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Asia Pacífico | Observatorio Parlamentario

La Corte Medioambiental de Nueva Zelandia y su influencia en la formulación de políticas públicas

16 diciembre 2015

Este organismo es reconocido como una más de las cortes de apelaciones, cuenta además con una amplia variedad de expertos en biología que les permite dictar sentencias con cierta propiedad científica.

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A propósito de la reciente puesta en marcha de los Tribunales Ambientales en nuestro país, buscamos en el Asia alguna experiencia institucional de características similares que resuelva controversias relacionadas con prácticas contaminantes. En esa búsqueda encontramos el caso de la Corte Medioambiental de Nueva Zelandia, orientada a generar jurisprudencia ecológica para prevenir futuros hechos de perjuicio ambiental y velar el cumplimiento de la ley neozelandesa de gestión de recursos naturales. Las características de este organismo en la siguiente nota.

Una corte ecológica perteneciente al Poder Judicial

Mientras que en el caso de nuestro país los Tribunales Ambientales no forman parte del Poder Judicial -pese a que funcionan a través de un instrumento de la Corte Suprema- en Nueva Zelandia la Corte Medioambiental es una de las cortes más importantes, reconocida por su exclusividad en todos los asuntos ecológicos del país. A tal efecto, este organismo cuenta con la Ley de Gestión de Recursos, que le permite operar en una amplia variedad de temas ambientales como la contaminación de los ríos por parte de las industrias, o las decisiones de gobiernos locales de ampliar las zonas urbanas sobre áreas protegidas.

Esta corte puede dictar sentencias que van desde la cárcel al pago de multas, pero también resuelve disputas entre partes, principalmente bajo la figura del litigio. Todas estas facultades las puede llevar a cabo gracias un mandato constitucional y a su rango nacional, condición que le permite tener jurisdicción en todo el territorio nacional, pese a que solo se pueden realizar juicios en las ciudades de Wellington, Auckland y Christchurch.

De esta manera, es reconocida constitucionalmente como una Corte de Apelaciones, esto es que incorpora la figura de las audiencias para dictar sus sentencias. Gran parte de la carga de trabajo proviene de los recursos de casación interpuestos en contra de autoridades locales. Es decir por decisiones políticas o económicas tomadas para llevar a cabo un plan que va en perjuicio de la legislación vigente.

No obstante lo anterior, la corte también se relaciona con otros ámbitos de la justicia que de igual manera están reconocidos en su jurisdicción, por ejemplo la ley de bosques, la ley de lugares históricos, electricidad, gobiernos locales, bienes nacionales, tránsito, minerales, comercio maorí y bioseguridad. Todas estas materias son abordadas permanentemente por el tribunal con el fin de mantener el equilibrio ecológico del país.

Para Ceri Warnock, académico de la Universidad de Otago en su artículo "Reconceptualizando el rol de la Corte Medioambiental de Nueva Zelandia" publicado el 2013, en las últimas dos décadas esta corte ha decidido sobre la base de un marco legal muy amplio que le ha permitido influir en el diseño de las políticas públicas. “Ha reconfigurado el significado de manejo sustentable en el plano legislativo, pero también ha tenido gran impacto en delinear entre ley y política medioambiental, sobre todo en restringir los actos de los tomadores de decisión”, señaló.

Una historia de apelación por los derechos ecológicos

Si bien muchas de las leyes que forman parte de le jurisdicción de este tribunal pueden tener más de 70 años de antigüedad, su creación data de 1996, con el fin de que gestione la Ley de Administración de Recursos creada en 1981, con el fin de ser una plataforma para gestionar sustentablemente los recursos naturales y físicos, con un énfasis especial en las actividades humanas y sus efectos. Uno de los creadores de esta corte fue Geoffrey Palmer, ex primer ministro neozelandés. Su propósito fue llevar a cabo una instancia que le de importancia al sistema de apelación con fuerza de decisión a nivel nacional y local, pero que cuente con conocimientos para tratar asuntos de carácter técnico. “Esta labor se ha conseguido a un buen ritmo, la corte sigue en un clima de continua evolución de la jurisprudencia en medio de modernas condiciones sociales, culturales y económicas”, evaluó.

