Están prohibidos ciertos partidos políticos o los partidos con ideologías o características particulares. Por ejemplo, algunas constituciones prohíben los partidos que se fundan en una identidad tribal o de grupo.
2. Los partidos que por sus fines o por el comportamiento de sus adherentes tiendan a desvirtuar o eliminar el régimen fundamental de libertad y democracia, o a poner en peligro la existencia de la República Federal de Alemania, son inconstitucionales. Sobre la constitucionalidad decidirá la Corte Constitucional Federal.
Queda estrictamente prohibida la formación de toda clase de agrupaciones políticas cuyo título tenga alguna palabra o indicación cualquiera que la relacione con alguna confesión religiosa. No podrán celebrarse en los templos reuniones de carácter político.
2. Un partido político:
a. No estará fundado a partir de criterios religiosos, lingüísticos, raciales, étnicos, de género o regionales, ni buscará promover la defensa del odio por cualquiera de esas razones.
b. No realizará actos violentos ni los alentará a través de sus miembros, simpatizantes, oponentes o cualquier otra persona, ni los intimidará para que los cometan.
c. No establecerá ni mantendrá fuerzas paramilitares, milicias u organizaciones parecidas.
d. No dará sobornos ni recurrirá a otras formas de corrupción.
e. Salvo por lo dispuesto en este capítulo o en una ley del Parlamento, aceptará o usará recursos públicos para promover sus intereses o sus candidatos en las elecciones.
Se prohíbe cualquier entidad o programa que adopte el racismo, el terrorismo, la apostasía, la limpieza étnica o los incite, facilite, glorifique, hacer apología de ellos o los justifique, sobretodo el partido Baaz de Saddam en Irak y sus símbolos, bajo cualquier denominación. No se permitirá que se haga esto dentro del pluralismo político en Irak que se determinará por ley.
El estado se encarga de combatir todas las formas del terrorismo y trabajará para proteger sus territorios para que no se conviertan en sede, paso o campo de sus actividades.
2. Los partidos políticos de Guinea Ecuatorial no podrán tener idéntica denominación como aquellos que preexistieron al 12 de Octubre de 1968, y deberán tener carácter y ámbito nacional, por lo que no podrán tener por base la tribu, etnia, región, distrito, municipio, provincia, sexo, religión, condición social ni profesional u oficio. Una ley regulará su creación y funcionamiento.
5. Registrar, después de publicación suficiente, a los partidos políticos, organizaciones y coaliciones, los cuales, además de otros requisitos, deben presentar su plataforma o programa de gobierno; y acreditar las armas de los ciudadanos en la Comisión de Elecciones. No se registrarán las confesiones religiosas y sectas. Igualmente se negará el registro a quienes intenten alcanzar sus objetivos por medio de la violencia o medios ilícitos, o se nieguen a sostener y respetar esta Constitución, o que estén apoyados por cualquier gobierno extranjero.
Las contribuciones financieras de gobiernos extranjeros y sus organismos a partidos políticos, organizaciones, coaliciones o candidatos relacionados con las elecciones constituirán interferencia en los asuntos internos del país y, cuando sean aceptadas, representarán una razón adicional para la anulación de su registro en la Comisión, además de otras sanciones que pueda establecer la ley.
Los ciudadanos tienen el derecho a formar partidos políticos previa notificación regulada por la ley. Está prohibido formar partidos políticos o ejercer actividades políticas basadas en la religión o en la discriminación por criterios de sexo, origen, o en bases sectarias o de ubicación geográfica. No puede ser practicada ninguna actividad que sea hostil a los principios democráticos, así sea de forma silenciosa, o que tenga una naturaleza militar o cuasi militar.
11. Un partido político podrá disolverse únicamente mediante declaración del Tribunal Supremo:
a. Si los objetivos o las actividades del partido son contrarios a las normas de esta Constitución.
b. Si ha recibido dinero o asistencia de fuentes extranjeras.
c. Por otras razones especificadas por el Parlamento o en una ley vigente.
d. Por violación de las leyes electorales.
