las siguientes disposiciones serán competencia exclusiva de las autoridades estatales supremas de Georgia:

  1. a. la legislación sobre derechos humanos, ciudadanía georgiana, migración, entrada y salida del país y la estancia temporal o permanente de extranjeros y apátridas en Georgia;
  2. b. legislación penal, penitenciaria, civil, de propiedad intelectual, administrativa, laboral y procesal; legislación relativa a la tierra, los minerales y otros recursos naturales; la legislación farmacéutica; la legislación sobre la obtención del estatuto de institución educativa y sobre acreditación y títulos académicos; y legislación sobre la Academia Nacional de Ciencias;
  3. c. la política exterior y las relaciones internacionales, el comercio exterior, los regímenes aduaneros y arancelarios,
  4. d. defensa estatal, industria militar y comercio de armas; cuestiones relativas a la guerra y la tregua; determinación e introducción del régimen jurídico del estado de excepción y la ley marcial; las fuerzas armadas; los tribunales y el enjuiciamiento; la seguridad del Estado; la policía criminal y la investigación; el estatuto, el régimen y la protección del Estado frontera, y un cordón sanitario en la frontera;
  5. e. las finanzas estatales y los préstamos estatales, la impresión y emisión de dinero, y la legislación sobre banca, crédito, seguros, impuestos y comercio de importancia nacional;
  6. f. ferrocarriles y carreteras motoras de importancia nacional; sistema y régimen integrados de energía; comunicaciones; estatuto y protección de las aguas territoriales, el espacio aéreo, la plataforma continental y la zona económica exclusiva; la aviación; la flota mercante; señas; puertos de importancia nacional; pesca en océanos y alta mar, meteorología, sistemas de vigilancia ambiental, normas y modelos, geodesia y cartografía, determinación de la hora exacta y estadísticas estatales.

2. Las facultades de la República Autónoma de Abjasia y de la República Autónoma de Ajara y los procedimientos para ejercerlas se determinarán en las leyes constitucionales de Georgia que forman parte integrante de la Constitución de Georgia.

3. La disposición territorial estatal de Georgia será revisada por una ley constitucional de Georgia sobre la base del principio de la separación de poderes tras el restablecimiento total de la jurisdicción de Georgia sobre todo el territorio del país.

4. Los ciudadanos de Georgia regularán los asuntos de importancia local mediante el gobierno autónomo local de conformidad con la legislación de Georgia. La separación de los poderes de la autoridad estatal y de las unidades autónomas se basa en el principio de subsidiariedad. El Estado vela por que los recursos financieros de las unidades autónomas correspondan a sus atribuciones determinadas por la ley orgánica.

5. En Anaklia se establecerá una zona económica exclusiva sobre la base de la ley orgánica, en la que se aplicará un régimen jurídico especial. También pueden establecerse otras zonas económicas exclusivas con regímenes jurídicos especiales sobre la base de la ley orgánica.

Artículo 8. Relación entre el Estado y la Iglesia Ortodoxa Apostólica Autocéfala de Georgia

Junto con la libertad de creencias y de religión, el Estado reconocerá el papel destacado de la Iglesia Ortodoxa Apostólica Autocéfala de Georgia en la historia de Georgia, así como su independencia del Estado. La relación entre el Estado de Georgia y la Iglesia Ortodoxa Apostólica Autocéfala de Georgia se determinará mediante un acuerdo constitucional, que se ajustará plenamente a los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional en la esfera de los derechos humanos y las libertades.

Capítulo Dos. Derechos Humanos Fundamentales

Artículo 9. Inviolabilidad de la dignidad humana

1. La dignidad humana será inviolable y estará protegida por el Estado.

2. Queda prohibida la tortura, los tratos inhumanos o degradantes y el uso de penas inhumanas o degradantes.

Artículo 10. Derechos a la vida y a la integridad física

1. La vida humana debe ser protegida. Queda prohibida la pena de muerte.

2. Se protegerá la integridad física de una persona.

Artículo 11. Derecho a la igualdad

1. Todas las personas son iguales ante la ley. Queda prohibida toda discriminación por motivos de raza, color, sexo, origen, etnia, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, afiliación social, posición económica o titular, lugar de residencia o por cualquier otro motivo.

2. De conformidad con los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional y la legislación de Georgia, los ciudadanos de Georgia, independientemente de su origen étnico o religioso o su idioma, tendrán derecho a mantener y desarrollar su cultura y a utilizar su lengua materna en privado y en público, sin discriminación alguna.

3. El Estado garantizará la igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres. El Estado adoptará medidas especiales para garantizar la igualdad esencial entre hombres y mujeres y eliminar la desigualdad.

4. El Estado creará condiciones especiales para que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos e intereses.

Artículo 12. Derecho al libre desarrollo personal

Toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 13. Libertad humana

1. Se protegerá la libertad humana.

2. La privación u otras restricciones de la libertad sólo se permitirán sobre la base de una decisión judicial.

3. Un funcionario autorizado por la ley puede detener a una persona en los casos definidos por la ley. El detenido será llevado ante un tribunal competente a más tardar 48 horas después de haber sido detenido. Si el tribunal no decide sobre la detención o cualquier otra restricción de la libertad en las próximas 24 horas, la persona será puesta en libertad inmediatamente.

4. Se informará a una persona de sus derechos y de los motivos de su detención inmediatamente después de su detención. Una persona puede solicitar la asistencia de un abogado inmediatamente después de su detención. Esta solicitud debe ser satisfecha.

5. El período de detención del acusado no excederá de nueve meses.

6. La violación de los requisitos de este artículo será castigada por la ley. Toda persona cuya libertad haya sido restringida ilegalmente tendrá derecho a una indemnización.

Artículo 14. Libertad de circulación

1. Toda persona que resida legalmente en Georgia tendrá derecho a circular libremente por el territorio del país, a elegir libremente su lugar de residencia ya salir libremente de Georgia.

2. Estos derechos sólo pueden restringirse de conformidad con la ley, para garantizar la seguridad nacional o la seguridad pública, proteger la salud o administrar justicia, en la medida en que sea necesario en una sociedad democrática.

3. Los ciudadanos de Georgia podrán entrar libremente en Georgia.

Artículo 15. Derechos a la intimidad personal y familiar, al espacio personal y a la privacidad de la comunicación

1. La vida personal y familiar será inviolable. Este derecho sólo puede restringirse de conformidad con la ley para garantizar la seguridad nacional o la seguridad pública, o para proteger los derechos de los demás, en la medida en que sea necesario en una sociedad democrática.

2. El espacio personal y la comunicación serán inviolables. Nadie tendrá derecho a entrar en un lugar de residencia u otras posesiones, ni a realizar un registro, contra la voluntad del poseedor. Estos derechos sólo podrán restringirse de conformidad con la ley para garantizar la seguridad nacional o la seguridad pública, o para proteger los derechos de los demás, en la medida en que sea necesario en una sociedad democrática, sobre la base de una decisión judicial o sin decisión judicial en caso de necesidad urgente prevista por la ley. En caso de necesidad urgente, se notificará al tribunal la restricción del derecho a más tardar 24 horas después de la restricción, y el tribunal aprobará la legalidad de la restricción a más tardar 24 horas después de la presentación de la notificación.

Artículo 16. Libertad de creencias, religión y conciencia

1. Toda persona tiene libertad de creencia, religión y conciencia.

2. Estos derechos sólo pueden restringirse de conformidad con la ley para garantizar la seguridad pública, o para proteger la salud o los derechos de los demás, en la medida en que sea necesario en una sociedad democrática.

3. Nadie será perseguido por sus creencias, religión o conciencia, ni será obligado a expresar su opinión al respecto.

Artículo 17. Derechos a la libertad de opinión, información, medios de comunicación e Internet

1. Se protegerá la libertad de opinión y de expresión de opiniones. Nadie será perseguido por su opinión o por expresar su opinión.

2. Toda persona tiene derecho a recibir y difundir información libremente.

3. Los medios de comunicación de masas serán libres. La censura será inadmisible. Ni el Estado ni los particulares tendrán derecho a monopolizar los medios de comunicación de masas ni los medios de difusión de información.

4. Toda persona tiene derecho a acceder a Internet ya utilizarla libremente.

5. La restricción de estos derechos sólo podrá permitirse de conformidad con la ley, en la medida en que sea necesaria en una sociedad democrática para garantizar la seguridad nacional, la seguridad pública o la integridad territorial, para la protección de los derechos de los demás, para impedir la divulgación de información reconocida como confidencial o para garantizar la independencia e imparcialidad del poder judicial.

6. La ley garantizará la independencia del organismo público de radiodifusión respecto de los organismos estatales y su libre influencia política y comercial sustancial.

7. La independencia institucional y financiera del órgano regulador nacional - establecido para proteger el pluralismo de los medios de comunicación y el ejercicio de la libertad de expresión en los medios de comunicación de masas, prevenir el monopolio de los medios de difusión de información y proteger los derechos de los consumidores y empresarios de la esfera de la radiodifusión y las comunicaciones electrónicas, estará garantizada por la ley.

Artículo 18. Derecho a procedimientos administrativos imparciales, acceso a la información pública, libre determinación de la información e indemnización por los daños causados por la autoridad pública

1. Toda persona tiene derecho a un juicio imparcial de su caso por un órgano administrativo dentro de un plazo razonable.

2. Toda persona tiene derecho a estar familiarizada con información sobre ella u otra información, o un documento oficial que exista en instituciones públicas de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley, a menos que dicha información o documento contenga secretos comerciales o profesionales, o sea reconocido como secreto de Estado por ley o de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley según sea necesario en una sociedad democrática para garantizar la seguridad nacional o la seguridad pública o para proteger los intereses de los procedimientos judiciales.

3. La información contenida en los registros oficiales relativa a la salud, las finanzas u otros asuntos personales de una persona no se pondrá a disposición de nadie sin el consentimiento de la persona, salvo en los casos previstos por la ley y cuando sea necesario para garantizar la seguridad nacional o la seguridad pública, o para proteger a la población intereses y salud o los derechos de los demás.

4. Toda persona tendrá derecho a una indemnización completa, por conducto de un tribunal, por los daños causados ilegalmente por los órganos del Estado, las repúblicas autónomas y los gobiernos autónomos locales, o sus empleados, con cargo a fondos estatales, fondos de las repúblicas autónomas o fondos de las administraciones autónomas locales, respectivamente.

Artículo 19. Derecho a la propiedad

1. Se reconocerá y garantizará el derecho a poseer y heredar bienes.

2. Este derecho puede restringirse en los casos definidos por la ley y de conformidad con el procedimiento establecido para el interés público.

