Facultad de indulto

Da al Poder Ejecutivo la autoridad para revocar una condena penal.

Suecia 1974

Art 9

El Gobierno puede, mediante el ejercicio de la clemencia, atribuir o reducir una sanción penal u otros efectos jurídicos de un acto delictivo, y remitir o reducir cualquier otra intervención similar de una autoridad pública en relación con la persona o los bienes de una persona.

Cuando existan motivos excepcionales, el Gobierno podrá decidir que no se adopten nuevas medidas para investigar o enjuiciar un acto delictivo.


Alemania 1949

2. Ejercerá en nombre de la Federación el derecho de gracia en cada caso particular.


Argentina 1853

El presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones:

5. Puede indultar o conmutar las penas por delitos sujetos a la jurisdicción federal, previo informe del tribunal correspondiente, excepto en los casos de acusación por la Cámara de Diputados.


Bolivia 2009

Son atribuciones de la Presidenta o del Presidente del Estado, además de las que establece esta Constitución y la ley:

14. Decretar amnistía o indulto, con la aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional.


Colombia 1991

Corresponde al Gobierno, en relación con la Rama Judicial:

2. Conceder indultos por delitos políticos, con arreglo a la ley, e informar al Congreso sobre el ejercicio de esta facultad. En ningún caso estos indultos podrán comprender la responsabilidad que tengan los favorecidos respecto de los particulares.


India 1949

1. El Presidente estará facultado para conceder indultos, suspensiones, respiros o remisión de la pena o suspender, remitir o conmutar la pena de toda persona condenada por un delito,

a. en todos los casos en que la pena o la sentencia sea impuesta por un tribunal marcial;

b. en todos los casos en que la sanción o la pena se trate de un delito contra cualquier ley relativa a una cuestión a la que se extienda el poder ejecutivo de la Unión;

c. en todos los casos en que la pena sea condenada a muerte.


México 1917

Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes:

XIV. Conceder, conforme a las leyes, indultos a los reos sentenciados por delitos de competencia de los tribunales federales y a los sentenciados por delitos del orden común en el Distrito Federal.


Brasil 1988

El Presidente de la República tiene poderes exclusivos para:

XII. conceder indultos y conmutar penas, luego de audiencia, si fuese necesario, de las agencias instituidas por ley;


Noruega 1814

Artículo 20

El Rey tiene la facultad, en el Consejo de Estado, de otorgar el perdón a los delincuentes sancionados mediante sentencia. El delincuente podrá escoger entre aceptar el perdón del Rey o someterse a la pena impuesta.

En los procedimientos que el Parlamento lleve ante el Tribunal de Acusaciones, no podrá ser otorgado otro perdón que el indulto de la pena de muerte, a menos de que el Parlamento haya dado su consentimiento para ello.


Luxemburgo 1868

Artículo 38

El Gran Duque tiene el derecho a condonar o reducir las penas impuestas por los jueces, salvo lo que está establecido relativo a los miembros del Gobierno.

Artículo 83

El Gran Duque no puede indultar a un miembro del Gobierno condenado, sino a petición de la Cámara.


Lituania 1992

El Presidente de la República:

23. concede el indulto a las personas condenadas; y


Kenia 2010

1. A petición de cualquier persona, el presidente puede ejercer su poder de gracia de conformidad con la recomendación del Comité Asesor creado en el apartado 2, mediante las siguientes acciones:

a. Conceder un perdón incondicional o condicional a una persona condenada por un delito.

b. Posponer la aplicación de un pena, por un plazo específico o de forma indefinida.

c. Substituir un castigo por una forma menos severa de pena.

d. Decretar la remisión de una pena, en su totalidad o en parte.


Japón 1946

El Gabinete además de otras funciones administrativas generales, tendrá a su cargo las siguientes tareas:

Decidir amnistías generales y especiales, conmutación de penas, suspensión de ejecuciones generales y restitución de derechos.


Irlanda 1937

6. El derecho de gracia y el poder de conmutar o condonar una pena impuesta por cualquier tribunal de la jurisdicción penal está reservado al Presidente, pero la ley podrá conferir dicho poder de conmutar o condonar una pena a otras autoridades, salvo en los casos de pena capital.


Irak 2005

El presidente de la República asume las prerrogativas siguientes:

  • Primero. Promulgar una amnistía especial por recomendación del primer ministro, salvo por aquello que concierne al derecho privado y los condenados por cometer crímenes internacionales, terrorismo y corrupción financiera y administrativa.
  • Segundo. Ratificar los tratados y acuerdos internacionales después de su aprobación por la Asamblea. Se consideran ratificados quince días después de su recepción.
  • Tercero. Ratifica y publica las leyes promulgadas por la Asamblea. Se consideran ratificados quince días después de su recepción.
  • Cuarto. Convocar a la Asamblea elegida para reunirse en un plazo máximo de quince días después de la ratificación de los resultados de las elecciones y en otros casos estipulados en la constitución.
  • Quinto. Conceder las medallas y condecoraciones por recomendación del primer ministro y de acuerdo con la ley.
  • Sexto. Acreditar a los embajadores.
  • Séptimo. Promulgar los decretos presidenciales.
  • Octavo. Ratificar la pena de muerte dictada por los tribunales competentes.
  • Noveno. Ejerce la función de jefe supremo de las fuerza armadas con fines honorarios y ceremoniales.
  • Décimo. Ejercer cualquier otra atribución presidencial estipulada por la constitución.

  • Irán 1979

    Funciones y poderes del Líder:

    11. Indultar o reducir las penas de los condenados dentro del marco de los preceptos islámicos, previa propuesta por parte del presidente del Poder Judicial. El líder puede conferir a otra persona algunos de sus deberes y potestades.


    Indonesia 1945

    2. El presidente puede conceder amnistías y retirar las acusaciones, y cuando así lo haga tendrá en cuenta la opinión del DPR.


    Honduras 1982

    El Presidente de la República tiene a su cargo la administración general del Estado, son sus atribuciones:

    24. Indultar y conmutar las penas conforme a la ley;


    Haití 1987

    Artículo 146

    En la forma prevista en esta Constitución, el Presidente de la República goza del derecho de gracia y de conmutación de las penas en relación con toda condena que haya adquirido fuerza de cosa juzgada, excepto con respecto a las condenas pronunciadas por el Tribunal Superior de Justicia.


    Guinea Ecuatorial 1991

    El Presidente de la República ejerce además los siguientes poderes:

    l. Ejerce el derecho de gracia.


    Grecia 1975

    1. El Presidente de la República tendrá el derecho de indulto, conmutación o reducción de las penas impuestas por los tribunales, así como el de suprimir las consecuencias legales de toda índole de las penas impuestas y cumplidas. Este derecho se ejercerá a propuesta del Ministro de Justicia, oído un Consejo compuesto en su mayoría por Magistrados.

    2. El Presidente de la República no podrá indultar a un Ministro condenado en virtud del artículo 86 sino con el consentimiento de la Cámara de Diputados.


    Francia 1958

    ARTÍCULO 17

    El Presidente de la República tendrá la prerrogativa de indulto a título individual.


    Filipinas 1987

    Artículo 19

    Excepto en los casos de censura u otros que se dispongan en esta Constitución, el Presidente podrá otorgar indultos, conmutaciones o perdones, y perdonar sanciones y em bargos después de su confirmación por sentencia.

    Tendrá, igualmente, el poder de conceder amnistía con la aprobación de la mayoría de los miembros del Congreso.


    Rusia 1993

    El Presidente de la Federación Rusa:

    C. Concederá indultos.


    Estados Unidos 1789

    El Presidente será Comandante en Jefe del Ejército y la Armada de los Estados Unidos, así como de la Milicia de los distintos Estados cuando ésta sea llamada al Servicio efectivo de los Estados Unidos; podrá solicitar la Opinión, por escrito, del Funcionario principa de cada Secretaría del ejecutivo, acerca de cualquier Tema relacionado con los Deberes de sus Cargos respectivos, y estará Facultado para otorgar suspensiones Temporales e Indultos por Delitos cometidos contra los Estados Unidos, salvo en los Casos de Impugnación.


    España 1978

    Corresponde al Rey:

    i. Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.


    Egipto 2014

    Artículo 155

    El Presidente de la República podrá ordenar perdonar o mitigar una decisión judicial después de consultarlo con su gabinete.

    La amnistía general solo puede ser concedida mediante ley, la cual debe ser ratificada por la mayoría de los miembros de la Cámara de Representantes.


    Dinamarca 1953

    24. El Rey tiene el derecho de gracia y amnistía. No puede indultar a los Ministros de las penas que les sean inflingidas por el Alto Tribunal de Justicia, sin el consentimiento del Folketing.


    Cuba 2019

    Corresponde al Presidente de la República:

    u. conceder indultos y solicitar a la Asamblea Nacional del Poder Popular la concesión de amnistías;


    Bután 2008

    16. El Druk Gyalpo, en ejercicio de sus prerrogativas reales, podrá:

    c. Conceder la amnistía, el perdón y la reducción de sentencias.


    Venezuela 1999

    Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República:

    19. Conceder indultos.


    Túnez 2014

    Así mismo, asumirá las funciones de:

    Otorgar indultos particulares.


    Sudáfrica 1996

    2. El Presidente es responsable de:

    j. perdonar o suspender a los infractores y remitir cualquier multa, sanción o decomiso; y


    Ruanda 2003

    Artículo 109. Prerrogativa de gracia

    El Presidente de la República tiene la autoridad de ejercer la prerrogativa de gracia de conformidad con los procedimientos previstos en la ley y tras consulta con el Tribunal Supremo.


    Rumania 1991

    Corresponderá al Presidente de Rumania también las siguientes atribuciones:

    d. conceder indulto individual.


    República Dominicana 2015

    La o el Presidente de la República dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar, y es la autoridad suprema de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los demás cuerpos de seguridad del Estado.

