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Documentos en Comisiones
Iniciativas sobre Educación Financiera Escolar.
Minuta sobre los proyectos de ley ingresados a tramitación desde 2018 en adelante, sobre educación financiera escolar.
Iniciativas referentes a Terrorismo.
Informe que da que dé cuenta de los proyectos de ley ingresados a tramitación ante el Congreso Nacional, desde el 11 de marzo de 2026 a la fecha que se refieran a terrorismo. De la revisión de los antecedentes consultados, se han encontrado 15 proyectos de ley sobre el tema presentados en el periodo señalado, de estos corresponde a mensaje y 14 a mociones parlamentarias.
Reporte de Defensa Nacional: 7 al 14 de septiembre de 2026.
A nivel nacional, una delegación del Ejército participará en el ejercicio combinado multinacional “Southern Vanguard 2026”, que se realizará en la zona amazónica peruana, con presencia de tropas estadounidenses y del país anfitrión, además de contingentes argentinos, estos últimos como observadores. En el plano regional, EE.UU. visó la entrega al Ejército argentino de cuatro helicópteros adaptados “UH-60L Black Hawk”, en una operación cifrada en alrededor de 140 millones de dólares. En el ámbito internacional, la República Popular China actualizó su Ley de Movilización de Defensa Nacional, de manera de permitir el despliegue de toda clase de recursos, ante el evento de un conflicto militar.
Sistemas de almacenamiento de energía mediante baterías (BESS): Características, regulación e impactos ambientales en Chile, Estados Unidos y la Unión Europea.
Los Sistemas de Almacenamiento de Energía mediante Baterías (BESS, (Battery Energy Storage Systems, en inglés), permiten almacenar electricidad y utilizarla posteriormente cuando se requiere. El documento presenta sus principales componentes, funcionamiento y desarrollo, con énfasis en Chile y una revisión de los marcos regulatorios de Estados Unidos y la Unión Europea. En materia regulatoria, se revisa el marco aplicable en Estados Unidos, la Unión Europea y Chile. En Estados Unidos destacan las reglas de la Comisión Federal Reguladora de Energía de Estados Unidos para la participación del almacenamiento en los mercados eléctricos y las normas de seguridad. Asimismo, en la Unión Europea se reconoce el almacenamiento como parte del mercado eléctrico y se establecen requisitos para las baterías durante su ciclo de vida. En Chile, la regulación ha evolucionado desde el reconocimiento del almacenamiento en la Ley No. 20.936 hasta su incorporación al mercado eléctrico y a los mecanismos de remuneración mediante la Ley No. 21.505. Desde el punto de vista medio ambiental, los BESS presentan impactos que deben considerarse durante todo su ciclo de vida, incluyendo su instalación, operación, reemplazo, desmantelamiento y gestión final.
Médicos con y sin especialidad en el sistema de salud chileno. Distribución territorial y brechas en la red asistencial pública de salud.
En Chile existen 72.268 médicos en el sistema de salud, de los cuales 36.494 son especialistas y 35.774 no poseen especialidad. Entre 2019 y 2025, la disponibilidad de médicos aumentó hasta alcanzar 3,91 por cada 1.000 habitantes, superando el criterio de la OMS e igualando el promedio OCDE. Sin embargo, persisten importantes desigualdades territoriales: las regiones del norte registran menos de 2,7 médicos por 1.000 habitantes, mientras Aysén alcanza 5,54. La tasa nacional de especialistas es de 1,78 por 1.000 habitantes, destacando Medicina Interna, Pediatría y Cirugía General. La red pública dispone de 35.272 médicos, pero al considerar exclusivamente a beneficiarios de FONASA, la densidad disminuye a 2,25 por 1.000 habitantes. Aunque esta tasa se ha duplicado en doce años, se estima que alcanzar el estándar OCDE requeriría aproximadamente una década. Las principales brechas proyectadas en hospitales ascienden a 4.037,25 jornadas completas equivalentes, concentradas especialmente en Medicina Interna y Medicina Intensiva. También existen déficits en Psiquiatría en los COSAM. En oncología, solo el 51,9% de los especialistas atiende en la red pública, que concentra a más del 80% de la población beneficiaria de FONASA.
Regulación de autorizaciones y funcionamiento de locales nocturnos: Casos de Argentina (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y Brasil (Municipio de Río de Janeiro).
El presente informe aborda el análisis sobre la regulación de las autorizaciones para el funcionamiento de locales nocturnos, estudiando los casos del Municipio de Río de Janeiro, Brasil, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. En la última, la Ley No. 6.101, Marco de Regulación de Actividades Económicas, constituye el principal marco general para la autorización, ejercicio y fiscalización de las actividades económicas. Esta normativa establece distintas modalidades de autorización, entre ellas la declaración responsable, la licencia y el permiso de actividad económica. En el Municipio de Río de Janeiro, por su parte, el Decreto Municipal No. 41.827 concentra el régimen general de licenciamiento y funcionamiento de los establecimientos comerciales y de servicios. El decreto contempla distintas modalidades de autorización, regula sus principales efectos y condiciones, establece mecanismos de fiscalización y sanción e incorpora la consulta previa de localización para verificar la compatibilidad de la actividad con las características del inmueble y las normas de uso y ocupación del suelo. En términos generales, ambos casos presentan un régimen de autorización que se articula con otras regulaciones sectoriales y con mecanismos de fiscalización administrativa. Cabe tener presente que este documento complementa dos informes elaborados previamente por Asesoría Técnica Parlamentaria de la Biblioteca del Congreso Nacional, a saber: (1) Regulación de autorizaciones de locales nocturnos – normativa constitucional, legal y reglamentaria; y (2) Regulación de autorizaciones de locales nocturnos – casos de El Salvador, España (Comunidad de Madrid) y Estados Unidos (California – Los Ángeles).