3. La expropiación de bienes será admisible en los casos de necesidad social apremiante, según lo previsto directamente por la ley, sobre la base de una decisión judicial o en caso de necesidad urgente establecida por la ley orgánica, siempre que se pague una indemnización preliminar, íntegra y justa. La compensación estará exenta de impuestos y tasas.

4. Como recurso de especial importancia, las tierras agrícolas sólo pueden ser propiedad del Estado, una unidad autónoma, un ciudadano de Georgia o una asociación de ciudadanos de Georgia. Los casos excepcionales podrán ser determinados por la ley orgánica, que se adoptará por mayoría de al menos dos tercios del número total de diputados al Parlamento.

Artículo 20. Libertad de creatividad, patrimonio cultural

1. Se garantizará la libertad de creatividad. Se protegerá el derecho de propiedad intelectual.

2. La injerencia en el proceso creativo y la censura en el ámbito de las actividades creativas serán inadmisibles.

3. La difusión de una obra creativa sólo puede prohibirse sobre la base de una decisión judicial cuando dicha difusión viole los derechos de terceros.

4. Toda persona tiene derecho a cuidar la protección del patrimonio cultural. El patrimonio cultural estará protegido por la ley.

Artículo 21. Libertad de reunión

1. Toda persona, excepto los alistados en las Fuerzas de Defensa u órganos encargados de la seguridad del Estado y la seguridad pública, tendrá derecho a reunirse públicamente y sin armas, sin permiso previo.

2. La ley puede establecer la necesidad de notificar previamente a las autoridades si una reunión se celebra por vía pública.

3. Las autoridades sólo podrán poner fin a una reunión si asume un carácter ilícito.

Artículo 22. Libertad de asociación

1. Se garantizará la libertad de asociación.

2. Una asociación sólo puede disolverse por decisión propia o judicial en los casos definidos por la ley y de conformidad con el procedimiento establecido.

Artículo 23. Libertad de los partidos políticos

1. Los ciudadanos de Georgia tendrán derecho a formar un partido político ya participar en sus actividades de conformidad con la ley orgánica.

2. Se cesará la afiliación a partidos políticos de las personas alistadas en las Fuerzas de Defensa u órganos encargados de la seguridad pública y del Estado, así como de los nombrados jueces.

3. El establecimiento y la actividad de un partido político que tenga por objeto derrocar o modificar por la fuerza el orden constitucional de Georgia, atentar contra la independencia o violar la integridad territorial del país, o que propaga la guerra o la violencia o incite a nivel nacional, étnico, provincial, religioso o social conflictos, será inadmisible. El establecimiento de un partido político por un principio territorial será inadmisible.

4. La prohibición de un partido político sólo será admisible por decisión del Tribunal Constitucional, en los casos definidos por la ley orgánica y de conformidad con el procedimiento establecido.

Artículo 24. Derecho electoral

1. Todo ciudadano de Georgia que haya cumplido los 18 años de edad tendrá derecho a participar en referendos y elecciones de órganos estatales, repúblicas autónomas y gobiernos autónomos locales. Se garantizará la libre expresión de la voluntad de un votante.

2. El ciudadano que, tras una sentencia judicial, esté cumpliendo una condena por un delito particularmente grave en una institución penitenciaria, o que haya sido reconocido por decisión judicial como beneficiario de apoyo y admitido en un centro de atención para pacientes hospitalizados, no tendrá derecho a participar en las elecciones y referendos.

Artículo 25. Derecho a ocupar cargos públicos

1. Todo ciudadano de Georgia tendrá derecho a ocupar cualquier cargo público si la persona cumple los requisitos establecidos por la legislación. Las condiciones de la función pública serán determinadas por la ley.

2. El cargo del Presidente, el Primer Ministro y el Presidente del Parlamento de Georgia no pueden ser desempeñados por un ciudadano de Georgia que sea simultáneamente ciudadano de un país extranjero.

Artículo 26. Libertad de trabajo, libertad sindical, derecho de huelga y libertad de empresa

1. Se garantizará la libertad de trabajo. Toda persona tiene derecho a elegir libremente su empleo. El derecho a condiciones de trabajo seguras y otros derechos laborales estarán protegidos por la ley orgánica.

2. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos de conformidad con la ley orgánica.

3. Se reconocerá el derecho de huelga. Las condiciones y procedimientos para el ejercicio de este derecho serán determinados por la ley orgánica.

4. Se garantizará la libertad de empresa. Se prohibirán las actividades monopolísticas, salvo en los casos permitidos por la ley. Los derechos de los consumidores estarán protegidos por la ley.

Artículo 27. Derecho a la educación y a la libertad académica

1. Toda persona tiene derecho a recibir educación y a elegir la forma de educación que reciben.

2. La educación preescolar se garantizará de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley. La enseñanza elemental y básica será obligatoria. La educación general será financiada íntegramente por el Estado, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley. Los ciudadanos tendrán derecho a recibir educación profesional y superior financiada por el Estado, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley.

3. Se garantizará la libertad académica y la autonomía de las instituciones de enseñanza superior.

Artículo 28. Derecho a la protección de la salud

1. La ley garantiza el derecho de los ciudadanos a servicios de atención de la salud asequibles y de calidad.

2. El Estado ejercerá el control sobre todas las instituciones sanitarias y la calidad de los servicios médicos, y regulará la producción y circulación de productos farmacéuticos.

Artículo 29. Derecho a la protección del medio ambiente

1. Toda persona tiene derecho a vivir en un entorno sano y a disfrutar del medio ambiente natural y del espacio público. Toda persona tiene derecho a recibir información completa sobre el estado del medio ambiente de manera oportuna. Toda persona tiene derecho a cuidar de la protección del medio ambiente. La ley garantiza el derecho a participar en la adopción de decisiones relacionadas con el medio ambiente.

2. La protección del medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales estarán garantizados por ley, teniendo en cuenta los intereses de las generaciones actuales y futuras.

Artículo 30. Derecho a contraer matrimonio, derechos de las madres y los hijos

1. El matrimonio, como unión de una mujer y un hombre con el fin de fundar una familia, se basará en la igualdad de derechos y en la libre voluntad de los cónyuges.

2. Los derechos de las madres y los niños estarán protegidos por la ley.

Artículo 31. Derechos procesales

1. Toda persona tiene derecho a recurrir a un tribunal para que defienda sus derechos. Se garantizará el derecho a un juicio imparcial y oportuno.

2. Toda persona será juzgada únicamente por un tribunal competente para conocer del caso.

3. Se garantizará el derecho a la defensa. Toda persona tiene derecho a defender sus derechos ante un tribunal personalmente o por medio de un abogado, o por medio de un representante en los casos definidos por la ley. El ejercicio sin restricciones de los derechos de un abogado, así como el derecho de los abogados a la autoorganización, estarán garantizados por la ley.

4. El acusado tendrá derecho a solicitar que se convoque e interrogue a sus testigos en las mismas condiciones que los testigos de la acusación.

5. Se presumirá inocente a una persona mientras no se demuestre su culpabilidad, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley y la sentencia condenatoria del tribunal que haya entrado en vigor legal.

6. Nadie estará obligado a demostrar su inocencia. La carga de la prueba recaerá en la acusación.

7. La decisión de enjuiciar a un acusado se basará en una creencia razonable, y la sentencia condenatoria se basará en pruebas incontrovertibles. Toda sospecha que no pueda probarse de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley se resolverá a favor del demandado.

8. Nadie podrá ser condenado de nuevo por el mismo delito.

9. Nadie será considerado responsable de un acto que no constituyera delito en el momento en que se cometió. Ninguna ley tendrá fuerza retroactiva a menos que reduzca o abrogue la responsabilidad.

10. Las pruebas obtenidas en violación de la ley carecerán de fuerza jurídica.

11. Nadie estará obligado a declarar contra sí mismo ni contra sus parientes, según determine la ley.

Artículo 32. Ciudadanía de Georgia

1. Georgia protegerá a sus ciudadanos independientemente de su ubicación.

2. La ciudadanía de Georgia se adquiere por nacimiento o naturalización. Los procedimientos para adquirir y perder la ciudadanía de Georgia, las condiciones y procedimientos para otorgar la ciudadanía de Georgia a un ciudadano extranjero y las condiciones para que un ciudadano de Georgia tenga la ciudadanía de otro Estado serán determinados por la ley orgánica.

3. La privación de la ciudadanía será inadmisible.

4. La expulsión de un ciudadano de Georgia de Georgia será inadmisible.

5. El traslado de un ciudadano de Georgia a un Estado extranjero será inadmisible salvo en los casos previstos en un tratado internacional. La decisión de trasladar a un ciudadano puede apelarse ante el tribunal.

Artículo 33. Derechos de los extranjeros y apátridas

1. Los ciudadanos de otros Estados y los apátridas que viven en Georgia tendrán derechos y obligaciones iguales a los de los ciudadanos de Georgia, salvo en los casos previstos en la Constitución y la ley.

2. El Estado tiene derecho a imponer restricciones a las actividades políticas de los ciudadanos de otros Estados y de los apátridas.

3. Georgia concederá asilo a los ciudadanos de otros Estados y a los apátridas de conformidad con las normas universalmente reconocidas del derecho internacional, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley.

4. La expulsión o extradición de personas de Georgia en violación de los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional será inadmisible.

Artículo 34. Principios generales para garantizar los derechos humanos fundamentales

1. Los derechos humanos fundamentales a que se refiere la Constitución, en cuanto a su contenido, también se aplicarán a las personas jurídicas.

2. El ejercicio de los derechos humanos fundamentales no violará los derechos de los demás.

3. La restricción de un derecho humano fundamental será proporcional a la importancia del objetivo legítimo al que sirve.

Artículo 35. Defensor Público de Georgia

1. La supervisión de la protección de los derechos humanos en el territorio de Georgia será ejercida por el Defensor Público de Georgia, que será elegido por un período de seis años por una mayoría de al menos tres quintas partes del número total de miembros del Parlamento. La misma persona no será elegida como Defensor Público consecutivamente.

2. El impedimento de las actividades del Defensor Público será punible por la ley.

3. La detención o detención del Defensor Público, o los registros de su lugar de residencia, lugar de trabajo, vehículo o persona, sólo se permitirán con el consentimiento del Parlamento, salvo si el Defensor Público es capturado en el lugar del crimen, en cuyo caso se notificará inmediatamente al Parlamento. En tales casos, el Defensor Público será puesto en libertad inmediatamente a menos que el Parlamento conceda su consentimiento para la detención.

4. Las facultades del Defensor Público estarán definidas por la ley orgánica.

Capítulo Tres. Parlamento de Georgia

Artículo 36. Estatuto y autoridad del Parlamento

1. El Parlamento de Georgia es el órgano representativo supremo del país que ejerce el poder legislativo, define las principales orientaciones de la política nacional y exterior del país, controla las actividades del Gobierno dentro del ámbito establecido por la Constitución y ejerce otras facultades.

