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Servicio Electoral imparte instrucciones para el Plebiscito Nacional del 25 de octubre de 2020

Mediante Acuerdo de su Consejo Directivo, publicado en el Diario Oficial el día 4 de septiembre del 2020, el Servicio Electoral fijó normas e impartió instrucciones para el desarrollo del acto plebiscitario de octubre próximo, buscando asegurar el buen desarrollo del proceso, tanto desde el punto de vista operativo como sanitario.

Con fecha 4 se septiembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial, el Acuerdo mediante el cual el Servicio Electoral fijó las normas e instrucciones para el desarrollo del plebiscito del 25 de octubre próximo, con miras a definir si nuestro país contará o no con una nueva Constitución y, en caso afirmativo, escogiendo la forma de elaborarla.

El documento contiene normas de carácter operativo relacionadas, por ejemplo, a la formación, instalación y funcionamiento de mesas receptoras de sufragios, el horario de funcionamiento de estas y el horario de entrega de los resultados preliminares Define además el número de vocales de mesas, y las causales de excusa o exclusión, tanto de estos como de los miembros de los colegios escrutadores.

El texto contiene también, normas sanitarias relevantes a la hora de concurrir a sufragar. Así, entre otros aspectos, se establece la forma de calcular el aforo máximo del local  de votación y el control de este al ingreso, y se regula también el distanciamiento físico tanto entre mesas como entre los electores.

Finalmente, el Acuerdo expresa que los electores deben firmar en el respectivo padrón de mesa, y luego marcar su preferencia en la cédula electoral haciendo uso de su propio lápiz pasta de color azul o el que al efecto le proporcionará el presidente de mesa,  siendo durante todo el proceso obligatorio el uso de mascarillas.

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