Nombramiento de los miembros del Tribunal Constitucional

El procedimiento a través del cual se nomina y elige un candidato para el cargo de Juez del Tribunal Constitucional. Esto podría ser a través de la aprobación del poder ejecutivo y la totalidad o parte de la legislatura.

Alemania 1949

1. La Corte Constitucional Federal se compone de magistrados federales y de otros miembros. Los miembros de la Corte Constitucional Federal serán elegidos por mitades por el Bundestag y por el Bundesrat. No podrán pertenecer ni al Bundestag ni al Bundesrat ni al Gobierno Federal ni a los órganos correspondientes de un Land.


Bolivia 2009

I. Son atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, además de las que determina esta Constitución y la ley:

5. Preseleccionar a las candidatas y a los candidatos para la conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura.

Artículo 182

I. Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia serán elegidas y elegidos mediante sufragio universal.

II. La Asamblea Legislativa Plurinacional efectuará por dos tercios de sus miembros presentes la preselección de las postulantes y los postulantes por cada departamento y remitirá al órgano electoral la nómina de los precalificados para que éste proceda a la organización, única y exclusiva, del proceso electoral.

III. Las y los postulantes o persona alguna, no podrán realizar campaña electoral a favor de sus candidaturas, bajo sanción de inhabilitación. El Órgano Electoral será el único responsable de difundir los méritos de las candidatas y los candidatos.

IV. Las magistradas y magistrados no podrán pertenecer a organizaciones políticas.

V. Serán elegidas y elegidos las candidatas y los candidatos que obtengan mayoría simple de votos. La Presidenta o el Presidente del Estado ministrará posesión en sus cargos.

VI. Para optar a la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia será necesario cumplir con los requisitos generales establecidos para los servidores públicos: haber cumplido treinta años de edad, poseer título de abogado, haber desempeñado, con honestidad y ética, funciones judiciales, profesión de abogado o cátedra universitaria durante ocho años y no contar con sanción de destitución del Consejo de la Magistratura. Para la calificación de méritos se tomará en cuenta el haber ejercido la calidad de autoridad originaria bajo su sistema de justicia.

VII. El sistema de prohibiciones e incompatibilidades aplicado a las Magistradas y a los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia será el mismo que para los servidores públicos.

Artículo 198

Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional se elegirán mediante sufragio universal, según el procedimiento, mecanismo y formalidades de los miembros del Tribunal Supremo de Justicia.

II. Las candidatas y los candidatos al Tribunal Constitucional Plurinacional podrán ser propuestas y propuestos por organizaciones de la sociedad civil y de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.


Colombia 1991

Son atribuciones del Senado:

6. Elegir a los magistrados de la Corte Constitucional.

Los Magistrados de la Corte Constitucional serán elegidos por el Senado de la República para períodos individuales de ocho años, de sendas ternas que le presenten el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.


Luxemburgo 1868

3. El Tribunal Constitucional está formado por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, del Presidente del Tribunal Supremo administrativo, de dos consejeros del Tribunal de Casación y de cinco magistrados nombrados por el Gran Duque, sobre el dictamen conjunto del Tribunal Superior de Justicia y el Tribunal Supremo administrativo. Las disposiciones de los artículos 91, 92 y 93 les son aplicables. El Tribunal Constitucional se constituirá si están presentes cinco magistrados.


Lituania 1992

El Parlamento podrá:

10. designar a los jueces y a los presidentes del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo;

El Presidente de la República:

12. envía al Parlamento las candidaturas de tres jueces del Tribunal constitucional, y, tras la designación de todos los jueces del Tribunal constitucional, recomienda al Parlamento, designar de entre de ellos, al candidato a Presidente del Tribunal Constitucional;

Artículo 103

El Tribunal Constitucional estará formado por nueve jueces designados por un período de nueve años no renovables. Cada tres años, se renovará un tercio del Tribunal Constitucional. El Parlamento designará tres candidatos al cargo de juez del Tribunal Constitucional de entre los candidatos propuestos por el Presidente de la República de Lituania, tres candidatos propuestos por el Presidente del Parlamento y tres candidatos propuestos por el Presidente del Tribunal Supremo; los candidatos serán nombrados jueces por el Parlamento.

El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre los jueces del Tribunal Constitucional a propuesta del Presidente de la República de Lituania.

Los ciudadanos de la República de Lituania de impecable reputación, con título universitario en Derecho, y que hayan estado, al menos diez años, ejerciendo la abogacía o en tareas de investigación o enseñanza según su cualificación como juristas, serán elegibles para el cargo de juez del Tribunal Constitucional.


Kenia 2010

1. El presidente de Kenia:

b. A todos los otros jueces, de conformidad con la recomendación de la Comisión del Servicio Judicial.


Irán 1979

Principio 91

Con el fin de salvaguardar los principios del Islam y la Constitución para que las aprobaciones de la Asamblea Consultiva Islámica no los contradigan, se constituirá un consejo con el nombre de Consejo de Guardianes‖, que estará compuesto del modo siguiente:

1. Seis alfaquíes justos y doctos en cuestiones y asuntos de la época. Serán designados por el líder.

2. Seis juristas de las diversas especialidades jurídicas presentados por el presidente del Poder Judicial a la Asamblea Consultiva Islámica seleccionados entre todos los juristas musulmanes, a votación de dicha Asamblea.


Indonesia 1945

3. La Corte Constitucional estará formada por nueve jueces constitucionales, cuyo cargo será confirmado por el presidente. Tres de ellos serán nominados por el Tribunal Supremo, tres por el DPR y tres por el presidente.


Haití 1987

Artículo 190bis-1

El Consejo Constitucional está compuesto de nueve (9) miembros, de los cuales tres (3) son designados por el Poder Ejecutivo, tres (3) por la Asamblea Nacional por mayoría de dos tercios (2/3) de los miembros de cada una de las dos cámaras y tres (3) por el Consejo Superior del Poder Judicial.

El Consejo Constitucional está formado:

a. Por tres magistrados con una experiencia mínima de 10 años, de los cuales uno (1) será designado por el Poder Ejecutivo, uno (1) por la Asamblea Nacional por mayoría de dos tercios (2/3) de los miembros de cada una de las dos cámaras y uno (1) por el Consejo Superior del Poder Judicial.

b. Tres juristas de gran prestigio, profesores o abogados con diez (10) años de experiencia como mínimo, de los cuales uno (1) será designado por el Poder Ejecutivo, uno (1) por la Asamblea Nacional por mayoría de dos tercios (2/3) de los miembros de cada una de las dos cámaras y uno (1) por el Consejo Superior del Poder Judicial.

c. Tres personalidades de gran prestigio profesional con diez (10) años de experiencia como mínimo, de los cuales uno (1) será designado por el Poder Ejecutivo, uno (1) por la Asamblea Nacional por mayoría de dos tercios (2/3) de los miembros de cada una de las dos cámaras y uno (1) por el Consejo Superior del Poder Judicial.

El Presidente de la República procederá a nombrar a los miembros del Consejo Constitucional mediante orden aprobada en el Consejo de Ministros, de conformidad con el Artículo anterior.


Guinea Ecuatorial 1991

1. El Tribunal Constitucional se compone de un presidente y cuatro miembros nombrados por el Presidente de la República; dos de ellos a propuesta de la Cámara de los Diputados y del Senado, respectivamente. El periodo de mandato de los Miembros del Tribunal Constitucional será de siete años.


Guatemala 1985

Artículo 269. Integración de la Corte de Constitucionalidad

La Corte de Constitucionalidad se integra con cinco magistrados titulares, cada uno de los cuales tendrá su respectivo suplente. Cuando conozca de asuntos de inconstitucionalidad en contra de la Corte Suprema de Justicia, el Congreso de la República, el Presidente o el Vicepresidente de la República, el número de sus integrantes se elevará a siete, escogiéndose los otros dos magistrados por sorteo de entre los suplentes.

Los magistrados durarán en sus funciones cinco años y serán designados en la siguiente forma:

a. Un magistrado por el pleno de la Corte Suprema de Justicia;

b. Un magistrado por el pleno del Congreso de la República;

c. Un magistrado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros;

d. Un magistrado por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala; y

e. Un magistrado por la Asamblea del Colegio de Abogados.

Simultáneamente con la designación del titular, se hará la del respectivo suplente, ante el Congreso de la República.

La instalación de la Corte de constitucionalidad se hará efectiva noventa días después que la del Congreso de la República.


Grecia 1975

1. Los magistrados son nombrados de por vida por decreto presidencial, en virtud de una ley que determine los requisitos y el procedimiento de su selección.

2. El Tribunal mencionado en el apartado anterior se constituye por los Presidentes del Consejo de Estado, del Tribunal Supremo y del Tribunal de Cuentas, así como de los cuatro consejeros de Estado y de cuatro consejeros del Tribunal Supremo, designados por sorteo cada dos años. El más antiguo de los Presidentes de Consejo de Estado o del Tribunal Supremo lo presidirá.

En las letras d) y e) del apartado anterior, en la composición del Tribunal participan también dos profesores ordinarios de materias jurídicas de la Facultades de Derecho de las Universidades del país, designados por sorteo.


Francia 1958

ARTÍCULO 56

El Consejo Constitucional estará compuesto por nueve miembros, cuyo mandato durará nueve años y no será renovable. El Consejo Constitucional se renovará por tercios cada tres años. Tres por la Asamblea Nacional y tres por el Presidente del Senado. El procedimiento previsto en el último párrafo del artículo 13 será aplicable a estas nominaciones. Las nominaciones efectuadas por el presidente de cada Asamblea están al dictamen de la comisión permanente competente de la Asamblea correspondiente.

Además de los nueve miembros arriba mencionados, los ex-Presidentes de la República serán miembros vitalicios de pleno derecho del Consejo Constitucional.

El Presidente será nombrado por el Presidente de la República. Tendrá voto de calidad en caso de empate.


