División del territorio

Chile Nuestro País



El estado de Chile es unitario y su autoridad máxima es el Presidente de la República (Capítulo IV de la Constitución Política).

La Constitución Política establece para los poderes del Estado y el cumplimiento de sus objetivos e identificación de sus autoridades, agrupaciones distintas del territorio:

 

División político-administrativa

Imagen del Palacio de la Moneda

 

Para el cumplimiento de los objetivos de gobierno y administración, el país se divide en dieciséis unidades territoriales menores llamadas Regiones (Art.110 de la Constitución Política), y cada una de ellas está a cargo de gobernador regional y el consejo regional  (Art.111 y sig. de la Constitución Política) los cuales son elegidos por sufragio universal en votación directa. Asimismo, en cada región, existe un delegado presidencial regional (Art. 115 bis de la Constitución Política) designado por el Presidente de la República. 

Las regiones se dividen, a su vez, en provincias las cuales están a cargo de un delegado presidencial provincial (Art.116 y sig. de la Constitución Política), designado por el Presidente de la República y éstas finalmente se dividen en comunas las que son dirigidas por un alcalde (Art.118 y sig. de la Constitución Política), el cual es electo por votación popular.

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División político-electoral

Imagen del Congreso Nacional

 

Para fines de la elección de representantes al parlamento, 50 senadores y 155 diputados, el territorio se divide en 16 circunscripciones senatoriales y 28 distritos de diputados. Las circunscripciones senatoriales eligen un número de senadores que va entre 2 y 5, dependiendo del tamaño poblacional de la circunscripción. Para el caso de los diputados, cada uno de los 28 distritos elige un número variable de diputados, entre 3 y 8, dependiendo de su número de habitantes. (Ver Tabla) Ver más

 

División judicial

Imagen de los Tribunales de Justicia

 

De acuerdo a la Constitución Política del Estado y el Código Orgánico de Tribunales, integran el poder judicial como tribunales ordinarios de justicia: la Corte Suprema, las cortes de apelaciones, los Presidentes y Ministros de Corte y los juzgados de letras. 

La Corte Suprema de Justicia está conformada por 21 ministros, los cuales tienen jurisdicción a nivel nacional y corresponden a los tribunales de última instancia. Dentro de cada región existe a lo menos una Corte de Apelaciones, así todas las regiones del país tienen organismos de apelación de segunda instancia. Finalmente dentro de cada comuna existe a lo menos un juzgado de letras o juzgado de primera instancia. En resumen, existen 300 juzgados de letras con asiento en las comunas, 17 Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema de Justicia.