Asesorías Parlamentarias

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Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014

Investigadora / investigador: Cavada Herrera, Juan Pablo

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14/05/2024

Régimen tributario de personas en situación migratoria irregular: Casos de Canadá, Estados Unidos, Francia y Chile.

El presente informe presenta las experiencias de Canadá, Estados Unidos, Francia y Chile respecto a la regulación de la identificación tributaria de las personas migrantes en situación irregular y la consecuente obligación de declaración y pago de impuesto a la renta. En Canadá, la Agencia Tributaria emite un número de identificación tributaria (TIN) de carácter temporal o permanente a personas no residentes que requieren un número de seguro social pero no pueden obtenerlo. Este número es esencial para declarar impuestos, obtener beneficios y créditos, y acceder a servicios en línea. En Estados Unidos, las personas migrantes indocumentadas pueden cumplir con sus obligaciones tributarias a través del Número de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN), emitido por el Servicio de Impuestos Internos (IRS) o por la Administración del Seguro Social (SSA). Pagar impuestos con ITIN permite abrir cuentas bancarias y realizar transacciones comerciales en Estados Unidos. En Francia, la autoridad fiscal asigna un Número Fiscal de Referencia (SPI) a todas las personas físicas que tienen la obligación de presentar declaraciones tributarias. El estatus migratorio no afecta esta obligación. Así, el aviso de impuestos -declaración- puede ser requerido para justificar la residencia en Francia y para acceder a beneficios como la ayuda médica estatal (AME). En Chile, la ley obliga a todas las personas naturales que en razón de su actividad o condición causen o pueden causar impuestos, a inscribirse en el RUT, sin excluir de dicha obligación a las personas migrantes en situación irregular. Tampoco se les excluye de la facultad que tiene el Director Nacional del SII de disponer la identificación tributaria de esas personas.

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30/04/2024

Notarios: legislación comparada. Función notarial, aranceles y responsabilidad.

En el ámbito del notariado, se revisaron las legislaciones de Alemania, Costa Rica, España, Francia y el Distrito Federal de México. En cuanto a la función notarial, en Alemania, España y Francia el notario es funcionario público o del Estado, tiene una función pública, y ejerce sus actividades como un profesional liberal. En Costa Rica y México la función notarial es cumplida por profesionales independientes, pero que desarrollan una función pública. En todos los países los notarios, además de realizar la labor de autenticar documentos, cumplen otras labores, como certificar hechos, asesorar a las partes o a las autoridades, custodiar valores, etc. En cuanto a los aranceles, en Alemania los honorarios se establecen en un anexo de la Ley de costos de Tribunales y Notarios. Una misma actividad notarial ejercida en distintos lugares debiera originar honorarios notariales idénticos, pero en ámbitos en que los honorarios rígidos puedan dar lugar a honorarios desproporcionados, especialmente en la remuneración de las actividades de redacción y asesoramiento del notario, la escala móvil proporciona la flexibilidad necesaria.

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30/04/2024

Proyectos de ley que podrían vincularse con Boletín N° 16224-25

El presente documento, elaborado por solicitud de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, señala cuales son las otras iniciativas legales que pudiesen abordar la misma materia que el contenido del Proyecto de Ley boletín N° 16224-25 que “Determina conductas terroristas y fija su penalidad, y deroga la ley N° 18.314”.

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30/04/2024

Síntesis de últimas modificaciones legales a la Ley sobre Impuesto a la Renta. Impuesto Único de Segunda Categoría y Global Complementario

Se analizan en forma sucinta las principales modificaciones o reformas tributarias en Chile, principalmente en materia de Impuesto Único de Segunda Categoría e Impuesto Global Complementario, ambos, contenidos en el artículo 1 del Decreto Ley N° 824 de 1974, que Aprueba texto que indica de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), recurriendo para ello a las normas respectivas, a opinión doctrinaria y a la jurisprudencia administrativa del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se hace presente, que al consultar las modificaciones al citado Decreto Ley N° 824 de 1974 en la Base de Datos de Ley Chile, ésta arroja un total de 957 modificaciones entre los años 1975 y 2024, comprendidas en 164 normas de distinto rango jerárquico.

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04/04/2024

Prohibición de actividades o espectáculos relacionados con delitos Observaciones a Proyecto de ley

A solicitud de la Comisión de Familia de la Cámara de Diputadas y Diputados, se analizan aspectos de técnica legislativa del Proyecto de ley que “Prohíbe la promoción de la cultura del narcotráfico, la explotación sexual y la pornografía infantil a fin de proteger a la ciudadanía y en especial a niños, niñas y adolescentes”, contenido en el Boletín N° 16.645- 18. La idea matriz del Proyecto es “evitar, que bajo el pretexto de la realización de actos culturales o artísticos, se corrompa a la ciudadanía y en especial a Niños, Niñas y Adolescentes”, mediante la técnica de “prohibir la promoción y apología de la narcocultura, la explotación sexual, la pornografía infantil, el consumo de drogas y otros delitos violentos”.