2. Los procedimientos para el funcionamiento del Parlamento se determinarán por el Reglamento interno del Parlamento, que se adoptará por mayoría del número total de diputados, a iniciativa de un miembro, una comisión o una facción del Parlamento. El Reglamento tendrá fuerza de ley y será firmado y promulgado por el Presidente del Parlamento.

Artículo 37. Elecciones parlamentarias

1. Tras el pleno restablecimiento de la jurisdicción de Georgia en todo el territorio de Georgia, se crearán dos cámaras dentro del Parlamento: el Consejo de la República y el Senado. El Consejo de la República estará integrado por miembros elegidos por un sistema proporcional. El Senado estará integrado por miembros elegidos entre la República Autónoma de Abjasia, la República Autónoma de Ajara y otras unidades territoriales de Georgia, y cinco miembros nombrados por el Presidente de Georgia. La composición, las facultades y los procedimientos para la elección de las cámaras serán determinados por la ley orgánica.

2. Antes de que se cree la condición prevista en el párrafo 1 del presente artículo, el Parlamento estará integrado por 150 diputados elegidos en un único distrito electoral multimandato por un mandato de cuatro años por un sistema proporcional sobre la base del sufragio universal, libre, igual y directo, por votación secreta.

3. Las elecciones parlamentarias periódicas se celebrarán el último sábado de octubre del año civil en que expira el mandato del Parlamento. En caso de disolución del Parlamento, las elecciones se celebrarán no antes del 45º día ni más tarde del sexagésimo día siguiente a la disolución del Parlamento. Si la fecha de la elección coincide con un estado de excepción o una ley marcial, las elecciones se celebrarán no antes del día 45 y a más tardar el 60 día después de la revocación del estado de emergencia o la ley marcial.

4. Todo ciudadano de Georgia que tenga derecho electoral, que haya cumplido 25 años de edad y haya vivido en Georgia por lo menos 10 años, puede ser elegido miembro del Parlamento. La persona que haya sido condenada a prisión por sentencia judicial no será elegida miembro del Parlamento.

5. Todo partido político inscrito de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley tendrá derecho a participar en las elecciones parlamentarias si tiene un diputado que haya sido elegido por designación del partido en la fecha en que estén programadas las elecciones, o si cuenta con el apoyo de las firmas de por lo menos 25 000 votantes, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley orgánica.

6. Los mandatos de los diputados se distribuirán únicamente a los partidos políticos que reciban al menos el 5% de los votos válidos emitidos en las elecciones. Para determinar la cuantía de los mandatos recibidos por un partido político, la cantidad de votos recibidos por este partido se multiplicará por 150 y se dividirá por el número total de votos recibidos por todos los partidos políticos que hayan recibido al menos el 5% de los votos válidos emitidos en las elecciones. La parte entera del número así derivado es la cantidad de mandatos recibidos por el partido político. Si el monto total de mandatos recibidos por los partidos políticos es inferior a 150, los partidos políticos que obtengan los mejores resultados recibirán los mandatos no distribuidos de manera sucesiva.

7. El procedimiento para la elección del Parlamento será determinado por la ley orgánica.

Artículo 38. Primera reunión del Parlamento y terminación de competencias

La primera reunión del Parlamento recién elegido se celebrará a más tardar el décimo día después de que se hayan anunciado oficialmente los resultados de las elecciones parlamentarias. La primera reunión del Parlamento es convocada por el Presidente. El Parlamento estará autorizado a iniciar los trabajos en la primera reunión si la mayoría del número total de diputados del Parlamento está presente en la reunión. El Parlamento adquirirá plenos poderes una vez que las dos terceras partes de los diputados lo hayan reconocido. Las competencias del Parlamento anterior quedarán terminadas a partir de este momento.

Artículo 39. Miembro del Parlamento de Georgia

1. Un miembro del Parlamento de Georgia es un representante de toda Georgia. Gozará de un mandato libre y no será recordado.

2. La detención o detención de un diputado del Parlamento, o los registros de su lugar de residencia, lugar de trabajo, vehículo o persona, sólo se permitirán con el consentimiento previo del Parlamento, salvo cuando un diputado sea capturado en el lugar del crimen, en cuyo caso se notificará inmediatamente al Parlamento. A menos que el Parlamento conceda la detención en un plazo de 48 horas, el diputado detenido o detenido será puesto en libertad inmediatamente.

3. Los miembros del Parlamento tendrán derecho a no declarar los hechos que se le hayan revelado en su calidad de diputado. La incautación o extracción de material escrito relacionado con esta cuestión será inadmisible. Este derecho será conservado por un diputado después de la expiración de su mandato. Los diputados no serán considerados responsables de las opiniones expresadas dentro o fuera del Parlamento durante el ejercicio de sus funciones. Estarán aseguradas las condiciones para el ejercicio sin trabas de poderes por parte de un diputado. Los diputados percibirán la remuneración prevista en un acto legislativo. Los órganos estatales respectivos garantizarán la seguridad personal de un diputado en función de su solicitud. El impedimento del ejercicio de las atribuciones de un diputado será punible por la ley.

4. Los diputados no tendrán derecho a ocupar cargos en la administración pública ni a participar en actividades empresariales. Un diputado puede participar en actividades públicas. Un diputado puede participar en actividades académicas, pedagógicas y artísticas si esas actividades no prevén el desempeño de funciones administrativas. Los casos de conflicto de intereses se definirán en el Reglamento interno del Parlamento.

5. Las cuestiones relativas al reconocimiento o la terminación anticipada de las competencias de un diputado serán decididas por el Parlamento. La decisión del Parlamento puede apelarse ante el Tribunal Constitucional. Las competencias de un diputado se rescindirán anticipadamente si:

  1. a. presente al Parlamento una solicitud personal para poner fin a sus atribuciones;
  2. b. ejerce una posición incompatible con su condición o ejerce una actividad incompatible;
  3. c. no asiste sin razón alguna a más de la mitad de las sesiones ordinarias durante los períodos ordinarios de sesiones;
  4. d. ha sido condenado por sentencia judicial que ha entrado en vigor legal;
  5. e. ha sido reconocido como beneficiario de la ayuda por decisión judicial y admitido en un centro de atención hospitalaria respectivo, o ha sido reconocido como desaparecido o declarado muerto por un tribunal;
  6. f. muere;
  7. g. pierde la ciudadanía de Georgia;
  8. h. está sujeta a la terminación de sus facultades por decisión del Tribunal Constitucional.

Artículo 40. Presidente y Vicepresidentes del Parlamento de Georgia

1. El Parlamento de Georgia elegirá al Presidente para su mandato por mayoría del número total de sus miembros por votación secreta, de conformidad con los procedimientos establecidos por el Reglamento. El Presidente del Parlamento presidirá los trabajos del Parlamento, garantizará la libre expresión de opiniones, firmará los actos adoptados por el Parlamento y ejercerá otras competencias determinadas por el Reglamento interno. El Presidente del Parlamento desempeñará todas las funciones administrativas en la Cámara del Parlamento de conformidad con los procedimientos establecidos por el Reglamento interno.

2. El Parlamento de Georgia elegirá al primer vicepresidente y a los vicepresidentes para su mandato por mayoría del número total de sus miembros, de conformidad con los procedimientos establecidos en el Reglamento interno.

Artículo 41. Mesa parlamentaria, comités y facciones

1. Para organizar los trabajos del Parlamento, se creará una Mesa Parlamentaria que estará integrada por el presidente y los vicepresidentes del Parlamento y los presidentes de las comisiones parlamentarias y de las facciones parlamentarias.

2. Se crearán comités en el Parlamento para preparar de antemano las cuestiones legislativas, facilitar la aplicación de las decisiones y controlar las actividades de los órganos que rinden cuentas al Gobierno y al Parlamento.

3. Los miembros del Parlamento podrán adherirse a una facción parlamentaria de conformidad con los procedimientos establecidos por el Reglamento interno. El número de miembros de las facciones no será inferior a siete. Los miembros del Parlamento elegidos tras su nombramiento por un partido político sólo podrán formar una facción. Los procedimientos para la formación y la actividad de las facciones y sus derechos serán determinados por el Reglamento interno del Parlamento.

Artículo 42. Comisiones de investigación y otras comisiones temporales del Parlamento

1. Las comisiones de investigación u otras comisiones temporales se crearán en el Parlamento en los casos previstos en el Reglamento interno, así como por iniciativa de al menos una quinta parte de los diputados.

2. Las decisiones relativas a la creación de una comisión temporal serán adoptadas por el Parlamento con arreglo a los procedimientos establecidos por el Reglamento interno. Las decisiones relativas a la creación de una comisión temporal de investigación se adoptarán con el apoyo de un tercio del número total de diputados al Parlamento. Las facciones parlamentarias estarán representadas en una comisión temporal por al menos un miembro. La representación de las facciones de oposición en las comisiones temporales no será inferior a la mitad del número total de miembros de las comisiones.

3. A petición de la comisión de investigación, será obligatoria la asistencia de los miembros y la presentación de todos los documentos e información necesarios para examinar la cuestión.

Artículo 43. Preguntas e interpelaciones de un diputado al Parlamento

1. Todo miembro del Parlamento tendrá derecho a apelar con una pregunta al Gobierno, a otro órgano que rinda cuentas al Parlamento, a un miembro del Gobierno, a los órganos estatales de las unidades territoriales a todos los niveles y a las instituciones estatales. Es obligatorio dar una respuesta oportuna y completa a una pregunta formulada por un diputado al Parlamento.

2. Una facción parlamentaria, un grupo de por lo menos siete miembros del Parlamento, tendrá derecho a formular una pregunta interpelando al Gobierno, a otro órgano que rinda cuentas al Parlamento o a un miembro del Gobierno obligado a responder a las preguntas en las sesiones del Parlamento. La respuesta puede convertirse en un tema de debate del Parlamento.

Artículo 44. Sesiones y sesiones del Parlamento

1. El Parlamento se reunirá a título oficial para un período ordinario de sesiones dos veces al año. El período de sesiones de otoño se abrirá el primer martes de septiembre y se clausurará el tercer viernes de diciembre. La sesión de primavera se inaugurará el primer martes de febrero y se clausurará el último viernes de junio.

2. Durante el período comprendido entre períodos de sesiones, el Presidente de Georgia convocará un período extraordinario de sesiones del Parlamento a petición del Presidente del Parlamento, al menos una cuarta parte de los miembros del Parlamento o del Gobierno. El Presidente de Georgia convocará también una sesión especial en el curso de un período ordinario de sesiones. A menos que se emita un acto de convocatoria al Parlamento dentro de las 48 horas siguientes a la solicitud escrita de convocar una sesión extraordinaria, el Parlamento se reunirá dentro de las 48 horas siguientes, de conformidad con el Reglamento interno del Parlamento. Sólo se celebrará una sesión especial del Parlamento sobre la base del orden del día definido por el iniciador y se cerrará una vez agotado el orden del día.