Rusia 1993

El Presidente de la Federación Rusa:

F. Presentará al Consejo de la Federación candidatos a los cargos de magistrados del Tribunal de la Federación de Rusia, el Tribunal Supremo de la Federación de Rusia nombrará a los tribunales federales;

1. Serán de la competencia del Consejo de la Federación:

G. El nombramiento de los magistrados del Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia, del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia;

1. Los Jueces del Tribunal Constitucional de la Federación Rusa, el Tribunal Supremo de la Federación Rusa serán designados por el Consejo de la Federación a propuesta del Presidente de la Federación Rusa.


España 1978

1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.


Venezuela 1999

Artículo 264

Los magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia serán elegidos por un único período de doce años. La ley determinará el procedimiento de elección. En todo caso, podrán postularse candidatos o candidatas ante el Comité de Postulaciones Judiciales, por iniciativa propia o por organizaciones vinculadas con la actividad jurídica. El Comité, oída la opinión de la comunidad, efectuará una preselección para su presentación al Poder Ciudadano, el cual efectuará una segunda preselección que será presentada a la Asamblea Nacional, la cual efectuará una tercera preselección para la decisión definitiva.

Los ciudadanos podrán ejercer fundadamente objeciones a cualquiera de los postulados ante el Comité de Postulaciones Judiciales, o ante la Asamblea Nacional.


Túnez 2014

Los Presidentes de la República, de la Asamblea de Representantes del Pueblo y del Consejo Superior de la Judicatura nombrarán cada uno a cuatro miembros, tres cuartos de los cuales deberán serjuristas. Los nombramientos serán para un solo mandato de nueve años.


Sudáfrica 1996

3. El Presidente, como jefe del ejecutivo nacional, tras consultar a la Comisión de Servicio Judicial y a los líderes de los partidos representados en la Asamblea Nacional, designa al Presidente y al Vice presidente del Tribunal Constitucional y, tras consultar a la comisión de Servicio Judicial, designa al Presidente y al Vicepresidente del Tribunal Supremo.

4. Los otros jueces del Tribunal Constitucional son designados por el Presidente, como jefe del ejecutivo nacional, después de consultar con el Presidente del Tribunal Constitucional y con los líderes de los partidos representados en la Asamblea Nacional, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a. La Comisión de Servicio Judicial debe preparar una lista de candidatos con tres nombres más que el número de designaciones a hacer, y someter la lista al Presidente.

b. El Presidente puede hacer designaciones de la lista, y debe advertir a la Comisión de Servicio Judicial, con razones, si algunos de los candidatos son inaceptables y resta por hacer alguna designación.

c. La Comisión de Servicio Judicial debe complementar la lista con más candidatos y el Presidente debe hacer las restantes designaciones de la lista complementaria.

1. El presidente puede designar a una mujer o un hombre para que actúe como vice presidente de la Corte Suprema o como juez del Tribunal Constitucional si hay una vacante en cualquiera de esas oficinas, o si la persona que ocupa dicho cargo está ausente. El nombramiento debe hacerse por recomendación del miembro del Gabinete responsable de la administración de justicia que actúa con la anuencia del Presidente del Tribunal Supremo, y debe nombrarse como vicepresidente en funciones del rango de los jueces nombrados para el cargo. Tribunal Constitucional en términos del artículo 174 (4).


Rumania 1991

3. Tres jueces serán nombrados por la Cámara de los Diputados, tres por el Senado y tres por el Presidente de Rumania.


República Dominicana 2015

El Consejo Nacional de la Magistratura tendrá las siguientes funciones:

2. Designar los jueces del Tribunal Constitucional;

Artículo 182. Escogencia jueces Tribunal Constitucional

El Consejo Nacional de la Magistratura al conformar el Tribunal Constitucional dispondrá cuál de ellos ocupará la presidencia y designará un primer y segundo sustitutos para reemplazar al Presidente, en caso de falta o impedimento.


Portugal 1976

1. El Tribunal Constitucional estará compuesto por trece jueces, diez nombrados por la Asamblea de la República y tres cooptados por éstos.

2. Seis de los jueces nombrados por la Asamblea de la República o por cooptación deberán ser obligatoriamente seleccionados de entre los jueces de los restantes tribunales y los demás de entre juristas.


Polonia 1997

Artículo 194

1. El Tribunal Constitucional estará compuesto por quince Magistrados elegidos individualmente por la Cámara de los Diputados para un período de nueve años de entre juristas de reconocido prestigio. No cabe reelección.

2. El Presidente y el Vicepresidente del Tribunal Constitucional serán nombrados por el Presidente de la República de entre los candidatos propuestos por la Asamblea General de los Jueces del Tribunal Constitucional.


Perú 1993

Artículo 201°

El Tribunal Constitucional es el órgano de control de la Constitución. Es autónomo e independiente. Se compone de siete miembros elegidos por cinco años.

Para ser miembro del Tribunal Constitucional, se exigen los mismos requisitos que para ser vocal de la Corte Suprema. Los miembros del Tribunal Constitucional gozan de la misma inmunidad y de las mismas prerrogativas que los congresistas. Les alcanzan las mismas incompatibilidades. No hay reelección inmediata.

Los miembros del Tribunal Constitucional son elegidos por el Congreso de la República con el voto favorable de los dos tercios del número legal de sus miembros. No pueden ser elegidos magistrados del Tribunal Constitucional los jueces o fiscales que no han dejado el cargo con un año de anticipación.


Ecuador 2008

Artículo 434

Los miembros de la Corte Constitucional se designarán por una comisión calificadora que estará integrada por dos personas nombradas por cada una de las funciones, Legislativa, Ejecutiva y de Transparencia y Control Social. La selección de los miembros se realizará de entre las candidaturas presentadas por las funciones anteriores, a través de un proceso de concurso público, con veeduría y posibilidad de impugnación ciudadana. En la integración de la Corte se procurará la paridad entre hombres y mujeres.

El procedimiento, plazos y demás elementos de selección y calificación serán determinados por la ley.


Islandia

El Parlamento elegirá cinco miembros para un Tribunal Constitucional (la Lögrétta) por un período de cinco años.


Italia 1947

Art 135

El Tribunal Constitucional estará integrado por quince jueces, un tercio de los cuales nombrado por el Presidente de la República, un tercio por el Parlamento en sesión conjunta y un tercio por las supremas magistraturas ordinaria y administrativas.

Los magistrados del Tribunal Constitucional se elegirán entre los magistrados, incluidos los jubilados, de las jurisdicciones superiores ordinaria y administrativas, los catedráticos universitarios de disciplinas jurídicas y los abogados con más de veinte años de ejercicio profesional.

Los magistrados del Tribunal Constitucional serán nombrados por un mandato de nueve años, que empezará para cada uno de ellos el día de su juramento, y no podrán ser nuevamente designados.

Al finalizar su mandato, el magistrado constitucional cesará en su cargo y en el ejercicio de sus funciones.

El Tribunal elegirá entre sus miembros, de conformidad con las normas establecidas por la ley, a su Presidente, quien permanecerá en el cargo por un trienio y será reelegible, sin perjuicio en todo caso de los términos de expiración de su cargo como juez.

El cargo de magistrado del Tribunal será incompatible con el de miembro del Parlamento y de un Consejo Regional, con el ejercicio de la profesión de abogado y con cualquier otro cargo y oficio determinados por la ley.

En el juicio de acusación contra el Presidente de la República intervendrán, además de los magistrados ordinarios del Tribunal, dieciséis miembros escogidos por sorteo de una lista de ciudadanos que reúnan los requisitos para ser elegidos senadores que el Parlamento redactará cada nueve años mediante elección según las mismas modalidades establecidas para el nombramiento de los magistrados ordinarios.


Andorra 1993

1. El Tribunal Constitucional está integrado por cuatro magistrados constitucionales, nombrados entre personas de reconocida experiencia jurídica o institucional, uno por cada uno de los Copríncipes y dos por el Consejo General. No podrán ocupar cargos por más de dos mandatos consecutivos de ocho años. La renovación del Tribunal Constitucional será parcial. El sistema de incompatibilidad estará regulado por la Ley cualificada mencionada en el artículo anterior.


Angola 2010

En su calidad de Jefe de Estado, el Presidente de la República será responsable de:

f. Nombrar al Juez Presidente del Tribunal Constitucional ya los demás jueces de dicho tribunal;

2. El Tribunal Constitucional será responsable de:

f. El Tribunal Constitucional estará compuesto por una Sala de once miembros nombrados entre juristas y jueces, según se indica a continuación:

  1. a. Cuatro magistrados designados por el Presidente de la República, incluido el Presidente de la Corte;
  2. b. Cuatro magistrados elegidos por la Asamblea Nacional por mayoría de dos tercios de los Miembros en pleno ejercicio de sus funciones, incluido el Vicepresidente de la Corte;
  3. c. Dos jueces elegidos por el Consejo Supremo de la Judicatura;
  4. d. Un magistrado elegido mediante la presentación competitiva de los planes de estudio, con arreglo a lo dispuesto en la ley.


Armenia 1995

Artículo 166. Procedimiento de elección y nombramiento de magistrados

1. Los jueces del Tribunal Constitucional serán elegidos por la Asamblea Nacional por lo menos tres quintas partes de los votos del número total de parlamentarios, por un período de 12 años. El Tribunal Constitucional estará integrado por nueve magistrados, tres de los cuales serán elegidos a propuesta del Presidente de la República, tres a propuesta del Gobierno y tres a propuesta de la Asamblea General de Magistrados. La Asamblea General de Magistrados sólo podrá designar magistrados. La misma persona puede ser elegida magistrada del Tribunal Constitucional sólo una vez.

Artículo 213. Presidente y miembros del Tribunal Constitucional

El Presidente del Tribunal Constitucional y los miembros nombrados antes de la entrada en vigor del capítulo 7 de la Constitución seguirán desempeñando sus funciones hasta el final del mandato estipulado en la Constitución enmendada en 2005. Tras la entrada en vigor del Capítulo 7 de la Constitución, el Presidente de la República, la Asamblea General de Jueces y el Gobierno presentarán sucesivamente las candidaturas para los puestos vacantes de jueces del Tribunal Constitucional.


