Transparencia

Biblioteca del Congreso Nacional


Adquisiciones y contrataciones

Contrataciones para suministro de bienes muebles

En forma excepcional, una entidad compradora podrá optar por un mecanismo de contratación ví­a licitación privada o trato directo, si se dan y se demuestran las circunstancias que hacen aplicable alguna de las causales definidas en el artí­culo 8° de la Ley N°19.886 y el artí­culo 10 de su Reglamento.

El objetivo del trato o contratación directa es ser un procedimiento ágil y sencillo para seleccionar y contratar a los proveedores de un bien o servicio requerido, cuando concurren determinadas circunstancias establecidas en el ordenamiento jurí­dico, que justifican la no utilización de los procesos de licitación.

Contratos vigentes
Contratos no vigentes:
Nombre completo Socios y accionistas principales Bienes o servicios contratados Tipo y n° del acto administrativo aprobatorio Fecha acto administrativo Fecha inicio del contrato Fecha término del contrato Enlace al texto í­ntegro del acto administrativo aprobatorio
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