Boletín Legislativo Mujeres y Género

Nº 68 | OCTUBRE, 2025

  • Alto contraste


MEXICO

En el caso de México, la Ley de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres de la Ciudad de México, modificada en 2019, establece en su artículo 10, que uno de los lineamientos para avanzar hacia la igualdad sustantiva dice relación con "ii Garantizar que la planeación presupuestal incorpore la progresividad, la perspectiva de género, apoye la transversalidad y prevea el cumplimiento de los programas, proyectos, acciones y convenios para la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres;".


Por su parte, la Ley Federal de Presupuesto  y Responsabilidad Hacendaria, reformada en julio de 2025 considera en su artículo 1 que en la administración de los recursos se debe considerar como uno de sus criterios la equidad de género. Además en su artúclo 27 establece expresamente que los anteproyectos deberán considerar como mínimo "las acciones que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres, la erradicación de la violencia de género y cualquier forma de discriminación de género". 

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