Argelia 2020

ART. 194

El Tribunal Constitucional estará integrado por doce (12) miembros:

cuatro miembros nombrados por el Presidente de la República, incluido el Presidente de la Corte;

dos elegidos por el Tribunal Supremo y dos elegidos por el Consejo de Estado;

dos nombrados por el Presidente de la Asamblea Nacional Popular y dos nombrados por el Presidente del Consejo de la Nación, que no tienen capacidad parlamentaria ni afiliados a un partido político.

ART 196

El Presidente de la República nombrará al Presidente y al Vicepresidente del Tribunal Constitucional por un único período de seis años.

Los demás miembros del Tribunal Constitucional desempeñarán un mandato único de seis (6) años; la mitad del número de miembros del Tribunal se renovará cada cuatro (3) años.


Albania 1998

1. El Tribunal Constitucional estará integrado por 9 (nueve) miembros. Tres miembros serán nombrados por el Presidente de la República, tres miembros serán elegidos por la Asamblea y tres miembros serán elegidos por el Tribunal Superior. Los miembros serán seleccionados entre los tres primeros candidatos clasificados por el Consejo de Nombramientos de Justicia, de conformidad con la ley.

2. La Asamblea nombrará a los magistrados del Tribunal Constitucional por mayoría de tres quintas partes de sus miembros. Si la Asamblea no nombra a los magistrados, dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la lista de candidatos por el Consejo de Nombramiento de la Justicia, se considerará nombrado el primer candidato clasificado.


Zambia 1991

Artículo 140. Nombramiento de magistrados

El Presidente, por recomendación de la Comisión del Servicio Judicial y con sujeción a la ratificación de la Asamblea Nacional, nombrará:

a. Presidente del Tribunal Supremo;

b. Presidente Adjunto del Tribunal Supremo;

c. Presidente del Tribunal Constitucional;

d. Vicepresidente del Tribunal Constitucional; y

e. otros jueces.


Zimbabue 2013

180. Nombramiento de magistrados

1. El Presidente del Tribunal Supremo, el Presidente Adjunto y el Magistrado Presidente del Tribunal Superior y todos los demás magistrados son nombrados por el Presidente de conformidad con esta sección.

2. El Presidente del Tribunal Supremo, el Presidente Adjunto del Tribunal Supremo y el Magistrado Presidente del Tribunal Superior serán nombrados por el Presidente previa consulta con la Comisión del Servicio Judicial.

3. Si el nombramiento de un Presidente del Tribunal Supremo, el Presidente Adjunto del Tribunal Supremo o el Presidente del Tribunal Superior no es compatible con ninguna recomendación formulada por la Comisión del Servicio Judicial de conformidad con el párrafo 2), el Presidente hará que se informe al Senado tan pronto como sea posible:

4. Cuando sea necesario nombrar a un magistrado que no sea el Presidente del Tribunal Supremo, el Presidente del Tribunal Supremo Adjunto o el Magistrado Presidente del Tribunal Superior,

a. anunciar el puesto; y

b. invitar al Presidente y al público a hacer no naciones; y

c. llevar a cabo entrevistas públicas con posibles candidatos; y

d. preparar una lista de tres personas cualificadas como candidatos para el cargo; y

e. presentar la lista al Presidente, tras lo cual, con sujeción a lo dispuesto en el párrafo 5), el Presidente designará a uno de los candidatos para el cargo de que se trate.

5. Si el Presidente considera que ninguna de las personas incluidas en la lista que se le ha presentado de conformidad con el apartado e) del párrafo 4 es apta para ocupar el cargo, deberá exigir a la Comisión del Servicio Judicial que presente una nueva lista de tres personas cualificadas, tras lo cual el Presidente debe nombrar a una de las personas que se le presentan en virtud del apartado e) del párrafo 4). los candidatos a la oficina de que se trate.

6. El Presidente debe hacer que todos los nombramientos previstos en esta sección se publiquen en la Gaceta.

7. Las funciones de magistrado superior del Tribunal de Trabajo y de magistrado superior del Tribunal adrninistrativo deben ser ocupadas por otro juez o un juez adicional o en funciones, según el caso, del tribunal concadido, y serán nombrados por el Presidente del Tribunal Supremo previa consulta con la Comisión del Servicio Judicial.


Uzbekistán 1992

Las facultades exclusivas del Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán comprenderán:

2. elección, previa designación del Presidente de la República de Uzbekistán, del Tribunal Constitucional de la República de Uzbekistán;

El Presidente de la República de Uzbekistán:

13. representar ante el Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán a los candidatos a los cargos de Presidente y jueces del Tribunal Constitucional, Presidente y jueces del Tribunal Supremo, Presidente y jueces del Tribunal Económico Superior, Presidente de la Junta del Banco Central de la República de Uzbekistán, Presidente del Comité Estatal de la República de Uzbekistán para la Protección de la Naturaleza;


Ucrania 1996

La autoridad de la Rada Suprema de Ucrania incluye:

26. nombramiento de un tercio de la composición del Tribunal Constitucional de Ucrania;

El Presidente de Ucrania:

22. nombra a un tercio de la composición del Tribunal Constitucional de Ucrania;

El Presidente de Ucrania, la Rada Suprema de Ucrania y el Congreso de Jueces de Ucrania nombran cada uno a seis jueces del Tribunal Constitucional de Ucrania.


Turquía 1982

ARTÍCULO 146

El Tribunal Constitucional estará integrado por quince miembros.

La Gran Asamblea Nacional de Turquía elegirá, por votación secreta, a dos miembros de entre los tres candidatos propuestos por y entre el presidente y los miembros del Tribunal de Cuentas, para cada puesto vacante, y un miembro de entre los tres candidatos propuestos por los jefes de los colegios de abogados entre los abogados autónomos. En esta elección que se celebrará en la Gran Asamblea Nacional de Turquía, para cada puesto vacante, se requerirá la mayoría de dos tercios del número total de miembros para la primera votación y la mayoría absoluta del número total de miembros para la segunda votación. Si no se puede obtener la mayoría absoluta en la segunda votación, se procederá a una tercera votación entre los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos en la segunda votación; será elegido el miembro que reciba el mayor número de votos en la tercera votación.

El Presidente de la República nombrará tres miembros del Tribunal de Casación, dos miembros del Consejo de Estado de entre tres candidatos que serán designados, para cada puesto vacante, por sus respectivas asambleas generales, entre sus presidentes y miembros; tres miembros, por lo menos dos de los cuales licenciados en derecho, entre tres candidatos que serán propuestos para cada puesto vacante por el Consejo de Educación Superior de entre los miembros del personal docente que no son miembros del Consejo, en las esferas del derecho, la economía y las ciencias políticas; cuatro miembros de entre altos directivos, autónomos abogados, jueces de primera categoría y fiscales o relatores del Tribunal Constitucional.

En las elecciones que se celebrarán en las asambleas generales respectivas del Tribunal de Casación, el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Educación Superior para la designación de candidatos a miembros del Tribunal Constitucional, se considerará que tres personas que hayan obtenido el mayor número de votos para cada puesto vacante. En las elecciones que se celebrarán para los tres candidatos propuestos por los jefes de colegios de abogados de entre los abogados autónomos, se considerarán nominadas tres personas que obtengan el mayor número de votos.

Para poder ser nombrados miembros del Tribunal Constitucional, los miembros del profesorado deberán poseer el título de profesor o profesor asociado; los abogados deberán haber ejercido como abogado durante al menos veinte años; los ejecutivos de alto nivel deberán haber cumplido y haber trabajado por lo menos 20 años en la administración pública, así como jueces de primera categoría y fiscales con al menos 20 años de experiencia laboral incluido su período de candidatura, siempre que todos tengan más de 45 años de edad.

El Tribunal Constitucional elegirá entre sus miembros un presidente y dos vicepresidentes por un mandato de cuatro años por votación secreta y por mayoría absoluta del número total de sus miembros. Quienes finalizan sus mandatos pueden ser reelegidos.

Los miembros del Tribunal Constitucional no asumirán otros deberes oficiales y privados, aparte de sus deberes fundamentales.


Togo 1992

Artículo 100

El Tribunal Constitucional está compuesto por nueve (09) miembros nombrados por siete (7) años renovables.

Tres (3) son nombrados por el Presidente de la República de los cuales uno (1) sobre la base de su competencia jurídica.

Tres (3) son elegidos por la Asamblea Nacional con la mayoría de dos tercios (2/3) de sus miembros. Deben ser elegidos [de] fuera de los diputados. Uno de ellos debe designarse sobre la base de su competencia jurídica.

Tres (3) son elegidos por el Senado con la mayoría de dos tercios (2/3) de sus miembros. Deben ser elegidos [de] fuera de los senadores. Uno de ellos debe designarse sobre la base de su competencia jurídica.


Tailandia 2017

Sección 200

El Tribunal Constitucional está integrado por nueve jueces del Tribunal Constitucional nombrados por el Rey de entre las siguientes personas:

1. tres magistrados del Tribunal Supremo que desempeñen un cargo no inferior al Presidente del Tribunal Supremo durante un período no inferior a tres años elegidos por una sesión plenaria de la Corte Suprema;

2. dos magistrados del Tribunal Administrativo Supremo que ocupen un cargo no inferior al de magistrado del Tribunal Administrativo Supremo durante un período no inferior a cinco años elegidos por una sesión plenaria del Tribunal Administrativo Supremo;

3. una persona calificada en derecho obtenida mediante selección de personas que ocupan o han ocupado un cargo de profesor de una universidad en Tailandia durante no menos de cinco años y que actualmente tiene una reconocida labor académica;

4. una persona calificada en ciencias políticas o administración pública obtenida mediante selección de personas que ocupan o hayan ocupado un cargo de profesor de una universidad en Tailandia durante un no menos de cinco años y que actualmente tenga una reconocida labor académica;

5. dos personas cualificadas obtenidas mediante selección de personas que ocupen o hayan ocupado un cargo no inferior al de Director General o un cargo equivalente a un jefe de organismo gubernamental, o un cargo no inferior al Fiscal General Adjunto, durante un período no inferior a cinco años.