3. El Parlamento se reunirá cuando el Presidente declare el estado de excepción o la ley marcial. El Parlamento trabajará hasta que se haya revocado el estado de excepción o la ley marcial.

4. Las sesiones del Parlamento serán públicas. Por decisión de la mayoría de los asistentes, pero con no menos de un tercio del número total de diputados al Parlamento, el Parlamento podrá declarar clausurada una sesión o parte de una sesión cuando se trate de determinadas cuestiones. La decisión de cerrar una sesión total o parcialmente se debatirá y se tomará a puerta cerrada. Las actas de las sesiones públicas del Parlamento serán públicas.

5. La votación en una sesión del Parlamento puede ser abierta o secreta. La votación será abierta salvo en los casos previstos por la Constitución y la ley.

6. Todo miembro del Gobierno, un funcionario que rinda cuentas ante el Parlamento o el jefe de un órgano que rinda cuentas ante el Parlamento tendrán derecho y, previa solicitud, estarán obligados a asistir a las sesiones del Parlamento, las comisiones parlamentarias o las comisiones, a fin de responder a las preguntas planteadas durante la sesión y presentar un informe de las actividades realizadas. El Parlamento, una comisión o una comisión escucharán inmediatamente a dicho funcionario cuando así lo solicite.

Artículo 45. Legislación y procedimientos para la adopción de decisiones

1. El Gobierno, un miembro del Parlamento, una facción parlamentaria, una comisión parlamentaria, los órganos representativos supremos de las Repúblicas Autónomas de Abjasia y Ajara y no menos de 25.000 votantes tendrán derecho a iniciativa legislativa. El Parlamento debatirá un proyecto de ley presentado por el Gobierno a petición suya en una sesión extraordinaria.

2. Se considerará aprobada una ley si está respaldada por la mayoría de los parlamentarios presentes, pero al menos un tercio del número total de diputados, a menos que la Constitución determine otro procedimiento para la adopción de leyes. Se considerará aprobada una ley orgánica si está respaldada por una mayoría del número total de diputados del Parlamento, a menos que la Constitución determine otro procedimiento para la adopción de leyes orgánicas.

3. Las demás decisiones del Parlamento se considerarán adoptadas si cuentan con el apoyo de la mayoría de los parlamentarios presentes, pero al menos un tercio del número total de diputados, a menos que la Constitución o la ley determinen otro procedimiento para la adopción de una decisión. La decisión sobre la aprobación de un acuerdo constitucional se considerará adoptada si está respaldada por al menos tres quintas partes del número total de diputados al Parlamento.

Artículo 46. Firma y promulgación de una ley

1. La ley aprobada por el Parlamento se presentará al Presidente de Georgia en un plazo de diez días.

2. El Presidente de Georgia firmará y promulgará la ley o la devolverá al Parlamento con observaciones justificadas en un plazo de dos semanas.

3. Si el Presidente de Georgia devuelve la ley, el Parlamento someterá a votación las observaciones del Presidente. La aprobación de las observaciones requiere el mismo número de votos que para la adopción inicial del tipo de ley en cuestión. Si se adoptan las observaciones, la versión definitiva de la ley se presentará al Presidente de Georgia en un plazo de cinco días, y el Presidente de Georgia firmará y promulgará la ley en un plazo de cinco días.

4. Si el Parlamento rechaza las observaciones del Presidente, se someterá a votación la versión inicial de la ley. Se considerará aprobada una ley orgánica o una ley si está respaldada por una mayoría del número total de diputados, salvo en el caso de una ley orgánica prevista en el artículo 19, apartado 4, de la Constitución, que se considerará aprobada si está respaldada por al menos dos tercios del total número de miembros del Parlamento. Se considerará aprobada una ley constitucional si cuenta con el apoyo de al menos tres cuartas partes del número total de diputados al Parlamento. Dicha ley se presentará al Presidente de Georgia en un plazo de tres días, y el Presidente de Georgia firmará y promulgará la ley en un plazo de cinco días.

5. El Presidente de Georgia firmará y promulgará una ley constitucional de enmienda de la Constitución aprobada por una mayoría de al menos dos tercios del número total de miembros del Parlamento en un plazo de cinco días a partir de su presentación, sin derecho a devolverla al Parlamento con observaciones.

6. Si el Presidente de Georgia no promulga la ley, la devuelve al Parlamento con observaciones justificadas dentro del plazo establecido en el párrafo 2 del presente artículo, o la promulga dentro del plazo establecido en los párrafos 3, 4 ó 5 del presente artículo, el Presidente del Parlamento firmará y promulgar la ley dentro de los cinco días siguientes a la expiración de ese plazo.

7. Una ley entrará en vigor el 15 º día después de su promulgación en el órgano oficial, a menos que la misma ley establezca otra fecha.

Artículo 47. Tratados internacionales

1. El Parlamento de Georgia ratificará, denunciará y anulará los tratados internacionales por mayoría del número total de sus miembros. El Parlamento ratificará, denunciará y anulará los tratados internacionales previstos en el apartado c) del párrafo 2 del presente artículo por mayoría de al menos tres cuartas partes del número total de sus miembros.

2. Además de los tratados internacionales que prevén la ratificación, también será obligatorio ratificar los tratados internacionales que:

  1. a. prever la adhesión de Georgia a una organización internacional o unión interestatal;
  2. b. son de carácter militar;
  3. c. se refieren a la integridad territorial del Estado o a los cambios en la frontera estatal;
  4. d. se refieren a préstamos emitidos o adoptados por el Estado;
  5. e. exigen cambios en la legislación interna o la aprobación de leyes que sean necesarias para cumplir las obligaciones internacionales.

3. Los demás tratados internacionales se presentarán al Parlamento.

4. Si se ha presentado una demanda o presentación constitucional ante el Tribunal Constitucional, el tratado internacional respectivo no se ratificará hasta que el Tribunal Constitucional dicte sentencia.

Artículo 48. Destitución

1. No menos de un tercio del número total de miembros del Parlamento tendrá derecho a plantear la cuestión de la destitución del Presidente de Georgia, un miembro del Gobierno, un magistrado del Tribunal Supremo, un Fiscal General, un Auditor General o un miembro de la Junta del Banco Nacional si el los actos del funcionario en cuestión violan la Constitución o contienen indicios de delito. Esos casos se remitirán al Tribunal Constitucional, que examinará el caso y presentará su conclusión al Parlamento en el plazo de un mes.

2. Si la conclusión del Tribunal Constitucional confirma una violación de la Constitución o indicios de delito por el funcionario en cuestión, el Parlamento debatirá y votará sobre la destitución del funcionario en un plazo de dos semanas a partir de la presentación de la conclusión.

3. El Presidente de Georgia se considerará impugnado si esta decisión cuenta con el apoyo de al menos dos tercios del número total de diputados al Parlamento. Un miembro del Gobierno, un magistrado del Tribunal Supremo, un Fiscal General, un Auditor General o un miembro de la Junta del Banco Nacional serán considerados impugnados si esta decisión está respaldada por una mayoría del número total de miembros del Parlamento.

4. Si el Parlamento no decide la acusación en el plazo establecido en el párrafo 2 del presente artículo, será inadmisible iniciar un procedimiento de destitución por los mismos motivos.

5. Los funcionarios enumerados en este artículo, con excepción de los miembros del Gobierno, sólo podrán ser destituidos por medio de una acusación.

6. El procedimiento de destitución del Presidente de Georgia será inadmisible durante el estado de excepción o la ley marcial.

Capítulo cuatro. Presidente de Georgia

Artículo 49. Estatuto del Presidente de Georgia

1. El Presidente de Georgia es el Jefe del Estado de Georgia y es el garante de la unidad y la independencia nacional del país.

2. El Presidente de Georgia es el Comandante en Jefe Supremo de las Fuerzas de Defensa de Georgia.

3. El Presidente de Georgia representará a Georgia en las relaciones exteriores.

Artículo 50. Procedimientos para la elección del Presidente de Georgia

1. El Presidente de Georgia será elegido por el Colegio Electoral por un período de cinco años, sin debates y por votación pública. La misma persona puede ser elegida Presidente de Georgia sólo dos veces.

2. Todo ciudadano de Georgia que tenga derecho electoral, que haya cumplido 40 años y haya vivido en Georgia por lo menos 15 años, puede ser elegido Presidente de Georgia.

3. El Colegio Electoral estará integrado por 300 miembros e incluirá a todos los miembros del Parlamento de Georgia y de los órganos representativos supremos de las Repúblicas Autónomas de Abjasia y Ajara. Los demás miembros del Colegio Electoral serán designados por los respectivos partidos políticos de entre los órganos representativos de los gobiernos autónomos locales sobre la base de cuotas definidas por la Comisión Electoral Central de Georgia de conformidad con la ley orgánica. Las cuotas se definen de conformidad con el principio de representación geográfica proporcional y de acuerdo con los resultados de las elecciones de gobiernos autónomos locales celebradas bajo el sistema proporcional. La composición del Colegio Electoral será aprobada por la Comisión Electoral Central de Georgia.

4. La elección del Presidente de Georgia se celebrará en la Cámara del Parlamento. No menos de 30 miembros del Colegio Electoral tendrán derecho a proponer un candidato a la Presidencia de Georgia. Un miembro del Colegio Electoral puede apoyar la designación de un solo candidato. Un miembro del Colegio Electoral tendrá derecho a votar por un solo candidato. En la primera vuelta de las elecciones se considerará elegido un candidato que reciba al menos dos tercios de los votos del número total de miembros del Colegio Electoral. Si el Presidente de Georgia no es elegido en la primera vuelta, la segunda vuelta se celebrará entre los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos en la primera vuelta. Se considerará elegido el candidato que obtenga el mayor número de votos en la segunda vuelta. La primera o segunda vuelta de las elecciones se considerará válida si ha participado más de la mitad del número total de miembros del Colegio Electoral. Si las elecciones fracasan, o si el Colegio Electoral no elige al Presidente de Georgia, se revocará la elección del Presidente de Georgia en un plazo de 30 días.

5. Las elecciones presidenciales se celebrarán en octubre del año civil en que expira el mandato del Presidente de Georgia. En caso de terminación anticipada del mandato del Presidente de Georgia, las elecciones presidenciales se celebrarán dentro de los 45 días siguientes a la terminación del mandato. Si la fecha de la elección coincide con un estado de excepción o una ley marcial, las elecciones presidenciales se celebrarán dentro de los 45 días siguientes a la revocación del estado. Si la fecha de la elección del Presidente de Georgia es el mismo mes que las elecciones parlamentarias o el mes anterior al mes de las elecciones parlamentarias, las elecciones presidenciales se celebrarán dentro de los 45 días siguientes a la primera reunión del Parlamento recién elegido.

