Asesorías Parlamentarias
Documentos e informes
Elaborados por un equipo multidisciplinario de profesionales en apoyo al trabajo parlamentario, en sus funciones de legislar, representar y fiscalizar. Aquí puede encontrar trabajos de especialistas en las más diversas áreas.
La asesoría que presta la Biblioteca del Congreso Nacional al servicio del Senado y la Cámara de Diputadas y Diputados, tiene carácter institucional, sustentándose en criterios de igualdad de acceso, validez, confiabilidad, y neutralidad política.
Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014
Últimos documentos publicados
07/08/2026
Proyectos de ley que podrían vincularse al Boletín N° 15.589-07.
Iniciativas legislativas que pudiesen abordar la misma materia que el contenido del boletín No. 15.589-07, que modifica la ley No. 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal, para fortalecer la respuesta sancionatoria frente a conductas consideradas de especial gravedad. En total se encontraron 7 proyectos de ley en trámite que podrían relacionarse con el
contenido del boletín No. 15.589-07. De ellos, 3 se encuentran en el Senado y 4 en la
Cámara de Diputadas y Diputados.
06/08/2026
Ecografía y latido cardíaco fetal en la regulación del aborto en Estados Unidos: Deberes de información, requisitos procedimentales y prohibiciones.
Las leyes de consentimiento informado (“Woman’s Right to Know Act”) establecen la
obligación de que antes de que se lleve a cabo un aborto, se le explique a la mujer
embarazada los beneficios, los riesgos y las alternativas del procedimiento, para que
decida de forma libre e informada. Este proceso incluye una ecografía obstétrica en
la que se le muestren las imágenes ecográficas y se haga audible el latido cardíaco
fetal, además de una explicación oral simultánea de lo que muestra la ecografía.
Revisada la legislación estadual de Estados Unidos, hay dieciséis (16) estados donde
se requiere de consentimiento informado para acceder al aborto. De estos, en solo
cuatro (4) — Arkansas, Kentucky, Tennesse, y Wisconsin— el prestador de salud está
obligado a realizar el ultrasonido para que la mujer acceda al aborto, requerimiento
del que solo queda eximido bajo la causal de riego vital o un riesgo grave de deterioro
sustancial e irreversible de una función corporal importante en la mujer embarazada
(emergencia médica).
Por su parte, en las denominadas leyes del latido fetal (Human Heartbeat Protection
Acts) la detección de actividad cardíaca cumple una función jurídica distinta, limitar el
acceso al aborto. En virtud de estas normas, el procedimiento queda, por regla
general, prohibido una vez que dicha actividad puede ser detectada, lo que suele
ocurrir entre las semanas 6 y 12 de gestación, según la legislación estatal.
Este tipo de regulación se encuentra en doce estados, no es obligatorio el uso de
ecografía y solo en tres (3) se establece la posibilidad de que la mujer pueda escuchar
los latidos fetales. Aunque todas establecen una excepción en caso de emergencia
médica, Arkansas e Iowa incorporan, además, excepciones vinculadas con la
inviabilidad fetal y la violación, permitiendo que el aborto pueda realizarse después de
detectada la actividad cardíaca cuando concurra alguna de esas circunstancias.
Finalmente, en cuanto a la efectividad de la ecografía previa al aborto como
mecanismo para disuadir a las mujeres de interrumpir el embarazo, se identificaron
pocos estudios que examinen el interés en las mujeres de visualizar las imágenes y
la respuesta emocional que estas generan. La evidencia disponible no permite
sostener que la exposición a dichas imágenes influya de manera significativa en la
decisión de abortar. Por el contrario, los estudios destacan que esta decisión depende
principalmente del contexto personal, familiar, social y económico de cada mujer.
06/08/2026
Interrupción voluntaria del embarazo en tres causales: Normativa vigente y casos constituidos.
La Ley No. 21.030, publicada en 2017, autoriza la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) bajo tres causales: (1) riesgo vital de la mujer, (2) embrión o feto con patología incompatible con la vida extrauterina, y (3) por violación. Para los casos (1) y (2) se deberá contar con los respectivos diagnósticos médicos, mientras que, para la tercera causal, un equipo de salud confirmará la concurrencia de los hechos y la edad gestacional. Para todas las mujeres se establece una garantía de información, por lo que el prestador de salud deberá proporcionar a la mujer información veraz, completa y objetiva sobre las características de la prestación médica. A la vez
que la mujer tendrá derecho a un programa de acompañamiento, que incluirá acciones de acogida y apoyo biopsicosocial. Respecto de los casos, el sistema de información de la IVE en Chile muestra
que a julio del 2026 se contabilizan 7.566 IVE, siendo la causal (2) la más invocada con 3.245 casos (43%); seguida de la causal (1) con 2.277 casos (30%), y finalmente la causal 3 con 2.044 casos (27%). Al observar la evolución, desde el año 2019 al 2025 (series completas), se observa que los cuatro primeros años se mantiene la misma relación entre las tres causales, donde la causal (2) constituye cerca de la mitad del total de las IVE cada año, mientras la causal (1) mantiene cifras cercanas al 30% y la causal (3) un 20%.
Sin embargo, a partir del año 2023 se empiezan a igualar el número de casos para todas las causales, así, mientras la primera causal mantiene su porcentaje, la segunda causal baja y sube notablemente la tercera, alcanzando un 36% el año 2025. Respecto de las menores de 17 años, en más del 85% de los casos la causal invocada es violación, cifra que sube por sobre el 99% en las menores de 14.