En el caso en que el Presidente de la Corte Suprema no pueda seleccionarse en virtud del párrafo 1), la sesión plenaria del Tribunal Supremo podrá seleccionar a una persona de entre las que hayan ocupado un cargo no inferior al de juez del Tribunal Supremo durante un mínimo de tres años.

El plazo previsto en el párrafo 1 se contará hasta la fecha de la elección o la fecha de solicitud de selección, según sea el caso. En caso de necesidad inevitable, el Comité de Selección podrá anunciar una disminución del período de tiempo previsto en los apartados uno o dos, pero la disminución no dará lugar a un período inferior a dos años.

Sección 203

En el caso de que deba seleccionarse a una persona idónea para ser nombrada magistrada del Tribunal Constitucional, será el deber y el poder del Comité de Selección, el cual estará integrado por:

1. Presidente de la Corte Suprema;

2. Presidente de la Cámara de Representantes y Jefe de la Oposición de la Cámara de Representantes en calidad de miembros;

3. Presidente del Tribunal Administrativo Supremo como miembro;

4. las personas nombradas por los órganos independientes, entre personas que reúnan las calificaciones previstas en el artículo 201, no están sujetas a ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 202 y nunca han cumplido funciones en el Tribunal Constitucional u órganos independientes integrados por una persona de cada órgano, como miembros.

En caso de que no haya ninguna persona que ocupara un cargo de miembro del comité de selección en virtud del apartado 2) o el número de miembros bajo el apartado 4 esté incompleto por cualquier causa, el comité de selección estará integrado por los miembros restantes.

La Secretaría del Senado desempeñará funciones como unidad administrativa del comité de selección.

El Comité de Selección llevará a cabo la selección de las personas idóneas para ser nombradas jueces del Tribunal Constitucional de conformidad con las normas, procedimientos y condiciones prescritos en la Ley Orgánica de Procedimientos del Tribunal Constitucional.

En caso de que exista una cuestión relativa a las cualificaciones de un solicitante, de una persona que haya sido elegida o seleccionada, el Comité de Selección tendrá el deber y la facultad de examinar el asunto, y su decisión será definitiva.

En el proceso de selección, el Comité de Selección deliberará con miras a seleccionar a una persona que tenga una alta responsabilidad, valor en el desempeño de funciones y un comportamiento ético que pueda ser un buen modelo a seguir de la sociedad. Además del proceso de presentación de candidatura para el puesto, el Comité de Selección podrá seleccionar a las personas generalmente adecuadas, siempre que se obtenga el consentimiento de dicha persona.

Sección 204

Una persona elegida o elegida para ocupar el cargo de juez del Tribunal Constitucional debe obtener la aprobación del Senado con los votos de no menos de la mitad del número total de miembros existentes del Senado.

En caso de que el Senado desapruebe a una persona seleccionada o elegida, se seleccionará o elegirá a una nueva persona y posteriormente se someterá al Senado para su aprobación.

Una vez que las personas elegidas o elegidas sean aprobadas por el Senado, elegirán a una de ellas para que desempeñe el cargo de Presidente del Tribunal Constitucional e informarán del resultado al Presidente del Senado.

El Presidente del Senado informará al Rey para el nombramiento del Presidente y de los jueces del Tribunal Constitucional y refrendará el Comando Real.


Tanzania 1977

1. El Tribunal Constitucional Especial estará integrado por miembros de los cuales la mitad será nombrada por el Gobierno de la República Unida y la otra mitad será nombrada por el Gobierno Revolucionario de Zanzíbar.


Tayikistán 1994

Poderes del Majlisi Milli:

2. Elección y revocación del Presidente, los Vicepresidentes y los magistrados del Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo y el Tribunal Económico Superior, previa presentación del Presidente;

Atribuciones del Presidente

8. Presenta al Majlisi Milli candidatos para la elección y revocación de Presidente, Vicepresidentes y magistrados del Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo y el Tribunal Económico Superior;


República de China 1947

Artículo 5

El Yuan Judicial tendrá 15 grandes jueces. Los 15 grandes jueces, incluidos un presidente y un vicepresidente del Yuan Judicial que serán seleccionados entre ellos, serán nombrados y, con el consentimiento del Yuan Legislativo, serán nombrados por el Presidente de la República. Esto entrará en vigor a partir del año 2003 y no se aplicarán las disposiciones del artículo 79 de la Constitución. Las disposiciones del artículo 81 de la Constitución y los reglamentos pertinentes sobre el ejercicio de funciones vitalicias y el pago del sueldo no se aplican a los grandes magistrados que no hayan sido trasladados del cargo de juez.

Cada gran juez del Yuan Judicial cumplirá un mandato de ocho años, independientemente de la orden de nombramiento para el cargo, y no cumplirá un mandato consecutivo. Los grandes jueces que ejercen la presidencia y vicepresidente del Yuan Judicial no gozarán de la garantía de un mandato de ocho años.

Entre los grandes magistrados nombrados por el presidente en el año 2003, ocho miembros, incluidos el presidente y el vicepresidente del Yuan Judicial, desempeñarán sus funciones durante cuatro años. Los magistrados restantes ejercerán sus funciones durante ocho años. No se aplicarán las disposiciones del párrafo anterior relativas al mandato.

Los grandes magistrados del Yuan Judicial, además de desempeñar sus funciones de conformidad con el artículo 78 de la Constitución, constituirán un Tribunal Constitucional para resolver asuntos relacionados con la destitución del presidente o el vicepresidente y la disolución de partidos políticos inconstitucionales.

Un partido político se considerará inconstitucional si sus objetivos o actividades ponen en peligro la existencia de la República de China o el orden constitucional libre y democrático de la nación.

El proyecto de presupuesto presentado anualmente por el Yuan Judicial no puede ser eliminado o reducido por el Yuan Ejecutivo; sin embargo, el Yuan Ejecutivo puede indicar sus opiniones sobre el presupuesto e incluirlo en el proyecto de ley presupuestario propuesto por el gobierno central para su presentación al Yuan Legislativo para su deliberación.


Surinam 1987

La Asamblea Nacional tiene las siguientes funciones ejecutivas:

c. Poner al Presidente las candidaturas de los miembros del Tribunal Constitucional y sus adjuntos designados;

Artículo 144

1. Habrá un Tribunal Constitucional, que es un órgano independiente integrado por un Presidente, Vicepresidente y tres miembros, que, al igual que los tres miembros adjuntos, serán nombrados por un período de cinco años por recomendación de la Asamblea Nacional.

2. Las funciones del Tribunal Constitucional serán las siguientes:

a. verificar el significado de las leyes o partes de ellas en contra de la Constitución y contra los acuerdos aplicables concertados con otros Estados y con organizaciones internacionales;

b. evaluar la coherencia de las decisiones de las instituciones gubernamentales con uno o más de los derechos constitucionales mencionados en el capítulo V.

3. En caso de que el Tribunal Constitucional decida que existe una contradicción con una o más disposiciones de la Constitución o un acuerdo a que se hace referencia en el apartado a del párrafo 2, la Ley o partes de ella, o las decisiones de las instituciones gubernamentales no se considerarán vinculantes.

4. La ley determinará otras normas y reglamentos relativos a la composición, la organización y los procedimientos de la Corte, así como las consecuencias jurídicas de las decisiones del Tribunal Constitucional.


Sudán 2019

1. El Consejo de Soberanía ejerce las siguientes competencias y poderes:

f. Confirmar el nombramiento del Presidente del Tribunal Supremo, de los jueces del Tribunal Supremo y del Presidente y de los miembros del Tribunal Constitucional, después de que sean nombrados por el Consejo Judicial Supremo. Hasta que se constituya el Consejo Judicial Supremo, el Presidente del Tribunal Supremo será designado por el Consejo de Soberanía;

2. El Consejo Supremo de la Magistratura selecciona al Presidente y a los miembros del Tribunal Constitucional y al Presidente del Tribunal Supremo y a sus adjuntos.


Somalia 2012

La Cámara Alta del Parlamento Federal representa a los Estados miembros federales, y sus deberes legislativos incluyen:

i. Participación en el proceso de designación de los siguientes miembros de las instituciones gubernamentales, conforme a lo dispuesto en la Constitución:

  1. i. - Miembros de la Comisión del Servicio Judicial;
  2. ii. Presidente y Magistrados del Tribunal Constitucional;
  3. iii. Miembros de la Comisión Electoral Nacional Independiente;
  4. iv. Miembros de la Comisión de Límites y Federación;
  5. v. Miembros de la Comisión Interestatal.

Las atribuciones y responsabilidades del Presidente de la República Federal de Somalia son las siguientes:

j. Nombrar al Presidente del Tribunal Constitucional, el Tribunal Superior y otros jueces a nivel del Gobierno Federal, de conformidad con la recomendación de la Comisión del Servicio Judicial;

Artículo 109 B. La formación del Tribunal Constitucional

1. Esta Constitución establece el Tribunal Constitucional, integrado por cinco jueces, entre ellos el Juez Principal y el Juez Principal Adjunto.

2. La Comisión del Servicio Judicial designará como magistrado del Tribunal Constitucional únicamente a personas de alta integridad, con las calificaciones apropiadas en derecho y sharia, y que sean altamente competentes en cuestiones constitucionales.

3. La Comisión del Servicio Judicial propondrá a la Cámara del Pueblo a la persona que desee ser nombrada juez constitucional.

4. Si la Cámara del Pueblo del Parlamento Federal aprueba el nombre propuesto de conformidad con la cláusula 3 del presente artículo, el Presidente de la República Federal nombrará a esa persona juez del Tribunal Constitucional.

5. Entre sus miembros, los jueces del Tribunal Constitucional nombrarán al Juez Principal y al Juez Principal Adjunto.


Eslovenia 1991

Artículo 163. Composición y Elección

El Tribunal Constitucional está integrado por nueve jueces, elegidos a propuesta del Presidente de la República por la Asamblea Nacional en la forma prevista por la ley.