    1. En su condición de Jefe de Estado le corresponde:

    1. a. Presidir los actos solemnes de la Nación;
    2. b. Promulgar y hacer publicar las leyes y resoluciones del Congreso Nacional y cuidar de su fiel ejecución. Expedir decretos, reglamentos e instrucciones cuando fuere necesario;
    3. c. Nombrar o destituir los integrantes de las jurisdicciones militar y policial;
    4. d. Celebrar y firmar tratados o convenciones internacionales y someterlos a la aprobación del Congreso Nacional, sin la cual no tendrán validez ni obligarán a la República;
    5. e. Disponer, con arreglo a la ley, cuanto concierna a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, mandarlas por sí mismo, o a través del ministerio correspondiente, conservando siempre su mando supremo. Fijar el contingente de las mismas y disponer de ellas para fines del servicio público;
    6. f. Tomar las medidas necesarias para proveer y garantizar la legítima defensa de la Nación, en caso de ataque armado actual o inminente por parte de nación extranjera o poderes externos, debiendo informar al Congreso Nacional sobre las disposiciones adoptadas y solicitar la declaratoria de Estado de Defensa si fuere procedente;
    7. g. Declarar, si no se encontrare reunido el Congreso Nacional, los estados de excepción de conformidad con las disposiciones previstas en los artículos 262 al 266 de esta Constitución;
    8. h. Adoptar las medidas provisionales de policía y seguridad necesarias en caso de violación de las disposiciones del artículo 62, numeral 6 de esta Constitución que perturben o amenacen el orden público, la seguridad del Estado, el funcionamiento regular de los servicios públicos o de utilidad pública, o impidan el desenvolvimiento de las actividades económicas y que no constituyan los hechos previstos en los artículos 262 al 266 de esta Constitución;
    9. i. Disponer, con arreglo a la ley, todo lo relativo a las zonas aéreas, marítimas, fluviales, terrestres, militares, y policiales en materia de seguridad nacional, con los estudios previos realizados por los ministerios y sus dependencias administrativas;
    10. j. Conceder indultos los días 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada año, de conformidad con la ley y las convenciones internacionales;
    11. k. Hacer arrestar o expulsar, conforme a la ley, a los extranjeros cuyas actividades fueren o pudieren ser perjudiciales al orden público o la seguridad nacional;
    12. l. Prohibir, cuando resulte conveniente al interés público, la entrada de extranjeros al territorio nacional.


    Portugal 1976

    Corresponde al presidente de la República en concepto de actos propios:

    f. Indultar y conmutar penas, oído el Gobierno;

    Compete a la Asamblea de la República:

    f. Conceder amnistías y perdones genéricos;


    Polonia 1997

    Artículo 139

    El Presidente de la República posee derecho de gracia. Éste no se aplicará, sin embargo, para los condenados por el Tribunal del Estado.


    Paraguay 1992

    Son deberes y atribuciones de quien ejerce la presidencia de la República:

    10. indultar o conmutar las penas impuestas por los jueces y tribunales de la República, de conformidad con la ley, y con informe de la Corte Suprema de Justicia;


    Panamá 1972

    Son atribuciones que ejerce el Presidente de la República con la participación del Ministro respectivo:

    12. Decretar indultos por delitos políticos, rebajar penas y conceder libertad condicional a los reos de delitos comunes.


    Reino de los Países Bajos 1814

    1. El indulto se concederá por real decreto, oído un órgano jurisdiccional designado por la ley, y con observancia de los preceptos que se establezcan por o en virtud de la ley.


    Nigeria 1999

    1. El Presidente puede

    1. a. otorgar el perdón a cualquier persona relacionada con un delito establecido por una ley de la Asamblea Nacional, o condenada por él, de forma libre o sujeto a condiciones legítimas;
    2. b. otorgar a cualquier persona una suspensión, por un periodo indefinido o específico, de la ejecución de cualquier pena que le hubiera sido impuesta por un delito;
    3. c. sustituir por una forma menos grave de pena cualquier pena que le hubiera sido impuesta a esa persona por un delito, o
    4. d. condonar la totalidad o una parte de cualquier pena que le hubiera sido impuesta a esa persona por un delito o cualquier multa o embargo debido al Estado en razón de esa clase de delito.


    Nicaragua 1987

    Son atribuciones de la Asamblea Nacional:

    3. Conceder amnistía e indulto por su propia iniciativa o por iniciativa del Presidente de la República.


    Costa Rica 1949

    El Consejo de Gobierno lo forman el Presidente de la República y los Ministros, para ejercer, bajo la Presidencia del primero, las siguientes funciones:

    2. Ejercer el derecho de gracia en la forma que indique la ley;


    Nueva Zelanda 1852

    11. Ejercicio de prerrogativa de la misericordia

    Y también autorizamos y facultamos a Nuestro Gobernador General, en Nuestro nombre y en Nuestro nombre, para ejercer la prerrogativa de misericordia en Nuestro Reino de Nueva Zelanda, excepto en cualquier parte de él donde, en virtud de cualquier ley actual o en vigor, la prerrogativa de la misericordia pueda ser ejercida en Nuestro nombre y en Nuestro nombre por cualquier otra persona o personas, con exclusión de Nuestro Gobernador General, y para mayor certeza, pero no para restringir la autoridad conferida por la presente, Nuestro Gobernador General podrá:

    a. otorgar, a cualquier persona interesada en la comisión de un delito por el que pueda ser juzgado en cualquier tribunal de Nueva Zelandia o en cualquier otra parte de Nuestro Reino al que se aplique esta cláusula, o a cualquier persona condenada por un delito en dicho tribunal, un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas; o

    b. otorgar, a cualquier persona, un respiro, ya sea indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier sentencia dictada contra esa persona en cualquier tribunal de Nueva Zelanda o en cualquier otra parte de Nuestro Reino a la que se aplique esta cláusula; o

    c. remitir, con sujeción a las condiciones lícitas que considere oportunas imponer, la totalidad o parte de dicha sentencia o de cualquier pena o decomiso que de otro modo se deba a Nosotros a causa de cualquier delito respecto del cual una persona haya sido condenada por cualquier tribunal de Nueva Zelanda o en cualquier otra parte de Nuestro Reino a a la que se aplica esta cláusula.


    Perú 1993

    Corresponde al Presidente de la República:

    21. Conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria.


    Ecuador 2008

    Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine la ley:

    18. Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.


    Estonia 1992

    El Presidente de la República:

    19. mediante el derecho de gracia, perdona o conmuta la pena de un condenado a solicitud del mismo;


    Islandia

    Artículo 85. Indultos y amnistía

    El Presidente de Islandia tiene la facultad de indultar y conceder una amnistía general a propuesta de un Ministro del Gabinete. Sin embargo, el Presidente no puede indultar a un Ministro del Gabinete condenado por los tribunales de justicia en virtud de responsabilidad ministerial, salvo con el consentimiento del Parlamento.


    Italia 1947

    Puede conceder indultos y conmutar penas.


    Angola 2010

    En su calidad de Jefe de Estado, el Presidente de la República será responsable de:

    o. El indulto o la conmutación de penas;

    En el ámbito político y legislativo, la Asamblea Nacional será responsable de:

    g. La concesión de amnistías y indultos generales;


    Antigua y Barbuda 1981

    1. El Gobernador General, en nombre de Su Majestad y por encargo de Su Majestad,

    a. otorgar a toda persona condenada por un delito contra la ley un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;


    Armenia 1995

    Artículo 135. Conceder el indulto

    En los casos y modalidades previstos por la ley, el Presidente de la República resolverá la cuestión de la concesión del indulto a los condenados.


    Argelia 2020

    Además de las facultades que le confieren explícitamente otras disposiciones de la Constitución, el Presidente de la República tendrá las siguientes atribuciones y prerrogativas:

    10. tendrá derecho a conceder el indulto, el derecho a la remisión oa la conmutación de la pena;

    ART. 189

    El Consejo Superior de la Magistratura emitirá un dictamen consultivo al Presidente de la República antes de ejercer la facultad de indulto.


    Albania 1998

    El Presidente también ejerce las siguientes atribuciones:

    b. ejercer el derecho de indulto conforme a la ley;


    Afganistán 2004

    El Presidente tendrá las siguientes atribuciones y deberes:

    18. Reducir y perdonar las penas de conformidad con las disposiciones de la ley;


    Zambia 1991

    Artículo 97. Prerrogativa de la misericordia

    1. El Presidente podrá, por recomendación de la Comisión consultiva,

    a. condicional o incondicionalmente, indultar a una persona condenada por un delito;

    b. sustituir una forma menos severa de castigo impuesta a una persona por un tribunal; o

    c. la totalidad o parte de una multa, pena o decomiso.

    2. Toda persona condenada a muerte podrá solicitar al Presidente, directamente o por medio de un representante, el indulto o la conmutación de la pena.


    Zimbabue 2013

    112. Poder de la misericordia

    1. El Presidente, previa consulta con el Gabinete, puede ejercer el poder de la misericordia, es decir, puede...

    a. conceder el indulto a toda persona interesada o condenada por un delito contra cualquier ley;

    b. conceder un respiro de la ejecución de una pena por un delito por un período indefinido o determinado;

    c. sustituir una pena menos severa por la impuesta por cualquier delito; o

    d. suspender durante un período determinado o remitir la totalidad o parte de una pena por cualquier delito o cualquier decomiso impuesto con respecto a un delito;

    y podrá imponer condiciones a tal indulto, respiro, sustitución o suspensión.

    2. Cuando una persona residente en Zimbabwe haya sido condenada en otro país por un delito contra una ley vigente en ese país, el Presidente podrá declarar que la condena no debe considerarse una condena a los efectos de la presente Constitución o de cualquier otra ley vigente en Zimbabwe.

    3. La concesión del indulto o la suspensión de la ejecución de la pena o la sustitución o suspensión de una pena debe publicarse en el Boletín Oficial.


    Vietnam 1992

    El Presidente del Estado tiene los siguientes deberes y facultades:

    3. Proponer a la Asamblea Nacional que elija, excargue de sus funciones o destitución, al Presidente del Tribunal Popular Supremo y al Jefe de la Fiscalía Popular Suprema; sobre la base de las resoluciones de la Asamblea Nacional, designar, liberar de sus funciones y destituir a los jueces del Supremo - Nombrar jueces de otros tribunales y vicejefe de la Fiscalía Popular Suprema y fiscales de la Fiscalía Popular Suprema; conceder indultos; proclamar una amnistía, sobre la base de resoluciones de la Asamblea Nacional; proclamar una amnistía;


    Vanuatu 1980

    38. FACULTADES PRESIDENCIALES DE INDULTO, CONMUTACIÓN Y REDUCCIÓN DE LAS PENAS

    El Presidente de la República puede indultar, conmutar o reducir la pena impuesta a una persona condenada por un delito. El Parlamento podrá establecer una comisión que asesore al Presidente en el ejercicio de esta función.


    Uzbekistán 1992

    Las facultades exclusivas del Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán comprenderán:

    10. a propuesta del Presidente de la República de Uzbekistán, la aprobación de leyes de amnistía;

    El Presidente de la República de Uzbekistán:

    23. presentó ante el Senado del Oliy Majlis de la República de Uzbekistán una presentación sobre la adopción de actos de amnistía y el indulto de las personas condenadas por los tribunales de la República de Uzbekistán;


    Reino Unido 1215

    Que ningún indulto bajo el Gran Sello de Inglaterra sea declarable para un juicio político por parte de los Comunes en el Parlamento.


    Emiratos Árabes Unidos 1971

    El Presidente de los Emiratos Árabes Unidos tiene las siguientes atribuciones:

    10. Conceder el indulto, conmutar la pena y aprobar la pena capital de conformidad con las disposiciones de la Constitución y las leyes federales.

