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Publicación en el Diario Oficial de la Norma sobre la Franja Televisiva para el Plebiscito Nacional de abril de 2020

Acuerdo del Consejo Nacional de Televisión que fija distribución de franja televisiva para el plebiscito del 26 de abril de 2020.

El artículo 130 inciso quinto de la Constitución Política dispone que los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente treinta minutos diarios de sus transmisiones a una propaganda electoral destinada a dar libre expresión a las dos opciones contempladas para el plebiscito del 26 de abril de 2020.

En cumplimiento a lo anterior, el pasado 24 de enero del presente año se dicta por el Consejo Nacional de Televisión la Resolución N° 20 Exenta, que aprueba el Acuerdo Sobre Regulación de la Franja Televisiva del Plebiscito Nacional de 26 de abril de 2020 destinado a regular la distribución de la franja electoral respectiva, y que declara como objetivo fundamental del mismo respetar “la estricta igualdad de promoción de las opciones plebiscitadas”.

Los términos de lo resuelto por el Consejo Nacional de Televisión no son definitivos, en cuanto se permite, dentro de cierto plazo, reclamar del Acuerdo ante el Tribunal Calificador de Elecciones. El detalle del cronograma de plazos para acudir al Tricel, y que preceden al inicio de la franja televisiva puede consultarlos en el siguiente enlace.

Por su parte, puede consultar el inicio, duración y quiénes podrán participar de la franja televisiva para el Plebiscito Nacional en el siguiente enlace.

Fuente imagen: Consejo Nacional de Televisión (CNTV).

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