Los jueces son elegidos entre los expertos jurídicos.

El Presidente del Tribunal Constitucional es elegido por los jueces de entre su propio número por un período de tres años.


Eslovaquia 1992

1. El Presidente

s. nombra y recuerda a los magistrados del Tribunal Constitucional de la República Eslovaca, Presidente y Vicepresidente del Tribunal Constitucional de la República Eslovaca; juramento a los jueces del Tribunal Constitucional de la República Eslovaca y juramento del Fiscal General;

2. Los jueces del Tribunal Constitucional son nombrados por el Presidente de la República Eslovaca por un período de 12 años a propuesta del Consejo Nacional de la República Eslovaca. El Consejo Nacional de la República Eslovaca propone el doble del número de candidatos a jueces que el Presidente de la República Eslovaca ha de nombrar.


Serbia 2006

Artículo 172. Organización del Tribunal Constitucional. Elección y nombramiento de los jueces del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional tendrá 15 magistrados que serán elegidos y nombrados por un período de nueve años.

Cinco magistrados del Tribunal Constitucional serán nombrados por la Asamblea Nacional, otros cinco por el Presidente de la República y otros cinco en la sesión general del Tribunal Supremo de Casación.

La Asamblea Nacional nombrará cinco magistrados del Tribunal Constitucional entre los diez candidatos propuestos por el Presidente de la República, el Presidente de la República nombrará cinco magistrados del Tribunal Constitucional de entre los diez candidatos propuestos por la Asamblea Nacional, y el del Tribunal Supremo de Casación nombrará cinco jueces de entre diez candidatos propuestos en sesión general por el Tribunal Superior de la Judicatura y el Consejo del Fiscal del Estado.

En cada una de las listas propuestas de candidatos, uno de los candidatos designados debe proceder del territorio de las provincias autónomas.

Se elegirá y nombrará a un juez del Tribunal Constitucional entre los abogados destacados que tengan al menos 40 años de experiencia en la práctica de la ley.

Una persona puede ser elegida o nombrada juez del Tribunal Constitucional en dos ocasiones como máximo.

Los magistrados del Tribunal Constitucional elegirán al presidente de entre sus representantes por un período de tres años, en votación secreta.


Senegal 2001

El Presidente de la República nombra a los miembros del Consejo Constitucional [,] que tienen dos de una lista de cuatro personnalités destacados propuestos por el Presidente de la Asamblea Nacional.

El Presidente del Consejo Constitucional es nombrado por el Presidente de la República. Tiene un voto preponderante [voix] en caso de empate.


Santo Tomé y Príncipe 1975

En lo que respecta a otros órganos, el Presidente de la República cuenta con lo siguiente:

k. - Nombrar a un juez del Tribunal Constitucional;

1. El Tribunal Constitucional está integrado por cinco jueces, nombrados por la Asamblea Nacional.


Macedonia del Norte 1991

Artículo 68

La Asamblea de la República de Macedonia

adopta y modifica la Constitución;

adopta leyes y da la interpretación auténtica de las leyes;

determina los impuestos y tasas públicas;

adopta el presupuesto y la balanza de pagos de la República;

adopta el plan espacial de la República;

ratifica los acuerdos internacionales;

decide sobre la guerra y la paz;

adopta decisiones relativas a cualquier cambio en las fronteras de la República;

adopta decisiones sobre la asociación y la desvinculación de cualquier forma de unión o comunidad con otros Estados;

emite notificación de un referéndum;

adopta decisiones relativas a las reservas de la República;

crea consejos;

elige al Gobierno de la República de Macedonia;

elige a los jueces del Tribunal Constitucional de la República de Macedonia;

lleva a cabo elecciones y destituya a los jueces;

selecciona, nombra y destituya a otros titulares de cargos públicos u otros cargos determinados por la Constitución y la ley;

supervisa y supervisa políticas al Gobierno ya otros titulares de cargos públicos responsables ante la Asamblea;

proclama amnistías; y

realiza otras actividades determinadas por la Constitución. En el desempeño de las funciones de su ámbito de competencia, la Asamblea adopta decisiones, declaraciones, resoluciones, recomendaciones y conclusiones.

Artículo 109

El Tribunal Constitucional de la República de Macedonia está integrado por nueve jueces. La Asamblea elige a los magistrados del Tribunal Constitucional por mayoría de votos del número total de representantes. El mandato de los jueces es de nueve años sin derecho a la reelección. El Tribunal Constitucional elige a un Presidente de sus propias filas por un período de tres años sin derecho a la reelección. Los jueces del Tribunal Constitucional son elegidos entre las filas de los miembros destacados de la profesión jurídica.

ENMIENDA XV

1. La Asamblea elige a los magistrados del Tribunal Constitucional. La Asamblea elige a seis de los magistrados del Tribunal Constitucional por mayoría de votos del número total de representantes. La Asamblea elige a tres de los magistrados por mayoría del número total de representantes, dentro de los cuales debe haber una mayoría de votos del número total de Representantes que pertenezcan a las comunidades que no son mayoritarias en la población de Macedonia. El mandato de los jueces es de nueve años sin derecho a la reelección.

2. Esta enmienda sustituye al párrafo 2 del artículo 109 de la Constitución de la República de Macedonia.


Níger 2010

Artículo 121

El Tribunal Constitucional está integrado por siete (07) miembros con una edad mínima de cuarenta (40) años.

Se compone de:

dos (2) personas notables [personnalités] con gran experiencia profesional en asuntos jurídicos o administrativos [,] de las cuales una (1) es propuesta por el Presidente de la República y una (1) propuesta por la Mesa de la Asamblea Nacional;

dos magistrados elegidos por sus homólogos [,] de los cuales uno (1) es de primer grado y uno (1) de segundo [grado];

un abogado con al menos diez (10) años de ejercicio [de la profesión], elegido por sus pares;

un (1) profesor investigador titular [titulaire] de un doctorado en derecho público, elegido por sus pares;

un (1) representante de las asociaciones de defensa de los derechos humanos y de promoción de la democracia, titular por lo menos de un diploma del tercer ciclo de Derecho público, elegido por los colectivos [singular] o [plural] de estas asociaciones.

Los miembros del Tribunal Constitucional son nombrados por un período de seis (6) años por decreto del Presidente de la República.

Su mandato no es renovable.

Los miembros del Tribunal Constitucional son renovados por tercios cada dos (2) años.


Birmania 2008

321. El Presidente presentará la lista de candidaturas de un total de nueve personas, tres miembros elegidos por él, tres miembros elegidos por el Presidente del Piithu Hluttaw y tres miembros elegidos por el Presidente del Amyotha Hluttaw, y un miembro de entre nueve miembros que se asignará como Presidente del Tribunal Constitucional de la Unión, al Pyidaungsu Hluttaw para su aprobación.

327. El Presidente nombrará al Presidente y a los miembros del Tribunal Constitucional de la Unión aprobado por el Pyidaungsu Hluttaw.

328. El Pyidaungsu Hluttaw no tendrá derecho a rechazar a las personas designadas para miembros del Tribunal Constitucional de la Unión por el Presidente a menos que pueda demostrarse claramente que están descalificadas.

329. El Presidente tiene derecho a presentar nuevamente, de conformidad con las disposiciones de la Constitución, la nueva lista de candidatos para reemplazar a la persona que no haya sido aprobada por Pyidaungsu Hluttaw para su nombramiento como miembro del Tribunal Constitucional de la Unión.


Mozambique 2004

Artículo 242. Composición

1. El Consejo Constitucional estará integrado por siete jueces de apelación, nombrados de la siguiente manera:

a. un juez de apelación, que será el Presidente del Consejo Constitucional, nombrado por el Presidente de la República;

b. cinco jueces de apelación nombrados por la Asamblea de la República de conformidad con los principios de representación proporcional;

c. un juez de apelación nombrado por el Consejo Superior del Poder Judicial.

2. Los jueces del Consejo Constitucional serán nombrados por períodos renovables de cinco años y gozarán de una garantía de independencia, seguridad en el cargo, imparcialidad y falta de responsabilidad.

3. En el momento de su nombramiento, los jueces del Consejo Constitucional tendrán al menos 35 años de edad y tendrán al menos diez años de experiencia profesional en el poder judicial o en la práctica en el Colegio de Abogados o en la enseñanza del derecho.


Marruecos 2011

Artículo 130

El Tribunal Constitucional está integrado por doce miembros nombrados por un mandato de nueve años no renovable. Seis miembros son designados por el Rey, de los cuales uno es propuesto por el Secretario General del Consejo Superior del Ulema, y seis miembros son elegidos, la mitad por la Cámara de Representantes, [y] la mitad por la Cámara de Consejeros de entre los candidatos presentados por la Mesa de cada Cámara, en el final de la votación por votación secreta y con la mayoría de dos tercios de los miembros que componen cada Cámara.

Si las dos Cámaras del Parlamento o una de ellas no eligen a los miembros especificados en el plazo legal requerido para la renovación, el Tribunal ejerce sus atribuciones y dictará sus decisiones sobre la base de un quórum sin contar a los miembros no reelegidos.

Cada categoría de miembros se renueva por tercios cada tres años.

El Presidente del Tribunal Constitucional es nombrado por el Rey, entre los miembros que componen el Tribunal.

Los miembros del Tribunal Constitucional son elegidos entre las personas notables que disponen de un alto nivel de conocimiento [formación] en el ámbito jurídico y de competencia judicial, doctrinaria o administrativa, habiendo ejercido su profesión durante más de quince años y reconocidos por su la imparcialidad y su probidad.


Montenegro 2007

El Parlamento:

13. Elegir y liberar de sus funciones a los jueces del Tribunal Constitucional, al Fiscal Supremo del Estado y a cuatro miembros del Consejo Judicial por abogados acreditados;

El Parlamento elegirá y liberará de sus funciones a los jueces del Tribunal Constitucional, el Fiscal Supremo del Estado y cuatro miembros del Consejo Judicial de entre abogados acreditados, por mayoría de dos tercios en la primera votación y por mayoría de tres quinta en la segunda votación de todos los miembros de la El Parlamento no antes de un mes.