    Artículo 107

    El Presidente de los Emiratos Árabes Unidos podrá, a propuesta del Ministro Federal de Justicia y con sujeción a la aprobación de un comité constituido y presidido por el Ministro, indultar a un condenado de la ejecución de una sentencia dictada por una autoridad judicial federal antes de que se ejecute la sentencia o mientras el se está cumpliendo el castigo o conmutar el castigo. El Comité constituido a tal efecto está integrado por seis miembros seleccionados por el Consejo Federal de Ministros para un mandato renovable de tres años. Los miembros del comité son seleccionados entre ciudadanos conocidos por su sabio juicio y eficiencia.

    La composición del comité es gratuita. Las deliberaciones del Comité se celebran a puerta cerrada y sus decisiones se adoptan por mayoría de votos.


    Ucrania 1996

    El Presidente de Ucrania:

    27. concede indultos;


    Uganda 1995

    Misericordia prerrogativa

    121. Prerrogativa de la misericordia

    1. Habrá un Comité consultivo sobre la prerrogativa de la misericordia, que estará compuesto por:

    a. el Fiscal General, que presidirá; y

    b. seis destacados ciudadanos de Uganda nombrados por el Presidente.

    2. Una persona no podrá ser nombrada miembro del Comité si es miembro del Parlamento, la Sociedad Jurídica de Uganda o un Consejo de Distrito.

    3. Un miembro nombrado de conformidad con el párrafo b de la cláusula 1 del presente artículo desempeñará sus funciones por un período de cuatro años y dejará de ser miembro del Comité-

    a. si surgen circunstancias que lo inhabiliten para su nombramiento; o

    b. si el Presidente lo expulsa por incapacidad para desempeñar las funciones de su cargo derivadas de una enfermedad física o mental o por mala conducta, mala conducta o incompetencia.

    4. El Presidente, por recomendación del Comité-

    a. otorgar a toda persona condenada por un delito el indulto libre o sujeto a condiciones lícitas;

    b. conceder a una persona un respiro, ya sea indefinido o por un período determinado, de la ejecución de la pena que se le imponga por un delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por una pena impuesta a una persona por un delito; o

    d. remitir la totalidad o parte de una pena impuesta a una persona o de una pena o decomiso debida al Gobierno por cualquier delito.

    5. Cuando una persona sea condenada a muerte por un delito, se presentará al Comité Asesor un informe escrito de la causa del juez de primera instancia o de los jueces o de la persona que preside el tribunal, junto con cualquier otra información obtenida del expediente de la causa o de cualquier otra parte que sea necesaria sobre la Prerrogativa de la Misericordia.

    6. Una referencia en este artículo a la condena o imposición de una pena, condena o decomiso incluye la condena o imposición de una pena, pena, sentencia o decomiso por un tribunal militar u otro tribunal militar, excepto un tribunal militar de campo.


    Tuvalu 1986

    80. Conmutación, etc., de sentencias

    1. El Jefe de Estado, actuando de conformidad con el asesoramiento del Gabinete,

    a. otorgar a una persona un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas, por un delito; o

    b. exonerar a una persona de cualquier discapacidad impuesta en virtud de la presente Constitución o por ley del Parlamento o en virtud de una ley del Parlamento por haber sido condenado en virtud de una ley de un país distinto de Tuvalu, contravención o incumplimiento de ella; o

    c. concederá a una persona una demora, ya sea indefinida o durante un período determinado, en la ejecución de cualquier sanción impuesta a esa persona por un delito; o

    d. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier sanción impuesta a una persona por un delito; o

    e. remitir la totalidad o parte de-

    1. i. cualquier sanción impuesta a una persona por un delito; o
    2. ii. cualquier sanción, multa o decomiso debidos de otro modo al Gobierno a causa de un delito.

    2. En todo caso en que el poder de misericordia se ejerza de conformidad con el párrafo 1), el Primer Ministro presentará al Parlamento,

    a. si el poder se ejerce durante una reunión del Parlamento, durante esa reunión; o

    b. si el poder se ejerce en cualquier otro momento, durante la próxima sesión del Parlamento,

    una declaración en la que se expliquen el ejercicio del poder y las razones de ello.


    Turkmenistán 2008

    El Presidente de Turkmenistán:

    18. conceder el indulto y la amnistía;


    Turquía 1982

    Conmuta o revoca las sentencias impuestas a determinadas personas por motivos de enfermedad crónica, discapacidad y vejez.


    Trinidad y Tobago 1976

    1. El Presidente podrá conceder a cualquier persona un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas, respetando los delitos que haya cometido. Las facultades del Presidente en virtud de esta subsección pueden ser ejercidas por él antes o después de que la persona sea acusada de un delito y antes de que sea condenada por ello.


    Tonga 1875

    37. El rey puede conceder indultos

    Será lícito que el Rey en Consejo Privado conceda un indulto real a cualquier persona por infracción de la ley (incluida toda persona que haya sido condenada por un incumplimiento de la ley), salvo en casos de destitución.


    Togo 1992

    Artículo 73

    El Presidente de la República ejerce el derecho de indulto previa opinión del Consejo Superior de la Magistratura.


    Timor Oriental 2002

    Incumbe exclusivamente al Presidente de la República:

    i. conceder indultos y conmutar penas tras consultar con el Gobierno;


    Tailandia 2017

    Artículo 179

    El Rey tiene la prerrogativa real de conceder un indulto.


    Tanzania 1977

    45. Prerrogativa de la misericordia

    1. Sin perjuicio de las demás disposiciones contenidas en el presente artículo, el Presidente podrá hacer cualquiera de las siguientes acciones:

    a. conceder el indulto a toda persona condenada por un tribunal por un delito, y podrá conceder el indulto incondicionalmente o en condiciones, con sujeción a la ley;

    b. concederá a toda persona un respiro, indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por cualquier delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por cualquier delito; y

    d. remitir la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por un delito, o remitir la totalidad o parte de cualquier pena de multa o decomiso de bienes pertenecientes a una persona condenada que, de otro modo, serían debidos al Gobierno de la República Unida por algún delito.

    2. El Parlamento podrá promulgar legislación que prevea el procedimiento que ha de seguir el Presidente en el ejercicio de las facultades que le confiere el presente artículo.

    3. Las disposiciones del presente artículo se aplicarán a las personas condenadas y castigadas en Tanzanía Zanzíbar y a las penas impuestas en Tanzanía Zanzíbar en virtud de la legislación promulgada por el Parlamento que se aplica a Tanzanía Zanzíbar, así como esas disposiciones se aplicarán a las personas condenadas y castigadas en Tanzanía continental de conformidad con la ley.


    Tayikistán 1994

    Atribuciones del Presidente

    26. Concede indultos;


    República de China 1947

    Artículo 40

    El Presidente ejercerá, de conformidad con la ley, las facultades de amnistía, indulto, condonación de la pena y restitución de los derechos civiles.


    Surinam 1987

    Artículo 109

    El Presidente tendrá derecho a conceder indultos por las penas impuestas por sentencia judicial. El autor ejercerá este derecho después de haber comprobado la opinión del juez que había dictado la sentencia judicial.


    Sudán del Sur 2011

    El Presidente desempeñará las siguientes funciones:

    h. confirmar la pena de muerte, conceder indultos y remitir condenas o penas de conformidad con esta Constitución y la ley;


    Sudán 2019

    1. El Consejo de Soberanía ejerce las siguientes competencias y poderes:

    n. Perdonar y anular la pena o condena de conformidad con la ley;


    Sri Lanka 1978

    34. Concesión de indulto

    1. El Presidente podrá, en el caso de un delincuente condenado por un delito en cualquier tribunal de la República de Sri Lanka,

    a. otorgar un indulto, ya sea gratuito o sujeto a condiciones lícitas;

    b. concederá cualquier aplazamiento, ya sea por tiempo indefinido por el período que el Presidente estime conveniente, de la ejecución de cualquier sentencia dictada contra ese delincuente;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier sanción impuesta a dicho delincuente; o

    d. remitir la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta o de cualquier pena o decomiso debido a la República por tal delito:

    Siempre y cuando un delincuente haya sido condenado a muerte por sentencia de un tribunal, el Presidente informará al juez que juzgó el caso y remitirá dicho informe al Fiscal General con instrucciones de que después de que el Fiscal General lo haya informado, el informe se remitirá junto con el asesoramiento del Fiscal General al Ministro encargado del tema de Justicia, quien remitirá el informe junto con su recomendación al Presidente.

    2. El Presidente podrá, en el caso de cualquier persona que esté o haya sido objeto de una inhabilitación especificada en los apartados d), e), f), g) o h) del artículo 89 o en el apartado g) del párrafo 1) del artículo 91:

    a. otorgar un indulto, ya sea gratuito o sujeto a condiciones lícitas; o

    b. reducir el período de dicha inhabilitación.

    3. Cuando se haya cometido un delito por el que el delincuente pueda ser juzgado en la República de Sri Lanka, el Presidente podrá conceder indulto a todo cómplice de ese delito que proporcione la información que dé lugar a la condena del autor principal o de cualquiera de esos delincuentes principales, que uno.


    Somalia 2012

    Las atribuciones y responsabilidades del Presidente de la República Federal de Somalia son las siguientes:

    p. Perdonar a los delincuentes y conmutar las penas por recomendación de la Comisión del Servicio Judicial;


    Islas Salomón 1978

    45. Prerrogativa de la Misericordia

    1. El Gobernador General podrá, en nombre y en nombre del Jefe de Estado,

    a. conceder a toda persona condenada por un delito conforme a la legislación de las Islas Salomón un indulto libre o sujeto a condiciones lícitas;

    b. conceder a cualquier persona un respiro, ya sea por tiempo indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por ese delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por tal delito; o

    d. remitirá la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por ese delito o cualquier pena o decomiso que se deba a la Corona por ese delito.

    2. Habrá un Comité sobre la Prerrogativa de la Misericordia (en la presente sección denominado «el Comité») que estará integrado por los siguientes miembros:

    a. un Presidente y otras dos personas, una de las cuales será un médico calificado y la otra será un asistente social, nombrados por el Gobernador General en su propio criterio deliberado, y

    b. Una persona nominada...

    1. i. por el Ayuntamiento de Honiara, si la persona cuyo caso se está revisando reside habitualmente en la ciudad de Honiara; o
    2. ii. por la asamblea provincial de una provincia, si esa persona reside habitualmente en esa provincia.

    3. El Ayuntamiento de Honiara y la asamblea provincial de cada provincia designarán a una persona, tan pronto como sea elegida, a los efectos del inciso b) del párrafo 2 del presente artículo por el período que estime apropiado.