Las organizaciones políticas deben respetar la Constitución y otras leyes. Deben respetar los principios democráticos y no comprometer la unidad nacional, la integridad territorial y la seguridad nacional.
Las organizaciones políticas tienen prohibido estar basadas en la raza, el grupo étnico, la tribu, el linaje, la región, el sexo, la religión y cualquier otra división que pueda producir discriminación.
2. Los partidos o las organizaciones que, por sus fines o por su actividad, actúen contra el pluralismo político, los principios del Estado de Derecho o la soberanía, la integridad o la independencia de Rumania son inconstitucionales.
Los partidos políticos y las organizaciones cuyos programas se basen en métodos totalitarios y en modos de actividad propios del nazismo, el fascismo y el comunismo, así como aquellos cuyos programas o actividades apoyen el odio racial o nacional, el uso de la violencia con el fin de obtener poder o de influir en la política del Estado, o mantengan el secreto de su propia estructura o de sus miembros, estarán prohibidas.
No es lícita la formación de partidos que tengan por base el sexo, la raza, la religión o que tiendan a destruir la forma democrática de Gobierno.
Quedan prohibidas las asociaciones, organizaciones y partidos políticos cuyos actividades u objetivos estén orientados a cambiar el orden constitucional de Estonia por la fuerza o que de cualquier otra manera entren en conflicto con la ley que regula la responsabilidad penal.
XII. Queda prohibida bajo cualquier forma la reorganización del disuelto partido fascista.
Por excepción a lo dispuesto en el artículo 48, se establecerán por ley, durante un período no superior a un quinquenio desde la entrada en vigor de la Constitución, limitaciones temporales al derecho de voto y a la elegibilidad para los jefes responsables del régimen fascista.
2. La constitución y el funcionamiento de los partidos políticos deben respetar, de conformidad con la ley, los siguientes principios fundamentales:
a. - Carácter y alcance nacionales;
b. Constitución libre;
c. - La consecución pública de los objetivos;
d. - Libertad de afiliación y afiliación única;
e. La utilización de medios pacíficos únicamente para perseguir objetivos y la prohibición de crear o utilizar organizaciones militares, paramilitares o militarizadas;
f. Organización y funcionamiento democráticos;
g. Representación mínima, según lo establecido por la ley;
h. La prohibición de recibir contribuciones monetarias y económicas de gobiernos e instituciones gubernamentales extranjeras;
i. La rendición de cuentas para el uso de fondos públicos.
4. En los casos previstos por la ley, las actividades de una parte pueden suspenderse por decisión del Tribunal Constitucional. Las partes que propugnen el derrocamiento violento del orden constitucional o recurren a la violencia para derrocar el orden constitucional serán inconstitucionales y están sujetas a prohibición por decisión del Tribunal Constitucional.
Los partidos políticos no pueden fundarse sobre una base religiosa, lingüística, étnica, de género, corporatista o regional.
2. Los partidos políticos y otras organizaciones cuyos programas y actividades se basan en métodos totalitarios, que inciten y apoyan el odio racial, religioso, regional o étnico, que utilizan la violencia para tomar el poder o influir en las políticas estatales, así como aquellas de carácter secreto, están prohibidos por la ley.
3. Un partido político no...
a. se funden sobre una base religiosa, lingüística, racial, étnica, tribal, de género, sectorial o provincial, o realizar propaganda basada en cualquiera de estos factores;
b. participar en actos de violencia o alentar o intimidar a sus miembros, partidarios, opositores u otras personas;
c. participar en prácticas corruptas; y
d. salvo lo prescrito, utilizar recursos públicos para promover sus intereses o los de sus miembros.
Queda prohibida la formación y el funcionamiento de partidos políticos y asociaciones públicas que tengan por objeto: modificar el sistema constitucional vigente por la fuerza, atentar contra la soberanía, la integridad territorial y la seguridad de la República, los derechos y libertades constitucionales de su que abogan por la guerra y la hostilidad social, nacional, racial y religiosa, e injerencia en la salud y la moral del pueblo, así como las asociaciones armadas y los partidos políticos basados en los principios nacionales y religiosos.