6. La elección del Presidente de Georgia será nombrada por el Parlamento, a excepción de una nueva elección, que será nombrada por el Presidente del Parlamento.

7. Los procedimientos y condiciones para la elección del Presidente de Georgia se determinarán en la ley orgánica.

Artículo 51. Juramento, terminación del mandato, inmunidad, conflictos de intereses y sucesión del Presidente de Georgia

1. Antes de asumir el cargo, el tercer domingo siguiente al día de las elecciones, el Presidente recién elegido de Georgia se dirigirá al pueblo y prestará el siguiente juramento:

«Yo, el Presidente de Georgia, afirmo solemnemente ante Dios y la nación que apoyaré y defenderé la Constitución de Georgia, la independencia, la unidad y la indivisibilidad del país; que cumpliré fielmente las funciones del Presidente, cuidaré de la seguridad y el bienestar de los ciudadanos de mi país y para el renacimiento y el poder de mi nación y patria».

2. El mandato del Presidente de Georgia finalizará y el mandato del Presidente recién elegido de Georgia comenzará una vez que el Presidente de Georgia haya prestado juramento.

3. El Presidente de Georgia gozará de inmunidad. Nadie tendrá derecho a detener o incoar actuaciones penales contra el Presidente de Georgia mientras esté en el cargo.

4. El Presidente de Georgia no tendrá derecho a ocupar ningún otro cargo, a participar en actividades empresariales ni a percibir un sueldo u otra remuneración permanente por cualquier otra actividad. El Presidente de Georgia no será miembro de un partido político.

5. En caso de que el Presidente de Georgia no pueda ejercer sus facultades, o en caso de terminación anticipada del mandato del Presidente, el Presidente del Parlamento desempeñará las funciones de Presidente de Georgia.

Artículo 52. Atribuciones del Presidente de Georgia

1. El Presidente de Georgia:

  1. a. con el consentimiento del Gobierno, ejercer poderes representativos en las relaciones exteriores, negociar con otros Estados y organizaciones internacionales, celebrar tratados internacionales y aceptar la acreditación de embajadores y otros representantes diplomáticos de otros Estados y organizaciones internacionales; a propuesta del Gobierno, nombrará y destituya a embajadores y otros jefes de misiones diplomáticas de Georgia;
  2. b. concertar un acuerdo constitucional con la Iglesia Ortodoxa Apostólica Autocéfala de Georgia en nombre del Estado de Georgia;
  3. c. convocar las elecciones al Parlamento ya los órganos autónomos locales de conformidad con la Constitución y los procedimientos establecidos por la ley orgánica;
  4. d. a propuesta del Gobierno, nombrar y destituir al Jefe de las Fuerzas de Defensa de Georgia; nombrar a un miembro del Consejo Superior de Justicia; participar en el nombramiento del Presidente y de los miembros de la Comisión Electoral Central de Georgia en los casos definidos por la ley orgánica y de conformidad con el procedimiento establecido; previa designación del Gobierno, presentar al Parlamento candidatos a los órganos reguladores nacionales;
  5. e. decidir sobre cuestiones de ciudadanía de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley orgánica;
  6. f. indulto a los condenados;
  7. g. de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley, otorgar premios y recompensas estatales, rangos militares más altos, rangos especiales y títulos honorarios, y altos rangos diplomáticos;
  8. h. tener derecho, previa recomendación del Gobierno y con el consentimiento del Parlamento, a suspender la actividad de un órgano representativo de una unidad territorial o disolverlo si sus actividades amenazan la soberanía o la integridad territorial del país, o el ejercicio de los poderes constitucionales por organismos estatales;
  9. i. ejercerá otras facultades determinadas por la Constitución.

2. El Presidente de Georgia tendrá derecho a convocar un referéndum sobre cuestiones definidas en la Constitución y la ley, a petición del Parlamento de Georgia, del Gobierno de Georgia o de no menos de 200.000 votantes, dentro de los 30 días siguientes a la recepción de dicha solicitud. No se celebrará un referéndum para aprobar o derogar una ley, conceder amnistía o indulto, ratificar o denunciar tratados internacionales o decidir cuestiones que contemplen la restricción de los derechos humanos constitucionales fundamentales. Las cuestiones relacionadas con la convocatoria y celebración de referendos serán definidas por la ley orgánica.

3. El Presidente de Georgia tendrá derecho a dirigirse al pueblo. El Presidente presentará anualmente al Parlamento un informe sobre cuestiones cruciales relacionadas con el Estado.

Artículo 53. Confirma

1. Un acto jurídico del Presidente de Georgia exigirá la refrendación del Primer Ministro. Se promulgará un acto jurídico que requiera refrendación y sólo tendrá consecuencias jurídicas después de haber sido refrendado. La responsabilidad política de los actos jurídicos refrendados recae en el Gobierno.

2. No se exigirá una reframa para los actos jurídicos del Presidente de Georgia relacionados con:

  1. a. convocar elecciones parlamentarias, disolver el Parlamento o convocar sesiones o sesiones del Parlamento;
  2. b. concertar acuerdos constitucionales;
  3. c. firmar y promulgar leyes, o devolver leyes al Parlamento con observaciones;
  4. d. nombrar al Primer Ministro; nombrar a un miembro del Consejo Superior de Justicia; nombrar al Presidente o a un miembro de la Comisión Electoral Central; nombrar a un miembro del Consejo del Banco Nacional o nombrar al Presidente del Banco Nacional; o nombrar a un juez del Tribunal Constitucional;
  5. e. otorgar premios y recompensas estatales y títulos honorarios;
  6. f. decidir sobre cuestiones relativas a la ciudadanía;
  7. g. indultar a los condenados;
  8. h. las solicitudes ante el Tribunal Constitucional o un tribunal;
  9. i. organizar el ejercicio de las atribuciones del Presidente de Georgia.

Capítulo Cinco. Gobierno de Georgia

Artículo 54. Gobierno

1. El Gobierno de Georgia es el órgano supremo del poder ejecutivo que aplica la política interna y exterior del país.

2. El Gobierno será responsable ante el Parlamento de Georgia.

3. El Gobierno estará integrado por un Primer Ministro y ministros.

4. Se creará un ministerio encargado de velar por la administración de la política estatal y la gobernanza en la esfera de actividad del Gobierno; un ministerio está dirigido por un ministro.

5. Uno o varios ministros de Estado pueden estar representados en el Gobierno. La oficina de un Ministro de Estado puede establecerse por ley a fin de cumplir los objetivos estatales de particular importancia.

6. Los miembros del Gobierno no tendrán derecho a ocupar ningún otro cargo salvo en un partido [político], a participar en actividades empresariales o a recibir remuneración por cualquier otra actividad, excepto por actividades académicas y pedagógicas.

7. A fin de garantizar la representación del Gobierno en las unidades administrativas-territoriales, se autorizará al Gobierno a designar un representante estatal y gobernador. Las facultades de un representante estatal y gobernador se determinarán por ley.

8. La estructura y el procedimiento de la actividad del Gobierno se determinarán por ley, cuyo proyecto será presentado al Parlamento por el Gobierno.

Artículo 55. Primer Ministro de Georgia

1. El Primer Ministro de Georgia es el jefe del Gobierno.

2. El Primer Ministro definirá las principales orientaciones de las actividades del Gobierno, organizará las actividades del Gobierno, coordinará y controlará las actividades de los ministros y firmará los actos jurídicos del Gobierno.

3. El Primer Ministro representará a Georgia en las relaciones exteriores y concertará tratados internacionales en nombre de Georgia.

4. El Primer Ministro nombrará y destituirá a los ministros. Estará autorizado a asignar las funciones del primer viceprimer ministro a uno de los ministros y a asignar las funciones del Viceprimer Ministro a uno o varios ministros.

5. El Primer Ministro será responsable de las actividades del Gobierno ante el Parlamento. Presentará al Parlamento un informe anual sobre la ejecución del Programa del Gobierno y también informará sobre la ejecución de determinadas partes del Programa del Gobierno a petición del Parlamento.

Artículo 56. Voto de confianza

1. Tras el reconocimiento de los plenos poderes del Parlamento recién elegido, el Gobierno cederá su autoridad al Parlamento y seguirá desempeñando sus funciones hasta que se designe a un nuevo Primer Ministro. En caso de renuncia del Primer Ministro, la autoridad del Primer Ministro queda terminada tras su dimisión. En caso de renuncia del Primer Ministro o de que se ponga fin a su autoridad, el Gobierno seguirá actuando hasta que se designe a un nuevo Primer Ministro.

2. En el plazo de dos semanas después de que el Gobierno renuncie a su autoridad, así como después de la dimisión del Primer Ministro o de la terminación de su autoridad, el Parlamento celebrará un voto de confianza en el Gobierno propuesto por un candidato para el cargo de Primer Ministro designado por el partido que aseguró los mejores resultados en las elecciones parlamentarias. Se presentará al Parlamento un programa gubernamental junto con la composición del Gobierno. La mayoría del número total de diputados al Parlamento debe aprobar un voto de confianza.

3. Si el voto de confianza del Parlamento en el Gobierno no se aprueba dentro del plazo establecido, el Presidente de Georgia disolverá el Parlamento a más tardar dos semanas y a más tardar tres semanas después de que haya expirado el plazo respectivo, y convocará elecciones extraordinarias al Parlamento.

4. El Presidente de Georgia no disolverá el Parlamento ni convocará elecciones extraordinarias al Parlamento si, dentro de las dos semanas siguientes a la expiración del plazo establecido en el párrafo 2 del presente artículo, el Parlamento aprueba por mayoría del número total de sus miembros un voto de confianza en el Gobierno propuesto por un candidato al cargo de Primer Ministro propuesto por más de un tercio del número total de miembros del Parlamento.

5. Dentro de los dos días siguientes al voto de confianza en el Gobierno, el Presidente de Georgia nombrará un Primer Ministro. El Primer Ministro nombrará a los ministros en un plazo de dos días a partir de su nombramiento. Si el Presidente no nombra al Primer Ministro dentro del plazo establecido, se considerará nombrado al Primer Ministro.

Artículo 57. Voto de censura

1. El Parlamento tendrá derecho a emitir un voto de censura en el Gobierno.

2. Se procederá a un voto de censura en el Gobierno si la moción es propuesta por más de un tercio del número total de diputados del Parlamento. Junto con una moción de censura, los iniciadores designarán a un candidato para el cargo de Primer Ministro, y el candidato al cargo de Primer Ministro propondrá una nueva composición del Gobierno al Parlamento. Se presentará al Parlamento un programa gubernamental junto con la composición del Gobierno.