    4. Un miembro del Comité nombrado de conformidad con el inciso a del párrafo 2 de la presente sección dejará de ocupar su puesto en el Comité:

    a. al expirar el plazo de su nombramiento (si lo hubiera) especificado en el instrumento de su nombramiento; o

    b. si su nombramiento es revocado por el Gobernador General, actuando en su propio juicio deliberado.

    5. En el ejercicio de las facultades que le confiere el párrafo 1 del presente artículo, el Gobernador General actuará de conformidad con el asesoramiento del Comité.

    6. La validez de la transacción de cualquier actividad realizada por el Comité no se verá afectada únicamente por el hecho de que alguna persona que no tenía derecho a hacerlo participó en el procedimiento.

    7. Cuando una persona haya sido condenada a muerte (salvo por un consejo de guerra) por un delito, un informe sobre el caso por el juez que presidió el juicio (o, si no se puede obtener un informe de ese juez, un informe sobre el caso por el Presidente del Tribunal Supremo), junto con cualquier otra información derivada del se tendrá en cuenta en una reunión del Comité, la cual informará al Gobernador General si ejerce o no las facultades que le confiere el párrafo 1) del presente artículo en ese caso.


    Eslovenia 1991

    El Presidente de la República:

    decide sobre el otorgamiento de la clemencia;


    Eslovaquia 1992

    1. El Presidente

    j. concede la amnistía y el indulto, reduce las penas impuestas por los tribunales en los procedimientos penales y anula los castigos por clemencia individual o amnistía,


    Singapur 1963

    22P. Concesión de indulto, etc.

    1. El Presidente, según surja la ocasión, podrá, por consejo del Gabinete...

    1. a. conceder el indulto a todo cómplice de un delito que proporcione información que conduzca a la condena del autor principal o de cualquiera de los infractores principales, si es más de uno;
    2. b. otorgar a todo delincuente condenado por un delito en un tribunal de Singapur un indulto, libre o sujeto a condiciones lícitas, o cualquier suspensión o respiro, indefinido o durante el período que el Presidente estime conveniente, de la ejecución de cualquier sentencia dictada contra ese delincuente; o
    3. c. remitir la totalidad o parte de esa pena o de cualquier pena o decomiso impuesta por la ley.

    2. Cuando un delincuente haya sido condenado a muerte por sentencia de un tribunal y, en caso de apelación, la sentencia haya sido confirmada por el tribunal de apelación, el Presidente presentará los informes que le presenten el juez que haya juzgado el caso y el Presidente del Tribunal Supremo u otro magistrado presidente del Tribunal Supremo de la República de que se remitirá al Fiscal General con instrucciones de que, una vez que el Fiscal General haya emitido su opinión al respecto, los informes se remitirán, junto con la opinión del Fiscal General, al Gabinete, para que éste pueda asesorar al Presidente sobre el ejercicio de las facultades conferidas a por la cláusula 1).


    Sierra Leona 1991

    40. Oficina del Presidente

    4. Sin perjuicio de las disposiciones de la presente Constitución o de cualquier otra ley en contrario, el Presidente, sin perjuicio de las leyes que por el momento apruebe el Parlamento, será responsable, además de las funciones que le confiere la Constitución, de:

    1. a. todas las cuestiones constitucionales relativas a la legislación;
    2. b. las relaciones con Estados extranjeros;
    3. c. la recepción de enviados acreditados en Sierra Leona y el nombramiento de los principales representantes de Sierra Leona en el extranjero;
    4. d. la ejecución de tratados, acuerdos o convenciones en nombre de Sierra Leona;
    5. e. el ejercicio de la Prerrogativa de la Misericordia;
    6. f. el otorgamiento de honores y premios;
    7. g. la declaración de guerra, y
    8. h. cualesquiera otros asuntos que el Parlamento pueda remitir al Presidente:

    63. Prerrogativa de la Misericordia

    1. El Presidente, atendiendo al asesoramiento de un Comité designado por el Gabinete, que presidirá el Vicepresidente,

    1. a. otorgar a toda persona condenada por un delito contra la legislación de Sierra Leona un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;
    2. b. conceder a cualquier persona un respiro, ya sea indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por ese delito;
    3. c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo que se imponga a una persona por un delito de ese tipo;
    4. d. remitir la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por un delito de ese tipo o cualquier pena o decomiso que de otro modo se deba al Gobierno a causa de ese delito.

    2. Cuando una persona haya sido condenada a muerte por un tribunal por un delito, el Comité nombrado en virtud del párrafo 1) presentará un informe escrito del caso del juez de primera instancia junto con esa información, incluido un informe médico sobre el preso, derivado del expediente del caso o de otro lugar. según lo requiera el Comité, para presentarle lo antes posible.


    Seychelles 1993

    1. El Presidente podrá, previa consulta del comité consultivo nombrado en virtud del artículo 61-

    1. a. otorgar a toda persona condenada por un delito un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;
    2. b. concederá a toda persona un respiro, indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por cualquier delito;
    3. c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por cualquier delito; o
    4. d. remite la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por cualquier delito o de cualquier pena o decomiso que se deba a la República a causa de un delito.

    2. Salvo que se permita otra cosa en virtud de una ley o en virtud de ella, el ejercicio de las facultades conferidas por la cláusula 1) no se mantendrá, ofrecerá ni prometerá antes de la condena.

    3. Nada de lo dispuesto en el presente artículo impedirá el establecimiento por ley de sistemas de libertad condicional, libertad condicional o libertad bajo licencia, o cualquier otro sistema similar.

    4. Toda referencia que se hace en este artículo a una condena o a la imposición de una pena, pena, pena o decomiso incluye una referencia a una condena o a la imposición de una pena, pena, sentencia o decomiso por un tribunal militar u otro tribunal militar.

    5. El presente artículo no se aplicará en relación con ninguna condena dictada por un tribunal establecido con arreglo a la legislación de un país distinto de Seychelles que tenga jurisdicción en Seychelles en cumplimiento de un acuerdo concertado entre el Gobierno de Seychelles y otro gobierno u organización internacional relativo a presencia en Seychelles de miembros de una fuerza disciplinaria de ese otro país o bajo el control de la organización internacional o en relación con cualquier sanción impuesta respecto de dicha condena o cualquier pena o decomiso resultante de dicha condena.


    Serbia 2006

    La República de Serbia organizará y establecerá:

    2. el ejercicio y la protección de las libertades y los derechos de los ciudadanos; la constitucionalidad y la legalidad; los procedimientos ante los tribunales y otros órganos del Estado; las responsabilidades y sanciones por la violación de las libertades y derechos de los ciudadanos estipulados en la Constitución y por violación de leyes, otros reglamentos y leyes generales; amnistía e indulto por delitos penales;

    La Asamblea Nacional:

    12. conceder amnistía por delitos penales.

    Una sentencia dictada puede ser perdonada total o parcialmente sin decisión judicial, mediante indulto general o amnistía.


    Senegal 2001

    Artículo 47

    El Presidente de la República tiene derecho al indulto.


    Santo Tomé y Príncipe 1975

    El Presidente de la República tiene las competencias para:

    f. La concesión de indultos y conmutación de penas tras consultar con el Gobierno;


    Samoa 1962

    110. Poder del perdón

    1. El Jefe del Estado estará facultado para otorgar indultos, suspensiones y respiros, así como para remitir, suspender o conmutar cualquier sentencia dictada por cualquier tribunal, tribunal o autoridad establecida en virtud de la ley.

    2. En el ejercicio de las facultades que le confieren las disposiciones del párrafo 1), el Jefe de Estado actuará a su discreción previa consulta con el Ministro que el Primer Ministro designe periódicamente.


    San Vicente y las Granadinas 1979

    65. Prerrogativa de la misericordia

    1. El Gobernador General puede...

    a. conceder un indulto, ya sea gratuito o en condiciones lícitas, a toda persona condenada por un delito;

    b. concederá a toda persona un respiro, indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por cualquier delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por cualquier delito; o

    d. remite la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por un delito o de cualquier pena o decomiso que se deba a la Corona por cualquier delito.

    2. Las facultades del Gobernador General en virtud del párrafo 1) del presente artículo serán ejercidas por él de conformidad con el asesoramiento del Ministro que designe periódicamente el Gobernador General actuando de conformidad con el consejo del Primer Ministro.


    San Cristóbal y Nieves 1983

    66. Prerrogativa de la misericordia

    1. El Gobernador General puede,

    a. conceder un indulto, ya sea gratuito o en condiciones lícitas, a toda persona condenada por un delito penal conforme a una ley;

    b. concederá a toda persona un respiro, indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por cualquiera de esos delitos;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por cualquiera de esos delitos; o

    d. remitir la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por cualquiera de esos delitos o de cualquier pena o decomiso que se deba a la Corona a causa de tal delito.

    2. Las facultades del Gobernador General en virtud del presente artículo serán ejercidas por él de conformidad con el asesoramiento del Ministro que pueda designar periódicamente el Gobernador General, actuando de conformidad con el asesoramiento del Primer Ministro.


    Santa Lucía 1978

    74. 1. El Gobernador General puede,

    a. conceder un indulto, ya sea gratuito o en condiciones lícitas, a toda persona condenada por un delito;


    Qatar 2003

    El Príncipe ejerce las siguientes funciones:

    6. Perdonar el castigo, o conmutarla, de acuerdo con la ley.


    Papúa Nueva Guinea 1975

    151. CONCESIÓN DE INDULTO, ETC.

    1. Con sujeción a lo dispuesto en esta subdivisión, el Jefe del Estado, actuando con el consejo del Consejo Ejecutivo Nacional y de conformidad con el asesoramiento del Consejo Ejecutivo Nacional, podrá conceder a una persona condenada por un delito o detenida en virtud de una ley de Papua Nueva Guinea-

    a. un indulto, ya sea libre o condicional; o

    b. una condonación o conmutación de la pena, o

    c. un respiro de la ejecución de la pena; o

    d. una forma menos severa de castigo por la impuesta por cualquier sentencia,

    y podrá remitir o reembolsar, total o parcialmente, cualquier multa, sanción o decomiso pagada o pagadera a un órgano gubernamental.

    2. Cuando se haya cometido un delito, el Jefe de Estado, actuando con el Consejo Ejecutivo Nacional y de conformidad con el asesoramiento del Consejo Ejecutivo Nacional, podrá conceder un indulto, ya sea libre o condicional, a un cómplice que presente pruebas que conduzcan a la condena del autor principal.

    3. Salvo en el caso mencionado en el párrafo 2) o en los casos permitidos por una ley del Parlamento o en virtud de ella, el ejercicio de las facultades conferidas por el párrafo 1) no se mantendrá, ofrecerá ni prometerá antes de la condena.

    4. Nada de lo dispuesto en esta sección impide el establecimiento por ley de sistemas de libertad condicional, libertad condicional o libertad bajo licencia, o cualquier otro sistema similar.