Se prohibirán las sociedades y asociaciones secretas.
El establecimiento y la actividad de partidos políticos y asociaciones públicas están prohibidos si sus objetivos o acciones programáticas tienen por objeto la liquidación de la independencia de Ucrania, el cambio del orden constitucional por medios violentos, la violación de la soberanía y la indivisibilidad territorial de los el Estado, el menoscabo de su seguridad, la toma ilícita del poder estatal, la propaganda de la guerra y de la violencia, la incitación a la enemistad interétnica, racial o religiosa, y las atentados contra los derechos humanos y las libertades y la salud de la población.
El establecimiento y la actividad de partidos políticos y otras asociaciones públicas encaminadas a introducir cambios violentos en el orden constitucional, introducir la violencia en su actividad, oponerse a los derechos y libertades constitucionales de los ciudadanos, defender la guerra, el odio por motivos de color, se prohíbe el odio religioso, la injerencia en la salud y la moral del pueblo, así como de los partidos políticos con atributos étnicos o religiosos
2. No obstante lo dispuesto en los apartados 1) y 4), no será lícito registrar a ninguna entidad política que, de conformidad con su constitución o política,
a. tiene por objeto promover o promover los intereses de:
b. aboga por la desintegración de la República Unida;
c. acepte o defienda el uso de la fuerza o el enfrentamiento violento como medio para alcanzar sus objetivos políticos;
d. preconiza o tiene la intención de llevar a cabo sus actividades políticas en una sola parte de la República Unida;
e. no permite la elección periódica y democrática de sus dirigentes.
Queda prohibida la creación y el funcionamiento de asociaciones sociales y partidos políticos que propaguen el racismo, el nacionalismo, la enemistad social y religiosa, o que alienten el derrocamiento forzoso del sistema constitucional y la organización de grupos armados.
Queda prohibida la actividad de los partidos políticos de otros países, la creación de partidos nacionales y religiosos, incluida la financiación de partidos políticos por países y organizaciones extranjeros, personas jurídicas extranjeras y ciudadanos.
Un partido político se considerará inconstitucional si sus objetivos o actividades ponen en peligro la existencia de la República de China o el orden constitucional libre y democrático de la nación.
2. Ningún partido político u otra asociación u organización tendrá como uno de sus objetivos u objetivos el establecimiento de un Estado separado en el territorio de Sri Lanka.
5. Ninguna asociación, cualquiera que sea el nombre que se llame, será registrada o se le permitirá operar o funcionar como partido político si la Comisión de Registro de Partidos Políticos está convencida de que:
Quedan prohibidas las actividades de los partidos políticos encaminadas a derrocar por la fuerza el sistema constitucional, la violación de los derechos humanos o de las minorías garantizados y la incitación al odio racial, nacional o religioso.
Los partidos políticos y coaliciones de partidos políticos, así como los candidatos independientes, deben respetar la Constitución, así como los principios de soberanía nacional y de democracia. Se les prohíbe identificarse a una raza, a una etnia, a un sexo, a una religión, a una secta, a un idioma o a una parte del territorio.
2. Todo ciudadano que no esté al servicio del Pakistán tendrá derecho a formar un partido político o ser miembro de él, con sujeción a las restricciones razonables impuestas por la ley en interés de la soberanía o la integridad del Pakistán, y dicha ley dispondrá que cuando el Gobierno Federal declare que se haya constituido o actúe de manera perjudicial para la soberanía o la integridad del Pakistán, el Gobierno Federal, dentro de los quince días siguientes a la declaración, remitirá el asunto al Tribunal Supremo, cuya decisión sobre dicha remisión será definitiva.
Se garantiza a los ciudadanos la libertad de asociación para ejercer y proteger sus derechos y convicciones políticos, económicos, sociales, culturales y de otra índole.
