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Publicación de la Ley N° 21.317: Amplía en un día la realización de las elecciones Municipales, de Gobernadores Regionales y Convencionales Constituyentes

Ley N° 21.317, publicada en el Diario Oficial de 17 de marzo de 2021, y promulgada por el Presidente Sebastián Piñera el 14 de marzo del mismo año, amplía a dos días las elecciones Municipales, de Gobernadores Regionales y Convencionales Constituyentes, las que ahora se realizarán los días 10 y 11 de abril de 2021; fija reglas especiales para su desarrollo y dispone inscripción de candidaturas en los términos que indica.

La Ley N° 21.317, tiene su origen en la moción de los Honorables senadores señor Álvaro Elizalde Soto, señora Carolina Goic Boroevic y señores Alfonso De Urresti Longton, Pedro Araya Guerrero y Francisco Huenchumilla Jaramillo; y en Mensaje del Presidente de la República, señor Sebastián Piñera Echenique.

Esta reforma modifica diversos artículos de la Constitución ampliando a dos días las elecciones Municipales; de Gobernadores Regionales; y de Convencionales Constituyentes, fijadas originalmente para el día 11 de abril de 2021. Asimismo, establece reglas especiales para asegurar el desarrollo de las elecciones y la custodia de las urnas y materiales electorales.

En el acto de promulgación el Presidente de la República señaló: “el tener dos días y la libertad de elegir en qué día votar, permitirá no solo que todos los ciudadanos puedan votar sino también asegurar un mayor distanciamiento físico, evitar aglomeraciones y proteger la salud de todos los ciudadanos que concurran a votar” y evitar el contagio por Covid-19.

En particular, la ley establece que elección que se desarrollará ahora los días 10 y 11  de abril de 2021. El Consejo Directivo Electoral, fijará, entre otros, horarios preferentes para distintos grupos de personas; el procedimiento de cierre de la jornada, sellado y custodia de las urnas y materiales electorales y reapertura al día siguiente y permanencia de apoderados de los candidatos y candidatas en el local de votación la noche del 10 al 11 de abril de 2021.

Finalmente, la ley incorpora la Cuadragésima octava disposición transitoria a la Constitución, que ordena la inscripción de las candidaturas independientes al cargo de alcalde o gobernador o gobernadora, efectuadas o no por un partido político, rechazada por el Tribunal Calificador de Elecciones por incumplimiento del requisito de no estar afiliado a un partido político a la fecha que señala la disposición trigésima sexta transitoria.

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Fuente imagen: Prensa Presidencia.

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