Asesorías Parlamentarias
Detalle investigadoras e investigadores
Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014
Investigadora / investigador: Arancibia Jeraldo, Leonardo Christian
Comisión(es) que participa
La Ley 21.027: Análisis de la historia de la Ley en relación con los asentamientos residenciales de los pescadores artesanales.
La Ley No. 21.027 y su reglamento redefinen la caleta pesquera en Chile, pasando de una visión extractiva a una concepción de unidad productiva, económica, social y cultural. El núcleo de esta normativa radica en reconocer la caleta como un espacio donde la actividad laboral y la vida residencial son indivisibles, protegiendo el arraigo territorial de las comunidades pesqueras artesanales. En cuanto a los asentamientos residenciales, la legislación establece que estos no son elementos aislados, sino componentes del sistema. El artículo 18 de la ley faculta al Ministerio de Bienes Nacionales para transferir el dominio de terrenos fiscales aledaños a los pescadores, permitiendo que habiten legalmente cerca de sus centros de labor para otorgarles seguridad jurídica y dignidad. Complementariamente, el artículo 27 permite sanear la posesión de inmuebles particulares colindantes, mientras que el artículo 29 declara de utilidad pública terrenos privados estratégicos, con el objeto de poder proceder a su expropiación, para asegurar la permanencia de los pescadores en sus sitios históricos. A fin de poder dotar de infraestructura tanto a los espacios de trabajo como de vivienda, el artículo 30 de la ley establece la posibilidad de desafectar aquellos terrenos que se encuentran bajo administración del Ministerio de Bienes Nacionales, a efectos de ser transferidos a otros frentes públicos y poder desarrollar aquellas obras o estructuras necesarias para el desarrollo armónico del sector.
Las vacunas para peces: Análisis de la experiencia de Chile, Noruega y España.
La acuicultura es un sector de rápido crecimiento, clave para la seguridad alimentaria mundial, cuya sostenibilidad está intrínsecamente ligada a la salud y el bienestar animal. Históricamente, el control de enfermedades bacterianas se basó en el uso masivo de antibióticos. Sin embargo, la introducción de estrategias de vacunación preventiva como hizo Noruega a principios de los años 90, logró una drástica reducción del consumo anual de antibióticos recetados para salmónidos, cayendo desde 48 toneladas en 1987 a menos de 1.000–2.000 kg en 1997. Lo medular de las directrices de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) se encuentra en su Código Sanitario para los Animales Acuáticos, que establece estándares para la prevención y el control de enfermedades a través de la gestión del riesgo y la bioseguridad.
Localización de Centros de Cultivo y Planificación Espacial Marina: Experiencia de Canadá, Escocia y Noruega.
La siguiente presentación, “Localización de Centros de Cultivo y Planificación Espacial Marina: Experiencia de Canadá, Escocia y Noruega”, analiza los marcos regulatorios, mecanismos de licenciamiento y sistemas de gestión de la acuicultura en estos países, destacando sus estrategias para compatibilizar desarrollo productivo y sostenibilidad ambiental. Se observa que Canadá aplica un enfoque precautorio con gestión compartida federal-provincial y respeto a comunidades indígenas; Escocia prioriza la planificación por zonas aptas mediante modelos predictivos y procesos participativos; y Noruega se centra en la sostenibilidad y la innovación tecnológica a través del sistema de semáforos que regula la biomasa según indicadores sanitarios y ambientales. El estudio concluye que los principales desafíos comunes son la coordinación institucional, los conflictos territoriales y la aceptación social del sector.
Vinculación entre el Acuerdo BBNJ y el posible Tratado Internacional sobre la Contaminación por Plásticos.
