Asesorías Parlamentarias
Detalle investigadoras e investigadores
Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014
Investigadora / investigador: Abujatum Sepúlveda, Jana Rosa
Comisión(es) que participa
Agencia estatal de decomiso de bienes: España y Estados Unidos de América y Perú
La confiscación civil de bienes, denominada también extinción de dominio en algunos ordenamientos, es un mecanismo patrimonial destinado a privar de bienes de origen o destino ilícito, sin requerir necesariamente una condena penal previa. Su aplicación busca afectar las ganancias y recursos vinculados con actividades delictivas. En España, esta función corresponde a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), dependiente del Ministerio de Justicia, creada en 2015 para recuperar y administrar activos relacionados con delitos como crimen organizado, corrupción, narcotráfico y blanqueo de capitales. En Estados Unidos, el Departamento de Justicia administra el Asset Forfeiture Program, en el que participan agencias federales, estatales, tribales y locales. Este programa permite incautar y confiscar bienes derivados de delitos federales o utilizados para facilitarlos. En Perú, el Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, recibe, custodia, administra y dispone de bienes incautados, decomisados o sujetos a extinción de dominio. Pese a sus diferencias jurídicas e institucionales, los tres modelos presentan objetivos comunes en el destino de los bienes recuperados: fortalecer la seguridad y la justicia, apoyar programas sociales y víctimas, financiar la gestión de activos y destinar bienes físicos a usos públicos e institucionales.
Listas administrativas de organizaciones criminales. Estados Unidos de América y Reino Unido
El uso de listas administrativas de sanciones contra organizaciones criminales en Estados Unidos se remonta a 1950, aunque adquirió mayor relevancia desde la década de 1990, especialmente frente al narcotráfico, terrorismo y crimen organizado transnacional. La Orden Ejecutiva 12978 y la Ley Kingpin consolidaron el marco para identificar y sancionar estas organizaciones. Más recientemente, la Orden Ejecutiva 14157 permitió designar cárteles y organizaciones criminales como organizaciones terroristas, ampliando las herramientas disponibles para combatir estas redes. Estas listas constituyen mecanismos administrativos de sanción económica y política exterior cuyo propósito principal es aislar financiera y comercialmente a organizaciones y personas consideradas una amenaza para la seguridad nacional, sin requerir una condena penal previa. Las medidas incluyen restricciones financieras, comerciales y de movilidad, mientras que su incumplimiento puede generar responsabilidades penales y elevadas multas. El Reino Unido dispone de instrumentos similares orientados al aislamiento financiero y comercial de organizaciones criminales. Su principal mecanismo es la UK Sanctions List, regulada por la Ley de Sanciones y Prevención del Lavado de Dinero. La inclusión tampoco constituye una condena penal, pero permite congelar activos y restringir operaciones. La Oficina de Implementación de Sanciones Financieras supervisa el cumplimiento, investiga infracciones, aplica sanciones y concede licencias.
Reglamento Prüm II del Parlamento Europeo
Informe sobre el Reglamento Prüm II de la Unión Europea, relativo a la búsqueda y al intercambio automatizados de datos para la cooperación policial.
Modelo de Justicia Restaurativa en Colombia y Noruega.
La justicia restaurativa es un enfoque alternativo al sistema penal tradicional que se centra en reparar el daño causado más que en aplicar un castigo. Sus pilares clave son: - Enfoque en el daño: A diferencia de la justicia retributiva (que promueve un castigo al infractor a través de una pena proporcional al daño causado), la justicia restaurativa entiende el delito como un daño directo a la víctima y a la comunidad, y por ello busca reparar a la víctima por el daño causado. - Participación e integración: Involucra a todas las partes (víctima, infractor y comunidad). Promueve que el infractor asuma la responsabilidad de sus actos, busque la reconciliación y logre su reintegración social. - Descomprimir el sistema: Ofrece vías alternativas para resolver conflictos, lo que ayuda a reducir la carga de los sistemas penales tradicionales. - Marco internacional: Las Naciones Unidas (ONU) la reconocen como una alternativa justa de acceso a la justicia, respaldada por la Resolución 2002/12 del ECOSOC, que fija los principios guía para implementar estos programas a nivel mundial. En el caso de Colombia, la Justicia Restaurativa representa un cambio de paradigma que prioriza la reparación del daño, la responsabilización del ofensor y la reintegración comunitaria. Este enfoque tiene antecedentes ancestrales en las prácticas de las comunidades indígenas y se consolidó en el marco del Acuerdo de Paz de 2016. En cuanto al modelo de Noruega, este se caracteriza por ser centralizado, gratuito, con un fuerte arraigo comunitario y centrado en la mediación y el diálogo.
Regulación y funcionamiento de la pena de trabajo comunitario en legislaciones extranjeras: Alemania, España, México y Perú.
Este documento se basa en un informe BCN anterior (2026, julio) titulado “Regulación y funcionamiento de la pena de trabajo comunitario en legislaciones extranjeras: Alemania, España, México y Perú.” En el presente texto, se suma el análisis del caso uruguayo. El documento da cuenta de la aplicación de la pena de trabajo o servicios en beneficio de la comunidad. La consolidación de esta sanción penal se ha ido consolidando en los ordenamientos criminales y penitenciarios de los países revisados al presentarse como una forma de cumplimiento para infracción o penas menores. En el documento se exponen las faltas o delitos menores que pueden ser sancionados con esta pena, los organismos encargados de su ejecución, conversión para el cumplimiento de la sanción y tipos de trabajos comunitarios a efectuar. Cabe señalar que entre las faltas sancionadas con el trabajo en beneficio a comunidad están, entre otros, el daño a espacio público como monumentos u obras de arte.