    Palestina 2003

    Artículo 42

    El Presidente de la Autoridad Nacional tiene derecho a conceder indultos especiales o a conmutar penas. Sin embargo, las amnistías generales o las amnistías por delitos sólo pueden concederse por ley.


    Palaos 1981

    El Presidente tendrá todos los poderes y deberes inherentes al jefe ejecutivo nacional, incluidos, entre otros, los siguientes:

    5. conceder indultos, conmutaciones y suspensiones con sujeción a los procedimientos prescritos por la ley y suspender y condonar multas y confiscaciones, siempre que esta facultad no se extienda a la acusación;


    Pakistán 1973

    45. Poder del Presidente para conceder el indulto, etc.

    El Presidente estará facultado para conceder el indulto, la suspensión y el aplazamiento, así como para remitir, suspender o conmutar cualquier sentencia dictada por cualquier tribunal, tribunal u otra autoridad.


    Omán 1996

    Su Majestad el Sultán desempeña las siguientes funciones:

    Perdonar o conmutar cualquier sanción.


    Macedonia del Norte 1991

    Artículo 84

    El Presidente de la República de Macedonia

    nombra a un mandatario para que constituya el Gobierno de la República de Macedonia;

    nombra y destituya por decreto a los embajadores y otros representantes diplomáticos de la República de Macedonia en el extranjero;

    acepta las credenciales y las cartas de revocación de los representantes diplomáticos extranjeros;

    propone dos jueces para que formen parte del Tribunal Constitucional de la República de Macedonia;

    propone dos miembros del Consejo Judicial Republicano;

    nombra a tres miembros del Consejo de Seguridad de la República de Macedonia;

    propone a los miembros del Consejo de Relaciones Interétnicas;

    nombra y destituya a otros titulares de cargos públicos y estatales determinados por la Constitución y la ley;

    otorga condecoraciones y honores de conformidad con la ley;

    otorgue indultos de conformidad con la ley; y

    desempeña otras funciones determinadas por la Constitución.


    Níger 2010

    Artículo 72

    El Presidente de la República tiene derecho al indulto. Este indulto no puede concederse en los casos de delitos imprescriptibles.


    Nepal 2015

    276. Indulto

    El Presidente puede conceder indultos a las personas condenadas y suspender, conmutar o reducir cualquier pena impuesta por cualquier tribunal, órgano judicial o cuasijudicial, funcionario o autoridad administrativa.


    Nauru 1968

    80. Concesión de indultos.

    El Presidente puede...

    a. conceder un indulto, ya sea gratuito o en condiciones lícitas, a una persona condenada por un delito;

    b. concederá a una persona un respiro, indefinido o por un período determinado, de la ejecución de una pena impuesta a esa persona por un delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier sanción impuesta a una persona por un delito; o

    d. remitir la totalidad o una parte de una pena impuesta a una persona por un delito o de una pena o decomiso a causa de un delito.


    Namibia 1990

    3. Sin menoscabo de la generalidad de las funciones y atribuciones contempladas en el apartado 1) del presente artículo, el Presidente presidirá las reuniones del Gabinete y, con sujeción a lo dispuesto en la presente Constitución, estará facultado para:

    d. indultar o indultar a los delincuentes, ya sea incondicionalmente o con sujeción a las condiciones que el Presidente estime adecuadas;


    Birmania 2008

    204. El Presidente:

    a. la facultad de conceder el indulto;


    Mozambique 2004

    Artículo 159. Poderes generales

    En el desempeño de sus funciones, el Jefe de Estado estará facultado para:

    a. dirigirse a la nación a través de mensajes y comunicaciones;

    b. informar anualmente a la Asamblea de la República sobre el estado general de la nación;

    c. decidir, de conformidad con el artículo 136, convocar referendos sobre cuestiones de gran interés nacional;

    d. convocar elecciones generales;

    e. disolver la Asamblea de la República de conformidad con el artículo 188;

    f. despedir a todos los demás miembros del Gobierno cuando su programa haya sido rechazado por segunda vez por la Asamblea de la República;

    g. nombrar al Presidente del Tribunal Supremo, al Presidente del Consejo Constitucional, al Presidente del Tribunal Administrativo y al Vicepresidente del Tribunal Supremo;

    h. nombrar, exonerar y destituir al Fiscal General de la República y al Fiscal General Adjunto de la República;

    i. conceder indultos y conmutar penas;

    j. confieren, en los términos de la ley, títulos honorarios, condecoraciones y distinciones.


    Marruecos 2011

    Artículo 58

    El Rey ejerce el derecho de perdón.


    Montenegro 2007

    El Presidente de Montenegro (habla en inglés)

    9. Concede amnistía


    Mongolia 1992

    1. El Presidente ejercerá las siguientes prerrogativas:

    8. Conceder un indulto;


    Mónaco 1962

    Art. 15

    Tras consultar al Consejo de la Corona, el Príncipe ejerce el derecho al indulto y a la amnistía, así como el derecho de naturalización y restablecimiento de la nacionalidad.

    Debe consultarse sobre los siguientes temas: tratados internacionales, disolución de solicitudes del Consejo Nacional o naturalización y restauración de la nacionalidad monegasca, indultos y amnistías.


    Moldavia 1994

    El Presidente de la República de Moldova también desempeñará las siguientes funciones:

    e. conceder el indulto individual;


    Mauricio 1968

    75. Prerrogativa de la misericordia

    1. El Presidente podrá

    a. otorgar a toda persona condenada por un delito un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;

    b. concederá a toda persona un respiro, indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por cualquier delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por cualquier delito; o

    d. remite la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por un delito o de cualquier pena o decomiso que se deba al Estado a causa de un delito.

    2. Habrá una Comisión sobre la Prerrogativa de la Misericordia (denominada en la presente sección «la Comisión») integrada por un presidente y no menos de otros dos miembros designados por el Presidente, actuando en su propia sentencia deliberada.

    3. Un miembro de la Comisión desocupará su puesto en la Comisión

    a. al expirar cualquier período de nombramiento especificado en el instrumento de su nombramiento; o

    b. donde su nombramiento es revocado por el Presidente, actuando en su propio criterio deliberado.

    a. En el ejercicio de las facultades que le confiere el párrafo 1), el Presidente actuará de conformidad con el asesoramiento de la Comisión.

    b. El Presidente podrá pedir a la Comisión que reconsidere los dictámenes que haya presentado y actuará de conformidad con los dictámenes que la Comisión presente tras dicha reconsideración.

    5. La validez de la transacción comercial realizada por la Comisión no se verá afectada por el hecho de que alguna persona que no estuviera facultada para ello haya participado en el procedimiento.

    6. Cuando una persona haya sido condenada a muerte (salvo por un tribunal marcial) por un delito, un informe sobre el caso por el juez que presidió el juicio (o, cuando no se pueda obtener un informe de ese juez, un informe sobre el caso por el Presidente del Tribunal Supremo), junto con cualquier otra información derivada de la en una reunión de la Comisión, la cual informará al Presidente de la Comisión si ejerce o no las atribuciones que le confiere el párrafo 1) en ese caso.

    7. El presente artículo no se aplicará a ninguna condena dictada por un tribunal establecido con arreglo a la legislación de un país distinto de Mauricio que tenga jurisdicción en Mauricio en cumplimiento de acuerdos concertados entre el Gobierno de Mauricio y otro gobierno u organización internacional en relación con el la presencia en Mauricio de miembros de las fuerzas armadas de ese otro país o en relación con cualquier pena impuesta respecto de dicha condena o cualquier pena o decomiso resultante de dicha condena.


    Mauritania 1991

    Artículo 37

    El Presidente de la República ejerce el derecho de indulto y el derecho a condonar o conmutar la pena.


    Malta 1964

    93. Prerrogativa de la misericordia

    1. El Presidente estará facultado para:

    a. conceder a toda persona interesada o condenada por un delito un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;

    b. conceder a cualquier persona un respiro, ya sea indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier condena impuesta a esa persona por cualquier delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por cualquier delito; o

    d. remitir la totalidad o parte de la pena impuesta a una persona por un delito o por cualquier pena o decomiso debido al Estado a causa de un delito.

  • 2.

    a. Cuando una persona haya sido condenada a muerte por un tribunal de Malta, el Presidente presentará un informe escrito de la causa del juez de primera instancia o, en el caso de un consejo de guerra, a la persona que preside, y toda otra información derivada del expediente del caso o de otro lugar que el Presidente requiera, enviado al Ministro encargado de la justicia.

  • b. Dicho Ministro enviará dicho informe e información por escrito (si los hubiere) al Gabinete, y el Gabinete informará al Presidente si debe conceder al delincuente un indulto o un respiro en el ejercicio de las facultades que le confiere el presente artículo.


  • Malí 1992

    Artículo 45

    El Presidente de la República será el Presidente del Consejo Superior de la Judicatura. Él ejercerá el poder del perdón. Propondrá leyes de amnistía.


    Maldivas 2008

    Además de los deberes y facultades expresamente conferidos al Presidente por la presente Constitución y la ley, en virtud de la presente Constitución se encomienda al Presidente el cumplimiento de las funciones especificadas en la presente Constitución y tendrá las siguientes facultades para hacerlo:

    s. conceder indultos o reducciones de la pena prevista por la ley a las personas condenadas por un delito penal que no tengan más derecho a apelar;


    Malasia 1957

    42. Poder del perdón, etc.

    1. El Yang di-Pertuan Agong está facultado para conceder indultos, indultos y respiros respecto de todos los delitos que hayan sido juzgados por un consejo de guerra y todos los delitos cometidos en los territorios federales de Kuala Lumpur, Labuan y Putrajaya; y el Gobernante o Yang di-Pertua Negeri de un Estado está facultado para conceder indultos, reprisa y respiro respecto de todos los demás delitos cometidos en su Estado.

    2. Con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula (10), y sin perjuicio de cualquier disposición de la ley federal relativa a la remisión de sentencias por buena conducta o servicios especiales, cualquier facultad conferida por la ley federal o estatal para remitir, suspender o conmutar sentencias por cualquier delito será ejercida por el Yang di-Pertuan Agong si el la sentencia fue dictada por un tribunal marcial o por un tribunal civil que ejerza jurisdicción en los Territorios Federales de Kuala Lumpur, Labuan y Putrajaya y, en cualquier otro caso, será ejercida por el Gobernante o Yang di-Pertua Negeri del Estado en que se cometió el delito.

    3. Cuando un delito se haya cometido total o parcialmente fuera de la Federación o en más de un Estado o en circunstancias que lo hagan dudoso cuando se cometió, se tratará a los efectos del presente artículo como cometido en el Estado en que fue juzgado. A los efectos de la presente Cláusula, el Territorio Federal de Kuala Lumpur, el Territorio Federal de Labuan y el Territorio Federal de Putrajaya, se considerarán Estados.

