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22/05/2024

Iniciativas legales sobre Amnistías Generales tramitadas en el Congreso Nacional (1990-2024)

Se presenta un cuadro resumen que da cuenta de las iniciativas que versan sobre amnistías generales, tramitadas en el seno del Congreso Nacional entre el 11 de marzo de 1990 y el 9 de mayo de 2024. El referido listado se encuentra en orden cronológico, según la fecha de ingreso del Proyecto de Ley. Asimismo, el cuadro contiene diversos atributos de las iniciativas: Número de Boletín, Origen, Fecha de Ingreso, Objeto, Estado de Tramitación, Contenido y Referencias a la normativa que busca modificar. Se excluyeron de la sistematización, por expresa solicitud, aquellas iniciativas referidas a procesos electorales, reclutamiento, entre otras de carácter más específico. Se da cuenta de doce iniciativas ingresadas a tramitación durante el referido periodo. De ellas, una se convirtió en Ley, ocho fueron archivadas y tres se encuentran cumpliendo su Primer Trámite Constitucional en el Senado.

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17/05/2024

Armas impresas en 3D. Experiencia internacional.

Las armas impresas en 3D fueron creadas en 2012 por Cody Wilson, estudiante de derecho de la Universidad de Texas, cuya idea fue diseñar armas de fuego con un código abierto, de rápida producción y mayor accesibilidad para las personas. A nivel internacional, la Sección 19A numeral 8 de la Firearms Act de Australia castiga, en el Estado de Tasmania, a quienes posean infraestructura para producir armas 3D, partes de armas o supresores de sonido, a excepción de aquellas personas que estén autorizadas con una licencia de manufactura de armas o que pertenezcan al cuerpo policial del país. Por su parte, el artículo 99 numeral 1 del Criminal Code canadiense castiga la producción o transferencia de cualquier arma prohibida, artefacto de fuego restringido o munición ilegal, incluidas las armas impresas en 3D, para el caso de cualquier persona no autorizada expresamente por la Firearms Act. La pena, conforme al numeral siguiente del mismo artículo, es de reclusión de tres años, cuando es la primera transgresión a la norma; y de cinco años, cuando existe reincidencia.

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17/05/2024

Breve reseña de la base aérea antártica “Presidente Eduardo Frei Montalva”.

La base aérea antártica “Presidente Eduardo Frei Montalva” fue creada en 1969, en la península Fildes, al oeste de la isla Rey Jorge y de las islas Shetland del Sur, adyacente a la base “Escudero” y a una altitud de 10 metros sobre el nivel del mar. El reducto es administrado por la FACh y, si bien en sus orígenes solo operaba como centro meteorológico, a la fecha es considerado el de mayor envergadura del Territorio Antártico Nacional, pudiendo albergar también actividades científicas, en ámbitos como la exploración geológica, los estudios químicos de la tropósfera, así como el monitoreo de neutrones y el flujo de rayos cósmicos.

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16/05/2024

Minuta Historia de la Ley por Artículo Artículo Cuarto N° 71 de la Ley 18.776 (Artículo 449 COT).

Por Oficio N° CL/91/2024 de fecha de 7 de mayo de 2024, se solicita la elaboración de una minuta que dé cuenta de las razones legislativas que se tuvieron en vista en la discusión de la ley N° 18.776, que modificó el artículo 449 del Código Orgánico de Tribunales, y que explicarían que el Conservador de Bienes Raíces de Santiago esté exceptuado de la regla general en materia de fragmentación de los oficios conservatorios. Del análisis realizado al actual artículo 449 del Código Orgánico de Tribunales, se puede señalar que la versión original de éste Código contenía el artículo en estudio identificado como artículo 4511, norma cuya única modificación fue realizada por la Ley 18.776, la cual lo derogó2. Esta misma ley, de fecha 18 de enero de 1989, en su artículo Cuarto N° 71 reemplaza el artículo 4493, que originalmente tenía como contenido una materia distinta, y trasladó el contenido del artículo 451 al artículo 449, con leves modificaciones de forma. Así, se puede deducir que las razones que se tuvieron en vista por los legisladores al momento de la redacción del actual artículo 449 para que el Conservador de Bienes Raíces de Santiago esté exceptuado de la regla general en materia de fragmentación de los oficios conservatorios, no se encuentran en los antecedentes de la Ley 18.776, ya que ésta no hizo más que reproducir el contenido del artículo 451 en el artículo 449. En consideración a lo anterior es que la historia de los antecedentes fidedignos que explicarían que el Conservador de Bienes Raíces de Santiago esté exceptuado de la regla general en materia de fragmentación de los oficios conservatorios, se podría encontrar en la discusión que se sostuvo para la redacción del Código Orgánico de Tribunales en su versión original. Al respecto es importante señalar que este Código es el resultado de una autorización otorgada al Presidente de la República, mediante la cual, en la Ley 7.200, que otorga facultades al Ejecutivo para dictar disposiciones de carácter administrativo, económico y financiero, en su artículo 324, se le autoriza para refundir en un solo texto la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, de 15 de octubre de 1875, y todas las leyes que la modifican o complementan, pudiendo dar a sus preceptos la redacción necesaria para coordinarlos y la respectiva numeración. Además se señaló que esa ley tendrá el número que le corresponda y se denominará Código Orgánico de Tribunales. De estos documentos no se tiene registro para su revisión. Sin perjuicio de lo señalado, igualmente se hizo una revisión exhaustiva de la Historia de la Ley 18.776, que se contiene en formato papel en 3 tomos y en un total de 862 páginas, extractándose la información disponible en relación al artículo 449 del Código Orgánico de Tribunales, la que no se pronuncia sobre aspectos de fondo del contenido del artículo sino que más bien se refiere a aspectos de forma ya que como se señaló , en dicha norma se reproduce la norma anterior (artículo 451 original del COT que pasa a ser parte del artículo 449).

