Boletín Legislativo Mujeres y Género

Nº 30 | MAYO 2022

  • Alto contraste


Paraguay

El Código Civil de Paraguay contiene diversas normas que afectan la igualdad ante la ley de la mujer, destacando entre ellas los siguientes artículos: 


Art.49.- La mujer casada agregará a su apellido, el de su esposo. Puede eximirse de esta obligación si es conocida profesional o artísticamente por su nombre de soltera. 
Esta regla se aplicará igualmente a la viuda que contrajere nuevas nupcias.
La divorciada no culpable podrá conservar el apellido de su marido. Si fuese declarada culpable, el marido podrá solicitar al juez que se le prive de su apellido

Art.50.- El hijo matrimonial llevará el apellido paterno, pudiendo agregar a éste el de la madre. 
El hijo extramatrimonial llevará el apellido del padre o el de la madre que le reconoció, voluntariamente o por sentencia judicial

MARCO INTERNACIONAL DD.HH DE LAS MUJERES

Principales instrumentos internacionales (Declaraciones, Convenciones, Protocolos) que promueven los DDHH de las mujeres y la igualdad de género.

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ESPACIO LEGISLATIVO

Información jurídico legislativa del país en materia de derechos humanos de las mujeres e igualdad de género

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MUJERES EN EL CONGRESO NACIONAL

Sección del sitio web Historia Política de la BCN, destinado a visibilizar el trabajo parlamentario de senadoras y diputadas a lo largo de la historia, así como destacar información relevante en la consecución de derechos de las mujeres.

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ORGANISMOS ESPECIALIZADOS

Divulgación de organizaciones nacionales e internacionales creadas para promover y/o colaborar con la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.

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