    4. Las facultades mencionadas en este artículo-

    a. son, en la medida en que sean ejercidas por el Yang di-Pertuan Agong, entre las funciones con respecto a las cuales la ley federal puede establecer disposiciones en virtud del párrafo 3 del artículo 40;

    b. en la medida en que sean ejercitables por el Gobernante o Yang di-Pertua Negeri de un Estado, se ejercerán con el asesoramiento de una Junta de Indultos constituida para ese Estado de conformidad con la cláusula 5).

    5. La Junta de Indultos constituida para cada Estado estará integrada por el Fiscal General de la Federación, el Ministro Principal del Estado y no más de tres miembros más, que serán nombrados por el Gobernante o Yang di-Pertua Negeri; pero el Fiscal General podrá de vez en cuando por escrito delegar sus funciones como miembro de la Junta en cualquier otra persona, y el Gobernante o Yang di-Pertua Negeri pueden designar a cualquier persona para que ejerza temporalmente las funciones de cualquier miembro de la Junta designado por él que esté ausente o no pueda actuar.

    6. Los miembros de una Junta de Indultos nombrados por el Gobernante o Yang di-Pertua Negeri serán nombrados por un período de tres años y podrán ser renovados, pero en cualquier momento podrán renunciar a la Junta Directiva.

    7. Un miembro de la Asamblea Legislativa de un Estado o de la Cámara de Representantes no será nombrado por el Gobernante o Yang di-Pertua Negeri para ser miembro de una Junta de Indultos o para ejercer temporalmente las funciones de dicho miembro.

    8. La Junta de Indultos se reunirá en presencia del gobernante o Yang di-Pertua Negeri y él presidirá la misma.

    9. Antes de presentar su consejo sobre cualquier asunto, la Junta de indultos examinará cualquier opinión escrita que el Fiscal General haya emitido al respecto.

    10. No obstante lo dispuesto en este artículo, la facultad de conceder indultos, suspensiones y respiros respecto de, o de remitir, suspender o conmutar sentencias impuestas por cualquier tribunal establecido en virtud de cualquier ley que regule los asuntos religiosos islámicos en el Estado de Malaca, Penang, Sabah o Sarawak o en los Territorios Federales de Kuala Lumpur, Labuan y Putrajaya serán ejercidos por el Yang di-Pertuan Agong como Jefe de la religión islámica en el Estado.

    11. A los efectos del presente artículo, se constituirá una Junta de Indultos única para los Territorios Federales de Kuala Lumpur, Labuan y Putrajaya y las disposiciones de las Cláusulas (5), (6), (7), (8) y 9) se aplicarán mutatis mutandis a la Junta de Indultos en virtud de esta Cláusula, salvo que la referencia a «Regla o Yang» Di-pertua Negeri» se interpretará como referencia al Yang di-Pertuan Agong y la referencia al «Ministro Principal del Estado» se interpretará como referencia al Ministro responsable de los Territorios Federales de Kuala Lumpur, Labuan y Putrajaya.

    12. A pesar de todo lo dispuesto en esta Constitución, cuando las facultades mencionadas en este Artículo-

    a. son ejercitables por el Yang di-Pertua Negeri de un Estado y deben ejercerse respecto de sí mismo o de su esposa, hijo o hija, esas facultades serán ejercidas por el Yang di-Pertuan Agong, actuando por consejo de la Junta de Indultos constituida para ese Estado en virtud del presente artículo y que presidirá por él;

    b. se ejercerán con respecto al Yang di-Pertuan Agong, el Gobernante de un Estado, o su consorte, según proceda, esas facultades serán ejercidas por la Conferencia de Gobernantes y se aplicarán las siguientes disposiciones:

    1. i. al asistir a un procedimiento en virtud de esta cláusula, el Yang di-Pertuan Agong no estará acompañado por el Primer Ministro y los demás gobernantes no irán acompañados por su Menteri-Menteri Besar;
    2. ii. antes de adoptar una decisión sobre cualquier asunto con arreglo a esta cláusula, la Conferencia de Gobernadores examinará cualquier opinión escrita que el Fiscal General haya emitido al respecto;

    c. deben ser ejercidos por el Yang di-Pertuan Agong o el Gobernante de un Estado con respecto a su hijo o hija, según sea el caso, esas facultades serán ejercidas por el Gobernante de un Estado designado por la Conferencia de Gobernantes que actuará de conformidad con el consejo de la Junta de Indultos pertinente constituida en virtud de este artículo.

    13. A los efectos de los apartados b) y c) de la cláusula 12), el Yang di-Pertuan Agong o el Gobernante del Estado interesado, según el caso, y el Yang di-Pertua-yang di- Pertua Negeri no serán miembros de la Conferencia de Gobernantes.


    Malaui 1994

    2. El Presidente puede indultar a los condenados, conceder la suspensión de la ejecución de la pena, reducir las sentencias o remitir sentencias:

    Siempre que...

    a. las decisiones previstas en esta subsección se adoptarán en consulta con un comité consultivo para la concesión del indulto, cuya composición y formación se determinarán en virtud de una ley del Parlamento; y

    b. las sentencias en los casos de destitución del Presidente o del Vicepresidente no podrán ser indultados por el Presidente.


    Madagascar 2010

    El Presidente de la República ejerce el derecho de indulto.


    Liechtenstein 1921

    Art 12

    1. El Príncipe Regnante tendrá la prerrogativa de remitir, mitigar o conmutar las sentencias dictadas legalmente, así como de anular los procesos iniciados.

    2. Sólo a instigación del Parlamento podrá el Príncipe Regnante ejercer su prerrogativa de remisión o mitigación en favor de un miembro del Gobierno condenado por sus actos oficiales.


    Libia

    Artículo 118. Amnistía Especial

    El Presidente de la República expedirá un indulto especial después de examinar la opinión del Primer Ministro y del Presidente del Consejo Judicial Superior de manera que no esté en conflicto con las disposiciones de la Constitución.


    Liberia 1986

    Artículo 59

    El Presidente puede remitir cualquier decomiso público y sanción suspender y multas y sentencias, conceder indultos y restituir los derechos civiles después de la condena por todos los delitos públicos, excepto la acusación.


    Lesoto 1993

    101. Prerrogativa de la Misericordia

    1. El rey puede...

    a. conceder a toda persona condenada por un delito conforme a la legislación de Lesotho un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;

    b. conceder a cualquier persona un respiro, ya sea por tiempo indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por ese delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier pena impuesta a una persona por un delito de este tipo; y

    d. remitirá la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por un delito de ese tipo o cualquier pena o decomiso que se deba al Rey a causa de ese delito.

    2. Las facultades del Rey en virtud del párrafo 1) serán ejercidas por él actuando de conformidad con el asesoramiento del Comité de Indultos.


    Líbano 1926

    9. Concede un indulto especial por decreto, pero el indulto general sólo puede ser otorgado por ley.


    Letonia 1922

    Artículo 45

    El Presidente tiene derecho a conceder clemencia a los delincuentes contra los que haya entrado en vigor la sentencia del tribunal. El alcance y los procedimientos para la utilización de este derecho se establecerán en una ley específica. El Saeima concede amnistía.


    Kirguistán 2010

    10. El Presidente:

    4. concederá indultos;


    Kuwait 1962

    Artículo 75

    El Emir puede, por decreto, conceder el indulto o atenuar la pena. Sin embargo, la amnistía no puede concederse salvo en virtud de la ley y únicamente con respecto a los delitos cometidos con anterioridad a la propuesta de una ley de amnistía.


    Corea del Sur 1948

    Artículo 79

    1. El Presidente puede conceder amnistía, conmutación y restitución de derechos según lo prescrito por la ley.

    2. El Presidente recibirá el consentimiento de la Asamblea Nacional para conceder una amnistía general.

    3. Las cuestiones relativas a la amnistía, la conmutación y la restitución de derechos se determinarán por ley.

    Se remitirán al Consejo de Estado para su deliberación los siguientes asuntos:

    9. Concesión de amnistía, conmutación y restitución de derechos;


    Corea del Norte 1972

    El Presidente de la Comisión de Asuntos Estatales de la República Popular Democrática de Corea tiene las siguientes funciones y facultades para:

    5. ejercer el derecho a conceder un indulto especial;


    Kiribati 1979

    50. Prerrogativa de la misericordia

    El Beretitenti, actuando de acuerdo con el consejo del Gabinete, puede...

    a. conceder a toda persona interesada o condenada por un delito contra la ley vigente en Kiribati un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;

    b. concederá a toda persona un respiro, indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por cualquier delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por cualquier delito; y

    d. remite la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por un delito o de cualquier pena o decomiso que se deba al Gobierno a causa de un delito.


    Kazajistán 1995

    1. El Presidente de la República de Kazajstán:

    15. ejercer el perdón de los ciudadanos;


    Jordania 1952

    Artículo 38

    El Rey tiene derecho al indulto especial y a remitir la pena, pero el indulto general será determinado por una ley especial.


    Jamaica 1962

    90. Prerrogativa de la misericordia

    1. El Gobernador General puede, en nombre de Su Majestad y por encargo de Su Majestad...

    1. a. otorgar a toda persona condenada por un delito contra la ley de Jamaica un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;
    2. b. conceder a cualquier persona un respiro, ya sea indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por ese delito;
    3. c. sustituir una forma menos severa de castigo por la que se imponga a cualquier persona por tal delito; o
    4. d. remitirá la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por un delito de ese tipo o cualquier pena o decomiso que se deba a la Corona por ese delito.

    2. En el ejercicio de las facultades que le confiere el presente artículo, el Gobernador General actuará por recomendación del Consejo Privado.

    91. Perdón en casos de pena capital

    1. Cuando una persona haya sido condenada a muerte por un delito contra la ley de Jamaica, el Gobernador General causará,

    1. a. un informe escrito de la causa del juez de primera instancia, junto con cualquier otra información derivada del expediente del caso o de otro lugar que el Gobernador General requiera, para ser remitido al Consejo Privado; y
    2. b. una notificación que debe entregarse al condenado, especificando una fecha, siendo, en el caso de los incisos ii) o iii), una fecha no inferior a dieciocho meses después de la fecha de entrega de la notificación, en la que la persona o su representante legal o su representante legal,
      1. i. iniciará cualquier solicitud o consulta con cualquier entidad fuera de Jamaica (que no sea Su Majestad en Consejo) en relación con el delito por el que la persona haya sido condenada a muerte;
      2. ii. concluirá cualquier solicitud o consulta con cualquier entidad fuera de Jamaica (que no sea Su Majestad en Consejo) en relación con el delito por el que la persona haya sido condenada a muerte; y
      3. iii. podrá someter al Gobernador General, para su consulta por el Consejo Privado, las declaraciones relativas al caso de conformidad con el procedimiento que se establezca en la notificación,

    a fin de que el Consejo Privado pueda formular una recomendación al Gobernador General de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de esta Constitución.

