Según los “Lineamientos sobre la participación de los Estados Observadores de la Alianza del Pacífico”, el Estado Observador deberá compartir los principios y objetivos establecidos en el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico.
Además podrán participar de aquellas reuniones e instancias presidenciales y ministeriales de la Alianza del Pacífico a las cuales se les haya cursado invitación, previo consenso de los Estados Parte. Salvo que estos últimos acuerden otro criterio, esta participación será sólo con derecho a voz y con representantes del nivel jerárquico que corresponda a la respectiva reunión o instancia.
Fuente: https://bit.ly/3Q36QoD
Argentina, Canadá, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Haití, Honduras, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Trinidad y Tobago, y Uruguay.
Egipto y Marruecos.
China, Corea (del Sur), Emiratos Árabes, Filipinas, India, Indonesia, Israel, Japón, Kazajistán, Paquistán, Singapur y Tailandia.
Australia y Nueva Zelandia.
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