3. Si el Parlamento aprueba un voto de confianza en un nuevo Gobierno por mayoría del número total de sus miembros a más tardar siete días y a más tardar 14 días después de la propuesta de la moción, se considerará aprobado un voto de censura. Dentro de los dos días siguientes a la aprobación del voto de confianza en el nuevo Gobierno, el Presidente de Georgia nombrará un Primer Ministro. El Primer Ministro nombrará a los ministros en un plazo de dos días a partir de su nombramiento. Si el Presidente de Georgia no nombra al Primer Ministro dentro del plazo establecido, se considerará nombrado al Primer Ministro. La autoridad del Gobierno cesará una vez que se designe a un nuevo Primer Ministro.

4. Si el Parlamento no aprueba un voto de censura en el Gobierno, será inadmisible que los mismos diputados propongan un voto de censura en los próximos seis meses.

Artículo 58. Voto de confianza a iniciativa del Primer Ministro

1. El Primer Ministro tendrá derecho a presentar al Parlamento una cuestión de confianza en el Gobierno.

2. Una cuestión de confianza se someterá a votación a más tardar el séptimo día y a más tardar el decimocuarto día después de su presentación. Si el Gobierno no logra un voto de confianza del Parlamento, el Presidente de Georgia disolverá el Parlamento y convocará elecciones parlamentarias extraordinarias, a más tardar el octavo día y a más tardar el 14º día siguiente a la votación.

3. El Presidente de Georgia no disolverá el Parlamento si, dentro de los siete días siguientes a la votación en contra de un voto de confianza en el Gobierno, el Parlamento aprueba por mayoría del número total de sus miembros un voto de confianza en el Gobierno propuesto por un candidato al cargo de Primer Ministro propuesto por más más de un tercio del número total de miembros del Parlamento. Se presentará al Parlamento un programa gubernamental junto con la composición del Gobierno. Dentro de los dos días siguientes al voto de confianza en el nuevo Gobierno, el Presidente de Georgia nombrará al Primer Ministro. El Primer Ministro nombrará a los ministros en un plazo de dos días a partir de su nombramiento. Si el Presidente de Georgia no nombra al Primer Ministro dentro del plazo establecido, se considerará nombrado al Primer Ministro. La autoridad del Gobierno cesará una vez que se designe a un nuevo Primer Ministro.

Capítulo Seis. Poder Judicial y Fiscalía

Artículo 59. Poder judicial

1. El poder judicial será independiente y ejercido por el Tribunal Constitucional de Georgia y los tribunales comunes de Georgia.

2. El Tribunal Constitucional de Georgia es un órgano judicial de control constitucional. El procedimiento para su creación y actividad será determinado por la ley orgánica.

3. La justicia será administrada por tribunales comunes. Los tribunales especializados sólo pueden crearse dentro del sistema de tribunales comunes. Se puede crear un tribunal militar durante la ley marcial y sólo dentro del sistema de tribunales comunes. La creación de tribunales extraordinarios será inadmisible. En los tribunales comunes, los asuntos serán juzgados por jurados en los casos definidos por la ley y de conformidad con el procedimiento establecido. El sistema de tribunales comunes, su autoridad y su procedimiento de actuación serán determinados por la ley orgánica.

Artículo 60. Tribunal Constitucional de Georgia

1. El Tribunal Constitucional de Georgia ejercerá el poder judicial mediante procedimientos judiciales constitucionales.

2. El Tribunal Constitucional estará integrado por nueve magistrados nombrados por un período de diez años, de los cuales tres serán nombrados por el Presidente de Georgia, tres jueces serán elegidos por el Parlamento por mayoría de por lo menos tres quintas partes del número total de sus miembros, y tres jueces serán nombrados por el Tribunal Supremo. Un juez del Tribunal Constitucional será un ciudadano de Georgia que haya cumplido 35 años de edad, haya obtenido una educación jurídica superior, tenga al menos 10 años de experiencia profesional especializada y una cualificación profesional distinguida. Un juez del Tribunal Constitucional no habrá ocupado anteriormente este cargo.

3. El Tribunal Constitucional elegirá a un presidente de entre sus miembros por un período de cinco años. La persona que ya haya ocupado el cargo de presidente del Tribunal Constitucional no será reelegida.

4. El Tribunal Constitucional de Georgia, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley orgánica:

  1. a. examinar la constitucionalidad de un acto normativo con respecto a los derechos humanos fundamentales consagrados en el capítulo II de la Constitución sobre la base de una reclamación presentada por una persona física, una persona jurídica o el Defensor Público;
  2. b. adoptar decisiones sobre la constitucionalidad de un acto normativo sobre la base de una reclamación presentada por el Presidente de Georgia, por lo menos una quinta parte de los miembros del Parlamento o por el Gobierno;
  3. c. sobre la base de una comunicación de un tribunal común, examinar la constitucionalidad de un acto normativo que debe aplicar el tribunal común cuando conozca un caso determinado y que pueda contravenir la Constitución de acuerdo con un supuesto razonable del tribunal;
  4. d. examinar las controversias sobre las competencias de un órgano respectivo sobre la base de una reclamación presentada por el Presidente de Georgia, el Parlamento, el Gobierno, el Consejo Superior de Justicia, el Fiscal General, la Junta del Banco Nacional, el Auditor General, el Defensor del Pueblo o el representante supremo o ejecutivo órgano de una república autónoma;
  5. e. examinar la constitucionalidad de los tratados internacionales sobre la base de una reclamación presentada por el Presidente de Georgia, el Gobierno o por lo menos una quinta parte de los miembros del Parlamento;
  6. f. examinar la constitucionalidad de las actividades de un partido político o de la terminación de los poderes de un miembro del órgano representativo elegido a propuesta por ese partido político, sobre la base de una reclamación presentada por el Presidente de Georgia, el Gobierno o por lo menos una quinta parte de los miembros de Parlamento;
  7. g. revisar la constitucionalidad de la decisión del Parlamento de reconocer o poner fin prematuramente a los poderes de un diputado, sobre la base de una reclamación presentada por al menos una quinta parte de los miembros del Parlamento o de la persona respectiva;
  8. h. examinar las controversias relacionadas con las normas que regulan los referendos o las elecciones, y la constitucionalidad de los referendos y las elecciones celebrados o que se celebrarán sobre la base de esas normas, sobre la base de una reclamación presentada por el Presidente de Georgia, por lo menos una quinta parte de los miembros del Parlamento o por el Defensor Público;
  9. i. examinar la constitucionalidad de un acto normativo con respecto al capítulo 9 de la Constitución sobre la base de una reclamación presentada por el órgano representativo de un gobierno autónomo local;
  10. j. ejercerá otras facultades determinadas por la Constitución.

5. El fallo del Tribunal Constitucional será definitivo. Un acto o parte del mismo que haya sido reconocido como inconstitucional dejará de surtir efecto jurídico tan pronto como se haga pública la sentencia respectiva del Tribunal Constitucional, a menos que la sentencia pertinente prevea un plazo posterior para invalidar el acto o una parte del mismo.

6. Una norma jurídica que regule las elecciones no será reconocida como inconstitucional por el Tribunal Constitucional en el año electoral respectivo, a menos que esa norma haya sido adoptada en un plazo de 15 meses antes del mes de las elecciones respectivas.

7. El nombramiento de los jueces del Tribunal Constitucional y la terminación de su mandato, así como las actuaciones judiciales constitucionales y otras cuestiones relacionadas con las actividades del Tribunal Constitucional, serán determinadas por la ley orgánica.

Artículo 61. Corte Suprema de Georgia

1. El Tribunal Supremo de Georgia será el Tribunal de Casación.

2. La Corte Suprema estará integrada por al menos 28 jueces. Previa designación por el Consejo Superior de Justicia, los jueces del Tribunal Supremo serán elegidos de por vida, hasta que alcancen la edad establecida por la ley orgánica, por mayoría del número total de miembros del Parlamento.

3. Previa candidatura del Consejo Superior de Justicia, el Parlamento elegirá a un Presidente del Tribunal Supremo de entre los miembros del Tribunal Supremo por un período de diez años por mayoría del número total de miembros del Parlamento. La persona que ya haya ocupado el cargo de presidente del Tribunal Supremo no será reelegida.

Artículo 62. Procedimientos judiciales

1. Un tribunal dictará sentencia en nombre de Georgia. Los actos judiciales serán vinculantes. El incumplimiento de una sentencia judicial o la injerencia en la ejecución de una sentencia judicial serán punibles por la ley.

2. Las sentencias judiciales sólo pueden ser anuladas, modificadas o suspendidas por los tribunales, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley. La ley determinará otros procedimientos para la liberación de una pena y la conmutación de la parte no cumplida de la pena.

3. Las audiencias judiciales serán abiertas. Las audiencias a puerta cerrada sólo se permitirán en los casos previstos por la ley. Las sentencias judiciales se declararán públicamente.

4. Los procedimientos judiciales se llevarán a cabo en la lengua oficial. La persona que no domina el idioma oficial deberá contar con un intérprete.

5. Los procedimientos judiciales se llevarán a cabo sobre la base de la igualdad de medios y el proceso contradictorio.

Artículo 63. Juez

1. El juez será independiente en su actividad y sólo cumplirá lo dispuesto en la Constitución y la ley. Toda presión sobre un juez o cualquier injerencia en su actividad para influir en su adopción de decisiones estará prohibida y punible por la ley. Nadie tendrá derecho a exigir a un juez una cuenta relativa a un caso concreto. Todos los actos que restrinjan la independencia de un juez serán nulos y sin efecto.

2. El juez gozará de inmunidad. Las actuaciones penales contra un juez, su detención o detención, y los registros de su lugar de residencia, lugar de trabajo, vehículo o persona sólo se permitirán con el consentimiento del Consejo Superior de Justicia y, en el caso de un juez del Tribunal Constitucional, con el consentimiento del Corte. Se podrá hacer una excepción si un juez es capturado en el lugar del crimen, en cuyo caso se notificará inmediatamente al Consejo Superior de Justicia o al Tribunal Constitucional, respectivamente. A menos que el Consejo Superior de Justicia o el Tribunal Constitucional, respectivamente, consienta en la detención, el juez detenido será puesto en libertad inmediatamente.

3. El Estado garantizará la seguridad del juez y de su familia.

4. El cargo de juez será incompatible con cualquier otro cargo y actividad remunerativa, salvo las actividades académicas y pedagógicas. El juez no podrá ser miembro de un partido político ni participar en una actividad política.

5. Un juez de los tribunales comunes puede ser destituido del examen de un caso, destituido o trasladado a otro cargo sólo en los casos definidos por la ley orgánica. La inamovilidad de un juez estará garantizada por la ley orgánica. La reorganización o liquidación del tribunal no será la base para destituir a un juez nombrado de por vida.