De esta manera, hoy el organismo cuenta con 15 comisionados especializados en diversas áreas del medioambiente que permiten al tribunal poder llevar causas en ecología ambiental, marina, recursos naturales, uso del agua, electricidad, ecosistema, conservación de las especies, diversidad del suelo, botánica, entre otras disciplinas.

No obstante, el alto grado de especialización en ciencias naturales que tienen los comisionados que trabajan en la corte, le da a esta cierto poder específico por sobre otros actores políticos y legales que podría ser mal interpretado en algunas ocasiones, principalmente en el trabajo conjunto con los cuerpos legislativos del Estado. "Durante 2009 el gobierno expresó su inquietud sobre el manejo de la Ley de Gestión de Recursos a raíz de varios comentarios de consejeros políticos, cuestionando específicamente el rol expansivo de la corte, ya que su rango de decisión atentaba en contra de la tradicional separación de Poderes. Sin embargo esta inquietud fue resuelta por la Corte Suprema porque no obliga a legislar según sus sentencias", afirmó Warnock.

Valoración del caso neozelandés desde la experiencia chilena

La variedad de especialistas que cuenta la Corte Medioambiental en Nueva Zelandia, es una característica que valoró Angélica Casanova- Katny, doctora en Recursos Naturales y académica de la Universidad de Concepción. Para ella esta posibilidad es lo que requiere el Tribunal Ambiental de nuestro país para que su trabajo pueda trascender.

Según esta experta existe un total desconocimiento en los organismos del Estado sobre la existencia de las especies, por lo tanto no pueden saber cuáles son las que están en peligro. “Hoy la nueva ley del Ministerio del Medioambiente que regula el impacto ambiental podría incluir a muchos de estos organismos, pero como en Chile no hay especialistas, entonces cualquiera puede identificar cosas que no son correctas y decidir sobre ellas”, afirmó.

En consecuencia, para esta académica la existencia de especialistas en los tribunales ambientales es esencial para que puedan aplicar sentencias en este tipo de asuntos. “No tenemos expertos en biodiversidad en los organismos del Estado que sepan fiscalizar, esto es un problema porque necesitamos el trabajo de los tribunales con mayor fuerza, pero también de expertos que refuercen las tareas de fiscalización. Tenemos un desconocimiento muy grande sobre lo que entendemos por diversidad y ecología, al punto que hoy podría venir cualquier empresa a instalarse en algún lugar sin realizar un adecuado impacto ambiental, lo que finalmente repercute en que se tomen decisiones sin la información adecuada”, señaló.

En cuanto a la posibilidad de que los tribunales ambientales de nuestro país tengan una jurisdicción mayor y formen parte íntegra del Poder Judicial, Casanova se mostró de acuerdo con que tales organismos tengan un grado de autoridad similar al que existe en Nueva Zelandia, aunque fue enfática en señalar quiénes deberían además responder por los problemas ambientales. “Aquí todos debemos hacernos responsables por el daño ambiental, tal como sucede cuando chocamos un auto debería pasar lo mismo cuando contaminamos un río, por eso es importante que haya una institución que asigne responsabilidades y actúe sobre ello”, sentenció.

Sobre la posibilidad de que el Estado chileno siga creando instituciones para proteger el medio ambiente, la doctora en recursos naturales concluyó que son necesarias, ya que en el futuro vamos a tener un país contaminado sin nadie que se responsabilice, sin embargo cree que el Estado tiene una responsabilidad mayor de seguir creando instituciones de este tipo. “Es importante que se siga desarrollando la implementación de este tipo de organismos, de hecho ya veíamos con buenos ojos que la PDI tenga un área encargada de delitos ambientales. Eso es un avance en cuanto a los daños ambientales realizados -ya sea por la actividad privada o pública-, ya que en general nadie responde por ellos, no se juzga, ni se revisan las situaciones, por lo tanto es muy positivo”, finalizó.


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