La contaminación por plásticos representa una amenaza crítica global, con cerca de 7.000 millones de los 9.200 millones de toneladas de plástico producidas desde 1950 convertidas en residuos. Anualmente, se vierten alrededor de 8 millones de toneladas en los océanos, proyectándose que para 2050 podría haber más plástico que peces. Esta contaminación persistente, que incluye microplásticos y nanoplásticos, afecta los ecosistemas marinos, causando la muerte de más de un millón de animales anualmente, y representa al menos el 85% de los residuos marinos. Para combatir esta crisis, la relación entre el futuro Tratado de Plásticos y el Acuerdo BBNJ debería ser de implementación estratégica. La Resolución 5/14 de la Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEA) estableció el mandato para crear un instrumento jurídicamente vinculante para poner fin a la contaminación por plásticos. Este Tratado debería adoptar un enfoque integral que cubra el ciclo de vida completo del plástico, promoviendo la producción y el consumo sostenibles y aplicando enfoques de economía circular. Este Tratado es relevante para detener el flujo de contaminación desde su origen. Por otro lado, el Acuerdo BBNJ es vital para restaurar la salud del océano. El BBNJ reconoce que el medio marino está "fuertemente impactado por la contaminación," considerando los "plásticos y otros desechos marinos" como parte de los problemas en las zonas fuera de la jurisdicción nacional (ABNJ). El BBNJ puede abordar estas amenazas a través de Mecanismos de Gestión Basados en Áreas (MGBA) y Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA). Las EIA son procesos obligatorios que buscan la prevención, mitigación y gestión de los impactos acumulativos, como la contaminación, y el Acuerdo aplica principios como el de "quien contamina paga". En suma, el BBNJ puede gestionar y mitigar los efectos de la contaminación en alta mar, mientras que el futuro Tratado de Plásticos debería ejercer el control en el origen, siendo esencial que ambos instrumentos promuevan la cooperación y coordinación para lograr la protección y preservación del medio marino.
Localización de Centros de Cultivo y Planificación Espacial Marina: Experiencia de Canadá, Escocia y Noruega.
El informe examina los marcos regulatorios de Canadá, Escocia y Noruega en el sector de la salmonicultura en lo que respecta a la localización de los centros y la planificación espacial marina, con especial énfasis en la estructura institucional, los mecanismos de otorgamiento de licencias y los sistemas de ordenamiento territorial marino. Los tres países han desarrollado modelos que combinan regulación estatal, planificación territorial basada en criterios científicos y mecanismos flexibles de licenciamiento.
Localización de Centros de Cultivo y Planificación Espacial Marina: Experiencia de Canadá, Escocia y Noruega.
El informe examina los marcos regulatorios de Canadá, Escocia y Noruega en el sector de la salmonicultura en lo que respecta a la localización de los centros y la planificación espacial marina, con especial énfasis en la estructura institucional, los mecanismos de otorgamiento de licencias y los sistemas de ordenamiento territorial marino. Los tres países han desarrollado modelos que combinan regulación estatal, planificación territorial basada en criterios científicos y mecanismos flexibles de licenciamiento.
El pueblo Chono: Origen, territorio y organización social de un pueblo nómade y navegante austral.
El pueblo Chono fue nómade y navegante, ocupando el territorio que comprende el Archipiélago de los Chonos y el de las Guaitecas, junto con las regiones adyacentes de la actual costa chilena, aproximadamente entre los 44o. y 48o. de latitud sur. Su actividad principal era la pesca y la caza de lobos marinos, además la recolección estacional de mariscos la cual apuntalaba su nomadismo. Las diversas fuentes históricas y etnográficas concuerdan en señalar que los chonos eran expertos navegantes de los canales australes. A pesar del carácter nómade de los chonos, en algunas épocas vivían en pequeñas chozas y desarrollaron técnicas para cocinar sus alimentos. Los procesos propios de asimilación entre pueblos, condujeron a los autores a señarlos como extintos en tanto pueblo distintivo. Sin embargo, investigaciones recientes, consideran que aún existen descendientes de este pueblo y que perviven bajo la identidad de otros pueblos, por ejemplo, la huilliche y los nombres “chono”, “payo” y “williche” serían nombres dados en diferentes épocas y territorios a este pueblo, a tendido a ser invisibilizado por la sociedad colonial y republicana.