6. El juez de los tribunales comunes será un ciudadano de Georgia que haya cumplido los 30 años de edad, haya recibido una educación jurídica superior pertinente y al menos cinco años de experiencia profesional especializada. Los requisitos adicionales de cualificación para los jueces de los tribunales comunes se definirán en la ley orgánica. Los jueces de los tribunales comunes serán nombrados de por vida hasta que alcancen la edad establecida por la ley orgánica. Los jueces de los tribunales comunes se seleccionarán en función de su conciencia y competencia. La decisión de nombrar un juez se adoptará por mayoría de al menos dos tercios del número total de miembros del Consejo Superior de Justicia. Los procedimientos de nombramiento y destitución de los jueces serán determinados por la ley orgánica.

Artículo 64. Consejo Superior de Justicia

1. El Consejo Superior de Justicia de Georgia, órgano del sistema de tribunales comunes, se establecerá para garantizar la independencia y eficiencia de los tribunales comunes, nombrar y destituir a los jueces y desempeñar otras tareas.

2. El Consejo Superior de Justicia estará integrado por 14 miembros nombrados por un período de cuatro años, y el Presidente del Tribunal Supremo. Más de la mitad de los miembros del Consejo Superior de Justicia serán elegidos entre los magistrados por el órgano autónomo de jueces de los tribunales comunes. Además de los miembros elegidos por el órgano autónomo de los jueces de los tribunales comunes y el Presidente del Tribunal Supremo, el Consejo Superior de Justicia tendrá un miembro nombrado por el Presidente de Georgia y miembros elegidos por mayoría de al menos tres quintas partes del número total de Diputados del Parlamento. El Presidente del Consejo Superior de Justicia será elegido por un período de cuatro años, pero no más del período definido por su mandato como miembro del Consejo Superior de Justicia. El Presidente del Consejo Superior de Justicia será elegido por el Consejo Superior de Justicia entre sus magistrados, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley orgánica. El Secretario del Consejo Superior de Justicia será elegido por un período de cuatro años por el órgano autónomo de jueces de los tribunales comunes entre los miembros del Consejo Superior de Justicia que hayan sido elegidos por el órgano autónomo de jueces de los tribunales comunes.

3. El Consejo Superior de Justicia será responsable ante el órgano autónomo de los jueces de los tribunales comunes. El procedimiento de rendición de cuentas será determinado por la ley orgánica.

4. Las competencias del Consejo Superior de Justicia y los procedimientos para su establecimiento y actividad serán determinados por la ley orgánica.

Artículo 65. Fiscalía

1. La Fiscalía de Georgia será independiente en sus actividades y sólo cumplirá lo dispuesto en la Constitución y la ley.

2. La Fiscalía estará dirigida por el Fiscal General, que será elegido por un mandato de seis años a propuesta del Consejo de Fiscales por mayoría del número total de diputados, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley orgánica.

3. El Consejo de Fiscales se establecerá para garantizar la independencia, transparencia y eficiencia de la Fiscalía. El Consejo estará integrado por 15 miembros elegidos de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley orgánica. El Presidente del Consejo de Fiscales será elegido por los miembros del Consejo por un período de dos años.

4. La Fiscalía presentará anualmente al Parlamento un informe sobre sus actividades.

5. Las competencias, estructura y procedimiento de la actividad de la Fiscalía serán determinadas por la ley orgánica.

Capítulo Siete. Finanzas Públicas y Control

Artículo 66. Presupuesto del Estado

1. El Parlamento de Georgia aprobará anualmente la Ley del presupuesto del Estado por mayoría del número total de sus miembros.

2. Sólo el Gobierno de Georgia tendrá derecho a presentar un proyecto de presupuesto estatal al Parlamento una vez examinados los datos básicos y las directrices en los comités del Parlamento. El Gobierno presentará al Parlamento un proyecto de presupuesto del Estado para el año siguiente a más tardar tres meses antes del final del ejercicio presupuestario. Junto con un proyecto de presupuesto del Estado, el Gobierno presentará un informe sobre la marcha de la ejecución del presupuesto del Estado para el año en curso. El Gobierno presentará un informe sobre la ejecución del presupuesto del Estado del año anterior al Parlamento para su aprobación a más tardar cinco meses después del final del ejercicio presupuestario.

3. La enmienda de un proyecto de ley sobre el presupuesto del Estado será inadmisible sin el consentimiento del Gobierno. El Gobierno puede solicitar que el Parlamento cubra los gastos adicionales del Estado si indica las fuentes utilizadas para sufragar esos gastos.

4. El Parlamento sólo puede aprobar una ley sobre el aumento de los gastos o la reducción de los ingresos de un presupuesto del Estado, o sobre la introducción de nuevas obligaciones financieras para el Estado para el ejercicio presupuestario en curso, sólo con el consentimiento del Gobierno. Las leyes relacionadas con el ejercicio presupuestario siguiente podrán aprobarse con el consentimiento del Gobierno o en el marco del documento sobre los datos básicos y las orientaciones del país presentado por el Gobierno al Parlamento.

5. Si el Parlamento no aprueba un presupuesto estatal al comienzo de un nuevo ejercicio presupuestario, los gastos se sufragarán con arreglo a los procedimientos establecidos por la ley, sobre la base del presupuesto del Estado del año anterior.

6. La reducción de los fondos asignados al Parlamento en el presupuesto del Estado, en comparación con la cantidad presupuestada para el año anterior, sólo será posible con el consentimiento previo del Parlamento. El Parlamento decidirá independientemente cómo distribuir los fondos asignados al Parlamento en el presupuesto del Estado.

7. La Ley sobre el presupuesto del Estado será firmada y promulgada por el Presidente de Georgia de conformidad con el artículo 46 de la Constitución. Las observaciones del Presidente sobre la Ley del presupuesto estatal sólo pueden ser aceptadas por el Parlamento con el consentimiento del Gobierno.

8. Los procedimientos para redactar y aprobar un presupuesto del Estado se determinarán por ley.

Artículo 67. Impuestos y tasas, política económica

1. El pago de impuestos y tasas será obligatorio en la cantidad y de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley. Sólo la ley determinará la estructura y los procedimientos para la introducción de impuestos y tasas, así como sus tasas y el alcance de dichas tasas. Las exenciones fiscales solo estarán permitidas por la ley. Los controles fiscales serán ejercidos únicamente por las autoridades fiscales definidas por la ley.

2. Los principios fundamentales de la política económica para garantizar un crecimiento económico estable y a largo plazo se definirán en la ley orgánica. En caso de especial necesidad, la ley orgánica determinará el incumplimiento y la desviación de los límites establecidos por los parámetros macroeconómicos, así como las medidas que deban adoptarse para volver a esos parámetros.

Artículo 68. Banco Nacional

1. El Banco Nacional de Georgia llevará a cabo una política monetaria para garantizar la estabilidad de precios y mantener el funcionamiento estable del sector financiero. El Banco Nacional será el banco de bancos, el banquero y el agente fiscal del Gobierno.

2. La Junta del Banco Nacional es el órgano supremo del Banco Nacional de Georgia. Los miembros de la Junta del Banco Nacional serán elegidos por mayoría del número total de miembros del Parlamento por un período de siete años, a propuesta del Presidente de Georgia. El Presidente de Georgia nombrará al Presidente del Banco Nacional entre los miembros de la Junta del Banco Nacional y lo destituirá a propuesta de la Junta del Banco Nacional.

3. El Banco Nacional será independiente en su actividad. Sólo los gastos administrativos y de capital del Banco Nacional estarán sujetos a la supervisión y el control previstos en el artículo 69 de la Constitución. El Banco Nacional rendirá cuentas ante el Parlamento y le presentará anualmente un informe de actividades.

4. Sólo el Banco Nacional tendrá derecho a la emisión de dinero. El nombre y la unidad monetaria serán determinados por la ley orgánica.

5. Las competencias, el procedimiento para la actividad y las garantías para la independencia del Banco Nacional, serán determinados por la ley orgánica.

Artículo 69. Oficina Estatal de Auditoría

1. La utilización y el gasto de los fondos presupuestarios y otros recursos públicos serán supervisados por la Oficina Estatal de Auditoría, con el fin de facilitar la eficiencia y la rendición de cuentas de la gobernanza pública. También tendrá derecho a examinar las actividades de otros órganos estatales de control fiscal y económico y presentar propuestas para mejorar la legislación fiscal al Parlamento.

2. La Oficina Estatal de Auditoría está dirigida por el Auditor General, que será elegido por mayoría del número total de diputados por un período de cinco años, a propuesta del Presidente del Parlamento.

3. La Oficina Estatal de Auditoría será independiente en su actividad.

4. La Oficina Estatal de Auditoría será responsable ante el Parlamento. Dos veces al año, junto con la presentación de informes preliminares y completos sobre la ejecución del presupuesto del Estado, la Oficina Estatal de Auditoría presentará al Parlamento sus conclusiones sobre el informe del Gobierno. Una vez al año, presentará al Parlamento su propio informe de actividades.

5. La Oficina Estatal de Auditoría velará por el control de los fondos públicos por el Parlamento.

6. Las competencias, la estructura, el procedimiento de la actividad y las garantías de independencia de la Oficina Estatal de Auditoría serán determinadas por la ley orgánica.

Capítulo Ocho. Defensa y Seguridad del Estado

Artículo 70. Fuerzas de Defensa

1. La guerra defensiva será un derecho soberano de Georgia.

2. La defensa de Georgia será deber de todos los ciudadanos. El procedimiento para cumplir el servicio militar estará determinado por la ley.

3. Para la defensa de la independencia del Estado, la soberanía y la integridad territorial, así como para el cumplimiento de otras tareas relacionadas con la defensa y la seguridad previstas en la Constitución y las obligaciones internacionales, Georgia tendrá fuerzas de defensa.

4. Los tipos y la composición de las Fuerzas de Defensa se definirán por ley. La cantidad de las Fuerzas de Defensa se aprobará por mayoría del número total de miembros del Parlamento, previa recomendación del Gobierno.

5. Durante la ley marcial, la fusión de los órganos encargados de la seguridad estatal y pública con las Fuerzas de Defensa estará autorizada por decreto.

6. Las Fuerzas de Defensa actuarán por orden del Ministro de Defensa de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley y, durante el estado de excepción o la ley marcial, por orden del Primer Ministro.

Artículo 71. Estado de excepción y ley marcial

1. En caso de ataque armado o amenaza directa de ataque armado contra Georgia, el Presidente de Georgia, previa recomendación del Primer Ministro, declarará la ley marcial, firmará una tregua (siempre que se establezcan las condiciones apropiadas) y presentará inmediatamente esas decisiones al Parlamento para su aprobación. La decisión de declarar la ley marcial entrará en vigor en el momento de su anuncio. El Parlamento aprueba la decisión en su asamblea. Si el Parlamento no aprueba la decisión tras una votación, quedará nula y sin efecto.

