Diarios de Sesiones del Congreso Nacional

Intervenciones en leyes emblemáticas



Patricio Aylwin Azócar: Intervención, Reforma Agraria.

Patricio Aylwin Azócar

El senador Patricio Aylwin Azócar, pronunció la siguiente intervención en la Sesión 13ª Especial, celebrada el viernes 21 de octubre de 1966. A esa fecha, era militante del Partido Demócrata Cristiano e integraba el Senado en representación de la Sexta Agrupación Provincial Curicó, Talca, Linares y Maule, período 1965 a 1973.

Esta intervención del Senador Aylwin, tiene lugar en el marco de la discusión de la Ley N° 16.640, sobre Reforma Agraria, publicada el 28 de julio de 1967. Con esta ley se profundiza el proceso iniciado por el Gobierno de Jorge Alessandri, conocido como “Reforma de Macetero” y es uno de los proyectos centrales en la política de transformación económico-social del Gobierno del Presidente Frei Montalva, que busca modernizar y aumentar sustancialmente la producción agrícola, entregando la propiedad de la tierra a los campesinos, elevando su condición moral y material, y terminando de esta forma con los grandes latifundios. Entre los antecedentes a nivel internacional de la reforma agraria chilena, se reconocen, entre otros, la Revolución Cubana y la Alianza para el Progreso. La primera, aparte de introducir a América Latina en el contexto de la Guerra Fría, rompe con la hegemonía de Estados Unidos en el continente e importa cambios estructurales en los medios de producción, concepción de la propiedad y sistema de gobierno. La segunda, es un intento realizado en 1961 por la administración del Presidente J. F. Kennedy para frenar el influjo de la Revolución Cubana en los países latinoamericanos; para este fin ofrece ayuda económica y social a cambio de realizar cambios estructurales. Además, se reconocen influencias de las reformas agrarias de México, Bolivia y Guatemala.

En su intervención en el Hemiciclo, el Senador Patricio Aylwin, quien fuera redactor del Proyecto junto al Rafael Moreno Rojas, a la fecha Vicepresidente ejecutivo de la Corporación de Reforma Agraria (CORA), reconoce el derecho de propiedad, distinguiendo sus diversas formas: capitalista, colectiva y comunitaria. Respecto de esta última, señala en qué consiste y cuándo ella se genera. Afirma que se pretende la participación del trabajador en la propiedad, la cual pertenece en común a quienes la trabajan, formando entre ellos una comunidad humana y económica. Por otra parte, sostiene que esta forma de propiedad es el nuevo sistema de organización de explotación del campo: puede pertenecer a una cooperativa o comunidad o bien es una propiedad familiar o individual, pero en una comunidad de explotación. Afirma además, que la reforma no solo tiene por objeto hacer dueños a los campesinos, mediante una parcelación de la tierra, sino que al mismo tiempo busca organizarlos para que la exploten colectivamente. Señala que este nuevo sistema permite hacer partícipe a los campesinos como sujetos activos en el proceso de reforma agraria. Finalmente, rescata la experiencia de los asentamientos existentes como positiva, en los cuales los campesinos pueden desarrollarse dignamente, gestionando sus propios intereses.


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