    1A. Las declaraciones presentadas en virtud del inciso b) del apartado l) podrán incluir cualquier informe emitido antes de la fecha especificada en el inciso ii) del apartado l) b), por una entidad a que se hace referencia en ese inciso.

    1B. Nada de lo dispuesto en el presente artículo o en el artículo 13 se interpretará en el sentido de que requiera:

    1. a. el Gobernador General o el Consejo Privado, en el ejercicio de las facultades que les confieren el artículo 90 o el presente artículo, para examinar el informe de cualquier entidad a que se hace referencia en el inciso i) del inciso b) del párrafo l), en cualquier caso en que el informe no haya sido emitido por la entidad y presentado por la persona condenada, en o antes de la fecha especificada en la subsección 1) b) ii), o
    2. b. el Gobernador General, al notificar con arreglo al apartado b) del párrafo l), tenga en cuenta todo período de tiempo dentro del cual tal entidad pueda presentar su informe.

    2. Las facultades conferidas al Gobernador General por el presente artículo serán ejercidas por él por recomendación del Consejo Privado o, en cualquier caso en que, a su juicio, el asunto sea demasiado urgente para admitir que dicha recomendación se ha obtenido en el plazo en que sea necesario que actúe, en su discreción.

    3. En relación con una persona a la que se envíe una notificación de conformidad con el inciso b) del párrafo l), el Gobernador General podrá ejercer, después de la fecha especificada en el inciso ii) del apartado l) b), las facultades que le confiere el artículo 90.

    4. A los efectos de la presente sección, al determinar sus recomendaciones al Gobernador General con arreglo al artículo 90, el Consejo Privado considerará,

    1. a. el informe escrito y demás información a que se hace referencia en la subsección l) a); y
    2. b. todas las declaraciones presentadas de conformidad con una notificación entregada con arreglo al apartado b) del apartado l) en relación con el caso.

    5. En caso de que se hayan cumplido las disposiciones de este artículo,

    1. a. Gobernador General en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 90; o
    2. b. el Consejo Privado, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 90 o el presente artículo,

    se considerará incompatible con las disposiciones del capítulo III o contraviniendo las disposiciones del capítulo III.


    Israel 1958

    b. El Presidente del Estado estará facultado para indultar a los infractores y aligerar las penas mediante su reducción o conmutación.


    Hungría 2011

    4. El Presidente de la República:

    g. ejercerán el derecho a conceder indultos individuales;


    Guyana 1980

    121. Prerrogativa de la Misericordia

    La prerrogativa de la misericordia recaerá en el Presidente y la ejercerá de conformidad con lo dispuesto en los artículos 188, 189 y 190.

    188. Prerrogativa de la Misericordia

    1. El Presidente puede...

    a. otorgar a toda persona interesada o condenada por un delito tipificado en la legislación de Guyana un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;

    b. conceder a cualquier persona un respiro, ya sea por tiempo indefinido, o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por ese delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por tal delito; o

    d. remitirá la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por ese delito o de cualquier pena o decomiso que se deba al Estado a causa de dicho delito.

    2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo siguiente, las atribuciones del Presidente en virtud del párrafo anterior serán ejercidas por él previa consulta con el Ministro que pueda designar periódicamente.

    3. Además del Ministro designado generalmente en virtud del párrafo anterior, un segundo ministro puede, en la forma prescrita en ese párrafo, ser designado especialmente en relación con las personas condenadas por un consejo de guerra con arreglo a la legislación de Guyana; y en cualquier momento en que haya un segundo ministro designado así, las atribuciones del Presidente en virtud del párrafo 1) se ejercerán, en relación con esas personas, previa consulta con ese otro Ministro.


    Guinea-Bisáu 1984

    Son funciones exclusivas del Presidente de la República:

    t. Perdón y conmutación de penas;


    Guinea 2010

    Artículo 49

    El Presidente de la República ejerce el derecho de indulto.


    Granada 1973

    1. El Gobernador General, en nombre de Su Majestad y por encargo de Su Majestad,

    a. conceder un indulto, ya sea libre de condiciones lícitas, a toda persona condenada por un delito;


    Ghana 1992

    1. El Presidente podrá, en consulta con el Consejo de Estado-

    a. otorgar a una persona condenada por un delito un indulto libre o sujeto a condiciones lícitas; o

    b. conceder a una persona un respiro, ya sea indefinido o por un período determinado, de la ejecución de la pena que se le imponga por un delito; o

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por una pena impuesta a una persona por un delito; o

    d. remitir la totalidad o parte de una pena impuesta a una persona o de una pena o decomiso debida al Gobierno por cualquier delito.


    Georgia 1995

    1. El Presidente de Georgia:

    f. indulto a los condenados;


    Gambia

    1. El Presidente, con sujeción a lo dispuesto en la presente Constitución, ejercerá o ejercerá las siguientes atribuciones y funciones:

    k. otorgar indulto a un delincuente condenado, otorgar o reducir la pena impuesta por un tribunal;

    128. Ejercicio del poder de la misericordia

    1. El Presidente, a petición de cualquier persona o por prerrogativa propia, previa consulta con el Comité de Prerrogativa de la Misericordia y estudiando el asesoramiento del Presidente,

    a. otorgar a toda persona condenada por un delito un indulto libre o sujeto a condiciones lícitas;

    b. conceder a cualquier persona un respiro, ya sea por tiempo indefinido o por un período determinado, en relación con una pena impuesta a esa persona por un delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por la pena impuesta a una persona por un delito; o

    d. remite la totalidad o parte de una pena impuesta a una persona por un delito.

    2. El ejercicio por el Presidente de la facultad de conceder un indulto en virtud del apartado a) del párrafo 1) no se extenderá a una decisión de la Asamblea Nacional respecto de un Presidente que haya sido impugnado.

    3. Cuando, en virtud del apartado a) del párrafo 1), se concede a una persona:

    a. un indulto gratuito, será tratado como si nunca hubiera cometido el delito por el que recibió el indulto gratuito; o

    b. un indulto condicional, el perdón permanece en efecto sujeto al cumplimiento de las condiciones del indulto.

    4. Si se concede un indulto condicional a una persona, el hecho de la condena por la que se le ha concedido el indulto condicional seguirá siendo, pero ello no constituirá un estorbe para su plena participación en la vida pública.


    Gabón 1991

    Artículo 23

    El Presidente de la República tiene derecho a indultar.


    Finlandia 1999

    No obstante lo dispuesto en el párrafo 1), el Presidente adopta decisiones sobre las siguientes cuestiones sin moción del Gobierno:

    3. Los indultos presidenciales y otros asuntos, tal como se establecen específicamente en las leyes, relativos a particulares o asuntos que no requieran ser examinados en sesión plenaria del Gobierno; y

    Artículo 105. Perdón presidencial

    En casos individuales, el Presidente de la República, previa declaración del Tribunal Supremo, puede conceder el indulto total o parcial de una pena u otra sanción penal impuesta por un tribunal de justicia.

    La amnistía general sólo puede concederse mediante una ley.


    Fiyi 2013

    3. A petición de cualquier condenado, la Comisión podrá recomendar al Presidente que ejerza una facultad de misericordia,

    a. conceder un indulto libre o condicional a una persona condenada por un delito;

    b. aplazar la ejecución de una pena, ya sea por un período determinado o indeterminado; o

    c. remitiendo todo o parte de un castigo.


    Etiopía 1994

    7. Conforme a las condiciones y procedimientos establecidos por la ley, concederá el indulto.


    Suazilandia 2005

    4. El Rey, en su calidad de Jefe de Estado, tiene autoridad, de conformidad con esta Constitución o cualquier otra ley, entre otras cosas,

    d. expedir indultos, levantar o conmutar sentencias;


    Eritrea 1997

    12. con sujeción a lo dispuesto en el artículo 27, apartado 5, letra b), la suspensión de los infractores y concederá indulto o amnistía;


    Dominica 1978

    73. Prerrogativa de la Misericordia

    1. El Presidente puede...

    a. conceder un indulto, ya sea gratuito o en condiciones lícitas, a toda persona condenada por un delito;

    b. concederá a toda persona un respiro, indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por cualquier delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por cualquier delito; o

    d. remite la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por un delito o de cualquier pena o decomiso que se deba al Gobierno a causa de un delito.

    2. Las atribuciones del Presidente en virtud del párrafo 1) del presente artículo serán ejercidas por él de conformidad con el asesoramiento del Ministro que designe periódicamente el Presidente, actuando de conformidad con el dictamen del Primer Ministro.


    Yibuti 1992

    Él ejerce el derecho de perdón.


    República Checa 1993

    El Presidente de la República:

    g. podrá conceder indultos o conmutar las penas impuestas por los tribunales y ordenar la anexión de antecedentes penales;


    Chipre 1960

    Artículo 47

    El poder ejecutivo ejercido conjuntamente por el Presidente y el Vicepresidente de la República consta de las siguientes materias:

    a. determinar el diseño y el color del pabellón de la República con arreglo al artículo 4 previsto;

    b. creación o establecimiento de los honores de la República;

    c. designación mediante un instrumento firmado por ellos a los dos miembros del Consejo de Ministros conforme a lo dispuesto en el artículo 46;

    d. la promulgación mediante publicación en el Boletín Oficial de la República de las decisiones del Consejo de Ministros conforme a lo dispuesto en el artículo 57;

    e. la promulgación por publicación en el Boletín Oficial de la República de toda ley o decisión aprobada por la Cámara de Representantes conforme a lo dispuesto en el artículo 52;

    f. nombramientos previstos en los artículos 112, 115, 118, 124, 126, 131, 133, 153 y 184 previstos y de los nombramientos efectuados en virtud del artículo 13 1;

    g. la institución del servicio militar obligatorio previsto en el artículo 129;

    h. reducción o aumento de las fuerzas de seguridad previstas en el artículo 130;

    i. el ejercicio de la prerrogativa de clemencia en los casos de pena capital en los que la parte perjudicada y el condenado sean miembros de diferentes Comunidades, conforme a lo dispuesto en el artículo 53; condonación, suspensión y conmutación de las penas previstas en el artículo 53;

    j. derecho de remisión al Tribunal Constitucional Supremo previsto en el artículo 140;

    k. publicación en el Boletín Oficial de la República de las decisiones del Tribunal Constitucional Supremo conforme a lo dispuesto en los artículos 137, 138, 139 y 143;

    Yo. la sustitución por un sistema de rotación del sistema de nombramiento de un ministro turco en uno de los tres Ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa o de Finanzas, conforme a lo dispuesto en el artículo 46;

    m. el ejercicio de cualquiera de las facultades especificadas en las letras d), e), f) y g) de los artículos 48 y 49 y en los artículos 50 y 51, que el Presidente o el Vicepresidente de la República puedan ejercer por separado, respectivamente;

    n. dirección de los mensajes a la Cámara de Representantes tal como se establece en el artículo 79.