Los ciudadanos pueden establecer libremente asociaciones de ciudadanos y partidos políticos, afiliarse a ellas o renunciar a ellas.
Los programas y actividades de los partidos políticos y otras asociaciones de ciudadanos no pueden estar dirigidos a la destrucción violenta del orden constitucional de la República, ni al estímulo o la incitación a la agresión militar o al odio o la intolerancia étnicos, raciales o religiosos.
Están prohibidas las asociaciones militares o paramilitares que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas de la República de Macedonia.
Los partidos políticos de carácter étnico, regionalista o religioso están prohibidos. Ningún partido puede ser creado a sabiendas con el fin de promover un grupo étnico, una región o una religión, bajo pena de las sanciones previstas por la ley.
5. No se inscribirá ningún partido político si su nombre, objetivo, símbolo y bandera sean de carácter que puedan perturbar la unidad religiosa o comunal del país o de carácter divisivo.
407. Si un partido político infringe alguna de las siguientes estipulaciones, no tendrá derecho a seguir existiendo:
a. haber sido declarada asociación ilícita con arreglo a la legislación vigente;
b. el contacto directo o indirecto con el grupo insurgente que lanza la rebelión armada contra la Unión o contra las asociaciones y personas que la Unión haya determinado que han cometido actos terroristas o contra la asociación declarada ilícita;
c. recibir y gastar directa o indirectamente asistencia financiera, material y de otra índole de un gobierno extranjero, una asociación religiosa, otra asociación o una persona de un país extranjero;
d. abusar de la religión con fines políticos.
Puede que no tengan por [un] objetivo [sino], una violación a la religión musulmana, al régimen monárquico, a los principios constitucionales, a los fundamentos democráticos o a la unidad nacional y a la integridad territorial del Reino.
El funcionamiento de las organizaciones políticas y de otra índole encaminado a la destrucción forzosa del orden constitucional, la violación de la integridad territorial de Montenegro, la violación de las libertades y derechos garantizados o la instigación al odio nacional, racial, religioso y de otra índole y a la intolerancia prohibida.
Queda prohibido el establecimiento de organizaciones subversivas secretas y ejércitos irregulares.
4. Los partidos y otras organizaciones sociopolíticas que, por sus objetivos o actividades, luchen contra del pluralismo político, se declararán inconstitucionales los principios del Estado de derecho, la soberanía, la independencia y la integridad territorial de la República de Moldova.
6. Queda prohibida la actividad de las partes constituidas por extranjeros.
Los partidos y grupos políticos coinciden en la formación y la expresión de la voluntad política. Se forman y ejercen libremente sus actividades bajo la condición de respetar los principios democráticos y de no infringir, por su objeto o por su acción, la soberanía nacional, la integridad territorial y la unidad de la nación y de la República.
La ley establece las condiciones de creación, funcionamiento y disolución de los partidos políticos.
Quedan prohibidas las asociaciones y los partidos políticos que ponen en peligro la unidad de la nación y los principios republicanos, y que abogan por el totalitarismo o la segregación de carácter étnico, tribal o religioso.
a. Se denegará la inscripción a las partes u organizaciones que, por sus objetivos o el comportamiento de sus adherentes, traten de menoscabar o abolir la sociedad democrática libre de Liberia o poner en peligro la existencia de la República.
b. Las partes u organizaciones que retengan, organicen, capaciten o equipen a una persona o grupo de personas para el uso o la exhibición de fuerza física o coerción en la promoción de cualquier objetivo o interés político, capacitado o equipado, serán denegadas o, si están registradas, se les revocará su inscripción.
4. En la República Kirguisa quedarán prohibidas las siguientes disposiciones:
3. la creación de partidos políticos por motivos religiosos o étnicos, así como la consecución de objetivos políticos por las asociaciones religiosas;
2. Los partidos políticos serán democráticos en sus objetivos, organización y actividades, y dispondrán de las disposiciones organizativas necesarias para que el pueblo participe en la formación de la voluntad política.