El Presidente de Montenegro (habla en inglés)

5. Proponer al Parlamento: al Primer Ministro designado para la composición del Gobierno una vez concluidas las conversaciones con los representantes de los partidos políticos representados en el Parlamento; dos jueces del Tribunal Constitucional y el Protector de los Derechos Humanos y las Libertades;

Los jueces del Tribunal Constitucional serán elegidos y liberados de sus funciones por el Parlamento, de la siguiente manera: dos jueces a propuesta del Presidente de Montenegro y cinco jueces a propuesta del órgano de trabajo competente del Parlamento, previa invitación pública anunciada por las partes proponentes.


Mongolia 1992

1. Los Tsets Constitucionales (Tribunal) estarán integrados por nueve miembros. Los miembros de los Tsets constitucionales serán nombrados por el Gran Hural del Estado (Parlamento) por un mandato de seis años, a propuesta de tres de ellos por el Gran Hural del Estado (Parlamento), otros tres por el Presidente y otros tres por el Tribunal Supremo.


Moldavia 1994

2. Dos jueces serán nombrados por el Parlamento, dos por el Gobierno y los dos restantes por el Consejo Superior de Magistrados


Mauritania 1991

Artículo 81

El Consejo Constitucional está integrado por nueve (9) miembros, cuyo mandato dura nueve (9) años y no es renovable. El Consejo Constitucional se renueva en tercios (1/3) cada tres años. Cuatro [4] de los miembros son nombrados por el Presidente de la República, tres [3] por el Presidente de la Asamblea Nacional y dos [2] por el Presidente del Senado.

Los miembros del Consejo Constitucional deben tener al menos treinta y cinco (35) años de edad.

No pueden pertenecer a las instancias directivas de los partidos políticos. Gozan de inmunidad parlamentaria.

El Presidente del Consejo Constitucional es nombrado por el Presidente de la República entre los miembros que él designó. Tiene el voto decisivo en caso de empate [cas de partage].


Malta 1964

96. Nombramiento de magistrados

1. Los jueces de los Tribunales Superiores serán nombrados por el Presidente, actuando de conformidad con el asesoramiento del Primer Ministro.

2. Una persona no podrá ser nombrada magistrada de los Tribunales Superiores a menos que durante un período o períodos que no sean inferiores a doce años, o bien haya ejercido como abogado en Malta o haya ejercido como magistrado en Malta, o haya ejercido parcialmente así y en parte de ese modo.

3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4), antes de que el Primer Ministro dé su asesoramiento de conformidad con el párrafo 1) respecto del nombramiento de un magistrado de los tribunales superiores (con excepción del Presidente del Tribunal Supremo), la evaluación por el Comité de Nombramientos Judiciales establecido en virtud del artículo 96A se habrá redactado esta Constitución conforme a lo dispuesto en los apartados c), d) o e) del párrafo 6 del mencionado artículo 96A.

4. No obstante lo dispuesto en el párrafo 3), el Primer Ministro tendrá derecho a elegir no cumplir los resultados de la evaluación mencionada en el apartado 3):

Siempre que el Primer Ministro haya hecho uso de la facultad que le confiere el presente artículo, el Primer Ministro o el Ministro encargado de la justicia:

a. publicar en el plazo de cinco días una declaración en la Gaceta en la que se anuncie la decisión de utilizar dicho poder y dar los mismos datos que condujeron a dicha decisión; y

b. hacer una declaración en la Cámara de Representantes acerca de dicha decisión explicando las razones en que se basó la decisión antes de la segunda sesión de la Cámara que se celebrará después de que se haya dado el consejo al Presidente de conformidad con el párrafo 1):

Siempre que las disposiciones de la primera condición del presente subartículo no se apliquen en caso de nombramiento para el cargo de Presidente del Tribunal Supremo.


Malí 1992

Artículo 91

El Tribunal Constitucional está formado por nueve miembros que llevan el título de Consejero con un mandato de siete años renovable una vez.

Los nueve miembros del Tribunal Constitucional serán designados de la siguiente manera:

tres serán nombrados por el Presidente de la República, de los cuales al menos dos serán juristas;

tres serán nombrados por el Presidente de la Asamblea Nacional, de los cuales al menos dos serán juristas;

tres magistrados serán designados por el Consejo Superior de la Magistratura.

Los consejeros serán elegidos principalmente entre profesores de derecho, abogados y magistrados con al menos quince años de experiencia, así como personalidades calificadas distinguidas para prestar servicios al Estado.


Madagascar 2010

Artículo 114

El Tribunal Constitucional Superior está integrado por nueve miembros. Su mandato es de siete (7) años no renovables.

Tres de los miembros son nombrados por el Presidente de la República, dos elegidos por la Asamblea Nacional, dos por el Senado y dos por el Consejo Supremo de la Magistratura.

El Presidente del Tribunal Constitucional Superior es elegido por y entre los miembros de ese Tribunal.

Esta elección, así como el nombramiento de los demás miembros, se declaran por decreto del Presidente de la República.


Liechtenstein 1921

Art 11

El Príncipe Regnante nombrará a los jueces de conformidad con las disposiciones de la Constitución (art. 96).

Art. 95

1. Toda la administración de justicia se llevará a cabo en nombre del Príncipe Regnante y del Pueblo por jueces responsables designados por el Príncipe Regnante (art. 11). Las decisiones de los jueces en forma de sentencias se dictarán y redactarán «en nombre del Príncipe y del Pueblo».

2. Los jueces, dentro de los límites lícitos de sus facultades y cuando intervienen en procedimientos judiciales, serán independientes en el ejercicio de sus funciones judiciales. Sus decisiones y sentencias irán acompañadas de los motivos para ello. La influencia de los órganos no judiciales en esas decisiones y sentencias sólo es permisible en la medida expresamente prevista por la Constitución (art. 12).

3. Los jueces comprendidos en el ámbito de aplicación de este artículo son los jueces de todos los tribunales ordinarios (arts. 97 a 101), el Tribunal Administrativo (arts. 102 y 103) y el Tribunal Constitucional (arts. 104 y 105).

Art. 96

1. Para la selección de los jueces, el Príncipe Regnante y el Parlamento se remitirán a una comisión mixta presidida por el Príncipe, que tendrá un voto de calidad. Podrá nombrar a tantos miembros de este órgano como representantes de delegados del Parlamento. El Parlamento nombrará un miembro por cada grupo electoral representado en él. El Gobierno nombrará al miembro del Gobierno encargado de supervisar la administración de justicia. Las deliberaciones de la comisión serán confidentes. La comisión sólo puede recomendar candidatos al Parlamento con el consentimiento del Príncipe. Si el Parlamento elige al candidato recomendado, será nombrado juez por el Príncipe.

2. Si el Parlamento rechaza un candidato recomendado por la Comisión y no se puede llegar a un acuerdo sobre un nuevo candidato en un plazo de cuatro semanas, el Parlamento propondrá su propio candidato y fijará una fecha para el referéndum. En caso de referéndum, los ciudadanos con derecho a voto tendrán derecho a proponer candidatos en las condiciones de una iniciativa (art. 64). Si la votación afecta a más de dos candidatos, deberá celebrarse una segunda votación de conformidad con el párrafo 2 del artículo 113. El candidato que reciba la mayoría absoluta de los votos emitidos será nombrado juez por el Príncipe.

3. Un magistrado nombrado por un período determinado permanecerá en funciones hasta que su sucesor haya prestado juramento.

Art. 105

El Tribunal Constitucional estará integrado por cinco jueces y suplentes nombrados por el Príncipe Regnante (art. 96). El Presidente del Tribunal Constitucional y la mayoría de los jueces deben poseer la ciudadanía de Liechtenstein. Además, las disposiciones del artículo 102 se aplican mutatis mutandis.


Libia

El Senado confirmará las candidaturas para la Cámara de Representantes para los siguientes cargos:

1. Magistrados del Tribunal Constitucional seleccionados por la Legislatura.

Artículo 148. Composición de la Corte

El Tribunal Constitucional estará integrado por doce miembros, incluidos un presidente y un diputado. El Consejo Superior de la Judicatura elegirá seis consejeros para que sean los jefes de los tribunales de apelación. El Presidente de la República elegirá tres miembros y el poder legislativo elegirá tres miembros. Las personas elegidas por el presidente y la autoridad legislativa poseerán las competencias y poseerán altos grados en al menos derecho, ciencias políticas y sharia islámica para los no miembros del poder judicial. Tendrán además más de veinte años de experiencia laboral en su campo de especialización. La Asamblea General del Consejo Superior de la Judicatura elegirá al presidente y al adjunto del Tribunal Constitucional. La vacante será llenada por la parte exacta que haya elegido al miembro original de conformidad con las mismas normas. El Presidente de la República dictará un decreto por el que se nombrará a los candidatos.


Letonia 1922

Artículo 85

En Letonia habrá un Tribunal Constitucional que, dentro de su jurisdicción prevista por la ley, examinará los casos relativos a la conformidad de las leyes con la Constitución, así como otros casos que la ley le confiera su jurisdicción. El Tribunal Constitucional tiene derecho a declarar nulas leyes u otras leyes o partes de ellas. El Saeima confirmará el nombramiento de los jueces del Tribunal Constitucional por el período previsto por la ley, con la mayoría de los votos de no menos de cincuenta y un miembros del Saeima.


Corea del Sur 1948

2. El Tribunal Constitucional estará integrado por nueve jueces, que serán nombrados por el Presidente.

3. Entre los auxiliares a que se hace referencia en el párrafo 2), tres serán nombrados entre personas seleccionadas por la Asamblea Nacional y tres nombrados entre personas designadas por el Presidente del Tribunal Supremo.

4. El Presidente nombrará al jefe del Tribunal Constitucional entre los auxiliadores con el consentimiento de la Asamblea Nacional.