Las propuestas sobre seguridad marítima de la OMI y la legislación aplicable a las naves chilenas.
- Mortera De Iruarrizaga, María Soledad
- Cavada Herrera, Juan Pablo
- Arancibia Jeraldo, Leonardo Christian
La seguridad en la navegación de las embarcaciones pesqueras es un tema de vital importancia, abordado por diversas organizaciones a nivel global y nacional. Este documento resume las directrices y normativas que buscan proteger la vida humana en el mar y prevenir accidentes en este sector tan particular. La Organización Marítima Internacional (OMI), una agencia especializada de las Naciones Unidas es fundamental en el establecimiento de medidas para mejorar la seguridad del transporte marítimo y prevenir la contaminación. Desde su inicio en 1959, la seguridad de la vida humana en el mar ha sido su principal prioridad. El Convenio SOLAS (Seguridad de la Vida Humana en el Mar) de 1974 es el tratado más relevante de la OMI en materia de seguridad marítima para buques mercantes. Aunque no se enfoca exclusivamente en buques pesqueros, establece normas mínimas para la construcción, equipamiento y explotación de embarcaciones. Estas normativas abarcan aspectos constructivos como el compartimentado estanco para mantener la flotabilidad, la protección contra incendios con zonas ignífugas y sistemas de extinción, y los equipos de salvamento, incluyendo botes y balsas salvavidas con capacidad para todas las personas a bordo, además de chalecos y trajes de inmersión. En el ámbito de las radiocomunicaciones, el SOLAS exige equipos como radiobalizas (EPIRB), sistemas VHF/HF con DSC y AIS, adecuados a las diferentes zonas náuticas. También cubre la seguridad operacional con equipos electrónicos como registradores de datos de viaje (VDR), radares y ECDIS, así como la obligación de asistencia en el mar. Para asegurar el cumplimiento, se realizan inspecciones y certificaciones periódicas, y se han añadido enmiendas recientes que abordan la ciberseguridad, el uso de combustibles alternativos y la reducción de emisiones. Específicamente para la flota pesquera, la OMI impulsó el Convenio Internacional para la Seguridad de los Buques Pesqueros, adoptado en Torremolinos en 1977 y posteriormente modificado. Este fue el primer instrumento jurídico internacional diseñado para garantizar la seguridad de los buques pesqueros de 24 metros o más y sus tripulaciones. Dicho convenio establece requisitos técnicos y operativos adaptados a la actividad pesquera, incluyendo criterios de estabilidad y construcción para asegurar la flotabilidad en condiciones adversas, así como equipamiento de seguridad específico como sistemas de detección de incendios adaptados y medios de salvamento. También aborda la formación específica de las tripulaciones pesqueras y los mecanismos de control e inspección mediante certificaciones y control por el estado rector del puerto.
Vessel Monitoring System (VMS): Recomendaciones internacionales y regulaciones de Noruega, Perú y Chile.
El trabajo presenta las iniciativas de organismos internacionales y las normativas sobre VMS de los países considerados. Para el desarrollo del trabajo se consideraron Instituciones Internacionales (ONU, FAO) y las referencias normativas de cada país. El Vessel Monitoring System (VMS) es un sistema de monitoreo satelital utilizado en la pesca para rastrear la ubicación, velocidad y rumbo de las embarcaciones en tiempo real. Según la FAO, su objetivo principal es fortalecer el Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV) de la actividad pesquera, proporcionando datos automatizados y precisos con un retraso que depende principalmente de los requerimientos de la autoridad. A diferencia de los informes manuales, que pueden ser manipulados, el VMS elimina la subjetividad mediante reportes automatizados periódicos y objetivos.
Recursos Genéticos Marinos en zonas más allá de la jurisdicción Nacional.
Informe sobre la regulación internacional de los recursos y ecosistemas marinos (y en especial de su material genético) que se encuentran en alta mar, así como de la participación de Chile y sus capacidades nacionales asociadas a la protección de especies del océano en el contexto del Acuerdo BBNJ.