2. En casos de disturbios masivos, violación de la integridad territorial del país, golpe de Estado militar, insurrección armada, acto terrorista, catástrofes naturales o tecnogénicas o epidemias, o cualquier otra situación en la que los órganos del Estado carecen de la capacidad para cumplir normalmente sus deberes constitucionales, el Presidente de Georgia, previa recomendación del Primer Ministro, declarará el estado de excepción en todo el territorio del país o en cualquier parte del mismo, y presentará inmediatamente esta decisión al Parlamento para su aprobación. La decisión entrará en vigor en el momento en que se anuncie el estado de excepción. El Parlamento aprueba la decisión en su asamblea. Si el Parlamento no aprueba la decisión tras una votación, quedará nula y sin efecto. Las facultades de excepción sólo se aplicarán al territorio para el que se declare el estado de excepción.

3. Durante la ley marcial o el estado de excepción, el Presidente de Georgia, previa recomendación del Primer Ministro, dictará decretos que tengan la fuerza de la ley orgánica y que estarán en vigor hasta que se haya revocado la ley marcial o el estado de excepción. Se emitirá un decreto relacionado con la autoridad del Banco Nacional con el consentimiento del Presidente del Banco Nacional. Un decreto entrará en vigor al emitirse. Se presentará inmediatamente al Parlamento un decreto. El Parlamento aprueba la decisión en su asamblea. Si el Parlamento no aprueba la decisión tras una votación, quedará nula y sin efecto.

4. Durante el estado de excepción o la ley marcial, el Presidente de Georgia tendrá derecho a restringir por decreto los derechos enumerados en los artículos 13, 14, 15, 17, 18, 19, 21 y 26 de la Constitución en todo el territorio de Georgia o en cualquier parte de ella. Durante el estado de excepción o la ley marcial, el Presidente de Georgia tendrá derecho a suspender por decreto los artículos 13 2) a 6), 14 2), 15 2), 17 3), 5) y 6), 18 2) y 19 3) de la Constitución en todo el territorio de Georgia o en cualquier parte de ella. El Presidente de Georgia someterá inmediatamente el decreto previsto en el presente párrafo al Parlamento para su aprobación. El decreto sobre la restricción de un derecho entrará en vigor en el momento de su promulgación, mientras que el decreto sobre la suspensión de una norma entrará en vigor una vez aprobado por el Parlamento. El decreto sobre la restricción de un derecho será aprobado de conformidad con el procedimiento establecido en el párrafo 3 del presente artículo.

5. Las elecciones generales no se celebrarán durante el estado de excepción o la ley marcial. Si se declara el estado de excepción en una parte determinada del país, el Parlamento adoptará una decisión sobre la celebración de elecciones en el resto del territorio del país.

6. La decisión de revocar el estado de excepción o la ley marcial se adoptará de conformidad con los procedimientos establecidos para declarar y aprobar el estado de excepción o la ley marcial.

7. Las decisiones del Parlamento sobre las cuestiones previstas en el presente artículo se adoptarán por mayoría del número total de sus miembros.

Artículo 72. Utilización de las Fuerzas de Defensa

1. Las decisiones sobre la utilización de las fuerzas de defensa durante la ley marcial serán adoptadas por el Primer Ministro y no requerirán la aprobación del Parlamento.

2. Durante el estado de excepción, el Presidente de Georgia adoptará decisiones sobre la utilización de las Fuerzas de Defensa por recomendación del Primer Ministro y someterá inmediatamente las decisiones al Parlamento para su aprobación. Las decisiones entrarán en vigor tras su aprobación por el Parlamento. En caso de catástrofes naturales o tecnogénicas o epidemias, el Primer Ministro adoptará decisiones sobre la utilización de las Fuerzas de Defensa, decisiones que no requerirán la aprobación del Parlamento. Durante catástrofes naturales o tecnogénicas o epidemias, el Parlamento estará autorizado a adoptar decisiones sobre la terminación del uso de las Fuerzas de Defensa.

3. Previa recomendación del Gobierno, el Presidente adoptará decisiones sobre la utilización de las Fuerzas de Defensa para cumplir las obligaciones internacionales del país y someterá inmediatamente esas decisiones al Parlamento para su aprobación. Las decisiones entrarán en vigor previa aprobación por el Parlamento.

4. A los efectos de la defensa del Estado, en casos especiales, así como en los casos previstos por la ley, el Presidente de Georgia, previa recomendación del Gobierno, adoptará decisiones sobre la entrada, el uso y la circulación de fuerzas militares de otro Estado en el país. Las decisiones se someterán inmediatamente al Parlamento para su aprobación y entrarán en vigor una vez aprobada por el Parlamento.

5. Las decisiones del Parlamento sobre las cuestiones previstas en el presente artículo se adoptarán por mayoría del número total de sus miembros.

Artículo 73. Consejo Nacional de Defensa

1. Durante la ley marcial, se creará un órgano consultivo, el Consejo de Defensa Nacional, que estará presidido por el Presidente de Georgia. El Consejo Nacional de Defensa estará integrado por el Presidente de Georgia, el Primer Ministro, el Presidente del Parlamento, el Ministro de Defensa y el Jefe de las Fuerzas de Defensa. Por decisión del Presidente de Georgia, se podrá invitar a miembros individuales del Parlamento y del Gobierno a ser miembros del Consejo. El Consejo de Defensa Nacional actuará hasta que se revoque la ley marcial.

2. Las competencias y procedimientos para la actividad del Consejo de Defensa Nacional se determinarán por ley.

Capítulo Nueve. Autonomía local

Artículo 74. Órganos, fronteras, base jurídica del gobierno autónomo local

1. Los ciudadanos de Georgia regularán las cuestiones de importancia local por conducto de órganos representativos y ejecutivos del gobierno autónomo local. Los órganos representativos serán elegidos por sufragio universal, igual y directo por votación secreta. Los órganos ejecutivos ejecutarán las decisiones de los órganos representativos y rendirán cuentas ante ellos.

2. Una dependencia autónoma es una entidad jurídica de derecho público. Las decisiones sobre la creación, supresión o modificación de los límites de una dependencia autónoma serán adoptadas por el Parlamento, previa recomendación del Gobierno y en consulta con las dependencias autónomas pertinentes.

3. La autonomía local se llevará a cabo de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley orgánica.

Artículo 75. Competencias de las unidades autónomas

1. Las facultades de las autoridades estatales y de las unidades autónomas estarán separadas.

2. Las unidades autónomas estarán autorizadas a adoptar decisiones, por propia iniciativa y de conformidad con la legislación, sobre todas las cuestiones que no sean competencia exclusiva del Estado o de las repúblicas autónomas y que no estén excluidas por ley de las competencias de las unidades autónomas.

3. Una dependencia autónoma ejercerá sus facultades de forma independiente y será responsable de hacerlo en el ámbito de la legislación de Georgia. Las facultades de una unidad autónoma, tal como se definen en la ley orgánica, serán plenas y exclusivas.

4. El Estado delegará poderes en una unidad autónoma sobre la base de un acto legislativo o acuerdo mediante la transferencia de los recursos materiales y financieros adecuados.

5. Las autoridades estatales ejercerán la supervisión jurídica de las actividades de una unidad autónoma. Para garantizar la adopción de las decisiones pertinentes, la supervisión de las actividades de una unidad autónoma sólo será permisible con respecto a las decisiones adoptadas sobre la base de poderes delegados. La supervisión estatal se ejercerá de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley orgánica y de conformidad con el principio de proporcionalidad.

Artículo 76. Garantías del gobierno autónomo local

1. Una unidad autónoma tendrá sus propios bienes y finanzas.

2. Una unidad autónoma definirá su organización de forma independiente y de conformidad con la ley orgánica, y adoptará decisiones sobre cuestiones relacionadas con el personal de forma independiente, de conformidad con la ley orgánica y la legislación que regula la función pública.

3. Una unidad autónoma tendrá derecho a cooperar con otras unidades autónomas para ejercer sus facultades, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley orgánica. Las unidades autónomas tendrán derecho a afiliarse a sindicatos de unidades autónomas, de conformidad con los procedimientos establecidos por la ley orgánica.

4. Las autoridades estatales adoptarán decisiones sobre cuestiones relacionadas con el gobierno autónomo local en consulta con las unidades autónomas. El procedimiento de consulta será determinado por la ley orgánica.

5. Las decisiones adoptadas por los órganos de gobierno autónomo local dentro del ámbito de su competencia serán vinculantes en el territorio de las respectivas unidades autónomas.

Capítulo Diez. Revisión de la Constitución

Artículo 77. Procedimiento para la revisión de la Constitución

1. La Constitución será revisada por una ley constitucional. Más de la mitad del número total de diputados, o no menos de 200 000 electores, tendrán derecho a presentar un proyecto de ley constitucional.

2. Se presentará al Parlamento un proyecto de ley constitucional, que hará público el proyecto de ley para debates públicos en todo el país. El Parlamento iniciará las deliberaciones sobre el proyecto de ley un mes después de su publicación.

3. Se considerará aprobada una ley constitucional si cuenta con el apoyo de al menos dos tercios del número total de diputados al Parlamento. La ley constitucional se presentará al Presidente de Georgia para su firma dentro de los diez días siguientes a su aprobación, en una audiencia, sin enmiendas, por lo menos dos tercios del número total de miembros del próximo Parlamento.

4. Si cuenta con el apoyo de por lo menos tres cuartas partes del número total de miembros del Parlamento, la ley constitucional se presentará al Presidente de Georgia para su firma dentro del plazo establecido en el artículo 46 de la Constitución.

5. La ley constitucional relativa al restablecimiento de la integridad territorial se aprobará por una mayoría de al menos dos tercios del número total de miembros del Parlamento y se presentará al Presidente de Georgia para su firma dentro del plazo establecido en el artículo 46 de la Constitución.

6. El Presidente de Georgia firmará y promulgará una ley constitucional de conformidad con los procedimientos establecidos en el artículo 46 de la Constitución.

7. En caso de declaración del estado de excepción o de una ley marcial, las deliberaciones sobre un proyecto de ley constitucional se suspenderán hasta que se haya revocado el estado de excepción o la ley marcial.

Capítulo Once. Disposiciones transitorias

Artículo 78. Integración en las estructuras europeas y euroatlánticas

Los órganos constitucionales adoptarán todas las medidas dentro del ámbito de sus competencias para garantizar la plena integración de Georgia en la Unión Europea y en la Organización del Tratado del Atlántico del Norte.