Kazajistán 1995

Cada Cámara del Parlamento, independientemente, sin la participación de la otra Cámara:

1. nombrar a dos miembros del Consejo Constitucional para desempeñar sus funciones, nombrar a dos miembros por un período de cinco años para la Comisión Electoral Central y tres miembros del Comité de Cuentas para que controlen la ejecución del presupuesto de la República en funciones;

3. Los presidentes de las Cámaras del Parlamento:

7. proponer las candidaturas de los miembros del Consejo Constitucional, la Comisión Electoral Central y el Comité de Contaduría General para el control de la ejecución del presupuesto republicano a las Cámaras para su nombramiento para ocupar cargos;

2. El Presidente del Consejo Constitucional será nombrado por el Presidente de la República y, en caso de que los votos estén divididos por igual, su voto será decisivo.

3. Dos miembros del Consejo Constitucional serán nombrados por el Presidente de la República, los dos miembros serán designados en consecuencia por el Senado y el Majlis. La mitad de los miembros del Consejo Constitucional se renovará cada tres años.


Jordania 1952

1. Se establecerá, por ley, un Tribunal Constitucional cuya sede se ubicará en la Capital; se considerará un órgano judicial independiente y separado; y estará integrado por nueve miembros al menos incluido por el Presidente, que serán nombrados por el Rey.

1. El Tribunal Superior estará compuesto por el Presidente del Senado, en calidad de Presidente, y por ocho miembros: tres de los cuales serán nombrados por el Senado entre sus miembros por votación, y cinco por los jueces del más alto tribunal civil por orden de antigüedad; y cuando sea necesario, el número se completará a partir del presidentes de los tribunales que lo siguen en el orden de antigüedad.


Hungría 2011

2. La Asamblea Nacional:

e. elegirá al Presidente de la República, a los miembros y al Presidente del Tribunal Constitucional, al Presidente de la Curia, al Presidente de la Oficina Nacional de la Judicatura, al Fiscal General, al Comisionado para los Derechos Fundamentales y sus adjuntos, y al Presidente de la Auditoría del Estado Oficina;

8. El Tribunal Constitucional será un órgano compuesto por quince miembros, cada uno elegido por un período de doce años con los votos de dos tercios de los miembros de la Asamblea Nacional. La Asamblea Nacional elegirá, con los votos de dos tercios de los miembros de la Asamblea Nacional, a un miembro del Tribunal Constitucional para que desempeñe las funciones de Presidente hasta la expiración de su mandato como magistrado del Tribunal Constitucional. Los miembros del Tribunal Constitucional no pueden ser miembros de partidos políticos ni participar en actividades políticas.


Guinea 2010

Artículo 100

El Tribunal Constitucional incluye nueve (09) miembros de cuarenta y cinco (45) años por lo menos elegidos por su buena moral.

Se compone de:

dos (2) personnalités notables reconocidas por su probidad y sabiduría, con [no] una (1) propuesta por la Mesa de la Asamblea Nacional y una (1) propuesta por el Presidente de la República;

tres (3) magistrados con al menos veinte años de práctica, designados por sus pares;

un abogado que tenga por lo menos 20 años de práctica elegido por sus pares;

un (1) profesor [enseignante] de la Facultad de Derecho con al menos un doctorado en derecho público y con una experiencia de al menos 20 años, elegido por sus pares;

dos (2) representantes de la Institución Nacional de Derechos Humanos reconocidos por su larga experiencia.


Georgia 1995

2. No se exigirá una reframa para los actos jurídicos del Presidente de Georgia relacionados con:

d. nombrar al Primer Ministro; nombrar a un miembro del Consejo Superior de Justicia; nombrar al Presidente o a un miembro de la Comisión Electoral Central; nombrar a un miembro del Consejo del Banco Nacional o nombrar al Presidente del Banco Nacional; o nombrar a un juez del Tribunal Constitucional;

2. El Tribunal Constitucional estará integrado por nueve magistrados nombrados por un período de diez años, de los cuales tres serán nombrados por el Presidente de Georgia, tres jueces serán elegidos por el Parlamento por mayoría de por lo menos tres quintas partes del número total de sus miembros, y tres jueces serán nombrados por el Tribunal Supremo. Un juez del Tribunal Constitucional será un ciudadano de Georgia que haya cumplido 35 años de edad, haya obtenido una educación jurídica superior, tenga al menos 10 años de experiencia profesional especializada y una cualificación profesional distinguida. Un juez del Tribunal Constitucional no habrá ocupado anteriormente este cargo.


Gabón 1991

Los nueve miembros de la Corte son los siguientes:

Tres por el Presidente de la República, uno de los cuales será el Presidente de la Corte;

Tres por el presidente del Senado;

Tres por el presidente de la Asamblea Nacional.


Yibuti 1992

El Consejo Constitucional está integrado por seis miembros que tienen un mandato de ocho años y que no es renovable. Se designan de la siguiente manera:

dos nombrados por el Presidente de la República;

dos nombrados por el Presidente de la Asamblea Nacional;

dos nombrados por el Consejo Superior de la Magistratura.


República Checa 1993

El Presidente de la República:

e. nombrará a los magistrados del Tribunal Constitucional, a su Presidente y a los Vicepresidentes;

2. Los magistrados del Tribunal Constitucional serán nombrados por el Presidente de la República con el consentimiento del Senado.


Chipre 1960

1. 1. Habrá un Tribunal Constitucional Supremo de la República compuesto por un juez griego, un turco y un juez neutral. El magistrado neutral será el Presidente de la Corte.

2. El Presidente y los demás jueces del Tribunal Constitucional Supremo serán nombrados conjuntamente por el Presidente y el Vicepresidente de la República:

Siempre que, en caso de vacante únicamente en el cargo de juez griego o turco, prevalecerá la propuesta del Presidente o del Vicepresidente de la República a cuya Comunidad pertenezca el juez que se ha de nombrar si el Presidente y el Vicepresidente de la República no acuerdan la nombramiento dentro de una semana de dicha propuesta.


Croacia 1991

Artículo 122

El Tribunal Constitucional de la República de Croacia estará integrado por 13 jueces elegidos por mayoría de dos tercios de los diputados del Parlamento croata entre juristas notables, especialmente jueces, fiscales, abogados y profesores universitarios de derecho, de conformidad con el procedimiento y el método establecidos mediante una ley constitucional. El mandato de un juez del Tribunal Constitucional será de ocho años, prorrogándose, en casos excepcionales hasta seis meses, cuando al expirar el mandato de un titular no haya sido elegido o no haya asumido el cargo un nuevo juez.

Los procedimientos de candidatura y la propuesta de los magistrados del Tribunal Constitucional de la República de Croacia al Parlamento croata serán llevados a cabo por el comité del Parlamento croata, autorizado para las cuestiones constitucionales.

El Tribunal Constitucional de la República de Croacia elegirá a su Presidente por un período de cuatro años.

El procedimiento y las condiciones para la elección de los jueces del Tribunal Constitucional de la República de Croacia y la terminación de sus funciones, las condiciones y los plazos para incoar procedimientos para evaluar la constitucionalidad y legalidad, los procedimientos y los efectos jurídicos de sus decisiones, la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales garantizadas por la Constitución y otras cuestiones importantes para el desempeño de las funciones y la labor del Tribunal Constitucional de la República de Croacia estarán reguladas por la Ley constitucional.


Costa de Marfil 2016

Artículo 128

El Consejo Constitucional está integrado por:

un Presidente;

los ex Presidentes de la República, con excepción de una renuncia expresa de su parte;

seis consejeros, tres de los cuales son nombrados por el Presidente de la República, dos por el Presidente de la Asamblea Nacional y uno por el Presidente del Senado.

El Consejo Constitucional se renueva a la mitad cada tres años.

Los consejeros son nombrados por un período no renovable de seis años por el Presidente de la República entre las personas reconocidas por su probada competencia y experiencia en asuntos jurídicos o administrativos.

El primer Consejo Constitucional está integrado por:

tres asesores, dos de los cuales designados por los Presidentes de la Asamblea Nacional y del Senado, designados por el Presidente de la República por un período de tres años;

tres consejeros, uno de los cuales designado por el Presidente de la Asamblea Nacional, nombrado por un período de seis años por el Presidente de la República.


República del Congo 2015

Artículo 182

El Tribunal Constitucional está integrado por nueve (9) miembros nombrados de la siguiente manera:

tres (3) por el Presidente de la República;

dos (2) por el Presidente del Senado;

dos (2) por el Presidente de la Asamblea Nacional;

dos (2) por el Tribunal Supremo de entre los miembros de esta jurisdicción.


República Democrática del Congo 2005

Artículo 158

El Tribunal Constitucional está integrado por nueve miembros nombrados por el Presidente de la República; tres por iniciativa propia, tres designados por el Parlamento reunido en el Congreso y tres designados por el Consejo Superior de la Magistratura.

Dos tercios de los miembros del Tribunal Constitucional deben ser juristas de la magistratura, del Colegio de Abogados o de la enseñanza universitaria.

El mandato de los miembros del Tribunal Constitucional es de nueve años, no renovable.

El Tribunal Constitucional se renueva en tercios cada tres años. Sin embargo, en cada renovación, un miembro por grupo será determinado por sorteo.

El Presidente del Tribunal Constitucional es elegido por sus pares por un período de tres años, renovable una sola vez. Está investido por ordenanza del Presidente de la República.


República Centroafricana 2016

Los miembros del Tribunal Constitucional son designados de la siguiente manera:

dos Magistrados, incluida una mujer, elegidos por sus pares;

dos abogados, incluida una mujer, elegidos por sus pares;

dos (2) [miembros] de una Facultad de Derecho [enseignants-chercheurs de Droit], incluida una mujer, elegida por sus pares;

un (1) miembro nombrado por el Presidente de la República;

un (1) miembro nombrado por el Presidente de la Asamblea Nacional;

un (1) miembro nombrado por el Presidente del Senado.