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16/05/2024

Plan de acción Hidrógeno verde 2023 - 2030: Principales lineamientos.

El mes de mayo de 2024, el Ministerio de Energía ha presentado un Plan de Acción de Hidrógeno Verde para el período 2023 – 2030, alineado con la Estrategia Nacional de Hidrógeno y la Política Nacional Energética 2050; estrategia que define acciones para posicionar nuestro como productor y exportador de dicho energético y contribuya al crecimiento sostenible de la economía local, mejorando la calidad de vida de la ciudadanía resguardando un emplazamiento territorial armónico y apegado a los compromisos climáticos y ambientales adquiridos. En concreto, el Plan de acción incluye 18 líneas de acción, ejecutadas por un espectro amplio de instituciones del Sector Público y, mayormente lideradas por el Ministerio de Energía.

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16/05/2024

MINUTA BCN: Fondo Regional para la Productividad y el Desarrollo Antecedentes respecto al artículo 13º de la Ley 21.591.

Se solicitó un análisis del artículo 13 de la Ley 21.591 que establece el Fondo Regional para la Productividad y el Desarrollo. En particular se consulta sobre: la forma en la se distribuyen los recursos en las diferentes regiones, si existe algún reglamento para conocer el tipo de proyectos a presentar, monto de recursos anuales por región (especialmente en O’Higgins, Maule y Biobío y Magallanes), instituciones que pueden postular, entre otros temas. Para responder a lo anterior se revisó lo siguiente: Ley 21.591 Ley Sobre Royalty a la Minería del Ministerio de Hacienda y Ley 19.175, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N°1, de 2005, del Ministerio del Interior y de la Subsecretaria De Desarrollo Regional y Administrativo, Ley de Presupuestos del Sector Público año 2024 y finalmente, Resolución exenta Nº33 de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología Conocimiento e Innovación (31/enero/2024)

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16/05/2024

Leyes, decretos y normas técnicas sobre la certificación del acero para la construcción.

Existe legislación que determina las características necesarias del acero para el uso en la construcción y los procedimientos para su verificación. Las principales normas son la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), el Decreto 47 que Fija Nuevo Texto de la Ordenanza de General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el Decreto 10 que Crea Registro Oficial de Laboratorios de Control Técnico de Calidad de Construcción y Aprueba Reglamento del Registro. Además, están las normas técnicas oficiales para distintos tipos y usos del acero. Las normas técnicas oficiales son las que elabora el Instituto Nacional de Normalización y que se aprueban por decreto supremo. Según el Decreto 47 estas normas son de cumplimiento obligatorio. En el caso del acero utilizado en la construcción las normas técnicas oficiales son las siguientes: NCh203, NCh204, NCh205, NCh211, NCh218, NCh427, NCh428, NCh434, NCh1159 y NCh1173. Desde el punto de vista de la pregunta realizada las comisiones unidas de Minería y Energía y de Economía por cierre temporal de operaciones de la Compañía Siderúrgica Huachipato S.A. sobre si existe alguna certificación de acero por ser de fabricación nacional, las normas técnicas oficiales no otorgan una certificación de acero nacional, sino que fijan las características que debe tener el acero y los procedimientos que se deben llevar a cabo para verificar el cumplimiento con la norma. De modo ilustrativo, en el caso de la NCh203 el control de calidad debe hacerlo necesariamente un laboratorio nacional inscrito en el registro en Chile según las condiciones establecidas en el Decreto 10. Sin embargo, según menciona la Fiscalía Nacional Económica, en el caso de la NCh427/1 hay ambigüedades en la posibilidad de interpretar si se pueden homologar parcialmente las normas ASTM certificadas por un laboratorio extranjero a la norma chilena para determinados usos.

