12/06/2026
De La Paz Mellado, Verónica Cristina
La Ley Nº20.898, promulgada en 2016, estableció un procedimiento
simplificado para la regularización de viviendas y ampliaciones de
vivienda y otras edificaciones - microempresas y equipamiento socialejecutadas sin permiso de edificación o sin recepción definitiva, siempre
que cumplieran requisitos mínimos de habitabilidad, estabilidad,
seguridad y acceso a servicios básicos. Su objetivo fue facilitar la
formalización de viviendas y otras edificaciones lo que les permite
postular a beneficios estatales. También buscó, en su primer periodo de
aplicación resolver situaciones derivadas del proceso de reconstrucción
posterior al terremoto y tsunami de 2010.
Desde su entrada en vigencia, la ley ha sido modificada en diversas
oportunidades, principalmente para ampliar los plazos de aplicación.
Actualmente, el procedimiento se encuentra vigente hasta el 31 de
diciembre de 2027 y se limita al ámbito habitacional, distinguiendo entre
viviendas de hasta 90 m² y viviendas entre 90 y 140 m².
El proyecto de ley Boletín Nº18.189-14 en tabla de la Comisión de
Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de
Diputadas y Diputados, propone extender la vigencia hasta 2029,
actualizar la antigüedad exigida para las edificaciones y flexibilizar la
aplicación de normas urbanísticas para viviendas de menor superficie.
El análisis realizado muestra que la renovación del procedimiento no
presenta impedimentos jurídicos, aunque debe evaluarse su interacción
y con las nuevas técnicas habilitantes introducidas por la Ley Nº 21.718.
Los antecedentes estadísticos del INE indican que entre 2016 y 2024 se
registraron más de 164 mil permisos de regularización habitacional,
equivalentes al 47% del total de permisos habitacionales otorgados en el
período, lo que evidencia una demanda sostenida por este instrumento.
Las viviendas regularizadas presentan superficies promedio cercanas a
los 100 m², mientras que las ampliaciones regularizadas alcanzan
aproximadamente 43 m².
12/06/2026
Jarufe Bader, Juan Pablo
A nivel nacional, el Subsecretario de Defensa, Rodrigo Álvarez, suscribió un Acuerdo Técnico de Catalogación con el Ministro de Defensa de Italia,
Guido Crosetto, a partir del cual Chile podría formalizar su postulación al estatus de “País No OTAN Nivel 2”. En el plano regional, el Ministro de Defensa argentino, Teniente General Carlos Alberto Presti, se reunió con su homólogo brasileño, José Múcio Monteiro, con la finalidad de buscar nuevos ámbitos de colaboración
estratégica. En el ámbito internacional, el Presidente de Irán, Masoud Pezeshkian,
anunció el término de los ataques militares contra objetivos israelíes, que se habían desatado la semana pasada, tras una tregua pactada por las
partes, desde abril del presente año.
11/06/2026
Baeza Gómez, Eduardo Christian
En Chile, la declaración de una región como zona árida se reconoce a través de múltiples instrumentos sectoriales (Código de Aguas, Ley N°19.300, Ley N°21.455 y las leyes de zonas extremas) que producen efectos diferenciados
sobre el agua, el suelo, la inversión y las políticas públicas. En materia hídrica, el principal efecto de la certificación de aridez es la activación de herramientas de protección que contempla el Código de Aguas. En particular,
las declaraciones de área de restricción y zonas de prohibición de la Dirección General de Aguas (DGA) restringen o impiden nuevas concesiones de derechos de aprovechamiento de aguas sobre acuíferos en riesgo de sobreexplotación. La reforma de 2022 reforzó la prioridad del consumo humano sobre otros usos y prohibió expresamente las exploraciones en sectores que alimentan vegas, bofedales y humedales, especialmente en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo. A nivel comparado, el análisis de España, Australia, México e Israel revela que estas legislaciones integran la aridez como criterio de planificación territorial e
hídrica, vinculando instrumentos en materia de las restricciones de uso, los incentivos diferenciados y las metas de neutralidad en la degradación de tierras (NDT).