Camerún 1972

2. Los miembros del Consejo Constitucional serán nombrados por el Presidente de la República.

Se designarán de la siguiente manera:

tres, incluido el Presidente del Consejo, por el Presidente de la República;

tres por el Presidente de la Asamblea Nacional, previa consulta con la Mesa;

tres por el Presidente del Senado previa consulta con la Mesa;

dos por el Consejo Judicial Superior. Además de los once miembros mencionados anteriormente, los ex presidentes de la República serán miembros ex officio del Consejo Constitucional de por vida. En caso de empate, el Presidente del Consejo Constitucional tendrá el voto de calidad.


Camboya 1993

Artículo 137

El Consejo Constitucional está integrado por nueve miembros nombrados por un período de nueve años. Un tercio de los miembros del Consejo Constitucional será sustituido cada tres años. Tres miembros serán nombrados por el Rey, tres por la Asamblea Nacional y tres por el Consejo Supremo de la Magistratura.

El Presidente será elegido por los miembros del Consejo Constitucional. El Presidente tendrá un voto decisivo si la votación está vinculada.


Burundi 2018

El Senado está dotado de las siguientes jurisdicciones:

9. Aprobar las nominaciones únicamente para las siguientes funciones:

El Tribunal Constitucional está integrado por siete miembros. Son nombrados por el Presidente de la República previa aprobación del Senado. Tienen un plazo no renovable de ocho años.


Burkina Faso 1991

Artículo 153

Además de su Presidente, el Consejo Constitucional está integrado por:

tres magistrados de grado excepcional nombrados por el Presidente de Faso a propuesta del Ministro de Justicia;

tres personas de distinción [personnalitts] nombradas por el Presidente de Faso con al menos un jurista;

tres personas de distinción nombradas por el Presidente de la Asamblea Nacional con al menos un jurista.

El Presidente del Consejo Constitucional es nombrado por el Presidente de Faso.

Los miembros del Consejo Constitucional son nombrados por un mandato único [único] de nueve años.

Sin embargo, son renovables por terceras partes cada tres años en las condiciones establecidas por la ley, excepto en el caso del Presidente del Consejo Constitucional.

Las funciones de miembro del Consejo Constitucional son incompatibles con las de un miembro del Gobierno o de la Asamblea Nacional.

Las demás incompatibilidades están establecidas por la ley.


Bulgaria 1991

Artículo 147

1. El Tribunal Constitucional estará integrado por 12 jueces, de los cuales un tercio será elegido por la Asamblea Nacional, un tercio será nombrado por el Presidente y un tercio será elegido por una reunión conjunta de los magistrados del Tribunal Supremo de Casación y del Tribunal Administrativo Supremo.

2. Los magistrados del Tribunal Constitucional serán elegidos o nombrados por un período de nueve años y no podrán ser reelegidos o renovados. La composición del Tribunal Constitucional se renovará cada tres años a partir de cada cuota, en un orden de rotación establecido por la ley.

3. Los jueces del Tribunal Constitucional serán abogados de alta integridad profesional y moral y con al menos quince años de experiencia profesional.

4. Los magistrados del Tribunal Constitucional elegirán por votación secreta a un Presidente del Tribunal por un período de tres años.

5. La condición de juez del Tribunal Constitucional será incompatible con un mandato representativo, con cualquier cargo estatal o público, o con la pertenencia a un partido político o sindicato, o con el ejercicio de una ocupación libre, comercial o de cualquier otra índole remunerada.

6. El juez del Tribunal Constitucional gozará de la misma inmunidad que un miembro de la Asamblea Nacional.


Bosnia y Herzegovina 1995

a. Cuatro miembros serán seleccionados por la Cámara de Representantes de la Federación y dos miembros por la Asamblea de la República Srpska. Los tres miembros restantes serán seleccionados por el Presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos previa consulta con la Presidencia.


Benín 1990

ARTÍCULO 115

El Tribunal Constitucional estará integrado por siete miembros, cuatro de los cuales serán nombrados por la Asamblea Nacional y tres por el Presidente de la República por un período de cinco años renovable por una sola vez. Ningún miembro del Tribunal Constitucional podrá actuar durante más de diez años.

Para ser miembro del Tribunal Constitucional, además de la condición de competencia profesional, hay que tener una buena moral y una gran honestidad.

El Tribunal Constitucional incluirá:

Tres magistrados con al menos quince años de experiencia, dos de los cuales serán nombrados por la Asamblea Nacional y uno por el Presidente de la República;

Dos juristas de alto nivel, profesores o abogados en ejercicio con al menos quince años de experiencia, uno designado por la Asamblea Nacional y el otro por el Presidente de la República.

Dos personas de gran reputación profesional, una designada por la Asamblea Nacional y la otra por el Presidente de la República.

Los miembros del Tribunal Constitucional serán inamovibles mientras dure su mandato. No podrán ser procesados ni detenidos sin la autorización del Tribunal Constitucional y de la Oficina del Tribunal Supremo reunidos en sesión conjunta, salvo en casos de infracción flagrante. En estos casos, el asunto debe ser remitido al Presidente del Tribunal Constitucional y al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de inmediato y en un plazo máximo de 48 horas.

Las funciones de un miembro del Tribunal Constitucional son incompatibles con la posición de un miembro del Gobierno, con el ejercicio de cualquier mandato electivo, con todos los empleos públicos, civiles o militares, con cualquier otra actividad profesional, así como con cualquier cargo de representación nacional, excepto en el situación prevista en el párrafo 3 del artículo 50.

Una ley orgánica determinará la organización y el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el procedimiento seguido ante él, especialmente los plazos de recurso ante él, así como las inmunidades y la reglamentación disciplinaria de sus miembros.

ARTÍCULO 155

La revisión sólo se acordará después de haber sido aprobada por referéndum, a menos que el proyecto o la propuesta en cuestión hayan sido aprobados por una mayoría de cuatro quintas partes de los miembros que componen la Asamblea.


Bélgica 1831

Para toda Bélgica existe un Tribunal Constitucional cuya composición, competencias y funcionamiento están establecidos por la ley.


Baréin 2002

h. El Rey preside el Consejo Judicial Superior. El Rey nombra a los jueces mediante órdenes reales, según lo propuesto por el Consejo Judicial Superior.

Se establecerá un Tribunal Constitucional, integrado por un Presidente y seis miembros, todos ellos nombrados por una Real Orden por un período determinado por la ley. El ámbito de competencia del tribunal es velar por la constitucionalidad de las leyes y los estatutos.


Bielorrusia 1994

El Presidente de la República de Belarús:

10. nombrar a seis miembros del Tribunal Constitucional y otros jueces de la República de Belarús;

Seis magistrados del Tribunal Constitucional serán nombrados por el Presidente de la República de Belarús y seis elegidos por el Consejo de la República. El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado por el Presidente con el consentimiento del Consejo de la República. El mandato de los miembros del Tribunal Constitucional será de 11 años y el límite de edad permitido será de 70 años.


Azerbaiyán 1995

I. El Milli Majlis de la República de Azerbaiyán es competente para determinar los siguientes asuntos:

10. a propuesta del Presidente del Presidente de la República de Azerbaiyán nombrar a los miembros del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo de la República de Azerbaiyán y de los Tribunales de Apelación de la República de Azerbaiyán;

El Presidente de la República de Azerbaiyán:

9. presenta una propuesta al Milli Majlis de la República de Azerbaiyán sobre el nombramiento y la destitución de jueces del Tribunal Constitucional de la República de Azerbaiyán, el Tribunal Supremo de la República de Azerbaiyán y los Tribunales de Apelación de la República de Azerbaiyán; Milli Majlis de la República de Azerbaiyán nombra y destituye al Fiscal General de la República de Azerbaiyán de su cargo; nombra a jueces de otros tribunales de la República de Azerbaiyán;

II. Los miembros del Tribunal Constitucional de la República de Azerbaiyán son nombrados por el Milli Majlis de la República de Azerbaiyán a propuesta del Presidente de la República de Azerbaiyán.


Austria 1920

2. El Presidente Federal, el Vicepresidente, seis miembros adicionales y tres suplentes son nombrados por el Presidente Federal por recomendación del Gobierno Federal; estos miembros y los miembros suplentes serán elegidos entre jueces, funcionarios administrativos y profesores que ocupen una cátedra en la ley. Los seis miembros restantes y tres suplentes son nombrados por el Presidente Federal sobre la base de las propuestas presentadas por el Consejo Nacional para tres miembros y dos miembros suplentes y por el Consejo Federal para tres miembros y un miembro suplente. Tres miembros y dos suplentes deben tener su domicilio fuera de la capital federal, Viena. Los funcionarios administrativos en servicio activo que sean miembros designados o miembros suplentes quedarán exentos, con su rescisión de sueldo, de todas las funciones oficiales. Esto no se aplicará a los funcionarios administrativos nombrados miembros suplentes que, durante el plazo de dicha exención, hayan sido liberados de todas las actividades en cuyo ejercicio estén obligados por instrucciones.


Siria 2012

Artículo 141

El Tribunal Constitucional Supremo consiste de al menos siete miembros, uno de ellos será nombrado presidente en un decreto aprobado por el Presidente de la República.


Chile 1980

Son atribuciones especiales del Presidente de la República:

12. Nombrar a los magistrados y fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones y a los jueces letrados, a proposición de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones, respectivamente; a los miembros del Tribunal Constitucional que le corresponde designar; y a los magistrados y fiscales judiciales de la Corte Suprema y al Fiscal Nacional, a proposición de dicha Corte y con acuerdo del Senado, todo ello conforme a lo prescrito en esta Constitución;

Habrá un Tribunal Constitucional integrado por diez miembros, designados de la siguiente forma:

a. Tres designados por el Presidente de la República.

b. Cuatro elegidos por el Congreso Nacional. Dos serán nombrados directamente por el Senado y dos serán previamente propuestos por la Cámara de Diputados para su aprobación o rechazo por el Senado. Los nombramientos, o la propuesta en su caso, se efectuarán en votaciones únicas y requerirán para su aprobación del voto favorable de los dos tercios de los senadores o diputados en ejercicio, según corresponda.

c. Tres elegidos por la Corte Suprema en una votación secreta que se celebrará en sesión especialmente convocada para tal efecto.