Deportistas y derechos de formación en la legislación extranjera: Alemania, Argentina, Brasil, Países Bajos.
El presente informe analiza los derechos de formación deportiva, entendidos como el mecanismo mediante el cual se compensa económicamente a los clubes o entidades que invierten en la formación y desarrollo de deportistas jóvenes cuando estos suscriben su primer contrato profesional o son transferidos a otra institución. Su finalidad es incentivar la inversión en el desarrollo de talentos y reconocer el aporte realizado por las entidades formadoras. Se revisa el sistema establecido por la FIFA y se compara la regulación vigente en Chile, Argentina, Brasil, Alemania y Países Bajos, además de examinar algunos mecanismos aplicables a otros deportes. La FIFA establece que la compensación por formación se determina considerando los costos de formación asociados a la categoría del nuevo club y el período durante el cual el jugador fue formado, normalmente entre los 12 y los 21 años. La comparación entre países evidencia distintos mecanismos de cálculo. Chile establece un monto fijo de US$30.000 por cada año de formación, modelo cuestionado por apartarse de los criterios proporcionales utilizados internacionalmente. Argentina fija una compensación equivalente al 5% del valor del contrato o de la transferencia, distribuida entre las entidades formadoras. Brasil combina una indemnización basada en los costos de formación acreditados con un mecanismo de solidaridad que distribuye hasta el 6% del valor de las transferencias nacionales.
Pago de Derechos de formación de deportistas.
El siguiente documento revisa y da cuenta del marco normativo y el funcionamiento de los derechos s compensatorios mínimos entregados a asociaciones o clubes deportivos que tuvieron parte en la formación de deportistas, tanto en Alemania como en los Países Bajos.
Regulación y funcionamiento de la pena de trabajo comunitario en legislaciones extranjeras: Alemania, España, México y Perú.
El documento da cuenta de la aplicación de la pena de trabajo o servicios en beneficio de la comunidad. La consolidación de esta sanción penal se ha ido consolidando en los ordenamientos criminales y penitenciarios de los países revisados al presentarse como una forma de cumplimiento para infracción o penas menores pues: Resocializa y desciende la opción de reincidencia. Disminuye el hacinamiento carcelario y evita el contacto con delincuentes habituales. Significa menor costo del Estado en alimentación y seguridad de un interno penitenciario. En el documento se exponen las faltas o delitos menores que pueden ser sancionados con esta pena, los organismos encargados de su ejecución, conversión para el cumplimiento de la sanción y tipos de trabajos comunitarios a efectuar. Cabe señalar que entre las faltas sancionadas con el trabajo en beneficio a comunidad están, entre otros, el daño a espacio público como monumentos u obras de arte. Un aspecto que destacan todas las normativas analizadas es que para el cumplimiento de esta sentencia se debe contar con el consentimiento de la persona condenada a cumplir la pena de trabajo o servicio en beneficio de la comunidad.
Control telemático de medidas cautelares y penas de alejamiento: España e Italia.
El uso del monitoreo electrónico se ha implementado en distintas jurisdicciones, como España e Italia, como una manera de controlar a los infractores, principalmente en los casos de libertad condicional y penas sustitutivas, entre otros. Además, ha cobrado relevancia en materia de violencia de género. Las legislaciones de las que da cuenta este documento cuentan con normas específicas, tanto para los ámbitos penitenciario, como de protección de víctimas de violencia de género y acoso. Esta medida puede ser decretada por un tribunal o un juez, requiriendo que el mecanismo de vigilancia electrónica deba contar con el consentimiento del acusado. En el caso de la vigilancia remota en el ámbito de la violencia de género/doméstica y acoso, tanto el acusado como la víctima cuentan con dispositivos con monitoreo en tiempo real y alertas automáticas.
Iniciativas y propuestas para combatir el comercio callejero informal.
El comercio ambulante irregular tiene larga data en Chile y, desde 2010, se ha asociado además con problemas de inseguridad, redes de contrabando y venta de productos falsificados, lo que ha motivado a autoridades y actores privados a diseñar respuestas normativas y operativas. En Chile la regulación del uso comercial del espacio público es competencia municipal. En Valparaíso, la proliferación de ambulantes generó conflictos territoriales entre vendedores y alza de violencia en calles céntricas. En mayo 2025 la Municipalidad aprobó una nueva Ordenanza de Comercio que prohíbe permisos en puntos críticos. En Viña del Mar el aumento del comercio irregular provocó un recurso de protección que culminó en reproche judicial por ineficacia municipal. La Ordenanza Municipal No. 12.698 fue reforzada en 2026 con un artículo que sanciona a quienes alteren el libre tránsito por comercio no autorizado. Por su parte, en Quilpué el comercio ambulante congestiona ferias y avenidas. Tras recursos de vecinos, la Corte Suprema concluyó que las medidas municipales eran insuficientes. El caso del Emporio Comercial de Gamarra, Lima, resultó de ejemplo para enfrentar el problema surgido en la calle Meiggs en Estación Central. Entre 2023–2025 se implementó en Gamarra un plan de recuperación urbana y seguridad que incluyó desalojos, operativos policiales permanentes, reubicación en espacios formales propuestos, videocámaras, y mejoras urbanas.