4. Si los propósitos o actividades de un partido político son contrarios al orden básico democrático, el Gobierno puede interponer una acción contra él ante el Tribunal Constitucional para su disolución, y el partido político será disuelto de conformidad con la decisión del Tribunal Constitucional.
4. Queda prohibida la formación de partidos regionales o locales, de partidos que promuevan el racismo o el tribalismo y de partidos que defiendan el uso de medios violentos para alcanzar sus fines.
3. El establecimiento y la actividad de un partido político que tenga por objeto derrocar o modificar por la fuerza el orden constitucional de Georgia, atentar contra la independencia o violar la integridad territorial del país, o que propaga la guerra o la violencia o incite a nivel nacional, étnico, provincial, religioso o social conflictos, será inadmisible. El establecimiento de un partido político por un principio territorial será inadmisible.
1. Ninguna asociación, que no sea un partido político inscrito en virtud de una ley de la Asamblea Nacional, patrocinará a los candidatos a las elecciones públicas.
2. Todos los partidos políticos...
a. tienen un carácter nacional según lo prescrito por una ley de la Asamblea Nacional;
b. tener un órgano rector elegido democráticamente;
c. promover y defender la unidad nacional;
d. respetar los principios democráticos de gobierno y promover y practicar la democracia mediante elecciones regulares, justas y libres en el seno del partido;
e. respetar el derecho de todas las personas a participar en el proceso político, incluidas las mujeres, los jóvenes y las personas con discapacidad;
f. promover la equidad de género en la selección de candidatos a las elecciones, teniendo debidamente en cuenta el párrafo 7);
g. velar por que al menos el 10% de los candidatos a las elecciones a la Asamblea Nacional sean jóvenes;
h. respetar y promover los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como la igualdad y la equidad entre los géneros;
i. promover los objetivos y principios de esta Constitución y el estado de derecho;
j. declarar al público sus ingresos y activos, así como las fuentes de esos ingresos y activos;
k. publicar anualmente al público sus cuentas auditadas dentro de los seis meses siguientes al final del ejercicio financiero, en caso contrario la Comisión Independiente de Fronteras y Elecciones podrá anular el registro del partido; y
Yo. suscribir y observar el código de conducta prescrito para los partidos políticos por la Comisión Independiente de Fronteras y Electorales de conformidad con el apartado g) del párrafo 1 del artículo 82.
3. Un partido político no...
a. estar fundada sobre una base religiosa, lingüística, racial, étnica, de género o regional, o tratar de apología del odio sobre cualquier base de esa índole;
b. participar en actos de violencia o intimidación por parte de sus miembros, simpatizantes, opositores o cualquier otra persona;
c. establecer o mantener una fuerza paramilitar, milicia u organización similar;
d. participar en sobornos u otras formas de corrupción; o
e. salvo lo dispuesto en este capítulo o en una ley de la Asamblea Nacional, acepten o utilicen recursos públicos para promover sus intereses o sus candidatos en las elecciones.
4. Un partido político que no cumple con...
a. la subsección 2) podrá ser anulada por la Comisión Independiente de Fronteras y Elecciones; y
b. la subsección 3) será anulada por la Comisión Independiente de Fronteras y Elecciones.
5. Ningún partido político recibirá una contribución o donación de ninguna persona que no sea ciudadano de Gambia o de ningún organismo corporativo o no constituido.
6. Un miembro de una organización o grupo de interés no estará obligado a afiliarse a un determinado partido político en virtud de su pertenencia a la organización o grupo.
7. Nada de lo dispuesto en el Anexo 3 se interpretará en el sentido de que excluye a una mujer o a una persona con discapacidad de presentar una elección para una circunscripción de un solo miembro, ya sea como candidata independiente o miembro de un partido político registrado.