Meta de balance cíclicamente ajustado y holguras negativas: Antecedentes para la tramitación de presupuesto fiscal 2027.
Se presenta las holguras negativas que estima la Dirección de Presupuestos (DIPRES) en su informe de finanzas públicas al segundo trimestre de 2026. Las holguras negativas se definen como el monto de recursos que se requeriría para poder cumplir la meta de Balance cíclicamente ajustado. Es decir, el monto de recursos en que debería disminuir el gasto o aumentar los ingresos estructurales para poder cumplir con las metas de balance cíclicamente ajustado propuestas. Para 2027, la meta de balance cíclicamente ajustado es de un déficit de 1,8% del PIB. Sin embargo, en el escenario base, que no considera la ley de reconstrucción, se proyecta un déficit estructural de 2,1% del PIB, generándose una holgura negativa de 0,3% del PIB, equivalente a $1.246.084 millones de 2026. En el escenario que incorpora la ley de reconstrucción, el déficit proyectado aumenta a 2,4% del PIB. En este caso, la holgura negativa alcanza 0,6% del PIB, equivalente a $2.219.153 millones. Las proyecciones muestran que las holguras negativas se mantienen durante todo el período 2027-2030, y son sistemáticamente mayores en el escenario con ley de reconstrucción. Esto implica que, bajo los supuestos vigentes, el cumplimiento de las metas de balance cíclicamente ajustado requerirá medidas de ajuste fiscal durante los próximos años.
Efecto económico del feriado irrenunciable en días de elecciones sobre el comercio minorista.
El informe analiza el efecto de los feriados, especialmente aquellos asociados a elecciones, sobre las ventas diarias del comercio minorista, a partir de la serie de tiempo del Índice de Ventas (diario) del Mercado Minorista publicado por el Banco Central. La serie de tiempo del indicador diario de ventas al comercio minorista permite observar la evolución y patrones del comportamiento de las ventas diarias del comercio minorista en sucesivos años. Al respecto, la serie (2022 – 2025) muestra un marcado patrón semanal, con ventas particularmente altas los sábados, y una caída significativa de la actividad durante los feriados irrenunciables. Dichos feriados son los que tienen un mayor impacto sobre las ventas del comercio minoristas. Los datos muestran que el efecto de los feriados no irrenunciables es bastante menor. Con respecto a los feriados asociados a elecciones políticas realizadas entre 2022 y 2025, se observa que las ventas registradas durante la jornada electoral son sistemáticamente inferiores a las correspondientes a días comparables de otros años. Dependiendo del tipo de elección, el promedio diario de ventas en estos días comparables supera entre un 24,99% y un 110,3% las ventas registradas durante el respectivo feriado electoral. Esta diferencia tiende a ser menor en el caso de las elecciones primarias y más pronunciada en las elecciones presidenciales y parlamentarias. En consecuencia, la evidencia descriptiva muestra que la declaración de feriado por elecciones está asociada a una reducción relevante de las ventas de dicho día del comercio minorista, aunque su magnitud varía entre procesos electorales.
Fundamentación y objetivos de los artículos primero y segundo transitorios de la Ley No.21.435, que reforma el Código de Aguas.
El documento presenta un resumen de los principales fundamentos y objetivos señalados durante la tramitación de la Ley N° 21.435, que reforma el Código de Aguas, relativos a los artículos primero y segundo transitorios. Para la elaboración de este trabajo se revisó principalmente el documento sobre Historia de la Ley Nº 21.435, además de otros cuerpos legales pertinentes para el análisis.
Denuncias de hechos falsos en el ámbito laboral: Ley Karin, régimen sancionatorio y propuesta de reforma.
Se examina el tratamiento de las denuncias falsas en el ámbito laboral, especialmente en el marco de la Ley No. 21.643, conocida como Ley Karin. En primer término, se revisan sus principales modificaciones normativas y algunos antecedentes relativos a su implementación. El análisis se concentra en las consecuencias jurídicas de las denuncias falsas. Al respecto, se distingue entre denuncia inconsistente, denuncia no acreditada y denuncia falsa, categorías que no resultan equivalentes. En particular, la Dirección del Trabajo señala que la falta de antecedentes suficientes para acreditar los hechos denunciados no permite concluir, por sí sola, que una denuncia sea falsa. Finalmente, se examina el proyecto de ley -Boletín No. 18.278-13- que propone establecer sanciones específicas para las acusaciones falsas en materia laboral y las observaciones formuladas por la Corte Suprema, que advierte sobre la necesidad de no equiparar la falta de acreditación de los hechos con la falsedad o mala fe del denunciante.