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15/03/2024

Comparación de articulados proyecto de Ley de Pesca y la actual Ley General de Pesca y Acuicultura: Títulos I a XII.

A solicitud de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos de la Cámara de Diputadas y Diputados se elabora este documento que busca dar cuenta de los artículos similares que están contenidos en el Proyecto de Ley Boletín N° 16.500-21 que “Establece nueva Ley General de Pesca y deroga disposiciones que indica” y la actual Ley General de Pesca y Acuicultura. Para el desarrollo y resolución de este trabajo, por su magnitud, en primer lugar, se acotó la entrega de las comparaciones dejando en este documento, lo analizado desde el título I hasta el IX (parte ya entregada) y ahora se finaliza la segunda entrega, agregando lo relacionado con los siguientes títulos: Título X. Gestión de Cumplimiento y Régimen Sancionatorio; Título XI. Procedimientos; y Título XII. Institucionalidad Pesquera.

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08/03/2024

Descripción general de la base imponible del permiso de circulación de vehículos motorizados.

El presente documento explica los aspectos básicos de la base imponible del permiso de circulación que el Decreto Ley Nº 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales, aplica a los vehículos que transitan por las calles, caminos y vías públicas en general, especificando la composición de la tasa aplicada. El SII fijó mediante Resolución Ex. SII N°08 de 10 de enero de 2024, la lista de valores de automóviles y otros vehículos motorizados usados, disponiendo que la base imponible del permiso de circulación para vehículos motorizados usados será el precio corriente en plaza, según lo determine el SII. Para los vehículos nuevos, es el valor que figure en la respectiva factura o contrato, incluyendo los impuestos del Decreto Ley Nº 825, de 1974, que son el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y los Impuestos Especiales a las Ventas y Servicios; y que si el vehículo fuere del año 2024 pero usado, entonces el valor será el que figure en la respectiva factura o en el respectivo contrato, sin deducir los impuestos del Decreto Ley Nº 825, de 1974.

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07/03/2024

Penalidades asociadas al delito de homicidio, salidas alternativas y libertad condicional: Legislación comparada.

Por encargo de la Comisión de Seguridad Ciudadana, se analizan las penas asociadas al delito de homicidio, salidas alternativas y libertad condicional en nueve países del continente europeo, sudamericano y centroamericano. La selección de países ha buscado comparar distintas realidades, las cuales cuentan con normas suficientemente diferenciadas para que el lector se haga una idea de lo analizado. La normativa de la cual da cuenta el informe se encuentra estipulada en los respectivos códigos penales.

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22/01/2024

Proyectos de ley que podrían estar vinculados con el contenido del Boletín N° 16.374-07.

Desde la publicación de la Ley N° 19.640, el 15 de octubre de 1999 hasta la fecha, se advierten 10 proyectos en trámite relacionados con el Boletín N° 16.374-07, estando la mayoría en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados, salvo 3 proyectos que se encuentran en el Senado, 2 de ellos en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado y uno en la Comisión de Seguridad Ciudadana; 9 de ellos cumplen su Primer Trámite Constitucional y 1 está en Segundo Trámite.

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15/01/2024

Aumento de pena por uso de armas en narcofunerales. Boletín (16044-25): Proporcionalidad de la pena.

El Proyecto de ley que “Modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de regular el procedimiento aplicable en los funerales declarados de alto riesgo y la demolición de estructuras destinadas al culto del narcotráfico, y aumentar las sanciones por el uso de armas de fuego en las circunstancias que indica”, entre otros aspectos, modifica la Ley de Control de Armas, aumentando la pena a dos delitos preexistentes referidos al uso de armas de fuego; crea un nuevo delito y modifica la circunstancia agravante de responsabilidad penal del artículo 12, n° 17, del Código Penal (CP). Específicamente, respecto al aumento de la pena de los delitos preexistentes, la propuesta eleva al grado inmediatamente superior: en el caso de presidio menor en grado máximo (3 años y 1 día a 5 años) se pasa a presidio mayor en grado mínimo (5 años y 1 día a 10 años); y en el caso de presidio menor en grado medio (541 días a 3 años) se pasa a presidio menor en grado máximo (3 años y 1 día a 5 años).

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