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16/05/2024

El delito de tráfico de migrantes en la experiencia internacional.

El presente informe entrega algunas referencias internacionales vinculadas al tráfico ilícito de migrantes, cuando concurren causales diferentes a las relativas a la promoción del ingreso ilícito con ánimo de lucro; o a alguna clase de peligro inminente para la integridad física o salud de las personas, más aún si se trata de menores de edad. Según el artículo 117 numeral 3.1 de la Immigration and Refugee Protection Act, de 2001, todo individuo acusado de instigar el ingreso a territorio canadiense de al menos cincuenta personas, arriesga ser castigado con una pena de prisión de tres años, en el caso de que este acto hubiese causado la muerte de alguna de ellas, o cuando hubiese ido en beneficio de una organización criminal o terrorista. En la misma línea, el artículo 318 bis numeral 5 de la Ley Orgánica Nro. 4, de 11 de enero de 2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, sanciona con dos a cuatro años de prisión a quienes, perteneciendo a alguna organización o asociación criminal, incluso de carácter transitoria, faciliten el tráfico ilegal de personas hacia el país ibérico.

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16/05/2024

Marco internacional para el control y prevención de pandemias por enfermedades contagiosas en la Organización Mundial de la Salud. Enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional de 2005 y Convención para la respuesta pandémica.

El objetivo principal de la Organización Mundial de la Salud (OMS) es alcanzar el grado más alto posible de salud para todos los pueblos, que implica el estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. El principal órgano deliberativo y estratégico de la OMS es la Asamblea Mundial de la Salud. Una de sus funciones con mayor alcance es la autoridad para adoptar acuerdos o convenciones internacionales y reglamentos sanitarios de alcance mundial. Sobre la facultad de establecer acuerdos o convenciones a la fecha sólo ha sido aprobado el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco de 2003. En tanto, respecto de la facultad de establecer reglamentos, desde 1951 la OMS viene aprobando marcos regulatorios avanzados para el resguardo de la salud en particular en lo referente a requisitos sanitarios, cuarentenas y procedimientos de prevención de la propagación internacional de enfermedades, el último es el Reglamento Sanitario Internacional (RSI) de 2005. Sin embargo, la pandemia por COVID-19 que afectó a todo el orbe y que determinó la declaración de Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), instrumento internacional para el control de brotes epidémicos, motivó la preocupación de los Estados por disponer de herramientas internacionales específicas para el control de contagios y promover la cooperación en materia de datos y contramedidas médicas, como vacunas, diagnósticos y medicamentos.

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14/05/2024

Barcos fábrica: Normativa y desembarques nacionales. Definiciones internacionales.

La Ley General de Pesca y Acuicultura prohíbe la operación de buques que califiquen como fábrica o factoría en el mar territorial y zona económica exclusiva de Chile, pero a su vez, autoriza su operación en ciertos recursos, por plazos fijos, al oeste de las 150 millas marinas medidas desde las líneas de base, y al sur del paralelo 47° 00' de latitud sur por fuera de las líneas de base rectas. De acuerdo con la información entregada por el Sernapesca actualmente se encuentran registrado en el Registro de Licencias Transables de Pesca (LTP) y/o Permisos Extraordinarios de Pesca (PEP) por pesquería y sistema de pesca. En el caso de LTP A son 3 las embarcaciones fábrica con arte de pesca de arrastre, que pueden operar en las pesquerías de: Congrio dorado 41°28.6 - 47°00 y del paralelo 47°00 - 57°00 Merluza de tres aletas 41°28.6 - 57°00; Merluza del sur 41°28.6 - 47°00 y del paralelo 47°00 - 57°00 y Merluza de cola XI-XII. En el caso de los barcos palangreros, también son 3 las embarcaciones en dicho registro para las pesquerías de: Congrio dorado 41°28.6 - 47°00 y del paralelo 47°00 - 57°00 Merluza de tres aletas 41°28.6 - 57°00; Merluza del sur 41°28.6 - 47°00 y del paralelo 47°00 - 57°00 y Merluza de cola V a X y XI-XII. Solo la pesquería mediante palangre de Merluza del sur 41°28.6 - 47°00 y del paralelo 47°00 - 57°00 tiene una embarcación registrada en Licencias Transables de Pesca B (LTP B).

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