Asesorías Parlamentarias
Detalle investigadoras e investigadores
Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014
Investigadora / investigador: Roberts Molina, Raimundo
Comisión(es) que participa
- Ciencias y Tecnología - Cámara
- Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones - Cámara
- Obras Públicas - Senado
Protección de menores de edad frente a plataformas de redes sociales. Boletines N° 18246-18 - 18318-19 (refundidos)
Presentación sobre Protección de menores de edad frente a plataformas de redes sociales.
Regulación sobre seguridad en línea y protección de menores: Australia, Reino Unido, Fiyi, Irlanda, Corea del Sur, Eslovaquia, Sudáfrica, Brasil e Indonesia.
Este documento contiene una relación de normas y organismos reguladores relacionados con medidas de protección para menores de edad en ambientes digitales (incluida o no la restricción de edad en redes sociales) en nueve de 16 países o regiones donde se detectó regulación reciente en la materia. Los países analizados son: Australia, Reino Unido, Fiyi, Irlanda, Corea del Sur, Eslovaquia, Sudáfrica, Brasil e Indonesia. La mayoría cuenta con al menos dos reguladores independientes con poderes amplios, uno para la protección de datos personales y otro para la seguridad en línea (los dos restantes son Brasil, donde el regulador de protección de datos personales asume ambas funciones, y Fiyi, con una institucionalidad más pequeña que los otros países analizados). Todos los países analizados tienen regulación que limita o prohíbe contenido dañino, violento o promotor de conductas como el terrorismo, el bullying o el acoso, en particular hacia menores de edad.
Regulación de medidas tecnológicas de protección (MTP): Legislación de Estados Unidos de Norteamérica, Brasil, Irlanda, Canadá y Colombia.
El siguiente informe da cuenta sobre regulaciones extranjeras relativas al establecimiento de sanciones civiles a quien manipule medidas tecnológicas de protección en obras protegidas, en el marco de la discusión sobre el proyecto de ley iniciado, en mensaje, número de Boletín 14.767-03 que “Modifica la ley N°17.336, sobre Propiedad Intelectual, con el objeto de regular las medidas tecnológicas de protección”. Para su elaboración se utilizaron fuentes oficiales de información legislativa y de agencias públicas de países seleccionados; información de organismos internacionales; artículos académicos y, en casos específicos, información de prensa para contextualizar procesos relativos a la materia de este informe.
Sobre ética de las neurotecnologías. Definiciones generales y propuestas regulatorias internacionales.
Minuta sobre aspectos éticos y legales de las neurotecnologías. Se complementa con el informe “Dispositivos neurotecnológicos: Definiciones generales, regulación de la Unión Europea, Estados Unidos y Chile”
Dispositivos neurotecnológicos. Definiciones generales, regulación de la Unión Europea, Estados Unidos y Chile
Informe sobre cómo se regulan los dispositivos de “estimulación cerebral sin finalidad médica prevista” en la Unión Europea y los dispositivos denominados “neuroestimuladores de bienestar general” en Estados Unidos de Norteamérica, así como antecedentes nacionales.
Proyecto de ley sobre protección de los neuroderechos y la integridad mental, y el desarrollo de la investigación y las neurotecnologías (Boletín N° 13828-19-S)
Presentación que aborda temáticas asociadas a las nanotecnologías y los dispositivos asociados. Estos temas se relacionan con el proyecto de ley asociado al No. de Boletín 17375-11. Se revisa la regulación a nivel nacional como a nivel internacional, los riesgos asociados a su uso y ejemplos de aplicación a nivel europeo. Comisión de Futuro, Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, Cámara de Diputadas y Diputados.
Regulación extranjera sobre deepfakes Estados Unidos, Francia, Australia, Dinamarca y otros
Informe sobre regulación extranjera relativa a “Deepfake”, especialmente aquellas que utilizan Inteligencia Artificial. También se incorpora información descriptiva sobre regulación estadual norteamericana. Frente al aumento de “deepfakes” (vídeos, fotos o audios que parecen reales, pero que se han manipulado con inteligencia artificial, y que pueden mostrar a alguien diciendo o haciendo algo que, en realidad, nunca ha dicho ni hecho), varios países del mundo están regulando su uso indebido.
Estándar 7000-2021, sobre ética en el diseño de sistemas: Resultados del IEEE 7000 Working Group.
El estándar Std 7000-2021, “Estándar IEEE para Abordar las Cuestiones Éticas durante el Diseño de Sistemas”, es una norma técnica que guía a fabricantes y desarrolladores de sistemas en incorporar valores positivos (tales como transparencia, colaboración o bienestar) y limitar valores negativos (tales como egoísmo o falta de transparencia) en el funcionamiento técnico de un sistema. Para ello, inicia detectando a los actores y los valores que esta comunidad considera positivos y negativos, incorporando mecanismos que permiten incluir respuestas que incluyen este conjunto de valores. Este estándar es útil en dispositivos y sistemas con una finalidad específica (y no finalidades genéricas), tales como apps de cuidado o recomendaciones médicas.
Breve descripción sobre tecnologías cuánticas.
Esta minuta describe características de las tecnologías cuánticas desarrolladas más recientemente, sus posibles desafíos y sus diferencias con la computación tradicional. En ella se dan cuenta de algunos elementos para diferenciar la computación tradicional de la computación cuántica, donde uno de los elementos fundamentales, dicho de manera muy simplificada, es que mientras la computación tradicional realiza procesos “uno detrás del otro”, la computación cuántica realiza procesos simultáneamente, acortando los tiempos de procesamiento. También existen otras tecnologías cuánticas como los sensores cuánticos, mucho más exactos que otros sistemas de medición, o la criptografía cuántica, que se basa en las propiedades de las partículas subatómicas para aumentar la seguridad informática.
Acciones recientes sobre regulación de desinformación. Experiencia de Brasil, Chile y la Unión Europea
El siguiente informe da cuenta de una solicitud sobre la legislación chilena vigente y las normativas y experiencias regulatorias de la Unión Europea y Brasil en materia de desinformación, incluyendo mecanismos de fiscalización, sanciones, y políticas públicas orientadas a prevenir la desinformación en medios digitales y redes sociales.