    Artículo 53

    1. El Presidente o el Vicepresidente de la República tendrán derecho a ejercer la prerrogativa de misericordia respecto de las personas pertenecientes a su Comunidad respectiva condenadas a muerte.

    2. Cuando la persona lesionada y el delincuente sean miembros de diferentes Comunidades, dicha prerrogativa de misericordia se ejercerá de acuerdo entre el Presidente y el Vicepresidente de la República; en caso de desacuerdo entre ambas, prevalecerá el voto a favor de la clemencia.

    3. En caso de que la prerrogativa de la misericordia se ejerza en virtud de los párrafos I ó 2 del presente artículo, la pena de muerte se conmutará por cadena perpetua.

    4. El Presidente y el Vicepresidente de la República, por recomendación unánime del Fiscal General y del Fiscal General Adjunto de la República, remitirán, suspenderán o conmutarán cualquier sentencia dictada por un tribunal de la República en todos los demás casos.


    Croacia 1991

    El Presidente de la República:

    Conceder indultos;


    Costa de Marfil 2016

    Artículo 66

    El Presidente de la República tiene derecho a conceder el indulto.


    República del Congo 2015

    Artículo 92

    El Presidente de la República ejerce el derecho de indulto.


    República Democrática del Congo 2005

    Artículo 87

    El Presidente de la República ejerce el derecho de indulto.

    Puede remitir, conmutar o reducir las sentencias.


    Comoras 2018

    En esta función, determina y dirige la política de la Unión:

    El Presidente de la Unión tiene derecho a indultar.


    China 1982

    Artículo 80

    El Presidente de la República Popular China, de conformidad con las decisiones del Congreso Popular Nacional y su Comité Permanente, promulga los estatutos; nombra y destituye al Primer Ministro, Viceprimeros Presidentes, Consejeros de Estado, Ministros a cargo de los Ministerios o Comisiones, y al Auditor General y al Secretario General del Consejo de Estado; otorga medallas estatales y títulos de honor; emite órdenes de indulto especiales; proclama la entrada del estado de emergencia; proclama el estado de guerra; y emite órdenes de movilización.


    Chad 2018

    Artículo 91

    El Presidente ejerce el derecho de indulto y la iniciativa de proyectos de ley de amnistía.


    República Centroafricana 2016

    Él ejerce el derecho de perdón.


    Cabo Verde 1980

    1. El Presidente de la República tendrá las siguientes responsabilidades:

    o. Perdonar y conmutar penas, previa consulta con el Gobierno;


    Camerún 1972

    7. El autor ejercerá el derecho de clemencia, previa consulta con el Consejo Superior de la Judicatura.


    Camboya 1993

    Artículo 27

    El Rey tendrá derecho a conceder indultos o amnistías.


    Burundi 2018

    Artículo 114

    El Presidente de la República tiene derecho al indulto.


    Burkina Faso 1991

    Artículo 54

    El Presidente de Faso ejerce el derecho de indulto. Propone las leyes de amnistía.


    Bulgaria 1991

    El Presidente de la República:

    11. Ejercitar el derecho al indulto.


    Botsuana 1966

    53. Prerrogativa de la Misericordia

    El Presidente puede...

    a. otorgar a toda persona condenada por un delito un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;

    b. concederá a toda persona un respiro, indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por cualquier delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por cualquier delito; y

    d. remite la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por un delito o de cualquier pena o decomiso que se deba al Gobierno a causa de un delito.


    Brunéi 1959

    9. Prerrogativa de la Misericordia.

    1. **Su Majestad el Sultán y Yang Di-Pertuan pueden ejercer, a su absoluta discreción, respecto de cualquier delito por el que un delincuente pueda ser o haya sido juzgado en Brunei Darussalam, una o varias de las siguientes potencias:

    a. otorgar a toda persona interesada o condenada por tal delito un indulto libre o sujeto a condiciones;

    b. conceder a cualquier persona un respiro, ya sea indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier condena impuesta a esa persona por ese delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por la impuesta por cualquier pena por un delito de ese tipo;

    d. remitir la totalidad o parte de cualquier sentencia dictada por tal delito o de cualquier suma de dinero impuesta como pena o decomiso, o debido a Brunei Darussalam, Su Majestad el Sultán y Yang Di-Pertuan o a cualquier otra persona a causa de ese delito; o

    e. ordenar la liberación de toda persona que pueda ser encarcelada por cualquier delito o por impago de cualquier suma de dinero como se indica anteriormente.

    [**En el momento de la presente Reimpresión, Su Majestad el Sultán y Yang Di-Pertuan, de conformidad con la Orden de suspensión de la Constitución de Brunei Darussalam de 2006 (S 15/06), confirió al Consejo Privado la función de asesorar a Su Majestad en relación con el ejercicio de las facultades de Su Majestad en virtud de la cláusula 1) de Artículo 9 de la Constitución de Brunei Darussalam.]

    2. ***En el ejercicio de sus poderes, Su Majestad el Sultán y Yang Di-Pertuan pueden tener en cuenta, pero no están obligados a actuar de acuerdo con, el consejo de la Junta de Indultos.

    [***Las cláusulas (2), 4) y 5) del artículo 9 no estaban en vigor en la fecha de la presente Reimpresión. Estas cláusulas fueron suspendidas por la Orden de suspensión de la Constitución de Brunei Darussalam de 2006 (S 15/06), con efecto a partir del 21 de febrero de 2006.]

    3. Derogado.

    4. ***El Fiscal General tiene el deber de proporcionar a la Junta de Indultos cualquier información que pueda tener la fiscalía en relación con cualquier delincuente que haya sido condenado a muerte que pueda ser importante para el ejercicio en relación con ese delincuente de las facultades conferidas a Su Majestad el Sultán y Yang Di- Pertuan por la cláusula (1).

    [***Las cláusulas (2), 4) y 5) del artículo 9 no estaban en vigor en la fecha de la presente Reimpresión. Estas cláusulas fueron suspendidas por la Orden de suspensión de la Constitución de Brunei Darussalam de 2006 (S 15/06), con efecto a partir del 21 de febrero de 2006.]

    5. ***Antes de presentar su dictamen sobre cualquier asunto, la Junta de Indultos examinará cualquier opinión escrita que pueda haber emitido al respecto por el Fiscal General sobre la ley aplicable y el Mufti Kerajaan sobre cualquier aspecto del derecho islámico.

    [***Las cláusulas (2), 4) y 5) del artículo 9 no estaban en vigor en la fecha de la presente Reimpresión. Estas cláusulas fueron suspendidas por la Orden de suspensión de la Constitución de Brunei Darussalam de 2006 (S 15/06), con efecto a partir del 21 de febrero de 2006.]


    Benín 1990

    ARTÍCULO 60

    El Presidente de la República tendrá el poder de indulto. Ejercitará este derecho en las condiciones definidas en el artículo 130.


    Belice 1981

    52. Prerrogativa de la misericordia

    1. El Gobernador General puede,

    a. conceder un indulto, ya sea gratuito o en condiciones lícitas, a toda persona condenada por un delito;

    b. concederá a toda persona un respiro, indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por cualquier delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por cualquier castigo impuesto a una persona por cualquier delito; o

    d. remite la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por un delito o de cualquier pena o decomiso que se deba a la Corona por cualquier delito.

    2. Las facultades del Gobernador General en virtud del párrafo 1) de la presente sección serán ejercidas por él de conformidad con el asesoramiento del Consejo Consultivo de Belice.


    Bélgica 1831

    Artículo 110

    El Rey tiene derecho a remitir o reducir las sentencias dictadas por los jueces, salvo en lo que se refiere a lo que se ha dictado en relación con los ministros y miembros de los gobiernos comunitarios y regionales.

    Artículo 111

    El Rey no podrá indultar a un ministro o a un miembro de un gobierno comunitario o regional condenado por el Tribunal Supremo, salvo a petición de la Cámara de Representantes o del Parlamento interesado.


    Baréin 2002

    Artículo 41

    El Rey puede abusar o conmutar una pena por decreto. La amnistía total sólo puede concederse por ley y se aplicará a los delitos cometidos antes de la propuesta de amnistía.


    Bangladés 1972

    49. Prerrogativa de la misericordia

    El Presidente estará facultado para conceder indultos, suspensiones y respiros, así como para remitir, suspender o conmutar cualquier sentencia dictada por cualquier tribunal, tribunal u otra autoridad.


    Barbados 1966

    78 1. El Gobernador General puede, en nombre de Su Majestad y por encargo de Su Majestad...

    a. conceder a toda persona condenada por un delito contra la ley de Barbados un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;

    b. conceder a cualquier persona un respiro, ya sea indefinido o por un período determinado, de la ejecución de cualquier pena impuesta a esa persona por ese delito;

    c. sustituir una forma menos severa de castigo por la que se imponga a cualquier persona por tal delito; o

    d. remitirá la totalidad o parte de cualquier sanción impuesta a una persona por un delito de ese tipo o cualquier pena o decomiso que se deba a la Corona por ese delito.


    Bielorrusia 1994

    El Presidente de la República de Belarús:

    19. conceder indultos a los ciudadanos condenados;


    Bahamas 1973

    1. El Gobernador General puede, en nombre de Su Majestad y por encargo de Su Majestad,

    a. conceder a toda persona condenada por un delito contra la ley de las Bahamas un indulto, ya sea libre o sujeto a condiciones lícitas;


    Azerbaiyán 1995

    El Presidente de la República de Azerbaiyán:

    22. aprueba actos de concesión de misericordia;


    Austria 1920

    2. Además, le son atribuidas, aparte de las atribuciones que se le asignan de conformidad con otras disposiciones de esta Constitución, autoridad:

    c. en casos individuales: indultar a las personas condenadas sin más recursos de apelación, atenuar y conmutar las sentencias dictadas por los tribunales, como acto de gracia para anular las sentencias y conceder la condonación de sus consecuencias jurídicas, y además anular las actuaciones penales en acciones objeto de enjuiciamiento de oficio;


    Siria 2012

    Artículo 108

    El Presidente de la República concede amnistía especial y podría reintegrar los individuos.


    Chile 1980

    Son atribuciones especiales del Presidente de la República:

    14. Otorgar indultos particulares en los casos y formas que determine la ley. El indulto será improcedente en tanto no se haya dictado sentencia ejecutoriada en el respectivo proceso. Los funcionarios acusados por la Cámara de Diputados y condenados por el Senado, sólo pueden ser indultados por el Congreso;