La República Gabonesa reconoce y garantiza los derechos humanos inalienables e imprescriptibles, que están necesariamente vinculados a los poderes públicos:
13°. El derecho a fundar asociaciones, partidos o grupos políticos, sindicatos, empresas, establecimientos de interés social y comunidades religiosas está garantizado a todos en las condiciones establecidas por la ley; las comunidades religiosas se regulan independientemente y sus asuntos, respetando los principios de la soberanía nacional, del orden público y de la preservación de la integridad moral y mental de la persona. Las asociaciones, partidos o grupos políticos, sindicatos, empresas, establecimientos de interés social o comunidades religiosas que realicen actividades contrarias a la ley, a la moral o a la buena voluntad de grupos étnicos o comunidades pueden ser prohibidas de conformidad con las disposiciones de la ley.
Todos los actos discriminatorios basados en la raza, el origen étnico o la religión, incluida toda propaganda regionalista que amenace la seguridad nacional interior o exterior o la integridad del Estado, son punibles por la ley;
Se les prohíbe identificarse a una raza, a una etnia, a un sexo, a una religión, a una secta, a un idioma o a una región.
Los partidos políticos que con sus programas o actividades violentas pretenden demoler el orden democrático libre ponen en peligro la existencia de la República de Croacia son inconstitucionales. La decisión sobre la inconstitucionalidad será adoptada por el Tribunal Constitucional de la República de Croacia.
Están prohibidos los partidos y grupos políticos organizados de acuerdo con líneas regionales, religiosas, tribales, étnicas o raciales.
Está prohibido a los partidos políticos identificarse con un departamento, una comuna, un distrito, una comunidad urbana o rural, una religión, un grupo étnico o un clan.
Queda prohibida la constitución de partidos políticos, insulares, regionales o locales, o de carácter paramilitar, o empleando métodos subversivos.
Quedan prohibidas las asociaciones, los grupos, las sociedades y los partidos políticos cuyas actividades son contrarias al orden público, así como a la unidad y a la cohesión del pueblo centroafricano.
1. Está prohibido formar partidos políticos de alcance regional o local, con objetivos regionales o locales, que pretendan utilizar medios subversivos o violentos para alcanzar sus fines, o que tengan carácter paramilitar.
2. Los partidos políticos deben respetar la independencia y la unidad nacionales, la integridad territorial, el régimen democrático, el sistema multipartidista y los derechos y libertades fundamentales de la persona.
Los partidos políticos y las formaciones se crean libremente.
Participan en la actividad de la vida política, en la información y educación del pueblo, así como en la expresión del sufragio.
Llevan a cabo sus actividades libremente respetando las leyes.
Todos los partidos o formaciones políticas son iguales en derechos y deberes.
Sin embargo, los partidos o formaciones políticas tribales, regionalistas, confesionales o racistas no están autorizados.
4. No habrá partidos políticos por motivos étnicos, raciales o religiosos, ni partidos que busquen la toma violenta del poder del Estado.
2. Nada de lo contenido o hecho bajo la autoridad de una ley se considerará incompatible con el presente artículo o contravención de lo dispuesto en el presente artículo en la medida en que la ley de que se trate disponga de disposiciones razonables,
d. que está obligada a prohibir toda asociación cuya afiliación esté restringida por motivos de raza o color.
Queda prohibida la fundación y las actividades de partidos políticos y otras asociaciones públicas que tengan por objeto modificar el sistema constitucional por la fuerza o hacer propaganda de guerra, odio social, étnico, religioso y racial.
4. La realización de cualquier actividad política o la formación de cualquier partido o agrupación política, basándose en alguna religión, secta, tribu, región, clase, profesión, o en discriminación basada en género, origen, raza o color, no estará permitida;
La Constitución asegura a todas las personas:
Prohíbense las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado.
La Constitución Política garantiza el pluralismo político. Son inconstitucionales los partidos, movimientos u otras formas de organización cuyos objetivos, actos o conductas no respeten los principios básicos del régimen democrático y constitucional, procuren el establecimiento de un sistema totalitario, como asimismo aquellos que hagan uso de la violencia, la propugnen o inciten a ella como método de acción política. Corresponderá al Tribunal Constitucional declarar esta inconstitucionalidad.
Descripción:
Fuente: Banco Mundial / GovData360, govdata360.worldbank.org